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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LA ADMINSTRACION CENTRAL MUNICIPIO DE PIOJO –ATLANTICO
CARLOS IMITOLA GONZALEZ ALCALDE
MISIÓN Piojo es una entidad territorial comprometida con la satisfacción de las necesidades de sus habitantes, que trabaja para promover el desarrollo Social y económico sostenible del Municipio, buscando permanentemente la eficiencia, la eficacia y la calidad en la Gestión Pública, con el propósito de mejorar continuamente la calidad de vida de la población.
VISION Hacer del municipio de Piojo, modelo departamental en el sector Agrícola y Turístico generando empleo y mejorando la calidad de vida de los habitantes del Municipio.
PLANTA DE CARGOS 1. DESPACHO DEL CONTRALOR No. C. 1
DENOMINACIÓN ALCALDE MUNICIPAL
CÓDIGO
GRADO
005
01
NIVEL Directivo
PLANTA GLOBAL
NIVEL DIRECTIVO No. C. 3
DENOMINACIÓN SECRETARIO DE DESPACHO
CÓDIGO
GRADO
NIVEL
020
02
Directivo
03
Asesor
237
04
Profesional
202
05
Profesional
NIVEL ASESOR 1
ASESOR
105 NIVEL PROFESIONAL
1
PROFESIONAL UNIVERSITARIO AREA SALUD
1
COMISARIO DE FAMILIO
NIVEL TECNICO 1
TECNICO ADMINISTRATIVO
367
06
Técnico
1
INSPECTOR DE 3ERA A 6TA CATEGORIA
303
07
Técnico
3
INSPECTOR RURAL
306
08
Técnico
09
Asistencial
NIVEL ASISTENCIAL 4
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
407
DECRETO NÚMERO (044)
DE 2012
POR EL CUAL SE AJUSTA EL MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINSTRACION DEL MUNICIPIO DE PIOJO ATLANTICO EL ALCALDE MUNICIPAL DE PIOJO -ATLANTICO, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por el artículo 315, numeral 7º de la Constitución Política, numeral 4 del literal d) del artículo 91 de la ley 136 de 1994, ley 909 de 2004 los Decretos leyes 770 y 785 de 2005, y el Decreto 2539 de 2005, demás normas vigentes y concordantes y, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No 020 de septiembre 15 de 2008 se ajusto el manual de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal de la Administración Municipal de Piojo Que con posterioridad a dicho acto administrativo, y mediante Decreto 016 (BIS) del 30 de junio de 2010 se crearon unos cargos dentro de la planta de personal Qué la constitución Nacional en él articulo 63 manifiesta que no habrá en Colombia ningún empleo que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento. Que el Alcalde es competente para modificar requisitos y competencias laborales En merito de lo expuesto,
el manual de funciones,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajústese el Manual de Funciones y de Competencias Laborales, para la Administración Central del Municipio de PIOJO ATLANTICO, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la Ley y los reglamentos internos de la Alcaldía Municipal de PIOJO –ATLANTICO.
ARTICULO SEGUNDO: El propósito principal, las contribuciones individuales, los conocimientos básicos, los requisitos de estudio y experiencia y las competencias laborales de los empleos de la Administración Central del Municipio de PIOJO -ATLANTICO, se determina así:
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Alcalde Municipal
Nivel Jerárquico
Directivo
Código Empleo
005
Grado 01
No. de cargos 1
Dependencia
Despacho Alcalde
Cargo del Jefe Inmediato
No aplica
Clasificación del Cargo
Elección Popular
Proceso al que aporta
Misional
Personal a cargo
SI x NO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Direccionar, formular políticas institucionales y adoptar planes, programas y proyectos a través del Plan de Desarrollo que garantice el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, y dar cumplimiento a lo establecido por la Constitución, la ley, las ordenanzas, los acuerdos y las que le fueren delegadas por el Presidente de la República o Gobernador respectivo.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES
CONSTITUCIONALES 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas, y los acuerdos del concejo.
2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante. 3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes. 4. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos respectivos. 5. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio. 6. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico. 7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado. 8. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado. 9. Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto. 10. Las demás que la Constitución y la ley le señalen.
FUNCIONES ESPECIFICAS
1. Dirigir la acción administrativa del municipio, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente, y nombrar y remover a los servidores bajo su dependencia y a los gerentes y directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes. 2. Expedir las disposiciones administrativas que sean necesarias para el Municipio de conformidad con la Constitución, las Leyes, los decretos, las ordenanzas y demás normas y reglamentos emanados de autoridad superior. 3.
Fijar políticas para el Municipio conjuntamente con el Concejo que conlleven al desarrollo económico, político y social.
4.
Planear, organizar, coordinar y controlar los recursos humanos, financieros y materiales del municipio buscando cumplir con los objetivos establecidos.
5.
Solicitar informes a las diferentes dependencias de la entidades descentralizadas del municipio.
6.
Coordinar dentro del marco de la descentralización administrativa la prestación de servicios.
7.
Formular las políticas locales sobre la prestación del servicio de salud y administrar el sector de conformidad con los programas regionales y nacionales.
Administración y a las
FUNCIONES DEL ALCALDE RESPECTO AL CONCEJO MUNICIPAL: 1. Presentar los proyectos de acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del Municipio. 2. Presentar oportunamente los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y nacionales. 3. Presentar dentro del término legal el proyecto de acuerdo sobre el presupuesto anual de rentas y gastos.
FUNCIONES EN RELACIÓN CON EL ORDEN PÚBLICO Y LA POLICÍA LOCAL: ORDEN PÚBLICO: Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la ley si fuera el caso medidas como: 1. Conservar el orden público en el municipio de conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente de la República y del respectivo gobernador. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las ordenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante. 2. Restringir y vigilar la circulación de las personas por las vías y lugares públicos. 3. Decretar el toque de queda. 4. Restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes. 5. Requerir el auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la constitución y la Ley. 6. Dictar dentro del a rea de su competencia, los reglamentos de policía local necesarios para el cumplimiento de los normas superiores conforme al artículo 9 del Decreto 1355 de 1970 y demás disposiciones que lo modifiquen
POLICÍA LOCAL: 1. Proponer medidas y reglamentos de policía, de conformidad con la Constitución y la ley, al concejo municipal y garantizar su cumplimiento. 2. Impartir órdenes a la policía nacional atinentes al servicio, por conducto del respectivo comandante. 3. Disponer con el respectivo comandante de la policía el servicio de vigilancia urbana y rural. 4. Promover en coordinación con el comandante de policía programas y actividades encaminadas a fortalecer el respeto por los derechos humanos y los valores cívicos. 5. Solicitar al comandante de la policía informes sobre las actividades cumplidas por la institución en su municipio. 6. Emitir un concepto en forma periódica sobre el desempeño del comandante de la policía. 7. Convocar y presidir el consejo de seguridad municipal y desarrollar los planes de seguridad ciudadana y orden público que apruebe el respectivo concejo.
EN RELACIÓN CON LA NACIÓN, AUTORIDADES JURISDICCIONALES:
EL
DEPARTAMENTO
Y
LAS
1. Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empelados nacionales que ejerzan sus funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba hacerlo, en casos de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación. 2. Coordinar y supervisar los servicios que presten en el municipio entidades nacionales o departamentales e informar a los superiores de las mismas, de su marcha y del cumplimiento de los deberes por parte de los funcionarios respectivos en concordancia con los planeas y programas de desarrollo municipal. 3. Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el territorio de la jurisdicción. 4. Ejercer las funciones que le delegue el gobernador 5. Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando estas requieran de su apoyo e intervención. CON RELACIÓN A LA CIUDADANIA: 1. Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía mediante audiencias de rendiciones de cuentas. 2. Convocar por lo menos dos veces al año a las organizaciones sociales y veedurías ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los demás importantes proyectos que serán desarrollados por la Administración 3. Difundir de manera amplia y suficiente el plan de desarrollo del municipio a los gremios, a las organizaciones sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general. 4. Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del plan de desarrollo municipal. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES ( CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Las actuaciones están orientadas para cumplir y hacer cumplir la Ley, los Decretos de Gobierno, las Ordenanzas y los Acuerdos del Concejo Municipal.
2. La presentación ante el Concejo municipal de proyectos de acuerdo sobre planes, programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos se efectúa oportunamente, al igual que aquellos que se estimen convenientes para la buena marcha del Municipio
3. El direccionamiento de la acción administrativa municipal, la gestión del equipo directivo del nivel central y descentralizado y del servidor(a) público a su cargo, y la representación judicial y extrajudicial del Ente Territorial, se alinea al cumplimiento de los objetivos institucionales y a la generación de bienes y servicios, conforme a las disposiciones pertinentes. 4. Los Acuerdos aprobados por el Concejo son sancionados y promulgados, y los considerados inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico, son objetados 5. La supresión o fusión de entidades y dependencias municipales se realiza de conformidad con los Acuerdos respectivos, al igual que la creación, supresión o fusión de los empleos de las dependencias con su respectiva asignación de funciones y fijación de emolumentos. Así mismo, la creación de obligaciones están sujetas al monto global fijado y aprobado en el presupuesto para gastos de personal 6. La presentación de informes generales sobre la Administración y la convocatoria a sesiones extraordinarias del Concejo, se efectúa cuando se estime conveniente, así mismo se colabora con la Corporación para su buen desempeño 7. La conservación del orden público y la vigilancia de éste en calidad de primera autoridad de Policía del Municipio, se realiza consultando la Ley, las instrucciones y órdenes del Presidente de la República y del Gobernador 8. El direccionamiento y control al cumplimiento de objetivos y misiones institucionales, se efectúa con fundamento en los Planes de Desarrollo y las políticas del nivel nacional, departamental y municipal, ordenando para ello los gastos municipales, de conformidad con el Plan de Inversiones y el Presupuesto 9. La gestión de la planta global de empleos del Municipio, se desarrolla en correspondencia con los procesos, programas y proyectos
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES. 1. Constitución Política 2. Normas de Administración Publica 3. 4 5 6
Marco normativo de actuación del proceso misional Plan de desarrollo municipal Programa de gobierno Plan estratégico municipal
V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
Para ser elegido alcalde se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo municipio y no estar incurso inhabilidades e incompatibilidades.
VI. COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Liderazgo, Planeación, Toma de Decisiones, Dirección y Desarrollo de Personal, conocimiento del entorno.
