MANUAL DE CONVIVENCIA

C O L E G I O “P A L E R M O D E S A N J O S É” HERMANAS FRANCISCANAS MISIONERAS DE MARIA AUXILIADORA MANUAL DE CONVIVENCIA REGLAMENTO ESCOLAR “DESD

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MANUAL DE CONVIVENCIA- ACUERDO DE CONVIVENCIA Referente Normativo Los aspectos constitucionales y legales de los Manuales se encuentran directa- mente

Manual de Convivencia
Manual de Convivencia 2015-2016 Adoptado por Consejo Directivo el 4 de junio de 2015. Este documento contiene los acuerdos de convivencia para la comu

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C O L E G I O “P A L E R M O D E S A N J O S É” HERMANAS FRANCISCANAS MISIONERAS DE MARIA AUXILIADORA

MANUAL DE CONVIVENCIA REGLAMENTO ESCOLAR

“DESDE PALERMO LLENEMOS EL MUNDO DE MAS CALOR HUMANO, BONDAD Y TERNURA”

Carrera 42 No. 8 - 00 PBX: 444 81 27 Página web: www.palermosj.edu.co

EL POBLADO - MEDELLÍN

2015

TABLA DE CONTENIDO Capítulo I: Reseña Histórica Artículo 1°. Reseña histórica del Colegio Palermo de San José….…………………….……….

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Capítulo II: De la naturaleza, carácter, fines y postulados del Manual de Convivencia Artículo 2°. Justificación….………………………………………………………………….………….. Artículo 3°. Naturaleza…..………………………………………………………………..….…………. Artículo 4°. Carácter………………………………………………………………………….…………. Artículo 5°. Fines…………………………………………………………………………….………….. Artículo 6°. Postulados…..……………………………………………..………………….……………

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Capítulo III: Objetivos, extensión y principios orientadores en la aplicación del Manual de Convivencia Artículo 7°. Objetivos …………………………………………………………………..…………….. Artículo 8°. Extensión………..…………………………………………………………..……………. Artículo 9°. Principios orientadores en la aplicación del Manual de Convivencia..……..……….

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Capítulo IV: Del Marco Conceptual Artículo 10°. Glosario de términos – definiciones…….………………………………….…………...

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Capítulo V: Soporte Jurídico Artículo 11°. Leyes y Decretos………………………………………………….………………………

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Capítulo VI: Marco Teleológico Institucional Artículo 12°. Visión….……………………………………………………………..……………………. Artículo 13°. Misión..…………………………………………………………………………………... Artículo 14°. Filosofía……………………….…………………………………………………………... Artículo 15°. Creencias..………………………………………………………………………………... Artículo 16°. Valores fundamentales……………………………..…………………………………... Artículo 17°. Lema….…………………………………………………….……………………………... Artículo 18°. Política de calidad..………………………………………………………………………. Artículo 19°. La bandera….…………………………………………………………………………….. Artículo 20°. El escudo….………………………………………………………………………………. Artículo 21°. El himno………………………………………………………………….……………….. Artículo 22°. Uniformes y su uso ………………………………………………………..………….… Artículo 23°. Anotaciones generales al porte del uniforme ………………………………………...

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Capítulo VII: Principios y fundamentos que orientan la acción de la comunidad educativa en la Institución Artículo 24°. Proyecto Educativo Institucional.……………………………………………………….. Artículo 25°. Propuesta Pedagógica ………………………………………………………………….

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Capítulo VIII: Proceso de Selección, Admisión y Matrícula Artículo 26°. Definición..………………………………………………………………………………... Artículo 27°. Pasos a seguir………………………………………………………………...………….. Artículo 28°. Requisitos para presentar la entrevista………… ……………………………………. Artículo 29°. Condiciones generales…………………………………………………………………...

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Criterios y procedimientos para aceptar estudiantes procedentes de otras instituciones Artículo 30º. Condiciones para iniciar el año escolar en la institución …………………………… Artículo 31º. Cuando se da el caso de estudiantes que solicitan cupo en el transcurso del año escolar, serán aceptados bajo las siguientes condiciones………………………………………… Artículo 32°. Cuando se solicite cupo para reiniciar el año escolar se acepta bajo las siguientes condiciones………………………………………………………………………………….. Página 1 de 116

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Matrículas Artículo 33°. Fundamentación legal…………………………………………………………………… Artículo 34º. Renovación y requisitos de matrícula (para estudiantes antiguos)…………………. Artículo 35º. Pasos para la matrícula de estudiantes que ingresan por primera vez a la institución……………………………………… Artículo 36º. Requisitos para la matrícula de estudiantes que ingresan por primera vez a la institución…………………………………… Artículo 37°. Estudiantes asistentes ………………………………………………………………… Artículo 38°. Estudiantes en Pasantía ……………………………………………………………… Artículo 39º. Causales de terminación del contrato de matrícula – Pérdida de cupo en el establecimiento…………………………………………………………………………………………... Artículo 40º. La asistencia escolar…………………………………………………………………….. Artículo 41º. Inasistencias………………………………………………………………………………. Artículo 42º. Retardos…………………………………………………………………………………… Capítulo IX: Costos Educativos Artículo 43º. Matrícula………………………………………………………………………………….. Artículo 44º. Pensión mensual…………………………………………………………………………. Artículo 45º. Otros cobros………………………………………………………………………………. Artículo 46º. Pago de actividades extracurriculares………………………………………………… Artículo 47°. Derecho a devoluciones…………………………………………………………………. Artículo 48°. Tratamiento en situación de mora……………………………………………………… Artículo 49°. Recuperación de cartera………………………………………………………………… Capítulo X: La comunidad educativa Artículo 50º. Contexto Socio-familiar………………………………………………………………… Artículo 51º. Quiénes conforman la comunidad educativa….……………………………………... Artículo 52º. Los estudiantes………………………………………………….………………………. Artículo 53º. Perfil del estudiante Palermista……………………………………….…………….. Artículo 54º. Derechos de los estudiantes (Constitución Nacional Artículo 44º)…………………. Artículo 55º. Derechos de los estudiantes según el Sistema Integral de Evaluación – Decreto 1290 Artículo 56º. Deberes de las estudiantes y los estudiantes según el sistema integral de evaluación – decreto 1290 …………………………………………………………………………….. Artículo 57º.Prohibiciones para las estudiantes y los estudiantes del Colegio Palermo de san José Artículo 58º. Estímulos………………………………………………………………………………….. Artículo 59º. Procedimiento diario para el inicio de las clases con los estudiantes …………….. Artículo 60º. Procedimiento para que una estudiante o un estudiante haga sus reclamos o sugerencias para un mejoramiento personal o grupal………………………………………………. Artículo 61º. Conducto regular ……………………………………………………………………….. Artículo 62º. Procedimiento para recibir el “Perfil Palermista” ……………………………………. Artículo 63º. Procedimiento para participar en el programa de inmersión ……………………….. Artículo 64º. Responsabilidades de los usuarios en las aulas digitales ………………………….. Artículo 65º. Los padres de familia del Colegio Palermo de San José……………………………. Artículo 66º. Perfil del padre de familia ……………………………………………………………… Artículo 67º. Derechos de los padres de familia o acudientes …………………………………….. Artículo 68º. Derechos de los padres de familia según el Sistema Integral de Evaluación – Decreto 1290 Artículo 14º………………………………………………………………………………. Artículo 69º. Deberes y obligaciones de los padres de familia del Colegio Palermo de San José.. Artículo 70º. Deberes de los padres de familia según el Sistema Integral de Evaluación – Decreto 1290 Artículo 15º………………………………………………………………………………. Artículo 71º. Prohibiciones de los padres de familia….…………………………………………….. Artículo 72º. Procedimiento para la atención a los padres de familia ……………………………. Artículo 73º. Perfil profesional del egresado Palermista ……………………………………………. Capítulo XI: Gobierno Escolar Artículo 74º. Conformación del Gobierno Escolar …………………………………………………. Artículo 75º. Principios que rigen la conformación del gobierno escolar ………………………… Página 2 de 116

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Artículo 76º. Perfil de los miembros …………………………………………………………………... Artículo 77º. Órganos del gobierno escolar …………………………………………………………. Artículo 78º. Consejo Superior o Junta Administradora – Integrantes …………………………… Artículo 79º. Funciones del Consejo Superior o Junta Administradora ………………………….. Artículo 80º. Perfil de la Rectora ……………………………………………………………………... Artículo 81º. Funciones de la Rectora ………………………………………………………………. Artículo 82º. El Consejo Directivo..……………………………………………………………………. Artículo 83º. Conformación del Consejo Directivo..…………………………………………………. Artículo 84º. Características de los integrantes del Consejo Directivo..…………………………... Artículo 85º. Funciones del Consejo Directivo ……………………………………………………… Artículo 86º. Identidad del Consejo Académico..…………………………………………………….. Artículo 87º. Conformación del Consejo Académico..………………………………………………. Artículo 88º. Representantes al Consejo Académico y sus características..…………………….. Artículo 89º. Funciones del Consejo Académico …………………………………………………… Capítulo XII: Otras instancias del Gobierno Escolar Artículo 90º. Conformación de la Comisión de Evaluación y Promoción..………………………... Artículo 91º. Perfil de los integrantes de la Comisión de Evaluación y Promoción………………. Artículo 92º. Requisitos y responsabilidades de la Comisión de Evaluación y Promoción……… Artículo 93º. Procedimiento para elección de representantes a los consejos y a la Personera de las estudiantes y los estudiantes ........................................................................................... Artículo 94º. Consejo Electoral..……………………………………………………………………….. Artículo 95º. Funciones del consejo electoral ……………………………………………………. Artículo 96º. Veedores de la campaña..……………………………………………………………. Artículo 97º. Jornada democrática – Elecciones..…………………………………..………..…… Artículo 98º. Personera o personero de los estudiantes…………………..……………………… Artículo 99º. Requisitos para ser Personera o Personero en el colegio Palermo de San José… Artículo 100º. Proceso para la elección de Personera o Personero ……………………………… Artículo 101º. Deberes de la Personera o del Personero ..………………………………………… Artículo 102º. Derechos de la Personera o del Personero..………………………………………… Artículo 103º. Funciones de la Personera o del Personero ..……………………………………… Artículo 104º. Acciones pedagógicas para con la Personera o el Personero …………………… Artículo 105º. Revocatoria del mandato de la Personera o el Personero ……………………….. Artículo 106º. Consejo de Estudiantes..………………………………………………………….…... Artículo 107º. Conformación del Consejo de estudiantes..…………………………………..……... Artículo 108º. Funciones del Consejo de estudiantes ……………………………………………… Artículo 109º. Representantes de Grupo..……………………………………………..……………... Artículo 110º. Requisitos para ser Representante de grupo ………………………..…………….. Artículo 111º. Funciones de las representantes o los representantes de grupo ……………….. Artículo 112º. Elección y responsabilidad……………………………………………..……………. Artículo 113º. Revocatoria del mandato de Representantes de grupo ……………..……………. Artículo 114º. Elección de la estudiantes o el estudiante representante al Consejo Directivo…. Artículo 115º. Funciones de la representante o el representante de las estudiantes o los estudiantes ante el Consejo Directivo.……………………………………………………………...... Artículo 116º. Funciones de la Comisión de Formación…………………………………………… Artículo 117º. Consejo de Padres de Familia..………………………………………………………. Artículo 118º. Conformación del Consejo de Padres de Familia………………………………….. Artículo 119º. Convocatoria y elección del Consejo de Padres de Familia..……………………… Artículo 120º. Funciones del Consejo de Padres de Familia …………………………………..… Artículo 121º. Calidad de los miembros del Consejo de Padres de Familia…………………..….. Artículo 122º. Asociación de Padres de Familia……………………………………………………... Artículo 123º. Funciones de la Junta Directiva de Asoppal ……………………………………….. Artículo 124º. Grupos representativos del Colegio …………………………………………………. Artículo 125º. Comité Escolar de Convivencia…………………………………………..…………… Artículo 126º. Mediadores Escolares ………………………………………………………………… Artículo 127º. Formas de participación democrática ……………………………………………….. Página 3 de 116

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Capítulo XIII: Evaluación del rendimiento académico – Decreto 1290 (16 de Abril de 2009) Artículo 128º. Evaluación de las estudiantes y los estudiantes. …………………………………. Artículo 129º. Definición de conceptos………………………………………………………………... Artículo 130º. Criterios de Evaluación escolar……………………………………………………….. Artículo 131º. Actividades de Apoyo académico…………………………………………………….. Artículo 132º. Escala de valoración institucional y su respectiva equivalencia con la escala nacional …. Artículo 133º. Criterios específicos de evaluación…………………………………………………… Artículo 134º. Estructura del Registro escolar de Valoración………………………………………. Artículo 135º. Criterios para la asignación y evaluación de tareas………………………………... Capítulo XIV: Criterios para la Promoción – Decreto 1290 Artículo 136º. Serán promovidas o promovidos ……………………………................................... Artículo 137º. No serán promovidas o promovidos …………………………………………………. Artículo 138º. Promoción de las estudiantes o los estudiantes de grado 11º……………………. Artículo 139°. Procedimiento para la realización del programa Académico Especial para estudiantes de grado 11°……………………………………………………………………………….. Artículo 140º. Procedimiento para graduarse………………………………………………………… Artículo 141º. Acto de graduación…………………………………………………………………….. Artículo 142º. Registro del acta y del diploma de grado……………………………………………. Artículo 143º. Promoción Anticipada ………………………………………..………………………. Artículo 144º. Promoción Posterior………………………………………………………………….… Artículo 145º. Procedimiento para la promoción …..………………………………………………… Artículo 146°. Actividades de apoyo para estudiantes no promovidos……………………………. Artículo 147º.Responsabilidades y compromisos adquiridos después de la promoción ……….. Artículo 148°. Actividades de apoyo para estudiantes promovidas o promovidos ………………. Artículo 149º. Estrategias de valoración integral…………………………………………………….. Artículo 150º. Acciones para garantizar que los Directivos Docentes y Docentes cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el Sistema Integral de Evaluación……………………… Artículo 151º. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamos sobre la evaluación y promoción………………………………………………………………………. Artículo 152º. Mecanismos de participación de la comunidad en la construcción y ajuste del Sistema Integral de Evaluación………………………………………………………………………... Artículo 153º. Criterios para acompañar estudiantes con Necesidades Educativas Especiales.. Artículo 154º. Procedimiento para estructurar y adoptar el Sistema Integral de Evaluación…… Capítulo XV: Otros servicios que ofrece la institución Artículo 155º. Capellanía ………………………………………………………………………….…... Artículo 156º. Psicología …………………………………………………………….…………………. Artículo 157º. Primeros auxilios y campañas de promoción y prevención en salud……………... Artículo 158º. Biblioteca general (utilización de material bibliográfico)……………………………. Artículo 159º. Transporte …………………………………………………………………………….. Artículo 160º. Cafetería – restaurante…………………………………………………………….….. Artículo 161º. Club Deportivo (Actividades deportivas y culturales …………….…………………. Artículo 162º. Proyección a la comunidad……………………………………………………….…... Artículo 163º. Medios de comunicación y mercadeo……………………………………………...... Artículo 164º. Otros servicios especiales………………………………………………………….….

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CAPITULO XVI: Lineamientos generales para el manejo de situaciones que afectan la Convivencia Escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Ley 1620 y Decreto 1955

Artículo 165: Definiciones del Sistema de Convivencia Escolar …………………………………... Artículo 166: Responsabilidades de la Rectora para con el Sistema de Convivencia Escolar … Artículo 167º.Deberes y responsabilidades de las estudiantes y los estudiantes del Colegio …. Artículo 168°. Deberes y obligaciones de los padres de familia del Colegio Palermo de San José con el sistema de Convivencia Escolar……………………………………………………………… Artículo 169º. Deberes y responsabilidades del docente con el sistema de Convivencia ……… Artículo 170º. Principios del sistema de Convivencia Escolar……………………………………… Artículo 171º Responsabilidades de la institución con el sistema nacional de convivencia…….. Artículo 172: Políticas, estrategias de intervención y medidas pedagógicas para la promoción Página 4 de 116

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de la convivencia escolar y la resolución de conflictos ……………………………………………. Artículo 173: Acciones para la prevención y mitigación de las situaciones que afecten la Convivencia Escolar ………………………………………………………………………… Capítulo XVII: Debido proceso Artículo 174º. Potestad disciplinaria …………………………………………………………………. Artículo 175º. Debido proceso en las instituciones educativas ……………………………………. Artículo 176º. Objetivo del debido proceso …………………………………………………………. Artículo 177º. Debido proceso ………………………………………………..……………………….. Artículo 178º. Criterios para determinar la levedad o gravedad de las situaciones que afectan la convivencia escolar ………………………………………………………………………………….. Artículo 179º. Ruta y protocolos de atención para las situaciones que afecten la convivencia… Artículo 180º. Acciones del Componente de Promoción ………………………………………….. Artículo 181º. Acciones del Componente de prevención ………………………………………….. Artículo 182º. Acciones del Componente de atención …………………………………………….. Artículo 183º. Acciones del Componente de Seguimiento…………………………………………. Artículo 184º.Clasificación de las situaciones que afectan la Convivencia Escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos……………………………........ Artículo 185º. Situaciones Tipo l…………………………………………………………………...... Artículo 186º. Se consideran situaciones tipo I…………………………………………………..... Artículo 187º. Situaciones tipo II ……………………………………………………………………… Artículo 188º. Se consideran situaciones tipo II ……………………………………………………... Artículo 189º. Situaciones tipo III ………………………………………………………………….... Artículo 190º. Se consideran situaciones tipo III …………………………………………………. Artículo 191º. Protocolos para la atención de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos………. Capítulo XVIII: Circunstancias atenuantes y agravantes Artículo 192º. Circunstancias atenuantes……………………………………………………….….… Artículo 193º. Circunstancias agravantes…………………………………………………………..… Capítulo XIX: Estrategias formativas y sanciones Artículo 194º. Estrategias formativas y sanciones…………………………………………………… Artículo 195º. Información al padre de familia o acudiente autorizado…………………………… Artículo 196º. Notificación de resoluciones…………………………………………………………… Artículo 197º. Interposición de recursos………………………………………………………………. Artículo 198º. Recurso de reposición………………………………………………………………… Artículo 199º. Requisitos del recurso de reposición…………………………………………………. Capítulo XX: Normas de higiene y salud pública Artículo 200º. Normas de higiene personal ………………………………………………………… Artículo 201º. Presentación personal………………………………………………………………..... Artículo 202º. Salud pública….……………………………………………………………………….... Artículo 203º. Respecto a los docentes y empleados..……………………………………………… Capítulo XXI: Mecanismos de comunicación Artículo 204º. Medios de información y comunicación……………………………………..……….. Capítulo XXII: Normas generales Artículo 205º. Horarios para estudiantes……………………………………………………………... Artículo 206º. Servicio de Secretaría y Tesorería……………………………………………………. Artículo 207º. Advertencias finales…………………………………………………………………….. Artículo 208º. Procedimiento para la revisión del Manual de Convivencia……………………….. Capítulo XXIII: Vigencia Artículo 209º. Vigencia………………………………………………………………………………….

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Todos los derechos reservados. Prohibida su reproducción total o parcial sin autorización escrita del Colegio Palermo de San José Revisión Jurídica: Acontratar Asesores y Cia Ltda. Asesores Jurídicos CONACED – ANTIOQUIA.

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RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 10 2014/11/20 Por el cual se aprueban los ajustes hechos al Manual de Convivencia para el año 2015 La Rectora de la Institución Educativa “Palermo de San José”, en uso de las atribuciones que le confiere la ley 115/94 y su Decreto Reglamentario 1860 del mismo año, el Decreto 1290/2009, la ley 1620 de 2013, y su Decreto Reglamentario 1965 del mismo año, y en calidad de presidenta del Consejo Directivo, y CONSIDERANDO: 1. 2.

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Que los artículos 73 y 87 de la Ley 115, General de Educación establecen el uso del Manual de Convivencia para todos los centros educativos. Que el artículo 144 de la misma Ley 115 señala como función del Consejo Directivo la adopción y actualización continua del Manual de Convivencia en conformidad con las normas vigentes y las necesidades de las estudiantes Que el numeral 7 del artículo 14 del Decreto 1860 incluye el Manual de Convivencia Escolar en el Proyecto Educativo Institucional Que la Ley 1620 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013, expresan la obligación de ajustar los Manuales de Convivencia y la constitución del Comité Escolar de Convivencia a fin de atender la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales, y reproductivos y los conflictos sobre acoso escolar. Que es necesario la aplicación de los principios constitucionales para mayor claridad en el debido proceso a las faltas o hechos gravosos clasificados en tres Tipos según la Ley 1620/2013 Que en la Institución se creó con los estudiantes el Comité de Mediadores de Paz con funciones específicas de intervenir en la solución acertada de los posibles conflictos entre los estudiantes Que el Decreto 1290 de 2009, reglamentó todo lo referente a la adopción y actualización constante del Sistema institucional de Evaluación y Promoción escolar Que el Colegio extendió su servicio educativo, con la creación del nivel de Párvulos Mixto, desde los 2 años, y que por lo tanto es necesario el cambio de lenguaje para la expresión respetuosa de los dos géneros. Que el Consejo Directivo en reunión del 20 de Noviembre, aprobó estos ajustes,

RESUELVE: ARTÍCULO 1° Ratificar la aprobación de los ajustes al actual Manual de Convivencia para el Colegio en sus niveles de Preescolar Básica Primaria y Secundaria y Media Académica, cuyos lineamientos son adecuados y buscan el mejoramiento en la formación integral de los estudiantes. ARTÍCULO 2° Integrar la Ley 1620/2013 y su Decreto 1965/2013, con la creación de un capítulo especial en el Manual de Convivencia a las normas ya conocidas sobre Disciplina y Comportamiento escolar. ARTÍCULO 3º Desde el Comité Escolar de Convivencia, ejercer constante acompañamiento y formación al Comité de Mediadores de Paz ARTÍCULO 4º Introducir los ajustes realizados al Sistema Integral de Evaluación Escolar, la Jornada, el Horario escolar, y el aumento de los Costos educativos para el año 2015, aprobados según Resolución Municipal 012505 del 11 de noviembre de 2014, ARTÍCULO 5º Aprobar como parte del Servicio Social misionero, la asesoría que algunas estudiantes, dan a sus compañeras de bajo nivel académico y el apoyo excepcional en Casita Verena. ARTÍCULO 6º Incorporar al Manual, el proyecto de “inclusión para estudiantes con NEE”

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ARTÍCULO 7º Aprobar e incluir en el Manual, el procedimiento a seguir en la realización de las inmersiones en el exterior para la práctica del ingles ARTICULO 8º Adicionar al MANUAL DE CONVIVENCIA, los cambios hechos a la letra del Himno del Colegio renovado en el 2014, con motivo de la inclusión de niños en la Institución. ARTÍCULO 9º Especificar en el Manual, los uniformes de los niños: Diario y de Educación Física ARTÍCULO 10º Esta Resolución será exhibida en la web y en la cartelera principal de la Institución para que sea conocida por toda la comunidad educativa. ARTÍCULO 11º Esta Resolución tiene vigencia durante el año 2015 y proceden contra ella, los recursos legales de apelación y reposición.

Hermana Marta Cardona Narváez - Rectora

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RESOLUCION RECTORAL Nº 12 2014/11/27 Por la cual se ordena el mantenimiento en la Institución, del Comité Escolar de Convivencia para el año 2015 La Rectora de la Institución Educativa “Palermo de San José”, en uso de las atribuciones que le confiere la ley 115/94, la ley 1620\2013, y su decreto reglamentario 1965 del mismo año, y en calidad de presidenta del Consejo directivo, y CONSIDERANDO 1. Que el Gobierno Nacional mediante la Ley 1620 y el Decreto de 2013, estableció la creación del Comité Escolar de Convivencia en las Instituciones educativas, como eje autoridad única para su aplicación 2. Que el decreto 1965 de 2013, reglamentó la Ley 1620 y dio directrices claras sobre la creación del Comité Escolar de Convivencia en las Instituciones educativas, como eje autoridad única para su aplicación 3. Que es tarea de las Instituciones Educativas impartir formación sobre los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la mitigación de la violencia escolar, fortaleciendo la educación en la paz y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la responsabilidad democrática y la valoración de las diferencia 4. Que el Consejo Directivo, estudió las Normas y consideró la importancia de su aplicación en el ambiente escolar y en la formación de las estudiantes, como un apoyo para la vivencia de su propia identidad 5. Que desde el año 2013, la Institución organizó el Comité escolar de Convivencia quien se dio su propia identidad, su reglamento y creó las instancias necesarias para su correcto funcionamiento. 6. Que desde este Comité Escolar de Convivencia se creó el Comité de Mediadoras o Gestores de Paz con los estudiantes como la mejor forma de intervenir las dificultades de convivencia y armonía escolar, entre los alumnos. 7. Que el Consejo Directivo anexó al Manual de Convivencia todas las disposiciones de esta Ley 1620, desde la creación de un capítulo específico. 8. Que el Consejo directivo en reunión del 27 de noviembre del año en curso, consideró urgente el mantenimiento de estas Normas en la Institución y propuso el seguimiento regulado y cuidadoso como criterio para la experiencia de una sana convivencia escolar. RESUELVE ARTICULO 1º Aprobar el mantenimiento estricto del Comité Escolar de Convivencia y apoyar la creación de todos los ajustes necesarios para poner en marcha la Ley 1620 reglamentada en el Decreto 1965. ARTICULO 2º Incluir en el Manual de Convivencia Institucional un capítulo específico sobre la naturaleza, los protocolos, la ruta, los tipos de faltas y los procedimientos que garanticen la atención integral y el seguimiento pertinente a los casos de convivencia escolar. ARTICULO 3º Mantener y acompañar el Comité de Mediadoras del Conflicto, Gestoras de Paz, con la asesoría directa de la Coordinadora y la Comisión de Formación. ARTICULO 4º Promulgar la Norma a través desde la web y la cartelera principal de la Institución para que sea conocida por toda la comunidad educativa y así se dé un efectivo cumplimiento. ARTICULO 5º Enviar copia de esta Resolución a la Dirección del Núcleo Educativo 932 para que surta los efectos legales. ARTICULO 6º Esta Resolución tiene vigencia durante el año 2015 y proceden contra ella, los recursos legales de apelación y reposición

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RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 13 2014/11/27 Por la cual se APRUEBAN Y ADOPTAN los ajustes al PEI para el año 2015 La Rectora de la Institución Educativa “Palermo de San José”, en uso de las atribuciones que le confiere la ley 115/94 y su Decreto Reglamentario 1860 del mismo año, el Decreto 1290/2009, y en calidad de presidenta del Consejo Directivo, y CONSIDERANDO 1. Que el MEN a través de la Ley 115/94 en su artículo 138, explicitó la construcción de un PEI, como elemento-requisito de un establecimiento educativo 2. Que las directivas del Colegio, antes de terminar el período del PEI 2014, consideraron la necesidad de hacer ajustes para el año 2015, según los resultados de la evaluación Institucional, las necesidades de las estudiantes y la Visión del Colegio para el 2015. 3. Que el Consejo Académico, a través de la Coordinadora Académica presentó las propuestas de ajuste para cada una de las áreas y proyectos académicos y pedagógicos. 4. Que la Coordinadora de Formación presentó los ajustes al Manual de Convivencia por la vigencia del Decreto 1290/2009 sobre Evaluación y promoción de las estudiantes, las orientaciones de la Ley 1620 y el Decreto 1965 de 2013, sobre la obligación de ajustar los Manuales de Convivencia y la constitución del Comité Escolar de Convivencia y los Gestores de Paz, a fin de atender la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales, y reproductivos y los conflictos sobre acoso escolar y convivencia escolar. 5. Que desde este año 2014, el Colegio dio acceso a la coeducación y amplió su servicio educativo, con la creación del nivel de Párvulos desde los 2 años. 6. Que el 29 de Octubre la comunidad educativa realizó la autoevaluación institucional, según criterios del Ministerio y de Secretaria de Educación y priorizó aspectos a tener en cuenta en su Plan de Mejoramiento el próximo año, 7. Que la cualificación de “Misionero”, del Servicio Social Obligatorio, es propio de la identidad Palermista, tiene su fundamentación en el Humanismo Franciscano, y permite la diversidad en la aplicación siempre y cuando esté enfocado en el bienestar de la comunidad vulnerable.. 8. Que los Costos educativos fueron aumentados en 5.1% de Transición a 11º y 6.0% para Jardín. 9. Que el Consejo Directivo aprobó las propuestas presentadas por los Consejos, Comisiones y Comités, en su reunión del 27 de Noviembre pasado RESUELVE: ARTICULO 1 Aprobar y adoptar los ajustes al PEI 2015, propuestos por la comunidad educativa representada en el Consejo Académico, el Comité Escolar de Convivencia, la Comisión de Evaluación y Promoción, y el Consejo de estudiantes. ARTICULO 2 Consignar estos ajustes en el Manual de Convivencia, en el libro del Comité Escolar de Convivencia, los planes de estudio y en el PEI ARTICULO3 Perfeccionar el Plan de Mejoramiento con los Directivos y el Comité de Calidad, y consignarlo en el PEI, 2015. ARTICULO 4º Difundir ampliamente estos ajustes entre la comunidad educativa para que sea conocida por todos ARTICULO 5º Esta Resolución tiene vigencia durante el año 2015 y proceden contra ella, los recursos legales de apelación y reposición.

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CAPÍTULO I RESEÑA HISTÓRICA Artículo 1°. Reseña Histórica del Colegio Palermo de San José El Colegio Palermo de San José agradece su fundación a la iniciativa del Padre Antonio Henao O, cura párroco de El Poblado y al Arzobispo de Medellín, Dr. Joaquín García Benítez, quien benévolamente concedió licencia a la Reverenda Madre María Josefa Ulbrich, Superiora general de la Congregación de las Hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora con casa madre en Cartagena para establecer una filial en la parroquia de “El Poblado”. El Señor cura párroco no escatimó sacrificio alguno para fundar un plantel de educación para señoritas y así facilitar a la juventud femenina una instrucción dentro del ambiente sano de su parroquia. El 17 de enero de 1943 se inauguró el Colegio Palermo de San José para ser regentado por la Comunidad Franciscana bajo la dirección de la Madre Olivia Osl. Los feligreses aportaron el mobiliario necesario y la comunidad religiosa progresivamente fue adquiriendo el material pedagógico indispensable. El 19 de marzo se celebró en honor a San José una fiesta muy solemne, a cuya protección se confió la Institución. En el año de 1943, el número total de estudiantes era de 148 clasificadas así:  Sección infantil: 41 niños y 27 niñas  Enseñanza elemental (1º, 2º, 3º, 4º, 5º) 67 Estudiantes  Enseñanza secundaria (1º año): 13 Estudiantes El profesorado estaba integrado por: La Directora, Madre Olivia Osl. Hna. Enriqueta Pramstaller Hna. Adelina Lodzig Hna. Graciela Cardona Hna. Máxima Poveda Con base en el reglamento, el Colegio tuvo como objetivo: “DAR A LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTESUNA SÓLIDA CULTURA MORAL, INTELECTUAL Y FISICA, QUE LAS PREPARE PARA SU FUTURA POSICION SOCIAL”. A finales de 1944 se compró la finca PALERMO de donde tomó su nombre, por un valor de $ 180.000.oo En 1945 se inició la Institución Educativa en la nueva sede, la finca “PALERMO” se adopto a San José como patrono por su sentida ayuda en los trabajos de la fundación y se colocó su imagen a la entrada del Colegio. En este mismo año recibió la tarjeta de “ALTO HONOR” que Argentina concedió a 4 Colegios de Medellín. Recibió la aprobación oficial el 26 de octubre de 1949 mediante Resolución No. 1894 para los estudios de Secundaria. Se graduaron las primeras cinco bachilleres el 19 de Noviembre de 1949. Son ellas: Lilia Sprockel S. Olga Vélez M. Lía González M. Blanca Londoño A. Margarita Saldarriaga S. En 1951 se inauguraron los cinco primeros salones de la primera construcción iniciada en 1950. Página 10 de 116

El 24 de julio de 1952 fueron aprobados los estudios elementales para niños mediante Resolución No. 1928 y con la Resolución No. 1924, de la misma fecha, los estudios elementales de las niñas. El 01 de mayo de 1956 se inauguró la Asociación de EXALUMNAS En 1957 recibió del Gobierno de Antioquia el diploma como “El mejor para señoritas”. En 1958 se organizó la Legión de María que más tarde junto con la Acción católica, la Cruzada Eucarística, la JEC, la Congregación Mariana y las Guías Scouth se proyectaron entre los más pobres en el Barrio Holanda, Barrio Paris, Barrio Manila, Barrio 08 de marzo, San Javier y Barrio Ávila. El 25 de marzo de 1966 nació en las Instalaciones de la Institución Educativa el Instituto Nocturno San Francisco de Asís”, Fundado por las mismas Hermanas bajo el auspicio del Colegio Palermo. En 1967 la Institución Educativa organizó el primer congreso de Exalumnos Franciscanos, a nivel nacional. En 1968 el Colegio Palermo de San José celebró las BODAS DE PLATA. En este año el Colegio contaba con 966 Estudiantes. En 1985 la Institución Educativa hizo una gran colecta para los damnificados de Armero y una representación encabezada por la Rectora fue a llevarla. En 1986 muere el Padre Antonio Henao cofundador. En su memoria, la Institución Educativa hizo un aporte especial al seminario conciliar de Medellín para las vocaciones sacerdotales. En 1987 las estudiantes organizan la obra social Madre Bernarda en el Barrio 08 de marzo, como recuerdo del Centenario de la Congregación. En 1988 la Institución Educativa realizó el banquete de la solidaridad para los barrios en donde se proyectan las estudiantes y los estudiantes y se inició la era del Computador. En 1990 la Institución Educativa realizó su acción pastoral en el Barrio San Javier y en la Escuela Guillermo Echevarría. En 1992 las estudiantes y los estudiantes participan de las misiones en el Pacífico. En 1993 la Institución Educativa celebró los 50 años de fundación con un programa Religioso y Cultural durante todo el año, y se inauguró el Coliseo cubierto María Auxiliadora, obra construida con la ayuda de la Congregación y la Asociación de Padres de familia. El 20 de enero de 1995 la Institución Educativa recibió de la Secretaría de Educación de Antioquia “La Orden del Arriero” por la excelente educación que aquí se imparte. En 1997 se elaboró el PEI con la participación de la comunidad educativa y liderado por su Rectora. En 1998 la Institución Educativa centra su proyección pastoral en Bello Oriente, Barrio de desplazados en trabajo conjunto con las exalumnas. Formula su Visión Palermo 2010 con toda su comunidad educativa. En 1999 empieza la puesta en marcha de su Visión con pasos concretos como el fortalecimiento de su identidad, el ambiente bilingüe y la consecución del laboratorio de inglés. Se creó la Consejería para Empleados y Padres de familia con el Padre Alberto Restrepo. Se celebró los 50 años de la primera promoción con las 5 graduadas en 1949, y su fundadora Hermana Olivia Osl, quien las graduó. Se realizó el concierto “Noche de Alabanza y Oración” dirigido por la Hermana Aleida Condé. En el año 2000 se revisa y ajusta el plan de estudios haciendo énfasis en el área de inglés. Se extiende la jornada escolar de 6:45 a.m. a 3:00 p.m. Se acuerda con el Consejo Directivo, desarrollar el Servicio Social de Página 11 de 116

las estudiantes el Barrio “Vallejuelos”, asentamiento de desplazados, en donde se hace un gran despliegue de solidaridad con motivo del incendio que afectó a muchas familias. La Personera dio mucho empuje al deporte. El año 2001, se dedica a la formación de los padres de familia a través de programas de formación cristiana y psicológica con el apoyo de Asoppal, la asesoría del Capellán y el grupo de Psicólogas. Igualmente se fortalece la capacitación y actualización de los docentes. Se conforma el Consejo Consultivo para relacionar la Educación Media Académica con la empresa. Se institucionaliza el lema: “Desde Palermo llenemos el mundo de más calor humano, bondad y ternura”. Se creó el Comité Ambiental Palermista CAP. Se desarrolló el Foro Interfranciscano. Se tuvo la primera Serenata de Teleantioquia. En el año 2002 durante los días 16 y 17 de septiembre se realiza el Congreso Internacional de Educación. Gran trabajo de reestructuración del PEI 2002-2010 y fortalecimiento de la estructura del Gobierno Escolar. Importante taller sobre Legislación Educativa a nivel provincial. Se realizó el primer foro de Filosofía. Se inauguró la nueva Portería. En el año 2003 el 17 de enero gran día y grata recordación para nuestro Colegio Palermo de San José día de su fundación 1943 – 2003 “60 años de fundación; construyendo caminos de Fraternidad y Excelencia” y “Hagamos fecundos hoy los valores sembrados ayer” otro slogan de la celebración. Se inicia el trabajo con el Proyecto Líderes Siglo XXI. Las porristas, campeonas Departamentales Categoría Juvenil y Junior; el mejor regalo de los 60 del Colegio. Todas las actividades fueron celebración de los 60. Se recibió Distinción Andrés Bello del ICFES en Inglés. Se culminó el año con un cocktail de la “Noche de la gratitud para fundadores y amigos”. En el año 2004 el 23 de mayo: Pascua definitiva de nuestra fundadora Madre María Olivia Osl, quien enraizó los valores de Fraternidad, Espiritualidad, Ciudadanía e Intelectualidad. Se continúa con la participación en el Proyecto Líderes Siglo XXI. Se participó en el Congreso Misionero: “Remando Mar adentro” en Cartagena. El 21 de noviembre Pascua definitiva de nuestra Madre María del Carmen Gómez Aristizábal, Rectora del Palermo desde 1977 hasta 1984; quien se caracterizó por su prudencia, armonía y calidad humana dejando huellas de mucha paz en todos los que la conocieron. Banquete “Protemplo-Comedor” para Vallejuelos, impulsado por la Institución y SACIAR, fundación de los exalumnos del Colegio. Se impulsó la segunda versión de “PALERMO CUENTA” proyecto de lectura dirigido por el Consejo de Padres. Las estudiantes y los ocuparon puestos distinguidos en las pruebas ICFES: 2°, 4°, 9°, 18° a nivel Nacional. Se contó con una Asociación de Padres fuerte y llena de amor por el Colegio. Se inició con el trabajo del Sistema de Gestión de Calidad con ICONTEC. El año 2005 se distinguió por el trabajo para la Certificación de Calidad que marcó un hito en la historia de Palermo. Después de un trabajo duro durante todo el año, el Colegio fue certificado por ICONTEC, bajo la Norma ISO 9001:2000 Los procesos certificados fueron: Directivo, liderado por la Hermana Marta Cardona Narváez; Gestión de Mejoras y Documentos y Registros, dirigido por Viviana López Zea; Diseño y Desarrollo Curricular, responsable Alba Ligia Ramírez Ossa; Formación Integral, responsable Ruth Patricia Granada Salazar; Selección, Admisión y Matrícula, responsable Hermana Margarita Álvarez Gallo; Infraestructura y Compras, responsable Doctora María del Carmen Montoya Cano; Bienestar Estudiantil, responsable Marcela Carvajal Ossa; y Gestión Humana responsable Sandra López Galvis El Auditor líder, Doctor Rodrigo Mejía Gómez al final de la auditoria de Otorgamiento realizada durante los días 17 y 18 de noviembre, resaltó el compromiso de las directivas y la comunidad con la Calidad, igualmente hizo expresa la felicitación por la planta física y el empeño de la Coordinadora de Calidad; licenciada Viviana López Zea por alcanzar esta Certificación. El Otorgamiento del Certificado se dio en Enero con la presencia de la Comunidad Palermista. En el año 2006 los líderes de los Procesos del Sistema de Gestión de Calidad se empoderaron de su gestión. Se elevó el nivel a MUY SUPERIOR en las pruebas ICFES. Se excedió en la respuesta a las necesidades y expectativas de la comunidad educativa con programas de Bienestar y apoyos académicos curriculares y extracurriculares. Página 12 de 116

Se establecieron relaciones con algunas universidades como EAFIT, Antioquia, Bolivariana y EIA. Se modernizaron las oficinas administrativas. Se concluyó la construcción del Preescolar que se inauguró en Octubre. El 70% de las metas propuestas en el Plan Operativo se cumplieron satisfactoriamente. Año 2007. Se celebró el año de gracia por la canonización de nuestra Madre Fundadora, María Bernarda Bütler. La gestión educativa, se enmarcó en el desarrollo de objetivos de calidad y metas que permitieron el mejoramiento de todos los procesos y su competitividad en el entorno educativo. El balance final de cumplimiento de los objetivos desde el Sistema de Gestión de Calidad, fue del 79.0% de eficacia. Después de la auditoria de seguimiento, ICONTEC, autorizó su continuidad con el certificado de calidad. El Colegio, fue distinguido por la secretaría de educación de Medellín como uno de los 10 mejores de la ciudad y le solicitó el acompañamiento pedagógico de 8 Instituciones oficiales, desde el Voluntariado empresarial liderado por PROANTIOQUIA. Recibió también reconocimientos de la fundación AMOR POR MEDELLÍN, e instituciones como, el ICFES, INDER, COLCIENCIAS, CONACED, SACIAR e ICONTEC, entre otras. Dos de sus estudiantes se ubicaron en el primer puesto a nivel nacional en las pruebas de estado: Sara Arango y Natalia Ramírez. Se desarrolló un nuevo diseño curricular con la Cátedra virtual de Constitución Política. Los proyectos de investigación aprobados por COLCIENCIAS, participaron en el evento nacional de Expociencia Juvenil en Corferias Bogotá. El área de inglés se alineó con el marco común europeo desde el out sourcing con el CEIPA. El Porrismo, cuenta ya con distinciones a nivel mundial, latinoamericano, nacional y local, y se preparan para viajar nuevamente a competir en EE UU y México. Año 2008 Este año estuvo marcado por la espiritualidad de la Madre Bernarda, todas las actividades estuvieron revestidas de este valor, y fueron dirigidas por el proceso de Colegio en Pastoral. Todas las Hermanas, los padres de familia, las estudiantes, los docentes y en general todos los empleados experimentaron la santidad de la Madre, a través de los innumerables favores y milagros que obró en la Institución. En el Colegio, la actividad académica se desarrolló con mucho acierto, se efectuó la primera Jornada reflexiva sobre el cuerpo, liderada desde el área de Ciencias Sociales y Filosofía, con la participación de todas las áreas. Se realizó la segunda muestra empresarial, se inauguró el aula taller de matemáticas y se desarrollaron las terceras Olimpiadas del Saber, con la participación de estudiantes de otras instituciones. Los proyectos de investigación avalados por Colciencias, fueron tenidos en cuenta como referentes para otros Colegios, uno de ellos, fue tomado por EAFIT por encontrarlo con alto nivel proyectivo. El Colegio continuó con el acompañamiento a las 7 Instituciones oficiales. Las niñas porristas, compitieron en Venezuela y Cartagena y en ambas ocuparon el 3º puesto, quedando acreditadas para competir en México en las competencias del 2009. La Auditoría de Recertificación se desarrolló el día 26 de septiembre con dos auditores, ésta dio como resultado, la Renovación del Certificado de Calidad. Este certificado fue entregado en ceremonia especial en las oficinas del ICONTEC el día 18 de diciembre. Es un reto para la Institución mantener un sistema de calidad que promueva el mejoramiento continuo desde todos sus procesos. La Hermana Marta Cardona rectora de la Institución, acompañada por la Hermana Margarita Álvarez y la Hermana Conchita Betancur, viajaron en la peregrinación por Europa, del 29 de septiembre al 24 de octubre y asistieron a la gran solemnidad de la canonización de la Madre Bernarda el día 12 de octubre, en la plaza de San Pedro en Roma. Este mismo día 12, el Colegio celebró una Eucaristía solemne en la Catedral Metropolitana de Medellín, para unirse a través del Arzobispo, Monseñor Alberto Giraldo, a su Santidad Benedicto XVI a esta inolvidable celebración. Toda la comunidad Palermista, la Congregación de Hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora y la iglesia universal se llenaron de alegría al escuchar la proclamación de Santidad de la Madre María Bernarda Bütler. En la homilía el Santo Padre Benedicto XVI la proclamó “Madre de la misericordia” Durante los días 1º, 2 y 3 de Noviembre viajaron algunos miembros de la comunidad a Cartagena para participar en la celebración de la canonización de Santa María Bernarda Bütler El Colegio clausuró el año escolar el 27 de noviembre con una celebración muy linda de la Navidad: la “Historia de la salvación”

