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NORMATIVA SOBRE TRANSPORTE ESCOLAR DE ARGIA IKASTOLA 1.-NORMATIVA SOBRE EL TRANSPORTE 1.1-Esta normativa se aplicará a aquel transporte que sea organizado exclusivamente por la Ikastola. 1.2-Es de obligado cumplimiento por parte de toda comunidad educativa y empresas subcontratadas. Y tras ser revisado anualmente por el Consejo Rector y la Comisión de transporte, será entregada a todos/as los usuarios que la soliciten. 1.3-El Consejo Rector, a propuesta de la comisión de transporte, empresa adjudicada y Dpto. de admón., aprobará esta normativa y las posibles modificaciones que la comisión proponga. 1.4- El cobro de las cuotas se realizará coincidiendo con la cuota de la Ikastola, en los términos e importes que decida la asamblea.
2 RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE TRANSPORTE 2.1-La Comisión de transporte será la encargada de hacer cumplir esta normativa y actualizarla si fuera necesario. 2.2- Cualquier modificación será refrendada por el C.R. a propuesta de la Comisión. 2.3- Se encargará de proponer ante el C.R. la contratación del servicio de transporte. 2.4-Decidirá las peticiones de altas presentadas. 2.5-Diseñará y organizará las paradas e itinerarios a principio de curso junto a la empresa de transporte (ARASA). 2.6- Al menos un miembro de la comisión estará representado en el C.R. 2.7- Deberá estar formada por al menos un cooperativista de cada línea de bus. 2.8-Se reunirá al menos una vez al mes.
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3. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA GOURMETFOOD.
1-Gourmetfood será la empresa responsable de la gestión del traslado del alumnado de Argia Ikastola en autobús. Tomando como referencia el Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores. Indico un resumen de la presente ley con los aspectos que nos competen. Artículo 8. Acompañante a.-Será obligatoria la presencia a bordo del vehículo durante la realización del transporte de, al menos, una persona mayor de edad idónea,
distinta
del
conductor,
acreditada
por
la
entidad
organizadora del servicio, encargada del cuidado de los menores durante su transporte y las operaciones de acceso y abandono del vehículo, así como , en su caso, de la recogida y acompañamiento de los alumnos/as desde y hasta el interior del recinto escolar, dependiendo de la edad o niños/as con necesidades educativas especiales. El acompañante deberá ocupar plaza en las inmediaciones de la puerta de servicio delantera o central. b.-Resulta obligatoria la presencia de un acompañante, no podrá realizarse el transporte sin que éste se encuentre a bordo del vehículo. No obstante, la reiteración de esta circunstancia podrá ser considerada como incumplimiento del contrato. c.-La acreditación del acompañante, no supone necesariamente relación laboral con la entidad organizadora del servicio.
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Artículo 10. Itinerario y paradas. a.-El itinerario y las paradas se fijarán coincidiendo con las paradas del transporte ordinario. b.- La ubicación de dichas paradas será comunicada, previamente, por el órgano que haya de otorgar la autorización. Artículo 11. Duración máxima del viaje. Los itinerarios y horarios de aquellos transportes que tengan por objeto el traslado de los menores entre su domicilio y el centro escolar en que cursan
estudios,
deberán
establecerse
de
tal
forma
que
en
circunstancias normales resulte posible que el tiempo máximo que aquéllos permanezcan en el vehículo no alcance una hora por cada sentido del viaje, previniéndose únicamente que se alcance esta duración máxima en casos excepcionales debidamente justificados.
