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MANUAL PRÁCTICO DE INTELIGENCIA CRIMINAL El contenido de esta Obra, contienen gráficos y esquemas explicativos sobre los temas tratados, en la búsqueda de profundizar los conocimientos que especialicen al Investigador del Delito Organizado, integrarán los siguientes conocimientos:
CONTENIDOS TÉCNICOS:
La Inteligencia Criminal Fundamentos Técnicos El Dato La Noticia La Información La Inteligencia Los niveles de la información. La comparación con la información militar El Ciclo de la información. Dirección del Esfuerzo de Reunión. Reunión de la Información Proceso, Análisis e Integración de la Información Difusión y Uso de la Inteligencia y sus opciones para motorizar la Prevención Sumaria con conocimiento de la Justicia Penal. Los Procedimientos de Reunión de Información y su encuadre jurídico como Actividades lícitas en el aporte legal, producción e integración de la prueba. Los Medios de Reunión - Su Instrucción - Los - Blancos - El Blanco Personal Su Investigación - Vigilancias - El Agente y su especialización - El Informe.-
CONTENIDOS PRÁCTICOS: El SIFEP - La Fuerza de Ejecución Policial - El Órgano de Dirección - Los Medios de Reunión - Sus Funciones - Un Elementos Técnico de Investigación Criminal - ELMT El Montaje Completo de una Operación de Inteligencia Criminal - Nunca se habló sobre el tema en ningún curso de especialización -, por la investigación de un hipotético caso de Narcotráfico, Ley 23.737 - El OD y sus tareas en la dirección de la Operación - El encuadre Jurídico de todas las Actividades de Inteligencia realizadas, como investigación preliminar en el marco de las disposiciones del CPPN, Ley 23.984 y su Modificatoria, Ley 25.434 – La 4ta. Etapa del Ciclo de Policia - la "Difusión y Uso de la Inteligencia"- Las Opciones de inicio de la Prevención Sumaria, como resultado de una Operación de Policía Criminal. - La Operación Táctica - El encuadre Jurídico.Talleres Prácticos - La "Liebre"- Filmación de las actividades para la autocrítica - Las Funciones propias del OD, y de los MR, prácticas respectivas – EJEMPLOS DE ALGUNO DE LOS GRÁFICOS QUE ENRIQUECEN EL MANUAL PRÁCTICO DE INTELIGENCIA CRIMINAL
En definitiva, ¿Cual es el provecho de realizar un Seminario o Curso Intensivo de Inteligencia Criminal ?; los beneficios se revelan por si solos, basta con preguntarse, ¿ Existe alguna otra Técnica de Investigación Policíaca -no nos referimos a planes de laboratorio, de utópicos e ilusorios resultados, inconexos y alejados totalmente de la
realidad, nos estamos remitiendo a la transferencia de conocimientos adquiridos en la práctica y el mundo verdadero, autentico de la delincuencia, encuadrados jurídicamente y basados en sólidos conceptos de respeto por la norma procesal-, que le enseñe a los Auxiliares de la Justicia, de una forma estructurada como investigar el delito, en especial el organizado ?, ¡ No, no existe ninguna herramienta técnica que otorgue ese conocimiento !.Este saber, redundará en los siguientes resultados directos, a- ) En su calidad de Auxiliares de la Justicia, Fiscales, Policías y miembros de las FFSS podrán conducir y ejecutar investigaciones exitosas, libres de subjetividades, totalmente transparentes, con un encuadre Jurídico de todas las Actividades preliminares, probatorias y cautelares, que le darán absoluta validez a la hora de sustanciar las respectivas Prevenciones Sumarias, con intervención de la Justicia Penal Competente; b- ) Se podrá demostrar - si fuera necesario, teniendo en cuenta la modalidad interesada que se ha instalado en la actualidad, de culpar a la Policía y la Justicia de ser "inventores de causas penales", prestados a oscuros objetivos-, que si éstas llegaran a fracasar, se deberá a imprevistos u otros factores, pero de ninguna forma obedecieron a intereses espurios.Una Operación de Inteligencia Criminal, actuada como lo propone esta