OSORNO, 1 4 DIC. 2010

GOIIIERNO DE SERVICIO DE ALUD OSORNO/ Depta. Asear Jurídica SR. MLC/ C/vvs N" 10' RESOLUCION EXENTA N"\\f OSORNO, lJ: 71 1 4 DIC. 2010 VISTOS E

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GOIIIERNO

DE

SERVICIO DE ALUD OSORNO/ Depta. Asear Jurídica SR. MLC/ C/vvs N" 10'

RESOLUCION EXENTA N"\\f OSORNO,

lJ:

71

1 4 DIC. 2010

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES : La necesidad de dar aprobación formal a Convenio Modificatorio, celebrado entre el Servicio de Salud Osorno y la Universidad Austral de Chile. TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en el Decreto Ley N°2763 de 1979 y Decreto Supremo N°I03 de 2010 del Ministerio de Salud, dicto la siguiente:

RESOLUCION 1.- APRUEBASE el Convenio Modificatorio, suscrito con fecha 13 de Diciembre de 2010, entre el Servicio de Salud Osorno y la Universidad Austral de Chile, el cual es del tenor que sigue:

CONSIDERANDO: 1. Las necesidades recursos humanos calificados formados salud que realiza acorde a los desafíos Estado Chileno y las facilidades que para

del Hospital Base Osorno en cuanto a disponer de al más alto nivel para fortalecer las prestaciones de actuales que impone la sociedad, las exigencias del ello cuenta como Hospital en Autogestión.

2. Las competencias que posee la Facultad de Medicina de la Universidad Austral de Chile para formar médicos especialistas y subespecialistas en diferentes áreas de las ciencias médicas a través de su oferta de Programas de Postítulo y la disponibilidad del nuevo Campo Clínico de la Facultad de Medicina en la ciudad de Osorno el que cuenta con recursos para la formación y administración académica. 3. Las facilidades que otorga el Convenio Docente Asistencial suscrito entre el Servicio de Salud Osorno y la Universidad Austral de Chile, Resolución Exenta N°345 del 31 de Marzo del 2003, Servicio de Salud Osorno, para incorporar y fortalecer la docencia universitaria en el Hospital Base \ de' : Osorno, ampliar la docencia de Postítulo en los establecimientos del Servicio de Salud Oso~~ -'y en general, promover la colaboración entre ambas instituciones. .{ ..:,~.1~ .• ! ~ ~ ~\ t

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4. La necesidad de satisfacer los requerimientos de médicos especialistas en el país mediante el aumento 'de las. plazas de especialistas en formación, en adelante residentes, para lo cual es forzoso contar con prestaciones asistenciales, personal clínico, equipamiento tecnológico, servicios de apoyo diagnóstico, terapéuticos y administrativos en cantidad y calidad suficiente para asegurar altos estándares formativos; remarcándose, asimismo, que el proceso de formación contribuye al apoyo asistencia! de los servicios clínicos donde se realiza por el período que éste dura.

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SE ACUERDA: PRIMERO: En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo quinto, letra d) del Convenio Docente Asistencial suscrito entre el Servicio de Salud de Osorno y la Universidad Austral de Chile, Resolución Exenta N°345 de 31 de marzo de 2003 del Servicio de Salud de Osorno, los Programas de Postítulo de Médico Especialista y Subespecialista que actualmente ofrece la Facultad de Medicina de la Universidad Austral de Chile podrán incorporar rotaciones de residentes en el Hospital Base de Osorno, incluyendo Becados de último a110 de pmnación y Becados en Especialidad determinados en común acuerdo. Este acuerdo incluye a los programas que se instituyan en el futuro así como aquellos que establezcan su Comité de Programa en el Hospital Base de OS01110. SEGUNDO: Las rotaciones se iniciarán a partir del año 2010 de acuerdo a las actividades, período del año y número de residentes que convengan los responsables de cada Programa y los Servicios clínicos respectivos. La supervisión y seguimiento de los residentes será realizada por los funcionarios del Servicio respectivo del Hospital Base de Osomo que forman parte de la planta docente de la Facultad de Medicina, Universidad Austral de Chile, Campo Clínico OS01110.Los aspectos administrativos y legales respecto a las funciones de los residentes en rotación se regirán de acuerdo al convenio COLDAS Servicio de Salud Osomo-Universidad Austral de Chile vigente. TERCERO: En virtud de 10 que antecede, el Servicio de Salud Osomo se obliga a autorizar la participación de sus profesionales docentes de la Universidad Austral de Chile en la actividades prácticas y teóricas de formación de los residentes y a la colaboración del personal asistencial en aquellas tareas que correspondan a las actividades comunes y de buen servicio del residente en su sitio de trabajo. CUARTO: El Servicio de Salud Osomo aportará la alimentación de él o los residentes mientras dure la residencia y cada Programa de Postítulo cubrirá los gastos de alojamiento y traslado. Los mayores gastos que se generen por la labor asistencial y prestaciones de salud que cubrirán los residentes serán financiados por el Servicio de Salud Osorno. La persone ría de don Juan Omar Cofré Lagos, como Rectos Subrogante de la Universidad Austral de Chile, consta del Decreto de Rectoría N°441 de 12 de Octubre de 2010 y del artículo 56 de los Estatutos de la Universidad Austral DE Chile.

