Primaria, Básico y Bachillerato a distancia y por radio
Misión Visión Reglamento de evaluación Manual de normas de convivencia en los centros de orientación IGER
Estimado/a: Encargado/a de centro, Maestro/a orientador/a voluntario/a y estudiantes del IGER Nos complace comunicarle que en el año 2008 entregamos al Ministerio de Educación nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI) que documenta todo lo que nuestra institución pretende (principios, estrategia pedagógica, reglamento...). Queremos compartir con usted la misión, la visión y la reglamentación para estudiantes y centros que se encuentra en el PEI y que estará en validación durante 2009. Le pedimos que lea este documento detenidamente y lo comparta con sus compañeros y estudiantes. Analícenlo y envíennos sus comentarios o sugerencias a nuestro correo electrónico:
[email protected] o al fax: 2412 6704. Su participación es muy importante. ¡Gracias por creer en la educación!
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Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica - IGER-
E n Validación
Misión
Somos una institución educativa que apoya y procura el desarrollo de Guatemala mediante la educación a distancia de las personas jóvenes y adultas de escasos recursos, facilitándoles programas de primaria, básico, bachillerato y otras alternativas, con una metodología propia, a través de la radio o Internet.
Visión En 2012 queremos ser una institución educativa que cuenta con personal de alto nivel profesional, con la participación activa de la comunidad y de personas voluntarias para prestar un servicio educativo de calidad, que desarrolle en la persona joven y adulta las competencias necesarias para: • • • •
Ser ciudadano y ciudadana comprometidos con su comunidad, dar soluciones a los retos del hoy y del mañana, desarrollar sus capacidades y valores humanos y participar activamente en el desarrollo de su comunidad y del país.
Reglamentación del IGER
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Reglamento de evaluación
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Los lineamientos contenidos en el presente Reglamento están dirigidos a todos los estudiantes del Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica –IGER– del país. Este reglamento se rige por los Acuerdos Ministeriales 2692-2007 y 436-2008 con adaptaciones a la educación de jóvenes y adultos y a los aspectos de la educación a distancia contenidos en el modelo pedagógico del IGER. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 3 Del concepto de evaluación de los aprendizajes y sus fines La evaluación de los aprendizajes es la herramienta ARTÍCULO 1 Del objetivo de este reglamento pedagógica que permite disponer de información Las presentes disposiciones reglamentarias tienen del nivel de logro de competencias, con el fin de por objetivo establecer la regulación básica del formar juicios de valor y tomar decisiones, para proceso de evaluación de los aprendizajes del mejorar el proceso enseñanza-aprendizaje, definir Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica. la promoción y la certificación. ARTÍCULO 2 Del reconocimiento de la Educación a Distancia a. La Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 71 y 74 establece que: • Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna. • Los habitantes tienen el derecho y la obligación de recibir la educación inicial, preprimaria, primaria y básica, dentro de los límites de edad que fije la ley. b. El artículo 54 de la Ley de Educación Nacional define la Educación a Distancia como “la que proporciona la entrega educativa a la persona, distante del centro de estudio, mediante la utilización de diversos sistemas registrados, aprobados, coordinados y supervisados por la dependencia específica”. c. Las finalidades de la Educación a Distancia, según el artículo 55 de la Ley de Educación Nacional, son: • Brindar oportunidades de estudio en los distintos niveles educativos y de formación, capacitación y profesionalización de recursos humanos en áreas específicas de trabajo. • Facilitar los medios de enseñanza para la educación.
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El IGER considera que la finalidad de la evaluación de los aprendizajes es formativa en el proceso y sumativa en el producto. Es una herramienta indispensable para: • Mejorar el proceso enseñanza-aprendizaje. • Motivar el aprendizaje y estimular las potencialidades de los estudiantes. • Determinar el nivel de logro de los aprendizajes y los medios remediales, cuando sean necesarios. • Determinar la promoción y certificación de los grados cursados por los estudiantes. ARTÍCULO 4 De la responsabilidad de administración de la evaluación de los aprendizajes La administración del proceso de evaluación de los aprendizajes es una responsabilidad, primeramente del IGER, que asume la tarea de elaborar las actividades de autoevaluación y las pruebas objetivas que recogen la calificación final para otorgar los certificados y títulos correspondientes. El IGER tiene un compromiso con el Ministerio de Educación para evaluar a los estudiantes de toda la República bajo el mismo sistema y con las mismas oportunidades. Las pruebas escritas que se preparan y distribuyen desde la oficina central garantizan el compromiso adquirido por el IGER para que los estudiantes puedan ser promovidos.
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E n Validación La administración del proceso de evaluación también es una responsabilidad del maestro orientador voluntario que está directamente vinculado con los estudiantes en sus procesos de aprendizaje.