3.2-FUNCIONES DE LOS/AS MONITORES/AS Tomando como referencia la legislación vigente en materia de transporte a continuación indicamos las funciones que deben de desempeñar los/as monitores/as de autobús. a.-Garantizar el cumplimiento de este Reglamento. b.-Transmitir
las
normas
del
reglamento
de
autobús,
siendo
fundamental que los escolares sepan qué es lo que deben hacer y actúen en consecuencia. c.-En cada autobús irá un/a cuidador/a, que lo tomará a la hora y en el lugar que les indique la encargada al comienzo de curso. d.-Garantizar la seguridad de los usuarios en el autobús. Para ello deberá conocer el funcionamiento de los mecanismos de seguridad del vehículo. 3
e.-Dado que el autobús es otro espacio más de la Ikastola, el euskera será la lengua de comunicación entre los/as usuarios/as del mismo. f.-Recibir al alumnado de 0-3 años en la puerta del autobús y después de situarlos en sus respectivos asientos les colocará el cinturón de seguridad colocándolos en los asientos del pasillo. g.-Controlar que el alumnado suba y baje del autobús en sus respectivas paradas. h.-Ayudar a subir y a bajar del autobús al alumnado que así lo requiera. i.-Asegurarse de que las mochilas se hayan colocado en el maletero (los/as niños/as de 18 meses a 5 años las dejarán en el portaequipaje) y no supongan ningún riesgo para los/as niños/as durante el trayecto. j.-Prestará extrema atención al cierre de puertas y maleteros para que ningún niño/a se encuentre en las proximidades de éstas y pueda ser atrapado por ellas. Éstas serán cerradas cuando el/la monitor/a le indique al conductor el momento de hacerlo. k.-Por seguridad, colocar los apoyabrazos a los más pequeños para que no se caigan. l.-Comprobar que todos/as los/as alumnos/as ocupen su asiento antes de que el autobús inicie el movimiento. m.-Evitar la entrada al autobús de personas ajenas al servicio. n. Estar en posesión y tener conocimiento de la normativa vigente sobre transporte escolar de la Ikastola. o.-Cualquier otra consideración que afecte al buen desarrollo de la actividad y al incremento de la seguridad. A efectos de dar cumplimiento al presente reglamento y para que el transporte se desarrolle en las necesarias condiciones de seguridad y convivencia, se establecen las normas de conducta, que deben ser cumplidas por los alumnos/as y para que sean trabajadas y apoyadas desde casa a través de un folleto informativo. 4
3.3-OBJETIVOS •
Educar en y para la seguridad.
•
Convivir en armonía en espacios y servicios complementarios.
•
Respetar a las personas.
•
Cumplir las normas del presente Reglamente y del Plan de Convivencia.
3.4-FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO a.-Los/as alumnos/as deberán estar en la parada puntualmente a la hora prevista para su traslado a la Ikastola. En caso de perder la ruta, la empresa no se hace responsable de su traslado. b.-Los autobuses de transporte escolar dejarán y recogerán a los/as alumnos/as en el lugar que la Comisión de transporte y la empresa de transporte considere más seguro para los usuarios. c.-Los padres, madres o tutores de los/as alumnos/as con edades comprendidas entre los 18 meses a 12 años (dependiendo de la autonomía del alumno/a) estarán puntualmente en la parada correspondiente a la hora de recogida de los/as niños/as por
la
tarde. d.-Cuando el/la alumno/a tenga menos de (12 años) y sus padres, madres o tutores consideren que son responsables de ir solos a casa, deberán de rellenar una autorización que indique su consentimiento. e.-Si un/a alumno/a no va a utilizar el servicio de transporte durante uno o varios días, y esto es sabido de antemano, se debe avisar por escrito a la encargada. Igualmente, si el alumno/a ha utilizado el servicio por la mañana pero no va a utilizarlo por la tarde o viceversa. f.-Los/as alumnos/as de primaria y secundaria dejarán sus mochilas en el maletero. Sólo los alumnos de infantil (18 meses a 5 años) podrán subir sus mochilas al habitáculo del vehículo. 5
g.-Si es necesario cruzar la carretera, hacerlo siempre por delante del autobús, caminando por la acera. Recordando que hay que mirar, siempre, primero a la izquierda, después a la derecha y luego, otra vez a la izquierda. 3.5- EN EL AUTOBÚS a.-El alumnado se montará en el autobús de forma ordenada y siempre estará presente cuando esté un/a monitor/a. b.-Las 4 primeras plazas del autobús serán ocupadas por mayores de 8 años. c.-Durante el recorrido el/la monitor/a deberá ir sentado/a en el asiento
correspondiente
a
la
puerta
delantera
o
central,
supervisando el comportamiento y la colocación de los/as niños/as en sus respectivos asientos. d.-El alumnado irá tomando asiento respetando el orden de llegada, no pudiéndose reservar asiento ni ocuparlo con mochilas. e.-El alumnado permanecerá sentado en su asiento correspondiente a lo largo de todo el trayecto, manteniendo una actitud de sosiego y respeto hacia las instalaciones del vehículo, obedeciendo en todo momento las indicaciones de el/la cuidador/a y del chofer del autobús. f.-Se evitarán conductas peligrosas: levantarse del asiento, lanzar objetos, bajarse en otra parada,… g.-Se respetarán las señales y demás elementos que haya en el autobús. h.-Se cuidará y mantendrá limpio el vehículo. No comer ni beber, y tratar bien los asientos. i.-Se mantendrán los pasillos libres de cualquier obstáculo. j.-No se permitirá al alumnado utilizar juguetes en el trayecto.
