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I. R. S. S. T. Doc.: Exp.: 18-SU-00010.1/2010
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE BAJA TENSIÓN A CINCO PUNTOS DEL EDIFICIO DEL INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, ORGANISMO AUTÓNOMO ADSCRITO A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN CORRESPONDIENTE A LA SEDE DEL ORGANISMO, CALLE VENTURA RODRÍGUEZ Nº 7, PLANTAS 2ª, 3ª, 5ª Y 6ª”.
1. Objeto El presente Contrato tiene por objeto el suministro de energía eléctrica en baja tensión de los puntos de suministro del edificio que alberga las dependencias del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, Organismo Autónomo adscrito a la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, sito en calle Ventura Rodríguez, 7, plantas 2ª, 3ª, 5ª y 6ª.
2. Características de las unidades a suministrar. Las especificaciones técnicas de las unidades consumidoras de energía eléctrica que están incluidas en el presente contrato, y que figuran en el punto 1 de este pliego, son las siguientes: El edificio cuenta con tres acometidas eléctricas en baja tensión (400 /230 V), para el consumo de las plantas tercera (izquierda-derecha), quinta (izquierda) y sexta (izquierda) y dos acometidas eléctricas en baja tensión (380/220 V), para el consumo de las plantas segunda izquierda y sexta derecha que es donde se desarrolla la actividad.
Contador/Acometida Finca Potencia contratada Contador/Acometida Finca
c/ Ventura Rodríguez nº 7 – Planta 2ªizq. 80,474 kW
Potencia contratada
c/Ventura Rodríguez nº 7- Planta 3ª izq.-dcha 51,6 kW
Contador/Acometida Finca Potencia contratada
c/ Ventura Rodriguez nº 7-Planta5ª izq. 26,327 kW
Contador/Acometida Finca Potencia contratada
c/ Ventura Rodríguez nº 7-Planta 6ª izq 34,64 kW
Contador/Acometida Finca Potencia contratada
c/ Ventura Rodríguez nº 7-Planta 6ª dch 36,612 kW
De la potencia total instalada el 75% corresponde a consumidores de fuerza y el 25% a iluminación. 3. Datos de identificación y de contratación actual En el Anexo de este Pliego se recoge, con carácter informativo y con la finalidad de facilitar la presentación de ofertas por parte de los licitadores (que habrán de ajustarse al modelo establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares) y homogeneizar todo lo posible el procedimiento de adjudicación, la siguiente información: 3.1 Datos de identificación general En la primera tabla se incluyen los datos identificativos de los distintos puntos de suministro incluyendo: su ubicación, los datos del titular y su CIF, así como la dependencia orgánica en la estructura de la Comunidad de Madrid y el programa presupuestario que asume el suministro. 3.2 Datos de contratación En la segunda tabla se recogen los datos actuales de contratación incluyendo: referencia del contrato actual, tarifa de acceso y/o tarifa regulada actual, Código Universal para puntos frontera de clientes (CUPS), compañía suministradora, potencias contratadas actualmente, potencias a contratar, datos del consumo estimado anual y datos del consumo estimado a 18 meses. 4. Condiciones de las ofertas y adjudicación del contrato 4.1 Condiciones de las ofertas Por tratarse de un contrato de precios unitarios, el número de unidades energéticas a suministrar estará subordinado a las necesidades del centro durante el plazo de vigencia del contrato, sin que pueda definirse con exactitud su cuantía al tiempo de celebrar el mismo.
