PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL COMPLEJO DE LA NAVE BOETTICHER

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Expediente: 300/2015/00317 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DEL COMPLEJO DE LA NAVE BOETTICHER.

Es objeto del presente contrato administrativo la prestación del servicio de limpieza (limpieza de edificios, suministros de consumibles de limpieza, suministro y reposición de contenedores higiénicos, materiales de limpieza y otros gastos) del complejo Boetticher. La dirección del complejo es calle Cifuentes, 5, 28021 Madrid. La parcela donde se ubica el complejo tiene una superficie de 19.924 m2, localizada en la parte Norte del APR 17.11. Linda al Este y al Sur con calles de nuevas construcción y al norte con una zona verde que da acceso a la C/ Cifuentes.

entes

La Catedral 19.924 m2

Avenida de Andalucía

C/ Cif u

Calle nueva construcción

Código de verificación : PYccccd48cae7f10

PRIMERA.- CARACTERISTICAS TÉCNICAS DEL CONTRATO.

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Calle nueva construcción

A.P.R. 17.11

n Gra

Vía

d

d ver illa eV

e

Los edificios tienen una superficie construida de 13.444 m2 a los que hay que añadir otros 9.434 m2 de aparcamientos, y zonas verdes. De forma agregada las superficies son las siguientes:

Nave Banda Ancha (zona Congresos) Torre (zona oficinas) Zona instalaciones Urbanización (aparcamiento, zonas verdes)

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6.558 m2 3.776 m2 1.983 m2 1.127 m2 9.434 m2

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APARCAMIENTO OESTE

TORRE

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NAVE

BANDA ANCHA

APARCAMIENTO ESTE

ESCAPARATE DE LA INNOVACIÓN

De forma más detallada las grandes áreas del complejo Boetticher son las siguientes:

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a) La Nave: La nave es en planta un rectángulo de 43 m x 139 m. Su estructura espacial está formada por tres crujías, a la manera basilical, una central de 19 m libres de ancho y dos laterales de 6,7 m y 7,7 m libres respectivamente. Su altura máxima es de 16 m en el centro de la antigua fábrica y de 8 m en las fachadas de las Naves laterales. En su interior se ha construido un nuevo forjado de unos 700 m2. El resto de dependencias se configuran a base de módulos de contenedores marítimos adecuados al nuevo uso. Las grandes dimensiones industriales propias de su origen la hacen idónea para todo tipo de eventos. b) La Banda Ancha: Es un edificio de nueva construcción adosado al este de la nave y relacionado con ella por unas divisiones de vidrio transparente, toda la fachada es muro cortina transparente. Tiene la misma longitud de la nave con un ancho de 20m. En ella se localizan: 1) Cafetería – restaurante. 2) Aulas. 3) Salón de actos c) La Torre. Es un edificio de nueva construcción situado al noroeste de la nave. Tiene 5 plantas más la planta baja, cada una de ellas de 300 m2 de superficie aproximadamente. Las fachadas son de muro cortina transparente y presentará una serie de elementos verticales de colores que a modo de “pelos” caen desde la cubierta y desaparecen en diferentes plantas. d) Escaparate de la Innovación. Es un espacio de trabajo de la nave paralelo al aparcamiento este. Es un espacio de microoficinas realizadas mediante contenedores marítimos adaptados para dicha función. e) Aparcamiento: El sector oeste se optimiza al máximo lográndose tres filas de aparcamiento (143 plazas) y el sector este permite un aparcamiento (88 plazas) integrado bajo una gran área arbolada.

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f) Zona exterior al vallado. Se trata de una franja exterior a la valla del edificio que tiene las siguientes dimensiones: 1)

Zona este: Franja de 3.5 metros x 144 metros (incluido paso de carruajes).

2)

Zona sur: franja de 3.0 metros x 129 metros (incluido pasos de carruajes).

3)

Zona oeste: franja de 1,8 metros x 188 metros

El número de aseos es el siguiente •

8 aseos individuales para discapacitados con 1 WC y 1 lavabo cada uno.



