INTRODUCCION. EL PROYECTO QUE PRETENDE EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA PARA LA ZONA

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CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DELEGACION PROVINCIAL DE GRANADA. D.JOSE GARCIA MARTINEZ, mayor de edad, vecino de Granada, con D.N.I. nº 24.062.106 N, en calidad de Secretario de la Federación Ecologistas en Acción Granada, colectivo legalizado y Registrado con el nº 18, Sección 2ª en el Registro Andaluz de Asociaciones, Unidad Registral de Granada, C.I.F. G-18220947, con razón social en calle Tórtola 32, 1º-A, 18014 Granada. Y a efectos de notificaciones en el Apartado de Correos 691, 18080 Granada. E X P O N E: Que recibida documentación de Planeamiento de Evaluación Ambiental de la Innovación-Revisión Puntual del PGOU de Granada para la creación de SG-EL-17 con Nº Refª Expte.1517/10 departamento: PREVENCION Y CONTROL AMBIENTAL/MMC, le hacemos llegar las siguientes indicaciones a través de las alegaciones que presentamos a continuación. INTRODUCCION. EL PROYECTO QUE PRETENDE EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA PARA LA ZONA El Ayuntamiento de Granada y a través de la Innovación-Revisión Puntual del Plan General de Ordenación Urbanistica de Granada para la creación del Sistema General de Espacios Libres SG-EL-17 pretende cambiar cambiar la clasificación de suelo no urbanizable protegido a Sistema General de espacios Libres adscritos al suelo urbano, y en base legal al ser una inovación de carácter estructural recogida en ( Artº 10 de la LOUA), y la innovación-Revisión Parcial recogida en ( artº 36 y sigueintes de la LOUA) . LOCALIZACION El Sistema General de espacios Libres SG-El-17 se localiza en este Término Municipal de Granada, en el Borde oeste de la Ciudad, en la aglomeración Urbana de Granada. Ocupa una framja de terreno de aproximadamente 870 m X 150 m de la Vega de Granada situada al oeste de la A-44 Circunvalación de Granada. Tiene una superficie de 136.856 m2 ( Aproximadamente unas 14 Hectáreas – como 14 campos de Futbol ) Sus limites quedan determinados por el Rio Beiro al Norte, El camino de Camaura: carretera de conexión entre el nudo de Mendez Nuñez y el camino de Purchil, y que a su vez el ´limite del suelo urbano, al Sur, La A-44 Circunvalación de Granada al Este.

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DATOS DEL PROYECTO Con la denominación y calificación pormenorizada de “ Parque Urbano de Recreo “ , el proyecto de intervención en la zona contempla los siguientes cambios y usos que detallamos a continuación: ¿Qué cambios quiere hacer el Ayuntamiento con este suelo? Quitar la protección agrícola y a regenerar que el PGOU 2001 asigna a este ámbito. Clasificar el Suelo afectado como Sistema General de espacios Libres SG-EL-17 al suelo urbano, y definir los usos pormenorizados. Se propone como uso pormenorizado Parque Urbano de Recreo Determinar el mecanismo de obtención de esos espacios por la administración, para que sean públicos, en este caso por expropiación Regular los usos de la zona. ¿Qué usos quiere darle? Actividades culturales y lúdicas Mercadillos Reglados Exposiciones al aire libre Gastronomía Aparcamientos subterráneos y en superficie Y en general todos aquellos que tengan carácter público y no requieran edificaciones fijas sobre rasante fuera de las autorizadas Otros usos permitidos como las infraestructuras de servicios, abastecimiento, saneamiento, electricidad, etc.. necesarias para el desarrollo de los usos permitidos Edificaciones permitidas. Se permite hasta un 2% de ocupación del teritorio por edificación fija sobre rasante. La altura máxima permitida es de ocho metros en una o dos plantas, fuera de la zona de no edificación de la Ley de Carreteras del Ministerio de Foemnto (50 m. desde la línea blanca de Tráfico General) . Se permite un semisótano bajo dicha edificación que podía ocupar como máximo lo proyectado por el edificio sobre superficie. ALEGACION Nº 1 .- PLANEAMIENTO URBANISTICO Y TERRITORIAL VIGENTE. El Plan General de Ordenación Urbanistica de Granada (PGOU 2001 clasifica el suelo objeto de estudio como suelo no urbanizable con dos subcategorias: Protección Agricola a Regenerar y Protección Agricola Activa. La regulación de usos queda establecida en los articulos 3.4.3 y 3.4.5, siendo todos los usos permitidos de tipo agricola, y entre los prohibidos destaca actuaciones que ocasiones que ocasionen la transformación o destrucción del medio rural agricola.. Además comprende parte del PE-03 Camino del Cañaveral, delimitado a ambos lados de dicho camino de entrada a la vega con objeto de erradicar los usos no deseables ni tolerados y regular el uso residencial, así como la extensión de los mismos. La propia Memoria de la Innovación-Revisión del PGOU y en clara referencia a la Vega de Granada, indica claramente que, “ se debe potenciar la protección del territorio y ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

