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N O R M A
C O M P L E M E N T AR I A
VENTANILLA DE VALORES SERIE DE NORMAS Y PR OCEDIMIENTOS [ T I P O
L I B R O ]
[NOMBRE SERVICIO]
Público
SERIE DE NORMAS Y PR OCEDIMIENTOS
NC-VVE
Norma complementaria - Ventanilla de Valores
NORMA COMPLEMENTARIA
VENTANILLA DE VALORES SERIE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
¡ERROR! NOMBRE DESCONOCIDO DE PROPIEDAD DE DOCUMENTO.
Público
¡ERROR! NOMBRE DESCONOCIDO DE PROPIEDAD DE DOCUMENTO. SERIE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
[TIPO LIBRO]
[NOMBRE SERVICIO] SERIE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS
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Norma complementaria - Ventanilla de Valores
Tabla de contenido 1. Introducción ........................................................................................................................................ 1 2. Alcance ................................................................................................................................................. 1 3. Términos empleados ........................................................................................................................ 1 4. Documentos aplicables y anexos .................................................................................................. 2 5. Normas operativas ............................................................................................................................ 2 5.1. Definición del servicio ....................................................................................................................... 2 5.2. Del ciclo de operación ....................................................................................................................... 3 5.3. Esquema de operación ..................................................................................................................... 3 5.3.1.
Convocatoria de colocación ......................................................................................................................... 3
5.3.2.
Recepción de ofertas .................................................................................................................................... 3
5.3.3.
Asignación de ofertas ................................................................................................................................... 3
5.3.4.
Distribución de ofertas .................................................................................................................................. 3
5.3.5.
Confirmación de negociaciones .................................................................................................................. 3
5.3.6.
Liquidación de ofertas ................................................................................................................................... 4
5.4. Situaciones contingentes .................................................................................................................. 4 5.5. Consultas y difusión de información ............................................................................................... 4 5.5.1.
Información particular ................................................................................................................................... 4
5.5.2.
Información del mercado .............................................................................................................................. 4
5.5.3.
Publicaciones del Emisor ............................................................................................................................. 4
5.6. Responsabilidades ............................................................................................................................ 4 5.6.1.
De los emisores ............................................................................................................................................. 4
5.6.2.
De los inversionistas ..................................................................................................................................... 5
Norma complementaria - Ventanilla de Valores
Sistema Nacional de Pagos Electrónicos Sistemas de Pago - BCCR
Año 2016
1. Introducción La presente normativa establece las reglas y disposiciones de carácter complementario al Reglamento del Sistema de Pagos para la colocación directa de valores estandarizados a través del servicio Ventanilla de Valores (VVE), provisto por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) por medio del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE).
2. Alcance Esta normativa es aplicable a las entidades financieras emisoras que participan en el servicio VVE, y a los asociados al SINPE como inversionistas. De conformidad con las condiciones que la Junta Directiva del BCCR establezca para las negociaciones, así como a las disposiciones del MHDA como emisor.
3. Términos empleados Para los fines del presente documento, se entenderá por:
Asignación por método de prorrateo: Asignación que se realiza a todas las ofertas incluidas las cuales serán consideradas parciales, de manera que el emisor reparte una cantidad que permite alcanzar el monto de captación determinado entre las ofertas con el mismo precio o rendimiento ofrecido.
BCCR: Banco Central de Costa Rica
CDV: Cuentas de Valores
Convocatoria: Manifestación expresa y en firme de un emisor de realizar una captación por ventanilla, la cual contiene la información relacionada con las características del valor objeto de la ventanilla, así como las fechas y horas en las que se realizará.
Entrega contra pago: Mecanismo que consiste en el intercambio simultáneo de valores (entrega) y efectivo (pago) para liquidar una operación. Garantiza que la entrega de los valores ocurre única y exclusivamente si se realiza el pago y viceversa.
Fecha de asignación: Fecha en la que se aprueba una oferta de compra de un instrumento financiero. Corresponde a la fecha de negociación.
