LICITACION PUBLICA Nº

Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe EJEMPLAR SIN VALOR LICITACION PUBLICA Nº : 2.967 OBJETO Adquisición de transformadores de distribución

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Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe

EJEMPLAR SIN VALOR LICITACION PUBLICA Nº : 2.967

OBJETO Adquisición de transformadores de distribución . PRESUPUESTO $ 30.130.000,00 OFICIAL U$S 3.566.000,00

GARANTIA DE LA OFERTA

(Pesos treinta millones ciento treinta mil,IVA incluido)

(Dólares tres millones quinientos sesenta y seis mil, IVA incluido)

U$S 35.660,00 (Dólares, treinta y cinco mil seiscientos sesenta, IVA incluido)

APERTURA DIA HORA LUGAR

17/12/2014 1100 EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA 1ra Junta 2558 – 1º Piso – Of. 7 3000 Santa Fe

PRECIO DEL LEGAJO

$ 27.000,00 + IVA

CONSULTAS EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE

Unidad Normas

Pesos veintisiete mil + IVA

EJEMPLAR SIN VALOR LICITACION PUBLICA Nº:

20/11/2014

2.967

ALCANCE DE SUMINISTRO TOTAL ITEM

MATRICULA

DESCRIPCION

UM

CANTIDADES SOLICITADAS

CANTIDAD

SANTA FE

ROSARIO

RAFAELA

TOTAL EPE

1

28120007 Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 160 kVA

Pza

18

0

0

18

2

28120009 Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 315 kVA

Pza

45

12

40

97

3

28120011 Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 630 kVA

Pza

26

46

10

82

4

28120012 Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 1000 kVA

Pza

10

22

0

32

EJEMPLAR SIN VALOR LICITACION PUBLICA Nº:

19/11/2014

2.967

DESCRIPCION TECNICA - CRONOGRAMA DE ENTREGAS ITEM

MATRICULA

DESCRIPCION TECNICA COMPLETA

UM

DESTINO 60

1

28120007

Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 160 kVA Conforme a ETN 28a vigente a la fecha de apertura y Planilla de Datos Garantizados

2

28120009

Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 315 kVA Conforme a ETN 28a vigente a la fecha de apertura y Planilla de Datos Garantizados

Pza SANTA FE

28120011

Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 630 kVA Conforme a ETN 28a vigente a la fecha de apertura y Planilla de Datos Garantizados

5

5

5

3

0

18

0

0

0

0

0

0

RAFAELA

0

0

0

0

0

0

TOTAL

5

5

5

3

0

18

Pza SANTA FE

9

9

9

9

9

45

ROSARIO

0

6

6

0

0

12

RAFAELA

8

8

8

8

8

40

17

23

23

17

17

97

Pza SANTA FE

5

5

5

5

6

26

ROSARIO

9

9

9

9

10

46

RAFAELA

3

3

4

0

0

10

17

17

18

14

16

82

TOTAL 4

28120012

Transformador trifásico de distribución. Relación 13,2/0,4-0,231 kV - 1000 kVA Conforme a ETN 28a vigente a la fecha de apertura y Planilla de Datos Garantizados

SANTA FE : Almacenes Villa María Selva - Espora y República de Siria ROSARIO : Almacenes Rosario : Caferata y La Vincha RAFAELA : Almacenes Rafaela : Santa Fe 1671

TOTALES 180

ROSARIO

TOTAL 3

PLAZO DE ENTREGA (Dias Corridos) 90 120 150

Pza SANTA FE

0

3

3

2

2

10

ROSARIO

0

5

5

6

6

22

RAFAELA TOTAL

0 0

0 8

0 8

0 8

0 8

0 32

PDTG 28120007

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 160 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 1 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

ITEM

CONCEPTO

1.

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

Características Generales

1.1 Fabricante

---

(*)

1.2 Marca

---

(*)

1.3 Origen

---

(*)

1.4 Modelo (designación del fabricante)

---

(*)

1.5 Norma a la que responde

---

IRAM 2250 ETN 28a

2.

Tipo de pedido

2.1 Con tanque de expansión

---

SI

2.2 Sistema de enfriamiento

---

ONAN

de media tensión

---

COBRE

de baja tensión

---

COBRE

2.3

VALOR GARANTIZADO

Material del conductor del arrollamiento

3.

Características Eléctricas Principales Primaria Nominal (Un)

kV

13,2

Secundaria Nominal en vacío

kV

0,400 – 0,231

kVA

160

3.3 Grupo de conexiones

---

Dy11

3.4 Frecuencia nominal

Hz

50

Primaria

A

6,99

Secundaria

A

231

Con 100% Un

% In

< 2,3

Con 105% Un

% In

< 5,06

%

-5 / -2,5 /0/ +2,5 / +5

Punto 1

kV

13,86

Punto 2

kV

13,53

Punto 3

kV

13,20

Punto 4

kV

12,87

Punto 5

kV

12,54

Corriente nominal

%

4

Componente resistiva

%

(*)

Impedancia Homopolar



(*)

3.1 Tensión 3.2 Potencia nominal

3.5 Corriente nominal

3.6 Corriente de vacío

3.7 Regulación de tensión

Tensión nominal 3.8 para cada punto del conmutador:

Tensión de cortocircuito a 3.9 75oC para la:

SI

PDTG 28120007

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 160 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 2 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

en vacío a 50 hz.

W

500

en cortocircuito a 75 oC.

W

2500

3.11 Sección del conductor del bobinado primario

mm²

(*)

3.12 Sección real del conductor del bobinado secundario

mm²

(*)

---

SI

---

SI

ITEM

3.10

CONCEPTO

Pérdidas garantizadas:

Espárrago de bronce o latón (conductividad mínima 3.13 28,8%) según IRAM 2250 para bornes de alta tensión. Espárrago de cobre electrolítico, (conductividad 3.14 mínima 98%) según IRAM 2250 para bornes de baja tensión 4.

4.1

4.2

Ensayos de tipo

Dieléctricos con tensión de impulso

Cortocircuito externo en bornes

4.3 Conmutador

4.4 Calentamiento

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

5.

Propiedades físicas

5.1 Masa total con aceite.

kg

(*)

5.2 Contenido de aceite.

dm3

(*)

kg

(*)

kg

(*)

5.5 Peso del descubaje (núcleo y devanados)

kg

(*)

5.6 Peso máximo para transporte

kg

(*)

Alto

mm

1800

Ancho

mm

1100

Masa aproximada de una columna del arrollamiento de media tensión. Masa aproximada de una columna del arrollamiento 5.4 de baja tensión. 5.3

5.7 Dimensiones generales máximas

VALOR GARANTIZADO

PDTG 28120007

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 160 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 3 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

mm

1650

6.1 Ruedas

---

NO

6.2 Explosores

---

NO

---

SI

meses

24

ITEM

CONCEPTO

Largo 6.

6.3

VALOR GARANTIZADO

Accesorios

Conectores de bronce o latón en terminales de BT y MT

7.

Garantía

7.1 Período mínimo (*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTA : Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.En caso de no poseer ensayos de tipo la máquina ofrecida los mismos se efectuarán por cuenta y cargo del proveedor previo a los ensayos de rutina. La presente Planilla de Datos Garantizados será valida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.-

………………………….. Fecha.

………………………………………… Firma y aclaración del oferente.

PDTG 28120009

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 315 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 1 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

ITEM

CONCEPTO

1.

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

Características Generales

1.1 Fabricante

---

(*)

1.2 Marca

---

(*)

1.3 Origen

---

(*)

1.4 Modelo (designación del fabricante)

---

(*)

1.5 Norma a la que responde

---

IRAM 2250 ETN 28a

2.

Tipo de pedido

2.1 Con tanque de expansión

---

SI

2.2 Sistema de enfriamiento

---

ONAN

de media tensión

---

COBRE

de baja tensión

---

COBRE

2.3

VALOR GARANTIZADO

Material del conductor del arrollamiento

3.

Características Eléctricas Principales Primaria Nominal (Un)

kV

13,2

Secundaria Nominal en vacío

kV

0,400 – 0,231

kVA

315

3.3 Grupo de conexiones

---

Dy11

3.4 Frecuencia nominal

Hz

50

Primaria

A

13,78

Secundaria

A

454,70

Con 100% Un

% In

< 2,0

Con 105% Un

% In

< 4,4

%

-5 / -2,5 /0/ +2,5 / +5

Punto 1

kV

13,86

Punto 2

kV

13,53

Punto 3

kV

13,20

Punto 4

kV

12,87

Punto 5

kV

12,54

Corriente nominal

%

4

Componente resistiva

%

(*)

Impedancia Homopolar



(*)

3.1 Tensión 3.2 Potencia nominal

3.5 Corriente nominal

3.6 Corriente de vacío

3.7 Regulación de tensión

Tensión nominal 3.8 para cada punto del conmutador:

Tensión de 3.9 cortocircuito a 75oC para la:

SI

PDTG 28120009

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 315 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 2 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

en vacío a 50 hz.

W

850

en cortocircuito a 75 oC.

W

4250

3.11 Sección del conductor del bobinado primario

mm²

(*)

3.12 Sección real del conductor del bobinado secundario

mm²

(*)

---

SI

---

SI

ITEM

3.10

CONCEPTO

Pérdidas garantizadas:

Espárrago de bronce o latón (conductividad mínima 3.13 28,8%) según IRAM 2250 para bornes de alta tensión Espárrago de cobre electrolítico, (conductividad 3.14 mínima 98%) según IRAM 2250 para bornes de baja tensión 4.

4.1

4.2

Ensayos de tipo

Dieléctricos con tensión de impulso

Cortocircuito externo en bornes

4.3 Conmutador

4.4 Calentamiento

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

5.

Propiedades físicas

5.1 Masa total con aceite.

kg

(*)

5.2 Contenido de aceite.

dm3

(*)

kg

(*)

kg

(*)

5.5 Peso del descubaje (núcleo y devanados)

kg

(*)

5.6 Peso máximo para transporte

kg

(*)

Alto

mm

1800

Ancho

mm

1100

Masa aproximada de una columna del arrollamiento de media tensión. Masa aproximada de una columna del arrollamiento 5.4 de baja tensión. 5.3

5.7 Dimensiones generales máximas

VALOR GARANTIZADO

PDTG 28120009

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 315 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 3 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

mm

1650

6.1 Ruedas.

---

NO

6.2 Explosores.

---

NO

---

SI

---

SI

meses

24

ITEM

CONCEPTO

Largo 6.

VALOR GARANTIZADO

Accesorios

Conectores de bronce o latón en terminales de BT y MT. Válvula mariposa en caño de conexión cuba – 6.4 tanque de expansión. 6.3

7.

Garantía

7.1 Período mínimo (*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTA : Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.En caso de no poseer ensayos de tipo la máquina ofrecida los mismos se efectuarán por cuenta y cargo del proveedor previo a los ensayos de rutina. La presente Planilla de Datos Garantizados será valida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.-

………………………….. Fecha.

………………………………………… Firma y aclaración del oferente.

PDTG 28120011

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 630 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 1 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

ITEM

CONCEPTO

1.

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

Características Generales

1.1 Fabricante

---

(*)

1.2 Marca

---

(*)

1.3 Origen

---

(*)

1.4 Modelo (designación del fabricante)

---

(*)

1.5 Norma a la que responde

---

IRAM 2250 ETN 28a

2.

Tipo de pedido

2.1 Con tanque de expansión

---

SI

2.2 Sistema de enfriamiento

---

ONAN

de media tensión

---

COBRE

de baja tensión

---

COBRE

2.3

VALOR GARANTIZADO

Material del conductor del arrollamiento

3.

Características Eléctricas Principales Primaria Nominal (Un)

kV

13,2

Secundaria Nominal en vacío

kV

0,400 – 0,231

kVA

630

3.3 Grupo de conexiones

---

Dy11

3.4 Frecuencia nominal

Hz

50

Primaria

A

27,55

Secundaria

A

909,35

Con 100% Un

% In

< 1,8

Con 105% Un

% In

< 3,96

%

-5 / -2,5 /0/ +2,5 / +5

Punto 1

kV

13,86

Punto 2

kV

13,53

Punto 3

kV

13,20

Punto 4

kV

12,87

Punto 5

kV

12,54

Corriente nominal

%

4

Componente resistiva

%

(*)

Impedancia Homopolar



(*)

3.1 Tensión 3.2 Potencia nominal

3.5 Corriente nominal

3.6 Corriente de vacío

3.7 Regulación de tensión

Tensión nominal 3.8 para cada punto del conmutador:

Tensión de cortocircuito a 3.9 75oC para la:

SI

PDTG 28120011

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 630 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 2 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

en vacío a 50 hz.

W

1450

en cortocircuito a 75 oC.

W

7250

3.11 Sección del conductor del bobinado primario

mm²

(*)

3.12 Sección real del conductor del bobinado secundario

mm²

(*)

---

SI

---

SI

ITEM

3.10

CONCEPTO

Pérdidas garantizadas:

Espárrago de bronce o latón (conductividad mínima 3.13 28,8%) según IRAM 2250 para bornes de alta tensión Espárrago de cobre electrolítico, (conductividad 3.14 mínima 98%) según IRAM 2250 para bornes de baja tensión 4.

