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OBSERVACIONES DE UGT y CCOO AL PLAN DE IMPLANTACIÓN DE LA GARANTÍA JUVENIL EN ESPAÑA DE CARÁCTER GENERAL El Consejo Europeo reclama a los Estados miembros que accedan a los fondos de la Iniciativa de Empleo Joven, la presentación de un Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil antes de final de 2013. Por este motivo los interlocutores sociales hemos sido convocados a última hora y esperamos que se establezca un marco de participación efectiva que no se ha podido dar hasta el momento. Es necesario garantizar en primera instancia modificaciones en el diseño en base a las propuestas de este documento y establecer de forma eficaz la participación en el desarrollo, la aplicación y el seguimiento de este Plan de Garantía Juvenil. UGT y CCOO queremos insistir, como hemos hecho en todas las ocasiones, en que la situación actual de desempleo es consecuencia de la falta de actividad económica y que las medidas a desarrollar para el crecimiento del empleo y, consecuentemente, del empleo juvenil, serán aquellas capaces de impulsar el crecimiento económico. Una reactivación económica sostenible y duradera junto con un plan de inversiones dirigidas al empleo, son condiciones ineludibles para mejorar la situación de los jóvenes en el mercado de trabajo. El borrador del Plan Nacional para la Implantación de la Garantía Juvenil en España se basa fundamentalmente en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven presentada el 12 de marzo pasado por el gobierno, si bien la Garantía Juvenil definida por el Consejo de Ministros de Empleo, Asuntos Sociales y Consumo de la Unión Europea se refiere a jóvenes menores de 25 años. El marco legal en que se asienta la Estrategia incluye una reforma laboral con la que no estamos de acuerdo y cuyos efectos negativos sobre el empleo venimos denunciando, y está inscrita en políticas de ajuste que frenan el crecimiento económico. CCOO y UGT consideramos que este Plan no debe descuidar a los jóvenes formados, ya que la apuesta por mejorar el modelo futuro de la economía española pasa por estimular las actividades de alto valor añadido, la investigación y la innovación. Por consiguiente, no puede olvidarse al 10% que tiene estudios superiores y que aspiran a un empleo, con posibilidades de formación en innovación o como desarrollo de itinerarios relacionados con la investigación. A los cuales se deben incorporar también los titulados de formación profesional, para que puedan aspirar a empleos de calidad y a avanzar en sus niveles formativos.
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Consideramos necesario el establecimiento de compromisos concretos de contratación. El objetivo final de la implantación de la garantía juvenil debe ser el compromiso empresarial de contratar a un porcentaje de los jóvenes que participan en las distintas medidas (2% de la plantilla), especialmente cuando la mayoría de las acciones van a estar bonificadas. El Plan contempla una primera fase de puesta en marcha durante la que se contempla que el Plan Anual de Políticas de Empleo se dirija prioritariamente a los jóvenes destinatarios de la garantía social. El primero de los indicadores de resultados del PAPE se refiere a la empleabilidad de los jóvenes, lo que significa que ya tienen consideración prioritaria. No es deseable que las medidas generales contempladas y financiadas en el PAPE se incluyan como medidas de Garantía Juvenil, que debe complementarse con medidas que contemplen parados de larga duración, mayores de 45 años. UGT y CCOO consideramos básico garantizar la igualdad de acceso a los servicios. Como afirma el documento, el colectivo de jóvenes es heterogéneo y, por tanto, requiere de distintas atenciones según las características de cada persona. De hecho, el Plan agrupa colectivos destinatarios con características diversas, según sean destinatarios de unas medidas u otras. Los criterios de prelación deben destacar que las ofertas sean adecuadas al perfil y por otra parte, que la formación para obtener el título de la ESO no impida participar en ofertas con contratación. El Plan debe atender a todo el colectivo, para lo cual debieran ampliarse ofertas para los que tengan solo la ESO. Los criterios de prelación deben ser claros indudablemente, pero deben establecer las prioridades en función del servicio que se vaya a ofrecer: no es igual una buena oferta de empleo, que una oferta formativa de formación reglada para la obtención de una titulación general, una de formación profesional para una determinada capacitación, o un contrato en prácticas o para la formación. La incorporación de otros criterios de prelación por parte de las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias debe estar también controlada: los criterios adicionales deben estar claramente definidos y no pueden suponer la conversión del Sistema de Garantía Juvenil en fuente de financiación de políticas alternativas que ya estaban vigentes y, presumiblemente, contaban con la necesaria financiación para su implementación. La Garantía Juvenil es adicional y no sustitutiva. Con carácter general todos los programas que conjuguen formación y ocupación laboral en las empresas deberían ir acompañados de compromisos de contratación. Debería promoverse una regulación general de las prácticas no laborales, dotándolas de verdaderas garantías formativas y evitando la sustitución de puestos de trabajo con relación contractual. Los acuerdos para la realización de prácticas no laborales en las empresas deben contener objetivos de 2