Fecha de liquidación: Fecha en la que se liquida un contrato de negociación. Corresponde al día en el que el comprador de una inversión paga el efectivo al vendedor y el vendedor entrega la inversión al comprador.
Fecha de negociación: Fecha en la que vendedor y comprador acuerdan en firme la negociación de un instrumento, pudiendo el respectivo contrato ser liquidado en esa misma fecha o en una fecha futura.
Horario de asignación: Indica la fecha y hora máxima para que el emisor realice la asignación en un evento de negociación de deuda.
Incumplimiento: Cuando una operación con títulos valores no llega a ser liquidada de la manera pactada.
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ISIN: Internacional Security Identification Number. Número identificador único para las emisiones de valores, asignado por una agencia numeradora local, basada en la estructura propuesta por el ISO 6166.
MHDA. Ministerio de Hacienda, entidad emisora
Oferta: ofrecimiento de negociación de una determinada transacción, que contiene la información necesaria para identificarla y divulgarla en el mercado al cual se dirige.
Oferta no competitiva: Oferta en la que el participante establece el monto del valor que desea negociar y acepta el precio determinado por el emisor. Todas las ofertas no competitivas son aceptadas por el emisor.
Rendimiento: Ganancia que se obtiene al invertir en un valor, depende del precio pagado por la inversión y del pago esperado de intereses.
RSP: Reglamento del Sistema de Pagos.
SAC: Sistema de Anotación en Cuenta.
SINPE: Sistema Nacional de Pagos Electrónicos.
SUGEVAL: Superintendencia General de Valores.
Valor Estandarizado: Valores con características idénticas de denominaciones, plazo, tasas, fechas de emisión y de vencimiento.
VVE: Ventanilla de Valores. Canal de distribución de valores, administrada por el emisor para colocar sus emisiones de valores directamente en el mercado financiero.
4. Documentos aplicables y anexos Siglas RSP NC-GGE Ley 7732
Nombre del documento Reglamento del Sistema de Pagos. Norma complementaria - Glosario general. Ley Reguladora del Mercado de Valores, del 7 de agosto del 2008 Reglamento de Compensación y Liquidación de Valores. Reglamento de Custodia
Reglamento Sobre Oferta Pública de Valores
5. Normas operativas 5.1. Definición del servicio Se define Ventanilla de Valores como el servicio por medio del cual se colocan valores estandarizados por medio de ventanilla.
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5.2. Del ciclo de operación
Actividad Convocatoria de colocación Inicio de recepción de ofertas Final de recepción de ofertas Asignación de ofertas Distribución de ofertas Liquidación de ofertas
Horario Como mínimo el día hábil anterior a la negociación A las 7:00 a.m. del día de la negociación (día t) A las 10:00 a.m. del día de la negociación (día t) A las 11:00 a.m. del día de la negociación (día t) Luego de cerrado el período de asignación y hasta las 2:00 p.m. A las 3:00 p.m. del día indicado para la liquidación (día t + n)
5.3. Esquema de operación El ciclo del servicio Ventanilla de Valores atiende las necesidades de colocación de los emisores públicos de acuerdo con las siguientes etapas: 5.3.1. Convocatoria de colocación Se debe registrar con al menos un día hábil antes a la fecha de la negociación; en ella se detallan las características de la emisión como: códigos ISIN, monto convocado, montos máximos y mínimos permitidos por oferta, rendimiento o precio de colocación de los valores, así como cualquier otra información relevante para el proceso de negociación. 5.3.2. Recepción de ofertas Solo se podrán efectuar ofertas de tipo no competitivo, en el horario definido por el emisor. Cuando el emisor agrega la convocatoria, elige la hora de inicio y finalización, tiempo en el cual se puede modificar la oferta. Los inversionistas envían sus ofertas de negociación por medio del servicio, dentro del horario de postura de ofertas. Dichas ofertas quedarán disponibles para que el emisor, luego de cerrado el periodo de recepción de ofertas, proceda con la asignación respectiva. El inversionista solo podrá registrar una oferta por convocatoria, la cual podrá modificar o eliminar dentro del ciclo de postura de ofertas. 5.3.3. Asignación de ofertas Una vez cerrado el periodo de recepción de ofertas las mismas se ordenan de acuerdo con los parámetros que han sido determinados, como hora de envío y monto de la negociación que se hacen en forma ascendente. La hora límite para la asignación, así como para realizar la comunicación oficial de sus resultados, será hasta las 11:00 a.m. del día de la negociación. Una vez que se asignan las ofertas se emite un reporte con las características de la negociación que será enviado a todos los oferentes, emisores y a la Sugeval. La asignación se realiza bajo el método de prorrateo, cuando las ofertas recibidas excedan el monto a colocar, y siguiendo al regla de primero en tiempo, primero en derecho. 5.3.4. Distribución de ofertas Una vez finalizada la asignación de ofertas y hasta las 2 de la tarde, los oferentes asignados deben indicar las cuentas de valores, para la distribución de los valores, según el monto nominal asignado. 5.3.5. Confirmación de negociaciones Las entidades de custodia procederán con la confirmación o rechazo de las negociaciones que le fueron asignadas mediante la distribución realizada por el oferente participante.
