La Inscripción Abierta y los Pasos de Acción para el Plan del Año 2017

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VERANO 2016 para Miembros Activos

Inscripción Abierta y Pasos de Acción para el Plan del Año 2017

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a Inscripción Abierta y los Pasos de Acción para el Plan del Año 2017 llegan muy pronto! Los procesos de la Inscripción Abierta y los Pasos de Acción estarán funcionando del 1 de agosto del 2016, al 30 de septiembre del 2016. Busque en julio, en su correo, su paquete detallado y personalizado de la Inscripción Abierta. Este paquete incluirá las instrucciones para completar la Inscripción Abierta y los Pasos de Acción, y la información al día relacionada con sus proveedores médicos, dentales y de visión, y la de sus Dependientes cubiertos. Si usted no recibe su paquete de Inscripción Abierta para el 10 de agosto del 2016, póngase en contacto con la Oficina del Fondo llamando al (800) 552-2400 para que podamos enviarle un nuevo paquete. Visite UFCWTRUST.COM para verificar que toda (Por favor vea la página 4)

EN ESTE EJEMPLAR Inscripción Abierta y Pasos de Acción PÁGINAS 1 & 4 Recordatorios sobre sus beneficios PÁGINA 2 La nueva tecnología V3 establece un estándar PÁGINA 3 Preparándose para la jubilación PÁGINAS 5-7 Los beneficios de dormir para la salud PÁGINA 8

FOR YOUR BENEFIT es un boletín informativo diseñado para mantener informado a todos los miembros acerca de cómo utilizar sus beneficios de manera más efectiva. Los miembros pueden comunicarse también con los Empleados de Beneficios de la Unión o llamar a la Oficina del Fondo de Fideicomiso directamente: (800) 552-2400. Los horarios de telefono del Departamento de Salud y Bienestar son de 7:30 de la mañana a 5:30 de la tarde, de Lunes a Viernes. O visitenos en la red WWW.UFCWTRUST.COM.

R e C o R dat o R i o s

soBrE sUs BEnEfiCios Los Cónyuges Matriculados/Parejas de Hecho están obligados a inscribirse en el plan de salud de grupo de su empleador

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For Your Benefit es la publicación oficial de la UFCW & Employers Benefit Trust. Utilizando todos nuestros recursos, hemos logrado recompilar toda la información correcta referente a ciertos beneficios, pero este boletín informativo no incluye todas las disposiciones que lo gobiernan, sus limitaciones, y todas sus exclusiones, pueden variar entre un plan y otro. Consulte el Summary Plan Description, Plan Document, Evidence of Coverage and/or Disclosure Form (“Governing Documents”) para información acerca de su gobernanza. En el caso de cualquier conflicto entre los términos de este boletín informativo y los Documentos de Gobernanza, los Documentos de Gobernanza tendrán preponderancia. Como siempre, la Junta Directiva de la UFCW & Employers Benefit Trust mantiene autoridad absoluta en determinar elegibilidad a su discreción, junto con los derechos del plan de beneficios y la interpretación de términos de los planes. La información contenida en estos artículos es sólo para su uso general y no deberá considerarse como sugerencia médica. Se recomienda que llame al 9-1-1 en caso de una emergencia. 1000 Burnett Avenue, Suite 110 Concord, CA 94520 2200 Professional Drive, Suite 200 Roseville, CA 95661 (800) 552-2400 • UFCWTRUST.COM