contratación y garantizar en todos los casos la tutela del Servicio Público de Empleo correspondiente, para evitar abusos. Con respecto a las Escuelas Taller y Casas de Oficios, consideramos imprescindible la adaptación de los programas a las necesidades reales del mercado laboral. Se debe dar prioridad a proyectos relacionados con sectores y actividades emergentes (medio ambiente, servicios a la sociedad, nuevas tecnologías) en las que se compruebe que existen necesidades no cubiertas. Debería existir la obligatoriedad de que todas las comunidades autónomas tengan Escuelas Taller. Respecto a las medidas para favorecer la contratación y para favorecer el emprendimiento, son las contenidas en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven, de modo que nos remitimos a lo que ya dijimos en su momento. Si bien queremos insistir en la necesidad de establecer medidas de fomento del empleo y apoyo a los investigadores. En cuanto al seguimiento y evaluación del Plan, se debe realizar a través de los Servicios Públicos de Empleo, la coordinación de las actuaciones debería recaer en el Sistema Nacional de Empleo y debería garantizar la participación de los interlocutores sociales, tanto a nivel estatal, como en las CCAA, a través de las instancias de participación ya existentes en el Servicio Público Estatal de Empleo y en el Sistema Nacional de Empleo. Además, debe tener un funcionamiento continuo en el tiempo y cierto, ya que el Grupo de trabajo contemplado en la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven no se ha reunido en ninguna ocasión, de modo que se desconoce la implementación de las medidas, su utilización práctica y sus resultados de cara a los objetivos marcados. Contar con la estrategia de Emprendimiento y Empleo ha resultado útil a la hora de elaborar el Plan, pero también se debe atender su posible utilidad para redefinir, extender o sustituir proyectos, en función de los resultados ya identificables. En relación con la financiación del Plan Nacional de Garantía Juvenil, aparte de las fuentes de financiación de origen europeo debe quedar claro que las bonificaciones no pueden ser lo que desarrolle este Plan.
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DE CARÁCTER PARTICULAR A lo largo del documento se utiliza la expresión jóvenes “ninis”. Desde nuestro punto de vista tienen un matiz despectivo y sería más apropiado hablar de personas jóvenes para aludir a los jóvenes que ni estudian ni trabajan estando en condiciones de hacerlo. La utilización europea del término parece ser la normal para el programa, por lo que si la partida tiene que hacer esta referencia, que se realice con el término europeo, ya que en nuestro país el término “nini” resulta despreciativo. No entenderlo así lo que hace es dejar caer la responsabilidad de su situación sobre las personas y no sobre la crisis y las decisiones políticas adoptadas para salir de ella. Las consideraciones acerca del abandono prematuro habría que perfilarlas más. En estos momentos hay un problema por la falta de oferta escolar en todos los niveles, por lo que corregir esta situación debería ser también uno de los objetivos. Eliminar las referencias a la LOMCE. A) El enfoque del Plan “Un elemento fundamental de la actuación de la Garantía Juvenil será alcanzar un buen conocimiento de las características personales relevantes para el empleo de los jóvenes a los que hay que atender en aras de articular la atención más adecuada a cada uno de los perfiles.” •
En general la identificación de perfiles, las acciones preventivas o las posibilidades de inserción deben contar con ORIENTACIÓN PROFESIONAL especializada, que tenga en cuenta la diversidad de situaciones y de itinerarios adecuados.
• Debe quedar claro a lo largo del documento la importancia de contar con personal especializado para realizar una entrevista individualizada que permita conocer la situación, y características de los jóvenes para definir su perfil y ofrecer actuaciones que favorezcan la empleabilidad. Esta tarea debe ser realizada por la administración, preferiblemente servicios públicos de empleo, sin recurrir a la colaboración privada. “El Plan pretende ofrecer mecanismos que promuevan la colaboración, el diálogo y el consenso de forma que pueda materializarse la integración coherente de las políticas dirigidas a la inserción exitosa de los jóvenes en el mundo laboral.” • •
Determinar a qué mecanismos se refiere. Concretar más las fórmulas de participación de las organizaciones sindicales, dado que no parece claro en el resto del documento.
