LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL CONTADOR PÚBLICO FRENTE AL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE EN COLOMBIA

LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL CONTADOR PÚBLICO FRENTE AL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE EN COLOMBIA Rosa Trujillo Rendón* Resumen El artículo presenta a

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Nº 41.348 DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Enero de 2016 Ministerio del Medio Ambiente SUBSECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE (IdDO 9

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LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL CONTADOR PÚBLICO FRENTE AL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE EN COLOMBIA Rosa Trujillo Rendón*

Resumen El artículo presenta a la comunidad académica bonaventuriana de la Facultad de Ciencias Empresariales, una reflexión acerca de la “Responsabilidad social de los contadores públicos” frente al cuidado del medio ambiente. El Proyecto Educativo Bonaventuriano en su MISIÓN siendo coherente en sus principios reafirma: Que desde el pensamiento franciscano, toma el saber como un proceso de desarrollo humano, en constante devenir, cuyo valor no depende de sí mismo o de su tradición sino de la capacidad para responder a las inquietudes humanas y a las necesidades de la sociedad, generando posibilidades de mejoramiento en la perspectiva de un desarrollo sostenible y armónico con la naturaleza1.

Los contadores públicos de la Facultad de Ciencias Empresariales, no pueden ser ajenos a la problemática ambiental, que no solamente está afectando al país, sino a todo el planeta, del cual toda la humanidad hace parte, y con el cual se tiene la responsabilidad desde esta disciplina, tal como la tienen todas las demás. Es por ello que se pone a consideración de toda la comunidad académica este escrito, como parte de la toma de conciencia sobre el futuro que espera a la humanidad sino se toman medidas extremas ahora.

Palabras clave Responsabilidad social, medio ambiente, problemática ambiental, desarrollo sostenible. *

Contadora Pública de la Universidad de La Salle. Especializada en Ciencias Tributarias de la Universidad Central y Magíster en Docencia de la Universidad de La Salle, docente Universitaria y consultora en el sector Privado.

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UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA: Proyecto Educativo Bonaventuriano. Bogotá: Editorial Bonaventuriana, 2005, p. 69.

Management, año XVI, n.° 28, julio-diciembre 2007, p. 95-105

Rosa Trujillo Rendón

Abstract The article presents to the Bonaventuriana academic community of the faculty of Managerial Sciences, a reflection about the “Social Responsibility of The Public Accountants” in front of the environment. The Bonaventuriano Educational Project in its MISSION being coherent with its principles reaffirms “That the Franciscan thought takes the knowledge as a process of human development that is in constant change to become whose value doesn’t depend of itself or of its tradition but depends on the capacity to respond to human’s questions and to the society needs, generating possibilities of improvement in the perspective of a sustainable and harmonic development with the nature” The public accountants of the faculty of Managerial Sciences can not be unaware to the environmental problem that is affecting not only to our country and the whole planet, of which all us make part, and where all us have responsibility, just like all other have. That is for what I put to your consideration these lines for you to take conscience of the future that waits for us but if we do not take care of the environment now.

Key words Social responsibility, environment, environmental problematic, sustainable development.

Introducción En el presente artículo, se describe brevemente el problema que se está enfrentando con el deterioro del medio ambiente a nivel mundial, se hace un recuento de las propuestas y compromisos adquiridos en las diferentes reuniones de los países desarrollados, quienes son los más grandes contaminadores; cuya intención es la de llegar a un consenso general que permita un desarrollo económico sostenible sin agredir más a la naturaleza, pero que requiere de más inversión y de cambios en lo que tiene que ver con la explotación de la madre tierra, como lo son el uso de tecnologías limpias entre otros cambios que requieren de un sacrificio económico, el cual ninguno de los implicados quiere asumir. Es entonces el momento de reflexionar desde la óptica de los contadores para ver qué aportamos frente a esta situación que nos atañe a todos.