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a Oficina del Fondo necesita saber si otro seguro de salud de grupo está disponible para su Cónyuge o Pareja de Hecho ya que sus beneficios son coordinados entre el Plan UEBT y el otro plan de seguro su Cónyuge o Pareja de Hecho. Si a su Cónyuge/Pareja de Hecho inscrito (simplemente “Cónyuge” para el resto de este artículo) se le ofrece un seguro de salud de grupo a través de un empleador actual o anterior, es requerido que él o ella se inscriban en el otro seguro, sin importar el costo. De lo contrario, se reducirán sus beneficios bajo este Plan. Cuando se inscriba en el otro seguro de salud de grupo, su Cónyuge tiene que inscribirse en una opción tan completa como lo que se ofrece por el Plan UEBT en el que él o ella están inscritos actualmente. Esta regla se aplica a cualquier Cónyuge con acceso a un plan a través de un empleador anterior (como por ejemplo, un plan de jubilados) o un plan activo a través de un empleador actual. Si otro seguro de salud de grupo no es ofrecido a través del empleador actual o anterior de su Cónyuge, una carta del empleador (en papel con membrete de la empresa) debe ser presentada a la Oficina del Fondo para explicar que no se ofrece otro seguro. La carta puede ser enviada a la Oficina del Fondo o por fax al (925) 746-7549. La carta del empleador debe indicar qué tipo de seguro (médico, prescripción, dental o de la visión) no es ofrecido a su Cónyuge. Si esta carta no se envía a la Oficina del Fondo, o si su Cónyuge niega la cobertura de salud de grupo a través de un empleador actual o anterior, este Plan reducirá sus beneficios en un 60%. Si no hay cambios en el empleador de su Cónyuge y el seguro de salud de grupo disponible del empleador del Cónyuge no ha cambiado y se ha proporcionado anteriormente una carta en el pasado Año del Plan (año calendario), entonces no es necesario en este momento enviar una nueva carta.

Cuando se inscriba en el otro seguro de salud de grupo, su Cónyuge tiene que inscribirse en una opción por lo menos tan amplia como lo que se ofrece a través del Plan UEBT en el que él o ella está inscrito actualmente.

La nueva tecnología V3 ayuda a la UEBT a mantener un servicio estándar de oro

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a UFCW & Employers Trust, LLC, recientemente activó su nuevo programa de computación con sus nuevas prestaciones avanzadas, llamado V3, para mejorar la administración de sus planes de beneficios. El sistema V3, desarrollado por Vitech Systems Group, Inc. y en funcionamiento a través su nube V3, ayudará a racionalizar muchas de las funciones del día a día en los fondos representados por la UFCW & Employers Trust. Él está diseñado para aumentar la eficiencia en las matrículas, la elegibilidad, la facturación, el procesamiento de reclamos y otros servicios. “V3 está ahora ayudándonos a ofrecerle a nuestros miembros un servicio al cliente de primera clase mundial,

mientras que al mismo tiempo nos permite racionalizar nuestras operaciones para lograr la máxima eficiencia,” comentó Jacques Loveall, Presidente de la UFCW & Employers Trust, LLC. “Este proyecto ayudará a que continuamos estableciendo un estándar de oro para la entrega de beneficios por muchos años.” La UFCW & Employers Trust representa a la UFCW & Employers Benefit Trust, UEBT Retiree Health Plan, UFCW Northern California and Drug Employers Health and Welfare Fund, UFCW – Northern California Employers Joint Pension Trust Fund, UFCW – Northern California Food Employers Joint Individual Account Trust Fund, UFCW Pharmacists, Clerks and Drug Employers Pension Plan y el Retail Clerks Specialty Stores Pension Fund.

Tome ventaja de las formas disponibles en Internet en ufcwtrust.com Las últimas formas imprimibles se pueden encontrar en Internet en UFCWTRUST.COM. Seleccione “Recursos” y luego “Formularios” en la página principal para ver todo lo disponible.

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Inscripción Abierta y Pasos de Acción para el Plan del Año 2017 (Continúa de la primera página) su información de contacto es correcta y así asegurar que usted reciba su paquete de Inscripción Abierta y otra información de beneficios actualizada hasta la fecha.