B) El colectivo de jóvenes sin ocupación que no cursan estudios
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En cuanto a los datos, para la identificación del colectivo, es aconsejable precisar la cuantificación de los colectivos objeto del mismo, de modo que no se produzcan indefiniciones como las observadas donde se indica que en 2012, de un total de 4.156.100 jóvenes de 16 a 24 años que había en España, 945.000 se encontraban en situación de desempleo y 858.000 jóvenes españoles podían incluirse en la categoría de ninis, es decir, que ni trabajaban ni tampoco recibían ningún tipo de formación ya fuese formal o informal. ¿Son esos dos colectivos independientes y se pueden sumar, o tienen partes en común, con lo que la población objeto del Plan es menor que la suma?
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Es necesario definir ninis con titulaciones o cualificación profesional y diferenciarlos de los que no disponen de ninguna formación.
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Sería conveniente incluir la variable hombre /mujer de los jóvenes de 16 a 24 años ninis. En principio hay grandes diferencias entre hombres y mujeres, sería conveniente a la hora de realizar actuaciones prioritarias, para saber si se dan los mismos parámetros que para otros grupos de edad, más mujeres en situación de desempleo, tienen más cualificación. .
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Nivel estudios desagregar por edades entre 16-29 y 20-24años
“El 58% de los ninis cuenta con experiencia laboral previa. ….. No obstante, a día de hoy, la inmensa mayoría de los ninis parados consta como “en busca de su primer empleo” •
Es contradictorio.
“Por nivel de estudios, el 10% tiene estudios superiores y un 25% no ha completado la ESO,” •
Dejar claro que hay jóvenes que no están trabajando ni estudiando, pero que sí tienen estudios.
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Si el 10% tiene estudios superiores y el 25% no tiene la ESO hay que saber qué pasa con el resto, que son mayoría.
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Según estos datos el 75% tienen al menos la ESO.
III. Definición nacional de la Garantía •
¿Qué significa “impulsar el trabajo conjunto de las asociaciones en todos los niveles y sectores”?
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es muy confuso el párrafo siguiente:
“Se esté en disposición…… “promoviendo su activación en colaboración con las entidades pertinentes para su atención” (demasiado ambiguo…) Buena oferta de empleo. •
Fijar criterios más exigentes… por ejemplo la frase “teniendo en cuenta las circunstancias de cada momento” ¿qué significa? “características personales” es subjetivo y puede ser discrecional, debe concretarse como perfil profesional, formativo, laboral, etc. y la oferta debe ser adecuada a las necesidades de cualificación en condiciones de calidad del empleo. Por ejemplo unas prácticas no laborales inadecuadas al perfil no sirven y no son una oferta de empleo… ¿Cómo definimos “experiencia válida y sostenible de inserción en el mercado laboral”?.
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No consideramos una “buena oferta” un empleo de 3 meses de duración y una jornada del 50% para garantizar una experiencia válida y sostenible de inserción en el mercado laboral.
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Revisar la duración del contrato (y no sólo de la “oferta”) y de la jornada en función de las posibilidades o necesidades de formación. Si fuera sin formación una jornada parcial de 3 meses no garantiza nada.
“Acción formativa. Será toda aquella que aporte al joven atendido formación o capacitación en áreas de idiomas, tecnologías de la información y las comunicaciones, con un tiempo mínimo de formación de 90 horas.” • Acción formativa de 90 horas sólo sirve para perfiles que lo necesiten como complemento a su cualificación, a alguien sin ninguna formación o experiencia no le sirve para nada. Acción de formación profesional continua (de oferta). • Definir más para que haya menos ambigüedad, puede haber problemas de adecuación a sus necesidades, de duración, de perfiles, de dificultades para el aprovechamiento. Por ejemplo la tendencia a ofertar acciones de teleformación que no son válidas para algunos perfiles o niveles. Puesto en prácticas. Puesto de trabajo con el contrato en prácticas regulado en el Estatuto de los trabajadores o en un puesto de prácticas no laborales en empresas.