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Secretario de Despacho – Planeación y Medio Ambiente
Nivel Jerárquico
Directivo
Código Empleo
020
Grado 02
No. de cargos 1
Dependencia
Secretaria de Planeación y Medio Ambiente
Cargo del Jefe Inmediato
Alcalde Municipal
Clasificación del Cargo
Libre nombramiento y remoción
Proceso al que aporta
Estratégico Misional
Área
Prevención
Personal a cargo
SI x NO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Planear, organizar, dirigir y coordinar los procesos estratégicos del Municipio, su ejecución, supervisión, y control en los diferentes sectores y programas adelantados por la Administración dirigidos para el desarrollo integral y sostenible del Municipio
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Coordinar, organizar, dirigir la formulación del Plan de Desarrollo y fijación de indicadores y planes, programas y políticas sectoriales, para el desarrollo de la misión y visión institucional y velar por el cumplimiento de los términos y condiciones establecidos para su ejecución en el área de su especialización. 2. Asegurar la coherencia de los proyectos a ejecutar con el Plan de Desarrollo Municipal
3. Gestionar los recursos financieros necesarios en concordancia con las políticas de la administración y las prioridades que se presenten, con el fin de asegurar la disponibilidad presupuestal requerida para la ejecución de los proyectos 4. Velar para que se elabore oportunamente el diseño y presupuesto de las obras publicas que se vayan adelantar por la administración directamente y dirigir su ejecución . 5. Expedir licencias o permisos para adelantar obras de construcción, ampliación, adecuación, reparación y demolición de edificaciones, urbanizaciones, o parcelaciones para la construcción de inmuebles en las aéreas urbanas del municipio de conformidad con el reglamento del uso del suelo. 6. Preparar los proyectos de reglamento urbano, saneamiento ambiental del plan vial urbano y rural, necesarios para el desarrollo y ejecución del plan integral los cuales deben ser presentados por el alcalde al concejo municipal 7. Elaborar los diseños para la construcción, conservación y remodelación de las diferentes obras publicas 8. Coadyuvar la decisión del alcalde respecto a la prioridad en la ejecución de los planes de inversión 9. Velar por que los sistema de recolección, transporte barrido, limpieza y disposición final de desechos sólidos, operen satisfactoriamente 10. Velar por la limpieza, conservación y embellecimiento de parques y zonas verdes del municipio. 11. Formular , presentar ante las autoridades competentes planes de vivienda de interés social 12. Liderar el proceso de
elaboración, consolidación, formulación de del esquema de
ordenamiento territorial para su aprobación por parte del concejo municipal 11 Elaborar, dirigir y velar por el envío de los informes correspondientes a las entidades de vigilancia, inspección, regulación y control y demás que soliciten. 12. Formular con las demás dependencias del Municipio los planes de acción con el fin de proyectar la inversión para que sea ajustada al Plan de Desarrollo. 13 Coordinar, asesorar, elaborar, evaluar y hacer seguimiento a los procesos de contratación Municipal en su etapa precontractual, contractual y pos contractual relacionados con la dependencia bajo su responsabilidad
14. Liderar la participación de entidades gubernamentales y no gubernamentales que apoyan la ejecución de los programas y proyectos de la Secretaría articulando la gestión intersectorial e interinstitucional, para el cumplimiento de la Misión y objetivos de la Secretaría. 15 Determinar las necesidades en materia de mejoramiento y conservación de la infraestructura destinada para el funcionamiento de todas las dependencias municipales. 16. Realizar y mantener actualizados los estudios de estratificación socioeconómica, tanto urbana como rural del Municipio. 17.
Dirigir la operación, mantenimiento y reparación de los vehículos automotores,
maquinaria pesada y demás equipos de construcción de propiedad del Municipio. 18. Ejercer control técnico y supervisión sobre las obras que se adelantan directamente o mediante el sistema de contratación o de administración delegada y de acuerdo al avance que se constate en la ejecución del as obras al autorizar los pagos parciales y finales a los contratistas. 19. Llevar registros estadísticos sobre obras construidas o reparadas y de esta manera dar cumplimiento a lo establecido en el Plan de Desarrollo. 20. Mantener actualizado el inventario físico del municipio, y la información cartográfica general, de vías, hidrográfica y catastral. 21. Tramitar las licencias y permisos menores de deforestación, construcción, certificaciones de uso del suelo y todo lo relacionado con la planeación y el control de desarrollo físico del Municipio, estudiar y aprobar solicitudes de constitución de lotes, aprobar permisos para la constitución, reforma, remodelación y demolición de edificaciones y certificar la nomenclatura de las construcciones. 22. Velar por el cumplimiento de las normas que se adopten sobre zonificación y uso del suelo urbano y rural, sobre construcciones publicas y privadas, extracción de materiales, manejo de escombros manteniendo contacto con la comunidad en lo que tiene que ver con uso del suelo urbano y rural. 23. Coordinar administrativamente el comité local de emergencia y realizar la secretaria técnica del comité permanente de estratificación, Consejo de Política Social, Comité de Desplazados, Consejo de Juventudes, Comité de Servicios Públicos de Acueducto, alcantarillado y Aseo, el Consejo Municipal de Planeación y demás relacionados con la dependencia.
24. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución y actividades de construcción, mejoramiento y conservación de la infraestructura física, vial, Agropecuaria, Medio Ambiente, de electrificación, Saneamiento Básico y Agua Potable, Educación, Cultura y Deportes. 25. Organizar, Administrar y supervisar en la jurisdicción del Municipio, la prestación del servicio Educativo, coordinando recursos humanos, técnicos y financieros para garantizar cobertura y calidad. 26. Dirigir, coordinar, evaluar y supervisar el desarrollo de los planes y programas de salud y seguridad social del Municipio, garantizando la cobertura y calidad de los sectores vulnerables. 27. Adoptar e implementar las políticas, normas, sistemas, métodos, y procedimientos necesarios para garantizar el desarrollo permanente del Sistema de Calidad, Sistema de Control Interno y MECI en los procesos de la Administración Municipal, 28. Adelantar los estudios para elaborar y mantener actualizados los procedimientos propios de la dependencia. 29. Coordinar, Evaluar y supervisar las actividades y labores del personal a su cargo, velar por el manejo y buen uso de los equipos, procesos y elementos bajo su responsabilidad, así como el cumplimiento de los objetivos de su dependencia. 30.
Revisar, analizar los pliegos de condiciones y términos de referencia, evaluación de
propuestas, respuesta a observaciones, etc., de cada proceso de contratación que se adelante 31. Supervisar la actualización del módulo de contratación en la página web, para todos los procesos licitatorios. 32. Vigilar que se mantenga actualizada la base de datos de los procesos de contratación. 33. Elaborar informes relacionados con los procesos de contratación a su cargo. 34. Verificar el cumplimiento del proceso de recibo de obra y liquidación de contratos, a través de la información entregada por los responsables de los aspectos jurídicos y técnicos, con el fin de evidenciar dificultades en la ejecución y definir responsables que generen soluciones 35. Participar en las sesiones y comisiones relacionadas con la misión de la Secretaría y citadas por el Concejo, así como en las Juntas, Comités, eventos y reuniones que le correspondan o le sean delegadas por el Alcalde, con el fin de sustentar los temas que se estén discutiendo contribuir a la toma de decisiones.
36. Participar activamente en las sesiones del Consejo de Gobierno, realizando las intervenciones y aportes pertinentes, con el fin de discutir las directrices que se van a impartir por parte de la Administración, a los diferentes públicos atendidos. 37. Participar en las sesiones de rendición pública de cuentas, ante las diferentes instancias, de conformidad con los acuerdos que las reglamentan y a las políticas de transparencia, para informar a la comunidad sobre las ejecuciones de la Administración.
38. Coordinar el Comité Local de Emergencias en la prevención y atención de desastres. 39. Las demás funciones que le asignadas, de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1.
Los planes, programas y proyectos adelantados por la Secretaría de Planeación guardan concordancia con las políticas y normas establecidas en el Plan de Desarrollo Municipal, Departamental y Nacional y, responden a los requerimientos de la Comunidad. 2. Los planes y programas están dirigidos al cumplimiento de la misión y visión institucional. 3. Las actividades programadas están presentadas de acuerdo al plan de acción de la Entidad. 4.
Los proyectos a ejecutar son coherentes con el Plan de Desarrollo Municipal y permiten cumplir con las metas fijadas en el mismo. 5. Los recursos financieros que son gestionados, aseguran la disponibilidad presupuestal requerida para la ejecución de los proyectos. 6. La realización de los estudios y diseños previos de los proyectos de infraestructura permiten tener la información requerida para el inicio del proceso de contratación. 7. El monitoreo al proceso de ejecución de las obras, permite generar soluciones a las dificultades y contribuir a la culminación de lo pactado. 8. El cumplimiento del proceso de recibo de obra y liquidación de contratos permite evidenciar dificultades en la ejecución y definir responsables que generen soluciones. 9. La gestión de los recursos prioritarios para el mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura física que debe atender la Secretaría, permiten conservar y prevenir el deterioro mayor de la infraestructura física mencionada. 10. Las respuestas a las solicitudes de la comunidad sobre mantenimiento preventivo y correctivo, son canalizadas por medio de la definición de responsabilidades en el equipo de trabajo, para brindar una respuesta oportuna. 11. La participación en las sesiones y comisiones relacionadas con la misión de la Secretaría y citadas por el Concejo, así como en las Juntas, Comités, eventos y reuniones que le correspondan o le sean delegadas por el Alcalde, la basa en la sustentación de los temas que se estén discutiendo para contribuir a la toma de decisiones. 12. La participación en las sesiones del Consejo de Gobierno, permite discutir directrices para impartir a los diferentes públicos atendidos. 13. La participación en las sesiones de rendición pública de cuentas, permite informar a la comunidad sobre la transparencia en las ejecuciones de la Administración 14. La participación en entidades gubernamentales y no gubernamentales que apoyan la ejecución de los programas y proyectos de obras públicas, permite el cumplimiento de la Misión y objetivos de la Secretaría. 15. Las labores de seguimiento y control a los contratos y convenios son realizadas, con el objeto de confrontar la ejecución del presupuesto y el avance de las actividades contempladas en los proyectos de la Secretaría de Planeación
16. El desarrollo del equipo humano es dirigido, mediante la aplicación de los instrumentos, técnicas y metodologías que contribuyen a potencializar el desempeño de las personas para obtener mejores resultados y prestar un mejor servicio
La política pública es construida, participativamente con los diferentes actores. 18. Los pliegos de condiciones, evaluación de propuestas, respuesta a observaciones y demás actividades relacionadas con el proceso de contratación, se revisan, analizan y aprueban, teniendo en cuenta los requisitos y las disposiciones legales vigentes. 19. El cumplimiento del cronograma de de los diferentes procesos de contratación. de acuerdo a los tiempos estipulados, se controla y evalúa para tomar los correctivos del caso.
17.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES. Planes de Desarrollo Municipal, Departamental y Nacional Constitución Política Contratación Estatal Proceso y procedimientos de planeación territorial Normas y teorías de planeamiento urbano Formulación y evaluación de proyectos Diseño de Proyectos Ley 152 de 1994 Plan básico de ordenamiento territorial Normas sobre urbanismo Políticas y programas públicos de desarrollo. Normatividad y procedimientos en obras civiles e interventorias Régimen Político Municipal
Estatuto Anticorrupción
V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS Titulo de tecnólogo o profesional en aéreas arquitectura, ingeniería civil e ingeniería sanitaria y medio ambiente
EXPERIENCIA Experiencia relacionada de Un (1) año
VI. COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Liderazgo, Planeación, Toma de Decisiones, Dirección y Desarrollo de Personal, conocimiento del entorno.
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Secretaria de Despacho – Administrativo y Financiero-
Nivel Jerárquico
Directivo
Código Empleo
020
Grado 02
No. de cargos 1
Dependencia
Secretaria Administrativa y Financiera
Cargo del Jefe Inmediato
Alcalde Municipal
Clasificación del Cargo
Libre nombramiento y remoción
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Área
Prevención
Personal a cargo
SI x NO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Planear, organizar, Dirigir, organizar y desarrollar la política financiera, económica, fiscal y presupuestal del Municipio; así mismo, propender por la eficaz dirección y aplicación de los recursos financieros en atención a las obligaciones y compromisos adquiridos por el Municipio de conformidad con la Constitución, la Ley y demás normas que le sean aplicables.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1 Planear, organizar, dirigir y controlar los procedimientos de recaudo y desembolso que se deben efectuar para cumplir con los planes y programas aprobados y ejecutados, velar porque los ingresos y egresos se efectúen de acuerdo con las disposiciones legales y locales que rigen la materia. 2. Proponer y Asesorar al Alcalde Municipal en la formulación de políticas en materia fiscal y tributaria, dirigidas a fortalecer los ingresos del tesoro municipal dentro del marco que las normas y las disposiciones legales le permitan. 3. Dirigir el recaudo de los valores por concepto de impuestos, contribuciones, tasas, aportes y cualquier otro ingreso al tesoro municipal, velando porque éste sea ágil y oportuno. 4. Diseñar, elaborar y presentar al señor Alcalde y Sustentar al Concejo Municipal, de acuerdo con su competencia, los proyectos, programas y estudios, tendientes a establecer las políticas y objetivos que en el campo financiero y económico, se deben desarrollar a fin de cumplir las metas propuestas por la Administración Municipal. 5. Elaborar, dirigir y velar por el envío de los informes correspondientes a las entidades de vigilancia, inspección, regulación y control. Preparar los boletines de Caja y Bancos e informes que soliciten. 6. Realizar y verificar que se efectúen las consignaciones diarias y estar en permanente contacto con las entidades bancarias en el manejo y control para determinar el estado de las cuentas del Municipio. 7. Hacer los pagos oportunamente autorizados por el señor Alcalde con el lleno de los requisitos establecidos. 8. Elaborar las conciliaciones bancarias y de las diferentes cuentas que tiene el Municipio. 9. Expedir la certificación sobre la capacidad de endeudamiento del Municipio y llevar actualizado el informe sobre el estado de deuda municipal. 10. Enviar los giros oportunamente a las entidades beneficiarias de transferencias y aportes. 11. Planear, organizar y adoptar las medidas que sean de su competencia, para tecnificar los sistemas, procesos y procedimientos, con el fin de que los recursos del Municipio se incrementen adecuadamente, sin desalentar su desarrollo económico.