PASOS DE ACCIÓN LOS REQUISITOS DEBEN SER

30 DE SEPTIEMBRE EL AÑO 2016

COMPLETADOS EL

Los miembros que se han clasificado para los beneficios de salud de nivel Premier y Ultra tienen la oportunidad (junto con su cónyuge o Pareja de Hecho, si es aplicable) para completar los Pasos de Acción, que ayudan a promover la conciencia acerca de la salud. Al completar todos los Pasos de Acción necesarios, usted se convertirá o continuará como participante en el programa de bienestar del Plan, lo que llamamos la opción Plan de Asociación de Cuidado de la Salud (HCP), el cual incluye primas semanales más bajas para Dependientes y menores costos para su bolsillo. Si usted está cubierto por el Plan PPO, siendo un participante en la opción del Plan de HCP, también le da derecho a recibir fondos anuales de la Cuenta de Reembolso de Salud (HRA). Para este período de Inscripción Abierta, los

miembros Blue Shield PPO (y sus Cónyuges/Parejas de Hecho) que actualmente participan en la opción del Plan de HCP sólo necesitan completar un Paso de Acción, la Revisión Biométrica. Los miembros de HMO Kaiser (y sus Cónyuges/Parejas de Hecho) que actualmente participan en la opción del Plan de HCP debe completar dos Pasos de Acción: una Revisión Biométrica y una autorización HIPAA por Internet. Si actualmente usted no participa en el programa de bienestar del Plan, lo que significa que usted está actualmente bajo la opción del Plan de Dirección Personal (PD), y desea participar en la opción del Plan de HCP del 2017, usted y su Cónyuge/Pareja de Hecho deben completar todos Pasos de Acción necesarios, que incluyen lo siguiente: 1. Firma electrónica del Acuerdo HCP, 2. Autorización HIPAA por Internet para los participantes actuales de Kaiser, 3. Revisión Biométrica, y 4. Un Cuestionario de Riesgo de Salud (HRQ) para los participantes PPO actuales o una Evaluación de Salud Total (THA) para los participantes Kaiser actuales.

NUEVO PARA LOS PASOS DE ACCIÓN 2017: Cónyuges/Parejas de Hecho deben registrarse en UFCWTRUST.COM para completar sus Pasos de Acción.

¿CÓMO COMPLETO LA INSCRIPCIÓN ABIERTA? Observe su buzón de correo a finales de julio para encontrar su paquete de Inscripción Abierta 2017. El cual contiene un folleto con instrucciones para quien requiera completar la Inscripción Abierta. El proceso de inscripción se llevará a cabo por Internet a través UFCWTRUST.COM. Los miembros que necesiten asistencia adicional también pueden visitar la Oficina del Fondo en Roseville o Concord. Si esta no es una opción, es posible completar una Inscripción Abierta Telefónicamente. Para ello, llame al (866) 772-9835, de lunes a viernes, de 7 de la mañana a 7 de la tarde, hora del Pacífico. Para obtener más información acerca de la Inscripción Abierta, usted puede visitar UFCWTRUST.COM después del 1 de agosto del 2016, para ver un video explicativo o las instrucciones paso a paso. Si necesita ayuda adicional, usted puede llamar al Departamento de Servicios de Salud y Bienestar de la Oficina del Fondo al (800) 552-2400. Página 4

Preparándose para la jubilación

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a preparación es la clave para una transición, de trabajar de forma activa a la jubilación, sin problemas. Muchos aspectos de este nuevo capítulo en su vida requieren de su atención: el Seguro Social, inscribirse en Medicare y mantener un estilo de vida saludable. Este artículo se centra en las medidas que debe tomar para la transición hacia los beneficios ofrecidos a través del Plan de Salud de la UEBT para jubilados (si es elegible) y el proceso para comenzar a recibir sus beneficios de pensión. Desde una perspectiva de pensiones, en este artículo sólo se aplica al Plan Conjunto de Pensiones. LA ELEGIBILIDAD PARA LOS BENEFICIOS DE PENSIÓN

La edad normal de jubilación para los miembros del “Grupo 1,” contratado con anterioridad a la ratificación CBA 2005, es de 60 años. Para los miembros del “Grupo 2,” contratados después de la ratificación CBA 2005, la edad de jubilación normal es de 65 años. Al llegar a la edad Normal de Jubilación, la cantidad de Créditos del Plan que usted tenga, determinará el monto de su pensión. Hay dos tipos básicos de Créditos del Plan: Los Derechos de Adquisición de Créditos se basan en las horas de servicio acumulados en cada año del plan y se utilizan para determinar su estado de derechos de adquisición y el beneficio de una pensión. Servicio Acreditado o Créditos de Beneficio se basa en las Horas de Servicio Cubierto acumuladas en cada Año del Plan y se utilizan para calcular la cantidad de su beneficio de pensión mensual. Usted gana un máximo de Créditos de Beneficio por año calendario basado en 1,800 Horas, o más, de Servicio Cubierto.