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• Prácticas no laborales: sólo para formación en centros de trabajo de los títulos o los módulos de prácticas de los certificados de profesionalidad. Medidas o programas de atención a los jóvenes no inscritos o que no han solicitado la atención. • Medidas o programas… es muy ambiguo. Si van a existir recursos (ayudas, subvenciones, etc.) hay que definir qué tipo de programas y quiénes pueden realizarlos o bajo qué condiciones. B) Gradualidad •
Hay que definir quién hace el perfil completo, insistir en profesionales de los servicios públicos, con control y seguimiento, con unos protocolos claros sobre cuáles son las características del perfil completo, porque la tentación será encajar con calzador con las actuaciones ofrecidas en el catálogo o las prisas por cumplir con los tiempos indicados, llevará a que se ofrezcan o se realicen acciones formativas inadecuadas o prácticas no válidas, o los jóvenes reciban ofertas que no se correspondan con sus necesidades de cualificación .
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Esto ya ha ocurrido muchas veces, desde los “cursos del Inem” que tanta gente recuerda cuántas horas de formación que no les han servido para trabajar.
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Consideramos necesaria la participación de los interlocutores sociales en la elaboración y en la valoración de los resultados.
“los gestores del sistema dispondrán de un mes desde el registro de la solicitud de atención hasta la elaboración completa del perfil y la asignación del nivel de prioridad. A partir del momento en que se complete el perfil, deberá prestar la atención en un máximo de xxxx meses” •
Delimitar plazos. Lo que debe comenzar a los cuatro meses es la atención concreta, no la propuesta de atención. Las actuaciones previstas en el Plan no deben demorarse más allá de los tres meses, una vez que el candidato solicita ser incorporado al mismo. En consecuencia el plazo para iniciar la actuación, a partir del momento en que se complete el perfil, no deberá superar 2 meses.
IV Instrumentación de la garantía 1.1. Interlocutores sociales •
Entendemos que no todos los interlocutores sociales que se mencionan tienen la misma representatividad. Los interlocutores son los que se recogen en la legislación vigente, de acuerdo con los órganos de participación existentes. 7
Representantes de los jóvenes •
Las asociaciones de jóvenes participan a través del Consejo de la Juventud.
Procedimiento de atención Alta del solicitante en el sistema telemático específico de la Garantía Juvenil •
¿Y los que ya están en los SPE?
Incorporación a la lista de demanda de los beneficiaros •
La lista de beneficiarios con todas esas prioridades se puede hacer sin necesidad de que los jóvenes realicen la demanda. Así evitaríamos falsas expectativas de los que no encajan en todos los parámetros
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Es fundamental una campaña muy clara que identifique quiénes tienen prioridad en 2014.
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Si no tienen la ESO, cuál es oferta: a.- ¿Obtener el título? ¿Cómo?, ¿con una beca? b.- ¿Un contrato de formación-aprendizaje para un certificado de nivel 1? c.- Aunque no tenga la ESO pueda dar nivel de competencias claves para hacer un certificado de nivel 2. d.- Otra opción puede ser preparar la prueba de acceso a la FP grado medio, sobre todo quienes tengan una opción profesional clara por alguna experiencia o formación de otro tipo. Se podrían ver distintas fórmulas, ya que la parte específica de la prueba de acceso se convalida por experiencia laboral. Incluso puede haber otras opciones, siempre en la idea de cualificar con certificaciones oficiales, por lo cual esto habrá que trabajarlo y las opciones no son ni pocas ni sencillas para la orientación.
“Finalización del perfil con identificación de las actuaciones más adecuadas por parte de los Servicios Públicos de Empleo de las comunidades autónomas o, a decisión de las propias Comunidades, de otras instancias como los servicios sociales, organizaciones juveniles o entidades del tercer sector, etc.” •
La identificación de las actuaciones más adecuadas debe corresponder al organismo público, preferiblemente SPE, que se encargue de trazar el perfil del joven.
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LA IDONEIDAD DE LA OFERTA es lo más difícil de evaluar y controlar.
“Este procedimiento atenderá, al menos, las siguientes cuestiones: - Determinación de los beneficiarios en todo el territorio. - Establecimiento de una lista de demanda única. - Contenido mínimo del perfil básico de los candidatos. - Desarrollo del catálogo de medidas y actuaciones, con reflejo de las intensidades mínimas.” •
¿Quién desarrolla este procedimiento? Incluir que no se pueda privatizar.