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3.6-A LA LLEGADA a.-La salida será de forma ordenada, sin empujones y sin crear situaciones de riesgo. b.-Alumnado de Infantil, LH1 Y LH2 bajarán por la puerta delantera, y siendo acompañados en todo momento por el/la monitor/a, cruzarán el patio agarrados a la cuerda hasta llegar al centro donde se les acompañará a sus respectivas gelas y serán entregados a sus profesores/ as. El resto, irán solos. c.- El alumnado se responsabilizará de coger sus pertenencias antes de bajar del autobús. d.-. Los/as monitores/as comprobarán, una vez haya acabado el trayecto, que no quede en el autobús ningún niño/a. Así mismo, revisará en el interior del autobús y en el maletero y recogerá los objetos que hayan sido olvidados. 3.7-SALIDA a.-El/la monitor/a, esperará dentro del vehículo la llegada de los/as niños/as. Éstos serán acompañados por sus profesores, y serán repartidos en los autobuses según los criterios establecidos en la Ikastola. B.-Antes de iniciar el recorrido, pasará lista asegurándose de que las puertas están cerradas. Si en este momento el/la monitor/a descubre la falta de algún alumno/a, después de esperar un tiempo prudencial, pedirá la colaboración de la persona encargada de la apertura de las puertas para que la busque en la mayor brevedad posible. c.-El/la monitor/a nunca abandonará el vehículo cuando haya alumnos/as dentro de él. d.- Los/as monitores/as se asegurarán de que en la parada haya un responsable de recoger al niño/a. En caso de no haberlo, el/la 7
monitor/a se lo llevará a la última parada (en el caso de la línea de Tudela) o lo dejará bajo la tutela de otro padre que se encuentre en la parada (es el caso de los autobuses que hacen el recorrido de los pueblos). Si esta situación se produce reiteradamente será motivo suficiente para dejar de usar este servicio. e.-Las/os monitores/as comprobarán, una vez haya acabado el trayecto, que no quede en el autobús ningún niño/a. Así mismo, revisará en el interior del autobús y en el maletero, recogerá los objetos que hayan sido olvidados y los guardará el/ella mismo/a, o bien los entregará al conductor para que los deposite en la oficina de la compañía de transporte. De acuerdo con la empresa, los usuarios podrán reclamar estos objetos. f.-La encargada recogerá las quejas de padres, madres o tutores para trasladarlas a dirección o administración donde se les dará el seguimiento oportuno.
4. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE ADMINISTRACIÓN 4.1-Entre administración, empresas y comisión de transporte existirá coordinación permanente. 4.2-Gestionará con la empresa (Gourmetfood) cambios, altas y bajas.
las peticiones de
4.3-Será informada por ARASA de cualquier incidencia, cambio, retraso, modificación del recorrido etc., para poder gestionar junto a Gourmetfood y la C. de Transporte la solución más factible. 4.4-Gestionará las cuotas y becas de ayudas al transporte. 4.5- Mantendrá al día la base de datos de los usuarios. 4.6- Realizará los estudios económicos, viabilidad y presupuestos junto a la comisión y empresas.