(El Crédito de Beneficio Parcial se obtiene por Horas de Servicio cubierto entre 150 y 1,799; crédito no se gana por horas menos de 150.) Usted gana un máximo de un Crédito con Derecho a pensión por año calendario basado en 750 Horas de Servicio. (El Crédito Parcial con Derecho a pensión se obtiene por contar entre 150 y 749 horas de servicio; crédito no se gana por horas menos de 150.) Si usted estuvo ausente del Servicio Cubierto por un período de tiempo, usted puede recibir créditos de pensión complementarios (Derechos de Adquisición de Créditos y Créditos de Beneficio) o una ausencia justificada en las condiciones especificadas en las reglas del Plan de Pensiones. Estas ausencias justificadas o créditos de pensión se pueden proporcionar para la calificación de servicio militar, discapacidad u otras ausencias aprobadas especificadas por el Plan Común de Pensiones (Joint Pension Plan). Los participantes que cumplan con los requisitos de una “Regla de 85” de jubilación son elegibles para retirarse antes de la Edad de Jubilación Normal, y aun así recibir la cantidad que habrían recibido si hubieran esperado hasta la Edad Normal de Jubilación para retirarse. La “Regla de 85” está generalmente disponible para el “Grupo 1,” miembros menores de 60 años (edad mínima 55), cuya edad combinada y Créditos de Beneficio es igual a 85. Por ejemplo, un miembro elegible de 55 años con al menos 30 Créditos de Beneficio calificaría (55 + 30 = 85). Los miembros del “Grupo 2” no son elegibles para la “Regla de 85.” Los participantes que cumplan con ciertos requisitos también pueden ser elegibles para un Beneficio de Jubilación Temprana, (Por favor vea la página 6) Página 5

Preguntas frecuentes sobre Pensiones Conjuntas ¿QUÉ ES UN PARTICIPANTE CON DERECHOS ADQUIRIDOS? Ser un Participante con Derechos Adquiridos significa que usted tiene derecho a recibir un beneficio del Plan en su Fecha de Retiro Normal (su Beneficio de Retiro Normal). Su Fecha Normal de Jubilación es el primer día del mes siguiente a su Edad Normal de Jubilación (generalmente a los 60 años de edad para los miembros del Grupo 1 y 65 años de edad para los miembros el Grupo 2). Los ex Participantes del Northern California Retail Clerks Unions y el Food Employers Joint Pension Trust Fund cuyo último Acuerdo Colectivo Negociado previsto para la jubilación a los 65 años, así como los ex Participantes del California Butchers’ Pension Trust Fund que incurrieron en una Separación del Empleo Cubierto antes a la fusión de dicho Fondo con el Plan Conjunto del 1 de enero de 1998, también tienen una edad Normal de Jubilación de 65 Años.

¿PUEDO TRABAJAR DESPUÉS DE JUBILARME? Ya sea que usted se retire antes o después de la Edad Normal de Jubilación, el Plan puede limitar el número de horas que puede trabajar para cualquier empleador, ya sea o no que contribuyen al Plan. Estas restricciones se aplican al

Preparándose para la jubilación (Continúa de la página 5)

lo que les proporciona un beneficio de pago antes de la Edad Normal de Jubilación, que se reduce actuarialmente sobre la base de su edad, y la edad de su cónyuge, si es aplicable, para tomar en cuenta el hecho de que los beneficios son pagaderos antes de la Edad Normal de Jubilación. LA ELEGIBILIDAD PARA LA COBERTURA BAJO EL PLAN DE SALUD PARA JUBILADOS DE LA UEBT La cantidad de Créditos de Beneficio que usted haya acumulado bajo el Plan Común de Pensiones en el momento de la jubilación será uno de los factores utilizados para determinar si usted es elegible para la cobertura para Jubilados bajo el Plan de Salud de la UEBT (también conocido como el “Plan para Jubilados”) . En general, usted es elegible para los Beneficios de Jubilados una vez que tenga al menos 20 años de Créditos de Beneficio Página 6

