- Lograr un marco de convivencia familiar saludable y una relación positiva con el entorno

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PLIEGO DE CLAUSULAS ECONÓMICO–ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN POR CONCURSO EN PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA CUENCA DEL CIDACOS.

1.- OBJETO.-

1.1.- Constituye el objeto de este contrato la presentación del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Mancomunidad de Municipios de la Cuenca del Cidacos, siendo la finalidad de este servicio el interés público que subyace en el apoyo integral a las personas y/o familias, para garantizar su autonomía dentro de su propio hogar y/o entorno social, encaminada a conseguir como objetivos prioritarios: - Lograr un marco de convivencia familiar saludable y una relación positiva con el entorno. - Lograr la autonomía personal y familiar, así como las condiciones higiénicas saludables. - Prevenir internamientos innecesarios en las instituciones. 1.2.- Las prestaciones objeto de este contrato son: A) Tareas generales de atención en el hogar (domésticas): - Limpieza de la vivienda: Esta se adecuará a una actividad de limpieza cotidiana, salvo casos específicos de necesidad de limpieza general, previa al comienzo de la prestación del servicio y que se determinará por las Trabajadoras Sociales responsables del servicio de la Mancomunidad de Municipios de la Cuenca del Cidacos. - Apilación de ropas sucias y traslado, en su caso, para su posterior recogida por el servicio de lavandería, si la hubiera. - Colaborar en el lavado mecánico, siempre que el horario lo permita, planchado y repaso de ropa. - Realización de compras domésticas, por cuenta del usuario del servicio.

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- Cocinado de alimentos. -Colaboración en arreglos de utensilios domésticos o de uso personal, que se presenten de manera imprevista, cuando el usuario por su limitación no pueda resolver y no se precise la intervención de un especialista.

B) Tareas de atención personal: - Aseo personal, incluyendo: cambio de ropa, lavado de cabello y todo aquello que requiera la higiene habitual. - Atención especializada al mantenimiento de la higiene personal para encamados e incontinentes, a fin de evitar la formación de ulceras. - Ayuda de apoyo a la movilización, tanto dentro del domicilio como en el exterior. - Control y seguimiento de la ingestión de los medicamentos prescriptos. - Ayuda en levantamiento de la cama y acostar. - Acompañamiento y visitas terapéuticas. - Recogida y gestión de recetas y documentos relacionados con la vida diaria del usuario. 2.- TIPO DE LICITACIÓN.El precio que ha de servir de base a esta contratación asciende a 13,00 Euros / hora, IVA incluido. El precio del contrato será invariable debiendo incluir la cuota correspondiente al IVA. No obstante, el importe de facturación mensual y por conjunto, podrá resultar modificado por variaciones en más o menos, con respecto a la fecha de adjudicación, si el número de beneficiarios o destinatarios del servicio sufriera alteración.

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A las aplicaciones del servicio, les será aplicable el precio por hora fijado por la Mancomunidad, con el porcentaje de corrección a la baja que la oferta del adjudicatario hubiera presentado con respecto al tipo de licitación. 3.- PAGO AL CONTRATISTA.El importe del precio a satisfacer al adjudicatario se realizará por parte de la Mancomunidad por meses vencidos, previa presentación de la preceptiva factura, y previa la conformidad de la misma por la Trabajadora Social responsable de cada área del servicio, abonándose durante los diez primeros días de cada mes la cantidad equivalente a la duodécima parte de su importe anual en relación con lo facturado, en función del número de horas realizadas. Junto con la factura se unirá una copia del TC-2 del mes anterior.

4.- HORAS DEL SERVICIO.

La relación de horas será aproximadamente de 32.000 horas anuales. Esta relación de horas podrá aumentase o disminuirse en función de las solicitudes de ayuda a domicilio que se realicen una vez se inicie la prestación del servicio. ANEXO II Relación de horas a prestar a modo orientativo en cada municipio objeto del contrato. 5.- DURACIÓN DEL CONTRATO.

El servicio comenzará a prestarse el día 1 de junio de 2008, y tendrá una duración inicial de dos años, finalizando por tanto el 31 de mayo de 2010. Ahora bien este contrato podrá ser objeto de una prorroga por dos años más, por tanto hasta el 31 de mayo de 2012, sin ninguna de las partes y antes del 1 de febrero de 2010 lo denuncia por escrito. En ningún caso este contrato con su prorroga, si la hubiere, no podrá extenderse más allá del 31 de mayo del año 2012, considerándose resuelto este contrato en esta fecha de forma automática sin que para ello tenga que mediar comunicación alguna entre las partes. 6.- REVISIÓN DE PRECIOS.