técnica, contendrá, fechas, horas y procedencia de los elementos o pruebas indiciarias, reunidas en la búsqueda del presupuesto que confiera identidad al delito investigado, determinar sus autores, cómplices y auxiliadores, optimizando la posibilidad del secuestro de los elementos vinculados al mismo.Además, al fijarse los Objetivos Básicos, se estarán delimitando los tan necesarios Sectores de Responsabilidad, impidiendo el libre albedrío de los Funcionarios en la dirección del hecho investigado, dirigiendo el Esfuerzo de Reunión a través de un Plan de Reunión de Información, lo que mantendrá también, un alto grado de la Disciplina del Secreto en todo lo investigado.LOS CUATRO PASOS DEL CICLO DE LA INTELIGENCIA
En el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, apoyatura de los Cursos y Seminarios Intensivos, el estudiante encontrará gráficos como éste, con explicaciones donde se han profundizado todos los detalles, para hacer comprensible al máximo las enseñanzas, ejemplo en éste, que contempla un análisis de la Policía Criminal y la Policía Militar, ya que se ha tenido en cuenta, que en la mayoría de las Instituciones Policiales, los cuadros son instruidos en esta última técnica, y este Ciclo es lo que lo convierte en un Sistema estructurado de investigación, altamente especifico, confiable y optimo para su
aplicación en el campo penal en las condiciones que la Inteligencia Criminal propone, por lo que se hace necesario que las diferencias queden totalmente marcadas. De este análisis nacerá la comprensión de la inaplicabilidad de las Técnicas de Policía Militar en el Campo Penal, ya que motorizar las Prevenciones Sumarias Policiales, requerirá del irrestricto respeto a la norma procesal penal vigente, en todas las diligencias practicadas para reunir los elementos que otorguen identidad al delito investigado, indique a sus Autores, Cómplices y Auxiliadores y optimice las posibilidades del secuestro de los elementos vinculados al mismo, con lo que se dará total validez a lo actuado como una investigación preliminar, probatoria y cautelar, objetivo final de toda Operación de Inteligencia Criminal. ¿Por qué este Ciclo de Inteligencia, la debe realizar una ¿Fuerza de Ejecución? y debe estar compuesta por un Órgano de Dirección, que a través de un Plan de Reunión de Información, dirija los Medios de Reunión?, ¿Cómo se alimenta el Ciclo de la Policía Criminal ?, ¿ Cuales son las opciones de inicio de la Prevención Sumaria como resultado de la Operación de Policía Criminal ?, sin duda son temas que requieren todas la explicaciones, con la profundidad que encontrará en el Manual Práctico, que será el apoyo de los Seminarios y Cursos Intensivos propuestos.Este es el concepto de profundidad que quiero trasmitir en mis enseñanzas. Preguntas tales como, ¿ Cuales son las Diferencias substanciales en ambos sistemas ?, ¿ De donde nacen técnicamente estas diligencias ? y Cuales son los objetivos diferenciados ?, están respondidas en profundidad para su total comprensión.-
Ciclo
Gráficos como el presente, que enriquecen los contenidos del Manual Práctico, guiaran al Estudiante en la asimilación amplia de todos los temas tratados, en este caso, los importantes Objetivos perseguidos y Esquema Estructural de una Operación de Inteligencia Criminal, como herramienta de la investigación del Crimen Organizado.Cada tema es tratado con la profundidad necesaria, buscando profesionalizar al Estudiante en el manejo y aplicación de la Inteligencia Criminal en las investigaciones de hechos delictuosos que encare en su condición de Auxiliar de la Justicia.-
ACTIVIDADES DELICTIVAS POSIBLES DE EXPLORAR, MEDIANTE LA TÉCNICA DE INTELIGENCIA CRIMINAL Cuando más de dos personas se ponen de acuerdo para delinquir, conforman lo que el Código Penal Argentino tipifica como una Asociación Ilícita, en síntesis una Organización Criminal.En la actualidad, cuando tenemos conocimientos a través de los medios de comunicación, de Robos Agravados cometidos por bandas organizadas, contra Personas, Empresas, Instituciones Bancarias, Transportadoras de Caudales, etc., podemos fácilmente detectar características que le son comunes a todos ellos;