4.1

4.2

Ensayos de tipo

Dieléctricos con tensión de impulso

Cortocircuito externo en bornes

4.3 Conmutador

4.4 Calentamiento

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

5.

Propiedades físicas

5.1 Masa total con aceite.

kg

(*)

5.2 Contenido de aceite.

dm3

(*)

kg

(*)

kg

(*)

5.5 Peso del descubaje (núcleo y devanados)

kg

(*)

5.6 Peso máximo para transporte

kg

(*)

Alto

mm

2000

Ancho

mm

1200

Masa aproximada de una columna del arrollamiento de media tensión. Masa aproximada de una columna del arrollamiento 5.4 de baja tensión. 5.3

5.7 Dimensiones generales máximas

VALOR GARANTIZADO

PDTG 28120011

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 630 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 3 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

mm

1900

6.1 Ruedas

---

SI

6.2 Explosores

---

NO

---

SI

---

SI

---

SI

meses

24

ITEM

CONCEPTO

Largo 6.

VALOR GARANTIZADO

Accesorios

Conectores de bronce o latón en terminales de BT y MT Válvula mariposa en caño de conexión cuba – 6.4 tanque de expansión 6.3

6.5 Apoya gatos 7.

Garantía

7.1 Período mínimo

(*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTA : Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.En caso de no poseer ensayos de tipo la máquina ofrecida los mismos se efectuarán por cuenta y cargo del proveedor previo a los ensayos de rutina. La presente Planilla de Datos Garantizados será valida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.-

………………………….. Fecha.

………………………………………… Firma y aclaración del oferente.

PDTG 28120012

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 1000 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 1 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

ITEM

CONCEPTO

1.

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

Características Generales

1.1 Fabricante

---

(*)

1.2 Marca

---

(*)

1.3 Origen

---

(*)

1.4 Modelo (designación del fabricante)

---

(*)

1.5 Norma a la que responde

---

IRAM 2250 ETN 28a

2.

Tipo de pedido

2.1 Con tanque de expansión

---

SI

2.2 Sistema de enfriamiento

---

ONAN

de media tensión

---

COBRE

de baja tensión

---

COBRE

2.3

VALOR GARANTIZADO

Material del conductor del arrollamiento

3.

Características Eléctricas Principales Primaria Nominal (Un)

kV

13,2

Secundaria Nominal en vacío

kV

0,400 – 0,231

kVA

1000

3.3 Grupo de conexiones

---

Dy11

3.4 Frecuencia nominal

Hz

50

Primaria

A

43,74

Secundaria

A

1443,42

Con 100% Un

% In

< 1,7

Con 105% Un

% In

< 3,74

%

-5 / -2,5 /0/ +2,5 / +5

Punto 1

kV

13,86

Punto 2

kV

13,53

Punto 3

kV

13,20

Punto 4

kV

12,87

Punto 5

kV

12,54

Corriente nominal

%

5

Componente resistiva

%

(*)

Impedancia Homopolar



(*)

3.1 Tensión 3.2 Potencia nominal

3.5 Corriente nominal

3.6 Corriente de vacío

3.7 Regulación de tensión

Tensión nominal 3.8 para cada punto del conmutador:

Tensión de cortocircuito a 3.9 75oC para la:

SI

PDTG 28120012

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 1000 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 2 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

en vacío a 50 hz.

W

2000

en cortocircuito a 75 oC.

W

10500

3.11 Sección del conductor del bobinado primario

mm²

(*)

3.12 Sección real del conductor del bobinado secundario

mm²

(*)

---

SI

---

SI

ITEM

3.10

CONCEPTO

Pérdidas garantizadas:

Espárrago de bronce o latón (conductividad mínima 3.13 28,8%) según IRAM 2250 para bornes de alta tensión Espárrago de cobre electrolítico, (conductividad 3.14 mínima 98%) según IRAM 2250 para bornes de baja tensión 4.

4.1

4.2

Ensayos de tipo

Dieléctricos con tensión de impulso

Cortocircuito externo en bornes

4.3 Conmutador

4.4 Calentamiento

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

Fecha de realización

---

(*)

Laboratorio donde se efectuó

---

(*)

Si no posee, fecha que se realizará

---

(*)

5.

Propiedades físicas

5.1 Masa total con aceite.

kg

(*)

5.2 Contenido de aceite.

dm3

(*)

kg

(*)

kg

(*)

5.5 Peso del descubaje (núcleo y devanados)

kg

(*)

5.6 Peso máximo para transporte

kg

(*)

Alto

mm

2300

Ancho

mm

1300

Masa aproximada de una columna del arrollamiento de media tensión. Masa aproximada de una columna del arrollamiento 5.4 de baja tensión. 5.3

5.7 Dimensiones generales máximas

VALOR GARANTIZADO

PDTG 28120012

TRANSFORMADOR TRIFÁSICO DE DISTRIBUCIÓN – 1000 kVA

VIGENCIA: REEMPLAZA A: Disposición Nº Hoja Nº 3 de 3

13,2 / 0,400 – 0,231 kV

UNIDAD

VALOR ESPECIFICADO

mm

2200

6.1 Ruedas

---

SI

6.2 Explosores

---

NO

---

SI

---

SI

---

SI

meses

24

ITEM

CONCEPTO

Largo 6.

VALOR GARANTIZADO

Accesorios

Conectores de bronce o latón en terminales de BT y AT Válvula mariposa en caño de conexión cuba – 6.4 tanque de expansión 6.3

6.5 Apoya gatos 7.

Garantía

7.1 Período mínimo (*) Datos o valores a cumplimentar por el oferente.

NOTA : Los valores especificados son de cumplimiento obligatorio.En caso de no poseer ensayos de tipo la máquina ofrecida los mismos se efectuarán por cuenta y cargo del proveedor previo a los ensayos de rutina. La presente Planilla de Datos Garantizados será valida solamente cuando este firmada al pie de la presente y visada cada una de sus partes por el oferente.-

………………………….. Fecha.

………………………………………… Firma y aclaración del oferente.

ANEXO LP : 2.967 ESTRUCTURA DE COSTOS TRANSFORMADORES DE DISTRIBUCION PRIMARIA Y SECUNDARIA ITEM

MATRICULA

CANT. (A)

DESCRIPCION

1

28120007

18

Transformador de distribución 13,2/0,4-0,231kV - 160kVA.

2

28120009

97

Transformador de distribución 13,2/0,4-0,231kV - 315kVA.

3

28120011

82

Transformador de distribución 13,2/0,4-0,231kV - 630kVA.

4

28120012

32

Transformador de distribución 13,2/0,4-0,231kV - 1000kVA.

PRECIO UNITARIO OFERTADO (B) (U$S)

PRECIO METAL (U$S/TN) C0 (C)

INDICE Fe Si

(D)

DONDE: (A): CANTIDAD DE TRANSFORMADORES COTIZADOS (B): PRECIO DEL TRANSFORMADOR AL MOMENTO DE LA COTIZACIÓN. ( C ) : CUo: ………. U$S/TON EL VALOR DEL COBRE GRADO A CASH DEL LONDON METAL EXCHANGE, PUBLICADO POR EL METAL WEEK'S TOMADO COMO BASE PARA LA COTIZACIÓN, EL CUAL DEBERÁ CORRESPONDER AL PRECIO PROMEDIO DEL MES ANTERIOR A LA FECHA DE LA APERTURA. ( D ) : FeSio: ………. INDICE INDEC

VALOR DEL Fe Si - INDICE INDEC , INDICE DE PRECIOS INTERNOS BASICOS AL POR MAYOR (IPIB) , IMPORTADO. 2710.91211.11 TOMADO COMO BASE PARA LA COTIZACION, EL CUAL DEBERÁ CORRESPONDER AL MES ANTERIOR A LA FECHA DE APERTURA.

FORMULA PARA EL PAGO: EL PRECIO DEL ÍTEM SALDRÁ PARA CADA ENTREGA DE LA SIGUIENTE FÓRMULA:

P 1 (U$S) = P0 (U$S) ofertado x coeficiente Coeficiente = 0,25 Cu1/Cu0 + 0,25 FeSi1/FeSi0 + 0,5 SIENDO: Cu 1 : Idem Cuo CORRESPONDIENTE AL MES ANTERIOR A LA FECHA DE INGRESO DE LOS TRANSFORMADORES EN ALMACENES EPE. FeSi 1 : Idem FeSio CORRESPONDIENTE AL MES ANTERIOR A LA FECHA DE INGRESO DE LOS TRANSFORMADORES EN ALMACENES EPE.

TOTAL DEL ITEM (A * B) (U$S)

PLIEGO COMPLEMENTARIO PARA EL PAGO

A los efectos del pago, la EPE reconocerá:

Fórmula de Pago = P (U$S) ofertado x coeficiente Coeficiente = 0,25 Cu 1 /Cu 0 + 0,25 FeSi 1 /FeSi 0 + 0,5

Donde: Cu

1

: LME promedio mes anterior a la entrega en almacenes del Mercado de Londres

Cu

0

: Ídem anterior promedio mes anterior fecha apertura

FeSi 1 : Índice INDEC , Índice de Precios Internos Básicos al por mayor (IPIB) . Importado . 2710-91211-11 del mes anterior a la entrega en Almacenes. FeSi o : Ídem anterior promedio mes anterior fecha apertura Presentación de las ofertas Completar los datos que figuran en la Planilla “Anexo” , incluyendo en dicha planilla los siguientes datos:  

Cu o promedio del mes anterior a la apertura del Mercado de Londres. FeSi o : Índice INDEC , Índice de Precios Internos Básicos al por mayor (IPIB) . Importado . 2710-91211-11 del mes anterior fecha apertura.

Dicha Planilla debe incluirse en el “Sobre Propuesta” junto con la oferta para su consideración.

Mejora de Precios De otorgarse una Mejora de Precios, la misma se aplicará proporcionalmente.

___________________________________________________________________________________________________________ UNIDAD GESTION DE MATERIALES - AREA ABASTECIMIENTO

A los efectos del pago Completar los datos que figuran en la Planilla “Anexo”, incluyendo en dicha planilla los siguientes datos :   

Cu 1 promedio del mes anterior al ingreso del material en almacenes EPE. FeSi 1 : Índice INDEC , Índice de Precios Internos Básicos al por mayor (IPIB) . Importado . 2710-91211-11 del mes anterior al ingreso del material en almacenes EPE. Valor del dólar considerado ( de acuerdo a la cotización vigente del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior determinado por el Banco Nación de la República Argentina al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al ingreso en almacenes EPE).

Dicha Planilla debe presentarse con las correspondientes facturas para el cobro. Las facturas a presentar deben ser independientes en cuanto a :  

Factura que refleje los valores adjudicados por Orden de Compra (acompañada de la planilla “Anexo” con los datos completos que reflejen la Orden de Compra emitida). Nota de crédito ó débito que indiquen las variaciones producidas en el cobre y el FeSi.

A los efectos del cálculo de multas valdrá la misma modalidad que para el pago, considerándose sobre un precio que resulte de aplicar la fórmula al mes de efectivo ingreso en almacenes.

___________________________________________________________________________________________________________ UNIDAD GESTION DE MATERIALES - AREA ABASTECIMIENTO

LOGISTICA DE DISTRIBUCION El material objeto de la presente compra debe entregarse en los Almacenes respectivos en perfecto estado de acondicionamiento. FORMA DE ENTREGA 1. El material es puesto en Piso en Almacenes EPE.

Documentación 1. Acta de ensayo y Orden de entrega firmadas por Unidad Normas. 2. Remito, original y copia para la E.P.E.

LUGAR Y HORARIO DE ENTREGA El lugar de entrega es el indicado en las respectivas Ordenes de Compra. La fecha y horario de llegada del transporte a nuestros Almacenes debe ser acordada, SIN EXCEPCION, con 5 días hábiles de anticipación con las Jefaturas de los Almacenes .

___________________________________________________________________________________________________________ UNIDAD GESTION DE MATERIALES - AREA LOGISTICA Tel/Fax: (0342) – 4505.848 – 4505.842 ; (0341) 4207702/….. int 4255

TRANSFORMADORES TRIFASICOS DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA DE MEDIA Y BAJA TENSION 1

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ALCANCE

1.1 La presente Especificación Técnica, se refiere a transformadores de distribución trifásicos de 11-13,2-33 kV (en adelante el Suministro) que serán objeto de adquisición de la E.P.E. Santa Fe, comprendiendo las características técnicas y constructivas, documentación a presentar, inspección y ensayos, que deberán cumplimentar los Oferentes y Adjudicatarios hasta la recepción final del Suministro. 1.2 También será de aplicación para aquellos casos en que la/s máquina/s sean entregadas por terceros , quedando a decisión del personal técnico de la Empresa la posible variación de alguno de los parámetros técnicos solicitados. 2

CONDICIONES DE LAS PROPUESTAS

2.1

Las Ofertas serán en sistema de unidades SIMELA.