particularmente la Vega de Granada con la definición precisa de las determinaciones del suelo no urbanizable y de los usos para las edificaciones catalogadas existentes. A fín de posibilitar su recuperación y Rehabilitación y la adopción de políticas y medidas activas de regeneración con acciones públicas cocretas de calado que permitan el contacto Ciudad-Vega y la apreciación social de los valores de ésta “ El POTAUGr determina el ámbito del SG-EL-17 como zona de reserva de suelo para espacios libres públicos, afectados por el art. 4.11. El suelo no urbanizable limítrofe perteneciente a la vega de Granada forma parte del Sistema General de Espacios Libres extensivos de la aglomeración, y parte de los viales de conexión del Sistema General de Espacios Libres. Sin embargo: El Plan General de la Aglomeración Urbana de Granada (POTAUGR) en la MEMORIA DE ORDENACION. ZONAS PROTEGIDAS POR SUS VALORES PRODUCTIVOS,, plantea que: “El espacio fisico-productivo de la llanura irrigada, la Vega, continua siendo muy relevante tanto en superficie agrícola útil como en productividad agrobiologica. Sus reminiscencias históricas y culturales, el cierto simbolismo que expresa para muchos habitantes, la evidente aportación a los equilibrios ambientales e hidrológicos y sus connotaciones paisajistas se añaden como activos muy significados en el ámbito de la aglomeración urbana y, más aún, en el conjunto regional. Pero su alta valoración desde todas estas perpectivas parece contradecirse con el uso a que se destina en amplias porciones, con el abandono de numerosas explotaciones o con el amplio numero de impactos que vienen recibiendo en las últimas décadas. Por esto requiere medidas que salvaguarden en lo posible sus condiciones características. Así, este Plan apuesta por la revalorización de un espacio geográfico que durante siglos ha constituido la admiración de los que lo han analizado, valorado o simplemente contemplado. Como quiera que muchas de sus condiciones sustanciales aún permanecen, es preciso conservar en el mejor estado posible este espacio singular, que es legado de muchos siglos de labor humana, no solo por sus potencialidades agrárias evidentes, sino también porque la Vega, juega otros papeles igualmente importantes en la construcción armónica de la aglomeración urbana. No hay duda acerca de la importancia que ostenta el espacio irrigado dentro del territorio de la aglomeración, pues ha condicionado en gran medida su origen y proceso histórico, a la vez que seguirá condicionando su evolución futura. La centralidad del sector oriental de la Vega, como espacio no urbanizado, respecto a las morfoestructuras urbanas en disposición semi anular de la aglomeración constituyen la gran baza a jugar en el devenir del área metropolitana. De ahí que pueda afirmarse, en primer lugar, que la Vega constituye un espacio estratégico, al menos una parte importante de la misma. En definitiva, la valoración del espacio ha estado fundamentada en la integración de los componentes capacidad productiva bruta, condiciones ambientales y manifestaciones paisajísticas, que en el ámbito de la Vega resultan significativamente concordantes. Los ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