La responsabilidad social del contador público En las últimas décadas, se han venido conformando movimientos socio ambientales en el mundo, cuya preocupación es la protección del medio ambiente,

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Para hacer una breve reseña del panorama desolador, se hace notar que la pobreza, sinónimo de miseria humana, afecta altos niveles de población, significa esto más gente y menos tierra, lo que lleva al agotamiento de los recursos naturales, la destrucción de la biodiversidad, ante la falta de un manejo consciente de los recursos, el consumo excesivo de combustible fósil, el “efecto invernadero”, el agotamiento de la capa de ozono, la contaminación sistemática, menor crecimiento económico, menos bienestar humano y consecuentemente volvemos al punto de partida: la creciente pobreza3. Claro es que los problemas ambientales siguen creciendo y han dejado de ser problemas locales para convertirse en una preocupación global, que lleva a pensar en la supervivencia básica de la humanidad. La población humana actual sobrepasa los 5.3 billones y se espera alcance 8.5 billones para el año 2025, fecha que está bastante cerca cuando aún no se han tomado medidas de fondo al respecto, por el egoísmo de los grandes contaminadores que no se ponen de acuerdo, al no concebir disminuir o controlar el desarrollo económico, ni contemplar las terribles consecuencias que estamos viviendo y que a corto plazo se-

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Hacia los años 70 ya se comenzaban a vislumbrar las consecuencias del maltrato a la naturaleza y de aquí surgió la “Declaración de Estocolmo en 1972, proclamando la necesidad de equilibrar el Desarrollo Económico de la humanidad y la protección del medio ambiente” .El 16 de septiembre de 1987 es firmado el protocolo de Montreal cuyo fin era el de firmar un acuerdo internacional para proteger la capa de ozono a través del control de producción de las sustancias que se creen responsables del agujero de la capa de ozono. En Río de Janeiro, entre el 3 y el 14 de junio de 1992, la comunidad internacional aprobó el convenio sobre la diversidad biológica con el fin de prevenir la reducción o pérdida significativa de la diversidad, por la deforestación y tala indiscriminada que las comunidades han venido haciendo sin tomar conciencia de los efectos que tiene este comportamiento. El 11 de diciembre de 1997 se firmó en Kyoto un documento titulado “El protocolo de Kyoto sobre el cambio climático, instrumento que tiene por objetivo principal hacer efectivas un conjunto de medidas para reducir los gases de efecto invernadero. En esta reunión los países participantes se comprometieron reducir en un 5.2% las emisiones contaminantes a partir del 2008 y hasta el 2012 tomando como punto de partida los niveles de contaminación por emisión de estos gases el año 1990. Este acuerdo entró en vigor en febrero de 2005 después de que Rusia aceptó el compromiso. Siguiendo la preocupación de la comunidad mundial se volvieron a reunir en Johannesburgo entre el 26 de agosto y el 4 de septiembre de 2002, treinta años después de la conferencia de Estocolmo y 20 años después de la reunión de Río de Janeiro, según los entendidos esta reunión se hace demasiado tarde para impedir los problemas que se pretendía resolver, ignorando el principio de precaución y muy pronto para conseguir acuerdos satisfactorios y significativos, pues a pesar de los tratados anteriores ya mencionados y las demás reuniones a nivel regional y local los problemas sociales y ambientales se han agravado, debido al crecimiento desordenado de la población y la pobreza extrema en que viven 800 millones de personas.

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ZAPATA LUGO, José Vicente, Desarrollo sostenible, Ediciones Librería del Profesional 1997, p. 17.

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debido a la toma de conciencia e imperante necesidad de cuidar lo que nos queda y de fomentar un desarrollo económico para no agredir más al planeta. Esta preocupación ha concernido paulatinamente a los gobiernos de algunos países quienes a través de compromisos de carácter internacional2 han venido desarrollando políticas internas de control y de protección ambiental, porque ciertamente, cada vez se ha hecho imposible ignorar el peligro inminente que significa el desequilibrio y perjuicio, en muchos casos, irremediable contra el medio ambiente, que ha generado y sigue generando el desarrollo económico.