4 módulos con 3 WC y 3 lavabos cada uno.



2 módulos con 6 WC y 4 lavabos cada uno.



2 vestuarios individuales con 1 WC y 1 lavabo cada uno.



10 aseos individuales con 1 WC y 1 lavabos cada uno, en la torre.

Total 44 WC y 40 lavabos. El 50% son femeninos.

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Los licitadores podrán conocer los edificios e instalaciones antes de redactar sus ofertas, para lo cual solicitarán a la Consejería Técnica de la Dirección General de Comercio y Desarrollo Económico “Madrid Emprende” autorización para poder acceder a la dependencia municipal objeto del contrato, siempre que no interfieran su normal funcionamiento (Correo electrónico [email protected]). Este documento describe las prescripciones relativas a la prestación del servicio y tiene carácter contractual y de obligado cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. SEGUNDA.- FORMA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. 1.-Ámbito de aplicación. El contratista deberá prestar el servicio de limpieza en todas las dependencias de los citados edificios. Asimismo, queda obligado a efectuar la limpieza que se precise con motivo de la realización de obras, reformas y pintura total o parcial de los edificios. 2.- Organización. Sin perjuicio de que en el contrato se considere comprendida la obligación general del adjudicatario de mantener en perfecto estado de limpieza los edificios y dependencias descritos en la cláusula anterior, los trabajos mínimos y genéricos así como la frecuencia en la realización, son los que a continuación se detallan:

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A) Trabajos a realizar con frecuencia diaria. a) Ventilación de todas las dependencias en las que existan ventanas. b) Vaciado y limpieza de papeleras y ceniceros.

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c) Limpieza general de suelos y su fregado y/o abrillantado, en despachos, pasillos, escaleras, vías de acceso, ascensores y demás zonas comunes. En los suelos de superficie lisa, el tratamiento será de barrido o aspirado y repaso húmedo adecuado al tipo de pavimento, al objeto de eliminar el polvo y la suciedad poco persistente, sin producir deterioros. En los suelos de madera se realizará el tratamiento especial correspondiente que garantice su conservación. d) Desempolvado y subsiguiente repaso húmedo, utilizando los productos específicos para el mobiliario y objetos depositados en el mismo y encimeras de mostradores. e) Limpieza de sillas y sillones. f) Limpieza de teléfonos, ordenadores, impresoras, faxes, etc. g) Limpieza de carpintería interior y puertas de entrada: desempolvado y repaso de huellas y otras trazas de suciedad en mamparas, puertas, paramentos verticales, metales, plásticos y vidrios. h) Servicios sanitarios: Barrido y fregado de suelos con solución desinfectante. Limpieza y desinfección del office, aseos y servicios sanitarios con productos desinfectantes y bactericidas. Limpieza de grifería, lámparas, espejos y alicatados, papel higiénico y jabón. i) Limpieza de cabinas de ascensores.

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j) Limpieza cabina del vigilante. k) Recogida de papel y depósito en los lugares destinados al mismo l) Sacar y recoger los contenedores de basura al exterior para su retirada por los servicios de limpieza municipales. m) Fregado del menaje de cocina. n) Despacho, aulas y oficinas administrativas. Limpieza y desinfección diaria tras la conclusión de la jornada laboral. o) Sala de reuniones, dos limpiezas diarias, normal antes de su utilización y limpieza y desinfección a fondo después de su uso. p) Aspirado suelos de moqueta. q) Barrido del aparcamiento en tiempo de caída de hojas. B) Trabajos a realizar con frecuencia semanal. a) Aspiración y limpieza de sillas y sillones a fondo. b) Repaso general a fondo de entrepaños, patas y faldones de mesas y otros muebles, localización y limpieza de rincones, etc.