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El día 28 de Noviembre la Institución graduó a 94 Bachilleres de las cuales 45 fueron distinguidas con el “Perfil Palermista” y 65 iniciaron su formación infantil en el Colegio, entre ellas, Angélica María Ortiz Maya, quien ocupó el primer lugar en las pruebas ICFES, y su desempeño durante el año fue siempre excelente. Año 2009 Durante este año se sintió el crecimiento de la sensibilidad social frente al pobre desde la proyección liderada por el Proceso “Colegio en Pastoral”, El Colegio continuó con el acompañamiento a las 7 Instituciones oficiales, iniciado en el año 2007. Se modernizó la Plataforma virtual, para todos los procesos pedagógicos, y se inauguró el canal de Televisión inalámbrico en todas las aulas. Las propuestas de investigación, mostraron niveles sobresalientes en el medio local y nacional. El Sistema de Gestión de la Calidad logró altos niveles de adecuación y pertinencia; la Auditoría de adecuación a la Norma ISO 9001:2008, arrojó resultados favorables sin No Conformidades. Se organizó el Sistema Institucional de Evaluación Escolar, con el aporte de la comunidad educativa, según lineamientos del Decreto 1290, de abril de 2009. Se mantuvo el nivel superior en pruebas del ICFES. El Señor Alcalde de la ciudad hizo reconocimiento público a la Institución, por la responsabilidad social demostrada con la participación en las escuelas de calidad. Fue muy notoria la labor de la Personera, Laura Villanueva Lara, con el desarrollo de proyectos de formación para las estudiantes. Y muy se sintió la participación de la comunidad en la Jornada Franciscana. El Club Deportivo creció con los cursos que ofreció a la comunidad. El día 28 de Noviembre la Institución graduó a 97 Bachilleres de las cuales 45 fueron distinguidas con el “Perfil Palermista” y 68 iniciaron su formación infantil en el Colegio, entre ellas, Natalia Rodríguez Botero, quien ocupó el primer lugar en las pruebas de Estado ICFES. En el año 2010, con el fin de mejorar el perfil de maestro y asegurar el cumplimiento de actividades diarias, se desarrolló la reunión diaria, con los docentes, al iniciar la jornada. Se formalizó la alianza con el Instituto “Alberto Merani”, para la estrategia de “Lectores Competentes” así resultaron favorecidos también los docentes quienes cursaron su Diplomado, en el que su Nivel de excelencia fue reconocido, mediante Mención de Honor otorgada a la Institución. El área de emprendimiento participó con la Empresa: “Verena Accesorios” en una muestra organizada por el Colegio Canadiense en el Palacio de Exposiciones, allí fue muy aplaudida y ganó prestigio y clientela. Los grupos de investigadoras, crecieron y sus proyectos fueron aprobados por ONDAS y avalados por REDCOLSI, obtuvieron éxitos en algunas universidades. Del 14 al 17 de Octubre, las integrantes de tres proyectos participaron en el XII encuentro internacional de semilleros de investigación REDCOLSI en el Instituto Tecnológico de Soledad en el departamento del Atlántico. El 22 de julio el Consejo Directivo aprobó el nuevo texto de la “Visión Palermo 2015”, construida por representantes de la comunidad educativa. Sus ejes: Ciudadanía, Emprendimiento, Tecnología Informática, Ingles, Responsabilidad social e Investigación. Unido a la programación de la Secretaría de educación municipal, se celebró con mucho entusiasmo, el cumpleaños número 335 de la ciudad de Medellín. El Consejo Académico, con el aval del Consejo Directivo, reestructuró el Sistema de Evaluación y Promoción Académica. El grupo de porristas junior y hip hop fueron finalistas en el campeonato nacional realizado en Cartagena e internacional en Florida, EEUU. La auditoría externa de seguimiento al Sistema de Gestión de Calidad, arrojó resultados muy satisfactorios: Cero No conformidades mayores y Cero no conformidades menores. Después de esta auditoría fue otorgado el Certificado número SC 3481-1, que aplica a las actividades de “Diseño y educación formal en Preescolar, Básica y Media Académica” Por la afectación que tuvo el Colegio Palermo de San José de la Salle, debido a la ola invernal que no le permitió terminar el año escolar en su plantel, fueron acogidos en nuestro colegio todos los pequeños desde Maternal a Transición, desde el 23 de Noviembre hasta el 3 de diciembre. Esta experiencia, colmó de mucha alegría a la institución, por la demostración de afecto, responsabilidad y compromiso con quienes padecen de alguna manera. En las pruebas de Estado, se llegó a Muy Superior. Sobresalieron con los mejores puntajes, estudiantes desde los años infantiles. En el año 2011: Desde el Comité de Calidad, se continúa acompañando a las 7 instituciones oficiales en su mejoramiento continuo por la calidad, con una respuesta responsable y comprometida de su parte. Se fortaleció el Proyecto de Necesidades Educativas Especiales con un grupo llamado grupo Base, ya se está implementando con resultados satisfactorios. El grupo de pioneras de la investigación, fue invitado por MILSET Europa, (Movimiento Internacional para la ciencia y la tecnología como actividad lúdica) a través de REDCOLSI (Red Colombiana de Semilleros de Investigación) a participar en el “4º International Research School”, Encuentro mundial de investigación en la ciudad de Moscú, Rusia. Del grupo de las 7 fundadoras participaron Página 14 de 116

Daniela Álvarez Díez, Laura Isabel Ariza Bastidas y Daniela Álvarez Mendoza, de 9º grado. Se desarrolló Expouniversidad con la participación de varias universidades que llenaron las expectativas de los padres de familia y las estudiantes de 10º y 11º. Para tener una mejor comunicación externa, se instaló el equipo de sonido inalámbrico que está cumpliendo el propósito esperado. Se siguen fortaleciendo las relaciones deportivas e intelectuales con institutos, ligas, Instituciones y Universidades del medio. El Colegio está participando de las Olimpíadas Medellinenses, que organiza la Secretaria de Educación y 10 de sus estudiantes de 5º y 10º, pasaron a la segunda ronda de competencia. Se mantiene el carácter de “Casa abierta” siendo sede de los Comicios electorales, algunos talleres organizados por la JAL, las reuniones y eventos del Núcleo Educativo 932 y la Secretaria de Educación, encuentros especiales de algunas empresas e instituciones de tipo privado y en general sede de eventos pastorales y religiosos de muchos grupos y parroquias de la ciudad. Nuevamente el Colegio ocupó el Nivel Muy Superior en las pruebas ICFES y participó en el premio Medellín la más educada quedando nominado entre 50 Instituciones educativas del Municipio. Se inició con un nuevo servicio “Casita de Verena” que consiste en ofrecer un acompañamiento efectivo a las estudiantes de Preescolar a 5º después de la jornada escolar. En el año 2012: Este año estuvo marcado por el trabajo liderado desde el Proceso “Colegio en Pastoral que propuso acciones concretas como el Proyecto “Palermo Territorio de Paz”, que desde distintos frentes unió esfuerzos para mejorar el clima escolar, y como reflejo el lugar donde se encuentra un estudiante palermista, su salón de clase. El periódico El Colombiano, el día 15 de marzo, exaltó el valor de la solidaridad de la niña María Isabel Cardona Ramírez proclamándola como la “Colombianita ejemplar 2012”. La reunión de las Exalumnas el 16 de marzo, con ocasión de la fiesta de San José, permitió recordar los buenos años pasados y visionar el futuro con su experiencia y amor a Palermo. En este año, se fortalecieron los primeros pasos para la internacionalización, permitiendo en el Congreso de Filosofía los días 2 y 3 de Agosto, contar con la participación de dos Colegios amigos: SEI, de Ecuador, y El Buen Consejo de Chitré de Panamá. Se siguen perfilando dos fortalezas: las estudiantes y Porristas y las investigadoras. Estas, bajo el auspicio de COLCIENCIAS, tuvieron la oportunidad de presentar sus proyectos en ciudades como Ibagué, Bucaramanga, Cartagena y Medellín. Esto les valió la invitación a Brasil en donde no solo las galardonaron sino que las invitaron nuevamente para el año 2013. Las porristas continúan también cosechando triunfos a nivel local, nacional e internacional. Se reestructuró el laboratorio de Química, inaugurándolo el 15 de agosto, con un sentido homenaje a la Hna. Lilia Sprockel Suárez, primera egresada Palermista y profesora distinguida de esta área de Química, en la Institución. El Colegio celebró la Navidad el 16 de noviembre con los niños y familias de Vallejuelos, lugar donde se sigue proyectando la Institución. Los niños recibieron mucho cariño, regalos y abrazos de sus estudiantes “madrinas” El 30 de noviembre la Institución proclamó 92 bachilleres de las cuales 20 iniciaron sus estudios en Palermo. Les deseamos inicien sus estudios universitarios y todas lleguen a ser profesionales realizadas. Toda la comunidad se prepara para celebrar los 70 años de labores de la Institución que se cumplirán el 17 de enero de 2013. En el año 2013: En este año 2013, el Colegio celebró los 70 años de servicio educativo misionero en la ciudad de Medellín, en donde ha dejado huellas de calidad desde la educación ofrecida y en la formación de Hombres y Mujeres ciudadanos de Bien El Colegio se mostró en la Ciudad y toda ella, se expresó con pergaminos, reconocimientos, flores, tarjetas, regalos y condecoraciones desde sus dirigentes como la Iglesia, el Sr. Cura Párroco, el expresidente Álvaro Uribe Vélez, la Ministra de Educación, el Sr. Gobernador Sergio Fajardo, el Sr. Alcalde municipal, el Honorable Concejo, varias comunidades religiosas, los Colegios de la Congregación, algunos Colegios amigos, muchas exalumnas y exalumnos, los padres de familia y muchos amigos y amigas del Colegio. Durante estas celebraciones se vivieron momentos de profundo agradecimiento con la Divina Providencia por su cuidado y por la obra que realizaron las Rectoras en cada década de la vida institucional, por la identidad y los valores que se han inculcado en las estudiantes y los estudiantes de todos los tiempos y por Página 15 de 116

el amor por la Eucaristía a ejemplo de nuestra Santa Madre María Bernarda Bütler, y por la formación de tantos Hombres y Mujeres de Bien que se han distinguido en los distintos escenarios de la ciudad y del mundo. Se tuvo como Objetivo de esta efemérides la afirmación de la identidad Palermista, y se constató que en muy buena parte se cumplió con esta tarea; gran parte de la comunidad educativa dieron fe de ello. La solemne clausura de esta celebración fue la expresión de fe de los padres de familia y el Colegio en general. “Gratitud eterna a su fundadora, Madre Olivia Osl, a la Congregación, a sus rectoras a los padres de familia que siguen creyendo en fuerza de su formación y a todas las personas que han hecho grande a Palermo…”, fue el título de la Editorial de la Revista que cerró este año, 2013. Durante el año, se dieron también muchos eventos académicos como la participación en EAFITMUN, de algunas estudiantes de los grados 9º,10º y 11º evento enmarcado en una réplica intencionada de la OEA. Diez y ocho estudiantes de grado 11º ocuparon los primeros 40 puestos a nivel nacional en el ICFES y 17 estudiantes pasaron a la Universidad Nacional. El área de inglés siguió punteando en las pruebas nacionales ICFES, y mostró una curva de ascenso considerable que se evidencia con un 50% de las estudiantes obtienen puntajes sobre 60. Una estudiante quedó en el segundo puesto en las Olimpiadas de SUPERATE CON EL SABER a nivel del territorial. Se hicieron las adecuaciones tanto pedagógicas como legales y físicas para reiniciar con párvulos (niños de 2 años) como en la fundación en 1943. Se realizó el seminario de Cooperación internacional para las estudiantes y los pioneras en investigación y el fortalecimiento de la alianza SACIAR Palermo con el proyecto de NUTRIAMOR. El segundo encuentro de egresadas se desarrolló con una muy buena participación y evaluación. Se dio énfasis al proyecto de Internacionalización, elaborando un Plan con su Cronograma específico que debe cumplirse en el año 2014. Se hicieron los negocios con SANTILLANA, para la digitalización de algunas aulas. Se continuaron alianzas importantes con diferentes universidades; U Lasallista con el Preuniversitario, EAFIT con el programa de la Universidad y los niños, Universidad de Medellín, UDEA, UPB, EIA y Colegiatura con el programa de pasantías en el cual tuvimos la participación de 60 estudiantes de grado 11º que iniciaron su experiencia universitaria desde el Colegio. Se inició la preparación para iniciar con un Sistema de Calidad Integrado con las Normas 14001 y 18001. Todas las áreas académicas se esforzaron y mostraron proyectos educativos importantes. Varias estudiantes se destacaron mostrando sus dotes de oradoras, escritoras, bailarinas, cantantes, expertas en gourmet y deportistas que recibieron reconocimientos a nivel local y nacional. Gracias Padre Dios por este año de gracias especiales en todo sentido. En el año 2014 Palermo en el año 2014, fue un innovador de estrategias académicas y formativas. Muchos estudiantes se mostraron más conscientes de ser personas de bien con los valores propios de la Institución. Palermo trabajó en la ruta que se propuso en su Visión 2011-2015, destacándose la Investigación con muchos proyectos; algunos de ellos calificados como sobresalientes en eventos Nacionales e internacionales, con honores tres estudiantes investigadoras cursaron su Diplomado en Investigación. La universidad de los Niños, con EAFIT, ha fortalecido y cualificado el semillero de Investigación. La competencia en Ingles, fue puesta a prueba, en la experiencia de inmersión que tuvieron las niñas de 5º y 6º en Canadá en el mes de septiembre. Las relaciones con Universidades como EAFIT, UDA, BOLIVARIANA, CEIPA, LASALLISTA, EIA, SAN BUENAVENTURA, NACIONAL, LUIS AMIGÓ y COLEGIATURA, apoyaron la academia y la investigación, con mucha altura. En emprendimiento los estudiantes mostraron sus habilidades, pero faltó más trabajo en este sentido. Los pasos que se dieron en robótica, están marcando una era tecnológica importante. Se adecuó toda la estructura curricular y el Colegio hizo avances significativos. Seis estudiantes estuvieron en los primeros 10 puestos en las pruebas ICFES. Varias pudieron acceder a las becas ofrecidas por el gobierno por sus buenos resultados en las pruebas nacionales. Las mejores en Ingles de 11º, fueron becadas por EAFIT. Se dieron eventos académicos, como la participación en EAFITMUN, con estudiantes de 9º, 10º y 11º; esta experiencia fue replicada con derroche de responsabilidad en el Colegio del 18 al 21 de Noviembre. La experiencia de virtualidad en algunas áreas, fortaleció el ambiente intelectual. Las estudiantes de 11º, adelantaron su primer semestre de universidad, con la integración del currículo de matemáticas en su Página 16 de 116

pensum ordinario. El Club Deportivo, cultural, musical y las variedades deportivas, artísticas, teatrales y de gourmet, fueron muy felicitados. La presencia de los niños pequeños (hombres) participando activamente en la vida del Colegio, mostró el futuro de la Institución. El servicio de Capellanía, la ERE y la Pastoral con sus actividades propias, retiros, convivencias, celebración de sacramentos y la Eucaristía diaria, apoyó la vivencia de la fe en todos los tiempos y momentos de la Institución. Se conformó el Comité Escolar de Convivencia, y se hicieron los ajustes en el Manual De Convivencia, según requerimientos de la Ley 1620 y el Decreto 1965 de 2013. Mención especial merecen las estudiantes “Mediadoras Escolares o Gestoras de Paz”, porque muchas veces, lograron la armonía en la convivencia escolar. El encuentro diario con los docentes y administrativos fortaleció la fraternidad y el compromiso pedagógico. El profesor Frank Alexander Parra, se postuló en los premios del gobierno, “Medellín la más educada” y llegó hasta ocupar el segundo puesto en su categoría. La Auditoría de Recertificación renovó el Certificado de Calidad ICONTEC. Es un reto para la Institución, mantener un Sistema de Calidad que busque el mejoramiento continuo desde todos los procesos. El tercer encuentro de exalumnos fue una fiesta de fraternidad y reconocimientos al Colegio que las formó. La Celebración de la Semana de la Convivencia franciscana al mismo tiempo que los oficiales, fortaleció las relaciones con ellos y animó la convivencia sana y sin competencia. La escuela de padres se desarrolló en las fechas previstas y comunicadas y se evaluó con aplausos de los asistentes, Lástima por aquellos papas que no lograron organizar sus agendas para su asistencia. El Colegio y las niñas, sintieron mucha gratitud con el grupo de padres que colaboraron con el Proyecto, Padres en el Aula. Los Consejos Directivo, Académico, y de Estudiantes, sesionaron con normalidad. Un grupo importante de integrantes del Consejo de padres, sesionó responsablemente. La letra del Himno del Colegio se renovó con la presencia de los niños en la Institución. Desde el año 1998, la Hna. Marta Cardona Narváez, escribe esta Reseña para el Manual de Convivencia. Gracias Padre Dios, por toda la ternura que derramas en la Comunidad Palermista. Han sido Rectoras de la Institución Educativa: 1943 a 1946 1947 1948 a 1956 1957 a 1958 1959 1960 1961 1962 1963 a 1964 1965 1966 a 1967 1968 a 1970 1971 1972 a 1974 1975 a 1976 1977 a 1984 1985 1986 a 1994 1995 a 1997 1998

Sor María Olivia Osl. Sor María Otilia Conradi Sor María Olivia Osl. Sor María Pancracia Weiikopf Sor María Librada Hútil Sor María Anunciata Selva Sor Apolonia Neuhauser Sor María Honorata Busch Sor María Isabela Rubio Sor María Gregoria Dücks Sor María Edelberta Sickinger Sor María Angélica Franco Sor María Margarita María Santa Sor María Gloria Arrázola Corrales Sor María Aída Luz Vásquez Barrios Sor María del Carmen Gómez Aristizabal Sor María Ana Sofía Rico Rico. Hna. Blanca Olga Gómez Gómez Hna. María Eugenia Londoño Velásquez Hna. Marta Cardona Narváez

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CAPÍTULO II DE LA NATURALEZA, CARÁCTER, FINES Y POSTULADOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCIONAL

Artículo 2°. JUSTIFICACIÓN El Manual de Convivencia del Colegio Palermo de San José se fundamenta en los principios católicos; en el carisma de San Francisco de Asís, Patrono de la Congregación; en la Pedagogía y espiritualidad de la Madre María Bernarda Bütler, fundadora de la Congregación de Hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora; en la Constitución Política de la República de Colombia, la Ley 115, el Decreto 1860 de 1994, el Decreto 1286 de 2005 y la Ley 1098 de 2006 o Código de la de Infancia y la Adolescencia y la Ley 1620por la cual se crea el sistema Nacional de Convivencia Escolar Artículo 3°. NATURALEZA El Manual de Convivencia es un conjunto de normas destinadas para garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos de la educación a través del orden e imparcialidad en el tratamiento de los problemas y la cooperación entre las estudiantes y los estudiantes –Padres de Familia - Educador. El Manual de Convivencia es de obligatorio cumplimiento, si no está en contra de la Constitución, de los Derechos Humanos y de las buenas costumbres. El padre de familia, en razón del artículo 68 de la Constitución Política, tiene derecho para escoger el tipo de educación para sus hijos e hijas, lo cual de manera correlativa da al establecimiento educativo el deber de responder a la solicitud realizada por los padres, partiendo de la escogencia hecha y ofrecer en el proceso formativo de las estudiantes y los estudiantes todo aquello con lo cual se comprometió, incluyendo las exigencias y formas reglamentarias. El Manual de Convivencia es un componente del Proyecto Educativo Institucional (PEI), que contiene el conjunto de principios, normas, procedimientos, acuerdos y demás aspectos que regulan y hacen posible la convivencia de los miembros de una Institución Educativa. Documento institucional y de ley que rige las relaciones de todos los miembros de la comunidad educativa presentando de una manera sistemática los principios y valores que guían la formación integral de, así mismo es un instrumento de conciliación y orientación para la solución de problemas académicos y de comportamiento con todos los miembros de la comunidad educativa, a la vez una guía que orienta el ejercicio de las libertades derechos y responsabilidades de los mismos. Esto se justifica porque las normas y procedimientos que aquí se consignan deben permitir proteger tanto al personal estudiantil y sus familias como a la institución, sus directivas y docentes. Artículo 4°. CARÁCTER El presente Manual de Convivencia fue redactado con la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa: padres de familia, estudiantes y docentes; todo ello con el propósito de integrar a cada uno de los estamentos para hacer uso acorde de los principios de participación, igualdad, ecuanimidad, justicia y tolerancia, que corresponden al proceso de formación en el cual todos están involucrados, dicho Manual es revisado y adecuado a las necesidades normativas actuales, permite el ejercicio de la civilidad en el disfrute de las libertades individuales y derechos colectivos; contiene además, los procedimientos que se emplean para la solución de conflictos académicos y de convivencia que se puedan presentar. El Manual de Convivencia tiene un carácter formativo en cuanto que es un medio para desarrollar la formación ética, política y moral de las estudiantes y los estudiantes Esto pone de relieve la directiva formativa de sus normas y la aplicación diferenciada de las mismas, acorde con la edad y el desarrollo de cada persona. Así la institución se constituye en un laboratorio de convivencia en el manejo de conflictos para mejorar las relaciones interpersonales y aplicar los correctivos necesarios con el apoyo familiar. Página 18 de 116

Artículo 5°. FINES El Manual de Convivencia debe garantizar el cumplimiento de los fines y objetivos educacionales, en consecuencia se orienta hacia las siguientes finalidades: a. Contribuir al desarrollo equilibrado del individuo y de la sociedad sobre la base del respeto por la vida y por los derechos humanos. b. Formar una persona moral y cívicamente responsable. c. Estimular la formación de actitudes y hábitos de superación que motiven a la persona a continuar la educación y el desarrollo del país. d. Fomentar el desarrollo de los propios valores y el conocimiento de los valores de los diferentes grupos humanos. e. Promover la participación responsable de la estudiante y el estudiante como alumna, miembro de la familia y de un grupo social. f. Fomentar en la estudiante y el estudiante el espíritu de defensa, conservación, recuperación y utilización racional de los recursos naturales, bienes y servicios de la sociedad, de su hogar y del establecimiento educativo. g. Estimular las aptitudes y canalizar los intereses de la estudiante y el estudiante hacia las diversas actividades curriculares y de la vida. h. Desarrollar en la estudiante y el estudiante la capacidad de autocrítica para conocer y analizar en forma adecuada sus propias necesidades. i. Contribuir a forjar la personalidad de la educanda mediante la participación activa en su propio aprendizaje y por ende al desarrollo de su responsabilidad personal. j. Promover la capacidad crítica de la estudiante. k. Favorecer el proceso de interacción entre educador y estudiante, mediante la participación de ésta en los criterios y procedimientos del régimen disciplinario. Artículo 6°. POSTULADOS Para dar cumplimiento a los fines, el Establecimiento Educativo proclama los siguientes postulados: a. Un proceso educativo centrado en las estudiantes y los estudiantes para que ésta se desarrolle armónica e integralmente como persona y como miembro de la comunidad. b. Una formación que corresponde a la generación de habilidades para que las estudiantes y los estudiantes aprendan a aprender, a integrarse, a investigar, a comunicarse, expresarse, saber escuchar, saber discutir, saber razonar, saber descubrir, experimentar, actuar en grupo. c. Una educación centrada en principios y valores formativos donde el educador sea provocador y dinamizador de formación integral. d. Un constante análisis crítico de su propia misión y de la calidad de la educación que está impartiendo, teniendo en cuenta que su tarea no puede consistir en la distribución de un saber difuso, desarraigado del medio y anacrónico, sino en la transformación profunda para estimular del mejor modo sus propios atributos y la construcción del conocimiento. e. Un respeto sumo a los derechos de las estudiantes y los estudiantes. f. Una función social de la educación que implica la obligación de servir a la sociedad y fomentar las estudiantes y los estudiantes la aplicación de los conocimientos adquiridos con permanente sentido de solidaridad social. g. Una función humana que lleva a desarrollar el proceso educativo dentro de claros criterios éticos que garanticen el respeto a los valores de los hombre y mujeres, a la Santa Madre Bernarda y Francisco de Asís, a la práctica de los principios de la religión Católica, Apostólica y Romana. h. Un carácter democrático de la educación no limitada por consideraciones de raza, credo, sexo, o condiciones sociales o económicas. i. Una libertad de cátedra que significa discrecionalidad del educador para exponer, según su leal saber y entender y ceñido a los métodos científicos, planes, programas de estudio y modelos pedagógicos institucionales, los conocimientos de su especialidad y la que le reconoce para controvertir dichas exposiciones dentro de los presupuestos académicos. j. Una libertad de aprendizaje que significa que las estudiantes y los estudiantes pueden acceder a las fuentes de información científica con la asesoría del educador y utilizar esa información en el incremento y profundización de sus conocimientos. k. Un conocimiento y reafirmación de los valores nacionales, regionales, locales e institucionales. Página 19 de 116

CAPÍTULO III OBJETIVOS, EXTENSIÓN Y PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Artículo 7°. OBJETIVOS Son objetivos del presente Manual de Convivencia: a. Establecer la vigencia de un ordenamiento orientado a prevenir las conductas contrarias a la vida institucional, a preservar la normalidad académica y a establecer el régimen de medidas formativas. b. Orientar a la comunidad educativa hacia una convivencia social a través de la práctica de valores comunitarios para una permanente integración al medio en que se vive. c. Vincular a los padres de familia o acudientes, como parte integrante de la institución para que participen activamente en la formación de sus hijos e hijas o acudidos. d. Lograr un comportamiento social de las estudiantes y los estudiantes que se ajuste permanentemente a los principios que enmarcan a la buena ciudadana. e. Comprometer al personal docente en la tarea educativa en términos de identificación total con la institución para que redunde en la formación integral de las estudiantes y los estudiantes Artículo 8°. EXTENSIÓN El presente Manual de Convivencia se aplica a todas las estudiantes y los estudiantes, profesores, padres de familia y/o acudientes del Colegio “Palermo de San José” Artículo 9º PRINCIPIOS ORIENTADORES EN LA APLICACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSE Reconocimiento de la dignidad humana. Todo miembro de la Comunidad Educativa que se relacione con el Colegio Palermo de San José y le sea atribuida una falta, tiene derecho a ser tratado con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Buena fe: Siempre debe presumirse la Buena Fe en la conducta de los educandos sujeto de acción correctiva o sanción. Cuando se cometa una falta y ésta afecte el normal desarrollo de las actividades, sin que exista causal de justificación, se considerará contraria a la Ley. Legalidad. Como miembro de la comunidad educativa sólo seremos investigados e investigadas, sancionados y tratados por comportamientos descritos como falta disciplinaria en el manual vigente al momento de la realización u omisión del hecho reprochado. Debido proceso. Como miembro de la comunidad educativa, cuando deba ser tratado o tratada con lo aquí dispuesto, me serán aplicadas las normas existentes al caso atribuido, ante quien sea competente previamente establecido, observando las formas propias de la Constitución y este manual, salvo que se trate del personal administrativo o docente, caso en el cual se aplicará el procedimiento descrito para ellos. Culpabilidad. Cuando sea necesario llevar un proceso disciplinario-pedagógico, quedará prohibida toda forma de responsabilidad objetiva, en todo caso las faltas sólo serán sancionables a título de dolo o culpa. Igualdad. Todas los las estudiantes y los estudiantes recibirán la misma protección y trato del Colegio, tendrán los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por su edad, raza, origen nacional o familiar, lengua, opinión política o filosófica. Finalidad del manual y las funciones disciplinarias-pedagógicas. El manual de convivencia garantiza el cumplimiento de los fines y funciones propuestas por el Colegio Palermo de San José en relación con el comportamiento de las estudiantes y los estudiantes cuando con él, lo afecten o pongan en peligro. Las sanciones disciplinarias cumplen esencialmente los fines de prevención y formación de valores para la garantía de la buena marcha de la labor educativa. Toda sanción que se imponga busca la formación de valores o la extinción de comportamientos que contraríen el proceso de aprendizaje propio y ajeno. Derecho a la defensa.las estudiantes y los estudiantes que sea objeto de una investigación tiene derecho a conocer la queja y las pruebas que se alleguen a la investigación; a que se practiquen las pruebas que solicite, a ser oída en declaración de descargos, para lo cual puede estar acompañada de sus padres, acudientes o personera estudiantil, y a interponer los recursos establecidos en este manual. Página 20 de 116

Proporcionalidad. La sanción disciplinaria debe corresponder a la gravedad de la falta cometida. Al graduar la sanción se deben aplicar los criterios contenidos en este manual. Motivación. Toda decisión de fondo debe ser motivada. Las sanciones que se impongan deben contener una sustentación desde el querer pedagógico y un fin formativo. El Colegio fomentará el respeto, la dignidad y la garantía de la defensa, difundirá el contenido del manual y capacitará para su aplicación. Interpretación del orden interno. En la interpretación y aplicación de la ley disciplinaria, se debe tener en cuenta que la finalidad del proceso es la prevalencia de la justicia, la creación de valores positivos y la formación integral de los educandos. Aplicación de principios e integración normativa. En La aplicación del régimen disciplinario prevalecerán los principios rectores contenidos en este manual y la Constitución Nacional. Garantía de la labor educativa: Todo miembro de la comunidad educativa, ejercerá sus derechos, cumplirá sus deberes y respetará las prohibiciones establecidas. Abuso del Derecho: las estudiantes y los estudiantes que abuse de los derechos, incumpla sus deberes o compromisos e incurra en faltas contra la disciplina o la conducta, se hará acreedor a una acción correctiva o sanción. Función de la Acción Correctiva y de la Sanción: Tienen función preventiva, retributiva, protectora, reparadora, resocializadora y ante todo pedagógica. Protección de Derechos e Intereses de la Comunidad Educativa. (Bien Común): El ejercicio de los derechos de los educandos, de sus padres o acudientes autorizados, supone responsabilidad frente a los derechos de los demás educandos, y de cada uno de los estamentos que componen la comunidad educativa de la institución. CAPÍTULO IV DEL MARCO CONCEPTUAL Artículo 10°. GLOSARIO DE TÉRMINOS - DEFINICIONES Cuando sea necesario aplicar el Manual de Convivencia, debo tener en cuenta las siguientes definiciones: ACCIÓN CORRECTIVA: Acción tomada para eliminar las causas de una no conformidad, defecto cualquier situación indeseable existente, para evitar su repetición. ACTO EDUCATIVO: Establecimiento de la relación entre las estudiantes y los estudiantes y el educador que busca el logro de las metas del proceso educativo. ACUDIENTE: Persona que asume las responsabilidades de los padres, cuando éstos no están en capacidad de responder por la estudiantes y el estudiante frente a la Institución, desde el instante en que se firma la matrícula. AMONESTACIÓN: Llamada de atención verbal o escrita que se hace a padres, acudientes o las estudiantes y los estudiantes, sobre aspectos deficitarios de disciplina, conducta, habilidades y destrezas. ANTIJURIDICIDAD: Comportamiento contrario a lo estipulado en el Manual de Convivencia, los reglamentos o la ley. APOYO ACADÉMICO: Actividades extracurriculares para el fortalecimiento de debilidades académicas. APELACIÓN: Recurso que se interpone ante la instancia superior para que revoque o anule la decisión de la instancia anterior. ASISTENCIA. La matrícula conlleva la responsabilidad y la estudiante y el estudiante de asistir al proceso educativo brindado por la institución en horarios fijados. Este proceso no se reduce solamente a clases, sino que comprende todas las actividades programadas por la Institución Educativa. AUTO EVALUACIÓN: Reflexión y análisis que hace la estudiantes y el estudiante sobre el desarrollo de su proceso de formación y capacitación buscando su mejoramiento como persona. AUTONOMÍA: Característica de la persona que le permite la libertad de opción y decisión. AUTORIDAD: Estamento o persona que ejerce el mando y puede exigir obediencia. BUEN COMPORTAMIENTO: Es la forma adecuada de observar determinadas conductas en beneficio propio y comunitario, acatando las normas que rigen la sana convivencia. CIRCUNSTANCIA AGRAVANTE: Es aquella que aumenta la responsabilidad del que cometió la falta (por ejemplo: “lo hizo con alevosía”). Página 21 de 116

CIRCUNSTANCIA ATENUANTE: Es aquella que disminuye la responsabilidad del que cometió la falta (por ejemplo: “estaba en estado de enajenación mental transitoria”). COMISIÓN DE EVALUACIÓN: Grupo de personas que analiza los casos de superación o insuficiencia en la consecución de los logros de las estudiantes. COMPORTAMIENTO: son las reacciones a los estímulos que provienen del exterior. En nuestra acción educativa partimos de un principio básico: las estudiantes y el estudiante es el sujeto de la propia formación. Por tanto, cuanto realizamos en el colegio tiene un objeto muy claro y preciso: ofrecer a las estudiantes y los estudiantes ocasiones de crecer y madurar en todos los aspectos de su personalidad. COMPROMISO: Responsabilidad que asumen los padres o acudientes y las estudiantes y los estudiantes, con el fin de mejorar sus dificultades. COMUNICACIÓN: Capacidad que tiene cada persona de entrar en diálogo con los demás. COMUNIDAD EDUCATIVA: De acuerdo con el artículo 68 de la Constitución Política, está conformada por los estudiantes o educandos, educadores, padres de familia o acudientes de las estudiantes y los estudiantes, egresadas, directivos docentes y administrativos escolares y el sector productivo de la zona de influencia. Todos ellos, según su competencia, participarán en el diseño, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional y en la buena marcha del establecimiento educativo. CONDUCTA: Está referida a un modo de comportarse en su medio social, en lo relacionado con valores éticos, morales y las buenas costumbres, observando lo dispuesto por la Constitución, las leyes y el Manual de Convivencia. Conducta denota hábito, postura permanente en las estudiantes y los estudiantes, con el fin de mejorar sus dificultades. La conducta se afecta por actitudes o disposiciones con ánimo, manifestadas con igual forma en todas las circunstancias y cuando ello ocurra, deben buscarse las causas que han determinado dicho comportamiento para alcanzar el tratamiento correcto en forma oportuna en una sociedad democrática. COMPETENCIA: Capacidad de usar el propio conocimiento en una situación determinada. COMPROMISO DE NORMALIZACIÓN: Es un acuerdo celebrado entre los padres de familia las estudiantes y los estudiantes, con el fin de mejorar sus dificultades y la institución. Se establece luego de hacer un seguimiento y revisión constante de las faltas cometidas al Manual de Convivencia institucional, con el fin de determinar la asignación de cupo para el año siguiente y/o la cancelación inmediata de la matrícula en el caso de continua. COMPROMISO DE LOGROS MÍNIMOS: Es un compromiso concertado con los padres de familia de que no alcanza a superar satisfactoriamente los logros académicos establecidos para el grado, con el fin de nivelar los resultados y promover a las estudiantes y los estudiantes, con el fin de mejorar sus dificultades. al grado siguiente, dejando claridad sobre la necesidad de buscar una nivelación y de brindar un acompañamiento permanente. Desde la perspectiva de la psicopedagogía, el alcance de los logros académicos depende no sólo de la edad cronológica, sino y en un alto porcentaje, del desarrollo cognitivoafectivo. COMPROMISO PEDAGÓGICO: Es un acuerdo entre los padres de familia, las estudiantes y los estudiantes, con el fin de mejorar sus dificultades y la institución cuya finalidad es mejorar el rendimiento académico por medio de la búsqueda de una ayuda pedagógica por el tiempo que fuere necesario, con el fin de propiciar una nivelación académica que beneficie el logro de los objetivos requeridos para el grado al cual fue admitido y acorde con la propuesta pedagógica de la institución. Las estudiantes y los estudiantes se comprometen, además, a ser coherente y honesto en su desempeño y comportamiento dentro de la institución. En caso de incumplirse, el colegio se reserva el derecho de admisión para el grado siguiente. CONCILIACIÓN: Acuerdo voluntario al cual se llega por la libre expresión de las estudiantes y los estudiantes, padres e institución, ante un hecho determinado, como causal disciplinaria. CONFESIONALIDAD: El Colegio se define como entidad practicante de la religión Católica, pretende vivirla y comunicarla a sus miembros. Dicha confesionalidad implica la aceptación y vivencia de los principios cristianos y católicos. CONSTITUCIÓN POLÍTICA: Es el conjunto de normas coherentes entre sí y constitutivas de un Estado. La actual Constitución Política colombiana consta de 380 artículos y rige desde el 20 de julio de 1991. CONVIVENCIA: Conjunto de relaciones interpersonales que regulan las relaciones entre los miembros de la Comunidad Educativa. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Parámetros establecidos por la Institución desde los lineamientos legales y definidos por las áreas según las competencias específicas a desarrollar y las metas programadas. DEBER: Es la obligación correlativa a un derecho. Actuar en concordancia al ideal colectivo. DEBIDO PROCESO: Pasos que deben seguirse en la aplicación de un correctivo, frente a alguna dificultad o conflicto de intereses. Página 22 de 116

DERECHO: Conjunto de principios, conceptos y reglas a que están sometidas las relaciones humanas y facultad natural del hombre para ser legítimamente lo que conduce a su realización como persona. Las estudiantes y los estudiantes son los principales protagonistas de su proceso de aprendizaje y maduración, y desde las primeras edades tiene capacidades propias que ella misma debe ejercitar y que nadie puede sustituir. DIMENSIÓN: Es el conjunto de potencialidades fundamentales del ser humano con las cuales se articula su desarrollo integral. DISCIPLINA: Es un adiestramiento o experiencia que corrige, modela, fortifica o perfecciona las estudiantes o los estudiantes que deben iniciarse en la participación para aprender a integrarse en el cuerpo social y conseguir así la madurez y responsabilidad que necesitan para afrontar con espíritu solidario las situaciones o dificultades de cada día. DOLO: Comportamiento realizado de manera premeditada. EDUCACIÓN INTEGRAL: Es la educación que promueve el desarrollo armónico. EDUCADORA. (Ver Perfil del Educador o Educadora) EDUCAR: Es un proceso continuo mediante el cual la sociedad busca orientar al individuo hacia la satisfacción de las necesidades propias de cada comunidad en un momento determinado de la persona en todos sus aspectos. ESTÁNDAR: Criterio que especifica lo que todas las estudiantes y los estudiantes deben saber y ser capaz de hacer en una determinada área y grado. ESTIMULO: Reconocimiento que busca engrandecer el esfuerzo realizado para el logro de las metas propuestas. ESTUDIANTE: Es la persona matriculada en la institución y a quien va dirigida la prestación del servicio educativo. Es el centro del proceso educativo y gestor principal de su propia formación. ETICA: Rama de la filosofía que estudia los fundamentos de lo que se considera bueno, debido o moralmente correcto. También puede definirse como el saber acerca de una adecuada gestión de la calidad. EVALUACIÓN: Proceso para obtener información utilizable para tomar decisiones, determinar el grado en el que avanzan las estudiantes y los estudiantes y realizar las acciones de mejoras pertinentes. FALTA: Desacierto al que las estudiantes y los estudiantes llegan cuando incurre en el quebranto de sus deberes o cuando no hace uso responsable de la libertad, afectándose y/o afectando a la Comunidad Educativa y trae como consecuencia una sanción acorde con la entidad de la falta. FLAGRANCIA: Es el evento en el cual las estudiantes y los estudiantes son sorprendidos en la ejecución de un acto no permitido. HÁBITO: Costumbre adquirida mediante un esfuerzo personal y constante que llega a convertirse en natural y permanente. INDICADORES DE DESEMPEÑO: Señales o medios que muestran hasta dónde se han obtenido los logros esperados en el proceso formativo. Se evidencian a través de señales que en un proceso de acompañamiento y seguimiento se exteriorizan en acciones concretas. INFORME DESCRIPTIVO: Es el reporte de los logros y los aspectos por mejorar de las estudiantes y los estudiantes en todas las áreas y se presenta a través de indicadores de desempeño valorados según la escala. LIBERTAD: Es el desarrollo de la capacidad para tomar decisiones a la luz de los valores que dan sentido a la vida humana, asumiendo responsablemente las consecuencias de las decisiones. DESEMPEÑOS: Se refiere a la actuación en la realidad, que se observa en la realización de actividades o en al análisis y resolución de problemas ESTRATEGIA: Conjunto de acciones que se llevan a cabo para lograr un objetivo. MANUAL DE CONVIVENCIA: Medio pedagógico cuyo contenido esencial consta de directrices, pautas de comportamiento, normas y procedimientos para la convivencia armónica del las estudiantes y los estudiantes, sus familias, los demás estamentos de la comunidad educativa y la Institución. MATRÍCULA: Proceso de vinculación con el establecimiento educativo, una vez se han llenado los requisitos exigidos. Es el acto que formaliza la vinculación de las estudiantes y los estudiantes al servicio educativo durante un período académico. MERITO: Actitud que merece ser homenajeada o premiada. MORAL: Conjunto de costumbres, creencias, valores y normas de un individuo o grupo social determinado que sirven de guía para obrar bien; es decir, orientan acerca de lo bueno o lo malo, lo correcto o lo incorrecto, de una acción. Página 23 de 116

NORMA: Regla general que dirige nuestro comportamiento, lo orienta a nivel personal y en las relaciones sociales, y facilita la convivencia y la armonía entre los miembros de una misma comunidad. NOTIFICACIÓN: Medio idóneo para dar a conocer el contenido de una decisión. PADRE DE FAMILIA: Es por mandato legal el representante de las estudiantes y los estudiantes El acudiente recibe un mandato de los padres de familia para que los represente en la institución, en consecuencia, asume tanto los derechos y los compromisos de aquellos. PENSIÓN: Valor pecuniario que se debe cancelar mensualmente al establecimiento educativo como contraprestación por el servicio de educación; es diferente a otros pagos. PERFIL: Conjunto de cualidades que expresan el desarrollo de las dimensiones del ser humano e identifican a la persona según la Propuesta Educativa del Colegio Palermo de San José permitiéndole realizarse según su rol. PROCESO: Es el conjunto de cambios que se dan en etapas ordenadas y de manera compleja en el desarrollo del ser humano. PROCESOS DE FORMACIÓN. Son los denominados correctivos pedagógicos o sanciones en el código de la Infancia y la Adolescencia. PROHIBICIÓN: Son aquellos comportamientos expresamente definidos que no están permitidos. PROMOCIÓN: Paso de un nivel a otro superior como resultado de la adquisición de los logros mínimos determinados en el PEI para el grado. PROMOCIÓN ANTICIPADA: Procedimiento mediante el cual se asciende de grado a una estudiante o a un estudiante por excelente desempeño académico en todas las áreas de un grado determinado. PROMOCIÓN POSTERIOR: Procedimiento autorizado por la Comisión de Evaluación y Promoción mediante el cual se asciende de un grado a otro a una estudiante o a un estudiante que reinicia el curso por desempeño bajo en una de las áreas y demuestra un desempeño superior y/o alto en el primer mes académico en el área que no aconsejó la promoción y obtiene por lo menos una calificación de básico (3,5) en las demás asignaturas y demuestra un comportamiento acorde con el perfil Palermista PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: Propuesta integral para dirigir un proceso de intervención Educativa. Es el que distingue a una Institución de las demás atendiendo de manera particular su población y su contexto. RECURSO DE REPOSICIÓN: Instrumento jurídico para manifestar ante quien profirió el acto administrativo las razones de hecho y de derecho por las cuales no se está conforme con la decisión. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN: Instrumento que contiene la identificación de las estudiantes y los estudiantes, su resultado académico por áreas y los conceptos de carácter evaluativo integral emitidos al final de cada grado, según la escala valorativa. REPROBACIÓN: La manifestación de no haber alcanzado los indicadores de desempeño propuestos y su no promoción al grado siguiente. RESPETO: Trato considerado. Observable en el acatamiento de las normas o instrucciones relacionadas con la socialización. RESPONSABILIDAD: Valor que expresa la capacidad del ser humano para asumir las consecuencias de sus actos. SANCIÓN: Es la medida impuesta como consecuencia de un proceso de carácter disciplinario, cuya principal finalidad es la de formar valores de carácter pedagógico y de vida. SERVICIO SOCIAL: De conformidad con el artículo 39 del Decreto 1860 de 1994, el Servicio Social que prestan las estudiantes y los estudiantes de educación media constituye un deber legal y tiene el propósito principal de integrar las estudiantes y los estudiantes a la comunidad para contribuir al mejoramiento social, cultural y económico. En el colegio Palermo de San José el SERVICIO SOCIAL se asume desde su filosofía como un apoyo a sectores y personas menos favorecidas “Aprobado por el Consejo Directivo” “La estudiantes o el estudiante que incumpla con este requisito no se podrá proclamar como bachiller.” SINGULARIDAD: Es el valor que cada persona posee como única, irrepetible, individual, con un proyecto de vida propia. SUBPROCESOS: Componentes específicos y determinados de un proceso. SUJETOS DISCIPLINADOS: las estudiantes y los estudiantes, padres de familia, acudientes, docentes, administrativos y directivos. SUSTANCIAS PSICOACTIVAS: Son sustancias, drogas o medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso central produciendo efectos neuropsicofisiológicos. TÍTULO: Es el reconocimiento otorgado a las estudiantes y los estudiantes al finalizar su ciclo educativo. TRASCENDENCIA: Es la necesidad que tiene todo hombre de ir más allá de sí mismo, de todo cuanto lo limita porque experimenta que sólo el Ser Absoluto puede colmar sus aspiraciones totales. Página 24 de 116

TUTORIA: Acompañamiento que hace el docente al proceso de Mejoramiento académico a través de actividades orientadas desde los programas extracurriculares definidos por la Institución. UNIFORME: Traje que identifica el plantel. VALOR: Es todo aquello que da sentido a la vida personal y social, todo aquello por lo cual vale la pena vivir. Es un don que le permite a la persona ser un elemento positivo para la sociedad. VALIDACIÓN: Certificación de un proceso académico que se tiene pendiente. VERIFICACIÓN: Momento pedagógico en el cual el profesor y las estudiantes y los estudiantes confrontan y confirman el desarrollo de las actividades programadas para alcanzar los logros previstos y la forma como se mejorarán los resultados obtenidos. CAPITULO V SOPORTE JURÍDICO Artículo 11º. LEYES Y DECRETOS sobre los cuales se soporta la construcción del presente Manual. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará a la persona en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia en la práctica del trabajo y la recreación para el mejoramiento cultural científico y tecnológico, además de la protección del medio ambiente. El estado, la sociedad y la familia son los responsables de la educación. El presente Manual de Convivencia o Reglamento Escolar interno del Colegio Palermo de San José se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, la Ley de la Infancia y la Adolescencia, la Ley General de Educación y su reglamentación parcial el decreto 1860 del 03 de Agosto de 1.994. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. Todas las normas contenidas en el presente manual son coherentes con la Constitución Política de Colombia. Artículo 1º. Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República Unitaria, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general. Artículo 2º. El Estado debe promover la participación de todos. Artículo 13º. Libertad e igualdad ante la ley sin discriminación alguna. Artículo 15º. Derecho a la intimidad y al buen nombre. Artículo 16º. Derecho al libre desarrollo de la personalidad. Artículo 20º. Derecho a la libertad de opinión y rectificación. Artículo 23º. Derecho de petición y pronta resolución. Artículo 33º. Nadie está obligado a declarar contra sí mismo o cónyuge, o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad. Artículo 41º. Conocer de la Constitución, el civismo, la democracia y participación ciudadana. Artículo 43º. Igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres. Artículo 44º. La educación, la cultura y la recreación son derechos fundamentales de los niños, entre otros. Artículo 45º. El adolescente tiene derecho a la protección y formación integral, a participar en los organismos públicos o privados. Artículo 67º. La educación de un servicio público con función social, al que tienen derecho todas las personas. Artículo 68º. Los establecimientos educativos podrán ser fundados por particulares y darán participación a la comunidad educativa en la dirección. Idoneidad, profesionalización y dignificación del docente. La estudiantes y el estudiante no puede ser obligada a recibir educación religiosa en los Establecimientos del Estado. NOTA: En el Colegio Palermo de San José, como institución privada Católica, el padre, madre o acudiente y las estudiantes y los estudiantes, asumen y se comprometen con la orientación religiosa como área fundamental en el plan de estudios.