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5. ALTAS Y BAJAS 5.1-Las altas y bajas para utilización de transporte, se presentarán por escrito en admón. como mínimo 15 días antes de la fecha propuesta por parte del padre, madre o tutores del alumno/a. 5.2-La decisión adoptada en comisión, se le comunicará a la familia desde administración como mínimo una semana antes de vencer la fecha de alta o baja propuesta. 5.3- Las bajas y altas aprobadas se comunicarán a la encargada de Gourmetfood por parte de admón. para el conocimiento de monitores/as del autobús y responsables. 5.4- Los cambios se archivarán en la base de datos de admón.
6. CAMBIO DE LINEAS 6.1- El alumnado deberá hacer el viaje de ida y vuelta en su autobús correspondiente. No se permitirán cambios de vehículos que no hayan sido aprobados previamente por la Comisión de transporte. 6.2- En cualquier caso y por cualquier cambio, deberá haber sitio en la línea solicitada. 6.3- Los cambios de línea solicitada de manera permanente se aceptarán sólo en los siguientes casos: -Cambio justificado de domicilio. -Solicitud a principio de curso. -Cualquier otra situación que no esté contemplada en los casos anteriores, se analizará por la comisión y se comunicará al interesado/a dentro de los plazos previstos.
6.4- La solicitud para el cambio de línea se presentará por escrito en admón. como mínimo 15 días antes de la fecha propuesta por parte del padre, madre o tutores del alumno/a, salvo la presentada al inicio de curso que se hará por escrito junto a la circular que se envía a tal efecto.
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6.5- La decisión adoptada en comisión, se le comunicará a la familia desde administración como mínimo una semana antes de vencer la fecha de cambio de línea propuesta. 6.6- Los cambios aprobados se comunicarán a la empresa (Gourmetfood) por parte de admón. para conocimiento de las monitoras y responsables. 6.7- Los cambios se archivarán en la base de datos de admón.
7. CAMBIO DE PARADAS 7.1-La solicitud de cambio de parada podrá solicitarse siempre que la línea sea la misma. 7.2-Las solicitudes para cambio de parada, se deberá hacer por escrito y se le entregará al/ la profesor/a. 7.3- En cualquier caso los cambios se deberán comunicar antes de la 12:00h. 7.4-Si se solicitan días fijos, deberán comunicarse por escrito señalando que días son. 7.5-Estos cambios quedarán reflejados en una hoja de control que, el profesorado va rellenando a lo largo del día. 7.6- La encargada de la empresa informará a las monitoras de autobús de los cambios solicitados.
8.-INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA 8.1. Las conductas que supongan crear situaciones de peligro para sí mismos o para los demás, maltrato del mobiliario del vehículo, desobediencia, falta de respeto y agresiones verbales y/o físicas hacia el/la monitor/a, el chofer y compañeros/as, podrán ser corregidas por medio de sanciones, que pueden ir desde la amonestación oral o por escrito cuando se dé una alteración leve de las normas, hasta la negativa al uso del transporte escolar. Toda sanción será comunicada a las familias.
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4.2. Si la conducta incorrecta tuviese un carácter leve el/la monitor/a amonestará de forma oral al alumno/a correspondiente. Si a pesar de la amonestación oral continúa manifestándose la misma conducta, o es sustituida por otra similar, el/la monitor/a comunicará la situación a la responsable del servicio, quien se encargará de comunicar a la familia por escrito la reiteración de este mal comportamiento. Si estas comunicaciones por escrito son reiteradas (tres escritos), se considerarán falta grave, pasando el caso a la Comisión Disciplinaria, quien podrá sancionar dicha conducta con la prohibición de usar el transporte escolar desde un día hasta el resto del curso. 4.3. Si la conducta incorrecta tuviese un carácter grave, el/la monitor/a informará de lo ocurrido a la Dirección del Centro, que podrá sancionar dicha conducta con la prohibición de usar el transporte escolar desde un día hasta el resto del curso.
FONTELLAS, 24 de mayo de 2010
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