valores productivos-ambientales en función de múltiples factores y variables, desde los de índole agrológica ( horizontalidad topográfica, feracidad de suelos, nivel de insolación, disponibilidad hídrica para la planta en los momentos precisos, termicidad media en los umbrales óptimos, etc.) y estructural, es decir, de organización del espacio agrario ( redes, edificaciones, etc..) como contribución a los aspectos esencialmente productivos, hasta los puramente ecogeográficos ( masas árboreas y biodiversidad como principales manifestaciones ecológicas dentro del ámbito; incidencia climática como efecto ambiental más relevante para la aglomeración ), que se encuentra en este caso intimamente relacionados con los agrológicos y aportan la vertiente ambiental en la valoración del espacio. Los valores paisajísticos, por su lado, alcanzan un peso especifico de primera magnitud en el espacio de la Vega, en nada inferior cualitativamente y desde la percepción social de gran parte de la población residente en la aglomeración respecto a las dimensiones productivas y ambientales. Tambien EL PLAN DE ORDENACION TERRITORIAL DE LA AGLOMERACION URBANA DE GRANADA (POTAUG) RECOGE EN EL AREA 11: INTERFLUVIO BEIRO-GENIL EN LA LLANURA ALUVIAL. Unidad de Vega claramente confinada entre los ríos Genil y Beiro y la Circunvalación de Granada, bien irrigada a partir de la acequia Gorda y feraz, donde proliferan árboles y setos; por tanto de máximo valor productivo-ambiental. El sector más occidental de la misma presenta claras analogías con las dos áreas anteriores; sin embargo, en la franja más próxima a la ciudad de Granada, las tradicionales “huertas” de los arrabales introducen una drástica diferenciación, en unos casos por la dedicación agrícola hacia las hortalizas, en otros, los más importantes, por haber adquirido la clara función de huertos familiares, con dedicación a tiempo parcial y destino al autoconsumo, entre docenas de antiguas casas de campo remozadas y nuevas edificaciones residenciales en ocupación extensiva. La componente vegetal está constituida por multitud de árboles frutales y ornamentales entre los más extendidos herbáceos. Estas dos claras situaciones productivo-ambientales tienen su efecto sobre el paisaje, que está conformado igualmente por sendas unidades, la de las huertas y la del entorno de la Camaura. Se trata de un paisaje interesante y altamente consumido, tanto desde la Circunvalación como desde la margen derecha del río Genil, destacando algunos elementos reforzadores, caso de los partidores de agua adyacentes al molino de la Torrecilla, así como muchas de las huertas del entorno y otros perturbadores, en especial los vertederos ubicados en la ribera del Genil. No hay duda de que la Unidad se encuentra fuertemente tensionada desde la ciudad de Granada, especialmente en el área de las huertas tradicionales, donde proliferan usos urbanos de toda índole, así como en el camino que une la venta del Olivo con las instalaciones del CIDA (Aclaración. Hoy se llama CIFA; Centro de Investigación y Formación Agraria). La excesiva presión ejercida sobre el ámbito aconseja la limitación al crecimiento urbano de todo el frente sur-occidental de Granada, pero aparte de estas cautelas urbanísticas, se propone el tratamiento específico, con mantenimiento del carácter agrícola y de huertas tradicionales en la franja más próxima a Granada (1 km. aproximadamente) y la ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