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Artículo 70º. Fomento y promoción de la cultura, a través de la educación. La cultura es el fundamento de la nacionalidad. Artículo 95º. Todo colombiano tiene el deber de engrandecer y dignificar la comunidad nacional. Ejercer los derechos implica responsabilidades y deberes. LEY 12 DE 1991 “CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ” LEY 115 DE 1994. Artículo 73º. Proyecto Educativo Institucional. Con el fin de lograr la formación integral del educando, cada establecimiento educativo deberá elaborar y poner en práctica un Proyecto Educativo Institucional en el que se especifiquen entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos educadores y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para educadores y alumnos y el sistema de gestión, todo ello encaminado a cumplir con las disposiciones de la presente ley y sus reglamentos. Artículo 87º. Reglamento o Manual de Convivencia. Los establecimientos educativos tendrán un reglamento o manual de convivencia, en el cual se definan los derechos y obligaciones, de los alumnos. Los padres o tutores y los educandos al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán aceptando el mismo. Artículo 94º. En todos los establecimientos de educación básica y de educación media y en cada año lectivo, los alumnos elegirán a un alumno del último grado que ofrezca el establecimiento, para que actúe como personero de los alumnos y promotor de sus derechos y deberes. DECRETO 1860 DE 1994. Artículo 17º. Reglamento o Manual de Convivencia. De acuerdo con lo dispuesto en los Artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del proyecto educativo institucional, un reglamento o manual de convivencia. El reglamento o manual de convivencia debe contener una definición de los derechos y deberes de los alumnos y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. En particular debe contemplar los siguientes aspectos: 1. Reglas de higiene personal y de salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias psicotrópicas. 2. Criterios de respeto, valoración y compromiso frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo, tales como equipos, instalaciones e implementos. 3. Pautas de comportamiento en relación con el cuidado del medio ambiente escolar. 4. Normas de conducta de los alumnos y educadores que garanticen el mutuo respeto. Deben incidir la definición de claros procedimientos para formular las quejas o reclamos al respecto. 5. Procedimientos para resolver con oportunidad y justicia los conflictos individuales o colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad. Deben incluir instancias de diálogo y de conciliación. 6. Pautas de presentación personal que preserven a los alumnos de la discriminación por razones de apariencia. 7. Definición de sanciones disciplinarias aplicables a los alumnos, incluyendo el derecho a la defensa. 8. Reglas para la elección de representantes al Consejo Directivo y para la escogencia de voceros en los demás consejos previstos en el presente decreto. Debe incluir el proceso de elección del PERSONERO de los alumnos. 9. Calidades y condiciones de los servicios de alimentación transporte, recreación dirigida y demás conexa con el servicio de educación que ofrezca la institución a los alumnos. Ver: Artículo 4 Decreto Nacional 2253 de 1995 10. Funcionamiento y operación de los medios de comunicación interna del establecimiento, tales como periódicos, revistas o emisiones radiales que sirvan de instrumentos efectivos al libre pensamiento y a la libre expresión. 11. Encargos hechos al establecimiento para aprovisionar a los alumnos de material didáctico de uso general, libros, uniformes seguros de vida y de salud 12. Reglas para uso de la biblioteca escolar. DECRETO 1108 DE 1994. Capítulo III. “PORTE Y CONSUMO DE ESTUPEFACIENTES” "Por el cual se sistematizan, coordinan y reglamentan algunas disposiciones en relación con el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas". Página 26 de 116

Artículo 9º. Para efectos de los fines educativos, se prohíbe en todos los establecimientos educativos del país, estatales y privados, el porte y consumo de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. DECRETO 2253 DE DICIEMBRE 22 DE 1995 Por el cual se adopta “EL REGLAMENTO GENERAL PARA DEFINIR LAS TARIFAS DE MATRÍCULAS, PENSIONES Y COBROS PERIÓDICOS, ORIGINADOS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO EDUCATIVO, POR PARTE DE LOS ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS DE EDUCACIÓN FORMAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.” Artículo 1o. Los establecimientos educativos privados que ofrezcan la educación formal en cualquiera de sus niveles, preescolar, básica y media, serán autorizados para la aplicación de tarifas de matrículas, pensiones y cobros periódicos, originados en la prestación del servicio educativo, de acuerdo con las normas contenidas en el presente reglamento. La definición y autorización de matrículas, pensiones y cobros periódicos constituye un sistema que hace parte integral del Proyecto Educativo Institucional y es contenido del mismo, en los términos del artículo 14 del Decreto 1860 de 1994. LA RESOLUCIÓN 4210 DE 1996. Establece “REGLAS GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO”. EL DECRETO NACIONAL 2247 DE 1997. “POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL SERVICIO EDUCATIVO AL NIVEL DE PREESCOLAR”. DECRETO 1286 DE 2005 “Por el cual se establecen normas sobre “la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados mediante EL CONSEJO DE PADRES Y LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA” LEY 1014 DEL 2006 FOMENTO A LA CULTURA DEL EMPRENDIMIENTO. La formación para el emprendimiento busca el desarrollo para la cultura del emprendimiento con acciones en pro de la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal, no formal y su articulación con el sector productivo. La educación debe incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y de la técnica, para que el alumno esté en capacidad de crear su propia empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia. LEY 1098 DE 2006 LEY DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Artículos significativos para la convivencia social y la defensa de los derechos de los infantes y adolescentes: Artículo 10º. Corresponsabilidad: Para los efectos de este código, se entiende por corresponsabilidad, la concurrencia de actores y acciones conducentes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, y los adolescentes. La familia, la sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección. Artículo 15º. Ejercicio de los derechos y responsabilidades: Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños, y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. El niño o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo. Artículo 19º. Derecho a la rehabilitación y la resocialización: Los niños, los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que este determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas. Artículo 26º. Derecho al debido proceso. Los niños, y los adolescentes tienen derecho a que se les apliquen las garantías del debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados. En toda actuación administrativa, judicial o de cualquier otra naturaleza en que estén involucrados, los niños, y los adolescentes, tendrán derecho a ser escuchados y sus opiniones deberán ser tenidas en cuenta. Página 27 de 116

Artículo 28º. Derecho a la Educación. Los niños, y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política. Artículo 39º. Obligaciones de la familia. La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños, y los adolescentes: “……2. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. 3. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía. …..8. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo.” Artículo 43º. Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos: Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán: 1. Formar a los niños, y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 2. Proteger eficazmente a los niños, y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los educadores. 3. Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. DECRETO 1290 DE ABRIL 16 DE 2009. Por el cual se reglamenta los propósitos de la evaluación del aprendizaje y los criterios de promoción de los alumnos de los niveles de educación básica y media; y se concede autonomía institucional para establecer el “SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS”, Así mismo establece la Escala de valoración de desempeño nacional y se autoriza a que cada establecimiento educativo definirá y adoptará su escala de valoración de los desempeños de los alumnos en su sistema de evaluación. Para facilitar la movilidad de los alumnos entre establecimientos educativos, cada escala deberá expresar su equivalencia con la escala de valoración nacional: En cuanto a la Promoción escolar, autoriza a que cada establecimiento educativo determinará los criterios de promoción escolar de acuerdo con el sistema institucional de evaluación de los alumnos además del porcentaje de asistencia que incida en la promoción de los alumnos. Ordena la norma Incorporar en el proyecto educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación estrategias para la superación de debilidades y promoción de los alumnos, definidos por el consejo directivo y Presentar a las pruebas censales del ICFES la totalidad de los alumnos que se encuentren matriculados en los grados evaluados. Registro escolar. Los establecimientos educativos deben llevar un registro actualizado de los alumnos que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan. Conforme al Decreto 1290, el establecimiento educativo, a solicitud del padre de familia, debe emitir constancias de desempeño de cada grado cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos.

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Respecto a la Graduación la permite solo cuando los alumnos hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados por el establecimiento educativo en su proyecto educativo institucional, de acuerdo con la ley y las normas reglamentarias. LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA: por medio de la cual se reforma el código penal, el código de procedimiento penal, el código de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad. La ciudadanía reclama un tratamiento más estricto para luchar contra la impunidad en los crímenes cometidos por menores de edad, por lo cual esta ley ordena: ARTÍCULO 94. Adiciónese dos nuevos parágrafos al artículo 42 de la Ley 1098 de 2006, así: Parágrafo 1. Considérese obligatorio que todas las instituciones educativas públicas y privadas estructuren un módulo articulado al PEI (Proyecto Educativo Institucional) para mejorar las capacidades de los padres de familia y/o custodios en relación con las orientaciones para la crianza que contribuyan a disminuir las causas de la violencia intrafamiliar y sus consecuencias como consumo de sustancias psicoactivas, embarazo en adolescentes, deserción escolar, agresividad, entre otros. (Subraya fuera de texto) Parágrafo 2. Las secretarías de educación municipal y departamental deberán orientar y supervisar las estrategias y metas del sistema psicopedagógico y las Instituciones deberán consignarlo dentro del Proyecto Educativo Institucional (PEI) como de obligatorio cumplimiento. La Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana se rige por principios rectores que orientan las acciones por implementar y responden a la vocación institucional, respetuosa del ordenamiento jurídico y pluralista, que inspiró su diseño y formulación. En aplicación del Principio de corresponsabilidad la seguridad y convivencia ciudadana es un asunto de todos en la sociedad. Su logro demanda no sólo el concurso de los poderes públicos, en función de sus competencias misionales, sino también los esfuerzos articulados de las entidades nacionales y territoriales del Estado con el sector privado, la academia, la sociedad civil organizada y la ciudadanía en general. LEY 1273 DE 2009 DELITOS INFORMÀTICOS: Diario Oficial No. 47.223 de 5 de enero de 2009 del CONGRESO DE LA REPÚBLICA, por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones en donde se entiende por delitos informáticos: “Todos los actos que permiten la comisión de agravios, daños o perjuicios en contra de las personas, grupos de ellas, entidades o instituciones y que por lo general son ejecutados por medio del uso de computadoras y a través del mundo virtual de Internet o cualquier otro medio tecnológico o de ingeniería social”. LEY 1620 "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar” Decreto1965 "Por el cual se reglamenta la Ley 1620 de 2013, que crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar DECRETO 01277 del 5 de julio por el cual se reglamenta el acuerdo 58 de 2011, mediante el cual se adoptó la Política Publica de atención integral a la primera infancia.

1482 3 noviembre 2011 .Esta ley tiene por objeto garantizar la Protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o Pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación. LEY ESTATUTARIA No. 1618: Por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas discapacitadas Guía N° 49 Guía pedagógica para la convivencia escolar Página 29 de 116

CAPITULO VI MARCO TELEOLÓGICO INSTITUCIONAL Artículo 12º. VISIÓN DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ “En el 2015, el Colegio Palermo de San José, como entidad cristiana católica, inspirada en la pedagogía de Santa María Bernarda Bütler, fundamentada en los principios del Humanismo Franciscano y certificada según normas internacionales, será reconocido como formador de ciudadanos Hombres y Mujeres de Bien, emprendedoras, competentes en el manejo de la Tecnología informática y el Inglés, responsables con el cuidado del medio ambiente y capaces de generar procesos científicos”. Artículo 13°. MISIÓN DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ El Colegio Palermo de San José, es una Institución de educación privada cristiana católica inspirada en la pedagogía de Santa María Bernarda Bütler, dirigida por las Hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora, fundamentada en los principios y valores del Humanismo Franciscano, certificada según normas internacionales, y regida por la Ley 115/94, general de educación y las orientaciones de la Iglesia Católica, atiende la formación integral de ciudadanos hombres y mujeres de bien desde el nivel de Preescolar hasta la Educación Media. Artículo 14°. FILOSOFÍA DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ Nuestra Institución Palermo de San José, se fundamenta en una filosofía cristiana, católica que desarrolla y vive el principio del SER sobre el TENER, apoyando sus criterios educativos en la Fraternidad universal, valor por excelencia de la IDENTIDAD FRANCISCANA. Artículo 15°. CREENCIAS DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ Creemos que la formación en un ambiente Católico y Franciscano es el mejor medio para una Educación Humana y trascendente. 1. Creemos en nuestra propuesta pedagógica de “trabajo por procesos” como pedagogía para desarrollar competencias en las estudiantes y los estudiantes. 2. Creemos en la responsabilidad compartida Familia – Institución como unidad que contribuye eficazmente a la formación de las estudiantes y los estudiantes. 3. Creemos que en Palermo se vive un ambiente de respeto por la individualidad, donde lo más importante es el ser sobre el tener. 4. Creemos en la formación de las estudiantes y los estudiantes con mentalidad abierta al cambio, intelectualmente competentes y sembradores de paz y bien. 5. Creemos en la necesidad de aprender una segunda lengua, que ayude a las estudiantes y los estudiantes a interactuar con las distintas culturas en este medio globalizado. 6. Creemos en la necesidad de educar con sensibilidad social como uno de los medios para conseguir la paz. 7. Creemos que el respeto y la veneración por la creación y el medio ambiente contribuye a la formación de seres responsables de la conservación de la vida que perpetúa las especies. 8. Creemos que la formación del carácter y la voluntad, se logran a través del testimonio de vida de los mayores y la exigencia diaria a las estudiantes y los estudiantes. 9. Creemos en la implementación del Sistema de Gestión de Calidad como el mejor mecanismo para alcanzar la calidad educativa y el mejoramiento continuo. Artículo 16°. VALORES FUNDAMENTALES DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ ESPIRITUALIDAD Como capacidad de trascender el actuar, creciendo en lo humano y en lo cristiano. La Institución, trabaja para que las estudiantes y los estudiantes sean consciente de su vida interior, vivan con Dios y lo acepte en su vida como su único Señor. Se evidencia en la capacidad de armonizar con su entorno Página 30 de 116

FRATERNIDAD UNIVERSAL Es la capacidad de sentir a todos los seres como hermanos. Se vive a través del respeto, la acogida, la misericordia y la ayuda mutua. Fuera se proyecta a través de la solidaridad entre los más pobres. CIUDADANÍA Es el valor de ser personas de bien, que sienten y expresan la pertenencia a la ciudad a través de la vivencia de sus deberes y derechos. Se manifiesta en la respuesta que da al Manual de Convivencia y en la vivencia del proyecto personal de vida con la autonomía, la responsabilidad y la trascendencia. INTELECTUALIDAD Es el cultivo de la inteligencia. Es trascender la información recibida yendo más allá en la profundización, y la aplicación en el entorno. Propende por el desarrollo real de competencias para que el conocimiento sea verdaderamente significativo. La propuesta pedagógica: “aprender haciendo, descubriendo, produciendo y auto evaluándose” fortalece el trabajo con este valor y lo hace realidad. Artículo 17°. LEMA “Desde Palermo llenemos el mundo de más calor humano, bondad y ternura” Artículo 18°. POLÍTICA DE CALIDAD En un ambiente Franciscano fundamentado en la fe católica, formamos ciudadanos(as) de bien, competentes en el idioma inglés, comprometidos con el entorno familiar y social, a través del mejoramiento continuo de las gestiones directiva, ,administrativa-financiera, pedagógica y de la comunidad, que asegure la satisfacción de los beneficiarios, la protección del medio ambiente y la seguridad de nuestros empleados. NUESTROS SÍMBOLOS SON: Artículo 19°. LA BANDERA Está constituida por dos bandas de colores diferentes: EL AMARILLO, en la parte superior significa el amor a la Eucaristía y la lucha por la superación intelectual constante y la fraternidad universal. EL AZUL, en la parte inferior, simboliza el Amor a María Virgen, Auxiliadora que debe tener las estudiantes y los estudiantes PALERMISTA, pues Ella es su compañera y amiga a través no sólo de su estudio, sino de toda su vida. Artículo 20°. EL ESCUDO Ha sido diseñado por la Hermana GREGORIA DÜCKS. El fondo blanco, simboliza la verdad y transparencia que deben acompañar nuestras acciones. Las estrellas del escudo, son los altos ideales y las Metas que una PALERMISTA debe proponerse en su existencia. La lámpara indica, el esfuerzo y tenacidad para llegar a esos ideales, la luz de Cristo que debe acompañar toda educación cristiana y el entusiasmo, la alegría y la bondad franciscana que ilumina a las estudiantes y los estudiantes del Colegio. El monograma, expresa el nombre: “COLEGIO PALERMO DE SAN JOSE”. Los libros son la ciencia que se recibe, porque las estudiantes y los estudiantes PALERMISTA deben ser una persona abierta a la Ciencia, a la Fe y al amor y comprometidos en la construcción de una sociedad más justa y solidaria, en la que predomine el SER sobre el TENER. Artículo 21°. EL HIMNO Cordialmente a mis Estudiantes, al Claustro y a la Comunidad de las Reverendas Madres Franciscanas que lo regentan. Página 31 de 116

HIMNO PALERMISTA /Colegiales en íntimo anhelo Estrechemos la mano cordial En la paz de los ojos del cielo Y en los labios el himno triunfal/

Almo acento de núbiles voces Alza el coro su grácil virtud Florecillas de Asís en sus goces Siempre en alto tu fe y juventud. /Colegiales en íntimo anhelo… Jardín noble de lirios y rosas Donde hermana a las almas amor Con tu mágico hechizo engalanas Ciencia, Gloria, amistad y fervor. /Colegiales en íntimo anhelo… Aquí viven en dulce concento Al amparo del huerto ideal El estudio severo, el acento Que nos mueve hacia Dios maternal. /Colegiales en íntimo anhelo… Claustro amado permita la vida Conservarnos la dulce ilusión De entonar otra vez orgullosos En los labios la hermosa canción.

Autor, Letra: Señor Rubén Arango y Música: Señor Carlos Vieco. Adaptación letra: Hermana Marta Cardona Narváez- Rectora Silvia Elena Jaramillo Pérez-Docente de música. Artículo 22º. UNIFORMES Y SU USO Exhortamos a todas las estudiantes y los estudiantes a usar correctamente el uniforme, así como respetarlo y portarlo con orgullo, dentro y fuera de las instalaciones del Colegio Palermo de San José. No se exige a los padres de familia adquirir uniformes con prendas exclusivas o de marcas específicas. Los uniformes deben ceñirse a las siguientes características: PARA LAS ESTUDIANTES

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1. Uniforme de Gala: Falda a cuadros rojo y azul sobre la rodilla y en tablas; camisa blanca, manga corta y de cuello sport, chaleco de lana azul oscuro, manga sisa y monograma al lado izquierdo. Zapatos rojos, mediamedia media blanca y short azul oscuro. La chaqueta de doble faz, monograma al lado izquierdo y capucha o buzo azul cuello en v, monograma al lado izquierdo, además de la chaqueta distintiva de las estudiantes y los estudiantes de grado 11º, son opcionales, pero quien los lleva no debe quitarse el chaleco. USO: Días ordinarios, ceremonias religiosas y eventos en que lo exija la institución. 2. Uniforme de Educación Física: Chaqueta de doble faz con monograma al lado izquierdo y sudadera gris enresortada en la cintura con el monograma de la Institución en la pierna izquierda, camiseta blanca, manga corta y con monograma al lado izquierdo. El largo de la sudadera no debe rozar el piso y debe tener el respectivo ribete. Tenis completamente blancos sin ninguna clase de combinación, adornos o rayas, no se permiten tenis de bota. Media-media blanca, en ningún caso tobilleras. No se debe utilizar camiseta de cuello redondo, ni de otra forma con el uniforme de Educación Física. USO: Llevar el uniforme de Educación Física únicamente los días que corresponda según el horario del grupo. Además se permite portar el buzo azul cuello en v, monograma al lado izquierdo por debajo de la chaqueta PARA LOS ESTUDIANTES 1. Uniforme de gala: Pantalón azul oscuro a la cintura, corte clásico de bota recta, Correa negra: sin hebillas grandes, ni de motivos. Camisa blanca de cuello con monograma en el bolsillo. Buzo azul oscuro cuello en v y con ribete blanco y monograma al lado izquierdo. Zapatos negros de amarrar tipo colegial. Medias azules oscuras. 2. Uniforme de educación física: Sudadera azul enresortada en la cintura con el monograma de la institución en la pierna izquierda, camiseta blanca con ribete azul y gris en el cuello, de manga corta y con el monograma al lado izquierdo, buzo azul oscuro cuello en v y con ribete blanco y monograma al lado izquierdo. Tenis completamente blancos sin ninguna clase de combinación, adornos o rayas, no se permiten tenis de bota. Media-media blanca, en ningún caso tobilleras. No se debe utilizar camiseta de cuello redondo, ni de otra forma con el uniforme de Educación Física. USO: Llevar el uniforme de Educación Física únicamente los días que corresponda según el horario del grupo Artículo 23°. ANOTACIONES GENERALES AL PORTE DEL UNIFORME 1. Asistir con el uniforme completo, en buen estado y bien aseado el día que corresponde, según el horario del grupo. En caso de no hacerlo justificar por escrito con la firma del padre o acudiente y asistir con el otro uniforme reglamentario. Es decir, no se permite asistir con el uniforme de educación física y tenis diferentes a los estipulados. 2. Los zapatos o tenis no deben tener mezclas o ribetes, cámaras y shox de otro color. 3. La camisa se lleva siempre por dentro de la falda. 4. En ningún caso podrán llevar camisetas o top’s estampados o de color diferente al blanco, debajo de la camiseta de Educación Física. 5. Todo el equipo del uniforme incluyendo la chaqueta deberá estar marcado con el nombre completo de las estudiantes y los estudiantes en un lugar fácil de visualizar. En caso de pérdida el colegio no se hace responsable de ninguna de las prendas u objetos 6. Las estudiantes y los estudiantes a partir del grado 1º debe usar delantal blanco para ir al laboratorio .No se permite otra prenda que reemplace el delantal 7. El cabello y las uñas deben estar siempre limpios y organizados. 8. Deben evitarse accesorios de valor (anillos, cadenas, pulseras). 9. Está prohibida la utilización de tenis con patines por razones de salud y seguridad física. 10. Las estudiantes y los estudiantes de grado 11º podrán llevar una chaqueta como distintivo de su promoción y obligatoriamente portar el chaleco, contando siempre con la aprobación del Consejo Directivo. Parágrafo: Recomendaciones para mantener el buen porte del uniforme y la buena presentación personal. Queda excluido el uso de tinturas de colores disonantes, piercing y tatuajes. Página 33 de 116

Se admite reloj de pulsera sencilla, un anillo, una cadena con dije, para las estudiantes aretes pequeños y sencillos Los accesorios utilizados con los uniformes institucionales deben ser blanco para los dos uniformes, rojo o azul(en los mismos tonos de la falda y el chaleco) para el de gala y gris para el de educación física, una pulsera sencilla (no artesanales, ni de colores vistosos) y el uso de esmalte transparente en las uñas, francés, blanco ejecutivo , blanco nacarado ,sin ningún tipo de decoración. Para los estudiantes corte de cabello tradicional sin peinados extravagantes que desluzcan el uso del uniforme CAPITULO VII PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS QUE ORIENTAN LA ACCION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN LA INSTITUCIÓN Artículo 24º. PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. (Decreto 1860 /94, Art. 15) El Colegio Palermo de San José Fundamenta su Proyecto Educativo Institucional en la Constitución Política de Colombia, Ley General de Educación, Decretos reglamentarios, Ley de Infancia y Adolescencia y Proyecto Educativo Institucional “Palermo de San José”. El Proyecto Educativo Institucional es la forma en que la Institución con una identidad propia ha decidido alcanzar los fines de la educación definidos por la ley 115/94, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales del medio. El Colegio inició su elaboración el 30 de Marzo de 1994 y la concluyó el 30 de Noviembre de 1996, realizó su adopción y divulgación entre el 14 de Enero y el 21 de Febrero de 1997 según acta del Consejo Directivo número 2 de 1997 y Resolución Rectoral 01 de 1997. Cada año se hacen ajustes teniendo como base los fundamentos del PEI de 1997 y la visión Palermo 2015. Para realizar los ajustes al PEI cada año se hace una revisión total aprovechando para ello la cartilla de Autoevaluación del MEN y los resultados de la última Auditoría Externa. Se cree que en estos dos están expresadas las necesidades Institucionales. Ambas actividades permiten la participación activa de toda la comunidad educativa. El resultado de estos eventos se traduce en el Plan de Mejoramiento anual que hace parte del PEI. Para que estos ajustes sean validos, El Consejo Directivo, emitirá anualmente un Acuerdo refrendado por la Resolución Rectoral que valida y adopta el nuevo PEI ajustado para cada anualidad. Artículo 25°. PROPUESTA PEDAGOGICA “EDUCACION POR PROCESOS PARA EL DESARROLLO DE COMPETENCIAS”

La educación de hoy demanda una mayor capacidad de autonomía y responsabilidad frente a la realización personal y social de las estudiantes y los estudiantes, además de fortalecimiento de su pertinencia social y académica para que se construya en un escenario donde cada actor ejerza la capacidad de dirigir su destino en un mundo donde la aceleración del cambio, acompañado del fenómeno de la mundialización, exigen adquirir competencias más amplias que permitan el desarrollo de un hombre y de una mujer de bien en su ser, su saber y su hacer.

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Saber Hacer: frente a una tarea específica, es decir la capacidad para responder a situaciones, resolver problemas y desenvolverse en el mundo. Hacer: Habilidad para comprender los procesos y procedimientos necesarios para la recreación de los saberes. Metodologías y herramientas para resolver los problemas del contexto. Ser: Actitudes necesarias para tener desempeño idóneo. El aprendizaje significativo requiere de una estrecha relación de los saberes esenciales con las competencias atendiendo así a las múltiples visiones del ser humano. La actividad pedagógica en el aula debe estar cimentada en el desarrollo de competencias que faciliten a las estudiantes y los estudiantes la construcción y realización de su proyecto de vida, ejerciendo la ciudadanía, explorando y desarrollando sus talentos y potencialidades en espacios productivos. La tarea educativa es entonces: Hacer competentes a las estudiantes y los estudiantes para pensar, sentir, hacer, conocer, ser, comunicarse y convivir como sujetos activos en un espacio natural y social determinado, en permanente interacción y comunicación con la mayor cantidad de códigos lingüísticos posibles. SABERES ESENCIALES

SABER HACER

SABER SABER

COMPETENCIAS Desempeño laboral (procedimental reutilización )

Conocimiento científico (Conceptual)

SABER SER PARA CONVIVIR SABER COMUNICAR

Convivencia Humana (Actitudinal y Convivencial) Comunicación (Lingüística)

PROCESOS MENTALES

DESEMPEÑOS

Generalización

Utilización del conocimiento en otros contextos.

Aplicación

Actuación eficiente y eficaz.

Verificación

Validación del conocimiento.

Comprensión

Exploración

Análisis

Descomposición

Síntesis

Reflexión

Valoración

Toma de decisiones

Conceptualización

Expresión de ideas.

CAPITULO VIII PROCESO DE SELECCIÓN, ADMISIÓN Y MATRÍCULA Artículo 26º. DEFINICIÓN Es el proceso al cual se somete el aspirante que desea ingresar a cualquiera de los niveles de educación de la Institución; Párvulos, Preescolar, Básica Primaria, Básica Secundaria o Media Académica. Artículo 27º. PASOS A SEGUIR     

Adquisición del formulario. Observación y valoración para aspirantes. Entrevista a padres de familia y/o acudientes y aspirantes con la Vicerrectora y la Psicóloga. Realización de pruebas para aspirantes de 1º a 10º Valoración de repertorios para aspirantes de Preescolar.

Artículo 28º. REQUISITOS PARA PRESENTAR LA ENTREVISTA Para Preescolar a 3º:  Informe familiar.  Taller para familias aspirantes.  Una foto familiar reciente tamaño postal. Página 35 de 116

PARA 4º A 10º      

Informe familiar. Taller para familias aspirantes. Una foto familiar reciente tamaño postal. Informe de procedencia. Fotocopia del cuaderno de seguimiento formativo o cuaderno de campo. Informe del último periodo académico (Registro Escolar).

Artículo 29º. CONDICIONES GENERALES a. b. c.

La institución no contrae ninguna obligación por el hecho de la presentación de pruebas y/o entrevistas. El dinero cancelado por la inscripción no será reembolsado. La institución se reserva el derecho de admisión. Caso contrario cuando una instancia superior lo solicite. El informe de procedencia es de carácter privado y ninguna persona ajena a la rectora, a la vicerrectora y a las psicólogas, tiene acceso a él. No se admiten aspirantes al grado once. Sólo se recibirán por motivo de traslado de otra ciudad, o si es un reingreso. Se entregan los resultados de admisión, solamente si la documentación para la entrevista está completa. Los documentos financieros solicitados para el proceso de Selección, Admisión y Matrícula, en caso de no realizarse esta serán devueltos al padre de familia.

d. e. f. g.

CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA ACEPTAR ESTUDIANTES PROCEDENTES DE OTRAS INSTITUCIONES.

El Colegio Palermo de San José asume el ingreso de las estudiantes y los estudiantes que llegan de otra Institución para iniciar un año, para continuarlo o para reiniciarlo bajo los siguientes criterios: Artículo 30º. CONDICIONES PARA INICIAR EL AÑO ESCOLAR EN LA INSTITUCIÓN -

Debe presentar todas las áreas y/o asignaturas aprobadas en escala cualitativa de BÁSICO. Encontrarse a paz y salvo económico con la institución de donde procede. Haber sido promovida o promovido por la institución de procedencia. En caso de promoción con asignaturas pendientes (Decreto 1290), el estudiante se matricula en el colegio con el compromiso de realizar unas actividades extracurriculares programadas durante el primer semestre, que permitan demostrar el logro de los desempeños deficientes. Parágrafo 1: Cuando el concepto BÁSICO en la Institución de procedencia está valorado cuantitativamente por debajo de 3.0, la estudiante o el estudiante deberá desarrollar un taller escrito que acredite sus competencias. Parágrafo 2: Para el caso de estudiantes que ingresan a la Institución procedentes de otro país; se diseñará un programa de Validación según indicaciones del Ministerio de Educación Nacional, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:    

Se podrán aplicar diferentes tipos de instrumentos pedagógicos: Prueba única escrita, exposiciones, talleres con su debida sustentación, asesoría presencial y/o virtual. Las actividades asignadas se evaluarán de acuerdo con la escala vigente en el colegio según el Sistema Integral de Evaluación. En un año calendario se podrán validar varios grados con actividades pedagógicas independientes. La Institución define el momento oportuno para la realización del programa, según el proceso de adaptación. Página 36 de 116

Artículo 31º. CUANDO SE DA EL CASO DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES QUE SOLICITAN CUPO EN EL TRANSCURSO DEL AÑO ESCOLAR, SE ACEPTARAN BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES  Con resultados parciales valorados en SUPERIOR, ALTO O BASICO, en todas las áreas o asignaturas.  Cuando el concepto BÁSICO en la Institución de procedencia está valorado cuantitativamente por debajo de 3.0, se deberá desarrollar un taller escrito que acredite sus competencias en las áreas y/o asignaturas respectivas.  Con resultados parciales valorados como Bajo, en cualquier área o asignatura. No se aceptan estudiantes para transferencias.  El informe parcial presentado, es asumido como parte del proceso (50%) que se lleva hasta el momento de su ingreso al aula de clases. En caso de presentarse una escala diferente para el básico, estas calificaciones serán registradas con el valor de 3.5 establecido en el Colegio.  Encontrarse a paz y salvo económico con la institución de la que procede. Artículo 32º. CUANDO SE SOLICITE CUPO PARA REINICIAR EL AÑO ESCOLAR SE ACEPTA BAJO LAS SIGUIENTES CONDICIONES -

-

-

-

No presentar problemas comportamentales considerados como situaciones tipo II o III que afecten la convivencia escolar según el Manual de Convivencia Institucional. Para cualquier caso de REINICIO DE GRADO tanto para estudiantes antiguos como para nuevos que presenten proceso disciplinario por situaciones que afecten la convivencia escolar, se deberá realizar un compromiso de Normalización entre la estudiante o el estudiante, sus padres o acudientes y la Institución con el cual se monitoreará el desempeño comportamental los cuales tendrá incidencia directa en la continuidad o pérdida del cupo en la Institución para el siguiente año escolar. Reiniciar un mismo grado en la institución, solo en dos oportunidades, siempre que se evidencie buen comportamiento, deseo de superación, y compromiso de sus padres o acudientes en el proceso de formación. Para el caso de estudiantes que solicitan papelería para traslado a otra Institución, esta se enviará según escala cualitativa y cuantitativa interna. Cuando una estudiante o un estudiante ingresa a la Institución después de haber sido promovido en forma anticipada o posterior por otra Institución, se deben presentar los documentos, el seguimiento y una constancia expedida por el Estamento acreditado para definir la promoción. Debe presentar además, la correspondiente sustentación del proceso que se lleva hasta la fecha, con los compromisos adquiridos por la familia y el estudiante. Se debe encontrar a paz y salvo económico de la Institución de la que procede.

M A T R Í C U L AS Artículo 33º. FUNDAMENTACIÓN LEGAL: Ley 115 General de Educación. Art. 95 “La matrícula es el acto que formaliza la vinculación del educando al servicio educativo. Se realizará por una sola vez, al ingresar el alumno a un establecimiento educativo, pudiéndose establecer renovaciones para cada período académico.” (Artículo 95 de la Ley 115 de 1997). Para realizar el acto de la matrícula se debe cumplir con el proceso de Admisión, Selección y Matrículas, y haber sido aceptado para el grado sugerido. Estar a paz y salvo académicamente, haber cumplido con todas las competencias para el grado que cursó y presentar el paz y salvo económico de la institución de donde proviene. Artículo 34º. RENOVACIÓN Y REQUISITOS DE MATRÍCULA PARA LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES ANTIGUOS

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Pueden renovar matricula las estudiantes y los estudiantes de todos los grados que finalizado el año escolar tengan como valoración un desempeño Superior, Alto y/o Básico en todas las áreas. Y después de realizar las actividades de superación, de un área pendiente, obtengan resultados aprobatorios. REQUISITOS: Presentarse el día asignado por el Colegio Palermo de San José, en compañía de sus padres, representante legal, o acudiente con los siguientes documentos: a. b. c. d.

Fotocopia de la tarjeta de identidad para las estudiantes y los estudiantes que hayan cumplido 7 años. Presentar el Paz y Salvo y la colilla de pago de la matrícula, con sello de cancelación del Banco AV VILLAS. Tener la documentación de matrícula debidamente diligenciada, con los soportes estipulados en el documento Solicitud de matrícula. Fotocopia de la EPS.

Artículo 35º. PASOS PARA LA MATRÍCULA DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES QUE INGRESAN POR PRIMERA VEZ A LA INSTITUCIÓN a. b. c. d.

Reclamar con anterioridad recibo de cancelación para la matrícula, contrato y pagaré. Consignar el valor de la matrícula en la entidad financiera que se indica en la liquidación de la matrícula. Presentar la documentación. Ver requisitos estipulados en el artículo siguiente de este documento. Realizar la matrícula académica en Secretaría General.

Artículo 36º. REQUISITOS PARA LA MATRÍCULA DE LAS ESTUDIANTES Y LOS QUE INGRESAN POR PRIMERA VEZ A LA INSTITUCIÓN a. b. c. d. e. f. g. h. i.

Registro civil para estudiantes menores de 7 años. Certificado de vacunación (si es una estudiante o un estudiante de preescolar). Fotocopia de la EPS. Fotocopia del RH Fotocopia de la tarjeta de identidad para las estudiantes y los estudiantes mayores de 7 años. Hoja de vida original u otro informe equivalente. Certificado de Paz y Salvo de la institución de procedencia. Retiro del SIMAT. Para las estudiantes y los estudiantes de secundaria: Calificaciones en papel membrete desde 5º de primaria hasta el año inmediatamente anterior al grado que solicita ingreso. j. Para las estudiantes y los estudiantes de primaria calificaciones en papel membrete del año anterior al grado que solicita ingreso. k. Contrato y pagaré bien diligenciados. l. Valor de matrícula cancelada. m. Presentación de los documentos económicos solicitados por tesorería para avalar el contrato y el pagaré. Parágrafo 1: Para la realización de las matrículas, el Consejo Directivo del Colegio aprobará el 5.1% de incremento de éstas, de las pensiones y otros costos educativos. Parágrafo 2: Para el proceso de matrícula debe presentarse la estudiante y/o le estudiantes y con sus padres de familia o acudiente autorizado. Parágrafo 3: Para los grados de 10º y 11º: Constancia de haber cumplido con el Servicio Social obligatorio. Artículo 37. LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES ASISTENTES. Para favorecer, proteger y garantizar el derecho de los menores, con fundamento en los Artículos 8,9 y 11 de la Ley 1098 del año 2006, el Colegio hará uso de la figura de “estudiante asistente” en uno de los casos siguientes: Las Estudiantes y los estudiantes “asistentes”, no matriculados se pueden dar varios casos: Página 38 de 116

1.

2.

Cuando por motivos económicos sus padres no pueden matricular en la fecha fijada deben solicitar un permiso escrito de la Vicerrectora donde conste claramente la fecha en la que debe efectuarse. Este periodo de tiempo no debe concederse por más de 4 semanas efectivas de clase. Las Estudiantes o los estudiantes “nacionales” y “extranjeros” que al momento de la matrícula no presentan la documentación académica completa, puede permanecer como asistentes hasta por 15 días efectivos de clase (3 semanas) las primeras, y prolongarse discrecionalmente las extranjeras cuando el aporte de la documentación correspondiente no se haya dado para el perfeccionamiento de la matrícula. Parágrafo: En estos dos casos, los términos de tiempo pueden ampliarse en la medida en que las partes, Colegio y padre de familia, se pongan de acuerdo por la dificultad que presente el aporte de la documentación correspondiente.

Artículo 38. LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES EN PASANTÍA. Son aquellos nacionales o extranjeros que están “de paso” en el Colegio, sólo por unos días mientras sus padres o acudientes realizan alguna actividad cultural o comercial. Cada caso es particular y así se trata. Las condiciones de su estadía quedan consignadas en un contrato específico para cada caso. Su carácter es el de asistentes y cuando regresen a sus regiones recibirán certificado de asistencia especificando el tiempo de estadía en el Colegio. Si durante su permanencia se da la decisión de quedarse en el Colegio, se debe aportar toda la documentación exigida y matricularse permanentemente. Artículo 39º. CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE MATRÍCULA – PERDIDA DE CUPO EN EL ESTABLECIMIENTO El Colegio podrá dar por terminado el contrato de matrícula, en el momento en el que se compruebe cualquiera de las causales siguientes o flagrante violación a este Manual de Convivencia, sin perjuicio de las acciones penales o civiles que puedan ocasionarse con la infracción de alguna de las normas estipuladas: 1. Voluntad expresa de las partes. 2. Incumplir con alguna de las cláusulas del Contrato de matrícula, compromiso o cualquiera de las obligaciones contraídas al momento de la firma del mismo. 3. El no pago oportuno de las pensiones. 4. Reprobación del año escolar por inasistencia, procedimiento que debe estar consignado en el Cuaderno de Seguimiento Formativo. (Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009, artículo 6° Promoción escolar) o por falta de adaptación al colegio. 5. Cuando debe iniciar un grado por tercera vez. 6. Cuando no se vivencia la filosofía de la institución, previo seguimiento en el transcurso del año y consignación en el Cuaderno de Seguimiento Formativo. 7. Ejercer un liderazgo negativo dentro del grupo, que afecte la formación individual – personal y que vaya en contra de la Filosofía del colegio y del Manual de Convivencia. 8. Cuando se tiene un compromiso académico o de normalización y en la Comisión de Promoción y/o Formación respectiva se verifique su incumplimiento. 9. Cuando la descripción de la normalización al final del año escolar no corresponde a los parámetros establecidos por la institución como propios para la convivencia. 10. Cuando se determine como una estrategia formativa a una falta la no renovación de matrícula para el año siguiente. 11. Haber sido expulsado del colegio. 12. Cuando se incumpla con las cláusulas establecidas en una resolución Rectoral de tipo académico. Artículo 40º. LA ASISTENCIA ESCOLAR Todos las estudiantes y los estudiantes matriculados en el Colegio Palermo de San José, debe cumplir con las horas escolares establecidas por el Ministerio de Educación Nacional y la inasistencia injustificada al 15% o más de las actividades académicas del año escolar es considerada causal para la no promoción al Página 39 de 116

finalizar el año, como lo determina el artículo 6º del decreto 1290 de 2009. Desde la Coordinación de Formación para la Convivencia se ejerce el control diario de asistencia a clases. La Coordinadora de Formación para la Convivencia velará por la permanente asistencia de las estudiantes y los estudiantes a la Institución, procurará evitar que se presente la deserción escolar e investigará las causas de la misma, si ésta se presentase. Artículo 41º. INASISTENCIAS Se da cuando la estudiante y el estudiante no se hace presente a la jornada académica. Cuando las estudiante o el estudiante presente tres (3) o más ausencias injustificadas en el mes, la Coordinadora de Formación para la Convivencia citará a los padres de familia, si establece que son responsables los padres de familia y la estudiante o el estudiante es una menor, remitirá el informe a la rectora y ésta a la autoridad competente para que se apliquen las sanciones contempladas en la ley de Infancia y Adolescencia. Si e l responsable es la estudiante o el estudiante, se le amonestará y se exhortará a los padres. Si persiste la conducta y el niño, niña o adolescentes es menor, la Rectora de la remitirá al Defensor de Familia con el objeto de que se adelanten las diligencias de protección pertinentes, pero si la estudiantes o el estudiante no es menor, se le aplicará el proceso formativo conforme al procedimiento establecido. La inasistencia sólo se justifica cuando:  Se presenta incapacidad médica o fórmula médica por enfermedad,  Por calamidad doméstica, por muerte o enfermedad de familiares cercanos.  En los casos en los cuales las estudiantes y los estudiantes estén representando al Colegio Palermo de San José, al Municipio, al Departamento o al País, en actividades pastorales, culturales, deportivas y otras que autoricen las directivas del Colegio. En los casos de participación en eventos para representar al Colegio, los permisos serán solicitados por el docente que organiza la participación o salida a la Coordinadora de Formación y/o a la Coordinadora Académica, dependiendo de la actividad a realizar, previa autorización escrita de los padres de familia y/o acudiente, quienes asumen la responsabilidad. Si se tiene causa justa para no asistir, debe presentar dicha justificación a la Coordinación de Formación para la Convivencia en el momento en que regrese al Colegio en forma escrita y con la firma del padre, madre o acudiente. Si tiene necesidad de ausentarse del plantel debe presentar en forma escrita a la Coordinadora de Formación para la Convivencia, la autorización de los padres de familia. Dicha autorización debe contener: Nombre completo, grado, hora de salida, motivo, nombre y número telefónico del padre de familia donde se pueda confirmar dicha autorización. Artículo 42°. RETARDOS Las estudiantes y los estudiantes que lleguen al Colegio después de la hora indicada para el inicio de la jornada escolar, debe registrar su hora de llegada en la recepción y dirigirse a la Coordinadora de Formación para recibir la autorización de ingreso a clases y entregar la respectiva excusa. Cuando una estudiante o un estudiante de cualquier grado en un mismo periodo académico tenga tres llegadas tarde se dialogará con los padres o acudientes con el fin de mejorar dicha situación; si los retardos persisten hasta cinco llegadas tarde en un mismo periodo académico se procederá a la suspensión de la estudiante o del estudiante de uno a tres días después de estudiar su proceso formativo y lo determinado por las circunstancias atenuantes y agravantes existentes. CAPÍTULO IX COSTOS EDUCATIVOS Artículo 43° MATRICULA

Es la suma anticipada que se paga una vez al año en el momento de formalizar la vinculación de la estudiante o el estudiante al Servicio Educativo ofrecido por la Institución de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 201 de la ley 115 de 1994. El régimen de tarifa cobrado por la Institución tiene su fundamentación en las disposiciones y criterios definidos en la ley 115 de 1994 y desarrollados según reglamentación y orientaciones emanadas del M.E.N Página 40 de 116

y la Secretaría de Educación Municipal (Parágrafo del Artículo 20 Decreto 1860 de 1994) y las concertaciones con el Consejo Directivo y el Consejo de Padres. En el momento de la Matrícula las estudiantes y los estudiantes, los Padres de Familia firmarán el Contrato de Matrícula y un Pagaré por la totalidad de la Cuota Anual que corresponde al valor de la Matrícula más la Pensión (Art. 201 Ley 115 de 1994), el cual será renovado anualmente e incrementado su costo según lo ordenado por la Norma legal que rige en el momento. Artículo 44º. PENSIÓN MENSUAL Es el costo de un mes; debe ser pagada en los 15 primeros días del mes, en el Banco AV VILLAS en la Cuenta de ahorros No. 50874150-6 a nombre de Congregación Hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora o a través de la página web: www.avvillas.com.co, zona pago colegios o en las cajas de los almacenes ÉXITO, POMONA y SURTIMAX del país, o a través de DATÁFONO ubicado en la oficina de tesorería de la Institución. En caso de mora en el pago, el costo de la pensión tendrá un recargo del 1% mensual sobre el valor de la pensión a pagar. La pensión será cobrada a través de facturación mensual, que tendrá fecha de corte el último día de cada mes y en caso de mora en el pago la factura del mes siguiente evidenciará los meses adeudados más los intereses a la fecha de corte. COSTOS EDUCATIVOS 2015 RESOLUCIÓN NÚMERO 012505 DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2014

2014

GRADO

MATRICULA PENSIÓN

2015 OTROS COBROS

PLUS DE INGLÉS MATRICULA PENSIÓN

OTROS COBROS

PLUS DE INGLÉS

JARDIN

451.528,00

406.376,00 158.350,00 57.324,00

478.619,68

430.757,71 166.425,85

60.248

TRANSICIÓN

455.912,00

410.321,00 158.350,00 57.324,00

474.555,93

427.100,34 166.425,85

60.248



453.731,00

408.358,00 158.350,00 57.324,00

479.163,51

431.247,16 166.425,85

60.248



451.453,00

406.308,00 158.350,00 57.324,00

476.871,28

429.184,15 166.425,85

60.248



449.324,00

404.392,00 158.350,00 57.324,00

474.477,10

427.029,39 166.425,85

60.248



447.234,00

402.511,00 158.350,00 57.324,00

472.239,52

425.015,57 166.425,85

60.248



445.173,00

400.656,00 158.350,00 57.324,00

470.042,93

423.038,64 166.425,85

60.248



438.922,00

395.030,00 158.350,00 57.324,00

467.876,82

421.089,14 166.425,85

60.248



428.859,00

385.973,00 158.350,00 57.324,00

461.307,02

415.176,32 166.425,85

60.248



366.075,00

329.468,00 158.350,00 57.324,00

450.730,81

405.657,73 166.425,85

60.248



318.777,00

286.900,00 158.350,00 57.324,00

384.744,83

346.270,34 166.425,85

60.248

10°-11°

402.982,00

362.684,00 158.350,00 57.324,00

423.534,08

381.180,67 166.425,85

60.248

Artículo 45º. OTROS COBROS Son conceptos diferentes a matrícula, pensión y cobros periódicos. Estos cobros son autorizados por la Secretaría de Educación Municipal y avalados por el Consejo Directivo, complementan la formación académica, los cuales se incrementarán anualmente según lo ordenado por la Norma legal vigente.