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c) Limpieza de mamparas y puerta de entrada. d) Desempolvado de libros. e) Limpieza de la entrada exterior al edificio, todos los lunes o, en su caso, el primer día laborable de la semana. Código de verificación : PYccccd48cae7f10

f) Limpieza de almacenes, archivos y garajes. g) Limpieza de luminarias y aparatos de iluminación, cuadros y adornos en general. h) Limpieza de marcos, puertas, armarios, estanterías, archivadores, radiadores y barandas metálicas. i) Limpieza de escaleras. C) Trabajos a realizar con frecuencia quincenal. a) Se procederá a una limpieza de los pavimentos de cada planta, así como de las escaleras y núcleos de comunicación vertical del edificio con producto abrillantador o mantenedor. b) Limpieza de cristales interiores. c) Limpieza de alicatados en baños. D) Trabajos a realizar con frecuencia mensual. a) Limpieza detenida de aparatos de luz. b) Limpieza de rejillas de aire acondicionado. c) Limpieza de moquetas y alfombras con máquinas y productos detergentes adecuados. d) Desempolvado de techos, paredes y rincones.

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e) Limpieza de la fachada principal de entrada. E) Trabajos a realizar con frecuencia trimestral. a) Limpieza de cristales exteriores y de cristales interiores mediante la asistencia de una grúa telescópica articulada con cesta en punta, o medio sustitutorio. b) Limpieza de estores o similares. F) Limpieza a realizar con carácter semestral. a) Limpieza cristales difícil acceso. b) Limpieza de las claraboyas del techo de la nave principal. c) Limpieza de banderas. d) Barrido y limpieza del aparcamiento. G) Otros trabajos a realizar. a) Limpieza de la vía pública, cuando así proceda en cumplimiento de las Ordenanzas Municipales.

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b) Limpieza de dependencias en las que se hayan efectuado obras de reparación dimanantes del obligado mantenimiento y conservación del edificio.

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H) Instalación y recogida de contenedores higiénicos sanitarios. La empresa adjudicataria contratará con una empresa especializada la instalación y recogida mensual de contenedores higiénicos sanitarios en los servicios femeninos, en número mínimo de 22 unidades de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula primera. 3.- Personal. La empresa adjudicataria deberá contar con el personal necesario para atender a las obligaciones de limpieza de los edificios objeto del contrato que, como mínimo, serán los siguientes: - Limpiadores/as: 6 limpiadoras en jornada de 30 horas/ semanales, cada una, de lunes a viernes no festivos. - Peón especialista: 3 peones especialistas en jornada de 39 horas/ semanales, cada uno, de lunes a viernes no festivos. - Especialista: 1 especialista en jornada de 39 horas/ semanales, de lunes a viernes no festivos.

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Las tareas de limpieza se realizarán, generalmente, de lunes a viernes no festivos, en horario de tarde dentro del tramo comprendido entre las 15:00 y las 20:00 horas ininterrumpidamente. No obstante, por el responsable del contrato se podrán fijar otros tramos horarios para aquellas tareas que por su naturaleza así lo requieran. Todo el personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, que tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de patrono y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, referida al propio personal a su cargo, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con el Ayuntamiento de Madrid, y ello con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan a la misma. Asimismo, el contratista adjudicatario aportará los medios materiales a los trabajadores para la realización del servicio. La empresa adjudicataria para la realización de los servicios de limpieza en todos sus ámbitos, utilizará la categoría y especialización del personal que resulte necesaria. 4.- Planificación. La empresa adjudicataria elaborará un documento técnico, que será entregado en el plazo máximo de 30 días desde la formalización del contrato en el que se contemple la planificación del personal indicando nombre y apellidos de los trabajadores, categoría, funciones y horario. Cualquier cambio será comunicado previamente al responsable del contrato.

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Durante la ejecución del contrato, podrá modificarse la distribución de los efectivos objeto del presente contrato o el horario de prestación del servicio, sin alterar en ningún caso el número total de horas, número de efectivos ni el precio del contrato sin que ello suponga modificación del contrato.