mejora de los caminos interiores. A su vez, actuaciones puntuales de sellado de graveras y tratamiento de telones verdes en parcelas con expectativas urbanísticas. El POTAUG, en referencia a las zonas de reserva de suelo para espacios libres públicos, en su art. 4.11.3 indica que “La regulación particular de estas zonas será la que en cada caso determine el Planeamiento Urbanístico General que le afecte, que en todo caso deberá salvaguardar su carácter público y esencialmente no construido”. Lo que supone contradicción con el documento de innovación, el cual en su apartado “6.1.Usos permitidos” incluye “los relacionados con el ocio, actividades culturales y lúdicas, mercadillos reglados, exposiciones, exposiciones al aire libre, gastronomia, aparcamientos disuasorios subterráneos y en superficie y en general todos aquellos que tengan carácter público y no requieran edificaciones fijas sobre rasante”, así como “infraestructuras de servicios, abastecimiento, saneamiento, electricidad, etc. de igual modo en el apartado “6.2.-Edificaciones permitidas” indica que “se permite hasta un 2% de ocupación del terreno para edificación fija sobre rasante, con altura máxima de 800 m. en una o dos plantas” además de “..un semisotano bajo dicha edificación, que podrá ocupar como máximo lo proyectado por el edificio sobre rasante” La propia Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía ( LOUA ) en su EXPOSICION DE MOTIVOS, II OBJETIVOS DE LA LEY señala muy claramente es su apartado: 2. Una Ley que apuesta por la calidad de vida de los ciudadanos y de las ciudades. Una Ley que apuesta por el Desarrollo Sostenble. La lectura integrada de los mandatos constitucionales contenidos en los articulos 45, 46 y 47 de nuestra Carta Magna refleja con meridiana claridad la voluntad del constituyente de que los derechos de todos a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, y de los españoles a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, puedan ser ejercidos en ciudades y pueblos cuya conservación, así como el enriquecimiento de su patrimonio histórico, cultural y artistico, estén garantizados por los poderes públicos. Por su parte el Estatuto de Autonomia para Andalucía, en los apartados 5º y 6º de su Articulo 12.3, insiste en los mismos principios de calidad de vida, vinculada a la protección de la naturaleza y del medio ambiente y al desarrollo de los equipamientos sociales, y de protección del paisaje y del patrimonio histórico-artístico, como uno de los objetivos del ejercicio de los poderes de nuestra comunidad.a lo que hay que añadir los articulos 195 Conservación de la Biodiversidad, 196 Uso sostenible de los recursos naturales y 197 Producción y Desarrollo Sostenible. del actual Estatuto de Autonomia de Andalucía. El Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) -aprobado por el Parlamento andaluz y por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicado en el BOJA el 29 de diciembre de 2006-, mantiene como objetivo básico la consecución de un modelo territorial equilibrado y sostenible, preservando los recursos naturales. El POTA reconoce que el actual modelo urbanístico y territorial de Andalucía es insostenible. El POTA propugna un modelo territorial para Andalucía que se fundamenta en dos consideraciones. Por un lado, contiene el conjunto de referencias territoriales básicas que deben ser tenidas en cuenta por las políticas de ordenación territorial y por las actividades con incidencia sobre el territorio. Por otro lado, enuncia un conjunto de principios orientadores en los que deben sustentarse las estrategias de ordenación y desarrollo territorial a escala regional. ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

Entre los objetivos, líneas estratégicas, criterios, medidas y orientaciones del POTA, que deberían ser el modelo a seguir en el planeamiento municipal, se pueden destacar: a. En relación con el modelo de ciudad, se propugna: 1. Frente a las tendencias menos deseables que adopta a veces el reciente proceso de urbanización, debe constatarse y destacarse las oportunidades que se derivan del reconocimiento de los valores de la ciudad histórica andaluza, de raigambre mediterránea, en tanto que ciudad compacta y de compleja diversidad, apoyada en un orden territorial equilibrado en la escala regional. Factores que pueden ser utilizados para el logro de mejores niveles de calidad de vida y de sostenibilidad urbana. 2. En relación con la sostenibilidad de los procesos de urbanización, la base ecológica de la ciudad debe ser considerada desde la perspectiva de su responsabilidad en el consumo global de recursos naturales y en la conservación del capital natural (agua, energía, materiales y espacios rurales y naturales) y en la creación de condiciones internas de adecuada habitabilidad y buena calidad ambiental. 3. De acuerdo con las previsiones de la legislación urbanística y territorial, el planeamiento tendrá entre sus objetivos la consecución de un modelo de ciudad compacta, funcional y económicamente diversificada, evitando procesos de expansión indiscriminada y de consumo innecesario de recursos naturales y de suelo. El modelo de ciudad compacta es la versión física de la ciudad mediterránea, permeable y diversificada en su totalidad y en cada una de sus partes, y que evita en lo posible la excesiva especialización funcional y de usos para reducir desplazamientos obligados, así como la segregación social del espacio urbano. 4. El desarrollo urbano debe sustentarse en un modelo basado en la creación de ciudad que genere proximidad y una movilidad asegurada por los altos niveles de dotaciones de infraestructuras, equipamientos y servicios de transportes públicos. 5. La prioridad a los nuevos desarrollos urbanos ha de darse a aquellos que se basan en el crecimiento hacia el interior de los núcleos, es decir, la reordenación de zonas de los cascos urbanos consolidados, así como en desarrollos que completen la imagen unitaria de la ciudad. Ello supone establecer como objetivo el de romper la tendencia a nuevos crecimientos exógenos a los núcleos urbanos consolidados, reduciendo el progresivo consumo de espacios naturales o rurales. La Innovación-Revisión Parcial del PGOU de Granada para la creación del Sistema General de Espacios Libres SG-EL-17 tiene que tener en cuenta todos estos objetivos, consideraciones y directrices que emanan de todo este planeamiento urbanistico y territorial y del que se deriva de las directrices de la Estrategia Andaluza de Desarrollo Sostenible-Agenda 21 de Andalucía y del Decreto 357/2010, de tres de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección de la ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