2.2 Los ensayos de tipo a presentar deberán ser como mínimo los que se detallan a continuación y corresponder a especímenes con las mismas características técnicas a los solicitados en el suministro: - Dieléctricos con tensión de impulso, según Norma IRAM CEA F 21-05. - Cortocircuito externo en bornes, según Norma IRAM 2112, hasta la potencia que admitan los Laboratorios existentes en el país. - Conmutador, según Norma IRAM 2250. - Calentamiento según Norma IRAM 2018 (en caso de no poseer protocolo de Ensayo en Laboratorio Oficial, éste se realizará en fábrica durante el suministro, a exclusivo costo del Proveedor). - Material juntas de caucho, según IRAM 113003-113004-113005-113008-113012-113025. 2.3 Todos los transformadores de distribución en sus distintas tensiones y potencias que se instalen en el ámbito de la Provincia de Santa Fe y que pasen a formar parte del patrimonio de la EPE, deberán contar con Protocolo oficial de Ensayo de Tipo efectuándose únicamente ensayos de rutina a los transformadores que cuenten con los antedichos ensayos y cuya protocolización al momento de solicitar la inspección no daten de mas de cinco (5) años de antigüedad, ya sean dichas maquinas ingresadas a la EPE por terceros o por compras realizadas por esta Empresa, debiendo indefectiblemente solicitar inspecciones a UNIDAD NORMAS. 2.4 La EPE también admitirá la protocolización de los distintos modelos de máquinas. En este caso, el ente oficial que realice los ensayos de tipo, o en su defecto los inspectores de la EPE deberán certificar en el informe del ensayo todas las características constructivas de la máquina en cuanto a dimensiones (adjuntando planos), tipos y cantidad de sujeciones, y demás detalles que ayuden a la identificación, ampliándolo con fotografías [como mínimo (3) tres], una de la máquina armada, otra desarmada mostrando la parte activa y la tercera donde se vean los prensa yugos y tacos de sujeción. La vigencia del protocolo será la misma que la del tipo constructivo de la máquina. En función de lo citado la inspección de la EPE podrá decubar la máquina para su verificación, cuando así lo crea conveniente. La modificación de un solo parámetro en el diseño del transformador, por ejemplo relación de transformación, potencia de exactitud, dimensiones externas o internas, etc., bastará para determinar una variación en las características del espécimen, y a efecto de lo estipulado en esta cláusula le corresponderá un protocolo en particular. Toda la información relevada quedará en poder del fabricante (original y copia) estando las mismas a disposición de esta EPE para su consulta en fábrica cada vez que se lo requiera. 2.5 Planilla de Datos Técnicos Garantizados: Deberá ser debidamente Ilenada en todos sus ítems para la Oferta básica y cada una de las variantes que se soliciten, ello aún cuando en la columna correspondiente al valor especificado no indique dato alguno y firmada por el Oferente con sello aclaratorio de la firma. 2.6

Planos de medidas generales acotados.

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2.7 El Oferente que cotice por primera vez o que hasta el presente no haya efectuado provisiones a la E.P.E. de máquinas iguales a las cotizadas en un número que duplique a la presente provisión, deberá presentar la siguiente documentación: a)Listado de Comitentes a los cuales haya efectuado provisiones en los últimos 2 (dos) años, indicando nombre, número de Orden de Compra, fecha, características de los equipos. El listado será acompañado para cada caso. b) Información adicional que permita deducir a la E.P.E. que el Oferente está en condiciones de cumplir con los trabajos objeto del presente acto y descripción del equipamiento e instrumental del Laboratorio de ensayos. c) Detalle de compra de aceite, chapa hierro - silicio y cobre de los últimos 2 (dos) años. 2.8 Antecedentes de Fabricación: Deberá acreditar haber vendido, como mínimo 30 (treinta) transformadores de iguales características a las ofrecidos y que se encuentren en servicio por un lapso no menor de tres (3) años en forma satisfactoria. Lo hará presentando un listado de comitentes, con dirección, copia de protocolos de ensayo y actas de inspección. El Oferente en caso de no ser fabricante de las máquinas y/o los mismos sean fabricados totalmente en el extranjero, deberá garantizar en su oferta, mediante la presentación de copia del contrato pertinente(que deberá tener una vigencia que cubra como mínimo el plazo de garantía estipulado), el Servicio post-venta, a través de una Empresa radicada en el país, con capacidad para efectivizar la garantía de los mismos, así como la provisión de repuestos y mano de obra especializada, en caso de ser necesaria. Se deberá indicar claramente el nombre de la firma, su dirección, teléfono, etc. La misma deberá tener radicación en el país y una antiguedad en el rubro electromecánico mayor a diez (10) años, la que será demostrada fehacientemente mediante documentación que deberá ajustarse a la Oferta. En función de la documentación aportada, la E.P.E. a solo juicio evaluará las condiciones del Oferente para ser un posible proveedor de la Empresa. 3

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SUMINISTRO

3.1 Los elementos constitutivos del Suministro serán fabricados con materiales nuevos, de calidad adecuada de acuerdo con la máxima experiencia en la materia conforme con las reglas del arte. Así mismo los materiales deberán cumplimentar lo estipulado en estas ETN y Normas IRAM-IECVDE. 3.2 El Suministro será utilizado en toda la extensión del territorio de la Provincia de Santa Fe. Deberá ser apto para uso en clima húmedo y cálido con bruscos cambios de temperatura y poco favorable para la buena conservación de los materiales. La temperatura ambiente será entre: - 10oC y + 40oC, la humedad relativa puede llegar al 100%, por lo que debe descartarse la utilización de materiales alterables bajo dichas condiciones. 3.3 Las características técnicas del Suministro deberán responder a estas Especificaciones Técnicas y a las Normas IRAM 2250 y 2099. 3.4

La potencia nominal del transformador se debe verificar en todos los puntos del conmutador

3.5 Las dimensiones de los transformadores responderán a las definidas para el Tipo I de la Norma 2250. 3.6

Los aisladores pasatapas no estarán provistos de explosores a cuernos.

3.7 Los transformadores se proveerán con conectores de bronce de acuerdo a la figura vigente de la Norma IRAM 2250 y Planilla de Accesorios de esta ETN.

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3.8 Los arrollamientos se confeccionarán de cobre debiendo cumplir este material con lo establecido en las Normas IRAM 2002, 2128, 2180, 2193, 2320, 2331, 2332 y 2336. 3.8.1 La aislación será para secciones circulares de esmalte tipo PVA resistente al aceite, clase térmica A, grado 2 y tendrá sello de conformidad IRAM. 3.8.2 Para secciones circulares y rectangulares que no posean esmalte sintético, se aislará como mínimo con dos (2) papeles solapados al 50%, de primera calidad, de textura homogénea y de 0,05 mm de espesor como mínimo, ambas capas arrolladas en sentido contrario. 3.9 Todos los transformadores deberán contar con tanque de expansión. Para potencias de 315 kVA y mayores el tanque de expansión será desmontable. En el caño de conexión entre la cuba y tanque de expansión se deberá instalar una válvula tipo mariposa de 31,75 mm de diámetro nominal (1 1/4"). Esta válvula deberá tener indicada, en forma clara e indeleble en su parte exterior, la posición de la mariposa: ABIERTA-CERRADA. 3.10

Potencias nominales, corrientes y perdidas en vacio, pérdidas debidas a la carga y valores normales de la impedancia de corto circuito Transformadores con tensión primaria de 13,2 kV. Potencia Corriente de Pérdidas de nominal vacio Vacío KVA 63 160 250 315 630 1000

% de In 2,9 2,3 2,1 2,0 1,8 1,7

W 270 500 700 850 1450 2000

Pérdidas debidas a la carga

Impedancia de corto circuito

W 1350 2500 3500 4250 7250 10500

% 4 4 4 4 4 5

Transformadores con tensión primaria de 33 kV. Potencia Corriente de Pérdidas de nominal vacio Vacío KVA 25 63 160 250 315 630 1000

% de In 3,7 3,4 2,5 2,3 2,2 2,0 1,9

W 190 320 600 850 950 1500 2200

Pérdidas debidas a la carga

Impedancia de corto circuito

W 650 1500 2800 4000 4800 7600 11700

% 4 4 4 4 4 4 5

Para todos estos valores serán de aplicación las tolerancias establecidas en la Norma IRAM 2099.3.11 Corriente de vacío a 1,05 Un: la corriente en vacío, cuando la tensión se incrementa en un 10% sobre la tensión nominal, no excederá de 2,2 veces la corriente en vacío establecida en las Tablas del punto anterior, con más las tolerancias establecidas por las normas IRAM 2099.3.12 Las juntas de caucho deberán cumplimentar con las características según normas IRAM 113.001 como 1.CH.7.105-B.14-E.15. 3.13 El aceite aislante formará parte del suministro y responderá a las exigencias de la norma IRAM 2026 e IEC 296. Dicho aceite podrá contener sustancias inhibidoras de envejecimiento y esta-

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rá comprendido en la Clase I-A de la norma antes mencionada y en un todo de acuerdo a lo establecido en la Tabla 2. Queda expresamente aclarado que la ausencia de Bifenilos policlorados (PCB’s) será total. 3.14

Tratamientos preservadores de superficies serán según IRAM 2250.

3.15

Inscripciones

3.15.1En el tanque de expansión. Todos los transformadores llevaran escrito con pintura negra en el costado externo del tanque: en letras de 50 mm de alto, las siglas: EPE SANTA FE, la fecha de finalización del período de garantía; y NO PCV., con caracteres de 100 mm la potencia del transformador en kVA y se repetirá el valor del calibre para fusibles a expulsión normal SS que corresponda, según lo indicado en el punto 3.17 de esta especificación. Ejemplo:

EPE SANTA FE 160 kVA - FUS - A.T.10A F.V.G. 30-07-00 NO PCB Para transformadores de doble tensión primaria, se pintarán los dos valores de calibre, individualizándolos. 3.15.2 Cartel de seguridad sobre los cuatro laterales de la máquina se pintará el cartel representado en la figura Nº 1. 3.16 Chapa de características Será de acero inoxidable de 1 mm de espesor, con leyendas impresas en caracteres indelebles y sujetas con remaches o tornillos. Los datos a indicar son los exigidos en la Norma IRAM 2250, inscribiéndose además los calibres de fusibles que correspondan según tabla de valores del punto 3.17 de esta especificación.

Ejemplo: Para un transformador de 160 kVA - 13,2 kV la placa debe indicar: CALIBRE DEL FUSIBLE EN A

NORMAL SS 10

K 10

SF 4,2

3.17 Características de los elementos fusibles. Las tablas que figuran a continuación contienen los valores para calibración de fusibles para tensiones primarias, más el agregado de los valores correspondientes a la tensión 11 kV que no es normalizada. TABLA DE VALORES DE FUSIBLES PRIMARIOS EN Amp. Potencia kVA 25 63 100 125 160 200 250 315 500 630 800 1000

11 kV SF 0,6 1,4 1,6 2,1 3,5 4,2 5,2 6,3 7,0 10,4 14 21

Normal SS 2 5 7 10 15 15 20 25 40 50 65 80

13,2 kV K 6 8 10 12 15 20 25 30 40 50 65

SF 0,6 1,6 2,1 3,1 4,2 5,2 6,3 7,8 14,0 14 21 32

Normal SS 2 5 7 10 10 15 20 25 30 40 50 65

33 kV K 6 8 10 12 15 20 30 40 50 65

SF 0,2 0,6 1,0 1,3 1,6 2,1 2,1 3,1 5,1 7 7,8 10,4

Normal SS 1 2 3 3 5 5 7 10 15 15 20 25

K 6 6 8 12 15 20 25

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3.18 Requerimientos especiales para transformadores de doble tensión nominal primaria 13,2-11 kV 3.18.1 El transformador contará con un conmutador de tensión con comando desde el exterior del aparato, estará previsto para su accionamiento con el transformador fuera de servicio.Poseerá un dispositivo de enclavamiento para impedir un posicionamiento intermedio del mismo. Las marcas de las posiciones 13,2-11 kV, estarán grabadas en forma indeleble debajo del indicador de posición. 3.18.2 La potencia indicada en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados y en el pedido de cotización, deberá cumplirse a la tensión nominal de 11 kV y en cada punto del conmutador.El Oferente deberá indicar en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados, la regulación, para la tensión nominal de 13,2 kV y las perdidas para 13,2 kV. La EPE se reserva el derecho de verificar, a su solo juicio, los datos garantizados para la tensión de 13,2 kV. 3.18.3 El transformador estará provisto de dos placas de características de acuerdo al modelo establecido por la Norma IRAM 2250. Una de las placas contendrán los datos referidos a 11 kV. , la cual se instalará del lado donde están los bornes de baja tensión. La restante, con los datos requeridos para 13,2 kV. , se colocará del lado paralelo al tanque de expansión. 4

INDICACIONES PARA EL SUMINISTRO

4.1 En los casos que eventualmente se tuviera que hacer modificaciones al tipo de transformador ofrecido, luego de presentada la Oferta o extendida la Orden de Compra, se deberá informar por escrito las mismas, justificándolas y esperar la correspondiente autorización por escrito para llevarlas a cabo; el transcurso del tiempo sin dicha aprobación no implicará su aceptación. Si no se cumplimentase con este requisito, será causal de rechazo de los especímenes afectados por la modificación. 4.2 El Adjudicatario deberá presentar dentro de los diez (10) días de recibida la orden de Compra, cronograma de fabricación y ensayos remitiendo los mismos a Unidad Normas, sita en calle Bv.Pellegrini Nº 2626-1º Piso - Tel.(0342) 4505608 al 613-Fax (0342) 4505617, de la ciudad de Santa Fe. 4.3 Hasta tanto no se efectúe la recepción definitiva, la responsabilidad del Suministro correrá por cuenta del Adjudicatario. 5

INSPECCIONES

5.1 Durante la fabricación, cualquier variante en el cronograma citado en 4.2, deberá ser notificada a Unidad Normas con anticipación de quince (15) días. 5.2 La EPE se reserva el derecho de realizar inspecciones de acuerdo al cronograma presentado para el control, verificación de materiales y seguimiento de trabajos realizados durante la construcción de los suministros. Con este propósito, el Adjudicatario deberá facilitar al representante de aquella, los medios necesarios. 6

ENSAYOS

6.1

Ensayos de tipo

6.1.1 Si las máquinas no cumplen con lo estipulado por el punto 2.2 de la presente, deberá el fabricante por su cuenta y orden cumplimentar lo allí establecido, independientemente del número de máquinas, caso contrario no se aceptará la provisión. Los ensayos de cortocircuito en bornes y los de tensión de impulso se llevarán a cabo en Laboratorio Oficial.