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rán nefastas si no se toma la decisión de empezar a corregir el comportamiento y la actitud hacia la naturaleza que está bastante resentida4. Como si lo anterior no fuera suficiente y para demostrar que no es exagerado hablar de peligro inminente, son destruidas 17 millones de hectáreas de bosque y pastura por año, lo que disminuye notablemente el agua dulce y la biodiversidad, fuertemente amenazada en los últimos 100 años5. La problemática ha sido y es foco de muchas discusiones de tipo científico, académico y político. Hoy proliferan propuestas, estudios, escritos y documentales entre otros, que muestran diferentes aspectos del panorama actual, y al mismo tiempo las perspectivas, y posibles soluciones que van desde las más radicales, como el crecimiento cero y la aplicación estricta del principio de precaución6, hasta la despreocupación total por el medio ambiente ante la imposibilidad de frenar el modelo de desarrollo económico capitalista y de controlar la entropía ambiental. Entre las más importantes propuestas no extremistas se encuentra la del “Desarrollo sostenible”7 que plantea la posibilidad de progresar en armonía con la naturaleza, es decir, hacer compatible la preservación del medio ambiente con el crecimiento económico. Ciertamente se trata de un ideal muy difícil de llevar a la práctica de manera cabal, pero que por lo menos mantiene el equilibrio de intereses fundamentales de la humanidad, y ofrece alternativas viables en el presente. Dentro de la idea del Desarrollo Sostenible el mundo globalizado debe ir más allá de reconocer la interdependencia económica y comprender y aceptar la interdependencia ecológica y aún más el “ensamble” de las dos8. La perspectiva a nivel global, si deseamos sobrevivir en armonía, debe ser la fusión de lo ecológico y lo económico. Es claro pues que no basta con regular las relaciones sociales entre hombres sino que se hace indispensable la regulación de la relación entre hombre y medio ambiente, debido a que ignoramos que hombres y medio ambiente son uno solo, en la perspectiva de lo complejo, como lo plantea Edgar Morin y Fritjof Capra, entre otros.

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De acuerdo con el Instituto Mundial de Recursos, si la tasa de crecimiento del 3% de la actividad económica mundial desde los años 50 continúa, para el año 2050 será cinco veces mayor y para entonces no habrá recursos naturales suficientes para sostener al mismo tiempo la población, que como ya se dijo también crece de una manera desorganizada.

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ZAPATA LUGO, José Vicente, Desarrollo Sostenible, Ediciones Librería del Profesional, 1997, p. 18.

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Suspender toda actividad de explotación económica hasta que no se demuestre que no es nociva para el medio ambiente.

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El Principio 3.º de la Declaración de Río (1992) lo define como: “Aquel desarrollo que satisface las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las del futuro, para atender sus propias necesidades”.

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MACNEILL, J.; Winsemius, P. & Yakushji, T. Beyond Interdependence – The Meshing of the World´s Economy and the Earth’s Ecology (New York. Oxford University Press, 1991) en 4ff (en adelante McNeill et ál.)

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La discusión de la dimensión ecológica del desarrollo sostenible ha demostrado que los modelos de desarrollo que se han estado aplicando han dado como resultado un serio menoscabo del medio ambiente, ya que los procesos industriales o de producción no contemplan los efectos colaterales de los mismos y por la falta de cuantificación de los gastos ambientales entre otros, siendo éstos, grandes responsables de la degradación y agotamiento silencioso del medio ambiente soportados por la sociedad. Es claro entonces que los procesos industriales en general causan grandes daños a la naturaleza acarreando dos tipos de costos: por un lado están los costos asumidos por los productores, los cuales se pueden identificar y cuantificar; por otra parte están los costos sociales, como por ejemplo: la contaminación y disminución de las aguas, el deterioro y extinción de los ecosistemas, de la flora silvestre, y otros daños que todavía no alcanzamos a percibir, pero que en un muy corto plazo estaremos viendo, cuantificables en este momento como pasivos ambientales.