ARTÍCULO 8 De la comisión de evaluación de los aprendizajes La Comisión de Evaluación de los aprendizajes está integrada por el director técnico administrativo, un coordinador sectorial y un miembro del equipo de ARTÍCULO 5 De la responsabilidad del estudianredacción. Sus funciones corresponden a las estate en la evaluación formativa blecidas por el Ministerio de Educación. El estudiante, como protagonista del proceso, se sirve de las autoevaluaciones semanales para La Comisión de Evaluación de los aprendizajes controlar su aprendizaje. Es su responsabilidad acatará las funciones que indica el Acuerdo Minisrealizar dichas actividades antes de presentarse terial 2692-2007. al centro de orientación. CAPÍTULO III ARTÍCULO 6 De la escala de calificación DE LA EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES La valoración de los aprendizajes se realizará ARTÍCULO 9 De la evaluación de los aprendisegún una escala cuantitativa de uno a cien. La zajes calificación mínima de aprobación será de 60 puntos, tal como lo establece el Acuerdo Ministerial La evaluación de los aprendizajes en la oferta académica del Instituto Guatemalteco de Educa436-2008. ción Radiofónica consistirá en obtener información CAPÍTULO II que permita valorar el rendimiento progresivo y DE LOS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE final del estudiante, en función de las competencias EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES y logros para cada asignatura y la formación integral del estudiante. La evaluación será de carácter ARTÍCULO 7 De los participantes en el proceso continuo, formativo y sumativo. de evaluación de los aprendizajes El proceso de evaluación de los aprendizajes ARTÍCULO 10 de los estudiantes del Instituto Guatemalteco de a. El carácter continuo y formativo de la evaluación Educación Radiofónica implica la participación y servirá para que el estudiante, con ayuda del colaboración de: maestro orientador voluntario, pueda verificar y reorientar su rendimiento progresivo. Se funa. El equipo de redacción del IGER en la elaboradamentará principalmente en las actividades de ción de las pruebas. autoevaluación. b. Los maestros orientadores voluntarios y enb. Las actividades de autoevaluación semanal se cargados de centro en cada comunidad para establecen con el fin de que el estudiante coacompañar el proceso de evaluación y velar nozca, por sí mismo y de manera inmediata, la por la fiabilidad y transparencia del mismo. eficacia de su actuación en relación a los logros c. Los estudiantes, quienes realizan las actividades que debe alcanzar. Estas actividades están inde autoevaluación. cluidas en los libros de texto. d. Los Coordinadores regionales y sectoriales que distribuyen y dan seguimiento a las evaluaciones ARTÍCULO 11 en los centros que tienen a cargo. a. El carácter sumativo de la evaluación servirá e. La Comisión de Evaluación, que es la instancia para asignar una calificación oficial al esturesponsable de velar por el cumplimento de diante por su rendimiento en cada asignatura. este reglamento.
Reglamentación del IGER
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E n Validación Se fundamentará principalmente en las pruebas objetivas presenciales elaboradas por el equipo de redacción del IGER, quien asume toda la responsabilidad sobre el contenido del examen.
ARTÍCULO 15 Cuando el maestro orientador responsable de la aplicación de una prueba no se presente a la hora señalada, los estudiantes deberán esperar hasta una hora. Si la prueba no se pudiera aplicar ARTÍCULO 12 De la definición de prueba escrita en la fecha señalada, entonces se aplicará pospresencial teriormente, en el día y hora convenidos con los Se define como prueba escrita presencial aquella estudiantes. actividad de evaluación en la cual el estudiante responde individualmente a un instrumento de me- ARTÍCULO 16 dida del aprendizaje en presencia de su maestra o El estudiante debidamente inscrito en cada grupo maestro orientador, encargado/a de centro o del tendrá derecho a tantas pruebas presenciales equipo del IGER. parciales como sean estipuladas en el plan de evaluación. ARTÍCULO 13 De la elaboración de pruebas escritas ARTÍCULO 17 De los tipos de pruebas en el a. Las pruebas se elaboran en la oficina central IGER por el equipo docente, especialista en conte- El IGER establece los siguientes tipos de pruebas: nidos y evaluación. Para que las pruebas sean • Prueba de ubicación para la primaria coherentes con el aprendizaje del estudiante, • Prueba de diagnóstico este equipo las redacta de acuerdo con las • Pruebas ordinarias competencias, los contenidos, los indicadores de • Pruebas de reposición logro, los ejercicios y los autocontroles de cada • Pruebas de recuperación semana. • Pruebas por suficiencia b. Así mismo, preparan las claves con los criterios • Pruebas por equivalencia de valoración detallados y precisos para: • facilitar la corrección de las maestras y los ARTÍCULO 18 De la prueba de ubicación para la primaria maestros orientadores y • seguir un criterio uniforme en la calificación de las Basado en el artículo 10º del Acuerdo Ministerial 1504 y en el inciso c. del Artículo 32 del Acuerdo evaluaciones de todos los estudiantes del país. Ministerial 2692-2007, la prueba de ubicación ARTÍCULO 14 De la administración de pruebas es un instrumento de evaluación de aprendizajes objetivas presenciales que se aplica a los estudiantes que van a ingresar a. La administración de las pruebas presenciales a la primaria y no poseen certificado del grado constituye un acto de responsabilidad, honesti- anterior. dad, comprensión, transparencia e integridad por parte de todos los que intervienen en ella. La prueba y clave de calificación se elaboran en la oficina central. La prueba se aplica solamente b. Las pruebas escritas deben efectuarse de acuerpara la primaria en la oficina central o en las oficido con las fechas establecidas en el calendario nas regionales, durante los períodos de inscripción. institucional. El resultado de la prueba indica en qué grupo se c. Cualquier situación que comprometa la confia- puede ubicar al estudiante de acuerdo a sus conobilidad de los resultados de la prueba determi- cimientos. nará la nulidad de la misma, previo informe de los responsables de su aplicación.