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Si se determina una lista de beneficiarios, hay que pensar en OFERTAR el servicio y no esperar a la demanda. El orden de solicitud puede ser otro criterio para atender la demanda, si se ha limitado a los que cumplen los requisitos.
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Negociar el contenido del perfil (no será fácil con tantas prioridades).
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Catálogo: será fundamental para poder relacionar de forma viable y fiable las actuaciones con los perfiles.
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Tal vez hay que pensar en bases sólidas generales (o limitaciones, o requisitos) para que no quede librado a las “ocurrencias” de algunas administraciones autonómicas.
Financiación Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) “El 50 por ciento de la asignación presupuestaria específica de la Iniciativa de Empleo Juvenil [……….]será gestionada directamente por las comunidades autónomas y el resto por la propia Administración General del Estado..” •
¿No habría que corregir esos parámetros con el peso con respecto a la población de cada territorio? Los índices para cohesión social son muy relevantes con respecto a cada zona y no sólo en comparación con todo el estado.
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Los riesgos de exclusión dependen también de la atención o los servicios educativos o sociales que haya en cada zona, del género, el origen, la situación familiar, la marginación, las actividades culturales o de voluntariado, el deterioro de las infraestructuras, etc.
Programa operativo de empleo juvenil •
Si el público objetivo son ni.nis con independencia del nivel de formación habrá que establecer prioridades para los distintos niveles. 9
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¿En qué consiste la asistencia técnica?. En ningún caso se debe privatizar (informes, evaluaciones, etc.).
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¿organismos intermedios privados?
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¿Qué diferencia hay entre los 339.635 con formación sin experiencia y los 398.547 sin empleo anterior?
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Entre parados de larga duración ¿cuántos hay de cada situación anterior?
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Para respetar la base de la pirámide hay que empezar por la orientación que curiosamente va en el punto 3 cuando debería ser el 1. Reordenar: 1.- Acciones de orientación, información, asesoramiento, e intermediación 2.- Modernización de los servicios públicos de empleo 3.- Portal único de empleo (el 2 y 3 pueden intercambiarse) 4.- Programas de movilidad 5.- Actuaciones con agencias de colocación
En el gráfico de actuaciones (página 45), las actuaciones para mejorar la intermediación no respetan el orden contenido en el cuerpo del documento, por lo que deberían ser puestas en el orden acorde al texto presentado. 1. Para mejorar la intermediación •
En cuanto a las acciones para mejorar la intermediación, las actuaciones deben realizarse prioritariamente en el marco del Sistema Nacional de Empleo, a través de los Servicios Públicos de Empleo, coordinados por el Servicio Público Estatal de Empleo. Las actuaciones con agencias de colocación deben contener compromisos concretos y ciertos de contratación y el seguimiento personalizado de las colocaciones.
Modernización de los Servicios Públicos de Empleo “Los gastos de modernización y adaptación de los servicios públicos de empleo al sistema de Garantía Juvenil podrán ser sufragados con gastos reembolsables por el Fondo Social Europeo, incluidos los anticipos del 1% previstos en 2014 y 2015, y serán objeto de prioridad en el sistema de seguimiento de indicadores de resultado que condicionan el reparto de fondos a las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Empleo. Esta modernización y adaptación puede incluir la recapacitación del personal encargado específicamente de la atención a los jóvenes.” •
Esta modernización y adaptación debe incluir la recapacitación del personal encargado específicamente de la atención a los jóvenes y la ampliación de las plantillas de orientadores.
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Portal Único de Empleo •
SE DEBE GARANTIZAR: a) una actualización permanente b) el conocimiento de este instrumento en todos los servicios de orientación c) una evaluación continuada por parte de los usuarios
Acciones de acompañamiento, orientación e información laboral: •
Cambiar el título por: Acciones de orientación profesional, información laboral y acompañamiento en la búsqueda de empleo:
“De esta forma, el Ministerio de Empleo y las Comunidades Autónomas implementarán programas de acompañamiento, orientación e información laboral especializados para los jóvenes ninis, que se instrumentarán en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.” •
Cambiar el orden en este párrafo: “De esta forma……programas de orientación, información y acompañamiento especializados.