12. Constituir pólizas de manejo y aplicar adecuados mecanismos para la custodia de bienes 13. Adelantar las acciones necesarias para lograr que los contribuyentes morosos acudan al pago de las obligaciones a favor del municipio. Ejercer la jurisdicción coactiva para hacer efectivo el recaudo de los tributos que se adeuden al Municipio 14. Diseñar sistemas de registro, que permitan conocer en cualquier momento la situación real de los fondos de la Secretaria. Mantener actualizado el registro de la deuda pública del Municipio. 15. Firmar los cheques, las cuentas y en general la documentación pertinente al manejo presupuestal, financiero y contable del Municipio. 16. Cumplir con las normas de reserva con respecto a la información emanada de la Administración Municipal y de su cargo. 17. Proponer los planes de financiamiento para los proyectos prioritarios de la Administración Municipal. 18. Elaborar y ejecutar los planes tendientes al cumplimiento de las obligaciones del Municipio, controlando las reservas contractuales, cumplimiento de obligaciones contractuales y los demás compromisos que adquiera la Administración para llevar a cabo los planes y proyectos ya determinados o que se vayan a elaborar. 19. Hacer cumplir las normas que sobre el presupuesto y contabilidad pública expidan las entidades competentes y presentar en la forma y períodos que se indiquen, los correspondientes informes presupuéstales y financieros. 20. Revisar los estados financieros del municipio elaborados por el asesor externo de contabilidad y dirigidos a las autoridades correspondientes con su análisis financiero. 21. Elaborar el presupuesto anual de rentas y gastos en compañía del señor Alcalde, ajustándolo a los planes y programas de acuerdo con las normas presupuéstales vigentes, presentarlo y sustentarlo al Concejo Municipal. 22. Coordinar, Evaluar y supervisar las actividades y labores del personal a su cargo, velar por el manejo y buen uso de los equipos, procesos y elementos bajo su responsabilidad, así como el cumplimiento de los objetivos de su dependencia. 23. Participar en las sesiones y comisiones relacionadas con la misión de la Secretaría y citadas por el Concejo, así como en las Juntas, Comités, eventos y reuniones que le correspondan o le sean delegadas por el Alcalde, con el fin de sustentar los temas que se estén discutiendo y contribuir a la toma de decisiones.
24. Participar activamente en las sesiones del Consejo de Gobierno, realizando las intervenciones y aportes pertinentes, con el fin de discutir las directrices que se van a impartir por parte de la Administración, a los diferentes públicos atendidos 25. Participar en las sesiones de rendición pública de cuentas, ante las diferentes instancias, de conformidad con los acuerdos que las reglamentan y a las políticas de transparencia, para informar a la comunidad sobre las ejecuciones de la Administración. 26. Implementar al interior de la Secretaria Administrativa y financiera el sistema de control interno contable, dentro del marco de las normas vigentes y de las políticas y criterios señalados por le Oficina de Control Interno. 27. Gestionar ante el Gobierno departamental y departamental la consecución de recursos por medio de la presentación de proyectos de inversión que ayuden al desarrollo de los planes programas y proyectos relacionados con la Secretaria. 28. Dirigir en los aspectos financieros la estructuración general, elaboración e implementación de los programas y proyectos del plan de desarrollo, plan de inversiones y presupuesto anual 29. Coordinar políticas y labores generales de Tesorería a fin de lograr un y eficiente recaudo de las rentas municipales. 30. Velar por el oportuno recaudo de los impuestos , aportes, participaciones y demás ingresos municipales
a través del cobro persuasivo y coactivo de acuerdo a las políticas de la
administración municipal
, diseñando estrategias
para el mejoramiento del recaudo y
promover un cambio positivo en la cultura tributaria entre la comunidad. 31.
Consolidar y entregar
a las entidades competentes los estado financieros de la
administración municipal conforme a las disposiciones generales emanadas de la contaduría general de la Nación . 32.
Planear, gestionar obtener, atender y procurar la disponibilidad de fondos a través de
operaciones de financiación, crédito interno
y transferencias para el cabal cumplimento del
plan de desarrollo, del programa de gobierno y de las obligaciones que de allí se generen con criterios claros de liquidez, solvencia, rentabilidad y mínimo riesgo 33.
Dar concepto sobre las solicitudes de exoneración, amnistías y demás acciones que
afecten de una u otras forma el presupuesto y las finanzas
publicas municipales, que se
deban ser tramitados ante el Consejo de gobierno, el concejo municipal o cualquier otra instancia publica correspondiente
34. Formular las políticas que en materia fiscal y financiera se consideren convenientes para el municipio, dentro del maro quelas normas y disposiciones legales permitan. 35. Dirigir el acopio de la información necesaria para hacer efectivos los derechos de transferencias, donaciones , aportes, participaciones del municipio. 36. Estudios sudaos que permitan conocer la situación económica y financiera del municipio, identificar y analizar el comportamiento de las diferentes variables económicas- financiera que sirvan de base para la toma de decisiones
técnicas y administrativas y orientes la
gestión de hacienda en el municipio. 37. Verificar la realización de estimativos de ingresos y egresos municipales a fin de mantener actualizados los registros presupuestales, contable y financieros 38. Coordinar la formulación y el seguimiento a la ejecución del marco fiscal de mediano plazo. 39. Hacer parte de los comités relacionados con sus funciones y presentar para su consideración
las iniciativas del orden
presupuestal
de ingresos, gastos y de las
financiera en general. 40. Proyectar para la aprobación de la comisión de presupuesto del concejo municipal las modificaciones que se requieran al presupuesto de la vigencia fiscal en curso y proyectar las autorizaciones respectivas para comprometer vigencias futuras cuando sea del caso 41. Consolidar el proyecto de presupuesto de renta y gastos para cada vigencia presupuestal para su presentación ante el COMFIS 42. Llevar a cabo la apertura de cuentas de ahorro o en valor constante en entidades bancarias autorizadas legalmente para operar , así como la constitución de depósitos a término y la suscripción o adquisición de bonos, cédulas y otros valores del mercado con recursos del presupuesto municipal y rendir el respectivo informe mensual al Alcalde. 43. Disponer de los recursos financieros existentes en forma eficiente y oportuna y de manera coincidente con las proyecciones contempladas en el marco l fiscal de mediano plazo y en el plan anual mensualizado de caja. 44. Cancelar oportuna y efectivamente las obligaciones legales contraídas por el municipio de acuerdo a las proyecciones de plan anual mensualizado de caja. 45. Autorizar las devoluciones de impuesto correspondientes y que sean de competencia del municipio.
46. Supervisar que los libro de tesorería y radicación de cuentas se desarrollen correctamente. 47.Formar los cuadros administrativos funcionales con el personal de la dependencia a su cargo para el desarrollo de actividades especificas, permanentes y regulares y/o accidentales en cumplimiento de los objetivos institucionales 48. Las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, por necesidades del servicio acordes con sus competencias laborales, funcionales y comportamentales. EN RELACION A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA 49.Elaborar la nomina de personal, teniendo en cuenta las novedades que se presenten con los funcionarios y que reportan deducciones o aumentos en su retribución económica
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los procedimientos financieros adelantados corresponden a las normas legales vigentes en materia de política fiscal. 2. Los recursos financieros son supervisados y ejecutados eficientemente de acuerdo a las necesidades y planes presupuestales. 3. El manejo y ordenamiento del gasto público delegado es responsable y acorde a las necesidades básicas y la planeación presupuestal, dentro de los límites legales respectivos. 4. Todos los ingresos y erogaciones se efectúan de acuerdo al plan anualizado de caja y al plan Municipal de inversiones. 5. Los registros contables y fiscales de los recursos del Municipio se mantienen en constante actualización para su confiabilidad y coherencia con la realidad. 6. Los planes, programa y proyectos para el municipio, sean afines con los de la Secretaria, siendo además coherentes con el plan de desarrollo y con el plan anual de caja. 7. La adopción de un sistema de autocontrol debe estar enmarcado dentro de las normas y políticas señaladas por la Oficina de Control Interno.
8. La gestión en la consecución de recursos que coadyuven a financiar los proyectos de inversión incluida en el plan operativo anual de inversiones deben estar acordes con la capacidad de endeudamiento y de pago del municipio 9. La concertación y ejecución de convenios de asociación y de cooperación científica, técnica y financiera con otras entidades municipales, el departamento, nacional, internacionales, organizaciones no gubernamentales, universidades y demás entidades públicas y del sector privado, se deben realizar dentro de los parámetros de eficiencia, eficacia y racionalidad económica. 10.El plan de acción elaborado por el Secretaria debe ser concordante con los programa de pago del plan operativo anual de inversiones. 11.Los proyectos de los actos administrativos deben ser concertados con las demás áreas que intervienen en la operatividad del municipio . 12.Las decisiones que deba tomar en primera instancia relacionadas con los procesos disciplinarios deben ser desarrollados bajos el respeto de los principios de transparencia, equidad, debido proceso, presunción de inocencia. 13.Los conceptos sobre las solicitudes de exoneración, amnistía y demás acciones que afecten el presupuesto y las finanzas del municipio, deben respetar los principios de transparencia y equidad social. 14.El proyecto de presupuesto de ingreso, gastos e inversión década vigencia debe incorporar los criterios de eficiencia, eficacia, racionalidad y equidad. CONTRIBUCIONES EN RELACIÓN CON LA GESTIÓN ADMINISTRTIVA: 1. Las nominas liquidaciones de prestaciones y de seguridad social se elaboran dentro de los tiempos establecidos 2. Los programas de seguridad de la informacion se desarrollan acorde con la planificación establecida 3. Los inventarios y recursos físicos de la entidad son manejados acorde con las normas y requerimientos establecidos por la ley
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES. Constitución Política Normas sobre administración financiera y contable Estatuto orgánico de presupuesto Marco fiscal de mediano plazo Régimen político Municipal
Estatuto Anticorrupción Plan de desarrollo Administración del talento humano Elaboración, ejecución y control del plan anual de caja Gestión documental y ley general de archivo Plan anual de inversiones VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA EXPERIENCIA
ESTUDIOS Titulo de tecnólogo o profesional en
Experiencia relacionada de Un (1) año
aéreas administrativas y contables VII.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Liderazgo, Planeación, Toma de Decisiones, Dirección y Desarrollo de Personal, conocimiento del entorno.
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Secretaria
de
Despacho
–
Política
y
DesarrolloNivel Jerárquico
Directivo
Código Empleo
020
Grado 02
No. de cargos 1
Dependencia
Secretaria de Política y Desarrollo-
Cargo del Jefe Inmediato
Alcalde Municipal
Clasificación del Cargo
Libre nombramiento y remoción
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Área
Prevención
Personal a cargo
SI x NO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Formular, implementar y ejecutar las políticas, planes y programas en materia de orden público, de promoción a la participación ciudadana, de defensa de los bienes e intereses del municipio, de conformidad con las normas constitucionales y legales vigentes además de garantizar la convivencia y seguridad y al cumplimiento de las obligaciones y compromisos adquiridos por el Municipio de conformidad con la Constitución, la Ley y demás normas que le sean aplicables.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1.
Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la secretaria a su cargo.
2.
Expedir certificaciones y autenticar copias de los documentos que reposan en el archivo de la Alcaldía Municipal de acuerdo con los reglamentos.