Alta preparación Táctica Operativa, Tremendamente eficaces, con un conocimiento profundo del lugar en que cometen el ilícito, Una capacidad logística impresionante, en lo que respecta a comunicaciones, medios, armamentos etc.-
Conseguir estos resultados en la preparación y ejecución de estos hechos delictivos, obligará a los delincuentes a desarrollar una serie de reuniones, en la que intervendrán varios de los integrantes de la banda, con el objeto de organizarse, analizar e integrar la información que reúnen sobre la víctima, habrán explorado aspectos variados que abarcará desde los sistemas de seguridad electrónicos a los humanos, Policías o Vigilantes
Privados, horarios de relevos, cantidades de personal, clientela, debilidades y fortalezas de los objetivos físicos, y un largo etc. , para coordinar los esfuerzos tácticos, de medios logísticos, armamentos, etc.- no se asombren, realizan tareas previas de inteligencia, rudimentarias pero en varios niveles, que les convierten en tremendamente eficaces al momento de cometer el hecho -, y seguramente, en horas de la noche - propio de las conductas de los marginales - , visitarán "Wiskerías", "Protíbulos", actividades que sumadas, conformarán un rico banco de información sobre la organización, hechos que planifican o que han cometido, identidad o características por los cuales pueden ser identificados.Los Policías o miembros de otras FFSS, que como el autor de esta Obra, pasaron mas de la mitad de su vida estudiando, investigando y previniendo las conductas criminales, saben, que una de las características principales de los marginales, cuando han consumido alcohol y se encuentran en compañía de "prostitutas", o en "aguantaderos", tienden a "confesarse" con las primeras, o con quienes sean su oyentes que la facilitan el "canuto", fundamentalmente con el ánimo de impresionarlos, o aparecer como los "grandes delincuentes", e increíblemente cuentan hasta los delitos que planifican, los que realizaron, incluso asumen autorías de los que no son responsables.Estas reuniones y actividades de los marginales, son las que se pueden detectar y explorar mediante, Tareas de Inteligencia, para lo que es necesario contar con personal altamente capacitado, lo que requiere una masificación de la instrucción en Inteligencia Criminal, para contar con un ELMT de investigaciones, en cada una de las Comisarías y Unidades Operativas Policiales y FFSS, optimizando la capacidad de Reunión de Información, aprovechando fundamentalmente el despliegue territorial de las Policías Provinciales.¿ QUIENES PUEDEN SER USUARIOS DE ESTA TÉCNICA DE INVESTIGACIÓN ? Todo Funcionario, Policial, FFSS, en su carácter de Auxiliares de la Justicia, Agentes Fiscales y Funcionarios Aduaneros, con facultad para instruir Prevenciones Sumarias por ilícitos penales cometidos en sus respectivas Jurisdicciones, pueden hacer uso de este Sistema Estructurado de Investigación Policial, que les dotará de las herramientas idóneas para producir la prueba en las condiciones que la Ley Procesal exige y que de lugar a la Prevención, con conocimiento de la Justicia del Crimen Competente.Para el caso del Narcotráfico, las exigencias Jurídicas de la Ley 23.737 y las disposiciones contenidas en el CPPN Ley 23.984 y su Modificatoria, Ley 25.434, en cuanto a la producción e incorporación de las pruebas en las Prevenciones Sumarias, ha sido un escollo bastante difícil para el policía investigador del delito organizado, y prueba de ello son los fracasos de los cuales tenemos conocimiento a través de la prensa oral y escrita, que termina con la triste experiencia de policías procesados y marginales en libertad.De ninguna forma se debe interpretar que estoy refiriéndome a la instrucción de la Prevención Sumaria, cuando expreso que la Operación de Inteligencia debe ser actuada; la Inteligencia Criminal, propone realizar tareas de investigación previas ejecutadas como diligencias preliminares, probatorias y cautelares, dirigidas a reunir el presupuesto que de identidad al delito investigado, en base a las facultades del CPPN.