Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las nueve horas y cincuenta minutos

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO JUNTA GENERAL EMSULE, S.A. DE ESTE AYUNTAMIENTO, EL DÍA CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL
Author:  Emilio Parra Rojas

1 downloads 74 Views 113KB Size

Recommend Stories


372-COM CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas cincuenta y seis minutos del cinco de diciembre de dos mil trece
372-COM-2013. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas cincuenta y seis minutos del cinco de diciembre de dos mil trece.- VISTOS en

BOLETÍN OFICIAL. (Comienza la sesión a las once horas y tres minutos)
BOLETÍN OFICIAL Página 4930 14 de mayo de 2014 Núm. 182 SESIÓN DE LA COMISIÓN DE GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO RURAL (Comienza la sesión a las once

SALA DE LO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas y quince minutos del diecisiete de noviembre de dos mil nueve
167-CAC-2008 SALA DE LO CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las doce horas y quince minutos del diecisiete de noviembre de dos mil

119-D CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador a las catorce horas cincuenta y un minutos del veinticinco de octubre de dos mil once
119-D-2011. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador a las catorce horas cincuenta y un minutos del veinticinco de octubre de dos mil once. VISTOS en c

Como viene siendo habitual, el congreso organizado por la Asociación
PROSA Y CULTURA DEL SIGLO DE ORO: LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN (2008-2011) Alejandro García Reidy Universitat Autònoma de Barcelona Carlos M. Gutiérrez U

Story Transcript

ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO

JUNTA

GENERAL

EMSULE,

S.A.

DE

ESTE

AYUNTAMIENTO, EL DÍA CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE, EN PRIMERA CONVOCATORIA. En LEGANÉS, a CATORCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL SIETE. Presididos por el Alcalde-Presidente, DON RAFAEL GÓMEZ MONTOYA, se reúnen en Salón de Actos, los Sres. Concejales: DON ANTONIO GARCÍA BLÁZQUEZ,

DOÑA

LAURA

OLIVA

GARCÍA,

DON

MIGUEL

FERNÁNDEZ GIL, DOÑA ANA Mª MASSÓ SALIDO, DON SANTIAGO LLORENTE GUTIÉRREZ, DOÑA JULIA MARTÍN NAVESO, DON SEBASTIÁN

ORTEGA

CHACÓN,

DOÑA



JOSE

BANEGAS

GONZÁLEZ, DON JUAN ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA, DOÑA EMILIA QUIRÓS RAYEGO, DOÑA RAQUEL ARELLANO ALCOCER, DON JUAN CARLOS CENAMOR GONZALEZ, DON MARIO J. AVILÉS ORTIZ, DOÑA EVA Mª DE LA FUENTE IGLESIAS, DON JESÚS GÓMEZ RUIZ, DON EDUARDO JÍMENEZ RODRÍGUEZ, DON JOSÉ LUIS SALAZAR RÍOS, DOÑA BEATRIZ ALONSO ALVAREZ, DON DIEGO ALHAMBRA

GARCIA

DE

DIONISIO,

DOÑA

NOEMÍ

SELAS

FERNÁNDEZ, DON ANGEL LARGO PEÑAS, DOÑA DOLORES MONTORO DE FRANCISCO, DON RAÚL CALLE GALLARDO, DON ALARICO RUBIO TELLO, DON JOSÉ CASTEJÓN HUETE, DON CARLOS JOSÉ DELGADO PULIDO, asistidos del Secretario HONORATO RAMOS ARRIBAS, y presente la Interventora TERESA PASCUAL

DON DOÑA

GALLEGO, al objeto de celebrar la sesión

Extraordinaria por la Pleno Junta General EMSULE, S.A., en primera convocatoria, para la cual, habían sido previamente convocados con arreglo al Orden del Día. Por el Alcalde-Presidente se declaró abierta la sesión, siendo las nueve horas y cincuenta minutos.

1.-

ACEPTACIÓN CELEBRACIÓN DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA Y APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. Los Sres. reunidos, en votación ordinaria y por unanimidad,

acordaron: PRIMERO.- Constituirse en Junta General Extraordinaria de la SOCIEDAD EMSULE, S.A., de cuyas acciones es propietario único el Ayuntamiento de Leganés, aceptando la celebración de la citada Junta General Extraordinaria, al encontrarse presente todo el capital social. SEGUNDO.- Aprobar el Orden del Día que había sido repartido con anterioridad, con cumplimiento estricto de todos los requisitos establecidos por la Legislación de Régimen Local, para la convocatoria de las sesiones de los Ayuntamientos Plenos.