3.
Representar al Alcalde municipal en las actividades oficiales que este le determine.
4.
Informar al Alcalde de los trámites de los asuntos de su competencia pasando un informe mensual.
5.
Asesorar al Alcalde municipal en la adopción de políticas, programas o planes de acción del municipio.
6.
Asistir al Alcalde municipal en el manejo de las relaciones con organismos nacionales, departamentales, municipales y extranjeros para obtener apoyo científico, técnico y financiero que conlleve a su capacitación.
7.
Mantener informado mensualmente al Alcalde sobre la situación de los proyectos administrativos que se relacionen con las actividades propias de la administración.
8.
Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas del municipio y por el eficiente desempeño de las funciones administrativas de las mismas y coordinar las actividades de las dependencias.
9.
Notificar los actos administrativos emanados de la alcaldía municipal.
10. Disponer oportunamente la publicación de los actos administrativos de carácter general conforme lo establecido con la ley. 11. Coordinar e implementar estrategias para informar a la comunidad de la gestión de la administración municipal. 12. Revisar los poderes conferidos por las personas naturales o jurídicas que demanden la atención de la administración y reconocerle personería jurídica a los apoderados. 13. Coordinar las acciones que pueda prestar el municipio en relación con la colaboración que le pueda prestar a otras entidades del estado. 14. Expedir certificaciones que requieran los organismos jurisdiccionales. 15. Mantener actualizado las suscripciones de revistas y códigos en materia jurídica, contable e incluso las del diario oficial y la gaceta departamental. 16. Adelantar los procedimientos administrativos en los procesos policivos y de carácter civil. 17. Responder por los aspectos jurídicos que atañen a la administración municipal, dar respuesta a comunicaciones de carácter oficial. 18. Diseñar, coordinar, ejecutar y verificar de los programas, proyectos que busque propender por su desarrollo económico, social, cultural, ambiental y tecnológico del municipio.
19. Implementar políticas de gobierno que busquen el mejoramiento de la calidad de vida de la población, fundamentadas en la equidad, la reducción de la pobreza, en contra de la exclusión social, basados en el respeto de los derechos y oportunidades de acceso a una vida digna. 20. Verificar el cumplimiento de lo concertado en el plan de desarrollo y planes de acción en la administración municipal, que contribuya al cumplimiento de los procesos misionales de la entidad. 21. Diseñar e implementar estrategias para la participación social de los piojoneros, de todos los sectores y grupos sociales. 22. Coordinar las reuniones con las organizaciones sociales y propender por su participación dentro de las políticas sociales de la administración. 23. Velar por la conformación y fortalecimiento de organizaciones sociales dentro del municipio. 24. Velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas dentro del Manual de Convivencia del Departamento. 25. Responder por la ejecución e implementación de modelo de comunicación pública y organizacional para entidades del estado. 26. Ejecutar acciones de preservación del patrimonio cultural del municipio. 27. Coordinar, Evaluar y supervisar las actividades y labores del personal a su cargo, velar por el manejo y buen uso de los equipos, procesos y elementos bajo su responsabilidad, así como el cumplimiento de los objetivos de su dependencia. 28.
Participar en las sesiones y comisiones relacionadas con la misión de la Secretaría y citadas por el Concejo, así como en las Juntas, Comités, eventos y reuniones que le correspondan o le sean delegadas por el Alcalde, con el fin de sustentar los temas que se estén discutiendo y contribuir a la toma de decisiones.
29. Participar activamente en las sesiones del Consejo de Gobierno, realizando las intervenciones y aportes pertinentes, con el fin de discutir las directrices que se van a impartir por parte de la Administración, a los diferentes públicos atendidos. 30. Participar en las sesiones de rendición pública de cuentas, ante las diferentes instancias, de conformidad con los acuerdos que las reglamentan y a las políticas de transparencia, para informar a la comunidad sobre las ejecuciones de la Administración. 31. Implementar
al interior
de la Secretaria de Gobierno
el sistema
de control interno
contable, dentro del marco de las normas vigentes y de las políticas y criterios señalados por la Oficina de Control Interno. 32. Hacer las veces de secretario en las reuniones de los Consejos de Gobierno.
33. Coordinar, preparar y revisar todo lo relacionado con la Contratación Administrativa.
34. Liderar en coordinación con las organizaciones comunitarias del municipio los
procesos de asesoría y capacitación a la comunidad para facilitar el proceso de participación comunitaria y de integración municipal. 35. Coordinar con los organismos competentes las acciones tendientes a lograr la estabilidad del orden público y la convivencia ciudadana dentro de los principios de tolerancia y solución pacifica de conflictos y el respeto a los derechos humanos y desarrollar en el municipio estrategias orientadas a la consolidación de la cultura de la convivencia ciudadana. 36. Trazar una política integral municipal que permita la recuperación de las comunidades afectadas por la violencia en el marco de la estrategia de protección de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, libertades y demás garantías fundamentales.
37. Fijar las Políticas y programas de Cultura, Deporte, Recreación y Turismo en el municipio. 38. Apoyar la realización de los distintos procesos electorales 39. Generar confianza e imagen institucional. 40. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento institucional. 41. Rendir informes periódicos al Alcalde sobre el desarrollo de los programas a cargo de la Secretaría. 42. Rendir informes sobre el Observatorio del Delito. 43. Las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, por necesidades del servicio acordes con sus competencias laborales, funcionales y comportamentales.
EN RELACIÓN CON ORDEN PÚBLICO 44. Proponer al Alcalde, las políticas, planes y programas a desarrollar en materia de seguridad y control del orden público. 46 Asesorar al Alcalde en el establecimiento y cumplimiento de las siguientes medidas: - Restricción y vigilancia de la circulación de personas por vías y lugares públicos - Expedición de Decretos de toque de queda - Restricción y prohibición del expendio y consumo de bebidas embriagantes - Requerimientos de auxilio de la fuerza armada en los casos permitidos por la Constitución y la Ley. - Asesorar al Alcalde en los requerimientos de los exhortos y oficios que les dirigen las autoridades judiciales, así como los derechos de petición o tutelas interpuestas. 47. Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías sociales y salvaguarda de la vida, honra y bienes de los ciudadanos, coordinando acciones con las entidades competentes.
48. Conocer y fallar por intermedio de las Inspecciones de Policía, las contravenciones que por ley sean de su competencia. 49. Recibir denuncias ciudadanas y remitirlas a los funcionarios competentes 50. Programar, planear y coordinar la ejecución de campañas tendientes aprevenir la comisión de delitos y contravenciones. 50. Proyectar las disposiciones que se requieran para la aplicación y cumplimiento de las normas de Policía vigentes. EN RELACIÓN CON PRECIOS, PESAS, MEDIDAS, JUEGOS, RIFAS, ESPECTÁCULOS Y ESPACIO PÚBLICO 52. Coordinar con las inspecciones municipales, las políticas generales de control de precios y medidas, calidad, distribución y almacenamiento de los productos y alimentos, para evitar el acaparamiento, la usura y la explotación indebida del ciudadano. 53 Coordinar con las autoridades policivas, visitas a los establecimientos y personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de juegos, rifas o espectáculos 54. Realizar las acciones tendientes a propiciar y apoyar la participación de la comunidad en programas que por su propia iniciativa, pongan en marcha para mejorar sus condiciones y calidad de vida. 55. En coordinación con Planeación, reglamentar el funcionamiento de ventas ambulantes y expedir los premisos cuando sea del caso. 56 Controlar el funcionamiento de establecimientos de comercio en donde se expendan bebidas alcohólicas o se practiquen juegos de azar a fin de exigir el estricto cumplimiento de las normas sobre presencia y atención de menores de edad y de tranquilidad ciudadana. EN RELACIÓN CON EL DESARROLLO SOCIAL 57. Orientar las políticas que en materia de protección de derechos de la mujer, el menor y la familia deba desarrollar el Municipio, haciendo énfasis en la población más vulnerable. 58. Vigilar la prestación de los servicios de educación a cargo de las entidades municipales, nacionales o comunitarias. 59. Coordinación de los programas que se ejecuten en las zonas de alto riesgo para la seguridad de las personas y los bienes, en cada localidad, en asocio con Planeación. 61. Establecer las necesidades de construcción de centros de atención a la población vulnerable y velar por la oportuna dotación y mantenimiento. 62. Organizar y llevar el registro público de organizaciones comunitarias y entidades sin ánimo de lucro, de conformidad a la constitución y la ley.
63. Organizar y llevar el registro público de organizaciones comunitarias y entidades sin ánimo de lucro, de conformidad a la constitución y la ley. EN RELACIÓN CON LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD 63 Realizar las acciones tendientes a propiciar y apoyar la participación de la comunidad en programas que por su propia iniciativa, se pongan en marcha para mejorar sus condiciones y calidad de vida. 64 Apoyar a través de programas de asesoría y/o capacitación las juntas de acción comunal y los grupos cooperativos en pro del desarrollo municipal. 65. Asesorar y orientar a los grupos comunitarios sobre la legislación vigente en materia de participación.
EN RELACIÓN CON TRÁNSITO Y TRANSPORTE 66. Ejercer permanente vigilancia sobre las empresas que presten el servicio público de transporte dentro del municipio a fin de que cumplan estrictamente las normas sobre seguridad, cupos y modelos de los vehículos y ocupación de vías y espacio público.
EN RELACION A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA 67. Gestionar, coordinar y controlar los procedimientos y actividades administrativa, tendientes a la administración de los recursos humanos de la entidad, tales como reclutamiento, selección y vinculación del personal que la administración requiera para la consecución de su misión institucional. 68. Dirigir, coordinar y aplicar los criterios normativos y técnicos a los funcionarios del municipio para la permanencia, evaluación y ascenso o retiro de la carrera administrativa, en coordinación con la comisión de personal. 69. Elaborar los estudios y presentar propuestas sobre la organización, estructura y funciones generales de la Alcaldía orientados a proponer ajustes para la simplificación del trabajo en la búsqueda de la eficacia y eficiencia institucional. 70.
Proyectar los actos, actas y demás documentos administrativos pertinentes para el perfeccionamiento administrativas
de
los
nombramientos,
liquidación
y
demás
situaciones
que se presenten como resultado de la incorporación, permanencia
retiro de los funcionarios de la Administración Municipal.
o
71. Dirigir, coordinar y controlar las vinculaciones mediante el sistema de contratación de servicios personales, de acuerdo con las directrices del estatuto de contratación estatal. 72. Formular y coordinar la ejecución del plan anual de capacitación no formal, propiciando la participación la participación de todos los funcionarios
en la definición de sus
características. 73. Organizar y coordinar el sistema de estímulos e incentivos de acuerdo con las consideraciones normativas y técnicas que existen en esta materia. 74. Diseñar, coordinar y ejecutar el programa de bienestar social, incentivando el desarrollo de actividades culturales, deportivas y de recreación. 75. Supervisar la ejecución del programa de salud ocupacional 76. Coordinar la prestación de los servicios de aseo de las oficinas y demás edificaciones e inmuebles de propiedad del municipio 77. Administrar y custodiar
los documentos
e información que reposan en las historias
laborales de cada uno de los servidores de la Administración. 78. Recomendar la adopción de políticas, planes y programas en materia de talento humano. 79. Ejercer la dirección y manejo , del sistema de gestión documental en la entidad. 80. Actuar como supervisor de los contratos en que el Alcalde municipal lo designe como tal 81. Administrar los recursos físicos de la entidad, dotación, mantenimiento y control de los mismos.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Los planes y programas de Gobierno responden a las políticas y normas de la Administración Municipal. 2. Las políticas de la Administración son encaminadas a la conservación del orden público, la seguridad, la convivencia pacífica, la solidaridad ciudadana y promover las acciones cívicas.