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Esta propuesta a su vez tiene tres facetas que no se deben perder de vista cuando se trate de mejorar el medio ambiente. Primero los temas que tienen que ver con el medio ambiente se pueden cuantificar en términos económicos, es decir, se tiene la posibilidad de identificar con cifras el nivel de la degradación y la destrucción ambiental. En segundo lugar, una vez identificado el problema se puede utilizar las herramientas e instrumentos económicos para alcanzar las metas ambientales; tales como la reducción y posteriormente el control de la contaminación y por último ser conscientes del alcance de estas herramientas en cuanto al control de lo ambiental, puesto que está demostrado que hay limitaciones para medir los daños ambientales9.

El problema de los costos privados-pasivos ambientales- versus los sociales, plantea el dilema económico de tener en cuenta la totalidad de los costos involucrados en los procesos productivos, por lo tanto muchas industrias han optado por pagar los daños de acuerdo a estimativos convenientes para ellas10. Significa esto que se deben tomar medidas extremas, ya que muy seguramente tendrían efectos económicos no deseables para unos pocos, pero que brindarían aire más puro, agua potable y esperanza para la humanidad. Ronald Harry Coase, el ganador del premio nóbel en economía en 1960, publicó un artículo titulado “The problem of social cost” donde propone que la solución no es que “el contamina paga” sino optar por no contaminar, prever los efectos

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ZAPATA LUGO, José Vicente, Desarrollo sostenible, Ediciones Librería del Profesional, 1997, p. 28.

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Ibíd , p. 28.

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colaterales en el medio ambiente, cumplir con todas las normas ambientales, utilizando tecnología limpia y buscando otras alternativas que no cobren el precio tan alto que significa destruir la naturaleza11. Colombia no es ajena a esta problemática pues hace parte de la tierra y del cosmos e igual que los demás países en vías de desarrollo y los desarrollados, tiene grandes problemas ambientales, creados por los grandes, medianos y pequeños productores que generan gran contaminación y destrucción del medio ambiente sin ningún control, aparte de los graves problemas ecológicos mundiales que en su mayoría son causados por los países desarrollados. No obstante, más allá de las condiciones y compromisos globales12 que se deberían presentar para poder hablar de Desarrollo sostenible en Colombia, y que escapan al objeto de este escrito, hay medidas internas que Colombia está en la obligación y posibilidad de tomar, algunas de las cuales se han tomado, dadas las nuevas preocupaciones que encara la Constitución Política de 1991, y la creación del Ministerio del Medio Ambiente. La Constitución en el Artículo 79 del Capítulo 3 sobre los Derechos Colectivos y del Ambiente, garantiza a toda persona el derecho a gozar de un ambiente sano y el consecuente deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente. Luego el Artículo 80 plantea el Desarrollo Sostenible como el camino de equilibrio entre la conservación y explotación de los recursos naturales. Dadas estas nuevas implicaciones del problema ambiental, y en vista de la alternativa de Desarrollo Sostenible por la cual opta la legislación nacional, la protección del medio ambiente se vuelve una cuestión que compete de manera coordinada al gobierno a través de la legislación y el control y promoción de los principios de protección del medio ambiente y a los particulares como promotores y ejecutores de los principios y normas al respecto, desde las diferentes profesiones, oficios y actividades económicas. En el caso concreto del Contador Público, quien aparentemente pareciera ajeno o sin herramientas para contribuir en la solución de la problemática, se encuentran grandes posibilidades de aportes trascendentales que lo hacen jugar un papel determinante.

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COASE, R.H. “The Problem of social Cost” reimpreso en R.H. Coase, The firm, the Market and the Law (Law Chicago University of Chicago Press, 1988), 95

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Una de las variables globales más determinantes es la difícil relación a la que se ha llamado “sur contra norte - en la crisis de la deuda que ha limitado las posibilidades de un crecimiento económico sostenible en los países en vías de desarrollo, es por esto que los temas ambientales deben ser tratados globalmente, para que las condiciones sean equilibradas entre ambos bandos. A esto se agrega que son los países industrializados los que más contaminan y más están consumiendo los recursos materiales de los países en vías de desarrollo, mientras con frecuencia transfieren sus desechos a los países subdesarrollados.