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Cuando el Adjudicatario disponga de equipo para este último ensayo, podrá hacerlo en su Laboratorio. El ensayo será supervisado por personal de la EPE y un representante(con experiencia en este tipo de ensayo) de Laboratorio Oficial que cuente con equipo de impulso. 6.1.2 La E.P.E. realizará cuando lo considere conveniente para sus intereses, a su cuenta y cargo, cualquiera de los Ensayos de Tipo estipulados en el punto 2.2 de la presente o establecidas por Norma IRAM 2250 o cualquier norma internacional, sobre una o más máquinas de una provisión. 6.1.3 Cuando no se cumplimentase con uno de los requisitos, será causal de rechazo del lote. 6.1.4 En caso de tenerse que realizar cualquier ensayo de tipo "en repetición", el número de máquinas a ensayar será el doble de las ensayadas en primera instancia y de resultar no satisfactorio uno (1) de los requisitos de estos ensayos, será causal de rechazo de todos los aparatos de iguales características y se cancelará la compra del lote correspondiente. Los gastos de traslado y estadía que demanden estos ensayos, como así también el costo de los ensayos, serán por cuenta del Adjudicatario. 6.2

Ensayos de Rutina

6.2.1 Se llevaran a cabo los ensayos de rutina especificados en la Norma IRAM 2250. Los ensayos se realizarán sobre todos los especímenes que integren el lote. Antes de iniciar los ensayos de rutina Unidad Normas de la E.P.E., deberá contar con fotocopias de los ensayos de tipo indicados en punto 2.2 ó en su defecto la indicación de la fecha en que se realizarán los mismos según lo establecido en 6.1.1. 6.2.2 Los ensayos de rutina se llevarán a cabo en Laboratorios del Adjudicatario, con la presencia de personal designado por la EPE. Si el Adjudicatario, no dispusiese de los medios para realizarlos, se llevarán a cabo en Laboratorio Oficial, lo cual no será considerado como argumento válido para la ampliación del Plazo de Entrega previsto en el Pliego de Bases y Condiciones. 6.2.3 El Laboratorio a utilizar contará con instrumental necesario y adecuado para los ensayos y máquinas a verificar, debiendo los mismos contar con certificado de contraste con antigüedad menor a dos (2) años otorgado por Laboratorio Oficial. 6.2.3.1 En el caso de ser material importado y realizar los ensayos en país de origen todos los gastos de traslado desde y hasta la provincia de Santa Fe, más todos los gastos de estadía, seguro de accidente, etc. de los inspectores serán por cuenta del proveedor(máximo dos (2) personas). 6.2.3.2 Si la cantidad de máquinas de idénticas características técnicas a comprar por la E.P.E. en un mismo acto(Licitación, Concurso de Precios, etc.), es mayor o igual que 10 (diez), se efectuarán los ensayos establecidos en Norma IRAM 2250, punto 3.3 - Ensayos de Recepción; adoptándose para el punto 3.3.4 el criterio a). 6.2.4 Cuando en los ensayos de rutina no se cumplimentase con uno (1) de los requisitos, será causal de rechazo del espécimen. 6.2.5.

Ensayos Dieléctricos:

6.2.5.1 Ensayo con Tensión Aplicada Deberá contarse con un transformador de 25 kVA con un alcance mínimo de 50 kV para transformadores de 13,2 kV y de 100 kVA para transformadores de 33 kV de tensión nominal. 6.2.5.2 Medición de Resistencia de Aislación Se realizará con un meghómetro de 2500V para tensiones de hasta 13,2 kV y de 5000 V para tensiones mayores. Será clase 1 ó mejor. 6.2.6

Aceites y Pinturas

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a)-Aceite aislante contenido en las máquinas: 1.- El Oferente deberá presentar con carácter de obligatorio, certificado de calidad, protocolo de ensayos del aceite aislante dieléctrico según Normas IRAM 2026 e IEC 296 y CERTIFICADO garantizando ausencia de PCB´s, identificando número de partida y fecha de emisión. Todo lo anterior será expedido por el proveedor del aceite. 2.- Con carácter de ensayo de recepción, se realizarán además los siguientes, según IRAM 2026. Determinación de: Rigidez – Acidez Contenido de PCB’s (sobre muestras extraídas por la inspección; se determinará la ausencia de estos compuestos esta comprobación se podrá realizar a criterio de la Inspección por: cromatografía a llevarse a cabo en Laboratorio Oficial o mediante la utilización de los TEST KIT que indican la presencia de PCB’s por sobre 20 ppm.). b)-Pintura: La EPE se reserva el derecho de realizar inspecciones Para ambos ensayos la cantidad de máquinas y/o muestras a ensayar será el número entero igual o mayor del resultante de efectuar la raíz cúbica del total de máquinas de la muestra. Los gastos que por todo concepto se deriven de estos ensayos deberán estar incluidos en el precio de las maquinas. 6.2.7 Los especímenes ensayados correspondientes a la remesa aprobada, serán precintados por el Inspector, para lo cual llevarán un agujero de Æ 2 mm que atravesará la tuerca y la espiga de un (1) bulón de la tapa. La perforación se realizará una vez ajustada la tuerca. 6.2.8 En los protocolos de ensayos, deberá figurar el número de espiras de los arrollamientos y la sección de los conductores, aislaciones y dimensiones de los bobinados y masa de una fase, tal como se detalla en los ítems 2 y 3 del Anexo III de la Norma IRAM 2250. 7

GARANTÍA

7.1 El Suministro, sus componentes y accesorios estarán cubiertos como mínimo por la garantía establecida por IRAM 2250. Se tendrán en cuenta al momento de la adjudicación el ofrecimiento de períodos de garantía mayores a los estipulados en la Norma antes mencionada. 7.2 Durante el período de garantía, el Adjudicatario deberá hacerse cargo de todos los gastos que se deriven por todo concepto para subsanar el defecto que haya presentado el o los especímenes tales como: - Materiales y mano de obra para la reparación. - Fletes, seguros, embalajes para el transporte de los especímenes desde y de vuelta al lugar donde se hiciera la inspección final, hasta donde se procedió a la reparación. -Carga y descarga al medio de transporte. 7.3 Será a cuenta del Adjudicatario los gastos que por todo concepto se deriven de los ensayos que establece la Norma IRAM 2250, que deban efectuarse después de la reparación, y están relacionados con las causas que la motivaron, a solo juicio de la EPE. 7.4

Representantes de la EPE podrán inspeccionar los trabajos de reparación.

7.5 Si durante el período de garantía el Suministro fuera retirado del servicio por fallas imputables al Adjudicatario, el tiempo que permanezca inactivo no se computará en la garantía. 7.6 El reclamo Pertinente lo efectuará la EPE en forma fehaciente, quedando interrumpido el período de garantía desde ese momento hasta que se haya realizado la reparación correspondiente y reintegrado el Suministro en el lugar de destino.

TRANSFORMADORES TRIFASICOS DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA DE MEDIA Y BAJA TENSION

ETN 028a VIGENCIA 03/2003 REEMPLAZA A: 01/99 Disposición Nº 006/2003 Hoja Nº 8 de 8

7.7 Si dentro de los diez (10) días corridos de recibida la notificación el Adjudicatario no se hubiera presentado a atender el reclamo, queda entendido que acepta el reclamo por parte u orden de la EPE ajustándose a lo estipulado en esta Garantía. 7.8 La reparación deberá iniciarse en un plazo máximo de treinta (30) días corridos a partir de la fecha de la notificación, debiendo estar la misma cumplimentada y el Suministro entregado en lugar de destino dentro de los sesenta (60) días corridos a partir de la fecha de notificación de la EPE. 7.9 Las piezas de reposición y las reparaciones efectuadas, estarán cubiertas por la garantía original, a partir de la fecha de la nueva recepción correspondiente. 7.10 Cuando se produzcan fallas; repetitivas en aparatos de un mismo Lote que sean imputadas a vicios ocultos o defectos de fabricación o del material, la E.P.E. podrá exigir al Adjudicatario, corregir el o los mismos en todas las unidades que integran el Lote. En este caso a las partes reparadas le corresponderán todo lo dispuesto en la presente cláusula de Garantía. PLANILLA DE ACCESORIOS A SUMINISTRAR CON LOS TRANSFORMADORES

ACCESORIO Apoyo para gatos Ruedas lisas Conectores de bronce(Cu-Sn 90/10) según figura de Norma IRAM 2250 vigente

25 -

63 -

-

-

POTENCIA en Kva 160 250 315 SI -

-

SI

630 SI SI

1000 SI SI

SI

SI

Figura 1 CARTEL DE SEGURIDAD FONDO Color AMARILLO Codigo 05-02-040 (SEMIMATE) 250mm Color NEGRO Codigo 11-2-070 (SEMIMATE)

210mm NOTA: * Las medidas son mínimas. * Los Codigos de colores responden a Norma IRAM-DEF D 10-54

ESPECIFICACIÓN TÉCNICA Y NORMAS COMPLEMENTARIA Para el punto 3.15.1 de la ETN 28a quedan reemplazados por el siguiente texto:

3.15.1 En el tanque de expansión. Todos los transformadores llevaran escrito con pintura negra en el costado externo del tanque: en letras de 100 mm de alto, las siglas: EPE SANTA FE, potencia del transformador en kVA, la sigla CUT (Código Único de Transformador) y el número del transformador (numeración interna de EPE, que puede ser diferente a la numeración de serie que coloque el fabricante) , repetirá el valor del calibre para fusibles a expulsión normal SS que corresponda, según lo indicado en el punto 3.17 de esta especificación, la fecha de finalización del período de garantía; y NO PCB Ejemplo: EPE SANTA FE – 160 kVA CUT 15283- FUS - A.T.10A F.V.G. 30-07-00 - NO PCB . El o los numero/s de CUT para un transformador o lote de estos serán solicitados por el fabricante, al momento de recepcionar la orden de compra y previo a la inspección y ensayos de rutinas, por correo electrónico a [email protected] o [email protected].

Y se agrega el siguiente punto, 6.2.9 Deberá el proveedor entregar un archivo digitalizado con información del o los transformadores en una tabla en formato EXCEL, conteniendo la siguiente información necesaria para nuestro sistema, a saber: Marca Modelo Nº de fabricación Año de fabricación Nº Orden de Compra Año Orden Compra Fecha de garantía Potencia Potencia alternativa Tensión nominal Tensión en corto circuito Regulación Perdida en vacío Perdida en Corto Circuito Peso Litros de aceite Grupo de conexión Conmutador (si/no) Este archivo original podrá ser solicitado al Área Administración de la Distribución de la Gerencia Explotación de la Empresa Pcial de la Energía de Santa Fe..