3. Los derechos ciudadanos se enmarcan dentro de las políticas de equidad y respeto hacia nuestros usuarios. 4. Los planes en materia de compras se desarrollan de acuerdo a la programación previamente establecida. 5. Las normas expedidas por el ejecutivo y legislativo se desarrollan de acuerdo a los ordenado por ellas. 6. La publicidad de los documentos públicos corresponde a lo establecido en la ley. 7. Las acciones de policía y el orden público son desarrollados acorde con las normas de gobierno y necesidades institucionales. 8. El espacio público es respetado de acuerdo con las acciones de policía desarrolladas. 9. Procesos de participación comunitaria 10. Planificación, gestión, concertación e implementación de procesos. 11. Las sentencias y litigios se desarrollan en la búsqueda de mejores oportunidades para el municipio.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES. Constitución Política Normas sobre administración Publica Régimen político Municipal
Estatuto Anticorrupción Plan de desarrollo Código contencioso administrativo Normas de derecho policivo Normas en materia de contratación estatal
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
EXPERIENCIA
ESTUDIOS Titulo
de
profesional
en
ciencias Experiencia relacionada de Un (1) año especifica o relacionada en el cargo o en el
jurídicas o economía.
sector publico.
VII.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Liderazgo, Planeación, Toma de Decisiones, Dirección y Desarrollo de Personal, conocimiento del entorno.
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Asesor (Control Interno)
Dependencia
Oficina Asesora de Control Interno
Nivel Jerárquico
Asesor
Código Empleo
105
Grado 03
No. de cargos 1
Cargo del Jefe Inmediato
Alcalde Municipal
Clasificación del Cargo
Libre nombramiento de Periodo Fijo
Proceso al que aporta
Estratégico - control y mejoramiento-
Personal a cargo
SI
NO X
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los controles, asesorando al Alcalde en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos propuestos.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS
1. 2.
Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control interno Verificar que el sistema de control interno este formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos, y en particular de aquellos que tengan responsabilidades de mando
3. Elaborar periódicamente un análisis de riesgo y hacer el respectivo diagnóstico y recomendaciones 4. Aplicar el control de gestión e interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones al Alcalde y funcionarios de la Administración Municipal 5. Velar por el cumplimiento de las leyes Nacionales y Municipales, políticas, procedimientos, planes, programas y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios 6. Servir de apoyo a todos los funcionarios de la Administración Central en el proceso de tomas de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados 7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios 8. Elaborar un plan de auditoría y seguimiento acorde a la programación de actividades de cada dependencia, objetivos, recursos a utilizar, plazos, áreas y procesos a evaluar 9. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de autocontrol, que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional 10. Verificar la implantación de las medidas recomendadas y su efectividad, a través del seguimiento continuo a estos 11. Mantener personalmente informados a los secretarios de despacho, directores y jefes de oficina, a cerca del estado del sistema de control interno de la Alcaldía dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento, presentar al respecto recomendaciones prioritarias viables y específicas 12. Verificar que los controles sean aplicados por los responsables y que los registros se hagan en forma sistemática, que la información sea confiable y objetiva y que los procedimientos sean eficaces. 13. Presentar informes de actividades al Alcalde Municipal y al comité de coordinación del sistema de control interno periódicamente 14. Velar por que los registro contables sean veraces, oportunos y confiables y que la preparación de los estado financieros y estadísticos se ajusten a las normas legales vigente. 15. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES ( CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Las políticas de control interno deben guardar los criterios de transparencia, equidad, racionalidad, eficiencia y eficacia de la Administración 2. Los mecanismos y métodos responden a las necesidades institucionales. 3. Los planes y programas están dirigidos al cumplimiento de la misión y visión institucional. 4. Las actividades programadas están presentadas de acuerdo al plan de acción de la Entidad. 5. Los controles establecidos están de acuerdo con la normatividad vigente. 6. El apoyo brindado va de acuerdo a las necesidades de cada dependencia. 7. Los planes, programas y actividades en materia de control interno presentadas están de acuerdo a las políticas trazadas en las áreas de su competencia. 8. Asesorar en el diseño, análisis y formulación de métodos de control inherentes a los procedimientos de cada área. 9. Las medidas aplicadas para prevenir riesgos, detectan y corrigen las desviaciones que puedan afectar el logro de los objetivos institucionales, definidas y aplicadas adecuadamente. 10. La aplicación y seguimiento de los procesos se realizan acordes a las normas vigentes. 11. El sistema de control Interno aplicado oportunamente a las dependencias, propicia la optimización, calidad y eficiencia en la prestación del servicio. 12. Se controlan las actividades financieras, contables y presupuestales, desarrolladas por el personal y se evalúan sus resultados de acuerdo a los lineamientos establecidos. 13. La cultura de control en la entidad es fomentada a través de programas de capacitación. 14. Los informes presentados reflejan los resultados y transparencia de la gestión institucional. 15. Los informes del estado de Control Interno responden a los lineamientos legales. 16. Los informes del grado de avance de la implementación del Sistema de Gestión de Calidad.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES.
1. Plan nacional de Capacitación. 2. Políticas públicas en administración pública. 3. Normas sobre administración de personal. 4. Metodologías de investigación y diseño de proyectos. 5. Fundamentos del Sistema de la gestión de la Calidad y control interno. 6. Políticas Públicas, normas, lineamientos y directrices en las áreas de su competencia, en materia Financiera, Presupuestal, Contable, de Administración de Personal, Control Interno, Auditoria, Archivo, Almacén y Suministros. 7. Contratación estatal. 8. Ley 87 y demás normas reglamentarias vigentes. 9. Planes de acción. 10. - Régimen Político Municipal
11. Legislación vigente relacionada con el área. 12. Conocimiento en normas generales de auditoría. 13. Conocimiento en ISO 9000- NTCG-1000-2004 14. Estatuto Anticorrupción
V. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS
EXPERIENCIA
Profesional en Derecho y/o ciencias
Experiencia mínima de tres (3) años
Administrativas y económicas
en asuntos del control interno
VI. COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Experticia, Conocimiento del entorno, Construcción de relaciones e iniciativa
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Comisario de Familia
Nivel Jerárquico
Profesional
Código Empleo
202
Grado 05
No. de cargos 1
Dependencia
Secretario de Política y Desarrollo
Cargo del Jefe Inmediato
Secretario de Política y Desarrollo
Clasificación del Cargo
Carrera Administrativa
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Personal a cargo
SI
NO X
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Colaborar, con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás autoridades competentes en la función de Proteger, garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas, adolescentes y adultos de la tercera edad que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares, delitos y/o contravenciones y violencia familiar en que este implicado un menor.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Diseñar e implementar estrategias para el cumplimiento de las disposiciones legales de carácter constitucional, y otras del orden nacional; con énfasis especial a la ejecución del contenido del Manual de Convivencia del Atlántico y otras de orden Departamental, regional y local en relación a la familia. 2. Apoyar a la Administración Municipal en la formulación y ejecución de planes y programas de atención al menor, a la mujer y a la familia, en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás entidades u organizaciones que desarrollen actividades a fines con el objeto del mejorar el nivel de vida de los grupos poblacionales mas desprotegidos, atender las denuncias y trazar políticas de servicio a la comunidad para que atenué la violencia intra-familiar. 3.
Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o como contravención, en los que aparezca involucrado un menor de edad como ofendido o sindicado, tomar las medidas correspondientes y darles el tramite respectivo de acuerdo con las disposiciones del Código de Procedimiento Penal y la Ley de Infancia y Adolescencia Penal, así como de normas pertinente.
El trámite
respectivo deberá cumplirse el primer día hábil siguiente al recibo de la denuncia. 4. Aplicar las sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en la Ley de Infancia y Adolescencia y las que otorgue el Concejo Municipal. 5.
Efectuar las comisiones, peticiones, practica de pruebas y demás actuaciones que le soliciten el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de Familia, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y la familia que son compatibles con las funciones asignadas.
6. Practicar, cuando sea estrictamente necesario y la urgencia del caso lo demande, allanamiento para conjurara las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un menor, de oficio, o a solicitud del juez o del defensor de familia de acuerdo con el procedimiento señalado para efectos por la Ley de Infancia y Adolescencia. 7. Recibir a prevención las quejas o informes sobre todos aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares, atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos del maltrato y explotación, y atender los casos de violencia familiar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias, mientras se remiten a la autoridad competente.
8. Concertar con las facultades de derecho y con instituciones y/o entidades de carácter educativo o social, públicas o privadas, la prestación de servicios de protección al menor y de orientación y asesoría a las familias y a la comunidad, que complementen los programas de desarrollo comunitario y de bienestar social promovidos por la Comisaria. 9.
Promover y coordinar con las entidades cívicas la realización de acciones preventivas orientadas a la formación de actores y gestores del cambio y del desarrollo social en los sectores más desprotegidos de la población del municipio.
10. Coordinar las actividades del personal adscrito a su dependencia. 11. Ejercer control sobre los servicios que prestan las instituciones y hogares que desarrollan programas de atención nutrición a la niñez, especialmente a nivel comunitario. 12. Presentar los informes periódicos que le sean exigidos sobre la ejecución de las actividades que competen a su cargo. 13. Adelantar y dar curso a los despachos comisorios de las autoridades de familia, como jueces de familia y defensores de menores. 14. Educar y orientar a la comunidad en cuanto al respeto, la unión conyugal y convivencia pacifica. 15. Adelantar campañas sociales para procurar un mejor nivel de vida familiar. 16. Realizar audiencias conciliatorias en casos de conflictos familiares, de alimentos entre otros, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 17. Disponer lo necesario para la atención de menores infractores o en situaciones irregulares que conozca. 18. Inicial los procesos contravencionales señalados por la Ley de Infancia y Adolescencia. 19. Desempeñar las demás funciones inherentes al cargo que le sean asignadas por la Ley o el superior inmediato. 20. Las demás funciones asignadas por la Ley de Infancia y Adolescencia. 21. Las demás funciones que sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. Las políticas del Gobierno Nacional y de la Administración Municipal para atenuar la violencia intra-familiar son concordante entre si. 2. Las disposiciones del Código Nacional, Departamental, Municipal de Policía, y de las demás normas pertinentes, son aplicadas en derecho. 3. Los procedimientos para efectuar las comisiones, peticiones, practicas de pruebas y demás actuaciones que le solicite el Instituto de Bienestar Familiar y los funcionarios encargados de la jurisdicción de Familia, en todos los aspectos relacionados con la protección del menor y la familia, son los adecuados para este tipo de actuaciones. 4. Los programas y planes para educar y orientar a la comunidad en cuando al respeto, la unión conyugal y convivencia pacifica, esta de acuerdo con las políticas del Gobierno Nacional y con las de la Administración Municipal. 5.
Las campañas sociales orientadas a dar un mayor bienestar a las familias están enfocadas a recuperar el tejido social entre la comunidad.
6. Los programas y planes para combatir y prevenir la violencia intrafamiliar, el abuso sexual, y el maltrato infantil se diseñarán con base al índice de maltratos y abusos presentados en el municipio. 7. Los programas de prevención en derecho sexual y reproductivo se adelantarán de acuerdo a las políticas establecidas.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES. - Código del menor - Métodos alternos de solución de conflictos - Derecho constitucional de la familia - Derecho penal del menor infractor - Derecho de familia - Derecho procesal civil. - Código Nacional departamental y Municipal de Policía - Procedimiento para efectuar las comisiones, petición, práctica de pruebas - Políticas nacionales, departamentales y municipales relacionadas con la protección del menor y la familia.
VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA EXPERIENCIA
ESTUDIOS Titulo de profesional en ciencias jurídica
Experiencia
relacionada
de
Un
(1)
año
especifica o relacionada en el cargo o en el sector publico.