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Partiendo entonces de la obligación en un estado social de derecho del componente legislativo, se tiene por ejemplo que la Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente14, hoy Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, contiene importantes disposiciones, algunas de las cuales atañen al campo contable, y cuyo desarrollo tendría consecuencias de gran relevancia y efecto como se describirá a continuación. En primer lugar el Artículo 5 de la Ley 99 de 1993 en su numeral 14 dice: “Definir y regular los instrumentos administrativos y mecanismos necesarios para la prevención y el control de los factores de deterioro ambiental y determinar los criterios de evaluación, seguimiento y manejo ambientales de las actividades económicas”.

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En este sentido debe tenerse en cuenta que cualquier gobierno en su repertorio de soluciones tiene varias herramientas como: regulaciones económicas, mecanismos de mercado y mecanismos autorreguladores. La regulación económica corresponde a la intervención gubernamental, como el establecimiento de impuestos, tasas, contribuciones, entre otras, para que a través de ellos se limiten, controlen o mitiguen los daños ambientales. Los mecanismos de mercado proponen que las empresas productoras en general reflejen en sus presupuestos y estados financieros los costos de deterioro ambiental, esto significa que las grandes industrias den un primer paso al incluir en sus finanzas los costos ambientales y la autorregulación que estaría en armonía con la ética o moralidad de las corporaciones, quienes deben tomar conciencia y adoptar mecanismos complementarios para proteger el medio ambiente13.

Por su parte el numeral 43 del mismo Artículo dice: “Establecer técnicamente las metodologías de valoración de los costos económicos del deterioro y de la conservación del medio ambiente y de los recursos naturales renovables”. La normatividad en este caso se relaciona con lo que anteriormente se llamó mecanismos de mercado. El desarrollo lógico que conlleva la evaluación de sus alcances a nivel de la contabilidad, implica el diseño de un sistema de costos que permita un acercamiento15 a la cuantificación del impacto ambiental que generan las actividades que desarrollan las diferentes empresas. Una de las formas

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ZAPATA LUGO, José Vicente, Desarrollo sostenible, Ediciones Librería del Profesional 1997, p. 29 a la 36.

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ARTÍCULO 2.° CREACIÓN Y OBJETIVOS DEL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE. Créase el Ministerio del Medio Ambiente como organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de impulsar una relación de respeto y armonía del hombre con la naturaleza y de definir, en los términos de la presente Ley, las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible.

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Se habla de acercamiento por su carácter aproximativo, puesto que se considera que ningún sistema de costos podría cuantificar de manera real un daño ambiental.

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podría ser el sistema de costos ABC16 a través del cual se podría diferenciar o clasificar cada una de las actividades que conforman los procesos productivos y de servicios, de tal manera que las empresas puedan incluir dentro de sus presupuestos partidas aproximadas para prever los posibles daños ambientales que se generan con ocasión del ejercicio de sus actividades productivas. De otra parte con respecto a la autorregulación, aunque la normatividad estipula como deber del gobierno el de establecer los mecanismos y criterios de evaluación del deterioro ambiental de las actividades económicas, en condiciones ideales, las empresas podrían asumir dentro de sus costos una partida obligatoria para contratar estudios preliminares de calidad, con el fin de prever el impacto ecológico y viabilidad, y los respectivos costos de su actividad económica y de los proyectos nuevos o complementarios que conlleven esta actividad. En segundo lugar y relacionado con el tema de la regulación económica, la Ley 99 en sus artículos 42 y 43 establece: ARTÍCULO 42. TASAS RETRIBUTIVAS Y COMPENSATORIAS. La utilización directa o indirecta de la atmósfera, del agua y del suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agrícolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean resultado de actividades antrópicas o propiciadas por el hombre, o actividades económicas o de servicio, sean o no lucrativas, se sujetará al pago de tasas retributivas por las consecuencias nocivas de las actividades expresadas. ARTÍCULO 43. TASAS POR UTILIZACIÓN DE AGUAS. La utilización de aguas por personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, dará lugar al cobro de tasas fijadas por el Gobierno Nacional que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hídricos, para los fines establecidos por el Artículo 159 del Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente, Decreto 2811 de 1974. El Gobierno Nacional calculará y establecerá las tasas a que haya lugar por el uso de las aguas.