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OTROS COBROS PERIÓDICOS RESOLUCIÓN NÚMERO 012505 DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2014 . CONCEPTO Papelería- Anual

2015 $ 114.438

Actualización del carné- Anual

$ 6.997

Salidas Pedagógicas (las salidas se definen por áreas según plan de estudio y cubre el transporte)- Anual

$ 22.496

Talleres espirituales (una vez al año, cubre estadía y el transporte)- Anual $ 22.496 TOTAL (ESTOS MONTOS SE COBRAN CON EL CONCEPTO OTROS COBROS EN LA MATRÍCULA ) Ceremonia de grado

$ 166.426 $ 56.593

Certificados y constancias

$ 5.597

Enseñanza en Porrismo (semestral).

$ 132.978

Enseñanza de: danza moderna, baloncesto, Kitbol, balón mano, voleibol, gimnasia, patinaje, aeróbicos ( semestral )

$ 132.978

Formación en Francés extracurricular ( semestral )

$ 94.767

Artículo 46º. PAGO DE ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES. Las estudiantes y los estudiantes que accedan a las actividades de extensión académica y actividades extracurriculares deportivas, culturales y musicales durante el año escolar, deberán cancelar la prestación total del servicio antes de la realización de dicha actividad. Una vez iniciada la actividad extracurricular no se descuentan montos, ni se realizan devoluciones por inasistencia. Para el Paz y Salvo anual se debe estar al día con el pago de estas actividades Artículo 47º. DERECHO A DEVOLUCIONES Cuando el Padre de Familia o Acudiente hayan cancelado el valor de la matrícula y decida voluntariamente retirar a la estudiante o al estudiante de la Institución antes de la iniciación de clases, tiene derecho sólo a una devolución del 70% del valor de la matrícula y a la totalidad de lo cancelado por otros conceptos. Si el retiro se realiza después de la iniciación del año escolar, la Institución no hará devolución, ni reintegro de dineros cancelados por concepto de matrícula y otros cobros. Si el retiro de la estudiante o el estudiante se realiza en los (9) nueve primeros días del mes, el Padre de Familia o Acudiente no está obligado a pagar la pensión de dicho mes. Sin embargo si no ha formalizado el retiro en la Secretaría de la Institución deberá pagar el mes o meses transcurridos hasta la formalización de la terminación del contrato de matrícula. Artículo 48º. TRATAMIENTO EN SITUACION DE MORA El Padre de Familia o Acudiente incurre en mora cuando vence la fecha indicada para el correspondiente pago de la pensión mensual: Los primeros quince (15) días corrientes del mes. En este tipo de mora se realiza cobro por interés del 1% mensual sobre el valor de la pensión a pagar. Después de 61 días de mora en el pago de la pensión, se generan gastos de cobranza sobre el 10% de la pensión, más el plus de inglés, correspondientes a los honorarios de cobranza de la empresa autorizada por la Institución para el recaudo de cartera. La Institución se abstendrá de hacer entrega de constancias, certificados, informes académicos sin detrimento del derecho que tiene la estudiante o el estudiante de recibir la prestación del servicio educativo, Página 42 de 116

mientras el Padre de Familia o Acudiente permanezca en situación de mora; según Resolución Ministerial 015168 del 17 Septiembre de 2014, artículo 11: Retención de Certificados de Evaluación. Artículo 49º. RECUPERACIÓN DE CARTERA Al matricular las estudiantes o los estudiantes en el Colegio, los TUTORES/PADRES/ACUDIENTES adquieren un compromiso con el Proyecto Educativo Institucional. Uno de ellos es el pagar oportunamente las pensiones de su hijo e hija, en los quince (15) primeros días de cada mes, conforme lo estipula el contrato educativo. En caso de incumplimiento, la Institución, se ha acogido al convenio que ofrece CONACED Nacional en alianza con la empresa de cobranza institucional COBI quien será la encargada de ejecutar todo el trámite de recaudo de la cartera de la Institución, conforme lo indica el siguiente procedimiento: 

Cobranza Preventiva. Es la etapa en la que el colegio internamente emitirá comunicados a los Padres de Familia, solicitando el pago oportuno de la pensión en las fechas establecidas. Esta etapa será aplicada para las pensiones que se encuentren en mora durante el mes vigente.



Cobranza Administrativa. Aquí se desarrollan las primeras acciones de cobro por parte de COBI con los Padres de Familia reportados con una (1) pensión en mora mediante recordatorios de pago. En esta se causan intereses de mora del colegio.



Cobranza Pre jurídica. Si el Padre de Familia ha hecho caso omiso al pago mediante el cobro preventivo y Administrativo y persiste la mora, esta cuenta pasará a la etapa de cobranza pre jurídica, siempre y cuando las estudiantes y los estudiantes tengan (2) pensiones o más en mora, en esta etapa se causan además de los intereses de mora del colegio, los honorarios o gastos de cobranza de COBI correspondientes al 10% sobre el valor adeudado.



Cobranza Jurídica o Judicial. Una vez agotadas las anteriores etapas de cobranza sin lograr el recaudo, los TUTORES/PADRES/ACUDIENTES pasarán a cobro jurídico mediante un proceso judicial.

Los acuerdos de pago se realizarán directamente con COBI, la Institución viabilizará a los Padres de Familia el contacto con dicha entidad. Igualmente los procesos de informe a Centrales de Riesgo Financiero por comportamiento de cartera serán realizados por la COBI, previa autorización del Padre de Familia emitida desde el contrato de matrícula en la Cláusula Novena: Autorización. Apoyados en la legislación actual: Ley 1581 de 2012 y el Decreto Reglamentario 1377 de 2013 (LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y HABEAS DATA). La generación de Paz y Salvo se hará al finalizar el año lectivo, previa cancelación de todos los montos referentes al servicio educativo y servicios de apoyo solicitados CAPÍTULO X

LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 50º. CONTEXTO SOCIOFAMILIAR

El colegio Palermo de San José cuenta con 667 estudiantes, en edades comprendidas entre los 2 y los 18 años. La mayoría de las familias son Nucleares (60%), constituidas por padre, madre, hijas e hijos; se encuentra en menor número, las familias Monoparentales por separación, muerte o abandono de alguno de los padres. El número de familia Monoparentales Maternas es mayor (14,78%), en estos casos, es la madre quien se encarga del sostenimiento y cuidado de las hijas o los hijos. En un mínimo porcentaje, encontramos las familias Monoparentales Paternas (2%), en donde el Página 43 de 116

padre cumple la doble función de padre y madre a la vez, situación que se torna difícil, tanto para el padre como para las hijas o los hijos. En cuanto al estado civil, siguen predominando los padres casados (64%), seguidos por los padres separados (15%); los que viven en unión libre (10%); (9%) son solteros y en un porcentaje mínimo son viudos (2%). La mayoría de las familias, profesan la religión Católica (95%), mostrando coherencia con la formación católica impartida en la Institución. El 66% de las familias viven en los estratos 4 y 5; estos estratos son los más representativos. Un 23% se ubica en el estrato 6, y el resto (11%) en los estratos 3, 2 y 1. 63% de las familias habitan en vivienda propia; 24% tienen inmuebles en calidad de arrendatarios y el 12% viven en vivienda familiar, compartida en su mayoría con los abuelos. Un porcentaje significativo de las estudiantes o los estudiantes viven en El Poblado (43%), seguido de las estudiantes o los estudiantes que viven en Belén (16%), Envigado (16%) y Laureles – Estadio (8%). La población que llega de otros barrios de Medellín, su área metropolitana y corregimientos, tiene un porcentaje más bajo y forma el 17%. Los datos anteriores muestran la gran acogida que tiene el colegio Palermo de San José en Medellín, su trayectoria, cobertura y la población heterogénea que atiende. En un alto porcentaje de los hogares, (62% aproximadamente, tanto el padre como la madre, son profesionales, seguidos por los comerciantes independientes y los demás tienen formación tecnológica, técnica o son bachilleres. Es de anotar que en la mayoría de las familias trabajan tanto el padre como la madre para poder cubrir el sostenimiento del hogar, satisfacción de las necesidades básicas de sus hijas e hijos y las impuestas por la sociedad de consumo. Esto hace que las madres cumplan con una doble jornada: la laboral y el cuidado de la casa, lo que genera en algunos casos poca disposición y tiempo para compartir con sus hijas e hijos, incidiendo esto en su rendimiento académico y bienestar emocional. El colegio busca dar respuesta a esta problemática a través de actividades como Escuelas de Padres, Nivelaciones Académicas, Club Deportivo, Casita Verena, Padres en el Aula, Convivencias con padres y estudiantes, entre otras. Artículo 51°. QUIÉNES CONFORMAN LA COMUNIDAD EDUCATIVA EN EL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ En el Colegio Palermo de San José la comunidad educativa está constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. La Comunidad educativa está conformada por: 1. Las estudiantes y los estudiantes matriculados 2. Padres de familia o acudientes. 3. Los docentes vinculados a la Institución. 4. Los directivos docentes y personal de bienestar estudiantil: psicóloga, enfermera, capellán, bibliotecóloga. 5. Administradora y personal administrativo vinculado a la Institución. 6. Personal de servicios generales. 7. Las egresadas organizadas para participar. 8. Los representantes de la Comunidad. Página 44 de 116

Parágrafo: Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la conformación de los diferentes estamentos educativos y lo harán por medio de sus representantes en los órganos del Gobierno Escolar usando los medios y procedimientos establecidos por la ley y el Colegio. Artículo 52º. LOS ESTUDIANTES Se adquiere el carácter de estudiante del Colegio en el momento de firmar la matrícula y el contrato escolar, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación del Municipio y el Manual de Convivencia del Colegio Palermo de San José. Las estudiantes y los estudiantes son el sujeto de la propia formación. Cuanto se realiza en el colegio tiene el objeto claro y preciso de ofrecer a las estudiantes y los estudiantes ocasiones de crecer y madurar en todos los aspectos de su personalidad. Las estudiantes y los estudiantes necesitan apoyo en su proceso formativo, pero ellos son los principales agentes de ese proceso y protagonistas del propio crecimiento. Artículo 53º. PERFIL DEL ESTUDIANTE PALERMISTA Las estudiantes y los estudiantes del colegio Palermo de San José deben caracterizarse por ser un ciudadano hombre y Mujer de Bien, promotor de paz a través de actitudes que manifiesten la espiritualidad, la fraternidad, la ciudadanía y la intelectualidad. Que sienta a todos los seres como hermanos, solidarios con la realidad social y ambiental de su entorno, se identifique con los principios y valores institucionales, cumpliendo las Normas estipuladas en el Manual de Convivencia. Que cultiven el estudio y la investigación, que sean creativos, interesados en el dominio del inglés, reflexivos y participativos. Responsables con la utilización de todos los recursos del colegio y con los medios de la Tecnología Informática. Artículo 54º. DERECHOS DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ Constitución Nacional artículo 44º:” Son derechos fundamentales de los niños y las niñas, la vida, la integridad física, la salud, la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.” “La familia, la sociedad y el Estado tienen obligación de asistir y proteger al niño y a la niña para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y sanción de los infractores. Los derechos de los niños y las niñas prevalecen sobre los derechos de los demás.” Las estudiantes y los estudiantes del Colegio Palermo de San José tienen los siguientes derechos: a. Recibir una educación religiosa fundamentada en la visión, misión y principios filosóficos del colegio y en los programas vigentes del M.E.N. b. Participar en el proceso de su formación integral organizado de acuerdo con los fines de la Educación Colombiana sin discriminación alguna por razones de raza, color, idiomas, ideología política o cualquier otra condición suya, de sus padres o de sus representantes legales. c. Recibir la formación académica de acuerdo con lo establecido por el M.E.N., la Secretaría de Educación de Antioquia y el Consejo Académico, atendiendo las especificaciones de los Niveles de Educación Preescolar, Básica y Media Académica. d. Desarrollar a través de los procesos las capacidades comunicativa, argumentativa, lógica, investigativa, práctica, critica y volitiva. e. Ser atendidos con amabilidad por sus profesores, directivas, empleados y compañeros de acuerdo con su dignidad de seres humanos, cuando formulen sugerencias o reclamos justos y respetuosos con la finalidad de mejorar el proceso educativo o buscar la solución a un problema personal o de grupo. f. Solicitar y obtener, cuando existan causas justificadas y siguiendo el conducto regular, autorización para ausentarse del Plantel o del aula de clase. Página 45 de 116

g. Recibir trámite oportuno a las excusas presentadas por inasistencia al plantel, diligenciadas por los respectivos padres o acudientes o por autoridad competente cuando se requiera y se fijen plazos prudentes para cumplir con lo que tenga pendiente, en consonancia con las disposiciones del Ministerio de Educación Nacional. h. Recibir protección, cuidado y asistencia necesaria para lograr un adecuado desarrollo físico, mental, moral y social. i. Recibir una Formación Integral en valores, afectividad, ética, académica, física y religiosa con la dimensión del bien común. j. Ser respetado en su integridad e intimidad personal. k. Recibir estímulos por su labor y éxitos alcanzados dentro y fuera de la Institución. l. Ser informado e informada debida y oportunamente sobre la Misión, Objetivos, Propuesta Pedagógica y Manual de Convivencia cuando se haya aceptado el ingreso a la institución. m. Ser informado al iniciar un grado, del planeamiento didáctico de las áreas y/o asignaturas, además, de los criterios establecidos en el Sistema Integral de Evaluación. n. Ser acompañadas en todas las actividades institucionales que repercutan en su formación integral por maestros que cumplan a cabalidad con sus deberes profesionales: capacitación en servicio, orientación ágil y respetuosa, puntualidad, preparación de clases, evaluación de procesos académicos y ambientes propicios para el aprendizaje. o. Elegir y ser elegido o elegida con libertad y responsabilidad para los diferentes cargos que exigen representación. p. Expresar su opinión libremente y conocer sus derechos; en consecuencia, en todo proceso que pueda afectarla, deberá ser escuchados directamente o por medio de sus Padres y/o Acudientes. q. Ejercer el descanso y sano esparcimiento, juego, deporte y participar en la vida cultural Institucional. r. Hacer uso racional de los bienes y servicios del establecimiento educativo ajustándose a los reglamentos especiales. s. Disfrutar de un ambiente físico seguro, agradable, estético y descontaminado que permita llevar normalmente el proceso de aprendizaje. t. Disfrutar de un ambiente sano, libre de conductas que intimiden y vulneren su integridad personal. u. Solicitar certificados, calificaciones y demás documentos que expida la institución. v. Tener un carné estudiantil que la acredita como estudiante de la institución facilitando el acceso, la asistencia y participación en eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo dentro y fuera de la institución. Artículo 55º. DERECHOS DE LAS ESTUDIANTE Y LOS ESTUDIANTE SEGÚN EL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN – DECRETO 1290 Estos son los derechos de las estudiantes y los estudiantes en lo referente a la Evaluación de lo académico: a. Ser evaluados y evaluadas de manera integral en todos los aspectos académicos y personales dentro del colegio. b. Conocer el sistema institucional de evaluación, criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. c. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas. d. Recibir la asesoría y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje. e. Presentar todas las pruebas diarias y todas las actividades de seguimiento que se realizan durante su ausencia presentando la excusa correspondiente en el momento oportuno. f. Ser evaluado y evaluadas en su desempeño académico y comportamental en forma justa y objetiva de acuerdo con las normas vigentes en este Manual y las Directrices del M.E.N. g. Conocer oportunamente sus evaluaciones académicas e informes formativos y las observaciones en sus pruebas y trabajos escritos, con posibilidad de objetar y ser escuchada. h. Que los docentes sean justos y respeten la individualidad de las estudiantes y los estudiantes, fijen pautas de trabajo claras, las comuniquen oportunamente y las cumplan. i. Opinar sobre los problemas, enunciando críticas positivas y siguiendo los canales regulares de comunicación. j. Manifestar sus reclamos en forma cortes, justa y corrigiendo sus equivocaciones. k. Ser evaluado y evaluada en forma oportuna, objetiva y justa. Página 46 de 116

Parágrafo: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL OBLIGATORIO. De conformidad con el artículo 39 Decreto 1860 de 1994, “el Servicio Social que prestan las estudiantes y los estudiantes de educación media constituye un deber legal y tiene el propósito principal de integrarse a la comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y conocimientos de la educanda respecto al entorno social. El incumplimiento de este requisito, impide la proclamación como bachiller.” El Servicio Social obligatorio, se cumplirá en el Colegio Palermo con impronta Misionera según la filosofía franciscana aprobada según la Resolución Rectoral del Consejo Directivo # 13 del 27 de Noviembre de 2014 tiene unas especificaciones institucionales que son de obligatorio cumplimiento:  Las estudiantes y los estudiantes deben cumplir con 80 horas reglamentarias según el Artículo 39 del Decreto 1860  El trabajo de campo se realiza únicamente con comunidades vulnerables de estrato 0, 1, 2. Para el cumplimiento de este requisito se requiere el trabajo directo con personas.  Las Memorias se realizarán con base en un instructivo y éstas representaran 10 horas del total exigido.  Únicamente a los estudiantes que enfrentan situaciones de vulnerabilidad familiar y personal demostrable se le dará la posibilidad de realizar su servicio social misionero en “Casita Verena” u otro espacio solicitado por su familia. Artículo 56º. DEBERES DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES SEGÚN EL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN – DECRETO 1290 Se tienen los siguientes deberes en lo referente a la Evaluación de lo académico: a. b. c. d. e. f. g.

Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. Ser honesto y responsable en la presentación de evaluaciones y trabajos. Aceptar y cumplir las obligaciones que adquieren al firmar el contrato de matrícula Participar activa y responsablemente en el proceso de aprender a educarse, ser y obrar. Acatar el Manual de Convivencia en todos sus artículos. Conservar sin alteraciones los informes, certificados, comunicados o libros que diligencie o expida la Institución. h. Informar sobre situaciones irregulares de las cuales sean protagonistas y las perjudiquen en su desarrollo integral y cumplimiento de los deberes, para buscar correctivos. i. Estar dispuestos al diálogo, con el ánimo de fortalecer las relaciones interpersonales y superar los conflictos. j. Presentar el primer día de regreso a la institución, por escrito, las excusas o incapacidades médicas correspondientes a la inasistencia y llegadas tarde, firmadas previamente por el Padre de Familia y/o Acudiente y con el visto bueno de la Coordinadora de Formación para la Convivencia y/o de la Coordinadora de Ejecución de Procesos Pedagógicos, respectivamente. Artículo 57º. PROHIBICIONES PARA LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES EL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ Se tiene como prohibiciones entre otras los siguientes aspectos: a. Asumir funciones ajenas sin autorización previa de la autoridad competente. b. Abandonar o suspender las labores académicas sin autorización de la autoridad competente. c. Apropiarse o usar indebidamente bienes del establecimiento educativo, de sus compañeros, de la sociedad o de su hogar. d. Falsificar notas o documentos que puedan servir de prueba. e. Destruir o adulterar reporte de notas, pruebas académicas o informes para los padres de familia. f. Constreñir o inducir a un educador o empleado administrativo para el tráfico de informes de evaluación g. Amenazar, provocar o agredir empleando cualquier medio al personal docente o administrativo de la Institución y a sus compañeras. h. Injuriar o calumnia empleando cualquier medio al personal docente, personal administrativo, compañeros de estudio cualquier miembro de la comunidad educativa. i. Menospreciar o ultrajar los símbolos patrios de Colombia o de la Institución. Página 47 de 116

j.

Causar intencionalmente daño material a los bienes muebles o inmuebles y servicios de la Institución o sociedad. k. Fumar dentro del establecimiento educativo, en el transporte y en otros espacios de reunión de la Comunidad Educativa. l. Asistir al establecimiento en estado de embriaguez. m. Consumir o traficar drogas o sustancias estupefacientes o narcóticos sometidos a control o prohibición de las autoridades. n. Portar armas, objetos bélicos - bromas, que afecten la estabilidad dentro del establecimiento educativo. o. Realizar juegos de azar que involucren la puesta de dinero. p. Promover actividades que conlleven a la consecución de dinero para las integraciones, excursiones y el prom con los cuales la Institución Educativa no tiene responsabilidad alguna. q. Negociar con dinero - mercancía - o incluso con las tareas dentro de la Institución Educativa. r. Ingresar a establecimientos de diversión o sentarse en las aceras o en las calles vistiendo el uniforme. s. Llevar aretes, collares, pulseras artesanales y de colores vistosos, piercing, tatuajes, maquillaje, esmaltes diferentes al permitido, tintes y cortes inadecuados para el cabello según la filosofía Institucional. t. Traer al colegio materiales que interrumpan el proceso normal de las actividades pedagógicas, como aparatos electrónicos de video, reproductor de música y/o juegos; secadores y planchas para el cabello, entre otros u. El uso del celular está restringido sólo en horas de clase; pero su uso y cuidado queda bajo la responsabilidad de cada uno de los estudiantes y las estudiantes. La institución no se hace cargo por ninguno de los implementos antes mencionados ya que no son necesarios para desarrollar la labor educativa. v. Hacer mal uso de Interné. w. Acceder parcial o completamente a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad: Acceso ilegal a un sistema informático x. Obstaculizar el normal funcionamiento o acceso a un sistema informático o a una red de telecomunicaciones: Obstaculización de sistemas informáticos o redes de comunicaciones: y. Apropiación de datos informáticos: Interceptar sin autorización legal previa datos informáticos desde el origen, destino o en el interior del sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los transporte. z. Destruir, dañar, borrar, deteriorar, alterar o suprimir datos informáticos, sistemas de tratamiento de información, sus partes o componentes lógicos: Perjuicio informático. aa. Distribuir, vender, enviar, introducir o extraer del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos: Implementación de software malicioso. bb. Obtener, compilar, sustraer, ofrecer, vender, intercambiar, enviar, comprar, interceptar, divulgar, modificar o emplear códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes: Violación de datos privados. cc. Intimidar, amenazar, agredir, menospreciar o calumniar a una o varias personas, utilizando cualquier plataforma informática o medio de comunicación electrónico o virtual: Cyberbullying. dd. Traer al Colegio el vehículo automotor personal o familiar ee. Ingresar a las salas de profesores y demás oficinas sin previa autorización ff. Realizar dentro del colegio: rifas, ventas, compras y otras negociaciones que impidan el normal desarrollo de las actividades. gg. Utilizar el nombre del Colegio Palermo de San José para promocionar y realizar: rifas, excursiones, paseos, desfiles, fiestas y demás eventos sin autorización de las directivas. Cualquiera de las anteriores prohibiciones, será sancionada como falta grave o gravísima según el caso y podrá acarrea sanciones legales ante la ley nacional colombiana. Artículo 58º. ESTÍMULOS El Colegio considera como parte fundamental de su labor formativa, estimular continuamente las estudiantes y los estudiantes durante el desarrollo de su proceso educativo. Debido a esto ha establecido los siguientes estímulos: a. Durante el cuarto periodo se estimulará las estudiantes y los estudiantes que desarrollen Proyectos de Investigación en temáticas relacionadas con determinada área y para quienes obtengan resultados en las pruebas SABER 11 sobre 60 puntos en una o varias asignaturas evaluadas además, cumplan con Página 48 de 116

b. c. d.

e.

f. g. h. i.

j.

k.

todas sus responsabilidades escolares y con las normas estipuladas en el Manual de Convivencia, se asignará una nota única de 5,0 en el 50% del periodo y en el área respectiva. Para el caso de Inglés, se aplicará el estímulo a las estudiantes y los estudiantes que obtengan resultado sobre 70 puntos. Al finalizar el año y en ceremonia de graduación se reconocerá con placa de honor y las estudiantes y los estudiantes que hayan obtenido el mayor puntaje en las Pruebas SABER 11 Al finalizar el año se hará reconocimiento especial a las estudiantes y los estudiantes que hayan sobresalido por su colaboración en actividades de expresión de Solidaridad programadas por la Pastoral del Colegio. las estudiante y el estudiante que haga parte en forma permanente del coro, conjunto, grupo de teatro, equipos deportivos y otros similares que oficialmente autorizados, funcionen permanentemente en la Institución, serán estimuladas y estimulados con menciones de honor en un acto especial al finalizar el año escolar. Al finalizar el año se reconocerá a las estudiantes y los estudiantes que se hayan destacado en actividades culturales y de proyección a la comunidad o que dieron a conocer la institución en el ámbito social bien sea, Local, Nacional, Departamental o Internacional. Igualmente un estímulo de perseverancia a las estudiantes y los estudiantes de grado 11° que están en la Institución Educativa desde PREESCOLAR. Las estudiantes y los estudiantes que sobresalgan por su formación integral recibirán el Perfil Palermista al final del año, (Ver procedimiento para recibir el Perfil Palermista). Las estudiantes y los estudiantes que se destaquen por sus valores Palermista, cívicos y patrióticos proyectados en la comunidad izarán el Pabellón Nacional. Al finalizar el año también se estimulará a las estudiantes y los estudiantes que durante el año escolar participaron de manera destacada en eventos académicos dentro y fuera de la Institución y a todos las estudiantes y los estudiantes que participan en la elaboración y desarrollo de proyectos de investigación. Se entregará diploma de “Estudiante Distinguido” a las estudiantes y los estudiantes que sobresalen por la vivencia en su diario actuar de uno de los valores fundacionales. Desde Coordinación Académica se especificará cuál es el valor determinado para cada período. Proclamación Bachilleres en Ceremonia: las estudiantes y los estudiantes del grado once que hayan culminado su último año de estudios sin haber incurrido en situaciones tipo II o III contempladas como tal en el presente Manual de Convivencia y que a juicio del Consejo Directivo ameritaran la supresión del presente estimulo.

Artículo 59º. PROCEDIMIENTO DIARIO PARA EL INICIO DE CLASES CON LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES Las estudiantes y los estudiantes de los grados PRIMERO a ONCE inician las clases a las 7:00 de la mañana, todos días. La salida para las estudiantes y los estudiantes de primero a tercero es a la 1:45 pm exceptuando el día miércoles que la salida es a la una de la tarde .La salida para las estudiantes y los estudiantes de los grados de cuarto a once es a las 3 de la tarde exceptuando el día miércoles que será a la una de la tarde. Las estudiantes y los estudiantes de PREESCOLAR inician las clases a las 8:00 de la mañana y salen a las 1:45 de la tarde, todos los días exceptuando el día miércoles que la salida es a la una de la tarde. Los descansos de las estudiantes y los estudiantes de Preescolar a Tercero los días lunes, marte .jueves y viernes son de 9:50 a 10:20 de la mañana, y de 12:00m., a 12:50 de la tarde. Los grados de Cuarto a 11º, tomarán sus descansos, así: De 9:50 a 10:20 en la mañana y de 12:50 a 1:30 de la tarde. Los días miércoles Los descansos de las estudiantes y los estudiantes de Preescolar a once son de 9:30 a 10:15 de la mañana, y de 11:40m., a 12:20 de la tarde. . Todos días de la semana las estudiantes y los estudiantes de los grados de primero a Once, entran al Colegio a las 7:00 de la mañana y, se dirigen inmediatamente al aula donde reciben su primera hora de clase (los grados de primero a tercero) .Las estudiantes y los estudiantes de cuarto a once inician su jornada escolar con el encuentro fraterno en los salones de clase, con excepción del día Lunes que se realiza el encuentro fraterno en el coliseo bajo la dirección y acompañamiento de la hermana rectora Después de esta actividad que fortalece la filosofía institucional se inician las labores académica , según las distintas áreas específicas del día hasta las terminar la jornada escolar, interrumpidas por dos momentos de descanso para el refrigerio y el almuerzo. Los días martes, miércoles, jueves y viernes las estudiantes y los estudiantes de preescolar, entran al Colegio a las 8:00 de la mañana, inician su jornada escolar con el encuentro fraterno en los salones de Página 49 de 116

clase, con excepción del día Lunes que se realiza el encuentro fraterno en el coliseo bajo la dirección y acompañamiento de la hermana rectora y el día miércoles llegan directamente a clase. Después de esta actividad que fortalece la filosofía institucional se inician las labores académica, según las distintas áreas específicas del día hasta las terminar la jornada escolar, interrumpidas por dos momentos de descanso para el refrigerio y el almuerzo. A la entrada y salida del colegio, las estudiantes y los estudiantes son recibidos y despedidos por profesores y/o personal de la institución que están en las puertas dispuestos para ayudarles en su desplazamiento. Por las puertas de la Carrera 42 y la calle 9 ingresan las estudiantes y los estudiantes de transporte externo y los que llegan en sus vehículos particulares. Por el parqueadero contiguo, ingresan las estudiantes y los estudiantes del transporte interno. Por la puerta peatonal de la calle 9 salen las estudiantes y los estudiantes de transporte externo, los que se van caminando para sus hogares o en sus carros particulares. Por el parqueadero contiguo salen las estudiantes y los estudiantes de transporte externo  El desplazamiento de las estudiantes y los estudiantes a la hora de la salida será así: o Quienes se encuentran en el bloque administrativo, en el segundo y tercer piso que son recogidos por los padres de familia o pertenecen al transporte externo circularán por el puente y se dirigirán a la portería peatonal de la Calle 9. Los de transporte interno harán el mismo desplazamiento bajarán a la cancha principal y se dirigirán al parqueadero contiguo. o Las estudiantes y los estudiantes que se encuentran en el primer piso circularán por la zona peatonal.  Preescolar y Primaria se desplazará de la siguiente manera: o Una docente se encargará de las estudiantes y los estudiantes de transporte interno, otra profesora del transporte externo y otra de las estudiantes que recogen sus padres. Artículo 60°. PROCEDIMIENTO PARA QUE UNA ESTUDIANTE O UN ESTUDIANTE HAGA SUS RECLAMOS O SUGERENCIAS PARA UN MEJORAMIENTO PERSONAL O GRUPAL. Las estudiantes y los estudiantes cuentan con una directora o director de grupo que es quien los conoce, les ayuda, los apoya y de quien reciben acompañamiento constante en el Colegio. Ellas o ellos son su guía y representante en la Institución. Por eso, en todas las circunstancias cuando necesiten ayuda, o alguna comunicación especial deben hacerlo a través de ellas o ellos, con excepción de la ayuda que pueda recibir de las Psicólogas o del Capellán de la Institución. Los reclamos o quejas debe dirigirlos directamente al sujeto de la acción o de la actitud, dentro del respeto y el buen trato. Si no consigue nada por este medio directo, debe pasar la situación problemática a su directora o director de grupo quien intentará por todos los medios satisfacer las necesidades de las estudiantes y los estudiantes. Si la directora no consigue nada debe encaminar a las estudiantes y los estudiantes a la correspondiente Coordinadora bien sea de Formación o Académica y seguir el Conducto regular a continuación descrito. Artículo 61°. CONDUCTO REGULAR Es el procedimiento que se debe realizar para resolver una situación sea de tipo académico, comportamental o de convivencia en el cual se ha de tener en cuenta la jerarquía o instancias presentes en la institución educativa: 1. Estudiante - Estudiante 2. Estudiante - Docente del área o asignatura 3. Estudiante - Director(a) de grupo 4. Estudiante - Coordinadora de Formación para la convivencia 5. Estudiante - Director(a) de grupo - Coordinadora Académica 6. Estudiante - Director(a) de grupo - Coordinadora de Formación - Padre de familia y/o acudiente 7. Estudiante - Coordinadora de Formación - Vicerrectora 8. Estudiante - Coordinadora de Formación - Rectora. Consejo Académico, si es de su competencia. 9. Consejo Directivo

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Artículo 62°. PROCEDIMIENTO PARA RECIBIR EL PERFIL PALERMISTA La estudiante y el estudiante que al finalizar el año escolar, se haya distinguido en los cuatro periodos académicos por la vivencia de cada uno de los valores fundacionales, recibirá el estímulo de “Perfil Palermista” como premio a su Formación Integral. Para las estudiantes y los estudiantes de grado 11° Las estudiantes y los estudiantes de grado 11° que en su diario actuar demuestren su Formación Integral recibirán la medalla de “Perfil Palermista” como máximo estímulo otorgado por la Institución. Artículo 63°. PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE INMERSIÓN Es el proceso de aproximación a la globalización que busca la Institución para ofrecer a las estudiantes y los estudiantes la posibilidad de conocer otras culturas, establecer relaciones directas con otras formas de adquisición y aplicación del conocimiento y afianzar un segundo idioma. Las familias interesadas en el programa deben seguir los siguiente pasos:     

Informar al colegio el interés particular de participar en el proceso de pasantías e inmersiones. Estar cursando entre los grados quinto, sexto decimo y once. Iniciar un fondo de ahorro programado para solventar los gastos de esta experiencia educativa. Asistir a las charlas informativas que el Colegio ofrece sobre este tema. Las estudiantes o los estudiantes aspirantes al programa deben cumplir como requisito fundamental un buen desempeño académico y un proceso formativo excelente

Artículo 64°. RESPONSABILIDADES DE LOS USUARIOS EN LAS AULAS DIGITALES Como usuario de las aulas digitales le solicitamos tomar en cuenta las siguientes pautas con el fin de obtener óptimos resultados en el desarrollo de las clases.        

Ser puntuales para llegar al aula. Entrar al aula en orden y ubicarse en el lugar asignado por el docente. Guardar silencio y prestar atención a las explicaciones. Seguir las instrucciones dadas por el docente. No consumir alimentos ni bebidas. Mantener el orden y la disciplina. Mantenerse informado e informada acerca de las lecturas, actividades y tareas de la clase. Evitar enviar al docente, a sus compañeras archivos, tareas, o transmitir cualquier contenido ilegal, amenazador, abusivo, difamatorio, vulgar, o, pornográfico invasivo de la privacidad, racial y/o cualquier otro que generen responsabilidades civiles o penales.  Informar cualquier irregularidad detectada con los contenidos del libro digital.  Informar sobre cualquier irregularidad o anomalía en el funcionamiento del sistema.  Acogerse a la normatividad que para efectos de protección de los derechos de propiedad intelectual tenga establecidos la Editorial. Artículo 65º. LOS PADRES DE FAMILIA DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ Los padres de familia son miembros activos y participantes de la comunidad educativa del Colegio Palermo de San José, por lo tanto, su misión no termina con el simple hecho de matricular a sus hijas e hijos en el curso que le corresponda, ya que sólo mediante una actitud vigilante, interesada y comprensiva de su parte, permitirá complementar adecuadamente la labor educativa. Artículo 66º. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA El padre de la estudiante o el estudiante Palermista debe ser una persona comprometida y responsable en los procesos educativos de su hija e hijo, dar amor a la vida y testimonio de respeto y amor a sus hijas e hijos, persona que conozca, asuma y apoye la filosofía y los principios de la Institución, promotor del cumplimiento de las funciones del gobierno escolar, que estimule a su hija e hijo en el cumplimiento del Manual de Convivencia, Página 51 de 116

con espíritu de participación democrática y liderazgo positivo, con espíritu innovador que contribuya a la calidad educativa, integrado en las actividades generales de la Institución. Artículo 67º. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES Conforme con lo consagrado en la Constitución Política de Colombia y al Decreto 1286 de 2005 “Normas sobre la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”, son Derechos de los padres de familia o acudientes los siguientes: 1. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel. 2. Ser atendidos por los integrantes de los diferentes estamentos de la Institución en un diálogo que favorezca la orientación de las hijas e hijos 3. Participar en las diferentes actividades organizadas por el Colegio o la Asociación de Padres de Familia, con el fin de constituir una comunidad educativa. 4. Elegir y ser elegido para conformar el Consejo Directivo. Artículo 68º. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES SEGÚN EL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN – DECRETO 1290 Artículo 14º         

Conocer el sistema institucional de evaluación de las estudiantes y los estudiantes, criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio de año escolar. Acompañar el proceso evaluativo de las estudiantes y los estudiante. Recibir los informes periódicos de evaluación. Recibir oportunamente respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas sobre el proceso de evaluación de su hija e hijo Hacer reclamos justos y respetuosos dentro del tiempo fijado por las normas institucionales y del Colegio. Ser informados sobre los procesos académicos, formativos y evaluativos de su hija e hijos. Ser atendidas por el profesorado y/o directivos, para conocer los procesos en las dimensiones formativas, según horarios establecidos con anterioridad. Recibir durante el año escolar y en forma periódica, información sobre el rendimiento académico y el comportamiento de su hija e hijo Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos.

Artículo 69°. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ Conforme con lo consagrado en la Constitución Política de Colombia y al Decreto 1286 de 2005 “Normas sobre la Participación de los Padres de Familia en el Mejoramiento de los Procesos Educativos”, son Deberes de los padres de familia o acudientes los siguientes: 1. Asistir puntualmente a las Escuelas de Padres o Jornadas de Formación. 2. Responsabilizarse de la formación y educación de su hija e hijo en concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Política y por el presente Manual de Convivencia 3. Secundar las acciones educativas de la Institución conociendo la filosofía, el Proyecto Educativo, sus objetivos, reglamentos y programas; cooperando para que su hija e hijo se comprometa conscientemente con ellos. 4. Presentarse con su hija e hijo a diligenciar el proceso de matrícula en las fechas señaladas por el Colegio. 5. Responder por los daños que su hija e hijos cause en la Institución. 6. Velar por la asistencia puntual de su hija e hijos a las clases y actos programados por el Plantel. 7. Recoger puntualmente a su hija e hijo al finalizar las clases y actividades programadas, según el horario establecido por el Colegio. 8. Solicitar con anticipación y por escrito a la Coordinadora de Formación para la Convivencia, los permisos para que la estudiantes y el estudiante se ausente de la Institución en horas de clase Página 52 de 116

9. Solicitar con anticipación y por escrito a la Coordinadora Académica, los permisos para que la estudiantes y el estudiante se ausente de la Institución por más de un día de labores académicas 10. Solicitar con anticipación y por escrito a la Coordinadora Académica, los permisos para que la estudiantes y el estudiante se ausente de la Institución por varios días de clase 11. Contribuir en la construcción de un clima de respeto, tolerancia y responsabilidad mutua que favorezca la educación de su hija e hijo y la mejor relación entre los miembros de la comunidad educativa. 12. Respetar y dar buen trato a todos los miembros de la comunidad educativa de la Institución. 13. Fomentar en su hija e hijo el respeto por los superiores dándoles buen ejemplo. 14. No apoyar ni permitir comportamientos inadecuados de su hija e hijo que atenten contra la moral y las buenas costumbres. 15. Apoyar al establecimiento en el desarrollo de las acciones que conduzcan al mejoramiento del servicio educativo y que eleven la calidad de los aprendizajes, especialmente en la formulación y desarrollo de los planes de mejoramiento institucional. 16. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijas e hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos. 17. Conocer y respetar los principios de la formación católica y la filosofía de la Institución: educación religiosa escolar, sacramentos, convivencias y demás expresiones de la fe. 18. Comprometerse a crecer en virtudes humanas y cristianas, de suerte que puedan convertirse en modelo de su hija e hijos y tengan autoridad moral para exigirles. 19. Proporcionarles en el hogar un ambiente adecuado para su desarrollo integral, que puedan experimentar el gran gozo de la unidad y la paz. 20. Proveer a su hija e hijo de los uniformes requeridos por el Colegio y velar por su buena presentación personal y el porte digno de ellos. 21. Proveer a su hija e hijo permanentemente de los elementos didácticos necesarios para el proceso formativo (Los elementos didácticos o útiles escolares son empleados en la tarea educativa y serán responsabilidad de las estudiantes y los estudiantes; en ningún momento la Institución le pide a los padres de familia estos elementos para custodiarlos, administrarlos o responder por ellos, tampoco exige que estos sean de marcas o proveedores específicos. En el caso de los libros se ha definido una vigencia de uso hasta por tres años) 22. Comprometerse en el cumplimiento de sus obligaciones escolares. 23. Cumplir oportunamente los compromisos económicos de los padres de familia con el Colegio, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes. 24. Ejercer la “Responsabilidad Parental” como complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de las niñas niños y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que las niñas niños y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. 25. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos. (Artículo 14 Ley 1098 de 2006) 26. Garantizar la custodia y cuidado personal que su hija e hijo tienen derecho a que sus padres en forma permanente y solidaria asuman directa y oportunamente su custodia para su desarrollo integral. La obligación de cuidado personal se extiende además, a quienes convivan con ellos en los ámbitos familiar, social o institucional, o a sus representantes legales. (Artículo 23 Ley 1098 de 2006) 27. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. (Artículo 39 numeral 8 de la Ley 1098 de 2006) 28. Asumir el enfoque co-educativo y sus políticas. 29. No fumar en las zonas frecuentadas por las estudiantes y los estudiantes dentro del Colegio Palermo de San José. 30. Ser solidario, de manera especial, ante las calamidades, dificultades o accidentes familiares que puedan presentarse entre los integrantes de la Comunidad Educativa. Parágrafo: Las listas de materiales educativos, útiles y textos escolares son aprobadas por el Consejo Directivo mediante acuerdo, que se refrenda con una resolución rectoral en la cual se ordena su publicación en la página web de la Institución, el envío de una circular para padres de familia y la entrega física de las listas de materiales educativos, útiles y textos escolares a los padres o acudientes de los estudiantes, el día de la matrícula para el próximo año. Página 53 de 116

Artículo 70º. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA SEGÚN EL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN – DECRETO 1290 Artículo 15º.         

Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de las estudiantes y los estudiantes y de la promoción escolar Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de su hija e hijo. Analizar los informes periódicos de evaluación Solicitar previamente las citas para dialogar con las directivas y profesores según el horario estipulado para atención al público. Cumplir con las obligaciones contraídas en el acto de matrícula y en el Manual de Convivencia, para facilitar el proceso educativo. Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias para padres de familia y a todo llamado que le haga el Colegio Palermo de San José. Enviar por escrito a la Coordinadora de Formación para la Convivencia, las excusas justificadas por retardos o ausencias, las cuales deben ser firmadas por los Padres de Familia y/o acudiente y presentadas al momento del regreso. Preocuparse por el progreso de su hija e hijo, dialogando con los profesores para que se cumpla mejor la relación Institución – Hogar. Participar en el proceso de autoevaluación anual del establecimiento educativo.

Artículo 71°. PROHIBICIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA 1. Desacatar el conducto regular para la solución de conflictos o dificultades. 2. Traer a las estudiantes y los estudiantes útiles escolares, talleres, trabajos o cualquier otro implemento durante la jornada escolar. 3. Ingresar a las aulas de clase o salas de profesores sin autorización. 4. Agredir física o verbalmente a un Directivo, profesor, estudiantes, administrativos, personal de mantenimiento o cualquier miembro de la comunidad educativa. 5. Hacer comentarios malintencionados que afecten la honra y buen nombre de cualquier miembro de la comunidad educativa. 6. Hablar mal de la Institución dentro y fuera de ella. 7. Presentarse a la Institución con vestuario inadecuado. 8. Alterar los resultados de pruebas o cualquier tipo de documento. 9. Realizar ventas y rifas dentro de la Institución sin la debida autorización. 10. Incitar a las estudiantes y los estudiantes a actos de rebeldía o al no cumplimiento de la norma. Artículo 72º.