calidad del Cielo Nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética. Y a tenor de lo que plantea el SG-EL17 el mismo incumple todas las Leyes Urbanísticas y de Planeamiento Territorial vigentes. ALEGACION Nº 2.- ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL En negrita las consideraciones que hacemos a los siguientes apartados del Estudio de Impacto Ambiental. INFRAESTRUCTURAS El entorno del SG-EL-17 cuenta con muy buenos accesos. La circunvalación garantizará la accesibilidad rodada desde cualquier ámbito a través del nudo de Mendez Nuñez y de la Chana. La ordenación de los viales de accesos al SG-EL-17 garantizará la sostenibilidad de los desplazamientos que generen los nuevos usos. Consideramos que lo que se consigue es crear un nuevo núcleo de conflictos de tráfico motorizado, humos ruidos, etc.. y crear un espacio fuera de contexto y que no ha sido demandado ni por los vecinos de la zona. UNIDADES AMBIENTALES El suelo donde se piensa intervenir se corresponde con suelos altamente productivos y un extensivo y antiquisimo sistema de irrigación ( acequias, ramales, etc.) que garantiza el regadío en toda su extensión. ATMÓSFERA Los usos que se quieren implantar en la zona, que no són zonas verdes como se disfrazan, incidiria muy negativamente sobre las emisiones de CEO2 a la atmósfera, no solo porque se crea un autenntico problema de llegada y transito de vehiculos de motor a la zona sino que eliminanos una amplia zona verde de vega que actua como autentico sumidero de este nocivo gas ocasionante del efecto invernadero. CALIDAD DEL AIRE Granada no presenta buena calidad del aire, y entre otras causas están: principalmente el tráfico y los suelos desprotegidos del entorno urbano. Por lo que la creación de este nuevo núcleo urbano agravaría de manera notoria esta problemática RUIDOS La principal fuente de contaminación acústica es el ruido procedente del tráfico de vehiculos motorizados. Por lo tanto entendemos que es totalmente desaconsejable el crear un nuevo núcleo urbano con una gran influencia del trafico rodado en la zona y que atraería ingentes cantidades de vehículos de motor procedentes del entorno y del Area Metropolitana.

