Instituto de Seguridad Laboral Somos prevención y salud laboral
Peso Máximo de Carga Humana
Klgo. Ing. Adolfo Campusano Vega Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral
ANTECEDENTES LEGALES
Gobierno de Chile | Instituto de Seguridad Laboral
ANTECEDENTES LEGALES
Gobierno de Chile | Instituto de Seguridad Laboral
ANTECEDENTES LEGALES
Gobierno de Chile | Instituto de Seguridad Laboral
ANTECEDENTES LEGALES
Gobierno de Chile | Instituto de Seguridad Laboral
MÉTODOS ERGONÓMICOS
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
MÉTODOS ERGONÓMICOS
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
OTROS MÉTODOS ERGONÓMICOS
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral -
MÉTODOS ERGONÓMICOS OWAS
“Ovako Working Posture Analysing System”
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
MÉTODOS ERGONÓMICOS RULA: Evaluación rápida de riesgo de trastornos musculo esqueléticos
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
MÉTODOS ERGONÓMICOS REBA: Rapid Entire Body Assessment
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral
MÉTODOS ERGONÓMICOS NIOSH: Instituto Nacional para la Salud y Seguridad Ocupacional
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral
MÉTODOS ERGONÓMICOS
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
PROPUESTA LEGISLATIVA
Se propone fijar el peso límite, en vez de 50 kilogramos, como es en la actualidad, en 38 kilos conforme las mejores prácticas internacionales. Y, además, incorporar un nuevo criterio legal en función de la periodicidad de la función de carga desarrollada por la persona, estableciendo en aquellos caso en que la reiteración de la acción se produzca al menos una vez cada 30 minutos un límite de 25 kilos.
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
Instituto Nacional para la Salud y Seguridad Ocupacional
NIOSH señala que cuando los procesos no se pueden modificar o intervenir debido a su naturaleza se establece el criterio de un máximo de 40 kilos con la obligatoriedad de hacer un entrenamiento especial, vigilancia médica y de factores ergonómicos.
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
Instituto Nacional para la Salud y Seguridad Ocupacional
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
ARGENTINA Ley con expediente Nº 1571-D-09 aprobado en la Cámara de Diputados, y que está siendo tratado en la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Senadores. El mismo establecería que el peso máximo para el movimiento o manipulación manual de cargas en todo tipo de operación, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, no podrá sobrepasar los 25 kgs., y en el caso de personal femenino un tope de 15 kgs., siendo responsabilidad del empleador adoptar las medidas técnicas u organizativas para evitar la manipulación manual de dichas cargas.
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
MEXICO Por su parte La norma Técnica NT-CENM 001 de México señala el peso recomendables es de 20 kilos y no considerando diferencia en género.
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
TENDENCIA NACIONAL
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral -
PLANESI
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
Criterios de Acción
Trabajador expuesto a sílice con evaluación cuantitativa, sobre 50% de LPP.
Trabajador expuesto a sílice sin evaluación cuantitativa, puestos con presencia de sílice y con un tiempo de exposición mayor al 30% de la jornada laboral semanal.
Periodicidad de Evaluaciones Ambientales Nivel de Riesgo
CPP Respecto LPP
Periodicidad
1
Inferior 25% LPP
5 años
2
Mayor o igual 25% - 3 años Inferior a 50% LPP
3
Mayor o igual 50% - 2 años hasta 100% LPP
4
Sobre el LPP
Dar aviso a la Autoridad Sanitaria Regional (ASR) quienes establecen plazo.
Vigilancia de Salud Periodicidad de la Evaluación según LPP
PREXOR
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
SILICOSIS
Se establece una periodicidad o plazo para la implementación de soluciones de control de ruido en la empresa, en función de la Dosis de Ruido Diarias obtenidas en la evaluación cuantitativa, de acuerdo a:
SILICOSIS
PERIODICIDAD AUDIOMETRIAS SEGÚN PREXOR
SILICOSIS
CONSIDERACIONES FINALES Si consideramos además que la legislación nacional presenta un índice de rechazo importante ante la presencia de Hernias al núcleo pulposo laboral, espondiloartrosis y espondilolistesis, patologías que serían directamente atribuibles al MMC, es complejo y errado dejar a una población expuesta del orden del 50% para levantamientos esporádicos de máxima carga de 38 kilos.
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
CONSIDERACIONES FINALES Por lo tanto, nuestra recomendación es: Considerar 25 kilos como peso máxima de carga humana para los varones o algo más transversal utilizar los 20 kg para ambos géneros como límite.
Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral - Unidad Promoción y Prevención Universal
Gracias Gobierno de Chile - Instituto de Seguridad Laboral -