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA

Los Padres de Familia tienen tres formas de acercarse a dialogar con las directivas del Colegio y con la directora o el director del grupo de su hija e hijo Con la directora o el director de Grupo: 1. En entrevista personal cuando recibe el Registro Escolar de Valoración del periodo académico. 2. Cuando sea citado por la directora o el director del grupo de su hija e hijo. 3. Cuando necesite un diálogo con un Profesor o profesora y solicite la cita correspondiente. El padre, la madre o el acudiente de una estudiante o de un estudiante pueden solicitar cita con la Hermana Rectora para tratar asuntos educativos por teléfono a través de la Recepcionista. Con los profesores debe hacerlo con cita previa. Artículo 73º PERFIL PROFESIONAL DEL EGRESADO PALERMISTA Las transformaciones vividas en los últimos tiempos, influyen de una u otra manera en el perfil deL estudiante que espera la Universidad y la Empresa. El mundo de hoy es exigente y competitivo y el Egresado Palermista tiene que encajar de manera armoniosa en ese ambiente de cambio permanente, en el Página 54 de 116

cual se validará la formación integral recibida en el colegio y que le servirá de pilar para enfrentar situaciones, retos, desafíos con el pleno uso de una libertad Responsable. La egresada y el egresado del Colegio Palermo de San José será un ser integral, que vive y proyecte los valores Institucionales en su entorno familiar y social a través del desarrollo pleno de sus dimensiones para la realización de su PROYECTO DE VIDA. En el SER: Vivir la Espiritualidad, con actitud positiva, seguro de sí mismo, honesto, responsable de sus actos, de buenos modales, colaborador y líder con habilidad para adaptarse. En el SABER: alimentar la Intelectualidad, inquieto por la investigación, competente en el manejo del inglés como segunda lengua con habilidades en la resolución de problemas y competente en el acceso y análisis de información virtual y/o física. En el HACER: EMPRENDEDOR, creativo e innovador; líder, capaz de trabajar en equipo y con habilidades en la aplicación del conocimiento científico según el contexto. En el COMUNICAR: Ciudadano abierto al cambio, que transmite sus conocimientos, ideas y sentimientos con absoluta responsabilidad y respeto por la alteridad, con amplio vocabulario y hábil en la utilización del discurso. En el CONVIVIR: Vivencia permanente de la Fraternidad que se solidarice con las necesidades y debilidades humanas, con habilidad para establecer relaciones interpersonales sanas, con responsabilidad social y ecológica CAPITULO XI GOBIERNO ESCOLAR Artículo 74º. CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR El Colegio Palermo de San José organiza un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo disponen el artículo 142 de la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el artículo 68 de la Constitución Política y los artículos 19 al 25 del Decreto 1860 de 1994. La Rectora del Colegio Palermo de San José siguiendo las normas estipuladas, conforma el Gobierno Escolar, organizando el Consejo Directivo, el Consejo Académico y las distintas instancias de este Gobierno: Consejo de Padres, Consejo de Estudiantes, Personera o personero, Comisiones de Evaluación y Promoción y Asociación de Padres. La Rectora Representante Legal de la Institución acata todo lo estipulado en la Ley para cada uno de estos estamentos y en consenso con el Consejo Directivo establece el perfil y las funciones que deben cumplir cada uno de los miembros representantes a este gobierno, según Decreto 1860/94. Artículo 75º. PRINCIPIOS QUE RIGEN LA CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR En el Colegio Palermo de San José, la participación consagrada en el Artículo 68 de la Constitución Nacional y 142 de la Ley 115 de 1994, se fundamenta en los principios de: CORRESPONSABILIDAD: Asumiendo cada uno sus compromisos en los niveles en los cuales debe hacerlo. SUBSIDIARIEDAD: Respetando las competencias de cada uno y el conducto regular. REPRESENTATIVIDAD: Haciéndose cada uno presente en los niveles medios y organismos a que tiene derecho. UNIDAD: Procurando que toda la acción educativa se realice con una perspectiva de comunidad y con unidad de criterios. Artículo 76º. PERFIL DE LOS MIEMBROS Para la designación o elección de las personas que participarán en los diferentes órganos del Gobierno Escolar y en otras instancias, se tendrán en cuenta los siguientes criterios o perfil: Página 55 de 116

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Idoneidad ética y profesional Actitudes y valores acordes con el Proyecto Educativo Institucional Grado de pertenencia a la Institución Disponibilidad para el servicio Capacidad de liderazgo Identificación con la Filosofía Educativa de la Institución. Para los profesores, estar vinculados de tiempo completo.

Artículo 77º. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR El Gobierno Escolar en la Colegio Palermo de San José está constituido por:    

El Consejo Superior o Junta Administradora Provincial La Rectora El Consejo Directivo El Consejo Académico

PARÁGRAFO: Cada uno de los anteriores cumplirá funciones específicas, pero en su conjunto actuarán para cumplir la formación integral. Artículo 78º. CONSEJO SUPERIOR O JUNTA ADMINISTRADORA- INTEGRANTES La Junta Administradora del Colegio Palermo de San José es nombrada por el Consejo Provincial. Sus integrantes son:     

Rectora de la Institución Una Hermana representante del Gobierno Provincial La persona encargada de la Administración del Colegio Una Hermana integrante de la Fraternidad Un invitado de oportunidad

Artículo 79°. FUNCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR O JUNTA ADMINISTRADORA    

Evaluar y analizar los estados financieros y sus resultados. Valorar la gestión pedagógica administrativa. Direccionar la Misión y Visión Institucional Estudiar y aprobar los acuerdos del Consejo Directivo.

Artículo 80º. PERFIL DE LA RECTORA La Rectora de la Colegio Palermo de San José, es una Hermana de Votos perpetuos con la debida preparación académica y gerencial nombrada por la Superiora Provincial con el voto consultivo de su Consejo. Debe ser persona fraterna, solidaria, armónica, mensajera de Paz y Bien que centre su labor en Cristo proyectado en nuestro Padre San Francisco de Asís, bajo el lema de la Santa Madre Bernarda "Mi vivir es el Evangelio" profesional en educación y en permanente proceso de actualización, ser un verdadero líder comunitario, con capacidad de apertura al cambio que propicie el ejercicio de la democracia participativa, la autonomía, la libertad y la equidad, ser una persona equilibrada, justa y racional, consciente de los cambios sociales y preparada para enfrentar los retos presentes y futuros, debe ser líder en proyectos pedagógicos para el logro de las políticas educativas, de buen manejo de las relaciones a nivel interno e interinstitucional, investigadora permanente de la realidad educativa, una pedagoga por excelencia, una trabajadora de la cultura. Artículo 81º. FUNCIONES DE LA RECTORA (Decreto 1860 Art. 25) 1. Representar la Institución ante las Autoridades Educativas y la Comunidad Escolar. 2. Presidir las reuniones del Consejo Directivo, el Consejo Académico, la Junta Administrativa de la Institución y Coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar. Página 56 de 116

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Asistir por derecho propio a las reuniones de todos los organismos del colegio. Orientar la ejecución del PEI y aplicar las decisiones del gobierno escolar. Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad y dirigir su ejecución. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y administrativas y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. Organizar, supervisar, coordinar, orientar, dirigir y controlar el funcionamiento administrativo y técnico de la Institución, los servicios de la entidad y la realización de proyectos y programas. Impartir las órdenes necesarias e imponer las sanciones reglamentarias a que hubiere lugar. Celebrar los contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, previa disponibilidad presupuestal y de tesorería. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. Establecer canales de comunicación que permitan la participación de todos los estamentos, en actividades formativas y académicas en la vida escolar, en la administración y en los cambios de directrices que sean necesarios. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuya la ley, los reglamentos y el manual de convivencia. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto educativo Institucional. Ordenar y vigilar la ejecución del presupuesto del colegio y ejercer el control administrativo. Velar por el buen manejo y buen uso de los bienes de la Institución. Dirigir y adelantar la evaluación Institucional y la protocolización de la lista del personal que labora en el colegio. Seleccionar el personal para cada uno de los cargos y dirigir la inducción del personal contratado. Contratar empleados y trabajadores, distribuir el personal a su cargo y velar por el cumplimiento de todas las normas laborales y de seguridad social respectivas. Promover las actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo. Establecer los criterios para dirigir y planear las actividades de motivación, formación y académicas del Colegio, de acuerdo con las normas vigentes, las innovaciones pedagógicas y las necesidades sociales.

Artículo 82°. EL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo es la instancia de participación de la comunidad Educativa que funciona como órgano consultor y de asesoría para la Rectora del Colegio Palermo de San José como Institución Educativa de Gestión Privada. Artículo 83º. CONFORMACION DEL CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo del Colegio Palermo de San José está integrado por: 1. La Rectora, quien lo preside, y convoca a las reuniones ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente. 2. La Vicerrectora quien hace las veces de la Rectora en su ausencia. 3. La Administradora de la Institución. 4. Dos representantes de los docentes elegidos en jornada democrática y votación secreta. 5. Dos representantes de los padres de familia que son elegidos por las juntas de padres que representan: Asoppal y Consejo de Padres 6. Una representante de las estudiantes o de los estudiantes, elegida o elegido por el Consejo de estudiantes. 7. Una representante de los Exalumnos, designada por el grupo, legítimamente constituido o designada por el Consejo Directivo una vez conformado cada año. 8. Un representante del Sector Productivo, designado por el Consejo Directivo.

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Artículo 84º. CARACTERISTICAS DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO  DE LOS PADRES 1. Ocupar el cargo de Presidente o ser designado por la Junta Directiva de la Asociación y por el Consejo de Padres. 2. Ser Cristiano Católico. 3. Gozar de intachable conducta moral e imagen social. 4. Tener conocimientos básicos del P.E.I. 5. Tener por lo menos un año de vinculación a la Familia Palermista. 6. Tener disponibilidad de algún tiempo para las labores del Consejo ya que sus funciones no son delegables. 7. Haber demostrado con acciones concretas su amor y su pertenencia a la Institución.  DE LA ESTUDIANTE O DEL ESTUDIANTE: 1. Pertenecer al Grado 11º y haber sido elegida o elegido por los miembros del Consejo de Estudiantes conforme al Artículo 93 de la Ley 115 de 1994. 2. Tener por lo menos dos (2) años de pertenencia al colegio. 3. Ser Católica y con cualidades de liderazgo. 4. Con capacidad de análisis, de razonamiento y de criticidad frente a los problemas. 5. Capaz de tomar decisiones y asumir riesgos con autonomía e independencia. 6. Vivenciar el Perfil Palermista. La Representante de las estudiantes y los estudiantes debe asistir a las sesiones del Consejo Directivo donde se tomen decisiones que afectan directamente al estudiantado, en su ausencia no se pueden tomar estas decisiones.  DE LOS REPRESENTANTES DE LOS EDUCADORES: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Ser elegidos por la mayoría absoluta de entre los Docentes para un solo período académico. Representativos de los niveles escolares y al menos uno, perteneciente al Consejo Académico. Ser Cristiano Católico. Con voluntad de dedicación a las labores del Consejo ya que sus funciones no son delegables. Que tenga por lo menos un año de pertenencia al Colegio y viva su filosofía. De intachable conducta personal y profesional, dentro y fuera de la Institución. Abiertos al diálogo y con capacidad para trabajar en equipo. Capaces de tomar decisiones y asumir riesgos. Conocedores de la realidad sociocultural actual, de la Ley 115 del 1994 y de las demás normas reglamentarias educativas vigentes.

 DE LA REPRESENTANTE DE LOS EGRESADOS: 1. Ser elegida O ELEGIDO por mayoría en Asamblea de Egresadas o designada por el Consejo Directivo para dicho cargo para uno o más períodos según el caso. 2. Con Visión de futuro, capacidad de análisis y de criticidad frente a los problemas. 3. Con cualidades para trabajar en grupo. 4. Que viva la religión católica.  DEL REPRESENTANTE DEL SECTOR PRODUCTIVO: Ser designado por el Consejo Directivo. Asiste por derecho propio la Administradora de la Institución. Artículo 85º. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO Cumple entre otras, las siguientes funciones de conformidad con lo ordenado por los Artículos 143 y 144 de la Ley 115 de 1994, los Artículos 21, 22 y 23 del Decreto 1860 de 1994 y el 1290 sobre el SIE. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad como el Consejo Superior o Junta Administrativa del Colegio.

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1. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con las estudiantes y los estudiantes después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia 2. Adoptar cada año el Manual de Convivencia. 3. Participar en la planeación y evaluación del PEI, del Currículo y del Plan de Estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación a través de la Dirección del Núcleo Educativo 4. Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución 5. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social de las estudiantes y los estudiantes 6. Participar en la evaluación de los actores educativos 7. Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas 8. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras entidades educativas 9. Reglamentar los procesos electorales para el gobierno escolar y sus instancias 10. Darse su propio reglamento de acuerdo a las normas dadas por la ley 115/94, el Decreto 1860/94, el Manual de Convivencia y el propio PEI. 11. Fomentar la conformación de la Asociación de Padres de familia y del Consejo de Padres. (Decreto 1286 de 2005) 12. Aprobar las tarifas de matrículas, pensiones y otros costos educativos a partir de los informes de presupuesto y ejecución de la Institución, el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de las estudiantes, tales como derechos académicos, uso de libros de texto y similares. Artículo 86º. IDENTIDAD DEL CONSEJO ACADÉMICO El Consejo Académico del Colegio Palermo de San José, legalizado por el artículo 145 de la ley 115 de 1994, es el estamento superior para participar en la orientación pedagógica y académica de la Institución, es convocado y presidido por la Rectora de la misma; sus funciones están relacionadas con la modificación y ajustes del currículo, organización del plan de estudios y la evaluación del rendimiento académico institucional. Sirve a su vez de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional, así mismo integra la comisión de docentes para la evaluación periódica del rendimiento académico de las estudiantes y los estudiantes y para la promoción de las mismas, así como asignar sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación. Artículo 87º. CONFORMACION DEL CONSEJO ACADEMICO Está integrado por la Rectora, quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el Plan de Estudios. Art. 145 – Ley 115. El Consejo Académico se jerarquiza así:    

Rectora Coordinadoras Académicas. Secretaria elegida por votación Jefes de área elegidos por el Grupo Directivo de la Institución.

Artículo 88º. REPRESENTANTES AL CONSEJO ACADÉMICO Y SUS CARACTERISTICAS 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Ser elegido por el Grupo Directivo reglamentado en un acta del mismo. Ser conocedor del área que representa. Licenciado y con experiencia del área en diferentes grados Practicar la filosofía y los principios de la Institución. Distinguirse por su liderazgo dentro del Área. Cumplir con los demás requisitos asignados al representante de los docentes al Consejo Directivo.

Artículo 89º. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO De conformidad con el artículo 45 de la Ley 115 de 1994, el artículo 24 del decreto 1860 de 1994, el Decreto 3055 de 2002, EL Decreto 1290 sobre Sistema de Evaluación escolar, el Consejo Académico del Colegio define como funciones las siguientes: Página 59 de 116

1. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo, en la revisión de la propuesta curricular del P.E.I. 2. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1860 de 1994. 3. Organizar el Plan de estudios y orientar su ejecución. 4. Participar en la Evaluación institucional anual. 5. Elegir las Comisiones de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de las estudiantes y los estudiantes y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar y controlar el proceso general de evaluación. 6. Mantener actualizado el Sistema de Evaluación Integral de las estudiantes y los estudiantes 7. Recibir y decidir los reclamos de las estudiantes y los estudiantes sobre la evaluación educativa. 8. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el PEI. CAPITULO XII OTRAS INSTANCIAS DEL GOBIERNO ESCOLAR Artículo 90º. CONFORMACIÓN DE LA COMISION DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN El Consejo Académico conforma para cada grado una Comisión de Evaluación y Promoción integrado por un número de hasta tres docentes, un representante de los padres de familia que no sea docente de la Institución, y la Rectora o su delegado, quien lo presidirá, según los criterios ya dados por el M.E.N en los decretos 1860/94 y Decreto 1290 Artículo 11 numeral 50, en el PEI y los lineamientos dados por la Secretaría de Educación del Municipio de Medellín. Artículo 91º. PERFIL DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN a. b. c. d. e. f.

Desempeñarse como docente en los grados a los cuales representa. Idóneos en el manejo de la información. Equitativos y justos en la toma de decisiones, obrando en el sentido del deber y la conciencia. Comprometidos con su crecimiento intelectual, para asumir su rol con responsabilidad. Promotor de acciones colectivas a favor del desarrollo humano de los estudiantes. Hacer cumplir el conducto regular para las reclamaciones y requerimientos de los padres de familia y las estudiantes y los estudiantes. g. Hacer seguimiento y control a las prácticas escolares y modificarlas cuando sea necesario para beneficiar un buen seguimiento evaluativo y de promoción de las estudiantes y los estudiantes. h. Analizar periódicamente los informes de evaluación para promover y mantener la interlocución con los padres de familia , las estudiantes y los estudiantes i. Velar por la preparación de las estudiantes y los estudiantes para las pruebas externas y asegurar que la totalidad de las estudiantes y los estudiantes matriculadas en el establecimiento tengan la oportunidad de medir su formación y desarrollo de competencias siguiendo los procedimientos estipulados en el Manual de Convivencia. Artículo 92º. REQUISITOS Y RESPONSABILIDADES DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN La Comisión de Evaluación y Promoción debe cumplir los siguientes requisitos y responsabilidades: a. Propiciar los espacios y estrategias de trabajo con toda la comunidad que permitan la definición de la propuesta Evaluativa Institucional. b. Comunicar a toda la Comunidad Educativa el sistema de evaluación adoptado por la Institución a través de los diferentes medios de comunicación existentes: Página Web, revista institucional, reuniones con los diferentes estamentos, circuito cerrado de televisión. c. Actualizar el componente pedagógico del PEI, en lo relacionado con el sistema de Evaluación y Promoción Escolar. d. Mantener la figura de la Comisión de Evaluación y Promoción creando las siguientes Comisiones: 1º a 3°, 4° y 5º, 6º y 7°,8°y 9 ,10º y 11º Integradas por un número plural de docentes (impar) quienes deben cumplir las siguientes funciones: Página 60 de 116

i. ii.

iii. iv. v. vi. vii. viii. ix. x. xi. xii. xiii. xiv.

Velar porque al interior de cada área se realicen actividades de Apoyo para la superación de debilidades. Velar porque a través de los procesos evaluativos adelantados por los educadores, se favorezca el pleno desarrollo de las estudiantes y los estudiantes, en especial en cuanto tiene que ver con la potenciación de capacidades para la toma de decisiones, la adquisición de criterios, el ejercicio de la responsabilidad, el desarrollo de habilidades para comunicarse y vivir en convivencia. Servir de mediadores para solucionar conflictos presentados en el campo evaluativo, entre los profesores, las estudiantes, los estudiantes y padres de familia. Prescribir las actividades pedagógicas de apoyo para la superación de debilidades. Analizar los casos persistentes de insuficiencia en las distintas áreas. Vigilar para que las pruebas diarias, permitan apreciar el proceso de apropiación del conocimiento que ha elaborado la estudiante y el estudiante Proponer acciones necesarias para que las estudiantes y los estudiantes cumplan adecuadamente su proceso educativo. Hacer conocer de todos los estamentos el Sistema Integral de Evaluación que sigue la Institución con respecto a la Evaluación y Promoción. Ofrecer a los profesores alternativas para que las estudiantes y los estudiantes construyan su aprendizaje de acuerdo con unas características individuales. Revisar el proceso de las estudiantes y los estudiantes que presenten valoración Baja a lo largo del año escolar en 2 o más áreas. Estar atenta para que en la evaluación se sigan los parámetros institucionales dados. Decidir la promoción o no de las estudiantes o los estudiantes. Valorar el alcance o desarrollo de competencias y conocimientos por parte de las estudiantes y los estudiantes con resultados excelentes en todas las áreas y en cada periodo (formación integral). Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de la institución y a la actualización permanente de su plan de estudio.

Articulo 93º. PROCEDIMIENTO PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES A LOS CONSEJOS Y A LA PERSONERA DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES (Decreto 1860, Art. 20, 28, 29, Decreto 1286 de 2005) Treinta días antes de la fecha fijada para las elecciones, el Consejo Directivo a través del Área de Sociales, convocará a padres, docentes y exalumnas para que participen en la conformación del Gobierno Escolar y a todas las estudiantes y los estudiantes para que elijan a su Personera, al Consejo de Estudiantes y a su representante en el Consejo Directivo. Articulo 94º. CONSEJO ELECTORAL El área de Sociales organizará el Consejo Electoral como instancia de autoridad y vigilancia en este proceso con el fin de asegurar una campaña electoral libre de proselitismo y de todo tipo de prácticas que desfavorezcan el ejercicio de la democracia. Se conformará el Consejo Electoral de la siguiente manera: a. b. c. d. e.

La Rectora La Coordinadora Académica El jefe de área de Ciencias Sociales Un padre de familia. Una estudiante o un estudiante de grado décimo.

Articulo 95º. FUNCIONES DEL CONSEJO ELECTORAL 1. Ejercer constante vigilancia sobre la campaña electoral para la elección de la Personera y las aspirantes a los Consejos. 2. Ejercer constante vigilancia en los comicios electorales. 3. Recibir quejas y sugerencias que se presenten en el proceso, tanto de campaña como de elecciones. 4. Realizar las respectivas amonestaciones y destituciones, si es el caso aplicando el debido proceso a las candidatas y candidatos que incurran en prácticas que desfavorezcan la democracia. Página 61 de 116

5. Nombramiento de veedores para el adecuado ejercicio de la democracia en la Institución. 6. Presentar ante la comunidad educativa, los veedores de la campaña, para ser conocidos en propiedad como inspectores del adecuado ejercicio democrático. Articulo 96º. VEEDORES DE LA COMPAÑA Nombrados por el Consejo Electoral, pueden ser padres de familia, docentes o administrativos. funciones:

Sus

a. Ejercer vigilancia estricta sobre la campaña de las candidatas y los candidatos, informando anomalías al Consejo Electoral. b. Presenciar los comicios electorales y hacer el respectivo conteo. Articulo 97º. JORNADA DEMOCRÁTICA – ELECCIONES En la fecha fijada por el área de Ciencias Sociales, se dispondrá toda la logística del caso, previo Comunicado del Consejo Directivo que autoriza la jornada democrática de elecciones. En esta jornada se elegirá a la Personera o personero de los Estudiantes, una alumna o un alumno de cada grado representante al Consejo de Estudiantes y un padre o madre de familia por grado para el Consejo de Padres. Igualmente se elegirá de entre los docentes, los dos representantes al Consejo Directivo. La constitución legal de los Consejos y la posesión de todos los órganos del Gobierno Escolar y la Personera o personero de los Estudiantes, se debe realizar 8 días después de ser elegidos en acto cívico especialmente preparado. Articulo 98º. PERSONERA O PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Ser Personera o personero estudiantil significa asumir una forma de participación ciudadana. Ser Personera o personero Escolar implica reconocer que la ciudadanía no sólo es cumplir 18 años sino llegar a tener conciencia de los derechos y deberes que también se tienen como educanda o educando ciudadano. Es la representante o representante y vocera o vocero de las estudiantes y los estudiantes en asuntos legales, sociales o pedagógicos. La personera o personero representa a la comunidad educativa y vela por el cumplimiento de los deberes y defensa de los derechos de las estudiantes y los estudiantes. El ejercicio del cargo de Personera o personero de las estudiantes y los estudiantes es incompatible con el de representante de las estudiantes y los estudiantes ante el Consejo Directivo. Artículo 99°. REQUISITOS PARA SER PERSONERA O PERSONERO EN EL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSE Además de lo estipulado en la Ley 115, Art. 94 para el ejercicio de este cargo, La Estudiante – Personera o el estudiante personero del Colegio Palermo de San José debe reunir el siguiente perfil: 1. Ser elegida o elegido por mayoría absoluta de todo el estudiantado 2. Conocer y vivir a cabalidad el Manual de Convivencia de la Institución, especialmente en lo que respecta a Deberes y Derechos de las Estudiantes y los estudiantes. 3. Distinguirse por la vivencia de los Valores Palermista. 4. Ser Cristiana Católica. 5. No tener antecedentes de mal comportamiento de índole comportamental dentro o fuera de la Institución Educativa. 6. Que tenga por lo menos cuatro años de pertenencia a la Institución. 7. Conocer el carácter y las funciones que para este Cargo le confiere el Decreto 1860 de 1994 en su Artículo 28. 8. Con cualidades y capacidad de liderazgo. 9. Que tenga capacidad de análisis y criticidad, equilibrio y objetividad para afrontar problemas, tomar decisiones y asumir riesgos. 10. Tener un intachable seguimiento formativo sin anotación de índole académica y/o disciplinaria, por lo menos durante los dos últimos años de la vida académica. Página 62 de 116

Articulo 100º. PROCESO PARA ELECCIÓN DE PERSONERA OPERSONERO 1. Capacitación: En los primeros veinte (20) días, del calendario escolar, el Colegio proporcionará a las estudiantes y los estudiantes de grado 11º orientaciones acerca de las realidades y compromisos que se adquieren al asumir el cargo de Personera o personero, preparándolos para tomar decisiones con total autonomía. 2. Escogencia de Candidata o candidato: Los Directores(as) de grupo del grado 11º, acompañados por el equipo docente de Ciencias Sociales, organizarán la escogencia de por lo menos dos candidatas o candidatos con la fórmula suplente que ellas y ellos presenten; para este procedimiento se requiere acta que soporte este proceso. 3. Proyecto: Cada candidata o candidato debe presentar a la Coordinadora Académica, un ante-proyecto de su plan de trabajo con el fin de recibir asesoría para la viabilidad del mismo; además una semana antes del comienzo de la campaña presentaran ante la Rectora el proyecto de su plan de trabajo, con el fin de evaluar la pertinencia del mismo y enriquecerlo con sugerencias. 4. Campaña: Una vez analizado y aprobado su plan de trabajo, las candidatas o los candidatos realizarán sus campañas durante una semana, utilizando para ello los medios de comunicación con los que cuente el Colegio Palermo de San José y realizando visitas a los grupos. Para acompañar este proceso democrático, la Rectora designará dos (2) profesores que orientarán y acompañarán formativamente en todo momento a las candidatas o a los candidatos, obviamente sin tomar partido por ninguno de ellos. Durante la campaña las candidatas o los candidatos no podrán hacer uso de estrategias que involucren las prendas del uniforme, podrán tener como distintivos para el día de la campaña los siguientes elementos (cintas de colores en forma de brazalete, botones, entre otros, que serán previamente aprobados por la Coordinadora de Formación y que no atenten con la presentación del uniforme). Como cierre de campaña se realizarán debates públicos. De otro lado Incurrir en toda forma de proselitismo: entrega de artículos y demás, que desfavorezcan a las demás candidatas o candidatos, traer a la institución artículos o personas que busquen incrementar el caudal electoral de la candidata o el candidato. Ningún candidato o candidata debe realizar su campaña más que con los recursos con que cuenta la Institución. Realizar actividades a título personal fuera de la institución sin previo aviso al Consejo Electoral: visitas a medios de comunicación o diversas organizaciones. En caso de emitirse juicios que denigren de la institución o de las demás candidatas o candidatos, será motivo de destitución. 5. Período: La Personera o personero de las estudiantes o los estudiantes será elegida o elegido dentro de los 30 días calendario siguiente al de la iniciación de clases de un período lectivo anual. Para tal efecto la Rectora delega en el área de Ciencias Sociales la convocatoria a las estudiantes y los estudiantes matriculadas con el fin de elegir por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto. 6. Procedimiento: Las estudiantes y los estudiantes se desplazarán hasta el sitio asignado por las directivas para, desde allí, poder votar por la candidata o candidato de su preferencia. Las candidatas o los candidatos deberán estar presentes durante todo el proceso de elección. Se le dará un tiempo programado para realizar su respectiva elección, previamente rectifiquen su carné firmará la planilla que verifica su ejercicio democrático, posteriormente recibe a la salida de la sala de sistemas su carné y su certificado electoral. Parágrafo: Se postularán por lo menos dos (2) estudiantes de 11º.Ese mismo día en presencia de los candidatos, se realizará el escrutinio de votos y se procederá a determinar la Personera o personero elegido. Acto seguido, se anunciará a toda la comunidad educativa el resultado de las elecciones. Artículo 101º. DEBERES DE LA PERSONERA O PERSONERO Ser fiel cumplidora de los deberes que como estudiante le corresponde, de acuerdo con lo descrito en el presente Manual de Convivencia: 1. 2. 3. 4. 5.

Considerar las opiniones de sus compañeras y compañeros. Tener sentido de pertenencia al Colegio. Proyectarse en los campos que considere importantes. Escuchar y evaluar las peticiones que recibe, antes de ser llevadas a las directivas. Utilizar el vocabulario adecuado para manifestar sus inquietudes o las que como vocera o vocero de sus compañeros deba expresar. 6. Ser congruente con sus peticiones. Página 63 de 116

7. 8. 9. 10.

Conocer el Manual de Convivencia y cumplir sus normas. Fomentar los valores inculcados en la Institución. Ser imparcial y sentirse segura o seguro de sus funciones. No emitir juicios de valor que atenten contra la filosofía del Colegio.

Artículo 102º. DERECHOS DE LA PERSONERA O PERSONERO 1. Elegir y ser elegida o elegido democráticamente como representante de sus compañeras o compañeros, frente a las directivas. 2. Elegir con libertad a sus compañeras o compañeros, sin importar que sean de otro grupo o grado. 3. Tener Libertad de expresión y respeto como persona. 4. Conocer cada uno de los estamentos que conforman la comunidad educativa. 5. Utilizar los medios de comunicación con que cuenta el colegio para ejecutar sus campañas. 6. Recibir apoyo por parte de todo el personal del colegio y en forma muy especial por parte de sus compañeras o compañeros para hacer efectivo el proyecto. 7. Ser escuchada o escuchado por las directivas del plantel. 8. Reconocimiento de sus valores y desempeño de sus funciones. Articulo 103º. FUNCIONES DE LA PERSONERA O DEL PERSONERO De conformidad con las funciones conferidas por la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 de 1994, el Colegio Palermo de San José señala como funciones de la personera o del personero las siguientes: 1. Promover y velar porque las estudiantes y los estudiantes actúen con libertad y respeto. 2. Estar atenta o atenta al cumplimiento del Manual de Convivencia 3. Promover la ejecución de las Leyes, disposiciones administrativas y Manual de Convivencia, que se refieran a la organización y actividad del Establecimiento Educativo. 4. Velar y promover el correcto funcionamiento de la participación de la Comunidad Educativa, en las diferentes elecciones y actividades que se desarrollen en el Establecimiento Educativo. 5. Denunciar ante las autoridades competentes de la Institución, hechos que puedan ser constitutivos de violaciones a la Ley, y que afectan cualquiera de las partes. 6. Intervenir como conciliadora o conciliador entre Directivas, Profesores y estudiantes cuando se presente algún conflicto, agotando siempre el conducto regular en procura de concretar soluciones adecuadas. 7. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de las estudiantes y de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir la colaboración del Consejo de Estudiantes, organizar foros u otras formas de deliberación. 8. Presentar ante la Rectora las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de las estudiantes y los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 9. Velar por el buen nombre de la Institución dentro y fuera de ella. 10. Apoyar y promover la filosofía del Colegio. 11. Estar disponible para el trabajo disciplinario y académico (grupos de estudio, campañas de comportamiento y buena disciplina, etc.). 12. Representar al Colegio en todo evento que requiera de su presencia o participación. 13. Hará conocer los comunicados, decisiones o proyectos a todos los integrantes de la Comunidad Educativa. 14. Propiciar campañas de cultura, solidaridad, exigencia académica, comportamiento, cuidado del medio ambiente, entre otros 15. Demostrar sentido de pertenencia hacia la Institución 16. Participar en las reuniones del Consejo de estudiantes como Fiscal. 17. Destacarse por su disciplina, comportamiento, responsabilidad y vivencia de los valores Palermista. 18. Ser respetuosa con la autoridad y hacerla respetar. 19. Demostrar inquietud intelectual. 20. Respetar el nombre del Colegio manteniendo un comportamiento digno y conforme a las normas de la moral cristiana. 21. Presentar un balance semestral de su gestión y un informe general al final del año a la comunidad educativa sobre la ejecución de su proyecto. 22. Recoger propuestas de las estudiantes y los estudiantes y presentarlas a la comunidad educativa al menos, una vez por semestre, siempre con el visto bueno de las directivas. Página 64 de 116

Parágrafo 1: La Personera del Colegio Palermo de San José será elegida previa: 1. Jornada de motivación. 2. Inscripción de candidatas y candidatos 3. Jornada Electoral. Artículo 104º. ACCIONES PEDAGÓGICAS PARA CON LA PERSONERA O EL PERSONERO Será sancionada la falta de efectividad en la ejecución de sus funciones y la negligencia en el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia con: 1. Destitución del cargo que le ha sido conferido. 2. Sustitución por la estudiante o el estudiante que ocupó el segundo puesto en la elección. Articulo 105º. REVOCATORIA DEL MANDATO DE LA PERSONERA O EL PERSONERO Serán motivos para revocar el mandato de la Personera o el personero los siguientes: 1. 2. 3. 4. 5.

Firmar un compromiso pedagógico y/o de normalización, por razones académicas y/o disciplinarias Sufrir sanción de desescolarización por uno (1) o más días. Desarrollar funciones diferentes a las estipuladas para su cargo. Incumplir con los compromisos para los cuales fue nombrada o nombrado. Por solicitud escrita y firmada por al menos, la mitad más uno del número de votos depositados en la elección en la que fue elegido personero o personera. Las firmas para la revocatoria del mandato deberán ser debidamente supervisadas y avaladas por el Consejo Estudiantil para garantizar legalidad y transparencia.

La Personera o personera que sea removido de su cargo será reemplazada por la Candidata o el candidato segundo en votación. Estando inhabilitada esta oeste último; asumirá el cargo la tercera. En caso de estar también inhabilitada o no existir, se convocará a un nuevo proceso de elecciones. Todas las candidatas y los candidatos, al inicio de la campaña, deberán firmar un compromiso en el que aseguran el pleno conocimiento de estas causal. Los dineros recaudados como resultado de las actividades lideradas por la Personera o el personero y el Consejo de Estudiantes, una vez finalizado el período escolar anual, pasarán a la Administración de la institución. Articulo 106º. CONSEJO DE ESTUDIANTES (Artículo 29 del Decreto 1860 de 1994) En el Colegio Palermo de San José, el Consejo de Estudiantes es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el continuo ejercicio de la participación de las estudiantes y los estudiantes. Mantiene y asegura la comunicación de las decisiones y conoce las necesidades y expectativas educativas de las estudiantes y los estudiantes. Artículo 107°. CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES Está integrado por un vocero o vocera, representante de grupo electa o electo, de cada uno de los grados ofrecidos por la Institución Educativa desde 4º a 11º. En el caso de los grado 1º a 3º, la vocera o el vocero será una representante o un representante de grado 3º (Art. 29 del Decreto 1860 de 1994). A las Asambleas del Consejo asistirán también las representantes o los representantes de cada uno de los grupos, con voz, pero sin voto. El Consejo Directivo designará un docente para que acompañe a este Consejo en todos sus procesos de planeación y organización, convocará en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas asambleas integradas por las estudiantes y los estudiantes que cursen cada Grado con el fin de que elijan de su seno mediante votación secreta, una vocera o vocero estudiantil para el año lectivo en curso. Las estudiantes y los estudiantes del Nivel Preescolar y de los tres primeros grados del ciclo de Básica Primaria serán convocados a una asamblea conjunta para elegir una vocera o vocero único entre las estudiantes y los estudiantes que cursen el tercer grado. Página 65 de 116

Campaña: Una vez analizado y aprobado su plan de trabajo, las candidatas y los candidatos realizarán sus campañas durante una semana, utilizando para ello los medios de comunicación que disponga el Colegio y realizando visitas a los grupos. Durante la campaña las candidatas o los candidatos no podrán hacer uso de estrategias que involucren las prendas del uniforme o la presentación personal de las estudiantes y los estudiantes o cualquiera que atente contra las normas establecidas en el Manual de Convivencia como faltas. Como cierre de campaña se realizarán debates públicos. Articulo 108º. FUNCIONES DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES 1. Darse su propia organización interna 2. Las reuniones serán presididas por la Representante o el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo y en calidad de fiscal actuará la personera o el personero. 3. Elegir para un solo período la representante o el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo del Colegio. 4. Invitar a sus deliberaciones a aquellas estudiantes o aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 5. Presentar a través de su mesa directiva, en forma escrita en la tercera (3ª) semana siguiente a su conformación, los planes y cronograma de actividades a la Rectoría para un estudio conciliatorio y su ubicación en el planeamiento institucional general. 6. Fomentar actividades de carácter recreativo, deportivo y cultural. 7. Apoyar y fortalecer los programas y planes propuestos por la Personera o personero para el bienestar de las estudiantes o de los estudiantes. Articulo 109º. REPRESENTANTES DE GRUPO Es la estudiante o el estudiante que reúne las características del perfil Palermista, vivenciándolas en el ejercicio de un liderazgo positivo, activo y democrático de acuerdo a la filosofía institucional. Articulo 110º. REQUISITOS PARA SER REPRESENTANTE DE GRUPO 1. Tener al menos dos (2) años de pertenencia a la Institución. o un (1) año, si la estudiantes o el estudiante presenta casos excepcionales de buen comportamiento, rendimiento académico, liderazgo y sentido de pertenencia hacia la institución. 2. Potenciar y vivenciar la filosofía del Colegio. 3. Demostrar sentido de pertenencia. 4. Tener aptitudes de liderazgo y saberlo ejercer. 5. Destacarse por su comportamiento, responsabilidad y vivencia de los valores Palermista 6. Ser respetuosa o respetuosa con la autoridad y hacerla respetar. 7. Demostrar inquietud intelectual. 8. Tener acogida dentro del grupo. 9. No tener anotaciones por indisciplina en el Cuaderno de Seguimiento Formativo. 10. No haber tenido en el año anterior ni en el año lectivo, compromisos de normalización (disciplinarios) y/o académicos. 11. Tener una actitud positiva, receptiva y crítica durante las clases. 12. Acatar en todo momento el Manual de Convivencia. 13. Respetar los derechos ajenos y los propios. 14. Tener sentido crítico, analítico y participativo. 15. Presentar a su director de grupo, la copia del libro de seguimiento formativo, del año inmediatamente anterior, presentando igualmente su anteproyecto con sus propuestas para ser evaluadas y ajustadas según los criterios institucionales. Articulo 111º. FUNCIONES DE LAS REPRESENTANTES O LOS REPRESENTANTES DE GRUPO 1. Estar disponible para el trabajo de formación para la convivencia y académico. 2. Ser miembro activo del Consejo de Estudiantes del colegio, si queda elegida o elegido como vocera o vocero En el Consejo serán escuchadas las iniciativas de las estudiantes y de los estudiantes, de los docentes, de los administrativos, de los padres de familia en los aspectos tales como: adaptación y verificación del reglamento escolar; organización de actividades religiosas, sociales, deportivas, culturales, artísticas y comunitarias, la conformación de asociaciones juveniles y demás asociaciones Página 66 de 116

3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12.

que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar. (Ley General Artículo 142.) Respetar y hacer respetar la autoridad. Promover y defender el buen nombre del Colegio y del grupo. Crear un ambiente de armonía entre los estamentos de la comunidad educativa. Promover la participación del grupo en las actividades intra y extraescolares. Incentivar con las monitoras o los monitores los grupos de estudio. Mantener en el grupo un ambiente de disciplina, de reflexión y estudio. Responder por la disciplina del grupo en ausencia del profesor. Motivar a sus compañeras o compañeros a obrar por convicción y adquirir autodisciplina. Buscar estrategias para mantener o mejorar el rendimiento académico del grupo después de conocer el informe de Coordinación Académica. Apoyar a la Personera o personero de los estudiantes en el cumplimiento de sus funciones.

Artículo 112°. ELECCIÓN Y RESPONSABILIDAD    

En cada grupo se postularán hasta 4 candidatos que reúnan dichos requisitos. Las estudiantes y los estudiantes que se postulan presentarán el programa en cada grupo. La elección se hace por mayoría simple Una vez elegida o elegido y reconocida o reconocido entre sus compañeras y compañeros, la Representante o el representante de Grupo asume sus funciones. Debe estar dispuesta o dispuesto a participar en el proceso de elección y conformación del Consejo de Estudiantes

Articulo 113º. REVOCATORIA DEL MANDATO DE REPRESENTANTES DE GRUPO Para revocar el mandato de alguno de los miembros del Consejo de Estudiantes, en lo concerniente a los Representantes o de Grupo, se tendrán en cuenta las siguientes causales: 1. 2. 3. 4. 5.

Incumplir las funciones de su cargo o haber perdido el perfil propio para este. Firmar un compromiso pedagógico y/o de normalización, por razones académicas y/o disciplinarias. Sufrir sanción de desescolarización por uno (1) o más días. Desarrollar funciones diferentes a las estipuladas para su cargo. La revocatoria del mandato de la Representante o el representante de Grupo es válida cuando se obtiene un número igual o mayor de votos al que obtuvo cuando fue elegida o elegido. Para tal efecto se conservará un registro debidamente firmado por los jurados y organizadores de las elecciones. 6. Quien pierda la investidura no podrá en el futuro aspirar a cargos de elección popular, por un periodo de hasta dos años. Articulo 114º. ELECCIÓN DE LA ESTUDIANTES O EL ESTUDIANTE REPRESENTANTE AL CONSEJO DIRECTIVO Se hace la elección por votación secreta entre las integrantes del Consejo de Estudiantes; las candidatas o candidatos son estudiantes de los grados Décimo u Once, también pertenecientes al Consejo de Estudiantes. La representante o el representante de las estudiantes o los estudiantes ante el Consejo Directivo no debe tener ninguna anotación por indisciplina en el Cuaderno de Seguimiento Formativo, tal como lo indican los requisitos para ser Representante de grupo. Articulo 115º. FUNCIONES DE LA REPRESENTANTE O EL REPRESENTANTE DE LAS ESTUDIANTES O LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO 1. Recoger propuestas de las estudiantes y los estudiantes y presentarlas al Consejo Directivo, al menos una vez por semestre. 2. Ser vocera o vocero del Consejo Directivo ante el Consejo de Estudiantes 3. Apoyar a la Personera o personero en el cumplimiento de sus funciones. Página 67 de 116

Artículo 116º. FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN 1. Propender por el buen comportamiento de las estudiantes y los estudiantes de la institución educativa, fijando políticas, estrategias y contribuyendo así, a la formación integral de las estudiantes y los estudiantes, con el ejercicio de una libertad responsable y consciente, basada en el respeto de los derechos individuales y colectivos. 2. Conocer y estudiar el Manual De Convivencia de la Institución con la participación de los estamentos de la Comunidad Educativa. 3. Divulgar las Normas para la Convivencia. 4. Sugerir, mostrar y coordinar acciones pedagógicas encaminadas a la interiorización de las normas de comportamiento por parte de las estudiantes y los estudiantes en tal forma que cada una las haga suyas. 5. Facilitar a los profesores elementos para el manejo dinámico y motivante de todo trabajo que implique una relación profesor – estudiante en el proceso educativo. 6. Aplicar estímulos, correctivos y sanciones de acuerdo al proceso estipulado por la legislación escolar y el Manual de Convivencia. 7. Velar porque los procedimientos aplicados para analizar la disciplina y el comportamiento de las estudiantes y los estudiantes sea un proceso objetivo, continuo y permanente. 8. Sugerir a los profesores acciones complementarias que faciliten el reordenamiento de los diferentes comportamientos difíciles de la Estudiante o el estudiante. 9. Dar a conocer y difundir el Manual de Convivencia. 10. Revisar el cumplimiento del acompañamiento de los docentes en el descanso y hacer los registros respectivos. 11. Revisar el orden y el aseo de las aulas al finalizar la jornada escolar. 12. Estudiar casos especiales de indisciplina cuando la Coordinadora de Formación lo requiera. 13. Planificar y proponer acciones que fortalezcan el proceso formativo de las estudiantes o de los estudiantes. 14. Velar por el cumplimiento de las normas establecidas en el Manual de Convivencia. 15. Comunicar a la Coordinadora de Formación toda situación que deba ser atendida de manera oportuna. Artículo 117º. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA La conformación del Consejo de Padres en la Institución educativa es de Carácter Obligatorio conforme lo preceptuado en el Articulo 5 del Decreto 1286 de 2005. El Consejo de Padres del Colegio Palermo de San José, como instancia de participación de la comunidad educativa, es un organismo de coordinación y asesoría para con la Rectora, que coadyuva en la orientación del Colegio mediante la presentación de propuestas y planes de mejoramiento, y su fundamentación legal se encuentra en la Constitución Nacional, la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1286 de 2005 del Ministerio de Educación Nacional. Artículo 118º. CONFORMACIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA El Consejo está integrado por un (1) padre de familia, por cada uno de los grados, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 1286 y en el Proyecto Educativo Institucional. Artículo 119° CONVOCATORIA Y ELECCIÓN DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Durante el transcurso del primer mes del año escolar contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, la Rectora convocará a los padres de familia para que elijan a sus representantes en el Consejo de padres de familia. Cada directora de grupo después de desarrollar la agenda ya acordada y permitir un somero conocimiento entre los padres, a través de su presentación personal u otra dinámica oportuna, se procederá a hacer la elección, quedando válidamente favorecida aquel que obtenga la mayoría de votos. Estos representantes serán invitados por la Institución educativa a una primera reunión del Consejo en donde se elegirá por mayoría absoluta al padre de familia representante al Consejo Directivo. La institución educativa continuará citando al Consejo de Padres a reuniones periódicas para asegurar la mejor participación en el logro de sus objetivos y la búsqueda de la calidad educativa. Página 68 de 116

Para ser miembro del Consejo de Padres se requiere ser Padre o acudiente de una de las estudiantes o uno los estudiantes del grupo que representa, no pertenecer a la Asociación de Padres de Familia y ser elegido por la mayoría de los padres presentes en la reunión o haber expresado públicamente su deseo de pertenecer. Si resultaran dos o más candidatos se discernirá con ellos y/o se procederá a efectuar una rifa de la curul entre ellos mismos. Para representar al Consejo de Padres ante el Consejo Directivo, debe cumplir con los requisitos señalados para los padres de familia estipulados en el presente Manual de Convivencia. El Consejo de Padres, ejercerá sus funciones por un año calendario, contado a partir del momento en que fue elegido y hasta cuando se designe el nuevo Consejo de Padres, mediante la aplicación del procedimiento correspondiente, teniendo en cuenta que los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos para un periodo adicional. Artículo 120º. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA El Consejo de Padres del Colegio Palermo de San José ejercerá sus funciones en directa coordinación con la Rectora o sus delegados. Corresponde al Consejo de Padres: 1. Darse su propio reglamento. 2. Apoyar las actividades culturales, artísticas, científicas, espirituales y deportivas que organice el establecimiento educativo, orientadas a mejorar las competencias de las estudiantes y los estudiantes en las distintas áreas, incluida la ciudadanía y la cultura de la legalidad. 3. Elegir el representante de los Padres de familia para participan en el Consejo Directivo. 4. Promover actividades de formación de los padres de familia encaminadas a desarrollar estrategias de acompañamiento a las estudiantes o a los estudiantes matriculados en la institución. 5. Participar en la elaboración de planes de mejoramiento Institucional y en el logro de los objetivos planeados. 6. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia en el marco de la Constitución y la Ley. 7. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física de las estudiantes o de los estudiantes. 8. Estimular el buen funcionamiento del Colegio. 9. Elegir y ser elegido para representar a los padres de familia en los órganos de gobierno escolar en los términos previstos en la Ley General de Educación y en sus reglamentos Artículo 121º. CALIDAD DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA Para acceder al Consejo Padres, se tendrán en cuenta los siguientes criterios: 1. Tener su hija o e hijo representado matriculado en la Institución por un tiempo no menor a dos (2) años. 2. Demostrar actitudes y valores, de autenticidad y congruencia con el Proyecto Educativo Institucional. 3. Demostrar alto grado de Pertenencia, compromiso con el Colegio y entrega al servicio educativo del plantel. 4. Comulgar con la ideología del Colegio y con sus principios 5. Haber manifestado siempre respeto por la Institución Educativa y sus Estamentos. 6. Disponer del tiempo para las reuniones y las actividades. 7. Cumplir con las obligaciones económicas contraídas con el colegio. 8. Representar a las familias en el Consejo de Padres del Colegio 9. Ser nombrado en elección libre y mayoritaria que efectúen los Padres de Familia de cada grado. 10. Tener una participación voluntaria y gratuita. Artículo 122º. ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA La Asociación de Padres de Familia del Colegio Palermo de San José, es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de Página 69 de 116

las estudiantes y los estudiantes matriculados en el establecimiento educativo. Es la fuerza y el apoyo que el Colegio tiene para la realización de su tarea educativa integral. Todos sus intereses y actividades se deben dirigir al cumplimiento de los objetivos que la Institución tiene establecidos. Su sustitución y permanencia se rige por el Decreto 1286 y sus propios estatutos. Artículo 123°. FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE ASOPPAL (Decreto 1860, confrontación Artículo 30 y Decreto 1286) La asociación, además de las funciones que su reglamento determine, desarrolla actividades como las siguientes: 1. Prestar apoyo y colaboración en todo lo relacionado con la educación, formación moral e integral de las estudiantes y los estudiantes. 2. Promover y apoyar un fondo Pro-Becas para ayudar a las familias con problemas económicos, previo estudio de cada caso por parte de la Junta Directiva de ASOPPAL. 3. Adquirir fondos valiéndose para ello de festivales, eventos deportivos y demás medios convenientes para los fines buscados. 4. Administrar sus fondos y recibir los donativos que se le hagan. 5. Desarrollar actividades culturales y de promoción social que contribuyan a crear en los padres una firme actitud de cambio y participación, para que sean parte activa de la comunidad educativa, construyendo con civilidad y sentido de convivencia un mejor país. 6. Promover programas de formación de los padres para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde. 7. Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo. 8. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa. 9. Apoyar a las familias y a las estudiantes y los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar los resultados de aprendizaje. Artículo 124º. GRUPOS REPRESENTATIVOS DEL COLEGIO Criterios para pertenecer a seleccionados deportivos, culturales y otros grupos representativos del colegio: 1.