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TERCERA.-OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1.- El contratista está obligado a la adecuada realización de las tareas recogidas en el presente pliego, relativa a las especificaciones de los trabajos de limpieza y sus frecuencias. A estos efectos, quedará sujeto al estricto cumplimiento de cuantas instrucciones se le cursen por el responsable del contrato con relación al orden, modo, intensidad y forma de la prestación del servicio, así como de los materiales a emplear. 2.- El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. 3.-Específicamente, y como obligaciones generales, aparte de lo antes dicho, quedará obligado: a) A aportar todos los productos, útiles y maquinaria que resulten necesarios para las realizaciones de todos los trabajos de limpieza, así como, a la adquisición y reposición de jabón, desinfectantes, desodorantes, papel higiénico y cualquier otro producto de consumo necesario. b) A equipar al personal con uniforme adecuado para realizar los servicios de limpieza.

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c) A ejercer, por sí o por medio de representante o mandatarios con poder suficiente y con los debidos conocimientos técnicos, la dirección y vigilancia de la prestación del servicio. CUARTA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA EN ORDEN AL PERSONAL A SU SERVICIO. a. El personal afecto a la prestación del servicio observará buen comportamiento en el mismo, manteniendo en todo momento correcta uniformidad, que será facilitada por el contratista en función de las tareas a realizar, dotándolo de un distintivo de la empresa. b. El contratista sustituirá las ausencias derivadas de vacaciones, bajas por enfermedad, permisos, etc., de tal manera que durante el periodo de duración del contrato se cubra el servicio. c. El contratista será responsable de los daños que cause su personal tanto en el mobiliario como en los edificios e instalaciones. d. El aumento o disminución del número inicial de trabajadores deberá comunicarse al responsable del contrato, e. En ningún caso existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución de este contrato por el adjudicatario y la administración contratante, por cuanto el

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personal queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresas adjudicataria (art. 43 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores). El adjudicatario será el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables con relación a su personal, en especial las referidas a su contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributarios. QUINTA.- RELACIONES ENTRE LA ADMINISTRACIÓN Y EL CONTRATISTA. La Administración nombrará un responsable del contrato, con facultades de comprobación, coordinación y vigilancia de la correcta ejecución del contrato y en general cuántas le asignen los Pliegos que rigen el mismo y la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y su Reglamento. El contratista designará al delegado de la empresa, que será el interlocutor autorizado ante el responsable del contrato, y responderá ante ellos de la correcta ejecución del contrato y de la solución de las incidencias que pudieran surgir. SEXTA.- RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS.

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Al margen de las operaciones señaladas anteriormente, el personal de limpieza asignado deberá recoger diariamente y de forma diferenciada, por un lado el papel, cartón sobres, etc., depositados en las papeleras y, por otro, el resto de desperdicios (colillas, latas, etc.) que se depositarán en los contenedores de basura. Asimismo, el personal de limpieza será el responsable de la separación de los residuos sólidos generados y depositados correctamente en los contenedores de recogida selectiva, instalados por el Ayuntamiento de Madrid en las que se ubican las dependencias objeto del presente contrato. SÉPTIMA.- MATERIALES A EMPLEAR. Considerando las características de los edificios, la empresa adjudicataria deberá disponer de medios materiales y técnicos, propios o ajenos, que permitan acceder a todos los puntos necesitados de limpieza y con las frecuencias establecidas. Los productos, útiles de limpieza y maquinaria utilizada para realizar las operaciones de limpieza especificadas en los presentes pliegos correrán a cargo de la empresa adjudicataria y serán de buena calidad en relación con los existentes en el mercado. a) Productos de limpieza. - Los productos de limpieza a utilizar por la empresa adjudicataria estarán correctamente identificados, comprometiéndose a la utilización de productos que contengan la ECOETIQUETA EUROPEA, conforme al reglamento 880/92.

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-En todo momento se respetaran por parte del contratista las instrucciones de uso dadas por el fabricante de los productos, así como las indicaciones del responsable del contrato designado por la administración.