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GEOLOGIA El mismo E.I.A. Indica que es el sitio de la capital menos recomendable para cualquier tipo de construcción por ser una zona de máxima incidencia en la problemática sismica de Granada. HIDROLOGIA Durante el trayecto del Rio Beiro por la Vega hasta que se produce su desembocadura, el cauce presenta un cierto aporte de caudal que en parte es absorbido para conformar canales que transportan el agua a los diferentes cultivos que se extienden por ambas márgenes. La vega de Granada comprende una densa red de acequias que garantizan la dotación de agua al regadio. Concretamente la zona del estudio se localiza en el pago Arabial Alto, y por esta discurre el Brazal del Jaquecillo que tras recorrer interiormente la zona propuesta como SG-EL-17 pasa a conformar el borde sur de este suelo, en su camino a la huerta del Carmen. FAUNA El E.I.A. Indica el elevado indice de riqueza faunística que posea la zona en el contexto de la Vega de Granada. Como el Mirlo acuatico, el ruiseños bastardo, los zorzales, el chochin, gorriones, Alcon Real, Comadreja, musaraña, etc.. Y a tal efecto recomendamos el estudio hecho al respecto por el Francisco Tarragona.

profesor

HIDROGEOLOGIA El acuifero de la Vega de Granada es un acuifero detritico con peramibilidad primaria por porosidad, libre (puntualmente confinado) que se extiende entre Granada y Huetor Tajar, con una superficie de 200 Km2. La alimentación del acuifero procede mayoritariamente de la infiltración de las aguas de escorrentia superficial que accede a la Vega de Granada desde una cuenca vertiente de 2900 km2. La filtración se ve favorecida por la irrigación a través de la densa red de acequias que discurre por la Vega., las aportaciones por la lluvia, retornos de regadios ( entre ellos el tradicional riego a manta ) y aportaciones de acuiferos laterales SUELO La mayor parte de la depresión de Granada esta cubierta por aluviones, el diferente origen de los mismos determina dentro de la depreción la diferencia entre los suelos y en definitiva marcará las características del desarrollo de la agricultura. Esta estructura de los suelos de la Vega ofrece unas condiciones muy favorables para la agricultura con escasa representación en otros ambitos del municipio. El ámbito efectuado por el SG-EL-17 comprende suelos con estructura limo-arcillosa. Su composición mineral favorece la absorción de nutrientes y retiene facilmente el agua al mismo tiempo que permite la aireación y circulación de ésta, ofreciendo unas condiciones muy favorables para la agricultura. ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

USOS DEL SUELO En el ámbito previsto para SG-El_17 los usos existentes son: agricola con regadio en explotación, edificaciones pseudoagricolas, viveros, improductivo ( camino del Beiro) En el sector sureste, colindante con el camino de Camaura, es un erial dedicado al estacionamiento irregular de vehiculos que temporalmente acoge ocupaciones singulares ( circos, exposiciones ambulantes de animales, etc.) junto a este, mas cerca dedicada al almacenamiento de materiales. No sabemos si de todos estos usos y ocupaciones ilegales tiene conocimiento el Ayuntamiento de Granada y la Junta de Andalucía que ha depositado en la zona los materiales del metro PAISAJE El SG-EL-17 se localiza en el borde de la circunvalación de Granada, junto a accesos a Granada intensamente utilizados por el transporte motorizado privado, y a acceso peatonales a la vega y al suelo urbano consolidado que actualmente presenta una baja utilización con medios no motorizados. Esta circunstacia determina que, si bien el consumo visual del área es muy alta, esta fugaz, por la percepción desde vias de circulación rápida. Añadimos que desde el entorno de la propia zona se contemplan magnificas vistas hacia las diferentes zonas de la Vega y hacia Sierra Nevada. ALEGACION Nº 3 Existe una clara apuesta social para la preservación y potenciación de toda la Vega de Granada – desde Huetor Vega hasta Loja – reflejada en las diferentes encuestas realizadas que indican que más del 65% de la población granadina se manifiesta a favor de la Conservación y puesta en valor de la Vega de Granada. También y desde la Plataforma Salvemos la Vega. Vega Sur, comunidades de regantes, sindicatos, entidades sociales asociaciones culturales, Institutos y ciudadanos a nivel particular, vienen realizando una continua labor en pos de la protección y dinamización de la Vega. Igualmente se ha presentado por parte de la plataforma Salvemos la Vega ( a la que pertenece Ecologistas en Acción Granada) y ante la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la petición para la Declaración de la Vega como Bien de Interés Cultural en su modalidad de ZONA PATRIMONIAL, figura de protección que viene recogida en la Ley 14/2007, de 26 de Noviembre del Patrimonio Histórico de Andalucía, todo ello ha propiciado que la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía haya iniciado la elaboración de un Plan Especial del Parque Agrícola de la Vega de Granada. ALEGACION Nº 4 Como recoge el documento Protección y ordenación de la Vega de Granada (1998), que sirvió de base al POTAUG, la zona afectada por el proyecto está catalogada como de máximo valor productivo-ambiental y por ello propone mantener su carácter agrícola. En el lugar que se quiere destruir hay huertas centenarias y familias muy arraigadas en ellas. Creemos que expulsarlos de sus tierras es inhumano y conculca sus derechos como ciudadanos. Además on estas familias de agricultores los que mantienen la zona cultivada y verde cono numerosos cultivos y árboles frutales.