Para la revisión de los precios se tomará como base el último precio y se incrementará o disminuirá en función de la variación que haya experimentado el I.P.C. (Índice de precios al Consumo) durante los doce meses anteriores. La revisión de precios será interanual.

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7.- FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN.

La Administración ostentará, en relación con el contrato, las potestades de dirigir el servicio, interpretar lo convenido, modificar la prestación según las conveniencias del servicio y suspender la ejecución por causa de utilidad pública, indemnizando en su caso, a la empresa los daños y perjuicios ocasionados en los términos establecidos en el Texto Refundido de la L.C.A.P. 8.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

8.1.- El servicio se prestará con arreglo a cuanto se determine en este Pliego. 8.2.- El servicio deberá prestarse en el horario que establezca la Mancomunidad a través de la Trabajadora Social responsable de cada área del servicio, con la adscripción a cada destinatario de una persona concreta cuyos nombres se facilitarán al Área de Servicios Sociales de la Mancomunidad, una vez iniciado la prestación del servicio, con el fin de poder controlar y responsabilizar del exacto cumplimiento de la prestación convenida al contratista. Caso de imposibilitar, por causa sobrevenida o fuerza mayor, relacionada con medios humanos y materiales del contratista, éste estará obligado a ponerlo en conocimiento de la Trabajadora Social de cada área responsable del servicio, así como a iniciar la continuidad del mismo en el plazo de tres días desde la desaparición de dichas causas. El adjudicatario deberá dar aviso a la Trabajadora Social responsable de cada área cualquier incidencia o alteración en el estado usuario o de cualquier circunstancia que varie, agrave o disminuya, las necesidades personales o de vivienda de los usuarios. 9.- ELEMENTOS PERSONALES. 9.1.- El contratista designará un coordinador, debidamente cualificado con la función de dirigir y controlar los servicios a prestar a cada destinatario, así como para disponer de información inmediata, caso de requerimiento de éste por el departamento de Servicios Sociales. El coordinador deberá disponer de un teléfono que permita atender las incidencias que pudieran surgir con los usuarios; las auxiliares de ayuda a domicilio o el departamento de Servicios Sociales. 9.2.- El contratista deberá disponer en todo momento de personal suficiente y capacitado para la prestación del servicio, extremo que acreditará por cualquier

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medio idóneo justificativo de conocimientos exigidos para el trabajo del Auxiliar de Hogar. 9.3.- Dado el carácter personalísimo de la prestación, el personal destinado a cada servicio concreto, deberá ser especialmente seleccionado, de modo que sea lo más adecuado posible a las especiales circunstancias de salud, edad, económicas y sociales, propias de cada destinatario. 9.4.- El personal destinado a cada domicilio concreto, tendrá el carácter de adscrito al mismo, y su sustitución no podrá efectuarse salvo casos de urgente y autentica necesidad. Para este supuesto, deberá justificarse con la mayor brevedad ante el departamento de Servicios Sociales las causas de urgencia y necesidad de la decisión adoptada, que podrá ser revocada. 9.5.- El contratista será responsable de las acciones y omisiones de su personal con ocasión del servicio. 9.6.- El personal que el adjudicatario adscriba al servicio en ningún caso podrá considerarse con relación laboral, contractual o de otra naturaleza respecto a la Mancomunidad, debiendo el adjudicatario tener informado de tal circunstancia al personal. 9.7.- Los contratos de trabajo del personal que se adscriba al servicio deberán estar a disposición de la Mancomunidad en el plazo de un mes siguiente a la fecha de inicio del servicio y durante toda la vigencia del mismo. En ningún caso podrá prestarse este servicio sin el oportuno contrato de trabajo 9.10.- Al finalizar este contrato, cualquiera que sea su causa, y se proceda o no a una nueva adjudicación de este servicio, la administración no se subrogará en ningún caso en las relaciones de empleo con los trabajadores del contratista saliente que vinieran prestando sus servicios como auxiliares de hogar, ya que la titularidad de dicha relación viene determinada por el principio de dependencia respecto de un determinado empresario, por lo que tales trabajadores seguirán adscritos a la empresa que les contrató. 10.- CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES.

El contratista tendrá la obligación de cumplir las normas vigentes en materia fiscal, laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la Mancomunidad exonerada de las responsabilidades que se deriven por este incumplimiento.