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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA CONTRATOS DE PROVISION EN DOLARES CAPITULO I CONCEPTOS GENERALES Art. 1º - OBJETO DEL PLIEGO: El presente pliego establece las bases y condiciones generales a que se ajustará la Licitación, adjudicación, contratación, ejecución, recepción e inspección del suministro de materiales, cuyo detalle, como así también las bases y condiciones complementarias y especificaciones técnicas, se indican por separado. Art. 2º - DENOMINACION: A los efectos de la aplicación de este Pliego y todo otro documento contractual se aplicarán las siguientes denominaciones: EMPRESA: Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe - ley 10.014. PROPONENTE: Persona física o jurídica que presenta ofertas en las licitaciones con vistas a efectuar la provisión de materiales y/o locación de servicios solicitados. ADJUDICATARIO: Persona física o jurídica a la que se encarga de la provisión y/o ejecución total o parcial de lo licitado. CONTRATISTA: Persona física o jurídica signataria del contrato de provisión y/o locación de servicios. OFERTA: Conjunto de documentos, requisitos y propuestas, presentados por el proponente. PROPUESTA: Presupuesto o precio y condiciones de los materiales y/o prestaciones de servicios ofrecidos. Art. 3º - REGISTRO DE PROVEEDORES: A los efectos de la presentación de las ofertas es requisito estar inscripto en el Registro de Proveedores de la Empresa, cumplimentando la reglamentación establecida a tal efecto. Se aceptarán ofertas de proponentes que no cumplan con esta exigencia, a condición que esta inscripción sea cumplimentada dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores al acto de apertura de la Licitación. Art. 4º - PLAZOS: Salvo que se establezca expresamente lo contrario, todos los plazos establecidos en el presente Pliego, serán computados en días calendarios. Art. 5º - ORDEN DE PRELACION: En caso de discrepancia entre los documentos del legajo del llamado a Licitación, privará lo dispuesto en ellos en el orden siguiente: 1º) Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales. 2º) Descripciones, Normas, Especificaciones Técnicas y planos de detalle. 3º) El presente Pliego de Bases y Condiciones Generales. 4º) Alcance del Suministro. 5º) Régimen de Contrataciones de la Empresa Provincial de la Energía conforme a la Ley Nº 10.014. 6º) Ley de Contabilidad de la provincia de Santa Fe. Art. 6º - ADQUISICION DEL PLIEGO LICITATORIO: Todo interesado en concurrir a una Licitación debe adquirir, en el lugar indicado en el aviso y hasta el segundo día anterior al de la fecha de apertura, en horario administrativo, un ejemplar completo del Pliego que en cada caso fija las bases y condiciones de la licitación. Con tal motivo la Empresa extenderá comprobante en forma a nombre del adquirente a efectos que el proponente cumpla con lo requerido en el artículo 10º, subinciso 1.3 del presente. Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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Art. 7º - CONSULTAS Y ACLARACIONES: En ningún caso se podrá alegar desconocimiento o interpretación errónea de las disposiciones que constituyen el legajo formado con motivo de la Licitación. A tal efecto, las dudas que pudieran originarse acerca de las mismas, como así también, y especialmente, respecto de planos, cómputos y especificaciones técnicas, en general, deberán plantearse por escrito a la Empresa solicitando en forma concreta las aclaraciones que se estimen necesarias. Las consultas podrán ser efectuadas como máximo hasta los cinco (5) días hábiles anteriores al del acto de apertura. Las respuestas de la Empresa serán escritas, y se remitirán al interesado en el domicilio que indique en su presentación. A exclusivo criterio de la Empresa, la misma podrá comunicar esa respuesta a los otros posibles proponentes, en la medida que considere de interés o necesario, el dar a conocer a los mismos los términos de dicha respuesta. Toda información, en cuanto a la presentación de la oferta, podrá ser requerida hasta una (1) hora antes de la fijada para la apertura de la presente Licitación en el mismo domicilio definido como lugar de esa apertura. Con posterioridad a la adjudicación, todo tipo de consulta de parte del contratista, no implicará bajo ningún concepto prorrogar el plazo de entrega que se haya convenido. CAPITULO II DE LOS REQUISITOS Y FORMA DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Art. 8º - LUGAR Y FECHA DE PRESENTACION: Las ofertas deberán ser presentadas en el lugar que se indique en el aviso de Licitación en horas hábiles de oficina, hasta el día y hora fijados para la apertura del acto. Cuando con posterioridad al llamado a Licitación se declare feriado o se acuerde asueto, el acto tendrá lugar el siguiente día hábil, a la misma hora. No serán tenidas en cuenta aquellas ofertas que lleguen por Correo o cualquier otro medio con posterioridad al acto de apertura aun cuando se justifique con el matasellos u otro elemento haber sido despachado oportunamente. Art. 9º - PRESENTACION: Para presentarse a una Licitación y para que sea válida su concurrencia, el proponente deberá depositar por si o por interpósita persona, en la oficina donde aquella deba verificarse hasta el día y hora establecidos para el respectivo acto, en sobre cerrado, todos los documentos que se exigen en el artículo siguiente. Esta presentación podrá hacerse también por carta, sin responsabilidad alguna para la Empresa por demora o extravío de cualquier origen. En ningún caso el sobre de presentación tendrá membrete ni inscripción alguna que identifique al proponente y llevará como única leyenda, la siguiente: Licitación (Privada o Pública) Nº a verificarse el día hs, en la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA, calle



de 19 , a las , Santa Fe.

Este Sobre Presentación contendrá además de la documentación que se detalla en el Artículo siguiente, otro sobre identificado como Sobre Propuesta. Este Sobre Propuesta es suministrado por la Empresa como parte del pliego que se entrega a los oferentes. Se lo presentará debidamente cerrado y en su interior corresponderá colocar la documentación que se requiere en el próximo Artículo. Art. 10º - CONTENIDO DEL SOBRE PRESENTACION Y DEL SOBRE PROPUESTA: Los documentos que deben incluirse para la presentación son los siguientes: 1-SOBRE PRESENTACION: 1.1)

Garantía de la propuesta constituida como mínimo, por el 1 % (uno por ciento) del importe del Presupuesto Oficial o del total de los presupuestos oficiales de los Rubros en que expresamente se encuentre dividida la Licitación. Para el caso de que el proponente no cotice en todos los Rubros, podrá presentar garantía sobre el monto del Presupuesto Oficial del Rubro o los Rubros en los que presente su oferta. Esta garantía deberá ser formalizada mediante alguna de las formas establecidas en el artículo 19º) de este Pliego.

1.2)

Sobre Propuesta debidamente cerrado, con el contenido previsto en el inciso 2 de este mismo artículo. Página 2 de 12

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1.3)

Un ejemplar completo del legajo que sirvió de base para el llamado a la Licitación, debidamente firmado por el proponente en todas sus hojas, con el comprobante que acredite haberlo adquirido antes de la Licitación.

1.4)

Reposición del sellado provincial de ley.

1.5)

Constancia de inscripción en el Registro de Proveedores de la Empresa.

1.6)

Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia del impuesto a los Ingresos Brutos y nota con carácter de declaración jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de este impuesto.

1.7)

Constancia de haber efectuado el pago correspondiente al periodo en vigencia de aportes de la Ley 5110 (Provincia de Santa Fe) y nota con carácter de Declaración Jurada que manifieste la inexistencia de deudas en concepto de dicha ley o su condición de no ser contribuyente de la misma.

1.8)

Declaración Jurada a la que refiere la Ley Nacional Nº 17250, en cuento a lo no-existencia de deuda exigible en concepto de aportes, contribuciones y de todo otra obligación en materia previsional.

1.9)

Antecedentes del proponente como proveedor de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación.

1.10)

Declaración de que para cualquier cuestión judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los Tribunales ordinarios de la ciudad de Santa Fe.

1.11)

Domicilio Real y Domicilio Legal del Proponente: es en este último donde se practicarán todas las notificaciones vinculadas con la Licitación y eventualmente con el contrato de adjudicación. Optativamente podrá constituirse un domicilio legal en la ciudad de Santa Fe, o en la ciudad donde se lleve a cabo la apertura de la Licitación.

1.12)

Recibo por las muestras que se entregaron en cumplimiento de lo prescripto en el Art. 23º de este Pliego.

1.13)

Constancia de inscripción y otorgamiento del Nº de C.U.I.T. (Clave Unica de Identificación Tributaria) emitida por la Dirección General Impositiva.

1.14)

Otras formalidades que se especifiquen en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales y/o en el de Especificaciones Técnicas.

La insuficiencia u omisión de los requisitos exigidos por los subincisos 1.1 y 1.2 de este inciso Nº 1 será causa de rechazo, sin más trámite, de la oferta en el mismo acto de la apertura por las autoridades que lo dirijan, con excepción de la tolerancia por error de monto en la garantía de oferta, contemplada en el Art. 19º - último párrafo- del presente Pliego. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes incisos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles, contado desde el momento en que el proponente sea notificado. A tal efecto se le dará valor de formal intimación a la lectura de la constancia que se incorpora en el Acta de Apertura, mencionando la omisión en que hayan incurrido los proponentes. Transcurrido dicho plazo sin que la omisión haya sido subsanada, la propuesta podrá, o no, ser rechazada, a exclusivo juicio de la Empresa. 2-SOBRE PROPUESTA: En este Sobre se deberá incluir única y exclusivamente, la siguiente documentación: 2.1) Formulario Resumen de Cotización en original y duplicado, el cual constituye parte de la documentación que esta E.P.E. suministra como documentación integrante del Pliego. El cambio de este Formulario Resumen de Cotización por fotocopias o por hojas, con o sin membrete, distintos a los oficiales entregados por la E.P.E. será causa de rechazo de la oferta en el mismo acto de apertura.

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Para la formulación de DESCUENTOS ESPECIALES, se considerarán válidos únicamente aquellos descuentos que ofrezcan los proponentes, que hayan sido formulados al dorso del Formulario Resumen de Cotización. El texto que informe estos descuentos deberá ser rubricado por el, o los responsables de la firma oferente. 2.2) Propuesta y/o cotización, en original y duplicado, confeccionada en papel con membrete del oferente y según los requisitos establecidos en el Capítulo III del presente Pliego. En caso de discrepancia entre alguna o algunas de las condiciones o valores informados sobre los documentos de este Sobre Propuesta, prevalecerá lo expuesto en el Formulario Resumen de Cotización. CAPITULO III PROPUESTA Art. 11º - MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: La presentación de una oferta lleva implícita la obligación de mantenerla válida por un plazo mínimo de sesenta (60) días contados desde la fecha de apertura de la Licitación. Art. 12º - FORMALIDADES: La propuesta deberá observar el cumplimiento de las siguientes formas: 1º) Se presentará por duplicado, redactada en idioma castellano, en un solo tipo de escritura que deberá ser realizada únicamente a máquina. 2º) Deberán estar firmadas todas sus hojas por el proponente o su representante autorizado, con la aclaración de firma pertinente. 3º) Las raspaduras, enmiendas, entrelíneas deberán ser debidamente salvadas al final. Estará compuesta por la cotización, plazo de entrega, datos característicos garantizados de los materiales y condiciones especiales y/o alternativas, si las hubiere. Art. 13º - COTIZACION: Además del Formulario Resumen de Cotización que suministra la Empresa, el proponente presentará un presupuesto detallado el que deberá ajustarse a lo siguiente. 1º) La cotización de los precios deberá realizarse en dólares estadounidenses. 2º) En razón de que esta Empresa se encuentra registrada ante la Dirección General Impositiva, como Responsable Inscripto en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), bajo el número de C.U.I.T 3054578816-7, las cotizaciones deberán discriminar el precitado gravamen, con excepción de los proponentes que sean Responsables no Inscriptos ante el IVA, lo cual deberá ser acreditado mediante una copia de la inscripción ante la D.G.I. El no cumplimiento con lo dispuesto en este inciso, dará lugar a interpretar que los precios cotizados ya incluyen el I.V.A. 3º) Para cada uno de los rubros y/o items que se coticen dentro de los que componen el Alcance de Suministro, se deberá indicar cantidad, unidad, precio unitario y precio total. En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total, se tendrá en cuenta el precio unitario. 4º) Cuando en el Alcance del Suministro se definan Rubros que se integren por más de un Item, podrán parcializarse cotizaciones a nivel de Item. Es posible en consecuencia presentar ofertas que no completen la totalidad del Rubro. 5º) Cuando los Rubros que se licitan no se dividan en Items, es obligatorio presentar oferta por Rubro o Rubros completos. Art. 14º - CONDICIONES DE REAJUSTE: Salvo indicación en contrario del Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales, los precios de los bienes cuya provisión se contrate, no estarán sujetos a reajuste de variaciones de costos. Art. 15º - PLAZO DE ENTREGA: Se entenderá como tal al plazo máximo en el cual el contratista deberá entregar los materiales y/o equipos convenidos, en el lugar pactado, computado a partir de la fecha en que se notifica la adjudicación, o se recepciona la Orden de Compra. No obstante queda dispuesta una cantidad máxima de diez (10) días como posibilidad por parte del proveedor de adelantar la entrega contratada, respecto a la fecha de vencimiento del plazo de entrega. La Empresa podrá establecer cronogramas de entregas que parcialicen la provisión que se licite, en función de lo cual se indicará para cada entrega parcial la cantidad a proveer y el plazo de vencimiento de cada una de las entregas programadas.