2.-

MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DE LA SOCIEDAD. Con el fin de dar participación a las Asociaciones de Vecinos se

propone integrar a un representante de las mismas propuesto por la Federación de AA. de Vecinos de Leganés para que participe en el órgano de gobierno de EMSULE con su integración en el Consejo de Administración con voz pero sin voto. Esta característica de con voz pero son voto se propone para minimizar el régimen de incompatibilidades que afecta a los integrantes del órgano de administración de las sociedades con capital 100% municipal a raíz

de la entrada en vigor de la nueva Ley del Suelo Estatal, Ley 8/2007 de 28 de mayo. Dada lectura a la propuesta sobre modificación de los Estatutos de la Sociedad Municipal EMSULE, por el Sr. Gómez Ruiz se pregunto que cuales eran las intenciones que se tenían para modificar los estatutos dando participación a personas ajenas al Ayuntamiento. Señalo que los representantes del municipio son los concejales, y además de que en caso de dar cabida a representantes de las asociaciones de vecinos, la elección de representantes debería efectuarse por sorteo y no por parte de las asociaciones, ya que no todas las asociaciones se encuentran incluidas en la Federación. Por el Sr. Delgado Pulido se solicito que quedase el expediente sobre la mesa para un mejor estudio. Efectuando la siguiente intervención: “Este grupo municipal está de acuerdo en crear la figura del representante vecinal en los consejos de administración de las dos empresas municipales EMSULE y LEGACOM. Es bueno para la transparencia y para acercar la gestión a los ciudadanos. Sin embargo, pedimos que esta propuesta quede sobre la mesa para mejor estudio o en su defecto se apruebe una redacción alternativa del artículo 15 de los estatutos de Emsule y de artículo 14 de Legacom cuando se habla del proceso de designación del miembro adicional del Consejo. ULEG propone que quede así: “un miembro adicional, con voz pero sin voto, será elegido por la Junta General de Accionistas a propuesta del Consejo Sectorial del Movimiento vecinal de Leganés.”

Y decimos esto porque nos resulta sorprendente cómo este equipo de gobierno al que hemos oído en repetidas ocasiones justificarse o escudarse en los consejos sectoriales para rechazar cualquier propuesta que se sometía al pleno si no les convenía, vemos cómo cuando les interesa no dudan en olvidarse de estos consejos sectoriales cuando no les tiene en cuenta. Porque no se cansan de hablar de participación, pero dan la espalda al cauce institucional establecido para que se hubiera debatido y profundizado en esta materia. Se han saltado a la torera y de forma unilateral al que se entiende que es el órgano de representación del tejido vecinal de Leganés. Hoy pretenden vender que se dará cabida a los vecinos cuando estos no han sido escuchados a través del órgano institucional llamado a ello. No se ha celebrado ningún consejo sectorial de participación ciudadana donde se haya reunido a todas las asociaciones para explicarles en qué consistirá esta nueva iniciativa, y para saber qué asociaciones estarían interesadas en ocupar ese puesto de representante vecinal. Por eso, esto no es más que una visión miope y partidista de la participación. De aprobarse este punto tal y cómo se presentase estaría dando un puntapié histórico y deslegitimado y desautorizando para siempre la función y filosofía de los consejos sectoriales, que más bien se podrán llamar partir de ahora romerías donde el concejal de turno lleva unos papeles para que los demás digamos amén. Y es que se está suplantando a través de organismos creados ad hoc y de recientísima constitución a esa pluralidad histórica de voces vecinales que desde hace años han puesto su granito de arena para la mejora de esta ciudad. Por otro lado la modificación que ustedes plantean, tal y como está pensada, ocasiona problemas jurídicos, ¿cómo se resolverá el que pudiera surgir otra federación de asociaciones de vecinos de Leganés integrada por otras entidades¿ ¿Quién es la que tendría derecho y por qué? ¿Y si la que hoy quieren aprobar dentro de unos días se disuelve o se divide? Por otro lado,