- El resultados de estas diligencias serán las que motorizaran la Prevención sumaria.Los Seminarios y Cursos Intensivos de Inteligencia Criminal con asistencia On Line, que pretendo introducir como modalidad de enseñanza, trata de incidir favorablemente en los índices negativos observados en la Prevención y Represión del
Narcotráfico, a esta modalidad de instrucción pueden acceder, Instituciones, Funcionarios, Organizaciones, etc.ASPECTOS INSTITUCIONALES Las Técnicas de Investigación del Crimen Organizado que conforman el sistema denominado Inteligencia Criminal, cuya difusión pretendo a través de la Obra Titulada Manual Práctico, apoyo de los Cursos y Seminarios Intensivos, dotará al camarada investigador del crimen organizado, del necesario conocimiento que optimizará la producción e incorporación de la prueba en los delitos de jurisdicción Penal Federal, tales como el Narcotráfico, el Contrabando, el Robo de Automotores, etc., donde por imperio de la Ley 23.984 y su Modificatoria Ley 25.434, CPPN, como norma procesal para instruir las Prevenciones Sumarias, deberán intervenir, Policías, FFSS, Funcionarios Aduaneros como Auxiliares de la Justicia y los Fiscales del Crimen, en el marco de las disposiciones del citado CPPN; también será de aplicación en los delitos comunes, donde los Códigos Procésales Penales Provinciales, en consonancia con el CPPN, otorgue facultades a las respectivas Policías para investigar por iniciativa propia, los ilícitos que le lleguen a su conocimiento, o cumplir las funciones de Auxiliares de la Justicia.Instruir las respectivas Prevenciones Sumarias, que darán lugar a la Instrucción Penal, requerirá un irrestricto respeto a la citada norma procesal y el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, dotará al Policía o Funcionario Investigador del Crimen Organizado, del conocimiento de las Técnicas de Investigación Policial y su encuadramiento en el marco jurídico -no podía ser de otra manera-, que dará vigencia legal a todas estas actividades de Investigaciones preliminares - esto es, Tareas de Inteligencia -, ejecutadas para aportar los elementos o pruebas indiciarias que otorguen identidad delictiva al hecho investigado.Las Policías Provinciales, con excepciones, como la de la Provincia de Buenos Aires y Mendoza, donde sufrieron "reestructuraciones políticas", mantienen sus estructuras orgánicas intactas, es decir un Sub Jefe de Policía, que es el Comandante natural de la Fuerza, asistido por una Plana Mayor, que son los Jefes de las Direcciones.- Estas estructuras, son las respuestas Políticas Institucionales, generadas a través del Convenio Policial Argentino, para enfrentar el crecimiento del delito en el territorio nacional, así nacieron Unidades Operativas, como Robos y Hurtos, Seguridad Personal, Defraudaciones y Estafas, Toxicomanía, etc., que aún las hacen eficientes, aquí no hubo lugar para "Planes generados por iluminados de la teoría" y los resultados están a la vista.Con el paso del tiempo, en delitos tan especializados como el Narcotráfico, las Instituciones Policiales cedieron el liderazgo en la formación de sus cuadros y comenzaron a depender de la Secretaría de Lucha contra el Narcotráfico, Presidencia de la Nación, que instauró "Cursos de Especialistas", donde es notable observar los errores deslizados en esta instrucción, que van desde el uso de Material de Estudio inadecuado, Manual proveniente de GN, y por ende escrito para los cuadros orgánicos de la especialidad de esa Fuerza, estrechamente