Cabe aclarar antes de analizar los aspectos impositivos de los artículos mencionados que la interpretación deseable y necesaria para entender la utilización de recursos naturales, o el manejo de los desperdicios que generan la industrias no podría ser en ningún caso conformarse con “pagar” los daños como se mencionó anteriormente, sino manejar políticas de máximo respecto a la naturaleza, y solo en casos de daños menores, fácilmente reversibles y absolutamente imprescindibles para el desarrollo de su actividad económica prever el impacto y el correlativo presupuesto para subsanar directamente el daño y conservar el equilibrio, y pagar al estado lo correspondiente a las tasas compensatorias o

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El modelo de costos ABC se basa en la agrupación y al mismo tiempo diferenciación de los costos que conforman una secuencia de valor de los productos, y servicios de la actividad productiva de la empresa. La idea es la identificación detallada de todos los costos que implican toda la actividad de producción, y no solo a la atribución de costos indirectos utilizando como base el producto como ocurre con los costos tradicionales.

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Establecer mecanismos de concertación con el sector privado para ajustar las actividades de este a las metas ambientales previstas por el gobierno; definir los casos en que haya lugar a la celebración de convenios para la ejecución de planes de cumplimiento con empresas públicas o privadas para ajustar tecnologías y mitigar o eliminar factores contaminantes y fijar las reglas para el cumplimiento de los compromisos derivados de dichos convenios. Promover la formulación de planes de reconversión industrial ligados a la implantación de tecnologías ambientalmente sanas y a la realización de actividades de descontaminación, de reciclaje y de reutilización de residuos;

Es claro que Colombia tiene normatividad suficiente para defender y cuidar el medio ambiente con la Ley 99 de 1993, los principios y derechos estipulados en la Constitución Política de Colombia y la normatividad supranacional, deben establecerse límites claros y siempre a favor del medio ambiente en lo referente a la ejecución e impacto de cualquier actividad económica; bajo la idea clara de la aplicación ética del mencionado desarrollo sostenible. Ahora bien, tradicionalmente dentro de los costos siempre se han incluido los impuestos, y éstos se vienen aplicando desde la vigencia de la Ley. No obstante, teniendo en cuenta las dificultades para calcular costos reales y de cuantificar las consecuencias del impacto ecológico de las actividades económicas, este rubro hasta cierto punto es simbólico y más una medida complementaria aunque necesaria de las políticas éticas preventivas que debe observar toda empresa o industria, y del presupuesto que se debe destinar de manera directa para reparar los daños ocasionados, como se mencionó con respecto a los numerales 14 y 43 del Artículo 5 de la Ley referenciada.

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retributivas . Al respecto es pertinente mencionar el numeral 32 del Artículo 5 de la Ley ya referenciada:

En tercer lugar no sería posible para el contador público, ni para ningún ciudadano, poner su grano de arena en esta importante tarea alrededor de la conservación del medio ambiente, sin una correspondiente educación y capacitación. En este sentido el numeral 9 del Artículo 5 estipula: Adoptar, conjuntamente con el Ministerio de Educación Nacional, a partir de enero de 1995, los planes y programas docentes y el pénsum que en los distintos niveles de la educación nacional se adelantarán en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, promover con dicho Ministerio programas de divulgación y educación no formal y reglamentar la prestación del servicio ambiental;

Como se menciona, el componente educativo debe estar presente en todos los niveles de la educación nacional a través del pénsum y de lo que se ha llamado la prestación del servicio ambiental. De aquí se colige que el tema ambiental debería ser materia de estudio desde los primeros años de educación y luego estudiado en el transcurso de las diferentes carreras u oficios según el enfoque particular de cada uno. Desafortunadamente aún no se ha implementado el com-