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De no existir un cronograma de entregas, la misma deberá realizarse en un plazo de treinta (30) días corridos contados a partir de la fecha de notificación de adjudicación o de la de recepción de la Orden de Compra. La Empresa asume como plazo o cronograma de entregas más adecuado a sus necesidades, al definido en el Pliego licitatorio, pudiendo los proponentes ofrecer plazos o programas de entregas diferentes, quedando a exclusivo juicio de esta Empresa aceptarlos o no. A tal efecto esta propuesta alternativa deberá ser formulada en su oferta con indicación de fechas y cantidades ciertas, garantizando el cumplimiento de la misma. Art. 16º - CARACTERISTICAS DEL MATERIAL OFRECIDO: Los proponentes deberán precisar claramente en sus ofertas la marca, tipo, modelo y todo detalle relevante de los materiales, equipos y/o accesorios ofrecidos, con el objeto de brindar la más amplia información sobre lo que se propone. Se deberán adjuntar folletos descriptivos, y toda documentación considerada de interés para una mejor apreciación de la calidad y confiabilidad de lo ofrecido. Dicha información responde a la necesidad de asegurar el más completo análisis de las propuestas, y fundamentar con adecuados conocimientos la adjudicación. Ante la falta parcial o total de Datos Técnicos Garantizados y/o Protocolos de Ensayo que sean requeridos en el Pliego Complementario o en el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, o cuando los materiales y/o equipos solicitados no cumplan con las especificaciones técnicas solicitadas, ya sea en forma parcial o total, queda a exclusivo criterio de la Empresa desestimar la propuesta. Las Normas y Especificaciones Técnicas, propias de esta Empresa, cuyas condiciones son las que deben observar los materiales o equipos que se liciten, deberán ser adquiridas o consultadas en el Departamento Normalización y Ensayos cuyo domicilio es: calle San Martín 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 / 612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o en las Oficinas Técnicas de las respectivas Gerencias Regionales ubicadas en las ciudades de Rosario, Santa Fe y Rafaela. Se entenderá que los materiales o equipos solicitados sólo refieren a bienes nuevos y sin uso. Art. 17º - PROPUESTA ALTERNATIVA QUE MODIFIQUE CARACTERISTICAS TECNICAS: Además de la Oferta Básica, cuya cotización es siempre obligatoria, los proponentes podrán ofrecer las variantes que, a su criterio consideren más ventajosas que las especificadas en la documentación que se anexa al presente Pliego Base. Las variantes así ofrecidas quedarán identificadas como "Cotizaciones Alternativas". En el caso de variantes ventajosas que modifiquen sustancialmente las bases o condiciones establecidas, y la Empresa, a su exclusivo juicio, evaluara esas ventajas como relevantes se procederá a dejar sin efecto la Licitación y a llamar a una nueva, modificándose convenientemente sus bases y condiciones. CAPITULOIV DE LAS GARANTIAS Art. 18º - CLASES E IMPORTES: Para afianzar el cumplimiento de todas sus obligaciones los proponentes y adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías: I - Garantía de la Oferta: Deberá realizarse en dólares y será el uno por ciento (1%) del valor del Presupuesto Oficial o de los valores de los Rubros en que se divida dicho Presupuesto Oficial, conforme a la metodología prevista en el Artículo 10º, subinciso 1.1). II - Garantía de la Adjudicación y/o Contrato: el cinco por ciento (5%) del valor total de la adjudicación. Art. 19º - FORMAS DE CONSTITUIR LAS GARANTIAS: Las garantías a que se refiere en el artículo anterior, deberán constituirse en alguna de estas formas, a opción del proponente o del adjudicatario: a) Fianza solidaria de una institución bancaria a satisfacción de la Comitente b) Mediante póliza de seguro de caución, que se encuadre en la Reglamentación que establezca la Superintendencia de Seguros de la Nación. Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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Las garantías que se acompañen, conforme a lo previsto en los incisos a), b), de éste artículo, deberán ser presentadas en original. Las Garantías de Oferta presentadas según las formas previstas en los incisos a), b) de este artículo, deberán mantener su vigencia hasta la fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta, a la cual se adicionará el período de prorroga, cuando por Pliego Complementario se prevea la posibilidad de extender este plazo. Las Garantías de Contrato, deberán extender su vigencia, hasta la fecha de vencimiento de las obligaciones del contrato. No serán rechazadas las ofertas, cuando por error el monto de la garantía presentada fuere inferior al que corresponda por una diferencia que no supere el cero coma cinco por ciento (0,5%) del importe correcto. Se intimará en ese caso, según los términos establecidos en el Artículo 10º- punto 1, último párrafo, al proponente a cubrir la diferencia en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles; no cumplimentando esa intimación en tiempo y forma se dará por desestimada la oferta. Art. 20º - PLAZO PARA CONSTITUIR LA GARANTIA DEL CONTRATO: Dentro de los veinte (20) días de la notificación de la adjudicación o de recepcionada la Orden de Compra, el adjudicatario deberá constituir una Garantía equivalente al cinco por ciento ( 5%) del monto adjudicado. El no cumplimiento de este requisito habilitará la suspensión de los pagos de las facturas por entregas que pudieran haberse ya concretado, hasta tanto se satisfaga el cumplimiento de esta garantía. A efectos de su constitución deberán observarse las modalidades indicadas en el artículo anterior. Art. 21º - INTERESES: Las garantías constituidas para la propuesta o para el contrato, no devengarán intereses por ningún concepto. Art. 22º - DEVOLUCION DE LAS GARANTIAS: serán devueltas de oficio: I - Las garantías de oferta: a los proponentes que no resultaren adjudicatarios, una vez decidida la adjudicación y/o producido el vencimiento del plazo de mantenimiento de ofertas, con sus prórrogas si correspondieren. II - Las garantías de adjudicación: una vez cumplida la contratación mediante la recepción de conformidad de la totalidad de los bienes, conforme al detalle contenido en la respectiva Orden de Compra. CAPITULO V MUESTRAS Art. 23º - PRESENTACION: En el caso de que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones así lo requiera, o en el supuesto contrario, cuando el proponente así lo desee, este deberá entregar antes de la apertura de la Licitación en bulto cerrado, lacrado y rotulado, las muestras exigidas u ofrecidas. Estas podrán ser retiradas vencido el plazo de mantenimiento de propuestas o de producida la adjudicación. Los lugares donde podrán efectuarse las entregas de las muestras son, dependiendo del domicilio del lugar de apertura de la licitación, los siguientes:  Santa Fe: Espora y República de Siria (Almacén Villa María Selva)  Rafaela: Avda. Santa Fe 1.671 (Almacén Central Regional Rafaela)  Rosario: Catamarca 1.051 (Almacén Catamarca). Producida la entrega de las muestras, la E.P.E. emitirá un recibo por triplicado. El original quedará en poder del proponente y deberá ser presentado imprescindiblemente en oportunidad de solicitar la devolución de la muestra presentada, el duplicado deberá ser incluido en el Sobre Presentación, de acuerdo a lo establecido en el artículo 10º -subinciso 1.12)- de este Pliego. El triplicado será retenido por la E.P.E. El bulto que contiene las muestras será abierto para su verificación y control con posterioridad al acto de apertura de la Licitación. Art. 24º - ENSAYOS DE LAS MUESTRAS: Las muestras podrán ser sometidas a los ensayos, análisis y experiencias que la Empresa estime necesario, sin que el propietario de la misma tenga derecho a reclamación alguna por deterioro o destrucción. Art. 25º - RETIRO Y DEVOLUCION DE LAS MUESTRAS: Las muestras que correspondan a ofertas no adjudicadas y que no hayan sido sometidas a ensayos destructivos, quedarán a disposición de los Página 6 de 12

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proponentes para su retiro hasta treinta (30) días después de producida la adjudicación. Las muestras que no fueren retiradas dentro de este plazo, pasarán sin cargo a propiedad de la E.P.E. Las muestras correspondientes a los bienes adjudicados quedarán en poder de esta Empresa, para el control posterior de las entregas. Una vez cumplida la totalidad de las entregas, las muestras quedarán a disposición de los adjudicatarios por el plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de última entrega. De no procederse al retiro de las muestras en ese plazo, se seguirá el criterio establecido en el párrafo anterior. CAPITULO VI ACTO DE LICITACION Art. 26º - APERTURA DE LAS OFERTAS: En el lugar, día y hora fijados al efecto, bajo la presidencia del funcionario designado por la Empresa y en presencia de los interesados que concurran al acto se dará por finalizada la recepción de ofertas, previo recuento y numeración correlativa de los sobres, anunciándose el número de ofertas recibidas. A partir de ese momento no se aceptará el retiro de ninguna de las propuestas. Inmediatamente se procederá a abrir los Sobres de Presentación mencionando los documentos, que se acompañan en cada uno. Quedarán de hecho incluidas en la Licitación aquellas propuestas cuyas garantías de oferta - Artículo 10º (subinciso 1.1) de este Pliego- hayan sido aceptadas, y las que hayan incluido dentro del Sobre Presentación el Sobre Propuesta debidamente cerrado. Posteriormente se procederá a la apertura de los Sobres Propuesta correspondientes, dándose lectura a aquellas propuestas que hayan cumplimentado estos dos requisitos. Terminada la lectura, los proponentes presentes o representantes autorizados, podrán formular las observaciones que crean necesarias respecto de lo actuado en el acto de apertura. Dichas observaciones deberán manifestarse en forma verbal, concretas y concisas, ajustadas estrictamente a los hechos o documentos vinculados con el acto de apertura. No se admitirá discusión alguna sobre ellas. Art. 27º - ACTA: De todo lo ocurrido durante el "acto de Licitación" se labrará acta al finalizar el mismo, la que, previa lectura, será firmada por los funcionarios actuantes y los asistentes que quisieran hacerlo. En este acta se dejará constancia de las observaciones que se formulen. Todos los presentes podrán impugnar cualquiera de las propuestas dentro del término de dos (2) días hábiles administrativos contados a partir del día en que se llevó a cabo la apertura. La impugnación debe ser fundada y por escrito y será resuelta juntamente con la adjudicación. Para que la impugnación sea tenida en cuenta, se deberá realizar un depósito en pesos igual al 2%o (Dos por mil) del presupuesto oficial de la licitación, en la Cuenta Corriente n° 443/06-Suc. 599 del Nuevo Banco de Santa Fe SA; presentándose la constancia del pago en forma conjunta con el escrito de impugnación.El depósito será reintegrado al oferente impugnante, dentro de los 30 (treinta) días de dictado el Acto Administrativo que lo resuelva, solo en el caso que la Empresa haga lugar a la impugnación.CAPITULO VII SELECCION DE OFERTAS Art. 28º - ESTUDIO DE LAS OFERTAS: La empresa se reserva el derecho de efectuar los estudios comparativos que estime necesarios, utilizando el o los métodos que considere convenientes a los efectos de determinar la oferta más ventajosa, la que podrá no ser necesariamente la de menor precio. La comparación de las ofertas se realizará en pesos ($), por lo que las cotizaciones en dólares estadounidenses se convertirán a pesos ($) de acuerdo a la cotización vigente del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior determinado por el Banco Nación de la República Argentina al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al acto de apertura. La Empresa podrá también rechazar todas las propuestas sin que esto dé derecho a reclamo de ninguna naturaleza por parte de las firmas cotizantes. Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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Art. 29º - ALCANCE DE LA ADJUDICACION: Salvo que el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales establezca lo contrario, la adjudicación se hará por Rubro completo, si es que en la planilla de Alcance del Suministro no se ha previsto la desagregación de los rubros en items. Si en dicha planilla se establece que el pedido de cotización se compone de Rubros que a su vez se dividen en Items, la adjudicación podrá parcializarse a nivel de Item. Art. 30º - MEJORA DE PRECIOS: Si entre las propuestas admitidas hubiere dos o más cotizaciones que, a criterio de la Empresa, fueran consideradas igualmente convenientes, que las diferencias comparativas de precios entre esas ofertas no fuesen mayores al dos por ciento (2%) y que sean evaluadas como más ventajosas que las restantes, se LLAMARA a mejora de precios entre esos proponentes exclusivamente. Idéntico criterio se empleará cuando se presente la condición de que la empresa que haya realizado la mejor oferta no sea de origen provincial y corresponda la aplicación de lo establecido en los Artículos 3, 4 y 5 de la Ley Provincial Nº 12105/2003 (Compre Santafesino), para aquellos proveedores que hallan cumplimentado con los requisitos necesarios para registrar su adhesión a la citada Ley en el Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. En caso de presentarse las dos condiciones el llamado a mejora de precios se hará en forma conjunta. La respuesta al pedido de mejora de precios se concretará mediante una nueva presentación con iguales requisitos a los exigidos para la confección del Sobre Propuesta. A tal efecto se fijará plazo para la presentación de las nuevas propuestas de mejora de precios, estableciéndose además fecha y hora para la apertura de las mismas, lo que se comunicará formalmente a los proponentes. CAPITULO VIII CONTRATO Art. 31º - PERFECCION DEL CONTRATO: Aprobada la adjudicación por el o los actos administrativos correspondientes a la Empresa y comunicada esta decisión en término al proponente, mediante la recepción de la correspondiente Orden de Compra u otra forma de comunicación fehaciente, queda perfeccionado desde ese momento el contrato de provisión. El contrato así perfeccionado obligará a las partes sin perjuicio de que, cuando otras disposiciones legales vigentes lo establezcan, se deba proceder a la formalización de un convenio específico, lo que se deberá concretar dentro de los treinta días siguientes al de la notificación. Transcurrido dicho plazo sin que el adjudicatario dé cumplimiento a la obligación referida, se procederá a ejecutar la garantía de oferta y se le aplicarán las sanciones previstas en la reglamentación del Registro de Proveedores, sin perjuicio del derecho de la Empresa para promover contra el adjudicatario las acciones que jurídicamente correspondan para resarcirse de los daños sufridos a raíz del incumplimiento por parte de aquél. Art. 32º - ELEMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante de todo contrato que se celebre, lo siguiente: 1 - Las disposiciones de este Pliego y el de sus cláusulas complementarias. 2 - La propuesta aceptada y el acto administrativo de adjudicación. 3 - La Orden de Compra. 4 - Las Normas técnicas, planos de conjunto, planos de detalle y/o demás elementos ilustrativos integrantes del legajo de licitación. 5 - Las muestras. 6 - Las aclaraciones o instrucciones complementarias de los documentos de licitación que la Empresa hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura. 7 – La documentación respaldatoria respecto a la cotización del dólar tipo vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina vigente al cierre de las operaciones del día inmediato anterior al acto de apertura. Art. 33º - TRANSFERENCIA DEL CONTRATO: Formalizado el contrato, según las disposiciones del artículo anterior, el contratista no podrá transferirlo ni cederlo, total o parcialmente, a otra persona o entidad ni asociarse para su cumplimiento, sin la previa autorización por escrito de la Empresa. Caso contrario, la Empresa podrá rescindirlo sin recurso o acción previa alguna para exigir el cumplimiento del contrato por parte del contratista. Página 8 de 12

