PROCEDIMIENTO PARA RECURSOS DE APELACIÓN

PROCEDIMIENTO PARA RECURSOS DE APELACIÓN 1. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General, recibe la documentación y marca en ella la fecha

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PROCEDIMIENTO PARA RECURSOS DE APELACIÓN 1. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General, recibe la documentación y marca en ella la fecha y hora. Puede recibir cualquiera de los siguientes documentos: a) La Solicitud de Recurso de Apelación, b) La Expresión de Agravios, c) El expediente con el Informe del órgano inferior que emitió el acto administrativo que se está impugnando. d) Dictamen emitido por la Institución encargada, cuando así corresponda, e) La documentación complementaria para anexar a la presentada anteriormente, cuando previamente se le emitió un requerimiento. Los documentos mencionados se pueden recibir por separado o en conjunto, presentándose los siguientes casos: a) Los documentos se reciben por primera vez: En este caso, revisa el libro de control y con base en la numeración secuencial le asigna el número siguiente a este nuevo expediente que organiza y folia, registrándolo en dicho libro; y entrega el expediente a la Secretaria. b) Los documentos son complementarios: En este caso, verifica en su libro de control el número de expediente al que pertenecen los documentos, los adjunta y entrega a la Secretaria. 2. La Secretaria de la Secretaría General recibe y registra en su libro de control la fecha, la documentación y la dependencia a quien la dirige y remite a la Dirección de Asesoría Legal. 3. El Encargado de Recepción de la Dirección de Asesoría Legal recibe y revisa la documentación, firma en el libro de control de la Secretaría General como constancia de haberla recibido, anotando la hora. ¿La documentación recibida es por primera vez? 3.1. Si es por primera vez, el Encargado de Recepción registra en su libro de control la fecha y el número del expediente y lo entrega al Director de Asesoría Legal para que asigne el Asesor que tendrá a su cargo estudiar el caso y resolverlo. 3.2. Si no es por primera vez, el Encargado de Recepción constata qué Asesor ha venido estudiando el caso para entregarle la documentación complementaria. Registra en su libro de control la fecha, el número del expediente y el nombre del Asesor y le entrega a éste la documentación. Ir al paso Nº 6. 4. El Director de Asesoría Legal recibe y revisa el expediente, asigna el Asesor Legal que se encargará de resolver el caso y lo entrega al Encargado de Recepción.

5. El Encargado de Recepción anota en su libro de control el nombre del Asesor asignado al caso y entrega el expediente a este Asesor. 6. El Asesor Legal recibe el expediente y firma el libro de control del Encargado de Recepción como constancia de recibido; si lo que recibe es un dictamen no firma dicho libro. El Asesor revisa la documentación y verifica: 6.1. ¿Se recibió el Expediente con el Informe del Órgano Inferior que emitió la Resolución del acto administrativo que se está impugnado? 6.1.1. Si se recibió, el Asesor estudia el caso. Ir al paso Nº 6.2 6.1.2. Si no se recibió, el Asesor conserva en su poder los documentos previamente presentados y espera hasta que el Órgano Inferior envíe a través de la Secretaría General dicho expediente e informe. Regresa al paso Nº 1. 6.2. ¿La solicitud del Recurso de Apelación fue presentado por el Interesado dentro del término legal? 6.2.1. Si se presentó dentro de dicho término. Ir al paso Nº 6.3 6.2.2. Si no se presentó dentro dicho término, declara la solicitud extemporánea mediante un Auto-Informe. Ir al Proceso de Elaboración de Autos. Una vez que concluya dicho proceso, regresa al paso Nº 7. 6.3. ¿La Expresión de Agravios ya se presentó? 6.3.1. Si ya se presentó, se verifica si se hizo dentro del término legal. Ir al paso Nº 6.5. 6.3.2. Si no se ha presentado, el Asesor conserva en su poder los documentos previamente presentados y espera hasta que se venza el plazo legal. Ir al paso Nº 6.4. 6.4. ¿El Interesado presenta la Expresión de Agravios? 6.4.1. Si la presenta, regresar al paso Nº 1. 6.4.2. Si no la presenta, ir al paso Nº 6.5.2 6.5.

¿La Expresión de Agravios fue presentada dentro del término legal?