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E n Validación La Secretaría Escolar levanta un acta con los resulción, la nota que obtenga en éste (sea inferior o tados de todos los estudiantes que se sometieron a superior) sustituirá la del correspondiente examen la prueba de ubicación y entrega una certificación ordinario para calcular su nueva nota final. a cada estudiante con los resultados obtenidos. e. Solo se podrá acceder a una única prueba de reposición por parcial de cada materia. ARTÍCULO 19 De la prueba de diagnóstico f. Cada maestra o maestro orientador acordará Esta prueba tiene como fin establecer el nivel de la fecha con estudiantes y coordinadores por lo conocimiento del estudiante en las áreas instrumenmenos con ocho días de anticipación a la aplicatales y poder brindar el refuerzo correspondiente. ción de la prueba de reposición. Se aplicará con carácter facultativo. ARTÍCULO 22 Sobre los resultados ARTÍCULO 20 De las pruebas ordinarias El maestro orientador informará al estudiante los Las pruebas ordinarias de cada nivel y área cons- resultados alcanzados en su evaluación en un plazo tituyen la vía básica de evaluación del rendimiento de una semana, a partir de la fecha de realizaestudiantil. Su función principal es medir objetiva- ción de cualquier prueba objetiva presencial y le mente el aprendizaje y determinar la promoción y proporcionará la asesoría correspondiente para certificación del estudiante. mejorar el nivel de logro de aprendizaje. El estudiante tiene la obligación de presentarse a ARTÍCULO 23 De la aprobación de los cursos todas las pruebas ordinarias en el lugar, hora y La nota final mínima de aprobación en cada asigfecha que indique el calendario de la institución y natura será de 60 puntos. Se obtendrá de los rede acuerdo con su maestra o maestro orientador. sultados obtenidos por el estudiante en las pruebas objetivas presenciales ordinarias o de reposición, si ARTÍCULO 21 De las pruebas de reposición las hubiera. a. Las pruebas de reposición son instrumentos de evaluación de aprendizajes que permiten ARTÍCULO 24 reponer cualquier prueba ordinaria con el Todos los estudiantes están obligados a presentarse conocimiento y visto bueno del coordinador a todas las pruebas parciales para tener derecho regional y sectorial. a nota final. b. Pueden solicitar una prueba de reposición: • los estudiantes que no hayan asistido a una ARTÍCULO 25 evaluación por situaciones excepcionales ple- El estudiante que no se presente el día del exanamente justificadas, men o que se retire, sin comunicación al maestro • los estudiantes que no hayan alcanzado la orientador voluntario, será calificado con “NP” (No nota mínima en una prueba parcial y deseen presentado) y perderá su derecho a nota final. recuperarla. Si el estudiante desea regular su situación, estará c. El estudiante o el Maestro Orientador Voluntario obligado a solicitar dicha prueba por reposición. solicitarán la prueba al Coordinador Regional, quien comunicará los detalles de la aplicación ARTÍCULO 26 De los criterios de promoción al al Coordinador Sectorial para el Visto Bueno grado inmediato superior correspondiente. a. Primaria: Es preciso aprobar Comunicación y Lenguaje, Matemática y el promedio de las d. En el examen de reposición se evalúan los mismos otras materias para ser promovido al siguiente contenidos que en el ordinario correspondiente. grado. Si el estudiante presenta un examen de reposi-
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E n Validación Se entregará certificado de cursos aprobados a los estudiantes de primaria que hayan terminado una etapa completa. • 1ª Etapa (Atitlán II) • 2ª Etapa (Quetzal) • 3ª Etapa (Tikal) • 4ª Etapa (Zunil) b. Básico: Es preciso ganar todas las materias para ser promovido. c. Bachillerato: Los estudiantes deben ganar todas las materias del semestre para ser promovidos al siguiente u obtener el certificado de acreditación final. ARTÍCULO 27 De las pruebas de recuperación a. Las pruebas de recuperación son instrumentos de evaluación de aprendizajes elaborados por el equipo de redacción y aplicados por los coordinadores regionales en las fechas que se establecen en el calendario institucional. Se reglamentan como lo establece el Acuerdo Ministerial No. 436-2008 y el 2692-2007. b. Los estudiantes de la primera etapa de primaria que no cumplan con los criterios de promoción, no tienen derecho a recuperación. c. Los estudiantes de la segunda a la cuarta etapa de la primaria, de básicos y bachillerato tendrán derecho a dos recuperaciones. ARTÍCULO 28 De no alcanzar en las recuperaciones los logros indicados, el estudiante deberá inscribirse nuevamente en el mismo curso.