ligado a la Inteligencia Militar, incomprensible para la mayoría de los Policías no especialistas en Inteligencia.Por ejemplo, omite enseñar la separación lógica que debe existir en la preparación de los Oficiales, los con facultades, por su grado, para dirigir el Órgano de Dirección y una Especialización de los funcionarios que serán los Medios de Reunión, tampoco se enseña a los cursantes, que los "4 pasos del Ciclo de Inteligencia", se materializan a través de una Fuerza de Ejecución, constituida por los dos elementos mencionados, el OD y los MR, que sus funciones son especificas y estancas entre si, para asegurar la Disciplina del Secreto y delimitar sectores de responsabilidad, asegurando investigaciones transparentes, libres de subjetividades; tampoco existe un criterio para determinar el perfil que debieran poseer los convocados a realizar estos "Cursos", si esto existiera, no encontraríamos
simples Oficiales de Campo, recibiendo instrucción sobre la investigación de delitos conexos, como el "Lavado de Dinero proveniente del Narcotráfico" y sí hallaríamos a Oficiales, Contadores Públicos y profesionales de otras carreras afines, que las Instituciones Policiales tienen en sus cuadros del Escalafón Profesional, que sin duda rápidamente asimilarían este complejo aspecto del delito; además, si el direccionamiento en la enseñanza fuera el correcto, tampoco contaríamos con Oficiales Cursantes, de Fuerzas, donde en la formación de sus cuadros no tienen - por ser otra sus especialidades - la inclusión de materias de Derecho, Penal, Procesal, etc., necesario conocimiento a los fines de la instrucción de las Prevenciones Sumarias.-Consecuencia de estos errores es común observar que los MR, de una División o Sección de Toxicomanía Provincial, confundidos totalmente, creen que pueden y deben realizar el Ciclo completo de Inteligencia, así veremos que Oficiales Subalternos, reciben la información, realizan la investigación reuniendo información - que sí es su tarea específica -, la integran y analizan - función exclusiva del OD -, con lo cual, al no estar definidas ni delimitadas las funciones, deslizan subjetividades en sus informes, viciando de nulidad - la mayoría de las veces, todo lo actuado -, además se pierde el control de la Disciplina del Secreto, y así, asistimos a la exposición pública de investigaciones resonantes, pero por sus fracasos, con Funcionarios Policiales y Judiciales procesados, y, con un daño colateral impensable, que es el descreimiento de la ciudadanía por las Instituciones y especialmente por las Actividades de Inteligencia.Además, el convocar estos Cursos a uno o dos Policías por Provincia, la Secretaría de Narcotráfico ha generado un grave resultado espurio, limitar totalmente la investigación del Tráfico de Estupefacientes, ¡ Si, en efecto !, es fácilmente comprobable que Dependencias Policiales alejadas de las Ciudades Capitales Provinciales, por desconocimiento, creen que únicamente los "especialistas de las Secciones de Toxicomanías", pueden llevar a cabo estas investigaciones, tornando campo fértil estas jurisdicciones a los traficantes de Drogas, ya que estos minúsculos grupos de policías "expertos", materialmente no pueden cubrir sus territorios Provinciales.Nunca, se les enseñó a los futuros investigadores del delito organizado, como montar una Operación de Inteligencia Criminal, que permita encuadrar todas las actividades de investigación en el marco de las disposiciones del CPPN, como investigaciones preliminares, probatorias y cautelares, con absoluta prescindencia del sujeto investigado y que de lugar a la Prevención Sumaria, la que además, consignará, fechas, horas, fuentes de la información y personal que intervino para producir los diversos aspectos de la investigación en la Reunión de Información para producir la prueba, con lo que los funcionarios involucrados, podrán - no les ocurrirá, como al Ex Comisario Azaro y el Ex Juez Bernasconi, en el sonado caso que todos conocemos - probar fehacientemente, que no es una causa "armada o inventada", o motivada por oscuros "intereses", y dejarán de ser expuestos ante la opinión publica, como "ineptos", o mas grave aún, como "corruptos".