2. 3. 4. 5. 6.

Estar matriculada o matriculado en el Colegio, (excepto si la persona está reforzando algún equipo o si el torneo en el que se participa lo permite o lo exige). No podrán reforzar o seguir perteneciendo a los seleccionados del Colegio quienes hayan sido retirados de la institución. Destacarse significativamente en el deporte o actividad donde esté seleccionada. Tener un buen rendimiento académico y una buena normalización. Tener la edad mínima requerida para cada categoría, según lo establezca la respectiva liga deportiva o el grupo representativo al que se quiere pertenecer. Contar con los elementos que permitan el desarrollo de la práctica deportiva o del respectivo grupo. Asistir puntualmente a los entrenamientos y encuentros, presentaciones o reuniones del grupo, con el uniforme reglamentario o según lo estipulado en el grupo respectivo. En caso contrario debe avisar con anterioridad o traer excusa por escrito.

Parágrafo: Cualquier estudiante puede ser suspendida o suspendido de la actividad deportiva o cultural temporalmente o definitivamente, por no cumplir con las disposiciones establecidas en el Manual de Convivencia. ARTICULO 125°.COMITE ESCOLAR DE CONVIVENCIA Es un ente promotor de la formación humana de los estudiantes que asesora al Consejo Directivo en la solución de las dificultades y conflictos de la Convivencia escolar. El Objeto de este Comité es apoyar la labor de promoción y seguimiento a la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a la convivencia escolar, así como el desarrollo y

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aplicación del Manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar, para la formación de ciudadanos y ciudadanas de bien 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia Promover la vinculación del Colegio a estrategias, programas y actividades de convivencia Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas' en el Manual de convivencia, Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas Ajustar este Reglamento, cada año escolar.

ARTICULO 126° MEDIADORES ESCOLARES: es la estudiante o el estudiante que escucha, procura ser justo, no toma partido ni enjuicia. Es un colaborador, alguien en quien se puede confiar, que está interesado en comprender y ayudar a encontrar una buena alternativa de solución. Una mediadora o un mediador no es una persona que habla sobre sí misma, ni un juez, ni un policía, ni alguien que da consejos o fórmulas para resolver los conflictos. El mediador o la mediadora actúan de una manera voluntaria y altruista. Es independiente e imparcial; no tiene el papel ni de juzgar ni de arbitrar. FUNCIONES DE LAS MEDIADORES ESCOLARES O LOS MEDIADORES ESCOLARES: 1. 2. 3. 4. 5.

Construir un sentido más fuerte de cooperación y comunidad con la institución. .Mejorar el ambiente del aula por medio de la disminución de la tensión y la hostilidad. Desarrollar el pensamiento crítico y las habilidades en la solución de problemas. Mejorar las relaciones entre la estudiante o el estudiante y el maestro. Incrementar la participación de los estudiantes y los estudiantes en su desarrollo de las habilidades para el liderazgo. 6. Resolver disputas menores entre iguales que interfieren con el proceso de educación. 7. Favorecer el incremento de la autoestima dentro de los miembros del grupo. 8. Facilitar la comunicación y las habilidades para la vida cotidiana. Artículo 127º. FORMAS DE PARTICIPACIÓN DEMOCRÁTICA Con el fin de educar a las estudiantes y los estudiantes en los conceptos democráticos, se entenderán como mecanismos de participación: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta estudiantil, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. El Colegio Palermo de San José, garantiza la libre participación de los miembros de la comunidad educativa en la conformación de los consejos y en la elección de sus representantes para los diferentes cargos, evitando la réplica de prácticas mal sanas vividas en la cotidianidad. CAPITULO XIII EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO – Decreto 1290 (16 de Abril de 2009) Artículo 128º. EVALUACIÓN DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES Evaluar es un proceso a través del cual se busca apreciar y emitir juicios sobre los procesos académicos, personales y sociales de las estudiantes y los estudiantes, analizando sus resultados, con el fin de mantener o elevar el nivel de desempeño de cada uno. La evaluación de los aprendizajes de las estudiantes y los estudiantes se realiza en los siguientes ámbitos: 1. Internacional: El Estado promoverá la participación de los estudiantes del país en pruebas que den cuenta de la calidad de la educación frente a estándares internacionales. Página 71 de 116

2. Nacional. El Ministerio de Educación Nacional y el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior ICFES, realizarán pruebas censales con el fin de monitorear la calidad de la educación de los establecimientos educativos con fundamento en los estándares básicos. Las pruebas nacionales que se aplican al finalizar el grado undécimo permiten, además, el acceso de los estudiantes a la educación superior. 3. Institucional. La evaluación del aprendizaje de las estudiantes y los estudiantes realizada en los establecimientos de educación Básica y Media, es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño. 4. Objeto del decreto. El presente decreto reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media que deben realizar los establecimientos educativos. 5. Propósitos de la evaluación institucional de las estudiantes. Son propósitos de la evaluación de las estudiantes y los estudiantes en el ámbito institucional: - Identificar las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje de las estudiantes y los estudiantes para valorar sus avances. - Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los procesos educativos relacionados con el desarrollo integral de la estudiante o del estudiante. - Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas para apoyar a las estudiantes y los estudiantes que presenten debilidades y desempeños superiores en su proceso formativo. - Determinar la promoción de estudiantes. - Aportar información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento institucional. Artículo 129º. DEFINICIÓN DE CONCEPTOS 1. SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN ESCOLAR: Es el conjunto de criterios institucionales que garantizan el acompañamiento en el proceso de formación integral de las estudiantes y los estudiantes, en el que se evidencien el cumplimiento de unos requisitos legales e institucionales con la participación activa de directivos, padres, docentes y estudiantes. 2. EVALUACIÓN: Acción continua y de ajuste permanente por medio de la cual se busca apreciar, estimular y emitir juicios sobre el proceso de desarrollo académico de las estudiantes y los estudiantes. 3. PROMOCIÓN ESCOLAR: Determinación que toman las Comisiones de Evaluación y Promoción de ascender de grado a las estudiantes y los estudiantes, después del estudio minucioso de los resultados al finalizar el año escolar, una vez se haya superado a satisfacción el alcance de las competencias, teniendo en cuenta las metas académicas contempladas en el PEI y para el caso de aquellos estudiantes después de presentar las pruebas de promoción quedan pendientes en 1 área. 4. PROMOCIÓN ANTICIPADA: Acción legal que se realiza con el reconocimiento de las diferencias en el ritmo de aprendizaje de las estudiantes y los estudiantes, dando oportunidades de avanzar en el proceso educativo según capacidades y aptitudes personales. 5. CRITERIOS DE EVALUACIÓN: Parámetros establecidos desde los indicadores de desempeño y que permiten emitir un juicio. 6. CRITERIOS DE PROMOCIÓN: Condiciones o reglas que se elaboran desde el consejo Académico y las Comisiones de Evaluación para la toma de decisiones acertadas en el momento de sugerir un cambio para las estudiantes y los estudiantes de un determinado grado. 7. AUTOEVALUACIÓN: Verificación personal de los aciertos y desaciertos en el proceso de construcción del conocimiento. 8. COEVALUACION: Valoración que el docente hace en compañía de la estudiante o el estudiante, de sus actitudes comportamentales observadas durante el desarrollo de su asignatura durante el período. 9. COMPETENCIAS: Llevar a la práctica, de manera pertinente, un determinado saber teórico. Página 72 de 116

10. DESEMPEÑOS: Se refiere a la actuación en la realidad, que se observa en la realización de actividades o en al análisis y resolución de problemas. 11. ESTRATEGIA: Conjunto de acciones que se llevan a cabo para lograr un objetivo. 12. ACTIVIDADES DE PROFUNDIZACIÓN E INVESTIGACIÓN: Son actividades específicas que desarrollan las estudiantes y los estudiantes con desempeño Superiores y/o Altos con el fin de afianzar conceptos y trascender en sus conocimientos. 13. PROCEDIMIENTO: Es el modo de ejecutar determinadas acciones que se suelen realizar de la misma forma, con una serie común de pasos claramente definidos y que permiten desarrollar una ocupación o trabajo correctamente. 14. ESTÁNDARES: Es un referente que permite evaluar los niveles de desarrollo de las competencias que van alcanzando las estudiantes y los estudiantes en el transcurso de su vida escolar. 15. ACCIONES DE SEGUIMIENTO: Actividades planeadas en el diseño del Plan de estudios de cada área, contenidas en el Manual de Convivencia Institucional y verificables en el día a día en el aula de clase. 16. FORMACIÓN INTEGRAL: Proceso de humanización donde se facilita la realización personal y se cualifica lo que cada uno tiene, potenciándose como ser racional, autónomo y solidario. En el Colegio esta formación está dada desde los valores fundacionales: Fraternidad, Espiritualidad, Intelectualidad y Ciudadanía. 17. SUPERACIÓN DE DEBILIDADES: Mejoramiento de resultados a través de acciones específicas pactadas con los padres de familia, la estudiante o el estudiante y el docente respectivo. 18. REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN: Documento que contiene la información por períodos que da cuenta de los avances y las dificultades en el proceso académico y formativo de cada estudiante y que se entrega a los padres de familia al final de cada periodo. 19. DIMENSIONES: Conjunto de potencialidades fundamentales con las cuales se articula el desarrollo integral del estudiante. ETICA: Responsabilidad que tiene el ser humano de tomar decisiones autónomas a la luz de principios y valores llevándolos a la acción. ACTITUDINAL VALORATIVA (ESPIRITUAL): Posibilidad de transcender, para ponerse en contacto con Dios, consigo mismo, con el otro, con lo otro. COGNITIVA: Aprehender conceptualmente la realidad que lo rodea, haciendo uso responsable del conocimiento científico. AFECTIVA: Relacionarse consigo mismo y con los demás, manifestando sus sentimientos, emociones y su sexualidad de manera sana. COMUNICATIVA: Conjunto de potencialidades que le permiten el ser humano encontrar sentido de sí mismo y representarlo a través del lenguaje para interactuar con los demás ESTÉTICA: Capacidad de interactuar consigo mismo y con el mundo desde su propia sensibilidad, permitiéndole apreciar la belleza y expresarla de diferentes maneras. CORPORAL: Habilidad para reconocer y aceptar su propio cuerpo y el de los demás para establecer sanas relaciones de convivencia.

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Artículo 130º CRITERIOS DE EVALUACIÓN ESCOLAR La evaluación de las estudiantes y los estudiantes está ajustada a lo estipulado por el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con la Ley 115 de 1994, en los estándares básicos de competencia, los lineamientos curriculares y en el decreto 1290 de 2009 sobre Evaluación y Promoción Escolar para grados 1° a 11° y en el Decreto 2247 de 1997 artículo 14 para Preescolar. 1. En el Colegio Palermo de San José, la evaluación escolar se realiza desde las competencias específicas de cada una de las áreas, haciendo un seguimiento global de las estudiantes y los estudiantes en el que se tiene en cuenta las fortalezas y las debilidades tanto académicas como formativas. En los grados de Preescolar se evalúa con base en el desarrollo de las Dimensiones: cognitiva, comunicativa, corporal, afectiva, estética, y actitudinal valorativa (espiritual) y Ética desde las cuales se desarrollan los contenidos específicos de cada una de las áreas del conocimiento. La Evaluación en el nivel Preescolar, es un proceso integral, sistemático, permanente, participativo y cualitativo que busca conocer el estado de desarrollo de las estudiantes y los estudiantes y estimular el afianzamiento de valores, actitudes, aptitudes y hábitos evidenciando sus avances. 2. Se utilizan diferentes medios para la evaluación, dando preferencia a aquellos que permitan el desarrollo de competencias como: el fortalecimiento de la lectura comprensiva de textos, gráficas, imágenes, datos, tablas, etc, la interpretación la argumentación y el análisis de situaciones y casos, y la resolución de problemas, como instrumentos para la búsqueda del conocimiento. 3. Se trabajan cuatro períodos académicos definidos en el Calendario Escolar. Al inicio de cada periodo las estudiantes y los estudiantes conocen los Desempeños, los Indicadores de Desempeño, las actividades de Verificación y la asignación de tares a través de las cuales se dará cuenta del nivel de logro alcanzado en cada una de las áreas. 4. El educador programa también como parte de las labores normales del curso, las actividades de apoyo para la superación de debilidades necesarias para la consecución de las competencias del área por parte de las estudiantes y los estudiantes, además de las actividades de profundización e investigación, teniendo en cuenta la propuesta pedagógica seguida por la Institución EDUCACIÓN POR PROCESOS PARA EL DESARROLLO DE COMPETENCIAS. 5. Las actividades planeadas para orientar el desarrollo de competencias se trabajan mediante la ejecución de uno o varios procesos de la propuesta pedagógica: conceptualización, comprensión, análisis, síntesis, generalización, aplicación, valoración, verificación y reutilización, cuya apropiación se evidencia en los indicadores de desempeño formulados en los planes de estudio de cada área y se valoran en el Registro Escolar de las estudiantes y los estudiantes. Artículo 131º ACTIVIDADES DE APOYO ACADÉMICO Se tienen cuatro (4) clases de actividades de Apoyo: PRUEBA ACUMULATIVA DE PERIODO, PRUEBA DE CIERRE DE PERIODO, PRUEBA SEMESTRAL Y ACTIVIDADES DE SUPERACIÓN. PRUEBA ACUMULATIVA DE PERIODO: Es la que realizan todas las estudiantes y los estudiantes y se desarrollan durante la semana 8 de cada periodo y tiene un valor del 45% del periodo. PARAGRAFO: La prueba acumulativa para excusas debidamente justificadas tendrán supletorio en la semana nueve (9) sin prejuicio de segundo supletorio. PRUEBA DE CIERRE DE PERIODO: (INTERPRETACIÓN Y ARGUMENTACIÓN) Es la que realiza la estudiante y el estudiante que lleva asignaturas pendientes y se desarrolla en la última semana de los periodos 1 y 3. Tiene derecho a presentar la prueba cualquier estudiante que presente un resultado parcial con una valoración igual o superior a 2.0 Esta prueba no tiene posibilidad de supletorio dada su fecha de aplicación. PRUEBA SEMESTRAL: Son las que se realizan al finalizar el primero y segundo semestre. Tienen dos componentes: EJERCITACIÓN y SUSTENTACIÓN.

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EJERCITACIÓN: Se entrega a las estudiantes y los estudiantes un taller como actividad de preparación para las pruebas en el segundo y cuarto periodo (no tiene valoración y no es requisito para la presentación de la prueba) SUSTENTACIÓN: (prueba semestral) se aplica después de las vacaciones de mitad de año para el primer semestre y después de la realización de los promedios ponderados de las áreas al finalizar el cuarto periodo. Estas pruebas se elaboran según los estándares mínimos requeridos en el área para el grado con una valoración general. Tienen derecho a presentar las pruebas semestrales, cualquier estudiante que presente un resultado con una valoración igual o superior a 2.0 Esta prueba no tiene posibilidad de supletorio dada su fecha de aplicación. PARAGRAFO: La prueba semestral del 4 periodo, se diseñará para evaluar las competencias globales, desarrolladas a lo largo del año en la asignatura respectiva y su nota no será susceptible de ser promediada. ACTIVIDADES DE SUPERACIÓN: Son las que realizan las estudiantes y los estudiantes que quedan con un área pendiente después de la prueba final y quienes antes de la prueba tienen un resultado valorado por debajo de 2.0 en un área. Esta prueba se realiza antes de concluir el año escolar. NOTA: Para la presentación de cualquiera de las actividades de Apoyo Académico (prueba acumulativa de periodo, prueba de cierre de periodo, prueba semestral y actividades de superación), las estudiantes y los estudiantes deben asistir con el uniforme reglamentario de la institución de acuerdo a lo estipulado en el Manual de Convivencia. Artículo 132º ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA LA ESCALA NACIONAL Los resultados del proceso académico se expresan con la siguiente escala: DESEMPEÑO SUPERIOR DESEMPEÑO ALTO DESEMPEÑO BÁSICO DESEMPEÑO BAJO

4.7 a 4.0.a 3.5.a 1.0 a

CON

5.0 4.6 3.9 3.4

TIENE DESEMPEÑO SUPERIOR, la estudiante o el estudiante que desarrolla las competencias y transciende en las dimensiones del Ser, Saber y Convivir identificándose como Perfil Palermista. Obtiene resultados académicos en la escala de 4.7 a 5.0. TIENE DESEMPEÑO ALTO, la estudiante o el estudiante que desarrolla las competencias de cada área, posee dominio conceptual y demuestra habilidades y destrezas en lo académico y formativo. Su desempeño es valorado en la escala de 4.0.a 4.6 TIENE DESEMPEÑO BASICO, la estudiante o el estudiante que alcanza las competencias básicas propuestas en las áreas mostrando desarrollo de habilidades y destrezas. Su desempeño se valora en la escala de de 3.5 a 3.9 TIENE DESEMPEÑO BAJO, la estudiante o el estudiante que no demuestra el desarrollo de sus habilidades, destrezas y competencias en un área o asignatura específica y a pesar de realizar las actividades de superación no aprueba las competencias básicas requeridas. Su desempeño se valora en la escala de 1.0 a 3.4 Artículo 133º CRITERIOS ESPECIFICOS DE EVALUACIÓN 1. La valoración cuantitativa se hace con números enteros y una sola cifra decimal. Si al momento de definir notas se obtiene un número con dos o más cifras decimales se redondea teniendo en cuenta que si la cifra de la centésima es mayor o igual a cinco, se aproxima a la décima inmediatamente superior; en caso de ser menor que cinco, se deja la misma décima o la misma primera cifra decimal. Página 75 de 116

Ejemplo; cuando la nota sea 2.85; 2.86; 2.87; 2.88; 2.89, se redondea a 2.9 Pero si es 2.81; 2.82; 2.83; 2.84, se redondea a 2.8 Para aprobar cualquier área, se debe alcanzar un consolidado final de área valorado en una escala superior o igual a 3,5. 2. Las actividades de apoyo tendrán una valoración máxima de TRES CON CINCO: 3.5. Para el caso de las estudiantes o los estudiantes que obtienen valoración por debajo de tres con cinco, se procederá asignando la valoración superior a que tengan derecho (bien sea la nota de la prueba o la nota del proceso). 3. En los períodos académicos, se califican las asignaturas independientemente una de otra. Al finalizar el año escolar antes de realizar la prueba semestral se tendrá en cuenta el consolidado del área para obtener la nota definitiva. a. Tienen derecho a presentar las PRUEBAS SEMESTRALES, las estudiantes o los estudiantes que obtengan un consolidado valorado de 2.0 en adelante. Esta Prueba será elaborada según los estándares mínimos requeridos en el área para el grado. b. Durante la semana de pruebas sólo asisten al Colegio las estudiantes o los estudiantes que tienen pendientes. c. La prueba semestral del 4 periodo, se diseñará para evaluar las competencias globales, desarrolladas a lo largo del año en la asignatura respectiva y su nota no será susceptible de ser promediada. d. Cada periodo será valorado con un porcentaje gradual que favorezca la actitud de estudio hasta el final del año y la auto exigencia en pro de unos buenos resultados: Primer Periodo 25%, Segundo Periodo 25%, Tercer Periodo 25%, Cuarto Periodo 25% 4. Cuando en cualquier instancia valorativa una estudiante o un estudiante solicita un segundo calificador, la Coordinación Académica selecciona un docente del área para dicho fin. En caso de discrepancia, se consolidan las dos notas para obtener la definitiva. Si este resultado da una nota inferior se conserva la valoración dada por el docente del área. 5. Como parte del proceso evaluativo se realiza una prueba acumulativa de periodo que reúne los contenidos trabajados durante el mismo. Esta prueba equivale al 45% del valor del período. La autoevaluación y la correspondiente coevaluación tienen un valor del 5%, y se realizará sobre los siguientes aspectos: Participación, Responsabilidad, Comportamiento, Puntualidad y Respeto. El 50% restante se califica con las actividades de verificación del aprendizaje, las tareas, los talleres, los resultados de los proyectos transversales, y otras estrategias evaluativas como los resultados obtenidos en las pruebas externas, y que estén sobre el promedio fijado por el Consejo Académico. Igualmente, la participación responsable y activa en proyectos institucionales de Investigación y/o en eventos académicos convocados por otras instituciones en los que se alcancen altos niveles de desempeño, y en la estrategia de Martes de Prueba; según los siguientes criterios del mismo Consejo Académico: Para las estudiantes o los estudiantes que desarrollen Proyectos de investigación en temáticas relacionadas con determinada área y además en Tecnología y Castellano con promedios superiores a 4.0 y para quienes obtengan resultados en el ICFES sobre 65 puntos en una o varias asignaturas evaluadas y cumplan con todas sus responsabilidades escolares y con las normas estipuladas en el Manual de Convivencia, se asignará una nota única de 5,0 en el 50% del periodo en el área respectiva (para el Icfes) y en el 4º periodo para investigación. Para el caso de inglés, la nota de 5,0 en el 50% del periodo, se asignará a las estudiantes que obtienen puntaje sobre 70 Para el caso de las áreas que cuentan con varias asignaturas, la valoración de 5,0 será asignada para cada una de ellas. La estudiante o el estudiante de grado 3°, 5°, 9º,10º y 11º que no asista a Martes de Prueba, debe presentarse en las horas de la tarde en jornada extracurricular en la oficina de Coordinación Académica para realizar la prueba. 6. La estudiante o el estudiante que no asista a alguna de las pruebas, debe presentar excusa escrita al momento de regresar al Colegio y la autorización para la presentación de las mismas, la resolverá la Coordinadora de Ejecución de Procesos Pedagógicos. Cuando la estudiante o el estudiante llegue tarde para la presentación de las pruebas, o no las presente, deberá realizarla en jornada extracurricular Página 76 de 116

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programada por el profesor durante la misma semana de inasistencia, en caso de no presentarse tiene una valoración de bajo (uno) En caso de inasistencia prolongada por enfermedad, con incapacidad médica, o por representaciones en competencias deportivas de alto rendimiento, con solicitud formal de los clubes deportivos, la coordinación académica diseñará un plan especial de trabajo para que la estudiante o el estudiante se ponga al día con sus responsabilidades académicas, en un plazo flexible. El fraude en cualquiera de las pruebas y actividades de apoyo y/o verificación, se sanciona con la anulación de las mismas y con una valoración baja de cero en el resultado y si esta nota le afecta la valoración final del periodo quedando por debajo de 2.0, pierde el derecho para presentar las pruebas de cierre de periodo y semestrales. Si el fraude se da en la prueba semestral, esta valoración cuenta para la promoción definitiva (ya que dicha valoración elimina la posibilidad de presentar las pruebas) y en caso de ser estudiante de grado 11º No será invitada a la ceremonia privada de graduación. Cuando una estudiante o un estudiante no asista a clase por llegar tarde (estando en el Colegio) el profesor hace la anotación en el cuaderno de seguimiento formativo, esta llegada tarde le afecta el aspecto de la puntualidad y la responsabilidad en el 5% de su autoevaluación. Quienes no presenten las pruebas definidas en este procedimiento, sin causa justa, reciben valoración Baja en las asignaturas o en las áreas no presentadas. Se considera causa justa, la calamidad familiar o la enfermedad de la estudiante o el estudiante. Estas causas, deben ser reportadas por escrito a la Coordinación de Formación por uno de los padres o acudientes de la estudiante. El área de Humanidades evalúa por separado Lengua Castellana e Inglés durante los periodos por tener este último el carácter de intensificación como aparece en el Plan de Estudios. El área de Ingles aplica una prueba diagnóstica clasificatoria al inicio del año escolar con el fin de conocer los niveles de suficiencia de las estudiantes y los estudiantes y otra prueba de salida para validar el nivel de suficiencia alcanzado. Además el área realiza dos pruebas durante el periodo, una parcial y otra final (oral y escrita) estas tienen un valor del 45% del total del área, La autoevaluación y la correspondiente coevaluación tienen un valor del 5%, y se realizará sobre los siguientes aspectos: Participación, Responsabilidad, Comportamiento, Puntualidad y Respeto y el 50% restante tiene las mismas especificaciones dadas para el resto de las áreas en este procedimiento. La Comisión de Evaluación y Promoción citará a los padres de familia y/o acudientes de las estudiantes o los estudiantes que finalizan el primer semestre con asignaturas pendientes. Cuando el aspecto formativo – disciplinario, afecta el rendimiento académico, la Comisión de Evaluación y Promoción remite la estudiante o el estudiante a la Comisión de Formación para que se le inicie un proceso pedagógico formativo. En la quinta semana de los tres primeros períodos, se envía a cada padre de familia a través del correo corporativo un pre informe que dará cuenta del proceso académico y formativo de las estudiantes o de los estudiantes a la fecha. Al finalizar el 1°, 2° y 3° periodo, se entrega el Registro Escolar de Valoración a los padres de familia o acudientes y se entrega el quinto informe. El padre de familia no recibe informe escrito del cuarto período debido a la inmediatez del quinto informe. Este informe final del rendimiento académico y formativo de las estudiantes y los estudiantes durante el año escolar se entrega después de las pruebas de superación.

Artículo 134º ESTRUCTURA DEL REGISTRO ESCOLAR DE VALORACIÓN Es el documento que informa al padre de familia y la estudiante o el estudiante su estado académico al cierre de cada periodo. Este Registro contiene la siguiente información:     

Datos de la estudiante o el estudiante, grado y período académico actual. Áreas y/o asignaturas obligatorias y optativas. Escala de Valoración y su correspondencia numérica, por asignatura entre los periodos y por área al finalizar el año escolar. Faltas de asistencia en cada área y asignatura. Promedio Acumulado. Página 77 de 116

  

Informe anexo del área de inglés que detalla los indicadores por periodo clasificados por habilidades. Indicadores de desempeño por áreas y asignaturas expresados en términos de debilidades y fortalezas según la valoración numérica indicada. Recomendaciones para el mejoramiento de debilidades. (cuando el área o la asignatura queda con indicadores pendientes).

Artículo 135º CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN Y EVALUACIÓN DE TAREAS 1. Las tareas se asignan con el fin de realizar el ejercicio de aplicación de los contenidos trabajados en clase y la verificación del aprendizaje significativo de las estudiantes o los estudiantes. Según las necesidades específicas de cada una de las áreas o asignaturas las tareas se asignan para la casa o se desarrollan en clase con el acompañamiento y las indicaciones del profesor, quien define en su momento si es o no prudente trabajar en grupos pequeños, (en clase) máximo tres estudiantes con roles definidos o individualmente. 2. Las tareas asignadas para la casa siempre serán producción individual, y deben sustentarse con estricto cumplimiento del cronograma establecido por el docente. 3. Las tareas se verificarán a través de diferentes medios: revisiones directas, sustentación de ejercicios en forma oral o escrita, quices, campus virtual, u otras formas. 4. Las actividades que no se alcanzan a desarrollar en clase, siempre quedan para la casa 5. El padre de familia y/o acudiente, será informado cuando de manera reiterativa, la estudiante o el estudiante incumpla con las tareas asignadas. 6. Los profesores concertarán con las estudiantes o los estudiantes las fechas de entrega de tareas, según cronograma para evitar la acumulación de las mismas. CAPITULO XIV CRITERIOS PARA LA PROMOCIÓN – Decreto 1290 Artículo 136º SERÁN PROMOVIDAS O PROMOVIDOS    

Las estudiantes o los estudiantes de todos los grados que finalizado el año escolar tengan como valoración un desempeño Superior, Alto y/o Básico en todas las áreas. Las estudiantes o los estudiantes que superan las debilidades en cualquiera de las áreas en las pruebas semestrales. Las estudiantes o los estudiantes que después de realizar las actividades de superación, de un área pendiente, obtengan resultados aprobatorios. Las estudiantes o los estudiantes que después de haber presentado la prueba de Promoción de 1 área, tengan resultados aprobatorios o no aprobatorios. PARÁGRAFO: Para el caso de estudiantes que son promovidas con un área pendiente después de las pruebas de Promoción, estas serán promovidas con un programa especial previamente informado y aceptado por el padre de familia: - Presentar una prueba de promoción antes de iniciar el año escolar y en caso de reprobarla serán promovidos con las siguientes condiciones: - Desarrollar las competencias correspondientes al área pendiente en horario extracurricular y con costo adicional para el padre de familia durante el tiempo que la estudiante requiera, programado por periodos académicos. - Presentar una prueba de validación que acredite el o los logros alcanzados.

Artículo 137º NO SERÁN PROMOVIDAS O PROMOVIDOS 

Las estudiantes o los estudiantes que después de presentar las Pruebas Semestrales, queden con valoración Baja en tres o más áreas.

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  

Estudiantes que hayan dejado de asistir injustificadamente al 15% o más (acumulativo) de las actividades académicas durante el año escolar. Estudiantes que antes de presentar las pruebas semestrales obtengan resultados por debajo de 2.0 en dos o más áreas. Estudiantes que después de presentar la prueba de promoción en dos áreas no superen las debilidades.

Artículo 138º. PROMOCIÓN DE LAS ESTUDIANTES DE GRADO 11º. Para ser promovidas las estudiantes del grado 11° deben tener un desempeño superior, alto o básico en todas las áreas al finalizar el cuarto período, o después de haber presentado las pruebas semestrales. Las estudiantes que queden pendientes en un área una vez aplicadas las pruebas semestrales, presentan la prueba de superación después de la ceremonia de graduación. Las estudiantes que queden pendientes en dos o más áreas deberán realizar un PROGRAMA ACADÉMICO ESPECIAL, definen su graduación durante el año siguiente, y reclaman su Diploma en la Oficina de la Secretaría General una vez se haya dado cumplimiento con los requerimientos de los Planes de estudio definidos para el grado. Artículo 139º. PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACION DEL PROGRAMA ACADÉMICO ESPECIAL PARA ESTUDIANTES DE GRADO 11º.  



Matricularse en la institución como estudiante regular pagando el valor de la matrícula aprobada por la Secretaría de Educación sin incluir otros cobros. Asistir a clase dos veces por semana, durante el primer periodo (10 semanas), según horario establecido por Coordinación Académica con el acompañamiento de profesores tutores y portando el uniforme de gala del colegio. El valor del periodo académico equivaldrá al valor proporcional por áreas a recuperar sobre el total de áreas relacionado con el valor de la pensión total sin incluir el plus de Inglés. En caso de presentarse una estudiante con esta área pendiente deberá sumarse el plus de Inglés. Si en este tiempo se cumple con los contenidos pendientes, se hará entrega del diploma, de lo contrarío, la estudiante debe matricularse para el segundo periodo y se desarrolla el mismo procedimiento hasta dar cumplimiento al Plan de Estudios.

Se excluyen de la ceremonia privada de graduación, quienes queden con áreas pendientes, las estudiantes que hayan incurrido en faltas o gravísimas contempladas como tales en el Manual de Convivencia, las estudiantes que cometan FRAUDE en las pruebas SEMESTRALES, quienes no hayan cumplido con las horas reglamentarias exigidas para el Servicio Social Estudiantil Obligatorio, según el artículo 39 del decreto 1860 y quienes no cumplan con las 50 horas reglamentarias de Constitución Política. Artículo 140º. PROCEDIMIENTO PARA GRADUARSE 1. Figurar en la lista de aspirantes publicada en la Coordinación Académica. 2. Cancelar en la Tesorería del Colegio el valor correspondiente a los derechos de grado. 3. Cumplir con las 80 horas del SERVICIO SOCIAL “MISIONERO “obligatorio de acuerdo con el artículo 97 de la ley 115 y el artículo 39 del Decreto 1860 y cumplir con las 10 horas que certifiquen el trabajo de campo desarrollado. 4. Cursar 50 horas de estudios Constitucionales según la Ley 104 del 94 5. Presentar en la Secretaría General el recibo de pago por los derechos de grado y paz y salvo por todo concepto. 6. Fotocopia del documento de identidad. 7. Asistir al Ensayo de la ceremonia privada, el día y a la hora indicada por la Comisión de Graduación. Artículo 141º. ACTO DE GRADUACIÓN -

La estudiante Palermista se graduará portando el uniforme de gala del Colegio. En dicho acto se entregarán los estímulos a los cuales se han hecho acreedoras las Estudiantes graduadas: Medalla de Página 79 de 116

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Bachiller, Medalla de Perfil Palermista (valores), reconocimiento de: Perseverancia “Palermista desde Preescolar” y Mayor puntaje ICFES. Las menciones de pertenencia a grupos especiales como: conjunto, coros, danzas, deportes, teatro y otros, las recibirán en el acto final de todo el Colegio. Se nombrará una comisión integrada por los directores de grupo de los grados 11º, la Coordinación Académica, la Secretaria del Colegio y la Coordinadora de Formación para la Convivencia que tendrá en cuenta lo siguiente:  Cada Graduanda recibirá la tarjeta de invitación acordada.  La persona designada para dirigir las palabras de agradecimiento o despedida debe hacerlo en nombre de todas las graduandas y no sólo en nombre de su grupo o en nombre propio

Artículo 142º. REGISTRO DEL ACTA Y DEL DIPLOMA DE GRADO Cada graduanda recibirá el Diploma y el Acta de Grado, debidamente anotados en el Registro interno del Colegio de acuerdo al Decreto 0921 del 06 de mayo de 1994. PROMOCIÓN Artículo 143º. PROMOCIÓN ANTICIPADA Es el procedimiento autorizado por la Comisión de Evaluación y Promoción mediante el cual se asciende de un grado a otro, a una estudiante o a un estudiante cuyo desempeño en todas las áreas durante el primer periodo escolar es Superior y/o Alto y se caracteriza por un comportamiento acorde con el Perfil Palermista. Durante el primer período académico una estudiante o un estudiante podrá ser promovida o promovido cuando demuestre superación (desempeño superior) en los requerimientos establecidos para cada área en el grado que cursa y además muestra madurez en el conjunto de sus dimensiones. Durante el cuarto período académico una estudiante o un estudiante podrá ser promovida o promovido cuando decide realizar estudios fuera del país y ha cumplido con los requerimientos establecidos para cada área en el grado que cursa. Cuando una estudiante o un estudiante solicita PROMOCIÓN ANTICIPADA para radicarse en otro país o por cambio de institución con otro calendario, se tendrán en cuenta los resultados y el proceso llevado a la fecha y se dará respuesta positiva siempre y cuando la estudiante demuestre el cumplimiento de los requerimientos en cada una de las áreas en un 70% o más de los contenidos del curso. Una vez aprobada la promoción anticipada de una estudiante o un estudiante se realiza la Resolución Rectoral que aprueba la promoción. Copia de ésta queda en el libro de calificaciones y la Coordinadora Académica informa a la familia y a la estudiante la decisión. Artículo 144º. PROMOCIÓN Es el procedimiento autorizado por la Comisión de Evaluación y Promoción y el Consejo Académico mediante el cual se asciende de un grado a otro a una estudiante o a un estudiante que finaliza el grado con desempeño Bajo en 1 ó 2 áreas con el compromiso de cumplir el procedimiento estipulado en este manual. Artículo 145º. PROCEDIMIENTO PARA LA PROMOCIÓN.  Solicitud escrita del padre de familia y la estudiante o el estudiante dirigida a la Comisión de Evaluación y Promoción (para el caso de la promoción anticipada)  Firmar el compromiso con el padre de familia, el estudiante y el Colegio para dar cumplimiento a este procedimiento.  Programar las pruebas y actividades correspondientes para cada caso.  Asistir a las clases obligatorias en horario extracurricular.  Presentar una prueba de validación.  Diligenciar el formato de acompañamiento de clases extracurriculares por parte del docente asignado para el proceso de promoción. Artículo 146º. ACTIVIDADES DE APOYO PARA ESTUDIANTES NO PROMOVIDOS Las estudiantes o los estudiantes que reinician el grado, llevarán actividades de apoyo para fortalecer sus debilidades académicas en el receso vacacional. Página 80 de 116

Artículo 147º. PROMOCIÓN.

RESPONSABILIDADES

Y

COMPROMISOS

ADQUIRIDOS

DESPUÉS

DE

LA

DEL ESTUDIANTE: - Participar activa y responsablemente en las actividades de Nivelación - Aprobar todas las áreas y asignaturas en el curso de nivelación - Asistir puntualmente a todas las actividades programadas - Entregar oportunamente los trabajos y sustentaciones asignadas DEL PADRE DE FAMILIA - Acompañar activamente a su hija o hijo en el proceso nivelatorio - Facilitar los medios para que la estudiante o el estudiante cumpla sus compromisos - Velar por el mejoramiento continuo de su hija o hijo y el cumplimiento de sus responsabilidades en el grado siguiente - Asistir a las citaciones que realice el Colegio. DE LA INSTITUCIÒN -

Programar las actividades de Nivelación con las cuales se de cumplimiento al plan de estudios, diseñado para el primer periodo en todas las áreas y asignaturas. Asignar un docente que acompañe el proceso de la estudiante o el estudiante y que lo valore en la escala definida por la Institución. Realizar seguimiento periódico al proceso integral de la estudiante o del estudiante. Mantener informado al padre de familia o acudiente sobre el resultado integral.

Artículo 148º. ACTIVIDADES DE APOYO PARA ESTUDIANTES PROMOVIDAS O PROMOVIDOS Para estudiantes promovidas o promovidos se organizará un Plan de trabajo según las áreas pendientes con actividades puntuales, asignación de tutores y programación de fechas, a través del cual se pretende nivelar los contenidos pendientes. Artículo 149º. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL 1. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES: -

Elaboración del preinforme. Prueba acumulativa de periodo. Pruebas semestrales. Actividades de superación. Planes de apoyo entre pares para superar situaciones pedagógicas pendientes. Actividades de apoyo académico extracurriculares. Actividades para estudiantes no promovidos. Actividades para estudiantes promovidos en 1 ó 2 áreas pendientes. Actividades de cierre de periodo. Mesas de trabajos para la nivelación de áreas. Reuniones con estudiantes. Citación a Rectoría. Identificación de fortalezas y debilidades. Actividades de superación de debilidades, profundización e investigación. Autoevaluación. Direcciones de grupo. Remisión a psicología. Análisis periódico de los informes evaluativos con el fin de identificar prácticas que afectan el desempeño de las estudiantes y los estudiantes y formular planes de mejora. Página 81 de 116

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Seguimiento y acompañamiento a estudiantes que llegan nuevos a la Institución. Programas de validación. Planes de Mejoramiento por área. Realización de compromisos pedagógicos por parte de las estudiantes y los estudiantes.

2. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES: -

Realización de trabajos en pequeños equipos. Ubicación estratégica dentro del aula de clase. Tutorías. Planeación de un horario personal de estudio. Conocimiento y práctica de técnicas de estudio. Permanente comunicación con los docentes. Ejercicios de profundización del tema de clase. Explicaciones extra clase solicitadas a los docentes. Participación en las mesas de estudio que ofrece la Institución en horario extra. Solución de talleres de apoyo para las actividades de superación. Citación por parte de la Comisión de Evaluación y Promoción a los padres de familia de las estudiantes y los estudiantes que finalizado el Semestre, tengan 2 o más asignaturas con desempeños bajos. Comunicar el preinforme a los padres y comprometerse con el estudio de las áreas que tienen a la fecha un desempeño bajo. Participación en las actividades propuestas desde el Apoyo Académico. Formulación de compromisos con padres y estudiantes para la superación de debilidades. Acceso a las pruebas realizadas en otras oportunidades. Intensificaciones (cursos extra clase o vacacionales) Conocimiento por parte de las estudiantes y los estudiantes de los criterios de evaluación periodo a periodo de cada una de las áreas.

Artículo 150º. ACCIONES PARA GARANTIZAR QUE LOS DIRECTIVOS DOCENTES Y DOCENTES CUMPLAN CON LOS PROCESOS EVALUATIVOS ESTIPULADOS EN EL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN 1. Reuniones con Docentes y Directivos Docentes para re-conceptualizar y unificar criterios sobre el sistema evaluativo. 2. Inducción y capacitación a docentes nuevos. 3. Revisión de instrumentos de evaluación. 4. Revisión y seguimiento a procesos específicos de estudiantes. 5. Construcción conjunta de lineamientos evaluativos Institucionales. 6. Revisión de planillas de seguimiento al proceso integral de las estudiantes y los estudiantes. 7. Socialización y conocimiento por parte de las estudiantes y los estudiantes y padres de los lineamientos de seguimiento evaluativo Institucional. 8. Programación y control del calendario de actividades propias de la evaluación, pruebas diarias, actividades de apoyo y superación. 9. Auditorías internas. 10. Seguimiento al desempeño docente. 11. Criterios claros para la elaboración de planes de área, proyectos institucionales, diarios de campo. 12. Reporte del servicio no conforme. 13. Plan de mejoramiento institucional 14. Revisión y ajustes al plan de área. 15. Reuniones del Consejo Académico y las Comisiones de Evaluación y Promoción. 16. Inducciones y capacitación de docentes individuales y colectivos. 17. Diseño y socialización de instructivos sobre el sistema de evaluación. Artículo 151º. INSTANCIAS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE RECLAMOS SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 1.

Conducto regular a seguir Página 82 de 116

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Docente del área o asignatura. Director de grupo. Jefe de área. Coordinadora de Ejecución de Procesos Pedagógicos o Coordinadora de Formación para la Convivencia. Comisión de Evaluación y Promoción. Consejo Académico Rectora Consejo Directivo Instancias educativas de Gobierno.

