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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE APOYO AL USO DEPORTIVO DE MONITORES DIVIDIDO EN 2 LOTES. LOTE 1 KARATE, LOTE 2 GIMNASIA DE MANTENIMIENTO, PARA LOS POLIDEPORTIVOS DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE FUENLABRADA, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO.
TURNOS Y HORARIOS: La empresa adjudicataria se compromete a cubrir los puestos de Monitores que se detallan más adelante, para los cursos 2014/15 y 2015/16, periodo de duración del presente concurso, pudiéndose ampliar o reducir en función de las necesidades del servicio, demanda de alumnos, razones de interés público o de fuerza mayor y condicionado a las limitaciones presupuestarias. Dichas modificaciones no podrán superar en su conjunto el 30% del presupuesto del contrato. A continuación se detallan los días y horarios estimados por instalación, siendo la capacidad de los grupos determinada por el Patronato Municipal de Deportes (en adelante PMD), previa consulta:
LOTE 1-MONITORES DE KARATE Centro Deportivo “CALLE CRETA”: De Martes a Viernes de 17:30 a 19:45 horas (1 monitor). Polideportivo “LORANCA: Martes y Jueves de 17:30 a 19:45 horas (2 monitores). Con previsión de clases de martes a viernes entre el 15 de septiembre y el 30 de Junio, siendo interrumpidas en Semana Santa y Navidad, adecuándose de un curso a otro en función del calendario lectivo. Se estima un total de 2.265 horas, correspondiendo: 1.132 horas para el curso 2014/15. 1.133 horas para el curso 2015/16. En este cómputo, se contempla el tiempo lectivo y de programación. Así como la elaboración de informes y documentos que le sean requeridos. CONDICIONES DE LOS MONITORES DE KARATE: a) Tienen que ser de Estilo Shito-Ryu. b) Los Monitores deberán poseer al menos Cinturón negro 1º DAN y el título de Monitor de Karate, expedido por la Federación.
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c) Deberán tener en vigor la Licencia Federativa anual de karate, expedida por la Federación correspondiente. d) Ser mayores de 18 años. e) No padecer enfermedad infecto contagiosa, ni defecto Psíquico o Físico que le impida la correcta realización de sus funciones. f) Todos el personal de Karate que la empresa ponga a disposición en la prestación de servicios al P.M.D., deberán estar dados de alta correctamente en la Seguridad Social y cumplir con la legislación laboral vigente exigible. g) Deberán estar siempre correctamente uniformados. El uniforme suministrado por la empresa, deberá contar con el visto bueno previo del P.M.D.
LOTE 2-MONITORES DE GIMNASIA DE MANTENIMIENTO PABELLÓN “EL ARROYO” Martes y Jueves de 10:15 a 11:45 h. Se estiman: 150 horas para el curso 2014/15. 152 horas para el curso 2015/16. POLIDEPORTIVO “LA CUEVA” Martes y Jueves de 9:30 a 11:45 h. Martes y Jueves de 17:30 a 19:45 h. Cursillos de Verano (julio) de 9:30 a 11:45 h. y de 18:45 a 20:15 h. Se estiman: 450 horas para el curso 2014/15. 450 horas para el curso 2015/16. POLIDEPORTIVO “LORANCA” Martes y Jueves de 10:00 a 12:15 h. Miércoles y Viernes de 17:30 a 19:45 h. Se estiman: 453 horas para el curso 2014/15. 456 horas para el curso 2015/16. POLIDEPORTIVO “EL TRIGAL” Martes y Jueves de 9:30 a 11:45 h. Martes y Jueves de 16:00 a 16:45 h. Miércoles y Viernes de 9:30 a 11:00 h. Se estiman: 427 horas para el curso 2014/15. 429 horas para el curso 2015/16. POLIDEPORTIVO “LA SOLIDARIDAD” Martes y Jueves de 9:30 a 12:30 h.
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Martes y Jueves de 17:30 a 19:45 h. Miércoles y Viernes de 9:30 a 11:00 h. Miércoles y Viernes de 17:30 a 20:30 h. Se estiman: 888 horas para el curso 2014/15. 889 horas para el curso 2015/16. Con previsión de clases de martes a viernes entre el 15 de septiembre y el 30 de Junio, siendo interrumpidas en Semana Santa y Navidad, adecuándose de un curso a otro en función del calendario lectivo. Se estima un total de 4.744 horas, correspondiendo: 2.368 horas para el curso 2014/15. 2.376 horas para el curso 2015/16. En este cómputo, se contempla el tiempo lectivo y de programación. Así como la elaboración de informes y documentos que le sean requeridos. CONDICIONES DE LOS MONITORES DE GIMNASIA DE MANTEMIENTO: a) Deberán poseer al menos, el título de Monitor de TAFAD o título expedido por un estamento oficialmente reconocido. b) Ser mayores de 18 años. c) No padecer enfermedad infecto contagiosa, ni defecto Psíquico o Físico que le impida la correcta realización de sus funciones. d) Todos los Monitores de Gimnasia de Mantenimiento que la empresa ponga a disposición en la prestación de servicios al P.M.D., deberán estar dados de alta correctamente en la Seguridad Social y cumplir con la legislación laboral vigente exigible. e) Deberán estar siempre correctamente uniformados. El uniforme suministrado por la empresa, deberá contar con el visto bueno previo del P.M.D.