6.5.1. Si se presentó dentro de dicho término, declara la solicitud con lugar en cuanto a tiempo y forma, mediante un Auto-Informe. Ir al Proceso de Elaboración de Autos. Una vez que concluya dicho proceso, regresa al paso Nº 7.

6.5.2. Si no se presentó dentro de dicho término, declara la solicitud desierta mediante un Auto-Informe. Ir al Proceso de Elaboración de Autos. Una vez que concluya dicho proceso, regresa al paso Nº 7. 7. El Encargado de Recepción de la Dirección de Asesoría Legal recibe el Auto correspondiente con el expediente. ¿Qué Tipo de Auto Informe se emitió? 7.1. Si es Desierto o Extemporáneo, significa que la impugnación no procede y por tanto concluye este proceso con la notificación de dicho Auto Informe al Interesado. El Encargado de Recepción entrega el expediente al Asesor Encargado de Notificarle al Interesado. Ir al Proceso Notificación de Autos o Resoluciones 7.2. Si es Auto-Informe con Lugar en cuanto a tiempo y forma, quiere decir que, puede continuar el proceso administrativo. El Encargado de Recepción entrega dicho Auto junto con el expediente al Asesor Legal que corresponde. 8. El Asesor Legal estudia los fundamentos del Recurso de Apelación y los documentos soporte. ¿Procede para elaborar la Resolución? 8.1. Si no procede 1/, prosigue en el Proceso Elaboración de Autos y, una vez que concluya éste, vuelve al paso Nº 9. 8.2. Si procede, el Asesor establece si el caso requiere de un Dictamen Técnico previo. 8.2.1. Si se requiere, entrega el expediente al Auditor Interno. Ir al paso Nº 10. 8.2.2. Si no se requiere. Ir al paso Nº 11. 9. El Encargado de Recepción recibe el Auto correspondiente con el expediente. ¿Que tipo de Auto se emitió? 9.1. Si es Auto de Remisión, el Encargado de Recepción envía éste junto con el expediente a la Institución que emitirá el Dictamen que se requiere para que la Dirección de Asesoría Legal resuelva. Una vez que la Dependencia o Institución elabore y remite el Dictamen con el expediente. Regresar al paso Nº 1. 9.2. Si es Auto de Requerimiento, el Encargado de Recepción entrega dicho Auto al Encargado de Notificación para que lo notifique y, prosigue con el Proceso Notificación de Autos o Resoluciones. Una vez que concluya este procedimiento, el Interesado debe presentar la documentación requerida en el tiempo legalmente establecido. Regresar al paso Nº 1.

10. El Auditor Interno recibe y revisa el expediente, realiza investigaciones y/o inspecciones físicas si es necesario, elabora el Dictamen Técnico, lo firma, sella y entrega junto con dicho expediente al Asesor Legal para que continúe su trámite. 11. El Asesor analiza toda la documentación, elabora el Auto de Presentado, el borrador de la Resolución revocando la Resolución anterior o denegando la solicitud del Recurso de Apelación y entrega el expediente con toda la documentación al Director de Asesoría Legal. 12. El Director de Asesoría Legal recibe el expediente y lo revisa ¿Está de acuerdo? 12.1. Si está de acuerdo, da el V.B. al borrador de la Resolución y la entrega junto con el expediente al Asesor Legal para que emita la Resolución definitiva. 12.2. Si no está de acuerdo, el Director indica las correcciones. ¿A quién corresponde hacerlas? 12.2.1. Si es al Asesor regresa al paso Nº 11. 12.2.2. Si es al Auditor, regresa al paso Nº 10. 13. El Asesor emite una nueva versión de la Resolución y una copia, la inicializa, elabora el memorando dirigido al Viceministro de Finanzas y Presupuesto, folia los documentos y los entrega al Director de Asesoría Legal. 14. El Director revisa el memorando de remisión. ¿Está de acuerdo? 14.1. Si está de acuerdo, lo firma, inicializa la Resolución y entrega el expediente al Asesor. 14.2. Si no está de acuerdo, le solicita al Asesor que haga las correcciones de dicho memorando. 15. El Asesor recibe el expediente. ¿El Director autorizó el memorando de remisión? 15.1.

Si el Director autorizó firmando dicho memorando, lo sella y entrega la documentación a su Secretaria asignada.

15.2.