empleo en el mismo sector y en el mismo oficio o trabajo en la misma zona geográfica (toda California, Hawaii y Nevada) cubierta por el Plan mientras esté recibiendo beneficios de pensión. Bajo el Plan, este trabajo se define como “Servicio que se puede Suspender.” Tenga en cuenta que un Participante puede ser empleado en un Servicio que se puede Suspender y continuar recibiendo los beneficios de jubilación sin ningún tipo de suspensión o reducción a partir del primer día del mes siguiente al mes en que el Participante alcance los 70 años. Si usted trabaja en un Servicio que se puede Suspender, su beneficio de pensión mensual será suspendido por cada mes en que trabaje en exceso a los límites de reempleo según lo dictado por el Plan que se rige su pensión. Si usted decide volver a trabajar, por favor, póngase en contacto con el TFO por adelantado para determinar si su empleo después de la jubilación se considera un Servicio que se puede Suspender.

ESTOY EN CONDICIONES DE JUBILARME AHORA, PERO ME GUSTARÍA ESPERAR UNOS CUANTOS AÑOS MÁS ANTES DE PRESENTAR MI SOLICITUD.

¿RECIBIRÍA MÁS DINERO POR HACER ESTO? Eso depende. Si usted espera a retirarse hasta después de la Edad Normal de Jubilación y no trabaja en un Servicio que se puede Suspender, su beneficio mensual de jubilación aumentará actuarialmente para reflejar el retraso en su jubilación. Sin embargo, este retraso puede afectar su elegibilidad para los beneficios del Plan de Salud para Jubilados de la UEBT.

y cumpla con todos los demás requisitos. Sin embargo, si usted satisface el requisito previo de “15 años de servicio” el o antes del 31 de diciembre del 2013, a usted se lo eximirá en el requisito de 15 años de servicio. Otro factor para determinar si usted es elegible para la cobertura bajo el Plan de Jubilados es si usted ha combinado la elegibilidad activa bajo el Plan de la UEBT y los fondos recíprocos que asciende a por lo menos 36 de los últimos 72 meses inmediatamente anteriores a la jubilación. Si usted no cumple con este requisito, no será elegible para la cobertura bajo el Plan de Jubilados. Una vez que se determina que usted es elegible para la cobertura bajo el Plan de Jubilados, el importe del Crédito de Beneficio que haya acumulado en virtud del Plan Común de Pensiones también se utiliza para establecer el monto de la prima mensual que debe pagar por la cobertura bajo el Plan de Jubilados. También es posible que usted tenga que pagar una prima mensual más alta para la cobertura de jubilados si usted tiene acumulados Créditos de Beneficio bajo el Plan Conjunto de pensiones mientras se trabaja para un empleador retirado o “huérfano” — que es una institución que ya no contribuye al Plan de Jubilados en nombre de sus empleados.

• En caso de divorcio durante el Servicio para la Industria, proporcione una copia de los documentos de divorcio y cualquier QDRO (Órdenes de Relaciones Domésticas Calificadas). • Una copia del certificado de defunción de su Cónyuge si él o ella ha fallecido. En este punto, su solicitud será procesada y usted recibirá una carta si se necesita cualquier información adicional. Una vez que su solicitud esté completa y haya sido procesada y verificada, usted recibirá una Carta de Elección solicitando que usted haga sus selecciones de beneficios. COMENZANDO SUS BENEFICIOS DEL PLAN DE SALUD PARA JUBILADOS DE LA UEBT