ARTÍCULO 30 De las pruebas por suficiencia. a. Las pruebas por suficiencia se conceden para aprobar una materia o un grado fuera de la fecha establecida en la evaluación ordinaria. b. Las pruebas por suficiencia son instrumentos de medición que se pueden aplicar a aquellos estudiantes que consideren que han alcanzado las competencias establecidas en determinada asignatura y que así lo soliciten de conformidad con lo que señala este reglamento. c. Las pruebas por suficiencia serán elaboradas por el equipo de redacción del IGER y aplicadas por la Dirección, la coordinación sectorial o la persona delegada por estas instancias. La prueba por suficiencia solamente se podrá realizar entre los meses de enero y marzo. d. Los estudiantes interesados en realizar pruebas por suficiencia deberán presentar solicitud formal, por escrito a la Comisión de Evaluación del IGER. Además, deben presentar la documentación requerida por el Ministerio de Educación. e. A la Comisión de Evaluación del IGER le corresponde autorizar las solicitudes de pruebas por suficiencia a nivel nacional y registrar los resultados en el acta correspondiente. f. La calificación de las pruebas por suficiencia estará a cargo del equipo docente en la oficina central, quien deberá entregar los resultados a la Comisión de Evaluación y al estudiante en un plazo no mayor a ocho días hábiles posteriores a la administración de la prueba. g. Para aprobar una asignatura por suficiencia, el estudiante debe obtener el mínimo que el Ministerio de Educación establezca. En su calificación final se consignará la nota que obtenga en la prueba por suficiencia.
ARTÍCULO 29 De las guías de recuperación a. Las guías de recuperación son un instrumento de apoyo para todo estudiante que vaya a someterse a una prueba de recuperación. Las guías ARTÍCULO 31 De las pruebas por equivalencias contienen los indicadores de logro que debe a. Según el inciso d. del artículo 32 del Acuerdo Ministerial 2692-2007, las pruebas por equivaalcanzar en cada competencia y la parte del lencia se conceden cuando un estudiante venga libro donde se desarrolla. del extranjero, o cuando necesite cambiar a un b. Las guías estarán disponibles en las coordinacioestablecimiento con plan de estudios diferente. nes regionales y en la página Web del IGER.
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E n Validación b. El IGER aplicará estas pruebas en los casos y condiciones que establecen los Artículos 36 y 37 del presente reglamento. c. La elaboración y calificación de las pruebas por equivalencia estará a cargo del equipo docente en oficina central, quien deberá entregar los resultados a la Comisión de Evaluación y al estudiante en un plazo no mayor a ocho días hábiles posteriores a la administración de la prueba. d. Para aprobar una asignatura por equivalencia, el estudiante debe obtener el mínimo que el Ministerio de Educación establezca. En su calificación final se consignará la nota que obtenga en la prueba por equivalencia.
de educación a distancia, en el grupo Quiriguá (1º básico) siguiendo el procedimiento de inscripción ordinario. Los estudiantes que hayan cursado 3º básico o su equivalente pueden cambiar a la modalidad de educación a distancia, en el grupo Polochic I (4º Bachillerato) siguiendo el procedimiento de inscripción ordinario.