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2. Procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamos Presentar en forma escrita la queja o reclamo acompañado de las evidencias. Analizar por la instancia pertinente las evidencias presentadas. Comunicación de la decisión tomada Si la decisión cumple y satisface las necesidades de los usuarios se da cierre al procedimiento. Si requiere otra instancia vuelve a iniciar el procedimiento hasta quedar solucionada la dificultad.

Artículo 152º. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN Y AJUSTE DEL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN -

Socialización de la norma con estudiantes, padres, profesores y directivos docentes. Mesas de trabajo con diferentes estamentos. Opinión o capacitación externa. Aplicación de instrumentos para validar el impacto. Construcción y análisis de diferentes propuestas por parte del Consejo Académico. Aprobación de la propuesta por el Consejo Directivo.

Artículo 153º. CRITERIOS PARA ACOMPAÑAR ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE) Las estudiantes y los estudiantes que cuentan con una evaluación neurológica o psico-neurológica, en la que se diagnostiquen necesidades educativas especiales, integran el proyecto “ESTRATEGIAS DE APOYO”, cuyo fin es favorecer procesos de motivacionales y de aprendizaje. Una vez se cuente con la evaluación experta se plantea lo siguiente:  Revisión de la evaluación diagnostica  Entrevista con los padres y/o acudientes con el fin de establecer compromisos según las recomendaciones planteadas por el evaluador. (seguimiento particular, si así se recomienda).  Notificación a las coordinaciones frente al diagnostico de la estudiante o del estudiante.  Entrevista psicológica con la estudiante  Elaboración y entrega, del plan de acompañamiento, en el que se plantean estrategias (a partir de las recomendaciones del evaluador, por ejemplo utilización de diferentes medios de evaluación oralesescritos talleres, diseño de pruebas diferenciadas, plantear actividades de apoyo en condiciones diferenciadores, entre otras), para la aplicación por parte de los docentes en el aula.  Entrega del plan de acompañamiento a coordinación académica para su seguimiento y control.  Apoyo psicológico en la Institución (estudiante y familia), desarrollando estrategias de mejoramiento que favorezcan el proceso de la estudiante o del estudiante.  Socialización y seguimiento continuo de las estudiantes y los estudiantes en las reuniones del Grupo base (conformado por diferentes instancias, coordinaciones, docentes y psicología) que coordina el proyecto.

Artículo 154º. PROCEDIMIENTO PARA ESTRUCTURAR Y ADOPTAR EL SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN 1. Definir el sistema institucional de evaluación de las estudiantes y los estudiantes. 2. Socializar la propuesta institucional de evaluación con la comunidad educativa. Página 83 de 116

3. Aprobar el sistema institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta. 4. Incorporar el sistema institucional de evaluación en el proyecto educativo institucional, articulándolo a las necesidades de las estudiantes y los estudiantes, el plan de estudios y el currículo. 5. Divulgar el sistema institucional de evaluación de las estudiantes y los estudiantes a la comunidad educativa. 6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema institucional de evaluación. 7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes, padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar. CAPITULO XV OTROS SERVICIOS QUE OFRECE LA INSTITUCIÓN Artículo 155º. CAPELLANÍA La institución cuenta con la presencia de un sacerdote que acompaña en el proceso de formación espiritual, celebración Eucarística y sacramental, dirección de los retiros espirituales, acompañamiento en las convivencias o talleres espirituales de las estudiantes y los estudiantes, los adultos, y asesora el trabajo pastoral del Colegio. Artículo 156º. PSICOLOGÍA Brinda estrategias de apoyo psicológico a las estudiantes y los estudiantes con miras a lograr una mejor calidad de vida en aspectos como: Identificación de intereses y aptitudes.  Manejo de conflictos y problemas a nivel individual, familiar o grupal.  Fortalecimiento de los valores.  Charlas, talleres y otras actividades que fortalecen en las estudiantes y los estudiantes la convivencia y los compromisos escolares y ambientales. Artículo 157º. PRIMEROS AUXILIOS Y CAMPAÑAS DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN EN SALUD. Atención oportuna y eficaz en primeros auxilios durante la jornada escolar y depende contractualmente de la Asociación de Padres de Familia. Para el consumo de los medicamentos durante la jornada escolar la estudiantes y el estudiante deberá presentar formula médica. Artículo 158º. BIBLIOTECA GENERAL (Utilización de material bibliográfico) Sirve de apoyo al Currículo institucional facilitando los recursos necesarios para el aprendizaje a través de diferentes fuentes de información. Cuenta con numerosos volúmenes en las diferentes áreas y está abierta para el servicio de toda la comunidad. La bibliotecóloga debe dar a conocer en forma oportuna el Reglamento a todos sus usuarios HORARIO DE ATENCIÓN: LUNES a VIERNES de 6:30 AM – 3:30 PM REQUISITOS PARA EL PRÉSTAMO 1. 2. 3. 4. 5. 6.

El préstamo del material impreso se hará por un periodo de 8 días y el material audiovisual por 2 días. El préstamo es personal e intransferible. Por ello siempre debe presentarse un documento con foto vigente del usuario, ya sea carne actual o documento de identidad. Al momento del préstamo estar atento a las instrucciones dictadas por el personal en cuanto a la fecha de entrega y estado del material para no generar morosidad. El material que tenga algún deterioro deberá ser reportado al momento del préstamo para que no se genere una sanción por daño. Y en caso de elegirse un material con daño total no será prestado. Todo usuario puede prestar simultáneamente: Página 84 de 116

7.

8.

 3 libros de colección general: ocho (8) días  3 libros de texto (diferentes áreas): ocho (8) días  3 cuentos infantiles: ocho (8) días  3 libros de literatura: quince (8) días  3 entre revistas y/o folletos: dos (8) días  1 video: dos (2) días  La colección de referencia, por su grado de especialidad no se presta.  Los títulos de la colección de reserva se prestan de un día para otro. La Biblia y los diccionarios que sean requeridos en horas de clase solo serán prestados con la autorización firmada del docente y deberán ser devueltos al finalizar esta, para ello se debe dejar el carné en biblioteca, este será regresado al momento de entrega del material. el uso del internet es exclusivamente académico; así, todos tendrán la oportunidad de investigar oportunamente lo que se necesita. El préstamo y la devolución de material, solamente se realizará en los descansos o cuando termine la jornada académica.

Para hacer renovación del material es necesario: 1. 2. 3. 4.

Presentar personalmente el material en la fecha de vencimiento. Solo se hace renovación cuando no haya una reserva previa para el mismo material. Material con fecha de vencimiento atrasada no se renueva. Solo se hace renovación de un máximo de 3 renovaciones, en caso de no poder renovar el material por cualquier motivo no lo eximirá de la morosidad que se pueda generar. 5. El usuario que presente vencimiento en otro material o tenga deudas con la biblioteca no puede hacer préstamo ni renovación. 6. El usuario que cumpla el plazo máximo de renovaciones debe entregar el material en la fecha última de entrega para no generar multa. 7. El usuario que realice reserva anticipada se le tomarán los datos y se le avisará por correo electrónico de la llegada del material a la biblioteca teniendo un plazo de 2 días para reclamarlo. Si no lo retira en este plazo, se le prestará al usuario que tiene la siguiente reserva o se ubicará nuevamente en la colección. No se reservan materiales que se estén utilizando en cualquier actividad desarrollada en biblioteca. SANCIONES Usuario que tenga en su poder material cuya fecha de devolución se encuentre vencida, deberá tener en cuenta: 1. Recibirá un llamado telefónico el día inmediatamente después de la fecha de vencimiento por incumplimiento de la fecha de entrega del material. 2. Si la entrega no se hace efectiva después del llamado telefónico, se entregará una notificación ocho (8) días después por escrito recordando el compromiso de entrega y la multa que se ha generado hasta la fecha. Y en el caso de los padres de familia se le envía la notificación con la estudiante. 3. El pago de la multa es de $ 1.000 (mil pesos) por cada día de atraso y por cada material. 4. En caso de pérdida de material, deberá reponer el mismo título y pagar una suma adicional de $10.000 para los procesos técnicos. 5. El material que en el momento de la devolución esté rayado, manchado o mutilado, debe reponerse el mismo título en todas sus características y cancelar $10.000 para los procesos técnicos, además se suspenderá el derecho al préstamo por un periodo de dos (2) meses. 6. Si el material no se consigue en el comercio, podrá ser reemplazado por otro, con previa aprobación de la bibliotecóloga. 7. Hasta que el usuario no se encuentre paz y salvo no podrá hacer el uso de servicio de préstamo.

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8. Agresión física o verbal a los empleados o usuarios de la biblioteca y desacato a las instrucciones del personal o de alguna autoridad de la sala donde se encuentre presentará una sanción que determinará el no uso temporal de la biblioteca. 9. Intento de hurto o atentado contravienes de la biblioteca, lo cual además de causar suspensión del servicio, será informado a las autoridades competentes, para la aplicación de las sanciones legales. 10. Uso indebido de los recursos de cómputo, con actividades como: maltratar, adulterar, hurtar, desarmar los equipos y cualquiera de sus accesorios, ingresar a páginas pornográficas, usar los equipos sin debida autorización generará una sanción temporal o definitiva del no uso de la biblioteca. 11. Instalar ,utilizar, almacenar ,trasmitir ,copiar o intercambiar software o cualquier otro material digital, utilizando los recursos sin previa verificación y autorización del prestador del servicio ,quien comprobara que no se trata de uso legal de material protegido por los derechos de propiedad intelectual presentará una sanción temporal del no uso de la unidad de información. DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO DE LA BIBLIOTECA RAMÓN H. LONDOÑO DERECHOS: 1. Disfrutar de los servicios en los horarios establecidos. 2. Ser orientado por el personal, quien tendrá la experiencia necesaria para satisfacer sus necesidades de información. 3. Obtener respuesta oportuna y veraz. 4. Utilizar y disfrutar de los materiales disponibles en la biblioteca en buen estado. 5. En caso de encontrar lo que necesite la biblioteca estará dispuesta a ofrecerle alternativas para que obtenga la información. 6. Disfrutar de un ambiente propicio para la lectura y la consulta. 7. Participar de las actividades educativas y culturales que programa la biblioteca. 8. Conocer el material nuevo que ingresa a la biblioteca. 9. Derecho a que se cumpla el reglamento de la biblioteca. 10. Manifestar las sugerencias y opiniones sobre el servicio a la Bibliotecóloga, en su defecto, utilizar el buzón de sugerencias ubicado dentro de la biblioteca, la Línea de atención 4448127 ext.116 o correo electrónico [email protected] . 11. Conocer las respuestas de las sugerencias y opiniones manifestadas, y los cambios y novedades reportados en el servicio, en un plazo de 8 días. 12. Las normas de funcionamiento de la unidad de información estarán expuestas en un lugar visible en la biblioteca. DEBERES: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Hablar en voz baja para no incomodar a quienes leen y consultan. Cuidar y velar por sus objetos personales. Ofrecer buen trato a los usuarios y funcionarios de la biblioteca. Hacer buen uso de los materiales bibliográficos, los equipos y el mobiliario de la biblioteca. Respetar los principios y valores que divulga la biblioteca. Reportar las irregularidades detectadas en los servicios al personal de la biblioteca. Leer los afiches o avisos que contengan información sobre la biblioteca y sus servicios. Por comodidad y seguridad las maletas deben dejarse en la entrada de la biblioteca, en el lugar destinado para ello.La biblioteca no se responsabiliza por la pérdida de los objetos personales. 9. No se permite el consumo de alimentos y bebidas dentro de la biblioteca, produce hongos y atrae insectos al material bibliográfico. 10. Mantener una buena conducta en la biblioteca aporta a la convivencia; evite realizar acciones que atenten contra la integridad de los materiales, equipos, instalaciones, compañeras o personal que labora en ella. 11. Dejar el material consultado sobre las mesas. 12. Dejar las sillas dentro de las mesas para un mejor desplazamiento. Estar a paz y salvo con la biblioteca Página 86 de 116

Artículo 159°. TRANSPORTE El servicio de transporte es prestado por una empresa legalmente habilitada en la modalidad de servicio especial. La logística, organización, cobros y manejo del servicio corren por cuenta exclusiva de dicha empresa quien será la encargada de suministrar la información relacionada con el servicio y suscribir con cada padre de familia y/o acudiente interesado el respectivo contrato de prestación de servicio de transporte escolar. Las estudiantes y los estudiantes tienen el derecho de utilizar el servicio de transporte escolar bajo las condiciones y horarios que la Empresa Transportadora establezca, siempre en armonía con el Colegio. PARAGRAFO 1: OBSERVARCIONES GENERALES SOBRE EL TRANSPORTE ESCOLAR El transporte escolar es un servicio que facilita el desplazamiento de las estudiantes y los estudiantes y hace parte de la formación en la convivencia y en la cultura ciudadana. Por tanto se establecen las siguientes observaciones generales sobre el servicio: 1. 2. 3. 4. 5.

6. 7. 8. 9.

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12.

13. 14.

Solamente harán uso del servicio de transporte las estudiantes y los estudiantes debidamente inscritos en el mismo. Las usuarias y los usuarios del servicio deben: Obedecer las órdenes y sugerencias dadas por el conductor y la monitora acompañante en beneficio de su salud, disciplina y orden. Deben fomentar las buenas relaciones interpersonales durante los recorridos creando un ambiente armónico. Deben evitar distraer el conductor con conversaciones o indisciplina, para prevenir cualquier accidente, por leve que sea. Deben ser puntuales para estar en el sitio de recogida, cinco minutos antes de la hora indicada y al ascender o descender del transporte deben hacerlo con delicadeza, prontitud y entrar directamente al colegio o a su residencia. Mantener las normas de urbanidad y cortesía (saludar, dar las gracias, despedirse, hablar moderadamente…) Salir de las aulas de clase y tomar el transporte de forma inmediata y ordenada tan pronto suene la señal para tal fin. No arrojar basuras u objetos en el piso o por las ventanillas, ni realizar actos que molesten a los transeúntes y que perjudiquen la buena imagen del colegio. No se les permite bajarse en paraderos diferentes al convenido con los padres y/o acudientes. En caso excepcional se autoriza el cambio de paradero únicamente con solicitud escrita del padre y madre de familia y/o acudiente y aprobada por la COORDINADORA DE FORMACIÓN DEL COLEGIO. La estudiante y el estudiante que por algún motivo NO utilice el servicio escolar debe presentar a la hora de la llegada la carta de solicitud a la COORDINADORA DE FORMACIÓN del colegio para ser verificada y aprobada. Cuando la estudiantes y el estudiante se retire del colegio en el día por enfermedad, porque la recogen o lo recogen los padres y/o acudiente o por otra circunstancia, debe comunicarlo a la coordinadora de transporte en el Colegio. Toda acción y observación negativa con respecto a la actitud de la estudiante y el estudiante la comunicará la acompañante de ruta a la coordinadora de transporte para los respectivos correctivos con la coordinadora de formación del colegio. Para solucionar cualquier situación (acompañante de ruta – coordinadora de transporte – coordinadora de formación del colegio – empresa) debe utilizarse el conducto regular Durante los recorridos escolares la música debe colocarse a un volumen normal moderado y atendiendo a las emisoras que generen cultura.

PARAGRAFO 4: SOBRE LOS DERECHOS, DEBERES Y SANCIONES DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES EN EL TRANSPORTE ESCOLAR Las estudiantes y los estudiantes tienen los siguientes derechos en el transporte escolar: 1. Ser atendidas y atendidos con amabilidad y respeto por el transportador y la asistente de ruta. 2. Ser recogidas y recogidos y llevados a su casa en el horario acordado. Página 87 de 116

3. 4.

Recibir un buen trato por parte de las compañeras y compañeros de transporte. Recibir información en todo lo relacionado con el transporte, por parte de la empresa transportadora.

Las estudiantes y los estudiantes tienen los siguientes deberes en el transporte escolar: 1. Respetar y acatar las observaciones que haga el transportador a través de la acompañante de ruta 2. No consumir alimentos o ingerir gaseosas o líquidos dentro del vehículo. 3. Acatar y dar cumplimiento a las recomendaciones de la Coordinadora de Transporte. 4. Abstenerse de lanzar objetos desde el vehículo a la calle o a las personas. 5. Conservar dentro del microbús limpieza y buenas maneras en el vocabulario y el comportamiento en general. 6. Portar y conservar con pulcritud la libreta de pago. 7. Abstenerse de proferir gritos, hablar en voz alta o llamar a personas que van por la calle. 8. Evitar sacar la cabeza, pies, manos, morrales, sacos, etc., por las ventanillas del microbús. 9. Conocer los deberes y derechos del reglamento del servicio de transporte escolar. 10. Hacer los reclamos a que haya lugar, en forma adecuada y respetuosa, si el caso lo amerita, informar por escrito al Coordinador de Transporte, siguiendo así el conducto regular establecido. 11. Adecuarse a las rutas y puestos disponibles de acuerdo a su solicitud. 12. Dar buen trato a las personas con quienes comparte el servicio de transporte escolar. 13. Ubicarse en el lugar de espera del microbús al menos cinco (5) minutos de antelación. 14. Ser consciente que el microbús no puede ejercer paradas en las esquinas, ni en las glorietas. 15. Responder por los daños que ocasionen al microbús, en su parte interna y externa. 16. Tener presente de que el vehículo solo deja a las estudiantes y los estudiantesen el lugar acordado con los padres de familia o previamente convenido por escrito. Sanciones a las estudiantes y los estudiantes por incumplimiento de los deberes: Por el incumplimiento a los compromisos asumidos en el reglamento de transporte se procederá así: Primera Vez: Llamada de atención verbal por parte de la acompañante de ruta y comunicación al colegio. Segunda Vez: Llamada de atención escrita por parte de la coordinadora de formación de la entidad educativa, aviso a los padres de familia y suspensión por dos días. Tercera Vez: Llamada de atención escrita por parte de la coordinadora de formación del colegio y suspensión del servicio por cinco días. Cuarta Vez: Cancelación del servicio. Artículo 160º. CAFETERIA – RESTAURANTE El servicio de restaurante se presta a través de una empresa subcontratada por el Colegio. El contrato de prestación de servicio de almuerzos y loncheras lo realiza el padre y madre de familia y/ acudiente con dicha empresa. Quienes utilizan este servicio se comprometen a: 1. Tener un buen comportamiento dentro de las instalaciones. 2. Dar una adecuada utilización a este espacio colaborando con el orden, aseo y cuidado de la dotación allí existente. 3. Dar un trato respetuoso y amable a las personas que brindan este servicio. 4. Cumplir con los horarios establecidos. 5. Acatar las instrucciones y sugerencias de los maestros encargados del acompañamiento 6. Pagar oportunamente el costo correspondiente al servicio de loncheras y/o almuerzos contratados. (Los cinco primeros días de cada mes). 7. Respetar a las compañeras y a los compañeros. 8. Brindar un buen ejemplo respetando las filas. 9. Dejar ordenada la mesa que utilice recogiendo la loza y la bandeja depositándola en el lugar establecido para tal fin. 10. Las estudiantes y losl estudiantes deben informar por escrito la NO asistencia al servicio de restaurante (loncheras y/o almuerzos) autorizada por padre y madre de familia y/o acudiente.

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11. Las estudiantes y los estudiantes que no tengan contratado el servicio de restaurante (almuerzo Y/o lonchera) pero desean adquirirlo deben dar aviso en la mañana a la administradora de la cafetería para cumplir con efectividad en dicha solicitud. 12. Las estudiantes y los estudiantes deben respetar la indicación de La Coordinación de Formación de no venta de alimentos en horas de clase. 13. CUIDAR los muebles externos de exhibición de alimentos, la silletería, los cordones de filas y demás utensilios propios de este servicio Las estudiantes y los estudiantes que falten con los compromisos en el servicio de restaurante y cafetería tendrán los siguientes correctivos: • Primera vez: La administradora de la cafetería tendrá un dialogo con la estudiante o con el estudiante. • Segunda vez y reincidencias: La administradora de cafetería comunicará lo ocurrido a la Coordinadora de Formación del colegio para que tome las medidas respectivas. La Dirección de la Institución vigilará la calidad y los precios de los alimentos que se expenden para favorecer una buena alimentación y atención a las estudiantes y a los estudiantes. Además, implementará estrategias tendientes a propiciar un ambiente escolar que ofrezca alimentación balanceada y saludable que permita a las estudiantes y los estudiantes tomar decisiones adecuadas en sus hábitos de vida donde se resalte la actividad física, recreación y el deporte, y se adviertan los riesgos del sedentarismo y las adicciones. Ley 1355 de Octubre 14 de 2009, artículos: 1, 2, 3, 4, 5, 11 y 20. La institución no autoriza el ingreso de terceros para prestar el servicio de cafetería y alimentación escolar. Artículo 161º. CLUB DEPORTIVO (ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES) En el Colegio funciona el Club deportivo con reconocimiento del INDER, según resolución 022 del 7 de Enero de 2011. Está afiliado a varias Ligas municipales que favorecen la recreación y el desarrollo psicomotriz en diferentes disciplinas como complemento a la formación académica de las Estudiantes, contribuyendo así al desarrollo y formación integral de la estudiantes y el estudiante y a la utilización adecuada del tiempo libre. Cuenta con distintos grupos de deporte, música, danzas, y porrismo, entre otros; donde las estudiantes y los estudiantes tienen la oportunidad de inscribirse de acuerdo a los valores y aptitudes. Las clases y las asesorías las reciben de los entrenadores y los uniformes e implementos requeridos para la práctica es un aporte de sus padres. En cada semestre hay inscripciones que se realizan en la oficina del club. El valor por semestre, está autorizado por la Secretaría de Educación de Medellín. Artículo 162º. PROYECCIÓN A LA COMUNIDAD El Colegio a través del Equipo de Pastoral, ha institucionalizado una acción de solidaridad expresada en un mercado que se recolecta cada 8 días, “El día del hermano necesitado” y luego se envía a “Vallejuelos” o se distribuye a personas con grandes dificultades económicas. Con el fin de dar alegría a los niños pobres de aquellos lugares de misión de las Hermanas Franciscanas de la ciudad y de otras localidades, se motiva a las estudiantes y los estudiantes para que al finalizar el año lectivo hagan un pequeño aporte en juguetes, dinero u otras, que puedan ser distribuidos a esta población marginada. Artículo 163º. MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y MERCADEO: Diseñar y ejecutar las estrategias de comunicación interna y externa, alineadas a los objetivos institucionales que permitan la capacitación, seguimiento y fidelización de los clientes, logrando así el posicionamiento de la marca. La Institución mantiene la comunicación con la Comunidad Educativa a través de Circulares. Comunicados, magazín institucional, boletín corporativo con una página web: www.palermosj.edu.co y en la red social Facebook: Colegio Palermo de San José-Oficial. Página 89 de 116

Además, cada semestre edita una revista “CIUDAD PALERMO” que comunica la vida que se va tejiendo en el interior de cada uno de los estamentos de la Institución. Artículo 164º. OTROS SERVICIOS ESPECIALES      

Duplicado y fotocopiado: Las estudiantes y los estudiantes sólo serán atendidas en la fotocopiadora en los momentos de descanso o al finalizar la jornada escolar, con el fin de obtener fotocopias, guías y ayudas educativas que apoyen la labor educativa. Laboratorios: inglés, química, física y biología. Salas de informática. Salón de audiovisuales, Dibujo Técnico, música, danzas y deportes. estudio de televisión, pastoral, sala de investigación Casita Verena Estos servicios están dirigidos y programados desde los Procesos que los utilizan y mantienen.

CAPITULO XVI LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL MANEJO DE SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR, LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS. LEY 1620 Y DECRETO 1955 DE 2013 Artículo 165°. Definiciones del Sistema de Convivencia Escolar Acoso escolar o bullying: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. (Ley 1620-3-2013) Agresión escolar. Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar negativamente a otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. (DECRETO1965-11-09-2013) Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. (DECRETO1965-11-09-2013) Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. (DECRETO1965-11-09-2013) Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. (DECRETO1965-11-09-2013) Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía. (DECRETO1965-11-09-2013) Ciberbullying o ciberacoso escolar: forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. (Ley 1620-3-2013)

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Competencias ciudadanas. Es una de las competencias básicas que se define como el conjunto de conocimientos y de habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que, articulados entre sí, hacen posible que el ciudadano actúe de manera constructiva (Ley 1620. CONFLICTO: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. (DECRETO1965-11-09-2013) Conflictos manejados inadecuadamente. Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. (DECRETO1965-11-09-2013) Educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos: es aquella orientada a formar personas capaces de reconocerse como sujetos activos titulares de derechos humanos sexuales y reproductivos con la cual desarrollarán competencias para relacionarse consigo mismo y con los demás, con criterios de respeto por sí mismo, por el otro y por el entorno, con el fin de poder alcanzar un estado de bienestar físico, mental y social que les posibilite tomar decisiones asertivas, informadas y autónomas para ejercer una sexualidad libre, satisfactoria, responsable y sana en torno a la construcción de su proyecto de vida y a la transformación de las dinámicas sociales, hacia el establecimiento de relaciones más justas democráticas y responsables (.Ley 1620-3-2013) Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados (DECRETO1965-11-09-2013) Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, "se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor". (DECRETO1965-11-09-2013) Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes (DECRETO196511-09-2013) Artículo 166°. RESPONSABILIDADES DE LA RECTORA PARA CON EL SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR. (Ley 1620 de 2013) 1) Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de dicha Ley. 2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar. 3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos. Artículo 167º. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LAS ESTUDIANTES Y LOS ESTUDIANTES DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ

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“Las estudiantes y los estudiantes tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo”. (Art. 15 ley 1098 de 2006 “Ley de la Infancia y la adolescencia”) El ejercicio de una libertad responsable implica unos compromisos o deberes. El deber se entiende como un quehacer que implica ser responsable por lo que se hace, se deje de hacer; sin traspasar el derecho ajeno respondiendo por las consecuencias de sus actos. Desde el momento mismo de ingresar al plantel la estudiante y el estudiante se compromete a acatar las normas que los orientan hacia la autonomía, la libertad, que está condicionada y limitada por las exigencias de la convivencia; la participación y la autoestima y no a la represión o miedo físico y social; por ello acatará, aceptará y acogerá libremente los deberes que la acercan a la identificación y la pertenencia a la Institución. Las estudiantes y los estudiantes del Colegio tienen, entre otros, los siguientes deberes: 1. Respetar los símbolos patrios e institucionales. 2. Respetar a todas las personas de la Institución 3. Abstenerse de cometer actos que afecten la moral y las buenas costumbres de las estudiantes y los estudiantes como fumar, portar armas, hurtar, acoso sexual, exhibicionismo, traer material pornográfico, comercializar sustancias psicotrópicas. . No consumir alimentos ni bebidas en el aula de clase. 4. Respetar los bienes personales y ajenos, además de entregar los objetos, dinero, y demás pertenencias encontradas a la Coordinadora de Formación. 5. Ser solidarias y solidarios frente a las calamidades u otras circunstancias que se puedan presentar dentro y fuera de la institución. 6. Cuidar con esmero de su presentación personal, de tal manera que refleje orden, armonía y pulcritud. 7. Observar dentro y fuera del establecimiento educativo, una conducta acorde a su dignidad humana y de una estudiante y de un estudiante Palermista. 8. Guardar buenos modales y compostura dentro de la Institución Educativa, en el transporte y en todos los espacios donde le corresponda actuar. 9. Atender comedidamente las observaciones y llamadas de atención de las Directivas y Profesores. 10. Conocer la historia, la filosofía, el Proyecto Educativo Institucional ART: 16 del Decreto 1860 de 1994 y los símbolos de la Institución Educativa. 11. Conocer y cumplir el reglamento de cada una de las dependencias que hay en el colegio: Biblioteca, , audiovisuales, capilla y oratorio, sala de informática, danza, música, auditorio, enfermería ,aulas digitales y cafetería. 12. Ser leales con la Institución que las acoge, practicando su filosofía y los principios que la orientan. 13. Asistir a todas las actividades académicas y complementarías del Currículo y acudir con prontitud al Plantel 14. Presentarse puntualmente al inicio de la jornada, a las diferentes clases y a los actos de comunidad programadas, tales como: Convivencias, Retiros Espirituales, Eucaristías, Actos Litúrgicos, Programas Culturales, Sociales y Deportivos. 15. Llevar los uniformes con dignidad, orden y limpieza los días asignados. Concurrir a las actividades curriculares, dentro o fuera del Plantel, con el respectivo uniforme, sin maquillaje y/o accesorios que lo desluzcan 16. Permanecer en el Establecimiento durante la jornada académica, en las aulas de clase para las sesiones curriculares, durante los descansos en los lugares asignados para ello y en aquellos sitios a los cuales circunstancialmente sean convocadas para el desarrollo de las actividades de aprendizaje o extracurriculares. 17. Traer al colegio todos los implementos solicitados y necesarios para el desarrollo de actividades: académicas (cuadernos, libros, trabajos, materiales), deportivas, artísticas, culturales y religiosas, con el fin de no interrumpir a profesores y estudiantes de otros grados. 18. Al desplazarse y movilizarse, evitar: las carreras, atropellos, juegos, bruscos, gritos, silbidos y deslizamientos por el pasamanos previniendo así accidentes. 19. Ser respetuosa y respetuoso acatando las normas de comportamiento en el transporte escolar. 20. Acatar las normas de seguridad interna y de uso del parqueadero. Página 92 de 116

21. Informar oportunamente sobre situaciones que atenten contra el buen nombre del colegio o de los miembros que conforman la comunidad educativa. 22. Llevar oportunamente a los padres de familia y/o acudientes la información que envíe la Institución Educativa como circulares, citaciones, boletines, revistas, entre otros y devolver al día siguiente el desprendible firmado por los mismos. 23. Dar buen trato a los empleados y encargados de la cafetería organizándose en filas, respetando el turno y utilizando las canecas para arrojar las basuras. 24. Cumplir las órdenes que impartan la Rectora, las Coordinadoras, Administradora y los Educadores. 25. Cuidar y proteger los recursos naturales y el medio ambiente 26. Conservar el orden, el aseo y el buen estado de la planta física: No arrojando basuras al piso, no rayando las paredes, pupitres, puertas, entre otros, .En caso contrario, la estudiante o el padre de familia, deberán responder económicamente por el costo total de la reparación y/o reposición de los mismos. Así mismo, no jugar con agua, ni hacer mal uso de ésta, no dañar árboles ni plantas. Cumplir responsablemente con los turnos asignados para el aseo del aula de clase. 27. Tener presente que las aulas y los laboratorios no son lugares de juego y evitar las situaciones de riesgo que puedan causar accidentes. 28. Usar un vocabulario cortés, no reñir y no hacer reclamaciones violentas. 29. Portar el carné dentro de la Institución y presentarlo en el momento que sea exigido por cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa. 30. Dar el uso adecuado a los materiales, herramientas y equipos que han sido confiados para el aprendizaje y responder económicamente por los daños causados en éstos. 31. Presentar en forma escrita, la autorización de los padres de familia para retirarse de la institución durante la jornada académica. Dicha autorización debe contener: Nombre completo de la estudiante, grado, hora de salida, motivo, nombre y número telefónico del padre de familia donde se pueda confirmar dicha autorización. 32. Utilizar el internet como medio de consulta e investigación en las clases, cuando el docente lo estime necesario según planeación. En caso de no estar en clase, el acceso a internet está sujeto al reglamento. 33. Portar carné estudiantil que la acredita como estudiante de la institución facilitando el acceso, la asistencia y participación en eventos de carácter científico, cultural, artístico, deportivo y recreativo dentro y fuera de la institución Parágrafo: Recomendaciones para mantener el buen porte del uniforme y la buena presentación personal. Queda excluido el uso de tinturas de colores disonantes, piercing y tatuajes.Se admite reloj de pulsera sencilla, un anillo, una cadena con dije, para las estudiantes aretes pequeños y sencillos Los accesorios utilizados con los uniformes institucionales deben ser blanco para los dos uniformes, rojo o azul (en los mismos tonos de la falda y el chaleco para el de gala y gris para el de educación física , una pulsera sencilla (no artesanales, ni de colores vistosos) y el uso de esmalte transparente en las uñas, francés, blanco ejecutivo , blanco nacarado ,sin ningún tipo de decoración. Para los estudiantes corte de cabello tradicional sin peinados extravagantes que desluzcan el uso del uniforme Artículo 168°. DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES DE FAMILIA DEL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ CON EL SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR. (Ley 1620 de 2013) 1. 2.

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Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental. (Ley 1620-15-03-2013 ) Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable. (Ley 1620-15-03-2013) Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad. ( Ley 1620-15-03-2013 ) Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a través de las instancias de participación definidas en el proyecto educativo institucional del establecimiento educativo. (Ley 1620-15-03-2013) Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas. (Ley 1620-15-03-2013) Página 93 de 116

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Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas. (Ley 1620-15-03-2013) Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo. (Ley 1620-15-03-2013) Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta Ley, para restituir los derechos de sus hijos cuando éstos sean agredidos.

Artículo 169º. DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL DOCENTE SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR (Ley 1620 de 2013) 1.

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Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a los estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia

Artículo 170º. PRINCIPIOS DEL SISTEMA DE CONVIVENCIA ESCOLAR (Ley 1620 de 2013) 1.

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Participación. En virtud de este principio las entidades y establecimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respectivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes. Página 94 de 116

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Integralidad: La filosofía del sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes

Artículo 171º. RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN CON EL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA (Ley 1620 de 2013) 1)

Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. 2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la presente Ley. 3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan. 5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo. 7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar mis frecuentes. 8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas. 9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio. Artículo 172°. POLÍTICAS, ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN Y MEDIDAS PEDAGOGICAS PARA LA PROMOCION DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS Las políticas estipuladas para la Resolución de conflictos tienen como fundamento los principios católicos; el carisma de San Francisco de Asís, patrono de la Congregación; la pedagogía y espiritualidad de la Madre María Bernarda Bütler, fundadora de la Congregación de Hermanas Franciscanas Misioneras de María Auxiliadora; la Constitución Política de la República de Colombia, la Ley de infancia y adolescencia (1098 de 2006), la Ley 115, el Decreto 1860 de 1994 , la ley 1620 de 2013 y su decreto reglamentario 1965 de 2013. 1.

DIÁLOGO DIRECTO - PREVENCIÓN: Es un diálogo directo mediante el cual se plantea a la estudiante o el estudiante la necesidad del cumplimiento de las obligaciones escolares. Este Página 95 de 116

procedimiento se hace antes de pasar al proceso escrito. El diálogo es efectuado por cualquiera de los docentes, incluyendo los directores y directoras de grupo, en presencia de quien se cometió la falta. Se escucha la versión de la estudiante, quien planteará los motivos que la indujeron al incumplimiento de las normas de la institución y dependiendo de la gravedad de las mismas, se procederá a consignar de manera clara y concreta lo ocurrido en el Cuaderno de Seguimiento Formativo. 2.

CONCERTACIÓN: Cuando la falta lo amerite y después de haber escuchado a la estudiante o al estudiante, se hará constar en el Cuaderno de Seguimiento Formativo y ella redactará un compromiso que firmará y deberá cumplir a cabalidad. Se hará llegar a los padres de familia y/o acudientes la información sobre el proceso y el compromiso adquirido por la estudiante o por el estudiante.

3.

PROCESO DE FORMACIÓN: Si una estudiante o un estudiante con proceso formativo que conste en el Cuaderno de Seguimiento, incurre en una nueva falta, se solicitará la presencia de los padres de familia y/o acudientes y ante éstos y la estudiante o el estudiante, la Coordinadora de Formación para la Convivencia levantará un Acta donde conste la situación y la fase del proceso a la que llega la estudiante o el estudiante. En todo caso, la estudiante o el estudiante será escuchada o escuchado y cuando los hechos ocurridos sean catalogados como situaciones tipo II o III se pedirá a la estudiante o al estudiante implicado que redacten en forma escrita, lo acaecido y cuál fue su grado de participación. Después de la investigación, dependiendo de la gravedad de los hechos se procederá según los protocolos establecidos para el manejo de estas situaciones.

4.

La Mediación: es una figura por medio de la cual las partes involucradas en un conflicto buscan la solución al mismo, con la colaboración de un tercero, denominado Mediador Escolar. Puede decirse que por la vía de la Mediación se pueden atender casi todos los asuntos. El Mediador es un miembro de la comunidad educativa con las capacidades y cualidades para ayudar a otras personas a resolver sus conflictos. Facilita la construcción de acuerdos, pero no decide la solución. Como resultado de la Mediación, pueden obtenerse acuerdos orales o escritos. Los conciliadores son personas neutrales e imparciales que ayudan a las partes envueltas en el conflicto a encontrar una solución adecuada al problema. Son integrantes de la comunidad educativa que propician, estimulan, escuchan y guían a las partes para que solucionen sus diferencias. Su papel es servir de facilitadores para encontrar soluciones.

5.

Las medidas reparatorias: se consideran gestos y acciones que un “agresor” puede tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño. Estas acciones restituyen el daño causado y deben surgir del diálogo, del acuerdo y de la toma de conciencia del daño ocasionado, no de una imposición externa, porque pierde el carácter formativo.

Artículo 173°. ACCIONES PARA LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTEN LA CONVIVENCIA ESCOLAR. Todos los integrantes de la comunidad educativa deben atender las siguientes pautas y acuerdos para garantizar la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos 1.

Formar a las estudiantes y los estudiantes en valores, pilar de nuestra institución, que busca la creación de ambientes agradables donde una estudiante o un estudiante que es capaz de reflexionar en torno a las consecuencias para sí mismo y para los demás, de la toma de decisiones erradas o del manejo inadecuado de sus reacciones temperamentales es altamente valiosa y refleja el trabajo arduo que durante nuestra historia hemos tratado de consolidar, la formación de “Ciudadanas y ciudadanos Mujeres y hombres de Bien”. Página 96 de 116

2.

3.

4. 5.

6. 7. 8.

Trabajar permanentemente acerca de la importancia de interiorizar la norma y el cumplimiento de los deberes académicos, la puntualidad para llegar a la institución, el porte adecuado del uniforme, los protocolos para una adecuada presentación personal relacionados con el maquillaje de las uñas, las tinturas y corte para el cabello. Fomentar el sentido de pertenencia a través de un buen comportamiento dentro y fuera de la institución, con el uso adecuado de las instalaciones respetando y manteniendo en buen estado las salas, silletería y en general todos los elementos y enseres de la institución. Formar permanentemente a los estudiantes con personal interno o externo en temas para la prevención de: la drogadicción, el hurto, el fraude, el alcoholismo y una la sana sexualidad Capacitar permanentemente a las estudiantes y los estudiantes en el buen uso de los medios informáticos y en la responsabilidad que implica el uso no adecuado de la información y en los delitos en que se puede incurrir. Trabajar permanentemente por el respeto a la diferencia, el autocontrol, el autocuidado, la autoestima como elementos importantes para la sana convivencia Propiciar espacios para la recreación, la creatividad, el arte, el sano esparcimiento, la lúdica y la sana competencia como acciones de integración y fomento de buenas prácticas. Capacitar a las estudiantes y los estudiantes para el cuidado del medio ambiente, la preservación de los recursos naturales, el manejo de los residuos como estrategia para mantener espacios propicios para la sana convivencia. CAPITULO XVII DEBIDO PROCESO

Artículo 174°. POTESTAD DISCIPLINARIA: De conformidad con el literal g del decreto 1861 de 1994 la función disciplinaria en los establecimientos educativos corresponde a la RECTORA. Artículo 175º. DEBIDO PROCESO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS: En toda acción disciplinaria o académica que afecte la Estudiante o el estudiante se debe seguir el “debido proceso” (pasos que deben seguirse en la aplicación de una estrategia formativa y/o sanción, frente a una dificultad o conflicto de intereses). Con respecto a la naturaleza del proceso disciplinario en el ámbito escolar, la Corte consideró lo siguiente: “las garantías del derecho penal le son aplicables al derecho disciplinario, mutatis mutandi, con ciertas especificidades ya que su aplicación se modula para adecuar el ejercicio del poder disciplinario a la naturaleza y objeto del derecho disciplinario y, especialmente, al interés público y a los principios de moralidad, eficacia, economía y celeridad que informan la función administrativa”. Sentencia T967/07 La Corte también ha aceptado que en materia disciplinaria la precisión con la que se debe establecer un tipo no exige la rigurosidad del derecho penal por lo que se admite la consagración de tipos abiertos al igual que un margen razonable del fallador disciplinario en el proceso de adecuación típica de las conductas disciplinarias, dejando clara la conducta que se le imputa. Las instituciones educativas tienen autonomía dentro del marco constitucional y legal, para establecer las reglas que consideren apropiadas para regir las relaciones dentro de la comunidad educativa. Sin embargo, también tienen el mandato de regular dichas relaciones mediante reglas claras sobre el comportamiento que se espera de los miembros de la comunidad educativa. Artículo 176º. OBJETIVO DEL DEBIDO PROCESO: Garantizar el Derecho a la defensa, a un proceso público para la Estudiante o el estudiante, a presentar pruebas y a controvertir las que se alleguen en su contra, a agotar los recursos procesales consagrados y a Página 97 de 116

no ser sancionados dos veces por el mismo hecho. Teniendo en cuenta el Artículo 29 de la Constitución Política de Colombia y los señalados en el presente manual, El Colegio, reconoce el derecho a un debido proceso para lo cual se deberá: 1. Escuchar las diferentes versiones del hecho sobre personas implicadas, intencionalidad, momento y lugar. 2. Dar la oportunidad de conocer las pruebas y controvertirlas. 3. Evaluación y valoración de las situaciones que afecten el clima escolar, según el presente reglamento o manual de convivencia. 4. Evaluar, recomendar y establecer las correspondientes estrategias pedagógicas y/o sanciones. PARÁGRAFO: En todos los casos, en la decisión de tomar acciones correctivas o sancionar a una estudiante o un estudiante, se tendrá en cuenta los “principios orientadores en la aplicación del Manual de Convivencia” Artículo 177º. DEBIDO PROCESO Queja o conocimiento de oficio: La actuación disciplinaria se inicia por la ocurrencia de unos hechos que no se corresponden con las disposiciones del Manual de Convivencia. Procede por una queja formulada por cualquier miembro de la comunidad educativa la cual será debidamente formulada y recibida: cierta, veraz, material, concreta y oportuna; o de oficio cuando los hechos son conocidos directamente por un funcionario de la institución, quien levantará un informe debidamente sustentado, concreto y suscrito por él. Indagación preliminar: Tiene como finalidad verificar la ocurrencia de los hechos y las personas intervinientes en ellos a quienes puede solicitarse rendir su versión libre y espontánea, para establecer un cierto grado de certeza sobre las circunstancias de tiempo modo y lugar en que se desarrollaron los hechos. 1. Si la situación es considerada tipo I se hace una reflexión y compromiso con la Estudiante y se consigna en el cuaderno de seguimiento formativo. 2. Si la falta es tipo I reiterativa, considerada tipo II O III: la Comisión de Formación, efectuará la indagación preliminar y comunicará a la Rectora la procedencia de apertura del Disciplinario. Apertura del Disciplinario: Si de la averiguación preliminar se concluye que efectivamente se está en presencia de una o varias situaciones tipo II o III que contravienen las normas del Manual de Convivencia se procede a iniciar el disciplinario mediante comunicación dirigida a los padres de familia y/o acudientes y la Estudiante o el estudiante solicitando la presentación de sus descargos y dando la oportunidad de que aporte las pruebas que estima conducentes. La apertura del disciplinario la ordena la Rectora en ejercicio de su potestad disciplinaria. Participación de los Progenitores: Los progenitores podrán participar en el disciplinario de manera verbal o por escrito, sin embargo su participación será estrictamente para salvaguardar la protección de los derechos de su hija e hijo , no como contraparte de la institución y menos aún para tratar de evitar la aplicación de las estrategias formativas y/o sanciones, ya que estas constituyen herramienta de aprendizaje para la Estudiante o par el estudiante que confirman el carácter esencialmente pedagógico de los procesos disciplinarios, el cual pretende que la Estudiante o el estudiante al reconocer sus faltas y la asunción de responsabilidades, aprenda a modular sus comportamientos a futuro, permitiéndole desenvolverse en armonía con su entorno social. Descargos: En la misma reunión en la que se notifique la apertura del Disciplinario o al siguiente día, la Estudiante o el estudiante deberá presentar sus descargos por escrito los cuales deberá hacer de manera personal y sin faltar a la verdad. Pruebas: Las pruebas deben ser reales, físicamente posibles, pertinentes, conducentes y ante todo oportunas. Entre los medios de prueba se pueden aportar testimoniales, documentales, periciales, representativos y todos los que la ley procesal civil colombiana admite. Estudio del caso por parte de la Comisión de Formación: los miembros de la Comisión de Formación analizarán el caso verificando la infracción a las faltas, la responsabilidad de la Estudiante o Estudiantes y Página 98 de 116

recomendarán las estrategias formativas y/o sanciones de acuerdo a lo consignado en el presente Manual. El estudio del caso será consignado en Acta de la Comisión de Formación Resolución Rectoral: La decisión final la tomará la Rectora mediante resolución motivada y la notificará a los Padres de Familia y/o acudientes y a la estudiante o el estudiante. Recurso: Contra la Resolución Rectoral que notifique la decisión, procederá el recurso de Reposición. Suspensión del Proceso: Si los hechos acontecen finalizando el periodo escolar o aportas de los periodos legales establecidos para vacaciones escolares se suspende el proceso y los términos en caso de recursos y se iniciara o continuará el proceso al reanudarse las actividades escolares. Artículo 178º. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA LEVEDAD O GRAVEDAD DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA: Para la valoración se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: 1. 2. 3. 4. 5.

Reincidencia. Complicidad. Abuso de confianza. Evasión o negación de responsabilidades. Alevosía, premeditación y planeación de la falta.

Artículo 179º. RUTA Y PROTOCOLOS DE ATENCION PARA LAS SITUACIONES QUE AFECTEN LA CONVIVENCIA ESCOLAR.