El proceso de jubilación y pensiones: ¿Qué necesito hacer? SI USTED ES UN MIEMBRO PREPARÁNDOSE PARA JUBILARSE Consulta de Pensión: Se debe completar una Consulta de Pensión con la Oficina del Fondo (TFO) dentro del plazo de un año de su fecha prevista de jubilación. En respuesta a su Consulta de Pensión, usted recibirá una estimación de su beneficio de pensión mensual. Esta estimación no es definitiva — la determinación final de elegibilidad para los beneficios y la cantidad exacta a pagarse en beneficios por parte del Plan se determina en el momento en que se reciba, procese y verifique la solicitud para la jubilación. Como parte de esta estimación, usted también será capaz de ver las horas de Servicio Cubierto utilizadas para determinar la cantidad de su beneficio de jubilación estimada y si hay algunos intervalos en el Servicio Cubierto. A continuación, usted puede proporcionar cualquier información adicional requerida como documentos de Discapacidad Estatal o de Compensación para Trabajadores, documentos del servicio militar y alguna otra información que puede utilizarse para cerrar los intervalos en el Servicio Cubierto. Al dar este paso, usted ayudará a evitar demoras en el procesamiento de su solicitud de jubilación cuando usted se jubile. SI USTED ES UN MIEMBRO QUE HA DECIDIDO SOBRE UNA FECHA DE JUBILACIÓN

Si usted ha determinado en qué fecha le gustaría comenzar su jubilación, póngase en contacto con el TFO por lo menos 90 días antes y pida una solicitud de jubilación. Los documentos que usted necesita entregar, junto a la solicitud completa, son: • Una copia de su certificado de nacimiento. • Si está casado, una copia tanto de su certificado de matrimonio y certificado de nacimiento de su cónyuge. • Si usted no pudo trabajar después del 1 de marzo de 1992 debido a una lesión o enfermedad y recibió Seguro del Estado por Discapacidad o una Compensación para Trabajadores, proporcione copias de los historiales de pago para cada período. • Si estuvo activo en el servicio militar durante el Servicio para la Industria, entregue una copia de la DD-214.

Antes de jubilarse, usted recibirá un paquete de inscripción para el Plan de Salud para Jubilados de la UEBT de la Oficina del Fondo (TFO). Usted tiene 90 días a partir del momento en que la Oficina del Fondo de Fideicomiso le envía por correo su paquete de matrícula o 90 días a partir de la fecha de su jubilación, cualquiera que sea posterior, para devolver la solicitud de inscripción completa (firmada por usted y su Cónyuge/Pareja de H echo si él o ella se incluye como Dependiente Cubierto) y los siguientes documentos: • Una Autorización para Deducir la Forma Premium para el Cuidado de la Salud del Jubilado (si usted desea tener el Plan Premium del Jubilado deducido de su beneficio del Plan Común de Pensiones) • Si agrega a un Cónyuge/Pareja de Hecho: - Copia del certificado de matrimonio - Copia de una factura de servicios de su hogar que enseñe el nombre de su Cónyuge • Si agrega a un hijo/a (El Miembro debe tener un mínimo de 25 Créditos de Beneficio): - Certificado de nacimiento - Certificado de Estudiante para las edades de 19 a 24 años Después de revisar su solicitud y los documentos, se le notificará a través de la TFO si usted es oficialmente elegible para los beneficios del Plan de Salud para los Jubilados de la UEBT. Usted será responsable del pago de sus primas para cualquier mes entre su último mes de servicio activo y la hora en la que usted finalice las Solicitudes de Pensión y Matrícula de Jubilados. TENGA EN CUENTA: Si usted y/o su Cónyuge/Pareja de Hecho no pueden inscribirse para los beneficios del Plan de Salud para Jubilados de la UEBT dentro del plazo permitido de los 90 días desde el momento en el que la Oficina del Fondo de Fideicomiso envía por correo su paquete de inscripción al Plan de Jubilados o desde la fecha de su jubilación, cualquiera que sea es más tarde, usted y/o su Cónyuge/Pareja de Hecho perderán la posibilidad de inscribirse en el Plan de Jubilados para siempre. La única excepción a esto es si usted y/o su Cónyuge/Pareja de Hecho rechazan inscribirse en el Plan de Jubilados cuando usted sea elegible por primera vez, porque usted y/o su Cónyuge/Pareja de Hecho están actualmente inscritos en otro seguro de salud de grupo a través de otro empleador. En este caso, usted y/o su Cónyuge/Pareja de Hecho pueden inscribirse más tarde en el Plan de Salud para Jubilados de la UEBT dentro de los 60 días siguientes a la fecha de terminación del otro seguro de salud de grupo o durante el próximo período de Inscripción Abierta de la UEBT. Página 7