ARTÍCULO 35 El IGER no puede aceptar tránsito de modalidades en los grupos de Utatlán (2º básico), Zaculeu (3º básico), Polochic II (2º semestre de 4º Bachillerato), Tacaná I ni Tacaná II (5º Bachillerato), salvo orden ARTÍCULO 32 Del registro de notas de evalua- expresa por escrito de la autoridad ministerial correspondiente. ción en traslados de centro Para proceder al traslado de un estudiante de un ARTÍCULO 36 centro de orientación a otro, es indispensable llenar la boleta de traslado de centro con las notas de los El estudiante que solicite transitar entre modaliparciales que el estudiante ha hecho y entregarla dades en dichos grupos, deberá cumplir con los al coordinador regional. La boleta debe ir acom- siguientes requisitos: a. Poseer todos los documentos originales de pañada de las pruebas objetivas presenciales acreditación en orden. ordinarias y de reposición, si las hubiera. b. Presentar por escrito una solicitud en la que se justifique el tránsito de modalidad. ARTÍCULO 33 Del tránsito entre modalidades c. Someterse a una prueba por equivalencia de Tránsito entre modalidades educativas es el acto cada materia incluida en el grado anterior al por medio del cual el estudiante tiene la posibilique desea integrarse. dad de cambiar exclusivamente de la modalidad de educación escolarizada a la modalidad de ARTÍCULO 37 educación a distancia, previo cumplimiento de los a. En caso de aprobar la evaluación por equivarequisitos establecidos por el presente Reglamento lencia y cuando medie justificación suficiente, y disposiciones ministeriales. la petición de cambio de modalidad se someterá al análisis y resolución del Supervisor ARTÍCULO 34 Educativo respectivo. Los estudiantes que hayan cursado cualquier grab. En caso de aprobación, la Comisión Educativa do de la educación escolarizada primaria pueden levantará el acta correspondiente. cambiar a la modalidad de educación a distancia, en el nivel inmediato superior correspondiente ARTÍCULO 38 De los casos no previstos siguiendo el procedimiento de inscripción corresLos casos no previstos en el presente reglamento, pondiente. serán resueltos por la Comisión de Evaluación o, en Los estudiantes que hayan cursado 6º primaria o su defecto, por la Dirección del IGER. su equivalente pueden cambiar a la modalidad
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Manual de normas de convivencia en los centros de orientación IGER
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Los lineamientos contenidos en el presente manual están dirigidos a todos los estudiantes, maestras y maestros orientadores y encargados y encargadas de centro del Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica (IGER) de las diferentes regiones del país. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 Del objetivo de este manual Las presentes disposiciones tienen por objetivo establecer la regulación básica de las normas de convivencia fundamentales para el buen funcionamiento de los centros de orientación del IGER que funcionan en todo el país. ARTÍCULO 2 Del reconocimiento de la Educación a Distancia a. La Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 71 y 74 establece que: • Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna. • Los habitantes tienen el derecho y la obligación de recibir la educación inicial, preprimaria, primaria y básica, dentro de los límites de edad que fije la ley. b. El artículo 54 de la Ley de Educación Nacional define la Educación a Distancia como “la que proporciona la entrega educativa a la persona, distante del centro de estudio, mediante la utilización de diversos sistemas registrados, aprobados, coordinados y supervisados por la dependencia específica” c. Las finalidades de la Educación a Distancia, según el artículo 55 de la Ley de Educación Nacional, son: • Brindar oportunidades de estudio en los distintos niveles educativos y de formación, capacitación y profesionalización de recursos humanos en áreas específicas de trabajo. • Facilitar los medios de enseñanza para la educación.
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ARTÍCULO 3 De la gestión de la educación en el IGER El IGER trabaja con un modelo comunitario. La comunidad aporta maestros orientadores voluntarios, el local donde orientar y los materiales necesarios para los encuentros. El IGER, por su parte, aporta los libros de texto, las clases radiales y la metodología. Capacita a los orientadores-tutores, supervisa el proceso educativo por medio de los coordinadores regionales y da validez académica ante el Ministerio de Educación. ARTÍCULO 4 Del concepto de centro de orientación El centro de orientación es el lugar de reunión semanal en el que el estudiante, con la ayuda del maestro orientador, evalúa su aprendizaje, recibe retroalimentación y comparte su aprendizaje con sus compañeros y compañeras de estudio. ARTÍCULO 5 Del concepto de estudiantes, maestros orientadores voluntarios y encargados de centro a. El/la estudiante es responsable y protagonista de su aprendizaje. Tiene el compromiso de estudiar diariamente leyendo su libro, escuchando la clase radial y resolviendo los autocontroles antes de asistir al centro de orientación. b. El/la maestro(a) orientador(a) voluntario(a) acompaña el aprendizaje del estudiante revisando el trabajo de la semana, resolviendo sus dudas y corrigiendo los errores en el centro de orientación. c. El/la encargado(a) de centro es la persona que organiza y conduce el centro de orientación.