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11.- GASTOS Y TRIBUTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA.

El contratista queda obligado al pago de los gastos que ocasione la publicación del preceptivo anuncio en el Boletín Oficial de la Rioja por un importe máximo de 70 Euros. 12.- INFRACCIONES Y RÉGIMEN DE SANCIONES.

12.1.- La Mancomunidad podrá exigir responsabilidades al contratista por incumplimiento de sus obligaciones, con independencia de lo procedente respecto a la extinción del contrato. 12.2.- Las infracciones se tipificarán en leves, graves y muy graves, atendidas las circunstancias, intencionalidad y el perjuicio que se ocasione al servicio. Tendrán la consideración de faltas leves: a) La negligencia o descuido en el cumplimiento de sus obligaciones. b) El trato incorrecto de los empleados de la empresa con el usuario. c) La falta de puntualidad. Estas faltas serán sancionadas con una penalización de 30 a 180 Euros por cada falta cometida, atendidas las circunstancias concurrentes. Tendrán la consideración de faltas graves: a) El trato vejatorio al usuario, salvo que revistiera naturaleza de falta muy grave. b) Simulación o engaño en cumplimiento del servicio. c) La divulgación de situaciones o problemas familiares conocidos por razón del servicio. d) La modificación en la prestación del servicio sin la previa autorización de la Mancomunidad. e) La obstrucción de las labores de control e inspección del servicio que corresponden a la Mancomunidad.

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f) La comisión de tres faltas leves en el transcurro de un año. e) La falta de presentación al servicio de uno a tres días. Estas faltas serán sancionadas con una penalización de 180 a 900 euros por cada falta cometida. Tendrán la consideración de faltas muy graves: a) Demora en la prestación del servicio, superior a tres días. b) Abandono del servicio. c) Negativa a realizar servicios ordenados por escrito por la Trabajadora Social responsable del servicio de cada área. d) Cualquier conducta constitutiva de delito, especialmente, coacciones, hurto y robo de los usuarios. e) Las ofensas verbales o físicas de los usuarios. f) La comisión de dos faltas graves en el transcurro de un año. Estas faltas serán sancionadas con una penalización de 900 a 2.000 Euros por cada falta cometida y con el compromiso por parte del contratista de la retirada del servicio del causante. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión de faltas graves o muy graves, puede conllevar la rescisión del contrato con incautación de la fianza definitiva e indemnización de daños y perjuicios. La imposición de penalizaciones por faltas grave o muy graves se resolverá por acuerdo de la Comisión de Gobierno previa audiencia del contratista. 13.- PROPOSICIONES Y DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.

13.1.- Cada licitador sólo podrá presentar una proposición. 13.2.- La documentación para acudir a esta licitación se presentará en dos sobres A ,B y C , perfectamente cerrados, identificados en su exterior, con indicación del licitador o la persona que lo represente e indicación del nombre,

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apellidos y razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente. 13.3.- Las proposiciones para tomar parte en el Concurso, en procedimiento abierto, se presentará en el Registro de Entrada de documentos del Ayuntamiento de Autol, de 9,30 a 14 horas, durante el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de La Rioja. Cuando las proposiciones se presenten por correo, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al Ayuntamiento de Autol la remisión de la oferta mediante fax o telegrama el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes desde la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso. Cundo se presente la proposición directamente en el Registro de entrada de documentos del Ayuntamiento de Autol, la persona responsable del servicio entregará al presentador el oportuno documento que justifique la entrega de la proposición, día y hora. 13.4.- El sobre A, se identificará con la siguiente inscripción “Documentación acreditativa de la personalidad del contratista y garantía necesaria para tomar parte del procedimiento abierto, mediante concurso, de la contratación del Servicio de Ayuda a Domicilio de la Mancomunidad de Municipios de la Cuenca del Cidacos, y contendrá los siguientes documentos: a) Documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes en el Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de persona física o empresario individual, por fotocopia compulsada por quién ostente la representación pública administrativa, o Escritura de constitución de la Sociedad debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica. Los proponentes, que acudan a la licitación, deberán ser personas físicas o jurídicas que cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y con el servicio a prestar, según resulte de sus Estatutos o normas fundacionales si se trata de personas jurídicas, o se acredite debidamente disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida prestación del servicio objeto del contrato.