Si el Director no autorizó, hace las correcciones al memorando y lo devuelve al Director. Regresar al paso Nº 14.

16. La Secretaria asignada remite el expediente a la Secretaría General, registrando en su libro de control los datos de dicho expediente y su fecha de envío y solicita la firma de recibido en la copia de la Resolución. 17. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General recibe el expediente, firma, sella de recibido la copia de la Resolución, el libro de

control de la Dirección de Asesoría Legal y el memorando. Entrega el expediente al Asistente de dicha Secretaría. 18. El Asistente del Secretario General recibe el expediente, revisa la Resolución y el Auto de Presentado. ¿Está de acuerdo? 18.1. Si está de acuerdo, da su visto bueno y entrega la documentación al Encargado de Correspondencia para que la envíe a la firma del Secretario General. Ir al paso Nº 21. 18.2. Si no está de acuerdo, entrega la documentación con sus observaciones al Encargado de Correspondencia para que la devuelva a la Dirección de Asesoría Legal y se hagan las correcciones. 19. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General recibe el expediente, registra en su libro de control la fecha, la documentación y la dependencia a quien la dirige y remite a la Dirección de Asesoría Legal. 20. El Encargado de Recepción de la Dirección de Asesoría Legal recibe y revisa la documentación, firma en el libro de control de la Secretaría General como constancia de haberla recibido, anotando la hora; y la entrega al Asesor encargado del caso para que haga las correcciones. Regresar al paso Nº 13. 21. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General recibe y entrega la Resolución junto con el expediente al Secretario General para su firma. 22. El Secretario General firma la Resolución, el Auto de Presentado y entrega el expediente a la Secretaria. 23. La Secretaria sella el Auto de Presentado y la Resolución, adjunta el expediente y mediante una nota, en original y copia, que lista dicho expediente, envía la documentación a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto. 24. El Encargado de Correspondencia de la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto recibe el expediente, firma y sella como constancia de recibido la copia de la nota mencionada y entrega el expediente a la Secretaria del Viceministro. 25. La Secretaria entrega el expediente al Viceministro. 26. El Viceministro firma la Resolución y el Auto de Presentado y junto con el expediente, entrega a su Secretaria. 27. La Secretaria recibe el expediente y se lo entrega al Encargado de Correspondencia de la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto. 28. El Encargado de Correspondencia sella la Resolución y el Auto y los envía junto con el expediente a la Secretaría General.

29. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General recibe el expediente, registra en su libro de control la fecha, la documentación y remite a la Dirección de Asesoría Legal. 30. El Encargado de Recepción de la Dirección de Asesoría Legal recibe y revisa la documentación, firma en el libro de control de la Secretaría General como constancia de haberla recibido, anotando la hora; y la entrega al Asesor encargado del caso. 31. El Asesor recibe la documentación, elabora la Certificación de la Resolución y entrega todo el expediente a su Secretaria asignada. 32. La Secretaria asignada remite el expediente a la Secretaría General, registrando en su libro de control los datos de dicho expediente y su fecha de envío. 33. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General recibe el expediente, sella y firma en el libro de control de la Dirección de Asesoría Legal como constancia de su recepción, anotando la hora; y lo entrega al Asistente del Secretario General. 34. El Asistente recibe el expediente y la Certificación. ¿Está correcta la certificación? 34.1. Si está correcta, da el V.B. y entrega el expediente al Encargado de Correspondencia para su envío a firma del Secretario General. 34.2. Si no está correcta, el Asistente entrega al Encargado de Correspondencia la documentación con sus observaciones. Regresar al paso Nº 29. 35. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General recibe y entrega el expediente al Secretario General. 36. El Secretario General recibe los documentos, firma la Certificación y entrega el expediente al Encargado de Correspondencia. 37. El Encargado de Correspondencia de la Secretaría General sella la Certificación y la remite con el expediente a Asesoría Legal, registrando en su libro de control la fecha y los datos del expediente. 38. El Encargado de Recepción de la Dirección de Asesoría Legal recibe y revisa la documentación, firma en el libro de control de la Secretaría General como constancia de haberla recibido, anotando la hora; y la entrega al Asesor encargado de las Notificaciones. Se debe Proseguir con el Proceso Notificación de Autos o Resoluciones en donde se notificará al Interesado.

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