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E n Validación CAPÍTULO II DE LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE EDUCACIÓN RADIOFÓNICA -IGERARTÍCULO 6 De las características de los estudiantes del Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica -IGER-. a. Serán estudiantes regulares las personas inscritas correctamente en el Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica -IGER-. ARTÍCULO 7 De los deberes de los estudiantes a. Acatar las disposiciones de este Manual y cualesquiera otros documentos oficiales que atañen a la condición de estudiantes. b. Respetar el criterio filosófico, religioso, político o artístico de los demás miembros de la comunidad estudiantil, así como practicar la tolerancia hacia las personas de diferentes grupos por razones de edad, étnicas, económicas, de género, de orientación sexual, discapacidad, entre otros. c. Respetar las normas de convivencia dentro y fuera del centro de orientación. d. Cuidar y conservar las edificaciones, instalaciones, zonas verdes, equipos, laboratorios, materiales, o cualquier otro bien que pertenece al edificio donde reciben las orientaciones. e. Colaborar con el mantenimiento del local que ocupan, según el acuerdo al que lleguen con las autoridades. f. Mantener un aseo personal que contribuya a la salud y al buen aspecto, que no atente contra las normas sociales del decoro y las buenas costumbres. g. Mostrar conductas y costumbres que no atenten contra la moral, el orden y la salud pública. No ingerir bebidas alcohólicas, drogas, o ningún tipo de estupefacientes dentro del centro de orientación u oficinas regionales y sectoriales. h. Contribuir con su conducta y su participación responsables, en la creación, el mantenimiento
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y el fortalecimiento de un ambiente adecuado para el aprendizaje. i. Respetar la integridad física, emocional y moral de sus compañeros, sus maestros orientadores y, en general, de todos los representantes de la institución y la comunidad. j. Cumplir puntualmente con las fechas asignadas para la entrega de autocontroles y aplicación de pruebas que se contemplan en el cronograma de cada curso. k. Respetar los bienes de sus compañeros, maestros orientadores, encargados de centro, representantes del IGER y de la comunidad. ARTÍCULO 8 De los derechos de los estudiantes a. Expresar libremente sus convicciones filosóficas, religiosas, políticas, académicas y artísticas, dentro de un marco de respeto mutuo. b. Disfrutar de los beneficios y derechos que el presente Manual le otorga. c. Recibir una formación acorde con los planes que ofrece el IGER. Esta formación debe ser flexible de modo que permita al estudiante trabajar y estudiar. d. Presentar los recursos de defensa pertinentes ante las instancias que correspondan, cuando considere que sus derechos han sido lesionados en lo académico, administrativo o personal. e. Organizarse en función de sus propios intereses, iniciativas y aspiraciones y según las pautas que los manuales establezcan. f. Gozar de los derechos constitucionales y legales correspondientes a toda persona, así como de los particulares que les son reconocidos por su condición de estudiante. g. Recibir un trato basado en el respeto a su integridad física, emocional y moral, así como a su intimidad y a sus bienes de parte del personal del IGER, de los encargados de centro, maestros orientadores voluntarios y compañeros. h. Conocer el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes del IGER y el Manual de Normas de convivencia.
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E n Validación i. Plantear por escrito, en forma personal y conforme con las regulaciones vigentes, las objeciones que estime pertinentes con respecto al proceso de evaluación. ARTÍCULO 9 De las facilidades a los estudiantes El Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica -IGER- proporcionará los libros de texto, evaluaciones y materiales de refuerzo correspondientes para cada estudiante y transmitirá por todos los medios posibles la clase radial. Además, contribuirá en la realización de cursos remediales ofreciendo los materiales oportunos. Por ser un instituto de Educación a Distancia, los estudiantes del IGER no están obligados a utilizar uniforme o participar en desfiles u otras actividades extraula. Quien participa lo hace de manera libre y voluntaria y por ningún motivo puede recibir puntos para la calificación de nota final. CAPÍTULO II DE LAS FUNCIONES DEL IGER, ENCARGADOS(AS) Y MAESTROS(AS) ORIENTADORES(AS) VOLUNTARIOS(AS) ARTÍCULO 10 De las responsabilidades del IGER para con los estudiantes y centros de orientación a. Proporcionar libros, clases radiales, evaluaciones y trámites administrativos ante el MINEDUC para facilitar el proceso de aprendizaje a los estudiantes. b. Brindar formación e información clara a los maestros orientadores voluntarios del centro de orientación. c. Realizar visitas de acompañamiento y control a los centros de orientación por parte del coordinador regional y cualquier otra persona del IGER. d. Proporcionar material escrito, para el centro, que servirá de apoyo en la orientaciones, según los grados que se atiendan. Este material es para el centro y sólo se repondrá en casos especiales.