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Artículo 180°. ACCIONES DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN Se consideran acciones del componente de promoción las políticas institucionales que fomentan la convivencia y el mejoramiento del clima escolar Hacen parte de las acciones de prevención 1. Revisar y ajustar en los perfiles de la Estudiante y el estudiante, del Docente, del Director de Grupo, del Directivo Docente y de los demás empleados; las Competencias Humanas, ciudadanas, de convivencia, mediación y solución pacífica de conflictos. 2. Estructurar desde el consejo Académico un diseño curricular por competencias que incluya en el plan de estudios temas para ejecutar desde todas las áreas relacionados con el fortalecimiento de las competencias ciudadanas, el saber convivir, y la sana sexualidad. 3. Estructurar y ejecutar desde el Consejo Académico los proyectos obligatorios e institucionales que contengan: justificación, propósitos, metodología de trabajo, recursos, metas, indicadores, cronograma de actividades, mecanismos de seguimiento y evaluación. 4. Fortalecer el proyecto Palermo territorio de Paz y Convivencia como estrategia para tener el diálogo como la manera más efectiva para restablecer las buenas relaciones y mantener el clima escolar. 5. Crear espacios de formación para las mediadoras y los mediadores escolares encaminados a mitigar las manifestaciones de violencia que se presenten en la institución. 6. Revisar y ajustar con los diferentes estamentos de la comunidad los criterios de convivencia consignadas en el Manual de Convivencia Institucional 7. Aprobar y socializar el Manual de Convivencia con los diferentes estamentos de la comunidad según la legislación escolar vigente Artículo 181°. ACCIONES DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención 1. Diagnóstico de comportamientos para las estudiantes y los estudiantes nuevos, el cual permitirá identificar riesgos potenciales de ser sujetos de violencia o ser agentes de la misma. 2. Atención y acompañamiento las estudiantes y los estudiantes, las familias admitidas, se definirá cuáles estudiantes y sus familias serán ubicadas en grupos focales para su acompañamiento, formación y seguimiento que permita la mitigación de las causas que originan la violencia escolar 3. Formación para padres, docente y las estudiantes y los estudiantes: según las debilidades encontradas después de revisar el perfil las competencias humanas, ciudadanas, de convivencia, mediación y solución pacífica de conflictos Artículo 182°. ACCIONES DEL COMPONENTE DE ATENCIÓN Se consideran acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y la activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia Hacen parte de las acciones de atención 1. Diagnosticar las estudiantes y los estudiantes con características especiales de comportamiento que requieran de acompañamiento en cada grupo. Página 100 de 116

2. Identificar el desarrollo formativo de los grupos y su incidencia en la calidad del clima escolar 3. Acompañamiento permanente de todos los adultos significativos de la institución, que permita identificar comportamientos que requieran atención inmediata para mitigar o eliminar las causas de un mal clima escolar 4. Estudio de casos para determinar las situaciones más frecuentes que afectan el clima escolar y su clasificación en situaciones tipo I, II, III con sus respectivos protocolos de atención. 5. Aplicar el debido proceso de acuerdo a lo estipulado en el Manual de Convivencia Artículo 183°. ACCIONES DEL COMPONENTE DE SEGUIMIENTO El componente de seguimiento se centrará en el registro y seguimiento de las situaciones de tipo I, II y III y la evaluación de las acciones para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia; para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos Hacen parte de las acciones de seguimiento 1. Registro de situaciones: el Comité de Convivencia Escolar define registrar las situaciones tipo I, II, III que se presentan, en el cuaderno de seguimiento Formativo y en las catas correspondientes las cuales le permitirán hacer el análisis estadístico y el reporte al sistema unificado de convivencia escolar cada que le soliciten este informe. 2. Seguimiento y evaluación: el Comité de Convivencia Escolar hará seguimiento y evaluación de las acciones establecidas en el Manual de Convivencia para la formación y fortalecimiento del buen clima escolar y la mitigación de la violencia escolar Artículo 184°. CLASIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Una situación que afecta la convivencia escolar es un desacierto a la que la Estudiante o el estudiante lleguen cuando incurre en el quebranto de sus deberes o cuando no hace uso responsable de la libertad, afectándose y/o afectando la comunidad educativa, SE CLASIFICAN EN TRES TIPOS y trae como consecuencia la aplicación de estrategias formativas y/o sanciones. Artículo 185°. Situaciones Tipo l. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. Artículo 186°. SE CONSIDERAN SITUACIONES TIPO I 1. 2. 3. 4.

Impuntualidad para iniciar la jornada escolar, Impuntualidad para iniciar las diferentes clases y los actos comunitarios. Inasistencia injustificada a la institución Inasistencia injustificada para actos comunitarios programados por el colegio tales como: convivencia, retiro espiritual, actos litúrgicos, programas sociales, culturales y deportivos demostrando orden y exactitud en cada uno de estos 5. Ausentarse del salón de clases o de un acto comunitario sin autorización del docente o coordinador respectivo 6. No presentar las excusas justificadas por las inasistencias a la institución, bien sea médicas o de los padres de familia. 7. Faltar con el material necesario para las clases sin causa justificada o no traer los libros y cuadernos necesarios para el desarrollo de las actividades escolares.

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8. Mostrar negligencia en el cumplimiento de los deberes escolares así como la irresponsabilidad, despreocupación, falta de interés e incumplimiento de los deberes académicos. 9. Realización de actividades contrarias a las asignadas por los educadores durante las clases o actos comunitarios. 10. Utilización inadecuada de materiales de trabajo. 11. Consumo de alimentos y bebidas en las clases y actos comunitarios sin autorización de los docentes o de los directivos. 12. Presentarse a la Institución portando incorrectamente el uniforme o no portarlo sin la justificación debida de la Coordinación de Formación 13. Inadecuada presentación personal y falta de higiene, desconociendo las exigencias planteadas en el manual de convivencia escolar. 14. Consumo de chicle dentro de la institución. 15. Comportamientos inadecuados en actos comunitarios. 16. Jugar en sitios y momentos diferentes a los destinados para el momento 17. Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo autorización expresa. 18. Permanecer en lugares no permitidos como corredores, escaleras o en el salón en horas de descanso. 19. Permanecer fuera del aula en hora de clase, negarse a ingresar al aula, o ausentarse de la misma sin autorización del educador. 20. El incumplimiento de reglas y normas e ingreso sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: Rectoría, secretaría, coordinaciones, sala de educadores, laboratorios, espacios reservados a la comunidad de los Hermanas. 21. Dar mal uso a los elementos de trabajo facilitados por el plantel. 22. Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de uso comunitarios como: tienda, restaurante escolar y en las unidades sanitarios. 23. Tener en desorden el aula de clase durante la jornada escolar. 24. Arrojar basuras fuera de los recipientes destinados para ello. 25. Falta de educación para atender las observaciones. 26. Utilizar las vías de evacuación diferentes a las asignadas o utilizar las asignadas haciendo desorden o creando riesgo para otros. 27. Dejar de comunicar en forma oportuna cualquier situación que afecte la integridad de los miembros de la comunidad educativa 28. Desacatar las ordenes de entrada (timbre, disco y otros medios)no acudiendo oportunamente a las aulas de clase u otros sitios donde se requiera su presencia para las actividades escolares.. 29. Intento de fraude académico 30. Traer a la institución Ipod, radios, revistas, audífonos, juegos electrónicos o aparatos similares, mascotas u otros distractores que impidan el proceso normal del aprendizaje. 31. Entorpecer o impedir la comunicación entre la institución educativa y los padres y/o acudientes, no entregando circulares, citaciones y demás informaciones, como también horarios, normas y actividades programadas. Así mismo, no devolver los desprendibles oportunamente firmados por los padres o acudientes 32. Perturbar el normal desarrollo de clase o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, charlas, ruidos gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, juegos o por cambiarse de puesto, circulación por el aula u auditorio en momentos inadecuados. 33. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de los compañeras y de la Institución 34. Realizar actividades ajenas al proceso normal de aprendizaje como ventas, rifas, natilleras y otras formas de recoger dinero dentro de la institución o por fuera de ella en nombre de la misma. 35. No cumplir con seriedad, responsabilidad y compromiso las actividades complementarias en las cuales está inscrito 36. Promover y realizar actos de rebeldía, impidiendo con ello la realización normal de las actividades 37. Tener expresiones inadecuadas de afecto dentro de la institución 38. Desacatar las instrucciones y órdenes que se le imparta por los educadores o directivos docentes de la institución. 39. Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la institución Página 102 de 116

40. Hacer uso de teléfonos celulares durante las clases o en actos comunitarios programados por la institución Artículo 187°. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a) Que se presenten de manera repetida o sistemática. b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados Artículo 188°. SE CONSIDERAN SITUACIONES TIPO II: 1. Promover desórdenes en el transporte escolar y sus rutas escolares o cualquier otro lugar o actividad donde se pueda identificar como una Estudiante o un estudiante de la institución 2. Participar en juegos de manos y la práctica de juegos violentos. 3. Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeras o compañeros 4. Presentarse al colegio o demás actividades externas en representación del colegio bajo el efecto de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicotrópicas. 5. Portar, consumir a cualquier título (gratuito u oneroso), dentro de la institución o fuera de ella, bebidas alcohólicas y/o sustancia psicotrópicas o que causen adicción 6. Consumir cualquier clase de bebidas embriagantes y/o sustancias psicoactivas fuera de la institución usando el uniforme 7. Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos, vocabulario soez, modales incorrectos y ofensivos o de cualquier otra forma. 8. Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa o a cualquier persona perteneciente al entorno escolar. 9. Dar información falsa a los directivos y educadores 10. Rebelarse verbalmente y de forma agresiva frente a las instrucciones, observaciones y/o recomendaciones de educadores y directivos de la institución 11. Portar material pornográfico dentro de las instalaciones de la institución 12. Tener relaciones sexuales, actitudes, gestos, comportamientos eróticos dentro de la institución. 13. El fraude comprobado en evaluaciones y /o trabajos escritos. 14. Fumar con el uniforme dentro y fuera del colegio 15. La agresión física, atentar contra la vida e integridad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa sin causar secuelas 16. Participar en juegos de azar en los que se apueste dinero. 17. Crear pánico y difundir falsas alarmas que pongan en riesgo la seguridad y la vida de los miembros de la comunidad educativa 18. Ausentarse del colegio, sin autorización del coordinador respectivo. 19. Utilizar el nombre del Colegio para actividades de lucro personal o grupal, sin previa autorización. 20. Realización de actividades relacionadas con fenómenos como el satanismo, la hechicería, prácticas mágicas u otras contrarias a la religión católica. 21. Mala utilización del servicio de Internet, como es el caso de visitar páginas Web que vayan contra la moral cristiana (pornográfica, violentas, satánica.). entre otras. 22. Usar las redes sociales para colocar fotografías propias o ajenas portando el uniforme escolar modelando posturas vulgares o eróticas. Hacer circular información de ese tipo a otras personas. 23. Publicar escritos anónimos en contra de la institución, profesores o compañeros 24. Participar en la elaboración de páginas peyorativas alusivas a la institución educativa 25. Denigrar de la institución a través de actos, comentarios, expresiones o a través de algún medio electrónico que atenten contra la imagen corporativa del colegio 26. Escribir letreros o trazar dibujos insultantes contra superiores o compañeros ya sea dentro o fuera del plantel. 27. Todo acto contra la moral cristiana y las buenas costumbres 28. Agredir directa o indirectamente a cualquier miembro de la comunidad educativa a través de la Internet, del celular, volantes anónimos o cualquier otro medio Página 103 de 116

29. Deteriorar avisos, afiches, carteles, carteleras, y mensajes fijados públicamente en la institución 30. Causar daños a la planta física con la escritura de palabras, frases y otros en los muros, puertas, paredes, sillas, que deterioran su imagen y estética 31. Presentar un comportamiento indebido durante cualquiera de las salidas; pedagógicas, de representación del colegio, inmersión u otro evento, deteriorando el buen nombre de la institución. 32. Estallar petardos, papeletas, fósforos u otros artefactos en las dependencias del colegio o en sus alrededores que perturben el trabajo escolar 33. Permanecer con el uniforme de la institución en jornada contraría a la escolar en lugares públicos como bares, discotecas, teatros entre otros. 34. Programar y/o participar dentro o fuera del plantel en actividades extracurriculares que afecten el buen nombre de la institución. 35. Arrojar sustancias olorosas o extravagantes a personas o dependencias del colegio o en sus alrededores que incomoden o perturben el trabajo escolar. 36. Operar máquinas, herramientas o equipos que no han sido autorizados o realizar con ellos trabajos distintos a los asignados 37. Crear falsas alarmas tendientes a provocar el pánico colectivo. 38. Hacer uso de los sistemas de comunicación del colegio en contravía de los principios formativos de la institución. 39. El irrespeto manifestado en cualquier forma, a los símbolos religiosos, patrios y de identificación del colegio. Artículo 189º. SITUACIONES TIPO III. Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana Vigente. Artículo 190º. SE CONSIDERAN SITUACIONES TIPO III 1. Portar, exhibir o guardar armas o explosivos u objetos con los que se pueda atentar contra la integridad física de los demás (Decreto departamental 1423 del 6 de mayo de 1993, Artículo 7) 2. Distribuir a cualquier título (gratuito u oneroso), dentro de la institución o fuera de ella, sustancias alucinógenas, psicotrópicas o que causen adicción (Dto. 1108 de 1994 Código Nacional y Departamento de Policía). 3. La agresión física, atentar contra la vida e integridad personal de cualquier miembro de la comunidad educativa que causen daños al cuerpo o a la salud generando incapacidad 4. Planear, liderar, incitar, apoyar o participar en actos de vandalismo u otro tipo de conductas violentas dentro y fuera de la Institución. 5. La extorsión, atraco, secuestro, amenazas y delincuencia en general, dentro y fuera de la institución. 6. Amenazar, Injuriar o calumniar a través de comentarios o expresiones utilizando cualquier medio de comunicación, a cualquier miembro de la comunidad educativa. 7. Uso de armas de fuego o corto-punzantes así como aerosoles paralizantes o alergentes convencionales y no convencionales. 8. Daño a archivos, adulteración de información y daños a las redes o sistemas computables del colegio. 9. Sustracción, alteración o falsificación de documentos tales como: informes, exámenes, valoraciones, firmas o cualquier otro elemento utilizado en el proceso formativo de la estudiante. 10. Apropiarse de los bienes materiales e intelectuales de cualquier miembro de la comunidad educativa 11. Acosar, provocar, abusar y violentar psicológica, física y/o sexualmente a cualquier miembro de la comunidad educativa. 12. Acosar sexualmente o incurrir en acceso carnal violento a cualquier integrante de la comunidad educativa 13. Atentar contra la propiedad ajena por simple broma.

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14. Acudir al chantaje o acoso moral, sexual o económico en contra de cualquier miembro de la comunidad educativa. 15. Portar o distribuir propaganda subversiva. 16. Corrupción de menores 17. Hacerse suplantar o suplantar a una compañera o acudiente con la finalidad de evadir obligaciones, de orden disciplinario y/o académicas. 18. Participar en actos delictivos por fuera de la institución portando el uniforme 19. Causar la muerte a cualquier miembro de la comunidad educativa 20. Incurrir en cualquier conducta tipificada como delito en el código penal colombiano Artículo 191°. PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE LAS SITUACIONES MAS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR EL EJERCICIOS DE LOS DERECHOS HUMANOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Protocolos para la atención de Situaciones Tipo l: cuando ocurran situaciones que afecten la convivencia que se refiere el numeral I del artículo 40 del Decreto1965 de 2013, deberá desarrollarse el siguiente procedimiento: 1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia en el cuaderno de Seguimiento Formativo. 3. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva 4. Las estudiantes y los estudiantes que hayan sido capacitados como mediadores escolares podrán participar en el manejo de estos casos 5. De cada uno de los pasos debe quedar constancia escrita respaldada con la firma de los implicados. 6. En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva protegiendo el desarrollo a la integralidad e intimidad de los involucrados generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido Estas situaciones son atendidas por:      

Mediadores Escolares: quienes prestan la atención inicial y hacen la notificación al director de grupo. Docentes que presencien los hechos: quien presta la atención inicial y hace la notificación a las Mediadoras Escolares y al director de grupo Director de grupo: responsable de hacer el seguimiento y hacer la respectiva notificación a la coordinadora de Formación en caso de reincidencia La Coordinadora de Convivencia que en compañía de la Comisión de Formación estudiaran el caso y activara otros protocolos para la atención del mismo El Comité de Convivencia: quien debe conocer el estado de la convivencia de la Institución La Rectora. quien sanciona mediante Resolución Rectoral que debe ser conocida y firmada por los padres de familia Parágrafo 1: La reincidencia en la misma situación tipo I exige un diálogo mediador, con el docente que presencie el hecho o en su defecto con el director de grupo. Parágrafo 2: Si después del diálogo mediador la estudiante o el estudiante persiste en la misma situación, la directora de grupo o el director de grupo en presencia del padre de familia o acudiente firmara un compromiso de mejoramiento, Parágrafo 3: si después de firmar el compromiso de mejoramiento la situación persiste, la Comisión de Formación estudiará el caso y propondrá a la rectora de la institución firma del compromiso de Normalización o la suspensión gradual de la estudiante o el estudiante por uno, dos o tres días según resultados del estudio del proceso formativo y las circunstancias atenuantes y agravante Página 105 de 116

Parágrafo 4: La utilización de teléfonos celulares en horas normales de clase, da como sanción el decomiso del aparato y este será devuelto a los tres (3) días hábiles siguientes al padre de familia o acudiente autorizado Parágrafo 5: EL COLEGIO PALERMO DE SAN JOSÉ no se hará responsable por la pérdida de objetos de valor, Tampoco responde el colegio, por la pérdida de celulares o joyas que porten las estudiantes y los estudiantes. La responsabilidad recae directamente en quien los porte o su propietario. Protocolos para la atención de situaciones tipo II: cuando ocurran situaciones que afecten la convivencia que se refiere el numeral 2 del artículo 40 del Decreto1965 de 2013, deberá desarrollarse el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todas las estudiantes o los estudiantes involucrados. actuación de la cual se dejará constancia. 5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de las estudiantes o las estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido. preservando. en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada.

7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965. 8. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 9. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 10. En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva protegiendo el desarrollo a la integralidad e intimidad de los involucrados generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido Estas situaciones son atendidas por. 

La Coordinadora de Formación para la Convivencia quien recibe la notificación de la persona que presencia o conoce los hechos. Se asegura si los estudiantes involucrados recibieron la atención inmediata en casos de daño al cuerpo o a la salud y debe dejar constancia escrita del hecho en el cuaderno de seguimiento Formativo.

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La Coordinadora de Formación para la Convivencia en compañía de la Comisión de Formación estudiaran el caso y realizará las siguientes acciones (citación a padres de familia para notificar el hecho e instaurar las acciones de reparación restablecimiento de los derechos y/o reconciliación y remitirá el caso al Comité de Convivencia Escolar) El Comité de Convivencia: verificará si la solución dada a la situación fue efectiva y reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. La Rectora. quien sanciona mediante Resolución Rectoral que debe ser conocida y firmada por los padres de familia

Parágrafo1: La reincidencia en la misma situación tipo II exige la presencia de los padres o acudientes del estudiante a un dialogo mediador con la Coordinadora de Formación. Parágrafo 2: Si después del dialogo mediador el o la estudiante persiste en la misma situación, la comisión de Formación estudiará el caso y propondrá a la rectora de la institución firma del compromiso de Normalización o la suspensión gradual del estudiante o la estudiante de cuatro a ocho días, según resultados del estudio del proceso formativo y las circunstancias atenuantes y agravantes o de cualquier otra estrategia formativa o sanción estipuladas en este Manual de Convivencia. Protocolo para la atención de Situaciones Tipo III: cuando ocurran situaciones que afecten la convivencia que se refiere el numeral 3 del artículo 40 del Decreto1965 de 2013, deberá desarrollarse el siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud. garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia 2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia. 3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente. 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el comité escolar de convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar. 8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho. 9. De cada uno de los pasos debe quedar constancia escrita respaldada con la firma de los implicados. 10. En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva protegiendo el desarrollo a la integralidad e intimidad de los involucrados generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido Estas situaciones son atendidas por. 

La Coordinadora de Formación para la Convivencia quien recibe la notificación de la persona que presencia o conoce los hechos. Se asegura si los estudiantes u otras personas involucrados recibieron Página 107 de 116



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la atención inmediata en casos de daño al cuerpo o a la salud y debe dejar constancia escrita del hecho en el cuaderno de seguimiento Formativo. La Coordinadora de Formación para la Convivencia en compañía de la Comisión de Formación estudiaran el caso y realizará las siguientes acciones (citación a padres de familia para notificar el hecho y remitirá el caso al Comité de Convivencia Escolar) La presidenta del Comité Escolar de Convivencia pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria El Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas de seguridad para a proteger a todos los miembros de la comunidad involucrados en los hechos El Comité de Convivencia: reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar y hará seguimiento a los casos aquí presentados La Rectora. quien sanciona mediante Resolución Rectoral que debe ser conocida y firmada por los padres de familia

Parágrafo 1: La comisión de Formación estudiará el caso y propondrá a la rectora de la institución la suspensión gradual de la l estudiante o el estudiante de ocho a quince días o la aplicación de alguna de las estrategias formativas o sanciones contempladas en este Manual de convivencia. Según resultados del estudio del proceso formativo y las circunstancias atenuantes y agravantes. CAPÍTULO XVIII CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Y AGRAVANTES: Artículo 192º. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES: Se consideran como circunstancias que atenúan o eximen la responsabilidad de la estudiante, en la comisión de una falta las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

El haber obrado por motivos nobles o altruistas Su edad desarrollo psicosocial, mental, evolutivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales El haber observado buena conducta anterior Ignorancia invencible El confesar la falta oportunamente antes de ser descubierta por otros. Afección psicológica certificada y puesta en conocimiento de la institución antes de la comisión de la falta. 7. El haber sido inducida a cometer la falta por alguien de mayor edad y/o madurez psico-afectiva. 8. Cometer la falta en estado de alteración, motivado por circunstancias que le causan dolor físico o psíquico. 9. Procurar, a iniciativa propia, resarcir el daño o compensar el perjuicio causado antes de iniciarse el proceso disciplinario. Artículo 193º. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES: Se consideran como circunstancias agravantes de la responsabilidad de la estudiante las siguientes: 1. 2. 3. 4. 5.

Reincidir en las faltas Cometer la falta para ocultar o ejecutar otra. El haber mentido en forma oral o escrita en su versión de los hechos. El irrespeto como reacción ante el señalamiento por la comisión de una falta. Realizar el hecho con pleno conocimiento de sus efectos dañosos o con la complicidad de sus compañeras. 6. No admitir la responsabilidad o atribuírsela a otros. 7. Infringir varias obligaciones con la misma conducta. 8. El efecto perturbador que la conducta produzca en la comunidad educativa. Página 108 de 116

9. Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de otras compañeras o compañeros o miembros de la comunidad educativa. 10. Emplear en la ejecución del hecho un medio de cuyo uso puede resultar peligro común. 11. El haber preparado o planeado ponderadamente la falta o con complicidad de otras compañeras o compañeros, miembros de la comunidad educativa o terceros ajenos a la institución. 12. Cometer la falta en detrimento del bienestar de una persona con dificultades especiales. 13. Hacer más nocivas las consecuencias de la falta. Parágrafo: Las circunstancias atenuantes y agravantes se tendrán en cuenta para la tasación de las sanciones. CAPÍTULO XIX ESTRATEGIAS FORMATIVAS Y SANCIONES Artículo 194º. ESTRATEGIAS FORMATIVAS Y SANCIONES Las Estrategias formativas y sanciones se aplicaran de acuerdo a las circunstancias de tiempo modo y lugar en los que se cometa la falta teniendo en consideración los atenuantes y agravantes establecidos para el proceso disciplinario, podrán ser aplicadas una o varias estrategias formativas y/o sanciones en un mismo evento: 1. AMONESTACIÓN VERBAL: Diálogo persuasivo y formativo con la estudiante o el estudiante. Se aplica a las estudiantes y los estudiantes que han incurrido en una situación tipo I 2. AMONESTACIÓN ESCRITA: Se aplica a las Estudiantes que han incurrido en alguna situación tipo I o tipo II, o por la reiteración en alguna de las situaciones tipo I o II. Esta acción correctiva puede concurrir con una sanción de las establecidas en el presente manual. 3. NOTIFICACIÓN A LOS PADRES DE FAMILIA Y COMPROMISO ESCRITO: Procede cuando la Estudiante o el estudiante reincidan en la misma o en otra situación tipo II exige la presencia de los padres o acudientes del estudiante a un dialogo mediador con la Coordinadora de Formación. 4. Debido proceso: El coordinador de formación notificarán por escrito, a los padres de familia o acudiente autorizado para dialogar, analizar en forma conjunta la situación de la Estudiante o el estudiante y buscar fórmulas que permitan una adecuada normalización. De este diálogo se dejará constancia escrita en el cuaderno de seguimiento formativo y contará con la firma del coordinador los padres de familia y/o acudiente autorizado y la estudiante o el estudiante. 5. JORNADA DE REFLEXIÓN Y TRABAJOS ESPECIALES: Se aplica a la Estudiante o al estudiante como estrategia formativa, se asignarán trabajos formativos especiales de acuerdo con la falta cometida. Esta estrategia formativa consiste en que la estudiante, desarrollará a lo largo de la jornada escolar y dentro de las instalaciones del colegio, una serie de actividades que pretenden llevarlo a reflexionar sobre su conducta y a asumir compromisos de cambio. De esta jornada de reflexión se dejará constancia escrita en el cuaderno de seguimiento formativo de la estudiante o el estudiante. 6. RETENCIÓN DE IMPLEMENTOS: Cuando la falta este directamente relacionada con el uso de implementos como celulares, cámaras, aparatos reproductores de audio, revistas, impresos, drogas o armas de cualquier tipo, serán retenidos por la Coordinadora de Formación para la Convivencia y solo serán entregados a los padres o acudientes o a las correspondientes autoridades. 7. PROHIBICIÓN DE REPRESENTAR EL COLEGIO: En el caso de que la situación que afecte la convivencia sea de tipo I o II sea cometida por una Estudiante o un estudiante que represente al colegio en actividades deportivas, académicas o culturales externas, se dictará la privación de participar en actividades externas en representación del colegio, la cual quedará consignada en el cuaderno de seguimiento formativo de la Estudiante o el estudiante.

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8. ACCIONES DE REIVINDICACIÓN Y REPARACIÓN DE LA FALTA. Procederán cuando con la Estudiante o el estudiante ofenda la filosofía, principios o integridad de la institución o de cualquier miembro de la comunidad educativa. 9. SUSPENSIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES O DE REPRESENTACIÓN: Como estrategia formativa, la Estudiante o el estudiante podrá ser suspendida o suspendida en su participación a programas especiales organizados por el Colegio o en los cargos de representación que este ejerciendo. 10. NO INVITACIÓN A LA CEREMONIA DE PROCLAMACIÓN DE BACHILLERES: En caso de que la Estudiante o el estudiante sancionado por incurrir en una situación tipo II O III sea de grado 11º, no será invitada o invitado a la ceremonia de Proclamación de Bachilleres y su diploma y acta de grado le serán entregados en la Secretaria Académica del Colegio. 11. ASISTENCIA A UN PROGRAMA DE ORIENTACIÓN Y TRATAMIENTO: Como estrategia formativa, podrá imponerse la obligación de que la Estudiante o el estudiante asista a un programa de tratamiento terapéutico, psicológico o psiquiátrico o recibir asistencia profesional. 12. ANULACIÓN DE EVALUACIONES: El fraude en cualquiera de las pruebas escritas y actividades de apoyo y/o verificación, se sanciona con la anulación de las mismas y con una valoración baja de cero en el resultado de la misma y si esta nota le afecta el resultado final del periodo, pierde el derecho para presentar las pruebas de cierre de periodo, semestrales y finales. Si el fraude se da en la prueba semestral y/o superación de superación esta valoración cuenta para la promoción definitiva (ya que dicha valoración elimina la posibilidad de presentar las pruebas) y en caso de ser estudiante de grado 11º No será invitada a la ceremonia privada de graduación. 13. SUSPENSIÓN: Para el caso de que se aplique la suspensión de una Estudiante o un estudiante por cualquier número de días, los educadores elaborarán talleres, según el horario de clases del día de la desescolarización y los entregarán a la coordinación respectiva, así mismo el coordinador entregara conjuntamente con un taller formativo. De acuerdo a la falta cometida y una vez cumplida la suspensión, la Estudiante o el estudiante debe presentarse con los talleres a la coordinación respectiva, quien los entregará a los educadores, ante quienes deberá la Estudiante o el estudiante presentar su sustentación. La valoración de la convivencia escolar para el período será afectada por esta causa. 1. Suspensión de uno (1) a tres (3) días: En el caso de incurrir en situaciones tipo I repetitivas y persistentes. La Rectora podrá decidir la suspensión de una Estudiante o un estudiante de uno (1) a tres (3) días Se realizará notificación a la familia. 2. Suspensión de cuatro (4) a ocho (8) días: En el caso de que la Estudiante o el estudiante incurra en situaciones tipo II, podrá desescolarizar por cuatro (4) días o más a una Estudiante o un estudiante, de manera que pueda realizar sus trabajos académicos en su casa y presentar evaluaciones y/o actividades especiales en el colegio, notificando a su familia. Este proceso debe ser consignado y firmado en el cuaderno de seguimiento formativo de la estudiante o el estudiante. 3. Suspensión de ocho (8) a quince (15) días: En el caso de que la Estudiante o el estudiante incurra en situaciones tipo III, podrá ser desescolarizada o desescolarizado por ocho (8) días hasta máximo quince (15) días de manera que realice sus trabajos académicos en su casa y presentar evaluaciones y/o actividades especiales en el colegio, notificando a su familia. 4 Cuando una estudiante o un estudiante de cualquier grado en un mismo periodo académico tenga tres llegadas tarde se dialogará con los padres o acudientes con el fin de mejorar dicha situación; si los retardos persisten hasta cinco llegadas tarde en un mismo periodo académico se procederá a la suspensión de la estudiante o del estudiante de uno a tres días después de estudiar su proceso formativo y lo determinado por las circunstancias atenuantes y agravantes existentes. En los casos de suspensión la Estudiante o el estudiante será confiada a sus padres o acudientes, los que velarán responsablemente para que el cumpla con la sanción y con las actividades académicas que le sean asignadas durante la misma. De la desescolarización establecida se dejará constancia escrita en el cuaderno de seguimiento formativo, acompañada con copia de la Resolución Rectoral. Si los padres de familia o acudiente autorizado se niegan a firmar la notificación de la Resolución Rectoral que impone la sanción, se dejará constancia de ello por escrito y se les notificará la decisión enviando copia de la Página 110 de 116

Resolución Rectoral por correo certificado. Si durante el periodo de suspensión se realizan evaluaciones orales o escritas, las mismas serán aplazadas para lo cual le serán asignadas nuevas fechas de presentación. 14. CONTRATO PEDAGÓGICO ACADÉMICO Y/O DE NORMALIZACIÓN: El Contrato Pedagógico Académico y/o de normalización, es una estrategia pedagógica, con la cual se busca que las estudiantes y los estudiantes y padres de familia o acudientes, se comprometan a generar acciones correctivas que mejoren las deficiencias que la estudiante o el estudiante presenta en alguna, algunas o todas las dimensiones de su proceso de formación integral en cualquier momento del año escolar. Evaluación y seguimiento del contrato de formación integral: El Contrato Pedagógico Académico y/o de normalización, se evaluará cada período académico por parte de la Comisión de Formación y por la respectiva Comisión de Evaluación según sea el caso. Sí al evaluar el proceso de la estudiante o el estudiante se concluye el incumplimiento en los compromisos adquiridos, podrá recomendarse la cancelación de matrícula o la pérdida de cupo para el año siguiente. 15. MATRÍCULA CONDICIONAL: Se utiliza cuando la Rectora considera que la falta permite una última oportunidad, sin deteriorar en la Estudiante o el estudiante el sentido de la norma, ni convertirse en un mensaje nocivo para la comunidad. Estará acompañado de la suscripción de Contrato Pedagógico Académico y/o Comportamental. El incumplimiento de alguna de las cláusulas del contrato será motivo para la cancelación inmediata de la matrícula. 16. CANCELACIÓN DE MATRICULA Y RETIRO DEL COLEGIO: La cancelación de la matrícula durante el desarrollo del año lectivo, es una sanción que podrá ser aplicada cuando la Estudiante o el estudiante incurra en varias situaciones que afecten la convivencia incumpliendo alguna de las cláusulas de la matrícula condicional En caso de retiro de la Estudiante del Colegio, cualquiera que sea el motivo, es obligación de la familia o acudiente ponerse a paz y salvo con la administración, la biblioteca general y del aula, entre otros, firmar en la secretaría la cancelación de la matrícula 17. REPARACIÓN DE DAÑOS O PERJUICIOS: En el caso de que de la comisión de la falta se deriven daños o perjuicios, la Estudiante o el estudiante y sus padres o acudiente autorizado, deberán asumir la reparación y/o pago de la pérdida o el daño ocasionado a muebles o enseres y/o la reparación de los perjuicios causados. 18. PÉRDIDA DE BECA Y/O AUXILIO ECONÓMICO: La Estudiante o el estudiante al cual se le haya adjudicado beca o auxilio económico, podrá ser sancionado con la suspensión del mismo como consecuencia de un proceso disciplinario. PARÁGRAFO: Pronunciamientos de la Corte Constitucional sobre la aplicación de sanciones: La educación es un derecho-deber, por tanto, no se vulnera el derecho a la educación por sanciones al mal rendimiento académico y comportamental. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia. T-509-7,12/94). No se vulnera el derecho a la educación por sanciones a las normas por rendimiento y disciplina. (Fallo de la Corte Suprema de Justicia T. 316-12, 7/94]. Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes: Con la entrada en vigencia del sistema de responsabilidad penal para adolescentes que cobija a los menores de edad dentro del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de noviembre de 2006), en caso de que la Estudiante o el estudiante haya incurrido en delitos sancionados por la Ley Penal Colombiana, La Rectora en su papel de representante legal del colegio, deberá elevar la correspondiente denuncia ante las autoridades competentes. 19. NO RENOVACIÓN DE LA MATRÍCULA: Se aplicará a las estudiantes y los estudiantes que a pesar de sus compromisos académicos y de normalización no mejoran ni muestran interés y/o sentido de pertenencia y respeto hacia la institución, al manual de Convivencia o los miembros de la comunidad educativa. La decisión se notificará por escrito a la estudiante o al estudiante y a sus padres o acudientes y si se negaran a suscribir el documento se enviará por correo certificado a la dirección que suministraron al suscribir el contrato de matrícula y se entenderá notificada la decisión por este conducto. Página 111 de 116

20. DESESCOLARIZACIÓN: Para aquellas estudiantes y los estudiantes que incurren en situaciones tipo II o III en el transcurso del cuarto período del año escolar, podrá concederles el beneficio de la desescolarización para que concluyan las actividades académicas, y terminadas éstas, no se les renovará la matrícula. Dichos estudiantes deben reclamar las actividades correspondientes para realizar en cada una de las áreas académicas y/o asignaturas, al inicio de la jornada y presentarlas desarrolladas diariamente, al final de ésta. Artículo 195º. INFORMACIÓN AL PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE AUTORIZADO: Este procedimiento indica el deber de informar o notificar a los padres de familia o acudiente autorizado en el siguiente orden: 1. Información mediante comunicación telefónica: Deberá efectuarse directamente con padre de familia o acudiente autorizado y dejar constancia en el cuaderno de seguimiento formativo de quien efectuó la llamada fecha y hora y quien respondió la misma. 2. Información mediante comunicación escrita: Se hará enviando una nota al padre de familia o acudiente autorizado, la cual deberá ser devuelta con la firma del padre o acudiente autorizado que la recibe. Artículo 196º. NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES: a. Notificación Personal: La notificación personal se hará por secretaría leyendo íntegramente la Resolución a la persona(s) que se notifiquen o permitiendo que esta lo haga. b. Notificación por Correo Certificado: De no ser posible la comparecencia del padre de familia o acudiente autorizado para ser notificado personalmente, se dejará constancia de esta situación y se le enviará copia de la Resolución por correo certificado a la dirección que haya suministrado en el acto de matrícula. Artículo 197º. INTERPOSICIÓN DE RECURSOS: En todo proceso disciplinario o académico, se debe respetar siempre su derecho de defensa con la interposición de recursos. Artículo 198º. RECURSO DE REPOSICIÓN: Contra la Resolución que imponga sanción procederá el recurso de reposición, el cual tiene como finalidad la manifestación de los elementos o pruebas que desvirtúen la responsabilidad de la estudiante y el estudiante en los hechos que motivaron la sanción o la violación al debido proceso establecido en el Manual de Convivencia. De no presentarse recurso de reposición la decisión quedará en firme transcurridos tres (3) días hábiles, luego de ser notificados del contenido de la misma los padres o acudiente autorizado y la estudiante o el estudiante. En el evento de presentarse el recurso de reposición será resuelto por la Rectora como titular de la potestad disciplinaria. La confirmación o revocación de la decisión será comunicada de forma personal o por correo certificado en un término máximo de ocho (8) días hábiles y sobre la misma no procederá recurso alguno. Artículo 199º. REQUISITOS DEL RECURSO DE REPOSICIÓN: 1. Siempre debe presentarse por escrito. 2. El término para interponer el recurso es de tres (3) días hábiles, siguientes a la notificación del contenido de la resolución. 3. Los hechos que sustenten el recurso deberán plasmarse en forma respetuosa, de lo contrario no serán valorados. 4. La sustentación del recurso deberá versar sobre hechos o pruebas que no se tuvieron en cuenta en el disciplinario y que desvirtúen la responsabilidad de la estudiante y el estudiante o sobre la presunta violación al debido proceso. Página 112 de 116

CAPITULO XX NORMAS DE HIGIENE Y SALUD PÚBLICA Artículo 200°. NORMAS DE HIGIENE PERSONAL Las estudiantes y los estudiantes del Colegio Palermo de San José, deben presentarse al establecimiento en completo orden y limpieza personal: 1. Hacer uso del baño diario. 2. Atender el cuidado de uñas, dientes, oídos, cabello. 3. Efectuar el cambio permanente de ropa para evitar enfermedades infecciosas. 4. Estar al día con las vacunas correspondientes a su edad para su bienestar. 5. Hacerse los tratamientos médicos adecuados para curar y prevenir enfermedades que afecten su desarrollo educativo. 6. En caso de requerir o sugerirse tratamiento psicológico, debe presentar las evidencias de que lo está recibiendo. Artículo 201º. PRESENTACIÓN PERSONAL La presentación personal es una norma de educación y buenas costumbres, por tanto se debe mostrar, en ella, naturalidad. El corte de cabello, el color (negro, rubio, café, castaño), el peinado, el aseo, el uniforme y, en general, la presentación debe estar acorde con la identidad del Colegio. El uniforme es requisito indispensable dentro de la disciplina, por lo tanto, debe ser portado por las Estudiantes y los estudiantes, de forma adecuada, desde el primer día de clase hasta el último, sea del grado que sea. El uniforme con el escudo y colores del Colegio ayuda a crecer en la propia identidad estudiantil y a tener sentido de pertenencia. El mismo, sirve indirectamente para eliminar distinciones y clases sociales, para formar la gran familia del Palermo, donde se procura fomentar y crecer en valores de: hermandad, fraternidad, igualdad, respeto, pertenencia, limpieza, colaboración, misericordia, ayuda, etc. Artículo 202º. SALUD PÚBLICA Los salones de clase y demás dependencias de la institución como biblioteca, cafetería, canchas, corredores, son lugares privilegiados para el aprendizaje y el sano esparcimiento por lo tanto es deber de las estudiantes y los estudiantes colaborar en el orden y limpieza de los mismos asumiendo las siguientes actitudes: 1. Evitar arrojar basuras en el piso. 2. Cuidar los muebles, equipos y materiales utilizados. 3. Mantener limpios y decorados los salones de clase, evitando pegar objetos que deterioren la pintura. 4. Colaborar con el aseo del salón, según los turnos correspondientes. 5. Favorecer un ambiente agradable, propicio para la comunicación y la concentración evitando ruidos y gritos que perturben el ambiente de estudio. 6. Cuidar las plantas y demás elementos del entorno. Artículo 203º. RESPECTO A LOS DOCENTES Y EMPLEADOS 1. Los docentes velarán porque cada salón esté en completo orden y aseo durante toda la jornada escolar. CAPITULO XXI MECANISMOS DE COMUNICACIÓN Artículo 204º. MEDIOS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

La Institución hace uso de diversos medios, tangibles y virtuales, que permiten circular la información y retroalimentarla entre los diversos actores del proceso educativo. Entre los primeros se cuentan: carteleras, comunicados, circulares, revista, magazín y boletín institucional, en redes sociales a través de Facebook en el sitio: Colegio Palermo de San José, Oficial. La página web: Página 113 de 116

www.palermosj.edu.co. Los diversos medios son actualizados constantemente para garantizar la actualidad de la información y la buena comunicación. CAPITULO XXII NORMAS GENERALES Artículo 205º. HORARIOS PARA ESTUDIANTES La jornada escolar está determinada por el decreto nacional 1850 de 2005, la resolución de la Secretaría de Educación Municipal y el acuerdo del Consejo Directivo para el respectivo año escolar. Artículo 206º. SERVICIO DE SECRETARÍA Y TESORERÍA Los padres y visitantes podrán acudir a secretaría y tesorería durante la jornada escolar, en el horario de: 7:00 a.m a 4:00 p.m, con receso para desayuno: 8:15 am a 8: 30 a.m. y de almuerzo: 1:30 p.m- 2:15 p.m. Las estudiantes y los estudiantes sólo serán atendidas en las horas de los descansos. Artículo 207º. ADVERTENCIAS FINALES 1. Cada vez que en el presente Manual de Convivencia aparezcan términos de contenido no perfectamente definidos y que por lo mismo se presten a diversas interpretaciones y discusiones, la interpretación concreta del alcance y significado de los mismos corresponde a la Rectoría y al Consejo Directivo, según su competencia. 2. El hecho de que una norma no aparezca en este Manual de Convivencia no significa que no pueda exigirse por parte de la Rectora u otros directivos del Colegio, siempre en busca del bien común de la institución. 3. Si después de aprobado el presente Manual de Convivencia, aparece alguna legislación oficial que le sea contraria, se considera automáticamente modificado en los puntos en que la legislación nueva lo afecte, sin perjuicio de las apelaciones a que hubiere lugar. 4. Es el deseo de las directivas de la Institución que todos los componentes de la comunidad educativa se comporten de tal manera que los correctivos de que se habla en el presente Manual de Convivencia nunca tengan que aplicarse. Artículo 208°. PROCEDIMIENTO PARA LA REVISIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Desde que iniciamos el año, se procede al conocimiento y estudio de Manual de Convivencia por parte del profesorado, Estudiantes y padres de familia de la Institución. Durante el transcurso del año, se vela por el cumplimiento de las normas establecidas y la formación en los valores fundamentales que son: Fraternidad Universal, Espiritualidad, Ciudadanía e Intelectualidad. Al finalizar el año se hace una evaluación del Manual de Convivencia, en la que participan: Profesores, Estudiantes, Padres de Familia y la comunidad educativa en general. Todos los aportes son llevados a la Comisión de Formación. Allí se seleccionan las sugerencias más significativas para el mejoramiento continuo y luego son llevadas por la Coordinadora de Formación al Consejo Directivo para su aprobación. CAPITULO XXIII VIGENCIA Artículo 209°. VIGENCIA Este reglamento rige a partir de la fecha de su expedición, revisión y ajuste y debe darse a conocer a las Estudiantes, Educadores, Padres y Madres de Familia. Dado en El Poblado, Medellín, a los 28 días del mes de Noviembre de 2008. Actualizado y adoptado cada año por el Consejo Directivo, así: -

Presentado al Consejo Directivo de la Institución para su debido estudio y Adopción, el 22 de Julio de 1996, según acta No. 06 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 1998, el 18 de Octubre de 1997, según acta No. 17 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 1999, el 05 de Diciembre de 1998, según acta No. 15 del Consejo Directivo. Página 114 de 116

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Revisado y ajustado para el año 2000, el 25 de Noviembre de 1999, según acta No. 09 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2001, el 28 de Noviembre de 2000, según acta No. 09 del Consejo Directivo Revisado y ajustado para el año 2002, el 04 de Diciembre de 2001, según acta No.10 del Consejo Directivo Revisado y ajustado para el año 2003, el 04 de Diciembre de 2002, según acta No.08 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2004, el 12 de Diciembre de 2003, según acta No.13 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2005, el 17 de Noviembre de 2004, según acta No.10 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2006, el 29 de Noviembre de 2005, según Acta No. 14 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2008, el 8 de Noviembre de 2007, según acta No. 11 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2009, el 28 de Noviembre de 2008, según acta No. 11 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2010, el 2 de Diciembre de 2009, según acta No. 11 del Consejo Directivo. Revisado y ajustado para el año 2011, el 18 de Noviembre de 2010, según acta No. 12 del Consejo Directivo. Revisado y aprobado para el año 2012, el 17 de Noviembre de 2011, según acta No. 11 del Consejo Directivo. Revisado y aprobado para el año 2013, el 29 de Noviembre de 2012, según acta No. 13 del Consejo Directivo. Revisado y aprobado para el año 2014, el 28 de Noviembre de 2013, según acta No. 11 del Consejo Directivo. Revisado y aprobado para el año 2015, el 27 de Noviembre de 2014, según acta No. 11 del Consejo Directivo.

Hna. Marta Cardona Narváez Rectora y Presidenta del Consejo Directivo

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