VII.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Aprendizaje continuo, Experticia profesional, Trabajo Innovación
y colaboración, Creatividad e
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Profesional Universitario área salud
Nivel Jerárquico
Profesional
Código Empleo
237
Grado 04
No. de cargos 1
Dependencia
Coordinación de Salud
Cargo del Jefe Inmediato
Alcalde Municipal
Clasificación del Cargo
Carrera Administrativa
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Personal a cargo
SI x NO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Formular, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos de salud del ámbito municipal, en armonía con las políticas y disposiciones del orden nacional y departamental. III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS
1. Gestionar el recaudo, flujo y ejecución de los recursos con destinación específica para salud del municipio. 2. Gestionar y supervisar el acceso a la prestación de los servicios de salud para la población del Municipio. 3. Impulsar mecanismos para la adecuada participación social y el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud. 4. Adoptar, administrar e implementar el sistema integral de información en salud, así como generar y reportar la información re querida por el Sistema.
5. Promover planes, programas, estrategias y proyectos en salud y seguridad social en salud para su inclusión en los planes y programas departamentales y nacionales. 6. Gestionar la financiación y cofinanciación de la afiliación al Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable y verificar la ejecución eficiente de los recursos destinados a tal fin. 7. Identificar a la población pobre y vulnerable del municipio y seleccionar a los beneficiarios del Régimen Subsidiado, atendiendo las disposiciones que regulan la materia. 8. Gestionar la celebración de los contratos para el aseguramiento en el Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable y realizar el seguimiento y control directamente o por medio de interventorias. 9. Promover la afiliación al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas con capacidad de pago y coordinar acciones tendientes a evitar la evasión y elusión de aportes. 10. Mantener debidamente actualizado la base de datos de los beneficiarios del régimen subsidiado.(SISBEN). 11. Expedir las órdenes de apoyo para las personas que aparecen en el SISBEN pero no gozan del respectivo cupo. 12 En general asesorar al Alcalde Municipal en la administración, contratación, ejecución de los recursos del Régimen Subsidiado asignados al Municipio. 13. Coordinar las actividades de salud entre el municipio, y la E.S.E. local y demás I.PS. que funciones en la jurisdicción municipal . 14. Adelantar campañas de nutrición y complementación alimentaría para los niños, ancianos y menesterosos en coordinación con el I C B F. 15. Realizar sondeos para establecer las necesidades guarderías y jardines infantiles. 16. Adoptar, implementar y adaptar las políticas y planes en salud pública de conformidad con las disposiciones del orden nacional y departamental, así como formular, ejecutar y evaluar el plan de salud pública. 17. Establecer la situación de salud en el municipio y propender por el mejoramiento de las condiciones determinantes de dicha situación. De igual forma, promover la coordinación, cooperación e integración funcional de los diferentes sectores para la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos en salud pública. 18. Formular y ejecutar las acciones de promoción, prevención, vigilancia y control de vectores y zoonosis.
19. Ejercer vigilancia y control sanitario sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población, tales como establecimientos educativos, hospitales, cárceles, albergues, guarderías, ancianatos, y transporte público, piscinas, estadios, coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados y similares, plazas de mercado, y plantas de sacrificio de animales, entre otros. 20. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. 21. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, naturaleza y área de desempeño del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
1. La identificación a la población pobre y vulnerable del municipio, se hace a través de censo de acuerdo a las disposiciones que regulan la materia. 2. Los programas planes, programas, estrategias y proyectos en salud y seguridad social en salud son diseñados de acuerdo a las necesidades de la comunidad. 3. Las contrataciones del régimen subsidiado y la contratación de prestación de servicios a la población pobre, vulnerable y desplazada serán legalizadas de acuerdo con la normatividad vigente. 4. Las auditorias a los diferentes contratos con las A.R.S, se realizan de acuerdo con las normas vigentes. 5. los informes a entes de control y demás entidades serán elaborados y enviados dentro de los plazos establecidos.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES
-
Constitución Política Ley 110 de 1993 Ley 715 de 2001 Acuerdo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud –CNSSS Resoluciones del ministerio para la asignación de recursos para la salud.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIO
EXPERIENCIA
Titulo profesional en cualquier área de la
Experiencia relacionado Un (1) año
salud
VII.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Aprendizaje continuo, Experticia profesional, Trabajo y colaboración, Creatividad e Innovación
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Inspector de Policía 3° a 6° categoría
Nivel Jerárquico
Técnico
Código Empleo
303
Grado 07
No. de cargos 1
Dependencia
Secretario de Política y Desarrollo
Cargo del Jefe Inmediato
Secretario de Despacho Política y Desarrollo
Clasificación del Cargo
Carrera Administrativa
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Personal a cargo
SI x NO
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Realizar actos de protección policiva de la constitución y la ley, ordenanzas, reglamento de policía y en general las normas y disposiciones contenidas en los códigos nacional y departamental de policía Velar en su jurisdicción por el respeto de los derechos civiles y garantías sociales, conservando el orden público interno y emprendiendo campaña de seguridad con el apoyo de las autoridades de Policía.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Conocer de los asuntos que la constitución, leyes, ordenanzas, acuerdos, decretos y resoluciones le orden a los diferentes inspectores de policía. 2. Velar por el cumplimiento en la jurisdicción municipal de las normas tanto de policía con relación a los precios máximos de venta al público de productos sometidos a control. 3. Conocer en única instancia las contravenciones comunes ordinarias que trata el decreto 1355 de 1970 y normas que lo adicionan o modifican, con excepción a las que competen a la Policía Nacional. 4. Rendir los informes que les sean solicitados por el secretario del despacho en forma oportuna y veraz. 5. Prestar a los funcionarios judiciales la colaboración necesaria para hacer efectiva las providencias. 6. Establecer los mecanismos para hacer cumplir las sanciones de multa y arresto. 7. Velar por la prevención de la moral pública y protección de los derechos civiles y garantías sociales. 8. Colaborar en ejercicio de campañas preventivas y conservación del orden público y protección de los derechos civiles y garantías sociales. 9. Expedir constancias por perdida de documentos. 10. Conceder a las autoridades judiciales las informaciones que sean solicitadas. 11. Llevar a cabo diligencias de cobro de multas por violación a las normas expedidas por la alcaldía municipal. 12. Atender denuncias y quejas presentadas por os ciudadanos. 13. Expedir permisos y guías de ganado. 14. Ejercer control sobre la legalización de funcionamientos de puestos de vendedores ambulantes. 15. Conocer en primera instancia de las contravenciones especiales que define la ley 23 de 1991 competencia de juzgado ley 228 de 1995. 16. Trasladar al juzgado municipal o autoridad judicial correspondiente los casos que no sean de su competencia. 17. Realizar las despachos comisorios de las diferentes autoridades judiciales. 18. Realizar los registros de marcas y hierros. 19. Coordinar acciones con los inspectores de policía rurales. 20. Colaborar en las actividades administrativas generales en el derecho del alcalde. 21. Las demás funciones que sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO) 1. Lograr el bienestar y la satisfacción de los problemas y necesidades de las personas de la zona rural, sirviendo de intermediario entre las demás autoridades locales y la comunidad. 2.
Lograr llagar a todos los lugares de la zona rural del municipio, para el logro con empeño de las dificultades que se presenten.
3. Los derechos civiles y garantías sociales de los ciudadanos, se hacen respetar cuando las personas lo solicitan o cuando esta oficina tiene conocimiento de su vulneración. 4.
Las estrategias adoptadas para la conservación del orden público, garantizan en el municipio la convivencia y la seguridad ciudadana.
5. Los programas pedagógicos realizados, apuntan a generar cultura de tolerancia, convivencia pacifica y respeto a los derechos humanos y la no violencia. 6. Las quejas, denuncias y contravenciones presentadas, se atienden prontamente y se les da el trámite previsto en la Ley. 7. La ocupación de vías, invasión de espacios públicos realizados, se controlan rápidamente y se les da el trámite previsto de ley. 8. Las rifas, juegos, espectáculos, precios, pesas, medidas, transporte de ganado, degüello de ganado menor y mayor, procedencia de artículos de primera necesidad realizadas en el municipio, están controladas a través de controles periódicos. 9. Lasa campañas adelantadas por la personería municipal para la prevención de delitos y protección de ciudadanos y sus bienes, son apoyadas en todo lo que compete a esta oficina. 10. El pago de los impuestos de los establecimientos públicos y la venta de bebidas embriagantes a los menores de edad, es controlada periódicamente. 11. Las ordenes impartidas por el Alcalde, Gobernador y Presidente de la República, se cumplen y se hacen cumplir a la ciudadanía. 12. Las respuestas tramitadas, se ajustan a lo previsto en el código contencioso administrativo.
13. Las actuaciones realizadas por el inspector de Policía, se ajustan a lo establecido en la constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos municipales.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES. - Constitucional Política - Código Nacional de Policía - Código Departamental de Policía - Derecho policivo - Métodos alternos de solución de conflictos VI.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA ESTUDIOS
Terminación y aprobación del pensum
EXPERIENCIA Experiencia relacionada de seis (6) meses
académica en área jurídica
VII.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Experticia técnica, Trabajo en equipo, Creatividad e innovación,
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Técnico Administrativo
Nivel Jerárquico
Técnico
Código Empleo
367
Grado 06
No. de cargos 1
Dependencia
Secretaria Administrativa y Financiera
Cargo del Jefe Inmediato
Secretario Administrativa y Financiera
Clasificación del Cargo
Carrera Administrativa
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Personal a cargo
SI
NO x
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Atender la liquidación de los impuestos y otras rentas municipales y sus boletines de conformidad con las normas y disposiciones vigentes.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1. Ejecutar mecanismo de control sobre los impuestos, tasas y multas que deben pagar los contribuyentes y medidas de control sobre la correcta liquidación de los impuestos y rentas municipales. 2. Atender
a los contribuyentes, en los requerimientos, en los requerimientos para los
servicios y tramites de la dependencia, y realizar
las liquidaciones de los diferentes
impuestos. 3. Realizar los trabajos de revisión y verificación de documentos propios de la secretaria y responder por la seguridad de los elementos, documentos y registros.
4. Elaborar el registro diario de ingresos y consignaciones municipales. 5. Elaborar los paz y salvos, constancias, certificados y demás documentos solicitados por los contribuyentes, servidores públicos y contratistas del Municipio 6. Mantener y organizar los registros clasificados de los diferentes impuestos. 7.
Recibir, tramitar, archivar y controlar documentos y elementos relacionados con los asuntos de competencia y responsabilidad de la dependencia
8. Realizar, liquidar y pagar la nómina mensual de los servidores públicos al igual que la liquidación y pago de los aportes mensuales. 9. Controlar y verificar el pago de los gravámenes correspondientes a espectáculos públicos, rifas, sorteos, que se celebren en el municipio y demás conceptos contemplados en el presupuesto de ingresos. 10. Enviar al Secretario la relación de contribuyentes morosos con su respectiva liquidación para que se efectúen los cobros de acuerdo a los trámites correspondientes. 11. Rendir informes periódicos de las actividades realizadas de sus funciones a su jefe inmediato. 12. Coordinar y participar en la elaboración de relación de contribuyentes morosos 13. Rendir informes mensuales al Secretario de Despacho y colaborar en la información que se rinde a los diferentes órganos de control, vigilancia, inspección, regulación que lo soliciten. 14. Realizar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles e inmuebles de la entidad. 15. Responder por la seguridad, manejo y buen uso de los elementos, procesos, programas, documentos, registros de carácter manual, mecánico o electrónico, y adoptar mecanismos para la conservación y buen uso de los mismos. 16. Las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, por necesidades del servicio. acordes con sus competencias laborales, funcionales y comportamentales.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES ( CRITERIOS DE DESEMPEÑO) 1. El apoyo y Asistencia a las funciones del superior, propician el buen desarrollo de la dependencia. 2. Los procedimientos y controles aplicados en la dependencia para mejorar la eficiencia en el recaudo y cobranzas se aplican conforme a las legales sobre la materia. 3. Los procedimientos aplicados inciden positivamente en el recaudo tributario del municipio
4. El manejo y ordenamiento de los recursos es acorde a la planeación municipal y a las necesidades básicas de la población
5. Las quejas y reclamos de los contribuyentes por la liquidación de impuestos se deben tramitar dentro de los plazos que fije la ley.
V.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES.