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La destrucción de las casi 14 hectáreas de vega provocarían tensiones y expectativas urbanísticas alrededor favoreciendo el abandono de cultivos, construcciones ilegales, etc. Todo ello supondría abrir las puertas a la destrucción de toda la vega de la capital. Granada perdería así un rico patrimonio de enormes valores agrarios, económicos, culturales, históricos y ambientales. Está demostrado que en tiempos de crisis la agricultura es el sector que sigue contribuyendo a la economía y a la creación de puestos de trabajo. Destruir suelos riquísimos y muy productivos sería poco inteligente e ir en contra de nuestra propia economía. Creemos un sinsentido destruir vega, zona verde cultivada, típicamente granadina, sin gastos para la administración, y construir otra zona verde con grandes gastos de mantenimiento. Ningún colectivo vecinal ni de otro tipo ha pedido nunca un parque en esa zona, la actuación no responde pues a ninguna demanda ciudadana. Todavía tiene menos sentido el proyecto si tenemos en cuenta que recientemente se ha hecho un parque al otro lado de la autovía. Sin la Vega nunca se podría entender la historia de Granada. Por eso las encuestas que aparecen siempre en los medios de comunicación granadinos dicen que el 65% de la población cree que la vega hay que protegerla ya que es una referencia vivencial –junto a la Sierra y la Alhambra- que nos da identidad a los granadinos actuales y de todas las épocas históricas. Por todo lo anterior todos los gobernantes municipales granadinos han respetado la circunvalación como frontera entre lo urbano y la Vega. Hay más; El 18 de febrero de 2010 todos los grupos municipales del Ayuntamiento de Granada, incluido el grupo municipal del Partido Popular (impulsor de éste proyecto) acordaron apoyar la Declaración de la Vega impulsada por el programa Vega Educa. En dicha declaración se decía que había que “dinamizar y proteger nuestra Vega” y que “Nuestra Vega constituye, en definitiva, un patrimonio cultural que debe ser defendido”. ¿Es lógico que se firme la defensa de la Vega y a la vez con este proyecto su destrucción? Creemos que el municipio de Granada tiene necesidades mucho más acuciantes que la de hacer un parque con aparcamientos, edificaciones y otras infraestructuras en la zona. Ese espacio, que se crea para espectáculos, ferial y otros junto a la autovía sería fuente de ruidos y distracciones para los conductores, por lo que aumentaría el riesgo de accidentes de tráfico En virtud de todas las indicaciones, sugerencias, Alegaciones y argumentaciones, que presentamos en el presente escrito y de las Vigentes Leyes Urbanisticas y de Ordenación del Territorio, SOLICITAMOS de La Consejeria de Medioambiente de la Junta de Andalucía, la DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTAL NEGATIVO para la Innovación-Revisión Puntual del PGOU de Granada para la creación del SG-EL-17 y por tanto el rechazo de este funesto proyecto del Ayuntamiento de Granada. En Granada a 29 de Octubre de 2010 Fdo: Jose Garcia Martinez ECOLOGISTAS EN ACCION GRANADA CIF G-18.220947 http://www.ecologistasenaccion.org/granada Apartado 691 18080 Granada C/ Tórtola 32 1º A 18014 Teléfono 958-273507 [email protected]

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