Las empresas licitadoras deberán realizar sus ofertas para todos y cada uno de los puntos de suministro incluidos e el pliego. Las ofertas económica deberán formularse, en todo caso, de la siguiente forma: - Oferta para suministros con tarifa actual 3.0.2 (Potencia contratada > 15 KW): Los licitadores presentarán sus ofertas económicas sobre los suministros contratados con esta tarifa en el I.R.S.S.T. en la C/ Ventura Rodríguez nº 7, en los términos que se exponen a continuación. Las empresas licitadoras realizarán una oferta global que abarque el precio ofertado de la energía (expresado en céntimos de euro/KWh) para todos los puntos de suministro objeto del presente contrato con tarifa 3.0.2, sin que pueda exceder el precio máximo unitario tomado como referencia, que se fija en 11,6284 céntimos de euro/kwh (I.V.A. excluido) El precio ofertado deberá incluir, en todo caso, los siguientes conceptos: -
-
Coste de la energía, en el que se incluirán todos los conceptos contemplados en el Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el Mercado de Producción de la Energía Eléctrica. Tarifas de acceso correspondientes a los términos de energía y de potencia, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, por el que se establecen las tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; así como los derechos de acometida, verificación y enganche con la empresa distribuidora, y los complementos de energía reactiva Garantía de potencia, según la Orden Ministerial de 17 de diciembre de 1998. Complemento de moratoria nuclear y pérdidas de transporte y distribución. Impuestos, tasas y recargos que graven el suministro, incluido el Impuesto sobre la Electricidad. Costes de equipamiento, instalación y mantenimiento de los equipos necesarios para realizar el suministro y medida del mismo Derechos de enganche Alquiler del equipo de medida
En las ofertas los licitadores deberán especificar como concepto separado el Impuesto sobre el Valor Añadido, según los tipos vigentes en el momento de la licitación. En ningún caso se trasladarán al precio del contrato las variaciones e incrementos en las tarifas, impuestos y demás conceptos incluidos en el precio del contrato, que
serán asumidos por el contratista, a excepción de las posibles modificaciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido y de las eventuales variaciones en las potencias contratadas según lo establecido en el último párrafo de la cláusula quinta de este pliego. 4.2 Adjudicación del contrato Para la adjudicación del contrato, se tendrá en cuenta el coste de la energía para el suministro de las plantas del edificio objeto de este contrato, que será el resultado de aplicar al consumo estimado para las plantas del edificio cuyo suministro es objeto de licitación, el precio unitario de referencia ofertado por lo licitadores, en los términos previstos en el punto 4.1 de este pliego. El contrato será adjudicado a la oferta cuyo precio, en estos términos, sea menor. Las ofertas se presentarán a la baja sobre el precio unitario de referencia fijado en el epígrafe 4.1 de este pliego, añadiendo la aplicación del tipo de I.V.A vigente, por lo que serán excluidas las ofertas que superen el precio unitario de referencia fijado, declarándose desierto en caso de que todas lo superen. El precio de adjudicación se entenderá reajustado en la proporción correspondiente en el caso de que, por razón de lo establecido en el punto 5 segundo párrafo de este pliego o por cualquier otra causa, no se haya iniciado la ejecución del mismo a fecha de 1 de enero de 2011. 5. Condiciones de contratación La compañía adjudicataria solicitará los nuevos accesos a la compañía distribuidora con las potencias a contratar establecidas en el pliego. El plazo previsto para el contrato será desde 1 de enero de 2011 hasta el 30 de junio de 2012. No obstante, en el caso de que la fecha de entrada en vigor del contrato de la tarifa de acceso tramitado por la compañía comercializadora adjudicataria para cada punto de suministro, según lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre, no permita el inicio del contrato en la fecha prevista, la fecha de inicio real para dicho punto de suministro será la más próxima posible en base al ciclo de lectura y facturación correspondiente, una vez concedido el acceso por parte de la empresa distribuidora. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo se reserva el derecho a modificar las potencias contratadas en el transcurso del contrato si fuera necesario para reducir sus costes. La compañía adjudicataria del contrato deberá en este caso tramitar dichas modificaciones ante la compañía distribuidora correspondiente.