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ponente educativo a todos los niveles, ni con la profundidad y seriedad requerida por su trascendencia en algunos casos. En lo referente a la Contaduría Pública, se ha logrado que se incluya en el pénsum de una gran mayoría de universidades, la materia de “contabilidad ambiental”. Sin embargo, esta materia no puede limitarse, como en muchos casos ocurre, al estudio de la legislación vigente al respecto, que como se vio requiere de una correcta interpretación a la luz de la Constitución Política y de los tratados internacionales. Se requiere además el estudio y promoción desde la academia de nuevas alternativas y desarrollos de la legislación actual, que dado nuestro campo de acción como contadores, están en nuestras manos, como dar a las empresas una asesoría ética y responsable al respecto de los mecanismos técnicos con los que se puedan cuantificar y mostrar en todos los estados financieros de las empresas, la prevención y el manejo al impacto ambiental generado por sus actividades de mercado y la autorregulación en el desarrollo de cualquier actividad económica. Asimismo se necesita la investigación permanente e interdisciplinaria hacia nuevas alternativas y mecanismos de control, y protección que involucren las herramientas contables, conforme los retos que cada día impone la problemática. Finalmente, resta decir que la responsabilidad social del contador frente a la protección del medio ambiente en Colombia, tiene un carácter evolutivo, dada la magnitud del problema ecológico que como se explicó, aún, a corto plazo compromete la supervivencia humana misma. De otra parte, esta misión requiere de un fuerte componente ético, siempre supeditando el interés económico en pro del medio ambiente que a la final es el futuro de la humanidad, ya que por la intervención de diferentes factores de poder e intereses económicos no siempre se puede contar con la legislación adecuada; se hace necesario darle la interpretación pertinente como se dijo anteriormente, y promover como ciudadanos y como gremio, los cambios necesarios desde la profesión para el verdadero desarrollo sostenible. Este componente ético debe contagiar a las empresas quienes a pesar de la mentalidad dominante de que prime el interés privado, pueden encontrar de una u otra forma el necesario equilibrio entre el fin lucrativo y la conservación del patrimonio más grande e importante de la humanidad: el medio ambiente.

Conclusiones Como lo hemos visto desde 1972 con la Conferencia de Estocolmo sobre el Medio ambiente humano, los diferentes estados, comunidades e individuos conscientes de la problemática, han comenzado a proponer diferentes procesos de cambios, que nos permitan seguir progresando sin matar el medio donde

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Referencias bibliográficas BARRY C, Field, Economía ambiental una introducción. Bogotá: McGraw-Hill, 1995. MANRIQUE REYES, Alfredo. Control social ambiental en Bogotá, 2006. ZAPATA LUGO, José Vicente. Desarrollo sostenible, Ediciones Librería del Profesional, 1997.

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vivimos todos. Esto es siempre y cuando no desarticulemos lo económico de lo ambiental puesto que ya se demostró que todo está interconectado y que no se puede hablar del desarrollo sostenible sin establecer los efectos sobre el medio y la naturaleza de cualquier actividad que el ser humano vaya a desarrollar. En cuanto a la responsabilidad social del contador público es la de anteponer la ética sobre cualquier interés de carácter económico, midiendo siempre los costos de las diferentes actividades que a diario deben reflejarse en la contabilidad en lo que tiene que ver con el impacto en el medio ambiente. Costos que hasta ahora se han ignorado, por falta de conocimiento y de consciencia en lo social. Por lo tanto invito a toda la comunidad académica de la Facultad de Ciencias Empresariales a reflexionar sobre nuestra Responsabilidad Social en lo que tiene que ver con el medio ambiente, y así comenzar a tomar las medidas necesarias que permitan proteger el patrimonio de la humanidad.

Artículo recibido el 1 de septiembre y aprobado el 10 de octubre de 2007

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