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Art. 34º - AMPLIACION DEL CONTRATO: Cuando en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales no se prevea lo contrario, la Empresa podrá, previa conformidad del contratista, ampliar el importe total contratado hasta en un veinte por ciento (20%) sobre dicho monto. Esta ampliación podrá aplicarse a incrementar las cantidades a suministrar convenidas originalmente, manteniendo los mismos precios y condiciones pactadas en la adjudicación original. Esta opción podrá ser ejercida por la Empresa dentro de un plazo máximo, el que no podrá exceder en más de noventa (90) días a la fecha de vencimiento del plazo de entrega convenido originalmente, o a la fecha en que vence el más extendido de los plazos de entrega, cuando se hubieren contratado programas de entrega con más de un plazo. Art. 35º - INHIBICIONES: No serán admitidos a contratar los que se hallen procesados, los que estén en estado de interdicción judicial, los deudores del Fisco y los que hubieren faltado al cumplimiento de contratos anteriores con la Provincia y/o la Empresa, o que se encuadren en alguna de las causales que estén contempladas en la reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa. CAPITULO IX CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Art. 36º - INSPECCION EN FABRICA: Cuando se contratare la compra de materiales o equipos de producción nacional, la E.P.E. se reserva la facultad de realizar ensayos en fábrica sobre los elementos adjudicados, previo al envío de los mismos a los lugares de entrega que hayan sido fijados. A tal efecto la Empresa podrá destacar un Inspector a su costo y cargo para la realización de dichos ensayos. En tal caso, el contratista deberá poner a disposición de dicho Inspector y a su cargo, el personal, laboratorio y todos los elementos necesarios que permitan comprobar si la calidad y característica de los materiales y/o la ejecución de los trabajos contratados responden a las especificaciones requeridas por Pliego o garantizadas en la oferta. A estos fines, el contratista deberá comunicar al Departamento Normalización y Ensayos cuyo domicilio es: calle San Martín 2365, Piso 4º, Código Postal (3000), - Santa Fe – Tel (0342) 4505608 / 609 / 610 / 611 / 612 / 613, Fax: (0342) 4505617, o al sector que en su lugar sea determinado por Pliego Complementario, con una antelación no menor de diez (10) días a la fecha en que lo adjudicado se halle en condiciones de ser ensayado. Transcurridos cinco (5) días hábiles posteriores a dicha fecha, sin comunicación por parte de la Empresa hacia el contratista que confirme la realización del ensayo en fábrica con sus propios inspectores, se considerará que la misma prescinde del derecho de llevar a cabo los ensayos, debiendo en consecuencia el proveedor enviar los elementos o materiales adjudicados. La comunicación del proveedor informando la fecha a partir del cual se pueden llevar a cabo los ensayos en fábrica, dará lugar a la suspensión del plazo de entrega desde la fecha indicada y por el tiempo que demande la realización de esos ensayos. Ante la renuncia expresa o tácita de la Empresa a concretar los ensayos en fábrica, la suspensión del cómputo de días para el control de plazo de entrega se realizará por el período de diez (10) días, posteriores a la fecha desde la cual se comunicó que los materiales se encontraban disponibles para su inspección en fábrica. No se incluirán en esta prórroga los elementos rechazados por el Inspector. Quedan a cargo del contratista los gastos derivados de traslado y estadía del Inspector en los casos que se deban repetir los ensayos por causa imputable al contratista. Art. 37º - NORMAS TECNICAS: A los efectos indicados en el artículo precedente y salvo que el Pliego Complementario o las planillas de Descripción Técnica establezcan lo contrario, serán de estricta aplicación en el orden de prelación con que se las nomina, las siguientes Normas: Especificaciones Técnicas de la E.P.E., normas IRAM, normas ANSI y normas IEC. Cuando las exigencias de orden técnico requeridas por la E.P.E., permitan la cotización de material de origen extranjero que no encuadre en las normas citadas anteriormente, serán de aplicación las normas vigentes en el país de origen. Art. 38º - LUGAR Y FORMA DE ENTREGA: La entrega de los materiales o equipos se harán en el lugar y forma indicado en el Pliego Complementario al de Bases y Condiciones Generales. Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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Cuando no se hubiere hecho constar tal indicación, queda entendido que la entrega deberá realizarse una vez efectuados los ensayos en fábrica, o de haber desistido de ellos la Empresa, sobre piso estibado adecuadamente, en el depósito o lugar de entrega que se especifique en las cláusulas complementarias o en el respectivo cronograma de entregas. De haberse establecido la cláusula "entrega inmediata", se entenderá que la entrega debe realizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificada la adjudicación. Art. 39º - REMITOS Y RECEPCION DEFINITIVA: Los recibos o remitos que se firman en el momento de la entrega, lo serán en condiciones "a revisar", operándose la recepción definitiva en el lugar de entrega convenido, una vez concluídos los procedimientos de control de calidad que decida concretar la Empresa en sus propias dependencias, a fin de verificar que los artículos entregados se ajustan a las especificaciones técnicas y demás condiciones contratadas. Si se produjeran rechazos, la Empresa producirá una comunicación formal en tal sentido al proveedor, dentro de los treinta (30) días de ingresados los elementos al lugar de entrega establecido. En ese caso el material que resultare rechazado deberá ser retirado por el proveedor en un plazo de cinco (5) días a partir de recibida la comunicación de rechazo. De no proceder el proveedor a retirar los elementos rechazados en ese plazo, la Empresa los devolverá a destino por el medio que estime más adecuado, con flete a pagar por el destinatario, más los costos de carga descarga y adicionales que se produzcan. La recepción definitiva de lo adjudicado y la devolución de los depósitos de Garantía al contratista, no liberan a éste de las responsabilidades que establece el artículo 1.646º y concordantes del Código Civil. Art. 40º - INCUMPLIMIENTO: El contratista no podrá negarse a entregar los efectos ofrecidos en la Licitación, ni pretender sustituírlos por otros de calidad inferior o distinta de lo convenido. La falta, incumplimiento o negativa de entrega en las condiciones ofrecidas, facultará a la Empresa a adquirir de terceros esos elementos por cuenta del proponente y cargarle las diferencias de precios, si las hubiere, reservándose al mismo tiempo, el derecho de iniciar las acciones legales que correspondan. Para que sea justificada la causal que origina el incumplimiento, ésta deberá encuadrarse en las figuras de "caso fortuito" o de "fuerza mayor" previstas en el Código Civil. Asimismo no podrá el contratista, bajo pretexto de falta o atraso en los pagos por parte de la Empresa, dejar de cumplir las obligaciones contraídas. Art. 41º - EMBALAJE: El contratista será responsable por el deficiente acondicionamiento o embalaje de los artículos expedidos, debiendo repararlos o reemplazarlos según corresponda, por su exclusiva cuenta y cargo, si por dicha causa hubieran sufrido deterioros, roturas o inutilización. CAPITULO X PAGOS Art. 42º - FORMA DE PAGO: El pago será realizado en las oficinas de la Empresa que se indiquen en las respectivas Ordenes de Compra, contrato específico o Pliego Complementario. El mismo se efectuará en el "plazo corriente administrativo", entendiéndose como tal el comprendido dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega, cumplimiento del objeto contractual y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última. Puntualizándose que se considerará como fecha de entrega de los materiales con inspección en destino, la de aprobación del material ingresado. La Empresa Provincial de la Energía efectuará el o los pagos, según corresponda, convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado, conforme al cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el hecho imponible . De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y N° 3419/95 y la Resolución N° 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los treinta y cinco mil pesos ($ 35.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido".

EL PROVEEDOR PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, DEBERA DAR CUMPLIMIENTO A LO REQUERIDO EN EL DECRETO PROVINCIAL Nº 224/92 Y SUS MODIFICATORIOS. Página 10 de 12

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Art. 43º - PLAZOS: Todos los plazos a los efectos de la aplicación de la forma de pago, se empezarán a contar a partir de la fecha de presentación de la respectiva factura en el lugar de pago definido en la Orden de Compra o en el convenio específico, y/o a partir de la fecha de entrega, la que fuere posterior. Los términos convenidos se interrumpirán si existieren observaciones sobre la documentación pertinente u otros trámites a cumplir que sean imputables al acreedor. Art. 44º - IMPUESTO DE SELLOS: Será condición indispensable para habilitar el trámite de pago de las facturas, presentar constancia de pago del impuesto de sellos que grava el contrato por la parte que corresponde al proveedor.

Art. 45º - MORA EN EL PAGO - LIQUIDACION DE INTERESES: La mora en el pago dará derecho al proveedor o contratista a percibir hasta el momento de efectivo pago, por la cantidad de días en mora, intereses que se calcularán en base al promedio simple de la Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos Informantes que publica el Banco Central de la República Argentina durante el período incurrido en mora. Esta tasa promedio será aplicada mediante un sistema de interés simple al monto de la obligación caída en mora y multiplicada por el período de tiempo en mora, conforme la siguiente fórmula:

 n      Ti   Interés Moratorio = M *   i 1   * d  n  365     Donde: M: Monto de la obligación caída en mora. Ti: Tasa BADLAR por Depósitos a Plazo Fijo en Pesos para el Total de Bancos informantes, en % nominal anual para el día “i”. n: Cantidad de Tasas BADLAR publicadas por el Banco Central para el período en que la obligación cayó en mora. d: Cantidad de días en mora, desde el día del vencimiento de la obligación hasta el día de su pago. En el recibo del capital por parte del acreedor, el mismo deberá efectuar la reserva por el reclamo de intereses, de lo contrario quedará extinguida la obligación por parte de esta Empresa. Efectuada la reserva, la gestión de liquidación y pago de los intereses deberá iniciarse expresamente y por escrito dentro del plazo máximo de treinta (30) días siguientes a la fecha de que el cobro bajo reserva se hubiera efectuado, vencido el cual quedará extinguido todo derecho de cobro por parte del acreedor. Los intereses moratorios que prevé este Artículo deberán liquidarse y abonarse dentro de los treinta (30) días de solicitados, caso contrario serán de aplicación sobre las sumas reclamadas, las mismas normas que se establecen en el presente. CAPITULO XI MULTAS Art. 46º - SANCIONES: Independientemente de las sanciones que se establecen en este Pliego, y sin perjuicio de las demás acciones que correspondieren por derecho, el incumplimiento de las obligaciones convenidas hará pasible a los proponentes o contratistas de las sanciones estipuladas por la Reglamentación del Registro de Proveedores de la Empresa. Art. 47º - MORA EN LAS ENTREGAS: El contratista quedará constituido en mora y obligado al pago de la multa correspondiente, por el mero vencimiento del o los plazos acordados para la entrega de la provisión, sin necesidad de requerimiento o intimación previa alguna. Pliego de Bases para Contratos de Provision dolares vigente con ley 12105 y Resol.328.doc