“Igualmente, se favorecerá la adopción de acuerdos con los agentes sociales para la realización de actividades dirigidas a informar y a formar a los empresarios sobre las distintas fórmulas de contratación que contempla la normativa vigente” •
Agregar: …dirigidas a informar y formar a los empresarios y a la representación legal de los trabajadores
2. Para mejorar la empleabilidad. •
Es posible que haya que ampliar los sectores y además tender a superar debilidades del modelo productivo.
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En el desarrollo de programas específicos de segunda oportunidad, para que los jóvenes desempleados con poca cualificación puedan reanudar de forma voluntaria su proceso de formación, es necesario que jueguen un papel destacado los Centros de Educación de Personas Adultas, que deberían configurar una Red de Centros de Nuevas Oportunidades.
“De esta forma, y teniendo en cuenta que empleabilidad y nivel formativo se encuentran relacionados, se promoverá junto con las Comunidades Autónomas, programas específicos de segunda oportunidad:”
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¿Cómo se concreta el compromiso de búsqueda activa de empleo? Certificados de nivel 1 cuando se confirme que no acceden a la acción anterior para obtener la ESO Aumento de plazas en el grado medio en general no sólo en dual y además incorporar la posibilidad de las pruebas de acceso QUITAR EL PÁRRAFO SOBRE LA FP BÁSICA, porque no conduce a más que las acciones de certificados de nivel 1 y no es necesario.
“La propia Recomendación insta a los Estados miembros a velar por que los esfuerzos por mejorar las aptitudes y las competencias ….” •
Suprimir aptitudes
Prácticas no laborales en empresas “Cuando las prácticas no laborales vayan dirigidas a jóvenes ninis menores de 25 años la empresa suscribirá un acuerdo con el joven, conforme al modelo que se determine por los servicios públicos de empleo, sin que sea necesaria la formalización de un convenio previo con los Servicios Públicos de Empleo.” • •
NO es admisible este párrafo. El acuerdo con el joven para las prácticas no laborales debe contar con el visto bueno del SPE, para evitar situaciones fraudulentas, o formalizar el convenio previo con los SPE.. Hay que incorporar la información y conformidad de la RLT.
Líneas de actuación a negociar: Establecer el Servicio Integrado de Información y Orientación Profesional. Implementar una convocatoria específica, para Reconocimiento de los Aprendizajes no formales e informales adquiridos a través de la Experiencia Laboral. Reordenar las modalidades existentes de formación en alternancia.
Impulso de la Formación Profesional Dual a través del Contrato de Formación y Aprendizaje •
Quitar la referencia o posibilidad de certificación académica o acreditación parcial acumulable porque luego es muy difícil completar títulos o certificados, si el contrato va de un año a 3 no es de recibo hacer sólo módulos aislados; o en todo caso garantizar la oferta de módulos formativos para completar el título o certificado.
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“Como novedad, y en aras a contribuir en el cumplimiento de la Garantía Juvenil, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social financiará hasta el 100% del coste total de la actividad formativa inherente al Contrato para la Formación y Aprendizaje durante el primer año cuando las empresas suscriban esta modalidad contractual con jóvenes ninis menores de 25 años.” •
Esta ayuda extraordinaria sólo se aplicará a las empresas que se comprometan a la conversión de estos contratos en indefinidos.
Formación para la obtención certificados de profesionalidad: •
No valen para nada los párrafos 2º y 3º del punto sobre certificados de profesionalidad, porque es repetición de las leyes o decretos. Vale más la pena hacer referencia más explícita a la acreditación de centros de formación y a evitar que se haga exclusivo en la empresa si no hay condiciones garantizadas y supervisadas.
3- Para favorecer la contratación “De forma adicional, se ampliarán, en aplicación de la Garantía Juvenil, los incentivos anteriores a aquellas empresas que contraten a un joven nini menor de 25 años.” •
Siempre que se cumplan todos los requisitos.
A) Refuerzo de la coordinación interadministrativa en materia de Garantía Juvenil: • •
El Consejo del Sistema Nacional de Empleo debería tener un papel relevante en la coordinación y seguimiento. Garantizar la participación de los interlocutores sociales en las mesas técnicas.
Actuaciones en materia de I+D+i Por último, en relación con la I+D+i, planteamos favorecer desde la iniciativa pública el impulso a proyectos de alto valor añadido y aplicación práctica, para impulsar el apoyo a la formación y contratación de los jóvenes investigadores en las Universidades, OPI y Departamentos de I+D+i de las empresas.
Madrid, 17 de diciembre de 2013
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