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b) Poder suficiente y bastanteado por el Secretario del Ayuntamiento de la Mancomunidad, o por letrado con ejercicio en el ámbito del Colegio Provincial, cuando se actúe en representación. c) En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal de empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración. d) Resguardo acreditativo de haber depositado la fianza provisional. e) Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el Artículo 20 de la T.R. L.C.P.A. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. f) Documentos que acrediten la solvencia económica, técnica o profesional del licitador, y que serán los siguientes: - Declaración relativa a la cifra de negocios global y de servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios. - Titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del responsable de la ejecución del contrato. - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos. - Declaración que indique el promedio anual de personal, con mención, en su caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal directivo durante los últimos tres años. g) Justificante de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Habiendo suscrito la Mancomunidad un Convenio de colaboración con el Gobierno de la Rioja para la utilización del Registro de licitadores de la Comunidad

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Autónoma, los licitadores que se hallen inscritos en el mismo y presenten certificado actualizado de dicha inscripción, estarán exentos de aportar los documentos que se señalan en los apartados a), b), e) ,f) y g) de la presente cláusula. 13.5.- El sobre B llevará la inscripción “ Proyecto de gestión del servicio de ayuda a domicilio” y contendrá los siguientes aspectos mínimos: - Estructura del personal con que cuenta el licitador al momento de la licitación para la ejecución del servicio de ayuda a domicilio de esta Mancomunidad, indicando cualificación y experiencia. - Indicación detallada del número de empleados necesarios para la prestación de este servicio, distribución de su jornada laboral, tipo de contrato del personal, precio/hora que se va a satisfacer a los auxiliares de hogar. - Descripción de los recursos de que dispone para la gestión del servicio. - Indicación precisa de la persona que ostentará la función de coordinador responsable y medios de que va a disponer para el control y correcto funcionamiento del servicio y su relación permanente con la Administración 13.6.- El sobre C se subtitulará “Proposición económica” y contendrá: La oferta económica con arreglo al siguiente

MODELO El abajo firmante, Don ............................................, mayor de edad, domiciliado en .........................., y con D.N.I. núm ...................., expedido en ................ con fecha ......................... en nombre propio ( o en representación de...........según poder bastante de......... ), teniendo conocimiento de la convocatoria de la contratación del servicio de Ayuda a Domicilio de la Mancomunidad de Municipios de la Cuenca del Cidacos, anunciada en el Boletín Oficial de La Rioja número ......., de fecha ................., toma parte y DECLARA 1º.- Que cumple todas y cada una de las condiciones exigidas en el Pliego de cláusulas para la adjudicación del contrato.

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2º.- Que acepta plenamente todas las cláusulas de los pliegos y todas las demás obligaciones que se deriven, si resulta adjudicatario del contrato. 3º.- Que se compromete a realizar el servicio objeto del contrato en el precio de ........... euros / hora ( letra y cifras ), IVA incluido. Lugar, fecha y firma del licitador, 14.- CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN.

La Mesa de contratación estará integrada o constituida del modo siguiente: Presidente, que lo será el de la Mancomunidad o miembro en quién delegue. Vocales: -Dos representantes de los municipios de la Mancomunidad. -Las dos Trabajadoras Sociales responsables del servicio. -El Secretario de la Mancomunidad. - Una funcionaria del Ayuntamiento de Autol que actuará también como Secretario de la Mesa, y dará fe del acto. 15.-

APERTURA DE LAS PROPOSICIONES.-

15.1.- La Mesa de contratación al sexto día siguiente hábil a aquel en que termine el plazo de presentación de proposiciones, a las diecisiete horas, se reunirá, en sesión no pública, para proceder a la apertura de los Sobres A. Si este día coincidiera con sábado, la apertura de estos sobres se prorrogará al primer día hábil siguiente. Si la Mesa de contratación observara defectos materiales en la documentación presentada en el sobre A, concederá, un plazo no superior a tres días para que el licitador lo subsane. Si la documentación tuviere defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición, indicando en su caso los motivos de su rechazo. Si efectuada la apertura de los sobres A, y a la vista de lo anterior, no hiciera falta, subsanar ningún defecto material, la mesa de contratación seguidamente y en el mismo acto, procederá a la apertura de los sobres B de los licitadores admitidos, examinando para ello si cumple con el contenido mínimo exigido en el Proyecto de Gestión , para proceder a su admisión o, en su caso, rechazo.