- Constitucional Política - Administración y manejo de programa sistemáticos de recaudos - Manejo de inventarios - Proceso y procedimientos del área de impuestos y rentas - Manejo de paquetes informáticos
VI.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS Titulo de formación técnica
EXPERIENCIA Experiencia relacionada de Un (1) año.
VI.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Experticia técnica, Trabajo en equipo, Creatividad e innovación,
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Inspector de Policía Rural
Nivel Jerárquico
Técnico
Código Empleo
306
Grado 08
No. de cargos 3
Dependencia
Secretario de Política y Desarrollo
Cargo del Jefe Inmediato
Inspector de Policía
Clasificación del Cargo
Libre nombramiento y remoción
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Personal a cargo
SI
NO x
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Brindar apoyo al Secretario de Política y Desarrollo en todo lo relacionado con los asuntos policivos y mantenimiento del orden publico, además de garantizar la convivencia ciudadana en la zona rural a la que estén asignados.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 17. Conocer de los asuntos que la constitución, leyes, ordenanzas, acuerdos, decretos y resoluciones les orden a los diferentes inspectores de policía. 18. Velar por el cumplimiento en la jurisdicción rural de las normas tanto de policía como los expedidos por la administración municipal con relación a los precios máximos de venta al público de productos sometidos a control. 19. Conocer en única instancia las contravenciones comunes ordinarias que trata el decreto 1355 de 1970 y normas que lo adicionan o modifican, excepción hechas a las que competen a la policía nacional. 20. Rendir los informes que lesena solicitados por el secretario del despacho en forma oportuna y veraz. 21. Prestar a los funcionarios judiciales la colaboración necesaria para hacer efectivas las providencias 22. Hacer cumplir los mecanismos para hacer cumplir las sanciones de multas 23. Velar por la prevención de la moral pública y protección de los derechos y garantías civiles 24. Colaborar en ejercicio de campañas preventivas y conservación del orden publico quesean programadas por la Administración municipal, departamental o nacional. 25. Expedir constancia por perdidas de documentos 26. Conceder a las autoridades judiciales las información que sean solicitadas 27. Llevar a cabo diligencia de cobro de multas por violación a las normas expedidas por al Alcaldía municipal 28. Atender denuncias y quejas presentadas por los ciudadanos 29. Expedir permisos y guías de ganado 30. Ejercer control sobre la legalización de funcionamiento de puestos de vendedores ambulantes 31. Trasladar al inspector de policía del municipio o autoridad judicial correspondientes las cosas que no sean de su competencia 32. Ejercer estrategias para el cumplimiento de las acciones y programas establecidas en el manual de convivencia y ciudadana del departamento del Atlántico 33. Realizar los despachos comisorios de las diferentes autoridades judiciales 34. Colaborar en las actividades administrativas generales de la secretaria de gobierno 35. Las demás funciones que sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES ( CRITERIOS DE DESEMPEÑO) 6. Promoción del respecto de los derechos y libertades de las personas consagradas en la Constitución, la leyes y demás normas 7. Adelantar en forma oportuna las actuaciones adelantadas en el despacho, dando aplicación a los principios de economía, celeridad, eficacia e imparcialidad 8. Promoción de soluciones amigables de los conflictos de conocimiento a través de la conciliación.
9. Colaboración eficiente con las autoridades que requieran apoyo del despacho para la gestión de las diferentes actuaciones judiciales administrativas. 10. Las respuestas tramitadas, se ajustan a lo previsto en el código contencioso administrativo.
11. Las actuaciones realizadas por el inspector de Policía, se ajustan a lo establecido en la constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos municipales.
VII.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES.
- Constitucional Política - Código Nacional de Policía - Código Departamental de Policía - Derecho policivo - Métodos alternos de solución de conflictos
VIII.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS
EXPERIENCIA
Terminación y aprobación de educación Experiencia general de seis (6) meses superior y cursos específicos de 120 horas relacionados con las funciones de su cargo
VII.
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Experticia técnica, Trabajo en equipo, Creatividad e innovación,
I. IDENTIFICACIÓN Denominación del empleo:
Auxiliar Administrativo
Ubicación del empleo
Donde sea asignado
Nivel Jerárquico
Asistencia
Código Empleo
407
Grado 09
No. de cargos 2
Cargo del Jefe Inmediato
Secretario de despacho
Clasificación del Cargo
Carrera Administrativa
Proceso al que aporta
APOYO- Misional
Personal a cargo
SI
NO x
II. PROPÓSITO PRINCIPAL DEL EMPLEO
Ejecución de labores de apoyo, trámite, control y registro de información respecto a las labores del área de desempeño, en el desarrollo de actividades de archivo y manejo de correspondencia y otra funciones afines del cargo, que garanticen la permanente ayuda administrativa.
III. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES FUNCIONES ESPECIFICAS 1.Transcribir correspondencia, informes y otros documentos, utilizando computador, procesador de palabras o máquina de escribir 2. Colaborar y servir de apoyo con la dependencia asignada para alcanzar el optimo desarrollo de las funciones del mismo. 3. Administrar, clasificar, ordenar la correspondencia recibida 4. Llevar y mantener actualizado los archivos de la dependencia 5. Atender personal y telefónicamente al público e informar a los jefes de los asuntos tratados 6. Velar por la buena presentación de la oficina 7. Colaborar con los jefes en la consecución de documentos y datos que ayuden a dar una respuesta oportuna y adecuada a los asuntos y trámites de la oficina 8. Evacuar diariamente la elaboración de cartas, oficios, circulares, memorandos, informes y actas que se vayan produciendo 9. Redactar la correspondencia que se le asigne 10. Distribuir los oficios, y documentos en las diferentes dependencias de la administración municipal. 11. Llevar y comunicar diariamente al jefe de la dependencia la agenda a desarrollar. 12. Desempeñar las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO ASIGNADO A LA BIBLIOTECA: 1. Atender al personal que requiera consultar el material existente en la Biblioteca 2. Mantener organizado el material de consulta, de acuerdo con las normas establecidas para el manejo de consulta de la biblioteca 3. Llevar los registros de consulta diaria y efectuar la comprobación de los mismos al finalizar las respectivas jornadas de trabajo 4. Realizar periódicamente el inventario del material existente en la Biblioteca e informar de manera inmediata al jefe inmediato sobre cualquier inconsistencia 5. Velar por la conservación, el cuido, el buen trato y uso de los textos y demás materiales existentes en la biblioteca 6. Llevar un registro del material que ingrese a la Biblioteca por concepto de compra o donación 7. Velar porque el personal que consulta en la biblioteca lo haga cumpliendo los lineamientos señalados por las normas 8. Rendir permanentemente informes sobre las actividades realizadas al jefe inmediato 9. Seleccionar, catalogar, clasificar y difundir la información que se encuentra en medio impreso
10. Velar por el buen uso de los equipos de cómputo 11. Determinar las necesidades de la biblioteca y sugerir nuevas adquisiciones con base en las consultas 12. Promover el intercambio del material de consulta con otras entidades
13. Las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, por necesidades del servicio. acordes con sus competencias laborales, funcionales y comportamentales AUXILIAR ADMINISTRATIVO INSPECCIÓN DE LA POLICIA 1.
2. 3. 4. 5. 6.
7. 8. 9.
Transcribir correspondencia, informes y otros documentos, utilizando computador, procesador de palabras o máquina de escribir que se generen en la Inspección de policía. Colaborar y servir de apoyo con la dependencia asignada para alcanzar el optimo desarrollo de las funciones del mismo. Administrar, clasificar, ordenar la correspondencia recibida Llevar y mantener actualizado los archivos de la dependencia Atender personal y telefónicamente al público e informar a los jefes de los asuntos tratados Velar por la buena presentación de la oficina Colaborar con los jefes en la consecución de documentos y datos que ayuden a dar una respuesta oportuna y adecuada a los asuntos y trámites de la oficina Redactar la correspondencia que se le asigne. Las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, por
necesidades del servicio. acordes con sus competencias laborales, funcionales y comportamentales AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEPORTES 1. Apoyar la coordinación de los eventos de carácter recreativo y deportivo que se celebren en el municipio. 2. Realizar y coordinar intercambios recreativos y deportivos con distintas instituciones de la región y del municipio. 3. Informar permanentemente a la comunidad sobre las actividades recreativas y deportivas que se van a realizar mediante medios eficaces para ello. 4. Recibir, tramitar, archivar y controlar documentos y elementos relacionados con los asuntos de competencia y responsabilidad de la dependencia. 5. Rendir informes al Jefe Inmediato y colaborar en la información que se rinde a los diferentes órganos de control, vigilancia, inspección, regulación que lo soliciten. 6. Responder por la seguridad, manejo y buen uso de los elementos, procesos, programas, documentos, registros de carácter manual, mecánico o electrónico, y adoptar mecanismos para la conservación y buen uso de los mismos.
IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)
Manejo ágil, confiable, preciso y eficiente de los documentos, correspondencia y demás elementos del área de desempeño 2. Manejo eficaz y eficiente del archivo de gestión 3. Los trabajos requeridos en desarrollo de las actividades propias del área son desarrolladas con eficiencia y eficacia 4. La agenda de la oficina responden a lo previamente planificado 1.
AUXILIAR ADMINISTRATIVO ASIGNADO A LA BIBLIOTECA 1. Se brinda orientación a los visitantes, sobre los temas que requieren consultar 2. Se mantiene al día el inventario de los textos existentes 3. La biblioteca permanece organizada y dispuesta para el uso de los visitantes 4. Manejo ágil, confiable, preciso y eficiente de los libros, textos de consulta
5. La biblioteca se encuentra organizada y adecuada acorde con las disposiciones técnicas de administración de bibliotecas 6. El manejo organizado de préstamo de libros y material audiovisual a la comunidad responde a las políticas de manejo de llevadas en el área 7. Manejo eficaz y eficiente de actividades propias de codificación y archivo de libros. AUXILIAR ADMINISTRATIVO ASIGNADO A LA INSPECCION DE POLICIA 1. El archivo de los expedientes policivos se lleva conforme a la disposiciones legales 2. Las citaciones se hacen en forma oportuna y garantizando el debido proceso 3. Manejo ágil, confiable, preciso y eficiente de los documentos, correspondencia y demás elementos del área de desempeño 4. Manejo eficaz y eficiente del archivo de gestión 5. Los trabajos requeridos en desarrollo de las actividades propias del área son desarrolladas con eficiencia y eficacia 4 La agenda de la oficina responden a lo previamente planificado AUXILIAR ADMINISTRATIVO DEPORTES 1. Las actividades recreativas y deportivas deben ser programadas con tiempo y hacer participes a toda la comunidad del municipio. 2. Los trabajos requeridos en desarrollo de las actividades propias del área son desarrolladas con eficiencia y eficacia
IX.
CONOCIMIENTOS BÁSICOS ESENCIALES.
-
Manejo de archivos de oficina, conocimientos básicos de informática
-
Manejo documental, protocolo, atención al publico y redacción de documentos
-
Manejo de bibliotecas
-
Plan nacional de lectura y bibliotecas
-
Manejo de archivos y equipos de oficina
-
Manejo documental
X.
REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA
ESTUDIOS
EXPERIENCIA
Diploma de bachiller VI.
Experiencia relacionada de un (1) año
COMPETENCIAS COMUNES Y COMPORTAMENTALES
COMUNES: - Orientación a resultados. - Orientación al usuario y al ciudadano. - Transparencia.
- Compromiso con la Organización.
COMPORTAMENTALES: Manejo de la información, Adaptación al cambio, Disciplina, Relaciones interpersonales, Colaboración
ARTÍCULO 2. COMPETENCIAS COMUNES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS. Las competencias comunes para los diferentes empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales serán las siguientes: Competencia
Definición de la competencia Conductas asociadas
Orientación
Realizar las funciones y ▪ Cumple con oportunidad en cumplir los compromisos función de estándares, organizacionales con eficacia y objetivos y metas establecidas calidad. por la entidad, las funciones que le son asigna das. ▪ Asume la responsabilidad por sus resultados ▪ Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan.