PARA LOS 2 LOTES 1.- FUNCIONES DE LOS MONITORES: a) Sus funciones y cometidos serán determinados directamente por el Coordinador o responsable de la actividad, asignado por el P.M.D. b) Realizarán funciones propias de su titulación y de la labor docente que desempeñan, siendo responsables de los grupos de alumnos y materiales que se le asignen. c) Deberán desarrollar para sus clases programas diarios con contenidos mínimos que presentarán cuando les sean requeridos.
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d) Entregarán informes de sus alumnos o grupos cuando les sean solicitados. e) El personal deportivo tendrá un trato de igualdad, no discriminación, respeto y buena disposición para con los alumnos/usuarios, así como con el personal de la instalación. f) Informarán de desperfectos, avería, falta de material o incidencias que puedan perjudicar el buen desarrollo del servicio. g) Realizarán tareas de apoyo técnico y/o desarrollo de actividades organizadas por el P.M.D. 2.- CONDICIONES PARA LA EMPRESA: a) Para el Lote 2, Monitores de Gimnasia de Mantenimiento, existe personal susceptible de subrogación para la prestación de este servicio, el cual se hace constar en ANEXO I. b) La empresa se compromete a aportar el personal necesario en número, formación y cualificación para garantizar un buen servicio. c) La empresa adjudicataria deberá cumplir la legislación vigente en materia laboral. d) La empresa adjudicataria, deberá entregar en el P.M.D. el organigrama de la empresa con identificación de los responsables, así como la documentación acreditativa del personal técnico (título y currículum) para la realización del servicio. e) El P.M.D., entregará la previsión de horario, debiendo la empresa adjudicataria, informar del personal técnico que cubrirá dicho servicio. Así mismo el P.M.D. verificará si el personal asignado reúne la cualificación y capacitación suficientes para el desarrollo de sus funciones, pudiendo solicitar en caso contrario, la sustitución del mismo. f) La empresa no podrá realizar cambios en el personal que esté prestando el servicio, sin consultar previamente con el responsable del P.M.D. g) En caso de ausencia del personal (monitores o responsables del servicio), por enfermedad, vacaciones, permisos reglamentarios o cualquier otro motivo que forzosamente exija ser sustituidos en la prestación del servicio, el adjudicatario se compromete a la sustitución automática e inmediata del personal por otro del que disponga, de la misma cualificación y con las mismas características y funciones previamente definidas en este pliego, garantizando la continuidad del servicio. h) El adjudicatario dispondrá de un sistema de comunicaciones que permita la localización de los responsables del servicio, todos los días de la semana. Dicho responsable coordinará la gestión de su personal, recogida de informes, cambios de horarios, días y grupos, etc.… y entregará la documentación que le sea requerida por el coordinador o responsable del P.M.D.
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i) La empresa adjudicataria se compromete a tener reuniones periódicas con los responsables del PMD, debiendo estar siempre localizables ante cualquier contingencia que pudiera surgir como resolver las incidencias, realizar coberturas urgentes, tanto de su personal como del P.M.D., así como tareas de apoyo bajo la supervisión de un responsable del P.M.D., para garantizar el buen funcionamiento de la Escuela. j) Al tratarse de un servicio lectivo, la empresa adjudicataria se compromete a cubrir inmediatamente las posibles suplencias del personal del P.M.D., cuando le sea requerido. k) El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto podrá considerarse con relación laboral, contractual o de otra naturaleza con el P.M.D., debiendo el adjudicatario tener debidamente informado a su personal de tal circunstancia (haciéndolo constar expresamente en sus contratos). l) La empresa deberá tener un Seguro de Accidentes que cubra cualquier contingencia de sus trabajadores. m) La empresa deberá presentar al P.M.D. una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil propio de aplicación específica a los servicios prestados, cuya cobertura cubra cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante la utilización de las instalaciones del P.M.D. para todos y cada uno de sus monitores, especificando el alcance económico. n) El adjudicatario no podrá exhibir ningún tipo de publicidad. o) La empresa adjudicataria deberá dotar a su personal de todos los elementos de protección y otros requisitos que establezca la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, debiendo cumplir con la normativa de Prevención de Riesgos Laborales aplicándose R.D. 12/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el art. 24 de la L.P.R.L. Así mismo la empresa adjudicataria pondrá a disposición del P.M.D. los correspondientes planes de seguridad y salud que cumplan adecuadamente las previsiones y normas en materia de Prevención de Riesgos Laborales y Salud Laboral. p) En caso de que el adjudicatario con ocasión de los servicios prestados tenga acceso a datos de carácter personal titularidad del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, el adjudicatario, en su condición de encargado del tratamiento, se compromete a cumplir con cuantos requisitos legales establece la L.O. 