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DISTRIBUCION

:

• UNIVERSIDAD • •

AUSTRAL DE

Subdirección Gestión Asistencial "' Depto. Subdirección Recursos FY.icos y Financieros

• Depto. Asesoría Jurídica S.S.O • Depto. Auditoria S.s.O. •

Subdepto. Recursos Financieros

S.s.O.



Secretaria Ejecutiva Coldas S.s.O.



Oficina de Partes S.S.O.

S.s.O.

ADENDUMAL OSORNO y UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE, RESOLUCIÓN F.xENTAN°345 DEL 31 DE MARZO DE 2003, SERVICIO DE SALUD OSORNO.

3.

En Osorno, ~ DlRl.e 2D1(l.ie 2010. entre el Servicio de Salud de Osorno, persona jurídica de derecho público creada por D.L. N° 2763 de 1979, representada por su Director Sr. Marcelo Larrondo Calderón. Ingeniero Civil Industrial, RUT N° 8.208.552, domiciliado en calle Manuel Antonio Matta N° 448, Osomo; y la Universidad Austral de Chile, representada por su Rector (s) Dr. Juan amar Cofré Lagos, RUT N° 6.313.747-2, ambos domiciliados en calle Independencia N° 641 de la comuna y ciudad de Valdivia. CONSIDERANDO: 1. Las necesidades del Hospital Base Osomo en cuanto a disponer de recursos humanos calificados formados al más alto nivel para fortalecer las prestaciones de salud que realiza acorde a los desafíos actuales que impone la sociedad, las exigencias del Estado Chileno y las facilidades que para ello cuenta como Hospital en Autogestión. 2. Las competencias que posee la Facultad de Medicina de la Universidad Austral de Chile para formar médicos especialistas y subespecialistas en diferentes áreas de las ciencias médicas a través de su oferta de Programas de Postítulo y la disponibilidad del nuevo Campo Clínico de la Facultad de Medicina en la ciudad de asomo el que cuenta con recursos para la formación y administración académica. 3. Las facilidades que otorga el Convenio Docente Asistencial suscrito entre el Servicio de Salud Osomo y la Universidad Austral de Chile, Resolución Exenta N°345 del 31 de Marzo del 2003, Servicio de Salud Osorno. para incorporar y fortalecer la docencia universitaria en el Hospital Base de Osorno, ampliar la docencia de Postítulo en los establecimientos del Servicio de Salud Osomo y en general, promover la colaboración entre ambas instituciones. 4. La necesidad de satisfacer los requerimientos de médicos especialistas en el país mediante el aumento de las plazas de especialistas en formación. en adelante residentes, para 10 cual es forzoso contar con prestaciones asistenciales, personal clínico, equiparniento tecnológico, servicios de apoyo diagnóstico, terapéuticos y administrativos en cantidad y calidad suficiente para asegurar altos estándares formativos: remarcándose, asimismo, que el proceso de formación contribuye al apoyo asistencial de los servicios clínicos donde se realiza por el período que éste dura.

SE ACUERDA: PRIMERO: En cumplimiento a lo dispuesto en el articulo quinto, letra d) del Convenio Docente Asistencial suscrito entre el Servicio de Salud de asomo y la Universidad Austral de Chile, Resolución Exenta N°345 de 31 de marzo de 2003 del Servicio de Salud de Osomo, los Programas de Postítulo de Médico Especialista y Subespecialista que actualmente ofrece la Facultad de Medicina de la Universidad Austral de Chile podrán incorporar rotaciones de residentes en el Hospital Base de Osorno, incluyendo Becados de último año de formación y Becados en Especialidad determinados en común acuerdo. Este acuerdo incluye a los programas que se instituyan en el futuro así como aquellos que establezcan su Comité de Programa en el Hospital Base de Osorno. SEGUNDO: Las rotaciones se iniciarán a partir del ario 2010 de acuerdo a las actividades, período del año y número de residentes que convengan los I

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