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15.2.- A la vista del resultado de la apertura de los sobres B, la mesa de contratación, y previo informe de la Trabajadora Social responsable del servicio, informe que versará sobre el contenido del Proyecto de Gestión, la Mesa de contratación volverá a reunirse en un nuevo acto, público, en el día y hora que determine previamente, para proceder a la apertura de los sobres C. En este acto, el Presidente de la Mesa, a la vista de las proposiciones admitidas, declarará las admitidas, las rechazadas y la causa de su rechazo. En este mismo acto, se procederá entonces a la valoración de las proposiciones finalmente admitidas, valoración que se efectuará conforme a los criterios de adjudicación que se establecen en la cláusula siguiente, formulando la Mesa la oportuna propuesta de adjudicación definitiva al órgano de contratación. 15.3.- No obstante todo lo anterior, si la Administración considerara que ninguna proposición resultara conveniente podrá declarar desierto el concurso. 16.- CRITERIOS BASE PARA LA ADJUDICACIÓN.

Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudicación de este servicio serán por orden decreciente en importancia los siguientes: -Valoración del Proyecto de Gestión del Servicio y mejoras hasta un 70 %. -Valoración del precio, hasta un 30%, asignándose al precio menor de los ofertados el 30%, ordenándose el resto de las ofertas en orden descendente respecto al precio más bajo, en fracciones del 3%. Si la Mancomunidad considera que ninguna conveniente, podrá declarar desierto el concurso.

proposición

resultara

17.- DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA.-

Antes de proceder a la adjudicación definitiva y dentro del plazo concedido al efecto por la Presidencia, el adjudicatario deberá presentar originales y copias debidamente compulsadas por esta Administración, los documentos que acrediten estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

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18.- ADJUDICACIÓN DEFINITIVA.

18.1.- El contrato se perfeccionará por la adjudicación del mismo, en virtud del cual la Mancomunidad municipal y el contratista quedarán obligados a su cumplimiento. 18.2.- Previamente a la formalización del contrato, el adjudicatario en el plazo de quince días a contar de la notificación del acuerdo de adjudicación definitiva deberá entregar a las Trabajadoras Sociales de la Mancomunidad los documentos que acrediten haber afiliado, o en su caso, haber dado de alta a os trabajadores que tenga a su servicio.

18.3.- Será preceptiva la formalización del contrato, mediante el oportuno contrato administrativo en el plazo máximo de un mes a partir de la recepción por el adjudicatario del acuerdo de adjudicación, pero la falta de este requisito no afectará a la validez del mismo. 19.- CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

El contrato será inalterable a partir de su perfeccionamiento y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las condiciones del presente pliego, detentando la Mancomunidad la prerrogativa de modificación por conveniencias del servicio y pudiendo ser suspendido por causa de interés público o fuerza mayor, indemnizando en este caso al contratista. La Mancomunidad no podrá recibir cuantitativamente distintas de las estipuladas.

prestaciones

cualitativas

o

El contrato se entiende formalizado a riesgo y ventura del contratista. 20.- GARANTIA DE LA CONTRATACIÓN.

Para acudir a este procedimiento será requisito que el contratista constituya una garantía provisional de 9.600,00 euros, que podrá constituirse por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 36 de la T.R.L.C.A.P. Esta garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva por el órgano competente. Efectuada la adjudicación definitiva, el adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva equivalente al 4% del presupuesto del servicio (constituido por el producto resultante entre el precio unitario de su oferta y el número de 32.000

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horas anuales de servicio contratadas), que deberá presentarla en el plazo de quince días hábiles contados desde que se le notifique la adjudicación del contrato. Para este tipo de contrato, la garantía definitiva podrá llevarse a efecto en forma de retención del precio. 21.- SUBCONTRATACIÓN. El adjudicatario deberá realizar por sus propios, personales y materiales, todos los servicios incluidos en el presente pliego y las futuras ampliaciones de servicios con carácter ordinario, quedando, por tanto, prohibido que contrate con terceros la realización total o parcial de estos servicios. 22.- PRERROGATIVAS. Corresponde al órgano de contratación las prerrogativas de interpretar el contrato, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar sus efectos.

23.- NATURALEZA ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.

El contrato que regula las presentes cláusulas tiene naturaleza administrativa y como tal las cuestiones que se planteen se dilucidarán en esta vía y una vez agotada, se procederá ante la jurisdicción contencioso – administrativa, en su caso.