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de datos de carácter personal, así como cuanta normativa de desarrollo de la misma resulte de aplicación, y en particular, a lo siguiente: 1. Tratar los datos conforme a las instrucciones que reciba expresamente del P.M.D. 2. Se compromete a no revelar, transferir, ceder o de otra forma comunicar los ficheros o datos en ellos contenidos, ya sea verbalmente
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o por escrito, por medios electrónicos, papel o mediante acceso informático, ni siquiera para su conservación, a ningún tercero. 3. Atendiendo a la tipología de los datos personales facilitados, adoptará medidas de seguridad pertinentes atendiendo al Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal (en los sucesivo RMS). 4. Una vez finalizada la prestación contractual que motiva el acceso a los datos de carácter personal por parte de la empresa adjudicataria, ésta deberá destruirlos o devolverlos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. q) Las faltas en el cumplimiento del contrato, así como las de las funciones de los monitores, que se establecen en el presente pliego, serán motivo de apertura de expediente a la empresa adjudicataria. Si transcurrido un plazo de tiempo adecuado no se subsanan los defectos o incumplimientos cometidos por el adjudicatario, podrán ser sancionados, llegando incluso a la rescisión del contrato. Considerando que se trata de un servicio docente en un ente público la empresa puede ser sancionada de acuerdo a la siguiente graduación: 1. Se penalizará con falta leve (cuando no signifique un perjuicio importante para el desarrollo del servicio) o en caso de que su personal deportivo, incumpla entre otras obligaciones, las siguientes: 1. Informar el monitor de sus retrasos o ausencias a clase. 2. Atender la entrada y salida de sus alumnos. 3. Prever el material necesario para iniciar las clases. 4. Mantener un comportamiento adecuado y correcto, así como un trato de igualdad no discriminatorio para con sus alumnos. 5. Desatender a los alumnos o ausentarse de la clase. 6. Entregar informes requeridos.
y/o
documentación
cuando
le
sean
7. Recoger el material deportivo. 8. Desobedecer órdenes de los superiores y/o responsables de la instalación o escuela. 9. Comunicar inmediatamente incidencias con alumnos o que afecten o perjudiquen el normal desarrollo del servicio o de la clase, incluso por escrito,.
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2. Faltas graves: Se penalizará de acuerdo con el artículo 212 del texto refundido de la TRLCSP (RD 3/2011), que establece hasta el 10% del presupuesto del contrato y se consideran faltas graves, la acumulación de 3 faltas leves enunciadas en el párrafo anterior u otras que causen perjuicio significativo o grave en el desarrollo del servicio. 3. Faltas muy graves: pueden ser penalizados hasta con la resolución del contrato de acuerdo con los artículo 223 y 308 del texto refundido de la TRLCSP (RD 3/2011) con los efectos previstos en los artículos 224 y 309 del texto refundido de la TRLCSP (RD 3/2011) y 109 a 113 del R.G.L.C.A.P. Se considerarán como faltas muy graves las que entorpezcan o impidan el desarrollo del servicio o causen perjuicio muy grave en el mismo. Fuenlabrada a 27 de enero de 2014
Fdo.: Daniel H. Conde Balbin Subdirector Técnico de Escuelas
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ANEXO I
Personal susceptible de ser subrogado para:
LOTE 2: MONITORES DE GIMNASIA DE MANTENIMIENTO El siguiente personal se rige por el Convenio Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios con Categoría Laboral (203) Grupo Profesional 3º. El salario mes según las horas realizadas en el mes. 12 pagas. Tipo de Contrato: 501.
PUESTO DE TRABAJO
FECHA DE ALTA
ANTIGÜEDAD
PORCENTAJE DE JORNADA (SEMANAL)
MONITOR 1
24/09/2013
15/01/2013
TP 15 %
6 Horas
2.965,37 €
MONITOR 2
17/09/2013
08/01/2013
TP 22,5 %
9 Horas
4.448,05 €
MONITOR 3
17/09/2013
08/01/2013
TP 30 %
12 Horas
5.930,73 €
MONITOR 4
17/09/2013
27/03/2008
TP 7,5 %
3 Horas
1.482,69 €
MONITOR 5
17/09/2013
10/04/2012
TP 11,25 %
4,5 Horas
2.275,98 €
MONITOR 6
24/09/2013
16/09/2009
TP 37,5 %
15 Horas
7.413,42 €
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HORAS SEMANA
SALARIO BRUTO ANUAL
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