6. Garantías de continuidad y calidad del suministro La empresa adjudicataria será la responsable de garantizar el suministro de energía eléctrica a cada uno de los puntos de acceso incluidos en este contrato, con la calidad y requisitos estipulados en el mismo, y en los términos establecidos en el Capítulo II, “Calidad de servicio”, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. No podrá suspenderse el suministro de energía eléctrica de los servicios públicos de carácter esencial, tal y como señala el artículo 89 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Asimismo, se compromete a cumplir lo establecido en la normativa en materia de calidad en la atención y relación con el cliente y a colaborar con el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo en cuantas reclamaciones y gestiones sean necesarias con la compañía distribuidora de cada punto de suministro en caso de detectarse incumplimientos en los parámetros de continuidad y calidad del mismo, así como a poner a disposición del IRSST un servicio permanente de atención al cliente (24 horas los 7 días a la semana) para resolver cualquier anomalía en el suministro. A los efectos de facilitar las comunicaciones entre la Administración y la adjudicataria y garantizar una correcta ejecución del contrato, la empresa suministradora designará una persona de contacto denominada Coordinador de los Servicios, a través del cual se canalizarán todas las comunicaciones, avisos e incidencias que surjan a lo largo del periodo de ejecución. Los datos identificativos del Coordinador de Servicios serán facilitados al Servicio de Presupuestos y Régimen Interior (nombre, apellidos, teléfono de contacto y correo electrónico). Proporcionará un acceso a través de la red Internet en el que pondrá a disposición de la persona o personas que designe el Instituto toda la información que se requiera para optimizar la gestión del suministro eléctrico (consumo total y por períodos horarios de energía activa y reactiva, excesos de potencia, facturación) y en particular, si están disponibles, las curvas de carga de potencias cuarto horarias activas (período de integración quince minutos) o las lecturas del maxímetro de potencia y las curvas de carga de consumos horarios de energía activa y reactiva. La empresa adjudicataria informará de las potencias a contratar para sucesivos contratos en cada período tarifario con objeto de minimizar el coste de los accesos a la red, así como de otros parámetros que tengan incidencia en el coste del kWh.
7. Consecuencias del incumplimiento de la calidad del suministro. Tal y como se ha señalado en el punto 6 de este pliego, la empresa distribuidora es la responsable del cumplimiento de los niveles de calidad individual de cada suministro según lo establecido en los artículos 105 y 109 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de energía eléctrica. En cada suministro, la empresa comercializadora adjudicataria, como firmante del contrato y pólizas de acceso a la red, actuará frente a la empresa distribuidora ante cualquier incidencia o incumplimiento que se produzca en relación a la calidad del suministro descrita en la cláusula décima de éste pliego. Los descuentos reglamentarios que se apliquen por estos incumplimientos de la calidad del servicio individual al comercializador por parte de la empresa distribuidora serán directamente repercutidos en la facturación de la empresa adjudicataria a la Comunidad de Madrid. Independientemente de lo señalado en el párrafo anterior, el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, si se ve afectada por incumplimiento en la calidad de servicio, podrá reclamar a la empresa distribuidora la indemnización por daños y perjuicios que dicho incumplimiento le haya causado.
8. Supervisión del servicio El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través del Servicio de Presupuestos y Régimen Interior, llevará a cabo los controles e inspecciones necesarias, con el fin de asegurar que el suministro a las instalaciones se ejecuta en todo momento conforme con las exigencias del presente Contrato y compromisos contractuales. El IRSST no aceptará ninguna prestación realizada fuera de contrato que no cuente con el conforme previo, no haciéndose cargo en consecuencia de los gastos que pudieran producirse. 9. Servicios adicionales incluidos La empresa adjudicataria realizará en nombre del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, sin cargo alguno para ésta, las siguientes actuaciones:
Contrato y pólizas de acceso a la red con la empresa eléctrica distribuidora. En este contrato se especificará que la empresa comercializadora adjudicataria es la única responsable del pago de las tarifas de acceso al distribuidor.
Lectura y validación de los registros horarios de consumo y su envío al operador del mercado.
Verificaciones sistemáticas obligatorias que determine el operador del sistema de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico o normativa que lo sustituya. No se abonará ninguna cantidad en concepto de derechos de verificación de las instalaciones, siendo obligación de la empresa adjudicataria de informar a quien determine el IRSST del resultado de dichas verificaciones.