desde cuándo está registrada y aprobada por pleno de este ayuntamiento esta Federación de asociaciones? ¿Cuál es su naturaleza jurídica? También se generan dudas sobre la representatividad de esta federación, ya que a día de hoy están fuera de la misma entidades como AV El Carrascal, AV Campo de Tiro, AV Miguel Hernández-Vereda de los Estudiantes, AV Derechos Humanos, AV El Progreso de la Fortuna, AV Santos y Batallas, plataformas especializadas como V de Vivienda… por citas solo algunas de ellas. Y que quede claro que las asociaciones que integran esta federación cuentan con toda nuestra consideración y reconocimiento por su trabajo, dedicación y esfuerzo. Con muchos de sus dirigentes nos unen buenos lazos. Es más, hace bien poco ULEG aprobó el que se concediera a dos de ellas la medalla de plata de la ciudad. Ahora bien, ¿Son conscientes de esta medida puede fomentar la división vecinal, abrir dos bandos? Sí, por un lado las asociaciones de vecinos con pedigrí o denominación de origen, esas que están en la Federación, y que cuentan con todas las prerrogativas. Y por otro lado, el resto de asociaciones. Y es que señores, no se puede obligar a las asociaciones de vecinos a sumarse a esta federación, entre otras cosas si el ideario y filosofía de la misma no coincide ni por asomo con esta entidad. Eso sin entrar en las grandes interrogantes que surgen sobre la legitimidad de esta u otras federaciones para ser portavoces o representantes únicos de un interés vecinal que, en una gran mayoría de ocasiones, ni es único, ni homogéneo, ni mucho menos compartido por los habitantes de diferentes barrios de Leganés. Les ruego reconsideren este punto y acepten la propuesta que presentamos porque es más sensata y acode con las fórmulas institucionales que se han mantenido en este ayuntamiento y no abran un mecanismo tan atípico, creado de forma precipitada y que va a generar más problemas que soluciones.

ULEG propone que quede así: “Un miembro adicional, con voz pero sin voto, será elegido por la Junta General de Accionistas a propuesta del Consejo Sectorial del Movimiento vecinal” En la junta de accionista Legacom el portavoz de ULEG reiteró los argumentos anteriores y comentó que había dos aspectos de los estatutos de la Federación de Vecinos que podían provocar problemas en alguna de las asociaciones que quisieran adherirse. Uno era el tener local propio, a lo que el concejal Delgado argumentó que desde la alcaldía se facilitara inmediatamente en tal caso un local a todas las asociaciones, y por otro lado, el requisito de la defensa de los servicios públicos y otros componentes de matiz ideológico, que podría hacer que muchas asociaciones no se sintieran cómodas a pesar de defender unos fines socialmente igualmente respetables”. Por la Alcaldía-Presidencia se sometió a votación en primer lugar la petición del Grupo Municipal de ULEG de dejar el expediente sobre la mesa, petición que fue rechazada por mayoría ya que votaron a favor de la misma los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG, y votaron en contra los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida. Seguidamente se sometió a consideración la propuesta del Sr. Delgado Pulido que era: “ Que un miembro adicional, con voz pero sin voto, será elegido por la Junta General de Accionistas a propuesta del Consejo Sectorial del Movimiento vecinal de Leganés.” La propuesta del representante del Grupo Municipal de ULEG fue rechazada por mayoría, ya que voto a favor de la misma el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG; votaron en contra los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida y se abstuvieron los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular.

Seguidamente se sometió a votación la propuesta de la AlcaldíaPresidencia, propuesta que fue aprobada por mayoría ya que votaron a favor de la misma los once Sres. Concejales del Grupo Municipal Socialista y los tres del Grupo Municipal de Izquierda Unida, y votaron en contra los doce Sres. Concejales del Grupo Municipal Popular y se abstuvo el Sr. Concejal del Grupo Municipal de ULEG. En consecuencia los Señores reunidos, en votación ordinaria y por la mayoría reflejada anteriormente, acordaron: PRIMERO.- Modificar los Estatutos de la Sociedad Municipal EMSULE, respecto del artículo 15, que quedara redactado de la siguiente forma: “El consejo de administración quedará constituido y adoptará sus acuerdos en forma prevista en la Ley. Estará integrado por un número de Consejeros no inferior a ocho, ni superior a veintisiete, de los cuales la Presidencia se atribuyen al Alcalde de Leganés, o persona en quien delegue; y el resto, menos uno, elegidos por la Junta General de Accionistas y ejercerán el cargo por el plazo de cuatro años, que coincidirá con el de la Legislatura Local. Un miembro adicional, con voz pero sin voto, será elegido por la Junta General de Accionistas a propuesta de la Federación de AAVV de Leganés. No obstante, si algún Consejero cesara en su cargo, por cualquier causa, podrá ser sustituido por un nuevo Consejero, cuyo cargo finalizará con la Legislatura Local dentro de la que fue nombrado” SEGUNDO.- Autorizar al Sr. Alcalde Presidente para el otorgamiento de la correspondiente escritura publica de modificación de los Estatutos, así como para realizar cuantas gestiones y

aclaraciones sean necesarias hasta obtener su inscripción en el Registro Mercantil.

3.-

APROBACIÓN DEL ACTA Por el Sr. Secretario se dio lectura al presente acta, que fue aprobada

por unanimidad, de todos los Sres. asistentes.

Y no habiendo más asuntos que tratar, el Alcalde - Presidente levantó la sesión, siendo las diez horas y diez minutos, de todo lo que yo, como Secretario doy fe.

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.