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e. Proporcionar al encargado del centro: listados de estudiantes, pruebas, cuadros de notas, carnés, certificados, diplomas y constancias de los estudiantes. ARTÍCULO 11 De las funciones generales del encargado o encargada de centro a. Contar con la aprobación del IGER para el funcionamiento del centro de orientación. La firma del coordinador regional en el convenio escrito de funcionamiento es la garantía de tal aprobación. b. Conocer y velar por la aplicación de la metodología del programa “El maestro en Casa” en el centro de orientación. c. Contar con un equipo de maestros orientadores voluntarios calificados para el curso y grado asignados. d. Fomentar en el estudiante la responsabilidad en su aprendizaje, sobre todo en la aplicación y realización de las autoevaluaciones semanales. e. Fomentar la formación de maestros orientadores voluntarios y su asistencia a las capacitaciones organizadas por el equipo de formación de IGER. f. Velar por la calidad educativa que se ofrece a los estudiantes en el centro de orientación. g. Velar para que, en sentido de solidaridad, se cubran los gastos propios del centro para su funcionamiento (marcadores, papelógrafos, energía eléctrica, agua, limpieza, etc.). h. Presentar cuentas claras a los estudiantes, coordinación regional y/o cualquier persona del IGER que lo solicite. ARTÍCULO 12 De las atribuciones pedagógico – administrativas del encargado, encargada y maestras o maestros orientadores en el centro de orientación a. Promover y promocionar la importancia de la educación en su comunidad; puede pedir apoyo a su coordinación regional. b. Cumplir responsablemente con la calendariza-
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E n Validación ción de actividades académicas y administrativas que se especifican en el calendario que el IGER proporciona. c. En la medida de las posibilidades velar para que cada estudiante realice su pago en el banco correspondiente. d. Velar por la transparencia y confiabilidad en la aplicación y corrección de las pruebas en las fechas establecidas por el calendario. e. Asegurar que los estudiantes realicen las pruebas que envía la oficina central. f. Solicitar, por iniciativa propia o a petición de los y las estudiantes, pruebas de reposición según el procedimiento establecido en el Reglamento de Evaluación. Por ningún motivo se permite la elaboración de pruebas parciales distintas de la oficina central para efectos de evaluación sumativa. g. Las pruebas de los estudiantes deberán archivarse por grado y materia. Deben ser entregados a la coordinación regional al final del ciclo escolar. h. Realizar la revisión de listados de los estudiantes inscritos que IGER proporciona y devolverlos firmados al coordinador de su región, incluyendo el reporte de cualquier problema en el menor tiempo posible para su solución. i. Recoger a tiempo los libros, pruebas, carnés, copia de recibos de pago, materiales de apoyo, etc.; para ser entregados a los estudiantes. j. Llenar los cuadros de notas finales y entregarlos a la coordinación regional, en los tiempos estipulados por el calendario. k. Entregar a todos los estudiantes la papelería de fin de ciclo. Por ningún motivo se puede retener o negar a ningún estudiante cualquier papelería. l. Evitar aquellas actividades que excluyan la participación de algunos estudiantes del IGER o que les hagan incurrir en gastos innecesarios.
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CAPÍTULO IV DEL ORDEN Y DISCIPLINA DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 13 De la jurisdicción de las disposiciones de convivencia Las disposiciones establecidas en este capítulo regularán los aspectos disciplinarios de los estudiantes del IGER, por lo tanto, tendrán jurisdicción en cualquier parte del territorio nacional donde haya un centro de orientación, oficina regional, sectorial, central o cualquier otro lugar que comprometa el buen nombre o la buena marcha del IGER. ARTÍCULO 14 De las faltas de convivencia Para efectos disciplinarios serán consideradas como faltas leves las siguientes: a. Colocar rótulos, avisos o cualquier tipo de información en lugares no destinados al efecto o sin el permiso de la autoridad administrativa responsable. b. Perturbar la necesaria tranquilidad o el normal desarrollo de las actividades académicas. c. Empleo de vocabulario vulgar o soez. d. Uso inadecuado de la vestimenta, de tal manera que atente contra el decoro y las buenas costumbres. ARTÍCULO 15 Serán consideradas faltas graves a. Cometer fraude en la elaboración y presentación de autocontroles, o informes de actividades académicas. b. Presentarse a tutorías, pruebas o a cualquier actividad académica del centro de orientación u oficinas del IGER bajo los efectos de drogas, estupefacientes o bebidas alcohólicas. c. Alterar o entorpecer los procedimientos de matrícula o procurar para sí o para otro, la inscripción en cursos o actividades mediante la violación de las normas que regulan la matrícula.
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E n Validación d. Causar daño intencionado contra el ornato, equipo, mobiliario, infraestructura del centro de orientación que la comunidad le ofrece. e. Sustracción de bienes institucionales o personales. f. La utilización de las paredes, mesas, sillas, pupitres u otros bienes y objetos del centro de orientación, para colocar letreros, dibujos o gráficos no autorizados. g. Atentar contra las normas establecidas en las instalaciones que ocupa el centro de orientación.
j. Portar armas u objetos potencialmente peligrosos para las personas o el uso de cualquier juego de azar. k. Cualquier acción discriminatoria por razones de edad, etnia, credo, género, discapacidad o cualquier otra, contraria a la dignidad humana.