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Con la confirmación estaría asumiendo la responsabilidad por la liquidación de dichas negociaciones. En caso de rechazo por parte de la entidad de custodia, la entidad participante como oferente asume la liquidación por cuenta propia. Si la distribución no es confirmada ni rechazada por parte de la entidad de Custodia, se aplica la regla de silencio positivo, y la liquidación se adjudica a la entidad de Custodia. 5.3.6. Liquidación de ofertas La liquidación deberá realizarse a las 3:00 p.m., a través del Sistema Interbancario de Liquidación (SIL) utilizando el mecanismo de entrega contra pago bajo el concepto de liquidación bilateral bruta. Ante insuficiencia de fondos totales o parciales del compromiso adquirido, se excluye la operación correspondiente.
5.4. Situaciones contingentes Cuando un inversionista presente una insuficiencia de fondos que le imposibilite cubrir la totalidad de sus obligaciones financieras, la asignación final se hará hasta por el monto posible de liquidación y las ofertas serán liquidadas bajo el principio de "primera en tiempo, primera en derecho", en el entendido de que para estos casos no aplica el criterio de asignación parcial de ofertas. Ante un incumplimiento, se suspenderá al participante su condición de inversionista según se establece en el Reglamento del Sistema de Pagos.
5.5. Consultas y difusión de información 5.5.1. Información particular Los participantes podrán consultar en línea la siguiente información relacionada con su participación en el servicio Ventanilla de Valores:
Ofertas registradas, el monto ofrecido para su participación en ventanilla con las características de los valores ofrecidos.
Detalle del resultado de su participación, con el dato del monto asignado y su Valor Transado.
Detalle de la distribución en cuentas de valor.
5.5.2. Información del mercado Luego del cierre de la sesión de negociaciones, los participantes podrán realizar las consultas de información de sus operaciones. 5.5.3. Publicaciones del Emisor El emisor podrá divulgar información agregada del Mercado de negociación de deuda, utilizando los medios de comunicación que determine apropiados para tales fines.
5.6. Responsabilidades En esta sección, se definen las responsabilidades básicas para el servicio Ventanilla de Valores, adicionales a las definidas en los documentos citados en el apartado 4 de esta norma. 5.6.1. De los emisores
Garantizar igualdad de condiciones en acceso a la negociación de valores.
Transparencia en los procedimientos de convocatoria y asignación de ofertas.
Divulgar la información de los resultados de las colocaciones.
Informar a cada inversionista el resultado de la participación en la ventanilla.
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5.6.2. De los inversionistas
Designar la cuenta de valores sobre la que se liquidarán los movimientos producto de la VVE.
Mantener los fondos necesarios para liquidar las colocaciones.
Inscribir a sus usuarios en los diferentes cursos certificados que el BCCR imparte, con el fin de minimizar el riesgo operativo.
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