Orientación al Dirigir las decisiones y Atiende y valora las usuario y al acciones a la satisfacción de las necesidades y peticiones de los necesidades e intereses de los usuarios y de ciudadano ciudadanos en usuarios internos y externos, general de conformidad con las ▪ Considera las necesidades de responsabilidades públicas los usuarios al diseñar asignadas a la entidad proyectos o servicios da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad ▪ Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. ▪ Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros.
Transparencia Hacer uso responsable y claro Proporciona información de los recursos públicos, veraz, objetiva y basada en eliminando cualquier hechos. Facilita el acceso a la discrecionalidad indebida en su información relacionada con utilización y garantizar el sus responsabilidades y con el acceso a la información servicio a cargo de la entidad gubernamental. en que labora Demuestra imparcialidad en sus decisiones Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio Compromiso Alinear el propio Promueve las metas de la con la comportamiento a las organización y respeta sus Organización necesidades, prioridades y normas. Antepone las necesidades de metas organizacionales la organización a sus propias necesidades. Apoya a la organización en situaciones difíciles. Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones.
ARTÍCULO 3. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES POR NIVEL JERÁRQUICO DE EMPLEO.
Las competencias comportamentales por nivel
jerárquico de empleos, que como mínimo se requiere para desempeñar los empleos a que se refiere el presente manual específico de funciones y competencias laborales serán las siguientes:
NIVEL DIRECTIVO. Competencia Liderazgo
Planeación
Definición de la competencia Conductas asociadas Guiar y dirigir grupos y Mantiene a sus colaboradores establecer y mantener la motivados. cohesión de grupo necesaria ▪ Fomenta la comunicación para alcanzar los objetivos clara, directa y concreta. ▪ Constituye y mantiene organizacionales grupos de trabajo con un desempeño conforme a los estándares. ▪ Promueve la eficacia del equipo. ▪ Genera un clima positivo y de seguridad en sus colaboradores. ▪ Fomenta la participación de todos en los procesos de reflexión y de toma de decisiones. ▪ Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas institucionales. situaciones y Determinar eficazmente las Anticipa metas y prioridades escenarios futuros con acierto. institucionales, identificando ▪ Establece objetivos claros y estructurados y las acciones, los responsables, concisos, los plazos y los recursos coherentes con las metas organizacionales. requeridos para alcanzarlas ▪ Traduce los objetivos estratégicos en planes prácticos y factibles ▪ Busca soluciones a los problemas. ▪ Distribuye el tiempo con eficiencia. ▪ Establece planes alternativos de acción.
Toma de Elegir entre una o varias ▪ Elige con oportunidad, entre alternativas, los decisiones alternativas para solucionar muchas un problema o atender una proyectos a realizar situación, comprometiéndose ▪ Efectúa cambios complejos y en sus con acciones concretas y comprometidos actividades o en las funciones consecuentes con la decisión que tiene asignadas cuando detecta problemas o dificultades para su realización. ▪ Decide bajo presión. ▪ Decide en situaciones de alta complejidad e incertidumbre. Dirección y Favorecer el aprendizaje y ▪ Identifica necesidades de Desarrollo de desarrollo de sus formación y capacitación y acciones para Personal colaboradores, articulando las propone potencialidades y necesidades satisfacerlas individuales con las de la ▪ Permite niveles de autonomía organización para optimizar la con el fin de estimular el integral del calidad de las contribuciones desarrollo de los equipos de trabajo y de empleado las personas en el cumplimiento de los objetivos Delega de manera efectiva y metas organizacionales presentes sabiendo cuándo intervenir y cuándo no hacerlo. y futuras ▪ Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de trabajo para alcanzar las metas y los estándares de productividad. ▪ Establece espacios regulares de retroalimentación y reconocimiento del desempeño y sabe manejar hábilmente el bajo desempeño. ▪ Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores. ▪ Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto.
Conocimiento Estar al tanto de las ▪ Es consciente de las circunstancias y las relaciones condiciones específicas del de poder que influyen en el entorno organizacional. ▪ Est{ al día en los entorno organizacional acontecimientos claves del sector y del Estado. ▪ Conoce y hace seguimiento a las políticas gubernamentales. ▪ Identifica las fuerzas políticas que afectan la organización y las posibles alianzas para cumplir con los propósitos organizacionales.
NIVEL ASESOR. Competencia
Definición de la competencia Conductas asociadas
Experticia Profesional
Aplicar el conocimiento ▪ Orienta el desarrollo de profesional en la resolución de proyectos especiales para el problemas y transferirlo a su logro de resultados de la alta dirección. entorno laboral ▪ Aconseja y orienta la toma de decisiones en los temas que le han sido asignados. ▪ Asesora en materias propias de su campo de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios o propuestas ajustados a lineamientos teóricos y técnicos. ▪ Se comunica de modo lógico, claro, efectivo y seguro.
Conocimiento Conocer e interpretar la ▪ Comprende el entorno organización su organizacional que enmarca del entorno situaciones objeto de funcionamiento y sus las relaciones políticas y asesoría y lo toma como referente obligado para emitir administrativas juicios, conceptos o propuestas a desarrollar. ▪ Se informa permanentemente sobre políticas gubernamentales, problemas y demandas del entorno. ▪ Utiliza sus contactos para conseguir objetivos. ▪ Comparte información para establecer lazos. ▪ Interactúa con otros de un modo efectivo y adecuado.
Construcción
Establecer y mantener relaciones cordiales de relaciones y recíprocas con redes o grupos de personas internas y externas a la organización que faciliten la consecución de los objetivos institucionales.
Iniciativa
Prevé situaciones y Anticiparse a los problemas ▪ iniciando acciones para alternativas de solución que superar los obstáculos y orientan la toma de decisiones de la alta dirección alcanzar metas concretas ▪ Enfrenta los problemas y propone acciones concretas para solucionarlos ▪ Reconoce y hace viables las oportunidades.
NIVEL PROFESIONAL. Competencia
Definición de la competencia Conductas asociadas
Aprendizaje Continuo
Adquirir y desarrollar permanentemente conocimientos, destrezas y habilidades, con el fin de mantener altos estándares de eficacia organizacional
Experticia profesional
Aplicar el conocimiento ▪ Asimila nueva información y profesional en la resolución de la aplica correctamente. problemas y transferirlo a su ▪ Analiza de un modo entorno laboral. sistemático y racional los aspectos del trabajo, basándose en la información relevante. ▪ Aplica reglas b{sicas y conceptos complejos aprendidos. ▪ Identifica y reconoce con facilidad las causas de los problemas y sus posibles soluciones. ▪ Clarifica datos o situaciones complejas. ▪ Planea, organiza y ejecuta múltiples tareas tendientes a alcanzar resultados institucionales.
▪ Aprende de la experiencia de otros y de la propia. ▪ Se adapta y aplica nuevas tecnologías que se implanten en la organización. ▪ Aplica los conocimientos adquiridos a los desafíos que se presentan en el desarrollo del trabajo. ▪ Investiga, indaga y profundiza en los temas de su entorno o área de desempeño. ▪ Reconoce las propias limitaciones y las necesidades de mejorar su preparación.
Coopera en distintas Trabajo en Trabajar con otros de forma ▪ y comparte Equipo y conjunta y de manera situaciones Colaboración participativa, integrando información. esfuerzos para la consecución ▪ Aporta sugerencias, ideas y de metas institucionales opiniones. ▪ Expresa expectativas comunes positivas del equipo o de los miembros del mismo. ▪ Planifica las propias acciones teniendo en cuenta la repercusión de las mismas para la consecución de los objetivos grupales. ▪ Establece di{logo directo con los miembros del equipo que permita compartir información e ideas en condiciones de respeto y cordialidad. ▪ Respeta criterios dispares y distintas opiniones del equipo. Creatividad
Ofrece respuestas Generar y desarrollar nuevas ▪ ideas e Innovación conceptos, alternativas. ▪ Aprovecha las oportunidades métodos y soluciones y problemas para dar soluciones novedosas. ▪ Desarrolla nuevas formas de hacer y tecnologías. ▪ Busca nuevas alternativas de solución y se arriesga a romper esquemas tradicionales. ▪ Inicia acciones para superar los obstáculos y alcanzar metas específicas.
NIVEL TÉCNICO. Competencia
Definición competencia
de
la Conductas asociadas
Experticia Técnica
Entender y aplicar los ▪ Capta y asimila con conocimientos técnicos facilidad conceptos e del área de desempeño y información. mantenerlos actualizados ▪ Aplica el conocimiento técnico a las actividades cotidianas. ▪ Analiza la información de acuerdo con las necesidades de la organización. ▪ Comprende los aspectos técnicos y los aplica al desarrollo de procesos y procedimientos en los que está involucrado. ▪ Re sue lv e pr o ble mas ut il izan do su s co no c im ient o s t écn ico s de su espe c ial idad y g ar ant iza ndo ind ica do r es y est án dar e s est ab le c ido s.
Trabajo en equipo
Trabajar con otros para ▪ Identifica claramente conseguir metas los objetivos del grupo y orienta su trabajo a la comunes. consecución de los mismos. ▪ Colabora con otros para la realización de actividades y metas grupales.
Creatividad e innovación Presentar ideas y ▪ Propone y encuentra métodos novedosos y formas nuevas y eficaces concretarlos en acciones de hacer las cosas. ▪ Es recursivo. ▪ Es práctico. ▪ Busca nuevas alternativas de solución. ▪ Revisa permanentemente los procesos y procedimientos para optimizar los resultados.
NIVEL ASISTENCIAL. Competencia
Definición competencia
de
la Conductas asociadas
Manejo de la Información Manejar con respeto las ▪ Evade temas que informaciones personales indagan sobre e institucionales de que información confidencial. dispone. ▪ Recoge sólo información imprescindible para el desarrollo de la tarea. ▪ Organiza y guarda de forma adecuada la información a su cuidado, teniendo en cuenta las normas legales y de la organización. ▪ No hace pública información laboral o de las personas que pueda afectar la organización o las personas. ▪ Es capaz de discernir qué se puede hacer público y qué no. ▪ Transmite información oportuna y objetiva. Adaptación al cambio
Enfrentarse con ▪ Acepta y se adapta flexibilidad y versatilidad fácilmente a los cambios. a situaciones nuevas para ▪ Responde al cambio con aceptar los cambios flexibilidad. positiva y ▪ Promueve el cambio. constructivamente
Disciplina
Adaptarse a las políticas ▪ Acepta instrucciones institucionales y buscar aunque se difiera de información de los ellas. cambios en la autoridad ▪ Realiza los cometidos y competente. tareas del puesto de trabajo. ▪ Acepta la supervisión constante ▪ Realiza funciones orientadas a apoyar la acción de otros miembros de la organización.
Relaciones Interpersonales
Establecer y mantener ▪ Escucha con interés a relaciones de trabajo las personas y capta las amistosas y positivas preocupaciones, basadas en la intereses y necesidades comunicación abierta y de los demás fluida y en el respeto por ▪ Transmite eficazmente los demás. las ideas, sentimientos e información impidiendo con ello malos entendidos o situaciones confusas que puedan generar conflictos.
Colaboración
Cooperar con los demás ▪ Ayuda al logro de los con el fin de alcanzar los objetivos articulando sus objetivos institucionales actuaciones con los demás. ▪ Cumple los compromisos que adquiere. ▪ Facilita la labor de sus superiores y compañeros de trabajo.
ARTÍCULO 4.
El Secretario de Política y Desarrollo, entregará a cada
funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual, para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos.
Los jefes inmediatos responderán por la orientación del
empleado en cumplimiento de las mismas. ARTÍCULO 5.
Cuando para el desempeño de un empleo de exija una
profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan. ARTÍCULO 6. Corresponde al Secretario de Política y Desarrollo, estar atento para mantener actualizado el manual específico de funciones y competencias laborales, y podrá establecer las equivalencias entre estudio y experiencia, para la posesión de los empleados en los casos en que se considere necesario. ARTÍCULO 7. La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CUMPLASE. Dado en Piojo a los
CARLOS IMITOLA GONZALEZ ALCALDE