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- El personal de la empresa adjudicataria utilizará siempre los equipos de protección individual, para el manejo seguro de los productos. -Los desinfectantes a emplear estarán inscritos en el Registro Oficial de Biocidas de la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. - Los detergentes serán compatibles con las formulaciones desinfectantes, por lo que serán no iónicos o aniónicos. - El hipoclorito y otros germicidas son sustancialmente inactivos en presencia de sangre y otras materias orgánicas, las superficies a desinfectar siempre deben limpiarse previamente con una solución detergente (aniónica o no iónica). - La limpieza de áreas críticas se realizará principalmente con lejía diluida. - En la elección de detergentes y desinfectantes a emplear la empresa adjudicataria, tendrá siempre en cuenta la compatibilidad con el material o superficie a desinfectar con objeto de no dañarlo y además que su utilización no perjudique la salud de las personas ni dañe el medio ambiente. - Para la elección de los productos se deberá tener en cuenta el tipo y superficie a limpiar y su conservación, así:

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Pisos de mampostería (mármol, terrazo, mosaico de cerámica, pizarra, cantera) son vulnerables a los ácidos y a las sales alcalinas. Para su limpieza se utilizará un detergente neutro. Pisos de madera y similares (madera dura, madera blanda, corcho) no se empleará agua en exceso. Se realizará la limpieza con productos germicidas de base oleosa. Pisos elásticos (asfalto, linóleo, corcho, vinilo). Los disolventes pueden perjudicarles y el agua puede despegar el adhesivo. Serán decapados y encerados al menos cada seis meses, cada quince días se tratarán mecánicamente y diariamente se realizará una limpieza húmeda con productos seguros para la conductividad. Los productos básicos a emplear serán: DESINFECTANTES: - Hipoclorito sódico (lejía) al 0,5% - 1% - Desinfectantes de alto espectro. - Complejo trialdehídico sinérgico. - Detergentes no iónicos a aniónicos. - Polvo abrasivo clorado.

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- En superficies metálicas alcohol al 70%. DETERGENTES:

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-Detergentes compatibles con los desinfectantes a utilizar, es decir compuestos no iónicos (polisorbatos) ó aniónicos. - Limpiacristales. -Limpiamoqueta. b) Útiles de limpieza Todos los útiles y materiales a emplear por la empresa adjudicataria serán de primera calidad y reconocidas firmas comerciales, llevarán además el marcado CE, siendo como mínimo los siguientes: - Carro múltiple con ruedas giratorias y anclaje o frenado. Almacenaje y transporte ergonómico de contenedores de mopas de microfibra, cubos entre 3 y 5 litros con bayetas de distintos colores, palos y accesorios, útiles y bolsas de basura. - Mopas especiales de microfibras para limpieza de superficies elevadas. - Mopas especiales de microfibras para limpieza de pasillos y zonas amplias. - Haraganes para barrido húmedo. - Palos telescópicos ajustables, ligeros y ergonómicos, para mopas. - Recogedor especial para sólidos y líquidos con bolsa adaptable.

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- Cepillos de barrer. - Fregonas. - Arneses especiales para depósito y traslado de material de limpieza. - Distintos soportes flexibles para limpieza en zonas de difícil acceso. - Bayetas y paños microfibras de distintos colores según su utilización. - Estropajos de fibra verde. - Pulverizadores. - Dosificadores para la preparación de disoluciones. - Dispensadores jabón cuartos de baño. - Escobillas cuartos de baño. - Señalizadotes de suelo mojado. - Equipos de cristalero (mojadores, alargadores, gomas, cuchillas, etc.). - Escaleras de distintos tipos y tamaños.

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- Bolsas de basura, según colores a utilizar. - Guantes de goma de uso doméstico. - Guantes de goma desechables.

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c) Maquinaria Toda la maquinaria que emplee el adjudicatario en el desarrollo de las labores de limpieza, estará de acuerdo con la normativa actualmente vigente en materia de Salud Laboral y especialmente se seguirán las prescripciones de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en materia de obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores. Toda la maquinaria que se emplee en el desempeño de la actividad de limpieza debe tener certificación CE y cumplir los siguientes requisitos de protección: - Protección eléctrica Clase II, con doble aislamiento. - Protección contra humedad y polvo Clase IP 40. - Protección sobre sobrecalentamiento. - Nivel sonoro inferior a 80 dB (A). - Mínima emisión de partículas. El adjudicatario pondrá a disposición para la limpieza de los centros al menos la siguiente maquinaria de limpieza: - Fregadora secadora automática.