¿Aplicar el conocimiento contenido en el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, cuando, en su carácter de Auxiliares de la Justicia, investigan un ilícito penal, realizando Actividades de Inteligencia, para aportar las pruebas en las condiciones que la Ley exige, viola o infiere una desobediencia a la cadena de mandos ? ¡No, no se puede violar, ni desobedecer algo que nunca ha sido estipulado ni enseñado !, La Inteligencia Criminal es un Método de investigación estructurado con irrestricto respeto a las normas procesales; si bien es obvia la dependencia administrativa operativa, en el caso de los Policías y miembros de las FSSS, a través de la cadena de Mandos de su Institución; cuando se investiga un delito, prevalecerá la potestad administrativa que ejercerá el Magistrado que entiende en la Causa, de quien se depende
en todo lo relacionado a ésta, e inter dure la investigación del ilícito penal, que LE EXIGIRÁ, que en su calidad de Auxiliar de la Justicia, produzca e incorpore la prueba en las condiciones que la Ley exige, y que todas las actividades de investigación que realice, las ejecute con un irrestricto respeto a la norma procesal vigente, sopena de asumir las responsabilidades penales.Estos -resumidamente- son los factores técnicos y jurídicos, que el Manual Práctico de Inteligencia Criminal, le esta ofreciendo conocer a través de estos Cursos y Seminarios Intensivos con asistencia On Line, enmarcados en las modernas metodologías de la educación.LA INTELIGENCIA CRIMINAL Y EL DELITO COMÚN LA INTELIGENCIA CRIMINAL, cuyo estudio se propone, alude al Delito Organizado y a su máxima expresión que es el Narcotráfico, que puede ser investigado con Procedimientos de Reunión de Información de la Icia Criminal, para aportar el presupuesto que otorgue identidad al delito, identificación de sus Autores Cómplices, Auxiliadores y se optimicen las capacidades de secuestro de los elementos vinculados a la acción criminosa, que den lugar a la Prevención Sumaria, y por ende al Proceso Penal, con una permanente indicación de la irrestricta observancia de lo normado por la Ley 23.984, y su Modicatoraria 25.434- Código Procesal Penal de la Nación y de la Ley 23.737 Narcotráfico y sus Modificatorias, encuadrando las Tareas de Inteligencias propuestas en éste marco jurídico, otorgándole la validez necesaria.* ¿Y, el delito común?, el ejecutado por delincuentes que comenten ilícitos en territorios provinciales, no de instancia Penal Federal, y donde se deberá aplicar los respectivos Códigos Procesales Penales Provinciales, ¿ Se pueden aplicar las Técnicas de Inteligencia Criminal en estos casos ?, sin ninguna duda que es posible, se debe razonar sobre los siguientes aspectos para poder asimilar el concepto: * ¿Para investigar las actividades delictivas de bandas organizadas, que comenten delitos donde es de aplicación el CPPN, la Inteligencia Criminal propone explorar el submundo marginal, en busca de elementos que nos permitiera deducir, que tales o cuales delincuentes están unidos para delinquir o forman una banda, para cometer delitos en una jurisdicción territorial determinada, que están planificando o participaron de eventos criminales ? ¡Si !.* ¿Donde, la Inteligencia Criminal, nos enseñará se debe dirigir los Esfuerzo de Reunión de Información?, a las relaciones interpersonales de los marginales investigados, entrevistas a "prostitutas", "dateros o buchones", explorando en "whiskerías", "aguantaderos", y un largo etc.?