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Art. 48º - IMPORTE: Sin renunciar al derecho a hacer uso de la acción indirecta, la Empresa podrá, una vez constituido en mora el contratista, aplicarle una multa equivalente al 2 %o (dos por mil) del importe del bien no entregado en término por cada día de mora. Si el total de las multas aplicadas alcanzare el 15 % del importe del contrato, la Empresa podrá rescindirlo por culpa del contratista. Si se hubieran contratado entregas parciales, el importe sobre el cual deberá calcularse el porcentaje será el que corresponda a la entrega en que se ha incurrido en mora. El importe para la aplicación de la multa se calculará convirtiendo a pesos ($) el valor ofertado, conforme al cambio dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina al cierre del día anterior a aquel en el que se perfeccione el hecho imponible Art. 49º - PROCEDIMIENTO PARA SU APLICACION: Producida la situación de mora del contratista en los términos del Art. 47º del presente, la multa se hará efectiva en forma automática y directa, descontándose su importe de los créditos no afectados que el contratista tuviere a su favor. De ser estos insuficientes, la Empresa procederá a intimar su cancelación por el saldo en un plazo máximo de noventa días. El hecho administrativo consistente en el descuento de la multa que corresponda será suficiente para que el contratista pueda interponer contra el mismo los recursos administrativos correspondientes en la forma y modo establecidos por las reglamentaciones en vigencia. IMPORTANTE Serán causales de rechazo de las ofertas en el mismo acto de apertura cuando se presenten las siguientes circunstancias: a) La omisión o deficiencia del Depósito de Garantía Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 1.1) y Cap.. IV, Art. 18º y 19º).

b) La omisión, dentro del "Sobre Presentación" del "SOBRE PROPUESTA" debidamente cerrado, conteniendo la propuesta Cap. II, Art. 10º, (Sub.Inc. 1.2) y "Formulario Resumen de Cotización", únicamente.

c) El cambio del Formulario resumen de Cotización por fotocopias u otras hojas distintas a las oficiales entregadas por la E.P.E., conforme a lo previsto en el Cap. II, Art. 10º, (Sub-Inc. 2.1). SELLADO PROVINCIAL DE LEY (Cap. II, Art. 10º, Sub-Inc. 1.4) Lic. Publica: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 108,00. Lic. Privada: Sellado único (Pvcia. Santa Fe) Valor $ 50,00

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PLIEGO PARTICULAR PARA CONTRATOS DE PROVISION

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(Cotización en Dólares)

ARTICULO 1°.- En el Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contratos de Provisión en Dólares, se modifica el Artículo 42º - FORMA DE PAGO (CAPITULO X – PAGOS), el que queda redactado de la siguiente manera: “El pago de los importes establecidos en la/s Orden/es de Compra será realizado en las oficinas de la Empresa que se indique/n en las mismas, en contrato específico o en el Pliego Complementario. Dicho pago se efectuará en el "plazo corriente administrativo", entendiéndose como tal a los treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega, cumplimiento del objeto contractual y/o de la fecha de presentación de la correspondiente factura, la que fuere última. Cuando la variación del tipo de cambio del dólar vendedor para operaciones de comercio exterior del Banco Nación de la República Argentina, entre el día hábil anterior a la fecha de apertura y el día hábil anterior al efectivo pago mencionada en el párrafo anterior, supere el 5%, la Empresa Provincial de la Energía reconocerá la misma. La Nota de Debito por este concepto será abonada a los 10 días de su presentación. De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Nº 3277/90 y Nº 3419/95 y la Resolución Nº 481/11 del Ministerio de Economía de la Provincia, todos los pagos a terceros ajenos al Estado Provincial, cuyos importes superen los treinta y cinco mil pesos ($ 35.000), se realizarán mediante cheque cruzado especial, designando en el cruzamiento: "Banco de Santa Fe S.A.- para ser acreditado únicamente en la cuenta del/los titulares a cuya orden está extendido". PARA HACER EFECTIVO EL COBRO DE SUS ACREENCIAS, EL PROVEEDOR DEBERA PRESENTAR CON LA FACTURA Y LA NOTA DE DÉBITO, DE CORRESPONDER, LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL VIGENTE.”

Página 1 de 1 Pliego Particular Modificación Forma de Pago Dólar (ARTICULO 42° PByCGCPenD).doc

”2012- Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Nacional” Fecha de impresión 12/03/2012

PLIEGO COMPLEMENTARIO AL DE BASES Y CONDICIONES GENERALES CONTRATOS DE PROVISION Art. 1 - Laboratorio de ensayos Se debe indicar el laboratorio que el oferente posee en la República Argentina que se encargará de realizar los ensayos de recepción, de brindar el asesoramiento técnico, de solucionar problemas corrientes y de decidir la ejecución de la garantía cuando fuere necesario. El laboratorio deberá contar con equipo e instrumental suficiente para asegurar la realización de los ensayos, debiendo contar con certificados de contraste de los instrumentos empleados emitidos por laboratorios oficiales y que permitan determinar la trazabilidad de las mediciones. Estos certificados deben estar disponibles al inicio de los ensayos que realice esta EPE. En caso que el oferente contrate el servicio de un Laboratorio Externo, deberá presentar el contrato de servicios con el mismo por un plazo no menor al del período de garantía de los equipos ofertados, siendo las exigencias para el laboratorio las mismas indicadas en el párrafo anterior. Art. 2 – Plazos para los pagos Complementando lo indicado en el Art. 43 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, los plazos para el pago se contarán considerando el cumplimiento del ítem - renglón completo de la Orden de Compra, no reconociéndose pagos parciales del mismo. Item-Renglón se refiere a las cantidades totales previstas para cada plazo de entrega que se determine en el alcance del suministro. Art. 3 – Precios de los ítems El proveedor deberá tener en cuenta que los precios unitarios SON UNICOS POR ITEM, INDEPENDIENTEMENTE DEL LUGAR DE ENTREGA DE LOS MISMOS. Estos precios unitarios (únicos para cada ítem) deben incluir todos los gastos, no reconociendo la EPE reclamo alguno por mayores costos. Art. 4 – Inspección en Fábrica El primer párrafo del Art. 36 del Pliego de Bases y condiciones Generales, quedará redactado de la siguiente manera: “Cuando se contratare la compra de materiales o equipos de producción nacional, la E.P.E. se reserva la facultad de realizar ensayos en fábrica sobre los elementos adjudicados, previo al envío de los mismos a los lugares de entrega que hayan sido fijados. A tal efecto la Empresa podrá destacar un Inspector a su costo y cargo para la realización de dichos ensayos. En tal caso, el contratista deberá poner a disposición de dicho Inspector y a su cargo, el medio de transporte desde el lugar de alojamiento hasta donde se realicen los ensayos y su regreso, el personal, laboratorio y todos los elementos necesarios que permitan comprobar si la calidad y característica de los materiales y/o la ejecución de los trabajos contratados responden a las especificaciones requeridas por Pliego o garantizadas en la oferta”.-

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Area Abastecimiento – Unidad Gestion de Materiales Tel / Fax: .(0342) 4505842

A LAS EMPRESAS PROVEEDORAS DE LA E.P.E.S.F.: PROCEDIMIENTO BÁSICO DE EJECUCIÓN PARA INGRESO A INSTALACIONES DE LA EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE. (Unidad Medio Ambiente, Higiene y Seguridad) El presente tiene como principal objetivo reglamentar la documentación necesaria (a presentar previo al ingreso) y las normas mínimas o procedimientos mínimos de seguridad a cumplir por aquellos que deban ingresar a realizar tareas de carga o descarga de materiales. Se incluyen principalmente aquellas tareas que requieran carga o descarga de materiales y toda tarea que a criterio del jefe / encargado de almacén se considere riesgosa; tanto para el que las realiza; como para el entorno donde se lleven a cabo. Se incluyen principalmente: carga y descarga de postes de H°A° y madera, carga y descarga de transformadores, celdas compactas, etc.; y todo material que a criterio del jefe / encargado de almacén se considere riesgoso. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR (PREVIO AL INGRESO): Firmas en original de quien presenta la documentación, previa acreditación de identidad en cada uno de los ejemplares que entrega a la guardia. El cual otorgara el permiso o no luego de realizar el chequeo. La documentación mínima a presentar será la siguiente:  D.N.I. del personal al momento del ingreso.  Nomina del personal cubierto con ART o Seguro de Accidentes personales con su correspondiente ticket de pago y con clausula de no repetición en contra de esta empresa Provincial de la Energía de Santa Fe. Ninguna persona que no cuente con cobertura podrá ingresar a las instalaciones de la EPE. 

Monotributistas: Seguro de Accidentes personales a favor de la EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE por un monto de $250.000 y con clausula de no repetición en contra de esta empresa Provincial de la Energía de Santa Fe.

 Seguro de Vida Obligatorio por el periodo de prestación del servicio.  Procedimiento de trabajo seguro acorde a las tareas a realizar, firmado por profesional competente, visado o aprobado por la ART y por Medio Ambiente Higiene y Seguridad de la EPE, según corresponda “Rafaela, Rosario o Santa Fe”.  Constancia de capacitación de quien realizara las tareas.  Contancia de entrega de los Elementos de Protección Personal.  Plan de contingencia ante accidentes: Nros teléfonicos para emergencias, servicios de traslado, sanatorios.  Carnet de Conductor de quien maneja el camión y/o los equipos de izaje  Revisión y Habilitación de los equipos de izaje. Habilitación del operador de grua. EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL NECESARIO:  Para el ingreso al predio será obligatorio el uso de calzado de seguridad.  Para realizar tareas es obligatorio el uso de: •

Casco de protección.



Calzado de seguridad.



Guantes.



Protección visual.

 Eslingas: Revisión trimestral por escrito, realizada por un profesional especializado en Higiene y Seguridad.  Toda tarea que implique mover o trasladar una carga deberá contar con al menos dos personas, de manera tal que uno pueda hacer señales a quien opera el equipo elevador. Queda terminantemente prohibida la circulación y permanencia de personal contratista fuera del radio de la zona de trabajo delimitada

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ANEXO 1. Se comunica que la Administración Provincial de Impuestos (API), a través de la Resolución General n° 19/2011, de fecha 20/10/11, ha creado la “CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL”, que deberán presentar los contribuyentes y/o responsables que participen en Compras, Licitaciones, Contrataciones y/o cualquier otra gestión con el Estado Provincial. Por tal motivo, la misma se deberá adjuntar con los demás requisitos que debe contener el Sobre Presentación - Art. 10 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.Por consultas o aclaraciones el servicio se encuentra disponible en la página web www.santafe.gov.ar ingresando a impuestos - Impuesto sobre los Ingresos Brutos – Constancia de Cumplimiento Fiscal.

2. En cuanto a la Declaración Jurada de Ley 17250, la misma será cumplimentada mediante la presentación del formulario 522/A y su correspondiente acuse de recibo por parte de la AFIP.-

3. Exclusivo para Obras Públicas: Se establece el Decreto Provincial N° 195/2006, como requisito de admisibilidad para las firmas que pretendan presentarse como oferentes en Licitaciones Pública y Privadas, Concursos de Precios y contrataciones Directas de Obras Públicas, la inexistencia de antecedentes de rescisión de contratos de Obra Pública por culpa de la firma, por el lapso de dos años anteriores a la fecha de publicación del llamado.4. Certificado Registro Deudores Alimentarios: Certificado negativo expedido por el REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (R.D.A.M.) de la Jurisdicción que corresponda al oferente (en original o copia certificada por Tribunales o Escribano Público), tanto para “Personas Físicas”, o “Personas Jurídicas”. Para el caso de “Personas Jurídicas”, deberá presentarse certificado de los miembros que integren los órganos de administración; para “Unión Transitoria de Empresa” (U.T.E.), de los miembros de los órganos de administración de las personas jurídicas que la componen. (Ley 11.945, Art. 2 inc. a. 1 y 2, y Decreto 1005/2006)

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA FE UNIDAD COMPRAS – AREA ABASTECIMIENTO Primera Junta 2558 – 1º Piso – (3000) Santa Fe Tel/Fax: (0342) 4505849 – 4505848 – 4505854

PLANILLA DE REQUISITOS LEGALES • Nombre y Apellido o denominación del proponente : ................................................................. ....................................................................................................................................................... • Domicilio real ............................................................................................................................... • Localidad ...................................................................................................................................... • Domicilio legal en la ciudad de Santa Fe .................................................................................... • Garantía de la propuesta : (1% del Presupuesto Oficial)............................................................ ....................................................................................................................................................... • Forma : ......................................................................................................................................... • Institución que la otorgó .............................................................................................................. • Sellado Provincial de Ley Art. 10º ( Inc. 1.4) .............................................................................. • Inscripción Registro Unico de Proveedores de la E.P.E. Art. 10º ( Inc. 1.5.) Nº ........................ • Certificado de libre deuda por Impuesto a los Ingresos Brutos y Ley 5110 Art. 10º (Inc. 1.7), extendido por la Dirección General de Rentas de la Provincia de Santa Fe. • Se acompaña antecedentes como proveedores de los mismos bienes que constituyan el objeto de esta Licitación, de organismos oficiales, cooperativas y/o particulares Art. 10º (Inc. 1.9). • Conforme a lo que establece el Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación, esta firma declara que para cualquier cuestión Judicial que se suscite, se acepta la competencia y jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la ciudad de Santa Fe Art. 10º (Inc. 1.10), y además de que esta oferta se mantiene por el término establecido, a contar desde la fecha de apertura.

.................................................................................... Firma y Sello Aclaratorio

EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA DE SANTA FE Area Abastecimiento – Unidad Compras Tel / Fax: .(0342) 4505849 / 4505854

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