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-Aspirador de agua con filtros total HEPA. - Aspiradores de polvo con filtros total HEPA. - Pértigas hidrodifusoras. - Equipos de limpieza de vapor. - Aspiradores bateadores de filtro total HEPA. - Aspirador-recogedor de hojas, papeles, etc.… para exteriores. - Máquinas rotativas monodisco. - Maquinas de limpieza a presión (hidrolimpiadores). - Plataforma elevadora. - Barredora hombre sentado. -Fregadora hombre sentado. - Sopladora. - Andamio dos cuerpos.

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- Grúa pluma de hasta 18 metros de altura. - Cualquier otra maquinaria que se considere oportuna y necesaria para la realización de unos servicios de limpieza de calidad.

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OCTAVA.- CONTROL DEL SERVICIO. El control del servicio se realizará por la Dirección General de Comercio y Desarrollo Económico “Madrid Emprende”, a través del responsable del contrato. La empresa adjudicataria designará un delegado que será el interlocutor con la Consejería Técnica para la prestación del servicio. La identidad de esta persona, juntamente con los datos necesarios para su fácil localización, especialmente número de teléfono, deberá comunicarse por la empresa adjudicataria en el momento de la formalización del contrato. Posteriormente, este empleado deberá acreditarse ante el ayuntamiento de Madrid para ejercer su función. Dicho delegado supervisará el rendimiento de sus operarios y el buen resultado final de las operaciones, y procederá a resolver los problemas cotidianos que plantee la prestación del servicio.

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El responsable del contrato comprobará, periódicamente, la buena marcha de la limpieza de sus locales e instalaciones, y canalizará las reclamaciones que puedan efectuarse por los diferentes usuarios de las mismas. El incumplimiento de horarios, de las prestaciones establecidas o la realización defectuosa de la limpieza, se comunicará por escrito, para su subsanación, a la empresa adjudicataria. Por otra parte, con una periodicidad mensual, como mínimo, se realizará una inspección especial y exhaustiva por parte de la empresa adjudicataria de la que se emitirá informe por escrito que contendrá, entre otros aspectos, las soluciones adoptadas ante los posibles requerimientos efectuados desde la Consejería Técnica. NOVENA.- SUSTITUCIONES. Igualmente, cuando el personal adscrito venga a disfrutar las vacaciones o cualquier otro permiso o licencia, el adjudicatario dispondrá de las oportunas sustituciones a fin de mantener en todo momento el mismo número de trabajadores destinados a la prestación por el tiempo especificado en estos Pliegos. El contratista comunicará de forma previa las sustituciones de trabajadores que hayan de producirse para garantizar la ejecución del contrato en las condiciones que se pactan, indicando en este supuesto, junto con la identidad del sustituido y del sustituto, la categoría de este último, su antigüedad y número de afiliación a la Seguridad Social.

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ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Dirección General de Comercio y Desarrollo Económico “Madrid Emprende”

Previo al inicio de la ejecución material del contrato, el adjudicatario deberá presentar el documento de alta en la Seguridad Social del personal que realizará el servicio. Esta información deberá actualizarse en caso de sustituciones.

Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PYccccd48cae7f10

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LA CONSEJERA TÉCNICA DE LA DIRECCION GENERAL DE COMERCIO Y DESARROLLO ECONOMICO “MADRID EMPRENDE”

Firmado por: MARTIN MARTIN MARIA - DNI 50425769V Firmado electrónicamente por: ESTRELLA MARIA ESTRELLA MARTIN MARTIN Cargo: CONSEJERA TECNICA Cargo: CONSEJERA TECNICA Fecha: 26-03-2015 12:56:50

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