El adjudicatario se compromete a poner a disposición de quién determine el Instituto en tiempo real y sin coste alguno, toda la información sobre los consumos y su facturación correspondiente.
10. Visita de las instalaciones. Las empresas licitadoras podrán realizar una visita de las instalaciones objeto del presente contrato previa solicitud a la dirección del centro, dentro del plazo de los diez días naturales siguientes a la publicación oficial de este contrato. 11. Seguridad y salud La empresa suministradora velará por el obligado cumplimento de lo dispuesto en la Ley 31/95, de 8 noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y demás normas en vigor durante la vigencia del contrato.
12. Forma de pago El abono de los trabajos se efectuará mediante la presentación de las correspondientes facturas mensuales, y en función del consumo de cada mes de cada punto de suministro. Se presentará mensualmente una factura por cada punto de suministro objeto de este contrato. En la factura deberán reflejarse con claridad el consumo y todos los conceptos de gasto imputados, distinguiendo entre el término de potencia, expresado en €/mes, y término de energía, expresado en céntimos de €/kWh con precisión de 4 decimales, y los componentes de cada uno de ellos. En este sentido, en las facturas deberán aparecer desglosados los importes por cada uno de los periodos de consumo.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 4.1 de este Pliego, en ningún caso se repercutirá en la facturación las variaciones o revisiones de las tasas, recargos o cualesquier otro concepto incluido dentro del coste de la electricidad, a excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido y de las eventuales variaciones en las potencias contratadas según lo establecido en el último párrafo de la cláusula quinta de este pliego.
13. Duración del contrato La duración del presente contrato será desde el 1 de enero de 2011 hasta el 30 de junio de 2012, con posibilidad de prórroga de común acuerdo para las partes hasta el 31 de diciembre de 2012, sin perjuicio de lo establecido en el párrafo segundo del punto 5 de estos pliegos.
Madrid, a 31 de agosto de 2010. LA GERENTE DEL I.R.S.S.T.
Fdo. : Mª. del Mar Alarcón Castellanos.
ANEXO DATOS IDENTIFICACION GENERAL Punto de suministro
1. Planta 2ª 2. Planta 3ª 3. Planta 5ª 4. Planta 6ª izq. 5. Planta 6ª dcha.
Nombre del Centro
Unidad Gestora
Consejeria
Dirección
Localidad
Codigo Postal
CIF
Programa Presupuestario
IRSST IRSST IRSST IRSST
IRSST IRSST IRSST IRSST
Empleo, Mujer e Inmigración Empleo, Mujer e Inmigración Empleo, Mujer e Inmigración Empleo, Mujer e Inmigración
Ventura Rodriguez, 7 Ventura Rodriguez, 7 Ventura Rodriguez, 7 Ventura Rodriguez, 7
Madrid Madrid Madrid Madrid
28008 28008 28008 28008
Q7850064B Q7850064B Q7850064B Q7850064B
970 970 970 970
IRSST
IRSST
Empleo, Mujer e Inmigración
Ventura Rodriguez, 7
Madrid
28008
Q7850064B
970
DATOS DE CONTRATACION Referencia de Contrato / NIS
Taria Actual
900490984851 900490963264 900490982862 900490959469 900490946879
3.0.2 3.0.2 3.0.2 3.0.2 3.0.2
Potencia Compañía suministradora Contratada 80,474 51,6 26,327 34,64 36,612
Gas Natural Fenosa Gas Natural Fenosa Gas Natural Fenosa Gas Natural Fenosa Gas Natural Fenosa
CUPS
Tarifa de Acceso
ES0022000007252185NL1P ES0022000006204009WE1P ES0022000007277209LL1P ES0022000006204013AA1P ES0022000008112758PR1P
3.0A 3.0A 3.0A 3.0A 3.0A
Potencias Consumo a Estimado Contratar Anual(KWh) (KW) 80,474 51,6 26,327 34,64 36,612
95.133 158.929 19.868 40.884 47.723
Consumo Estimado a 18 meses ( kWh) 142.700 238.394 29.802 61.326 71.585