24.- LEGISLACIÓN APLICABLE. En lo no dispuesto en las presentes cláusulas se estará a lo dispuesto en el Texto Refundido de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas de 16 de junio de 2000; Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se prueba el Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas y el Convenio Colectivo para la actividad de servicios de ayuda a domicilio de la Comunidad Autónoma de la Rioja 2007, así como todas aquellas normas que le sean de legal aplicación. 25.- DISPOSICIÓN FINAL. 25.1.- La prestación de los servicios objeto de este contrato, no está libre de cargas de personal vinculado al mismo, en tanto que la Mancomunidad tiene personal adscrito a estos servicios (Anexo I). En consecuencia la Mancomunidad impone la sucesión de las relaciones laborales de los trabajadores que vienen realizando el servicio al nuevo contratista que resulte adjudicatario del servicio, si

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bien al adjudicatario le es de aplicación el Convenio Colectivo para la actividad de servicios de ayuda a domicilio de la Comunidad Autónoma de la Rioja, que ser encuentre en vigor. 25.2.- Para la realización del servicio objeto de este contrato, el adjudicatario no precisa realizar ninguna obra e instalación. No obstante los elementos personales o materiales que destine al servicio, lo serán únicamente durante el plazo de vigencia del contrato, no pudiéndose apreciar al término del mismo, indicios que den lugar a establecer una sucesión de empresas entre la primera y la entidad que le suceda en la realización del servicio contratado. En cualquier caso y como información adicional, por si fuera de interés, se acompaña al presente pliego la relación del personal que el actual adjudicatario tiene adscrito al servicio de ayuda a domicilio. DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente pliego ha sido aprobado por el Consejo de la Mancomunidad celebrado el día 25 de marzo de 2008. Arnedo, a 26 de marzo de 2008. El Secretario,

Fdo.: José Eugenio Calvo Blanco.

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ANEXO I

NOMBRE Y APELLIDOS

SALARIO 2007

PUESTO

JORNADA

ANTIGÜEDAD

Mª DORA PARDO IRISARRI

AUX. SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

16/07/1996

10.365,54 €

ASCENSION GONZALEZ GARCIA

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

PARCIAL (50%) **

01/01/2001

2.246,31 €

DARIA SAIZ ECHEVARRIA

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

01/01/2001

11.180,28 €

Mª INMACULADA PEREZ LOSANTOS

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

01/01/2001

10.448,64 €

Mª CONCEPCION CASTRO ARMENDIA*

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

07/05/2001

9.005,82 €

ESPERANZA RUIZ ECHEVARRIA

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

01/09/2001

11.180,28 €

FRANCISCA PASCUAL BENJUMEA

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

01/01/2004

9.425,44 €

MARIA LUISA PEREZ RUIZ

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

PARCIAL (55,00%)

13/09/2004

5.746,80 €

BEGOÑA SOLDEVILLA MURO

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

01/01/2005

9.487,51 €

ELISABET MARTI NAVARRO

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

COMPLETA

01/01/2006

10.339,80 €

ROSA MARIA VAQUERO GONZALEZ

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

PARCIAL (77,50%)

25/05/2006

7.086,38 €

EVA Mª PASCUAL GAZTAÑAGA

AUX.SERV.AYUDA DOMICILIO

PARCIAL (75,00%)

16/06/2006

3.730,23 €

* BAJA LABORAL, PROPUESTA DE INVALIDEZ ** JORNADA COMPLETA, REDUCIDA POR CUIDADO DE HIJOS

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DE LA CUENCA DEL CIDACOS (LA RIOJA) Plaza Ntra. Sra. De Vico, 14 26580 Arnedo Tfno. Y Fax 941 380990 [email protected]

ANEXO II HORAS A PRESTAR EL SERVICIO DE MODO ORIENTATIVO EN LOS MUNICIPIOS OBJETO DE ESTE CONTRATO

-

AUTOL

-------------------------------------------- 11.088 H/AÑO.

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PRADEJON

-------------------------------------------- 5.880 H/AÑO.

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EL VILLAR DE ARNEDO ----------------------------------- 2.976 H/AÑO.

-

TUDELILLA

-------------------------------------------- 1.296 H/AÑO.

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QUEL

-------------------------------------------- 7.152 H/AÑO.

-

HERCE

--------------------------------------------

-

SANTA EULALIA BAJERA

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ARNEDILLO-STA.EULALIA SOMERA ----------------- 1.392 H/AÑO.

-

PREJANO

--------------------------------------------

576 H/AÑO.

-

ENCISO

--------------------------------------------

384 H/AÑO.

--------------------------

576 H/AÑO. 576 H/AÑO.

-------------------31.896 H/AÑO.

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