¿Se violaría algún precepto Constitucional o Procesal para ello ? ¡ No!; precisamente, la Icia Criminal, impedirá el libre albedrío en la Reunión de Información, ya que actuando la misma, al fijarse los OB -Objetivos Básicos-, será prioridad fundamentar el porqué de esta investigación -acciones delictivas- delimitándose claramente los sectores de responsabilidad.Así se podrá dar probidad que esa investigación es objetiva, y obedece a la necesidad de investigar acciones criminales que se están preparando, de lo que tendrá conocimiento el Juez del Crimen con Jurisdicción, que la evaluará y permitirá, o no, se prosiga con la misma, dependiendo de la capacidad del Funcionario que la dirige, quien si esta bien entrenado en las Técnicas de Inteligencia Criminal, será exitoso a la hora producir las pruebas que darán identidad delictiva a la actividad investigada.* ¿Todas las tareas serán ejecutadas con absoluta prescindencia del sujeto investigado? ¡Si!,y, ¿Tienen el carácter de diligencias preliminares, probatorias y cautelares ?, ¡Si!.-
* Ahora traslademos esta situación a la investigación del delito común y por ende bajo la Jurisdicción Penal de Tribunales Ordinarios, con aplicación de los Códigos Procesales Penales Provinciales.* ¿Las Policías Provinciales, con la pérdida de facultades que sufrieron en la mayoría de los casos, de instruir Sumarios, indagar a los posibles delincuentes, etc., también perdieron la facultad de ser Auxiliares de la Justicia ? ¡ No ! * ¿Cuándo el Magistrado Actuante o el Fiscal de la causa, le ordena cumplimentar una medida procesal dirigida a la búsqueda de elementos de prueba para dar base a la acusación, le da directivas operativas tácticas para ejecutarla ? ¡Seguramente que No!. * ¿El Policía investigador del delito, se expone al riesgo que conlleva integrar un grupo táctico que cumplimentará, por ejemplo un allanamiento ordenado Judicialmente, sin conocer las debilidades y fortalezas del BLANCO, las características de los moradores y sus posibles antecedentes de peligrosidad ? ¡Sin duda que No!.* ¿El Funcionario Policial designado para ejecutar la medida judicial apuntada, debe ilustrar a la Autoridad Judicial sobre los riesgos que implica una medida ejecutada en estas condiciones de precariedad? ¡Tiene la obligación moral de hacerlo, como así de sugerirle las diligencias técnicas y tácticas operativas - de ningún modo aspectos procesales -, para que la medida se realice en condiciones óptimas para la obtención de los elementos buscados, preservando la integridad del grupo táctico! * Y, ¿Cuáles serían estas sugerencias? ¡Sin ninguna duda serán Procedimientos de Reunión de Información, tal cual se expresan en el sistema de INTELIGENCIA CRIMINAL, los que podrán ser adaptados fácilmente, si alguno colisiona con lo normado en los respectivos Códigos Procesales Provinciales, ya que todos reglan, en concordancia con el CPPN, sobre los " Poderes - Deberes " de los Auxiliares de la Justicia, cuando se refiere a las Policías y FFSS.* Lo único que se debe preservar, si se debe realizar alguna modificación, es el Sistema, es decir, la ejecución del Ciclo de la Inteligencia Criminal, con sus Técnicas y sus Elementos, para que no pierda su esencia como método estructurado de investigación, y sirva, en principio para cumplir con las obligaciones de Auxiliares de la Justicia y paralelamente, nos torne eficaces a la hora de producir investigaciones exitosas, salvaguardando la integridad física de los Grupos Tácticos, de los peligros que encierra la modalidad salvaje de la delincuencia de estos tiempos, como así estar preparados para demostrar que las investigaciones llevadas a cabo sobre un hecho delictuoso determinado carecen de subjetividades y no obedecen a actitudes caprichosas o fines inconfesos, como se pretende presentar a la opinión pública, cuando se fracasa en la producción de la prueba.Todos estos conocimientos son a los que podrá acceder con la realización de Cursos y Seminarios Intensivos, con asistencia On Line, propuesta que estoy promoviendo y difundiendo a través de la Web.-