Cómo el sueño afecta su bienestar general

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omer bien y hacer ejercicio son las dos cosas que la gente fácilmente asocian con un estilo de vida saludable, pero hay muchos otros factores que contribuyen al bienestar general. Sueño — el número de horas que se obtiene y la calidad de esas horas — es uno de ellos. Los estudios que examinan “los que duermen poco” — los que duermen seis horas o menos — demuestran ser más propensos a ser obesos que las personas que duermen más tiempo. Después dos días de “sueño corto,” los participantes en el estudio tenían más hambre que cuando se les permitió dormir más tiempo. También tenían más probabilidades de obtener sus calorías de los bocadillos altos en carbohidratos como papas fritas, galletas y dulces. Las investigaciones vinculan el sueño insuficiente a muchos problemas de salud, como la diabetes, el apnea del sueño, la enfermedad del Alzheimer e incluso el cáncer. “La duración del sueño, en las últimas tres o cuatro décadas, se ha reducido de una hora y media a dos horas,” le comentó Eve Van Cauter, Ph.D., Directora del Sleep, Metabolism and Health Center at the University of Chicago a la Fundación Internacional del Plan de Beneficios al Empleado (International Foundation of Employee Benefit Plans). “Hay un estigma en nuestra sociedad actual, extrañamente, contra recibir la cantidad de sueño que uno realmente necesita, y esto verdaderamente tiene que cambiar.” Van Cauter enumera siete reglas para dormir bien: Página 8

1. Evitar las siestas durante el día. Pueden alterar los patrones normales del sueño y la vigilia. 2. Evitar los estimulantes como la cafeína y la nicotina, así como el alcohol, cerca de la hora de acostarse. 3. El ejercicio vigoroso se debe hacer en la mañana o por la tarde, si bien un ejercicio de relajación como la yoga antes de acostarse puede ayudar a iniciar una noche de sueño reparador. 4. Mantenga el dormitorio oscuro, fresco y tranquilo. Sin televisión, computadora o tabletas. 5. Evite comer bien antes de dormir. Un retraso de dos a tres horas entre la cena y la hora de acostarse es una buena idea. 6. Asegure de obtener una exposición adecuada a la luz natural del día. Esto es especialmente importante para los adultos mayores que no salen al exterior con tanta frecuencia. 7. Establezca una rutina relajante regular. Evite conversaciones emocionalmente perturbadores justo antes de irse a la cama. Los expertos recomiendan entre siete y nueve horas de sueño cada noche, de manera consistente, para obtener los mayores beneficios para la salud. Si tiene problemas para conciliar o mantener el sueño, hable con su proveedor de cuidados de la salud.

FUENTES • ifebp.org • cbsnews.com

¿Siestas, también?

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ientras que la Dra. Van Cauter recomienda evitar las siestas diurnas, otros profesionales médicos creen que las siestas pueden ser beneficiosas para muchos adultos, y una investigación reciente demuestra que las siestas han ocultado beneficios también. Un estudio del 2010 de la Escuela de Medicina de Harvard determinó que un laberinto virtual era más fácil de navegar para los sujetos de prueba que fueron capaces de tomar una siesta después de haberles mostrado el laberinto por primera vez, en comparación con aquellos que no durmieron la siesta. Se cree que la siesta le permitió a los sujetos de prueba mejorar el proceso de sus recuerdos del laberinto. “Se puede pensar que es casi como poner Jell-O en el refrigerador,” explicó la Dra. Jennifer Ashton, Corresponsal de CBS Medical News. “Se puede comer la gelatina antes de que se endurezca, pero es realmente mejor cuando ya está endurecida, y esa es la idea detrás de lo que lo provoca dormir al procesamiento de la memoria.” Los participantes en el estudio fueron capaces de tomar una siesta durante 90 minutos, pero los beneficios pueden ser cosechados después de una siesta tan corta como 12 minutos, dijo Ashton.

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