ARTÍCULO 16 Serán consideradas faltas muy graves a. Presentar papelería falsa para obtener el ingreso al IGER. b. Agredir de palabra o de hecho a un miembro del centro de orientación, representante del IGER o de la comunidad. c. Falsificar firmas o documentos de carácter institucional. d. Consumir o traficar con cualquier tipo de drogas, estupefacientes o bebidas alcohólicas dentro de las instalaciones del centro de orientación o en cualquier actividad académica de la institución. e. Observar una conducta improcedente o escandalosa, dentro o fuera de los Centros de Orientación. f. Cometer fraude en pruebas de evaluación en beneficio propio o de otros estudiantes. g. Utilizar cualquier método fraudulento con el objetivo de conocer, antes de su administración, el contenido de cualquier instrumento de evaluación de los aprendizajes. h. Sustraer o intentarlo, fórmulas o pruebas, así como notas o calificaciones. i. La destrucción deliberada de bienes pertenecientes al centro de orientación, al equipo de encargados, maestras y maestros orientadores voluntarios o a los demás miembros de la comunidad educativa, ya sea que esta acción se realice en forma individual o en grupo.
ARTÍCULO 18 De las sanciones Las faltas serán sancionadas con las siguientes medidas:
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ARTÍCULO 17 La comisión reiterada de tres faltas leves será considerada como falta grave. La comisión reiterada de dos faltas graves será considerada como falta muy grave.
a. Las leves con amonestación verbal o escrita de parte del encargado. La amonestación constará en el expediente. b. Las faltas graves se sancionarán con suspensión hasta por un semestre, a juicio del órgano competente, y constará en el expediente del estudiante. c. Las faltas muy graves se sancionarán hasta con expulsión definitiva y remisión a la instancia judicial correspondiente, a juicio del órgano competente, la que constará en el expediente del estudiante. d. Mientras esté vigente la suspensión de un estudiante, no podrá participar en ninguna actividad del IGER ni presentar ninguna prueba de evaluación. ARTÍCULO 19 En cualquiera de los casos, cuando una falta implique daños económicos a los miembros del centro de orientación o a terceros, el sancionado será requerido para resarcir los daños causados. ARTÍCULO 20 De los órganos competentes Para efectos de juzgar las faltas cometidas, se considerarán órganos competentes:
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E n Validación a. La persona competente para juzgar las faltas leves será el encargado de centro, en comunicación con el Coordinador Regional del IGER. b. La persona competente para juzgar las faltas graves será el Coordinador Sectorial del IGER. c. La persona competente para juzgar las faltas muy graves será la Dirección del IGER. ARTÍCULO 21 De los procedimientos disciplinarios Cualquier persona que tenga conocimiento de que ha sido cometida una falta disciplinaria por un estudiante del IGER, podrá denunciarlo verbalmente o por escrito al órgano competente y ofrecer las pruebas, si las tuviera.
ARTÍCULO 23 De la apelación de las sanciones El fallo dictado por el órgano de primera instancia se efectuará por escrito (salvo amonestación verbal) y podrá ser apelado por el interesado dentro de las dos semanas siguientes al de la notificación o confirmación de recibido. ARTÍCULO 24 Los recursos de apelación serán conocidos siempre por la instancia inmediata superior a la que tomó la resolución. ARTÍCULO 25 La apelación deberá hacerse por escrito y contendrá las razones del apelante. El organismo llamado a fallarla gozará de un plazo para hacerlo igual que el de la primera instancia.
ARTÍCULO 22 Recibida la denuncia y, si a derecho procede, en un término de 15 días naturales se fijará la sanción ARTÍCULO 26 disciplinaria correspondiente, según sea el caso: a. Las situaciones generales respecto a los orienfalta leve, grave o muy grave. En cualquiera de tadores que son a la vez estudiantes del IGER los casos, se le brindará a la persona denunciada y que quedan cubiertos por estas normas, serán la adecuada oportunidad de defensa y podrá regidas por el presente manual. utilizar los recursos a su alcance.
Reglamentación del IGER
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Instituto Guatemalteco de Educación Radiofónica -IGERy Grupo Radial ¡uy, uy, uy! Oficina central: 11 Avenida, 18-45 zona 2, Ciudad Nueva. 01002 Guatemala, C.A. Tel: 2412 6666 - Fax: 2412 6704
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Reimpresión 2010
IGER es una institución que abre las puertas a todas las personas que quieren superarse. Yo empecé a estudiar la primaria a los 25 años, luego el básico y por último el bachillerato. Hasta este momento estoy cursando quinto semestre de trabajo social en la Universidad Rafael Landivar. Rafael Morales y Morales Ex estudiante del IGER y Maestro Orientador Voluntario de Chiquimula