Registrador de la Propiedad de GERNIKA - LUMO

http://www.registradores.org Información Registral Información Registral expedida por GERMAN BARBIER GAMINDE Registrador de la Propiedad de GERNIKA

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Información Registral expedida por GERMAN BARBIER GAMINDE

Registrador de la Propiedad de GERNIKA - LUMO correspondiente a la solicitud formulada por DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA .SUBASTAS con DNI/CIF:

P4800000D

Interés legítimo alegado: Investigación jurídica sobre el objeto, su titularidad, o limitaciones

Identificador de la solicitud:N81ZM71N Citar este identificador para cualquier cuestión relacionada con esta información.

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REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE GERNIKA NOTA INFORMATIVA DE DOMINIO Y DE CARGAS Página Fecha 1/3/2011 Hora 11:26 Solicitud

/2010

Finca : 20010 de Munguia Solicitante : DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA .SUBASTAS

DATOS REGISTRALES Tomo 1532

Libro 354

Folio 31

Idufir: 48010000771121 DESCRIPCION URBANA: LOTE EDIFICABLE NUMERO SIETE : Lote edificable denominado desde ahora 7.3, con forma irregular, incluido en el sector Elordigane, clasificado en las normas subsidiarias de planeamiento de Mungia, como suelo apto para urbanizar de uso residencial, que mide una superficie de mil doscientos treinta y tres metros y sesenta y siete decímetros cuadrados (1.233,67 m2), y linda al Norte con límite del área de reparto: al Oeste con parcela de cesión al Muni cipio para espacios libres E.L.3; y al Este con lote edificable 7.2 y Sur con parcela de cesión al11 icipio para vialidad. Edificabilidad: esta parcela tiene asignada una edificabilidad de 335 metros cuadrados construibles para la edificación de 1 vivienda unlfamiliar. VINCULACION OB REM. A la presente finca se le vincula una cuota de/ 0,4833 POR CIENTO/ de los lotes edificables resultantes del proyecto de compensación del que resulta la presente finca, identificadas como PARCELA DE EQUIPAMIENTO COMERCIAL Y SOCIAL, PARCELA DE INSTALACIONES 1.1, PARCELA DE INSTALACIONES 1.2,PARCELA DE INSTALACIONES 1.3 Y PARCELA DE INSTALACIONES 1.4, identificadas registralmente conlos números 2.066 al 2.070 a los folios 169 a 182 del libro 317 de Mungia. Las referidas parcelas se configuran como anejos inseparables de todos los lotes edificables, resultantes del presente proyecto, de manera que la transmisión de la propiedad de cada uno de los lotes significará la transmisión de la correspondiente cuota de copropiedad, ya que estas parcelas se configuran como elemento de la propiedad común de la presente finca y de las demás resultantes del PROYECTO DE REPARCELACIÓN DEL ÁREA DE REPARTO ELORDIGANE, que concurren al dominio en copropiedad.

TITULARES ACTUALES

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Nombre............ : ETXEOSTE MIKEL SL DNI/NIF........... : C.I.F. B95192258 Título ............: Compraventa Naturaleza Derecho :

Propiedad

Participación .....: LA TOTALIDAD DE LA FINCA Fecha del Título ..: 30-01-2009 Autoridad .........: Luis Felipe Alamillos Granados Sede Autoridad ....: Munguia Inscripción .......: 8ª de fecha 24-02-2009

Cargas CARGAS :URBANISTICAS :De conformidad con lo dispuesto en el artículo 178 del Reglamento de Gestión Urbanística y a efectos de lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto 1093/1997, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, queda constituida una afección real en garantía del cumplimiento de la ejecución de las obras de urbanización, en favor de la Administración Pública actuante, Ayuntamiento de Mungia, ascendente a un importe total de TRECIENTAS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO EUROS CON DIEZ CENTIMOS DE EURO /347.985,10 euros/ y participando esta parcela en tales gastos en un porcentaje del 1,693 % Afección Afección durante el plazo de TRES años, contados a partir del día 24 de enero de 2007, al pago de la Liquidación o liquidaciones que en su caso puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, referida al Expediente nº 192 de la Oficina Liquidadora de ; habiendo quedado liberada de dicha afección, por la cantidad de2494,24 euros , satisfechos por autoliquidación; según así resulta de nota extendida al margen de la inscripción 3ª de la finca nº 20010 obrante al folio 4 del tomo 1403 del Archivo, libro 317.

Afección Afección durante el plazo de TRES años, contados a partir del día 24 de nero de 2007 a la liquidación o liquidaciones que en su caso puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, referida al Expediente nº 191de la Oficina Liquidadora de Gernika .; habiendo quedado liberada de dicha afección, por la cantidad de ,405,68 EUROS satisfechos por autoliquidación; según así resulta de nota extendida al margen de la inscripción 4ª de la finca nº 20010, obrante al folio 4 del tomo 1403 del Archivo, libro 317.

Afección Afección durante el plazo de TRES años, contados a partir del día 24 de nero de 2007 a la liquidación o liquidaciones que en su caso puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, referida al Expediente nº 191de la Oficina Liquidadora de Gernika .; habiendo quedado liberada de dicha afección, por la cantidad de ,489,23 EUROS satisfechos por autoliquidación; según así resulta de nota extendida al margen de la inscripción 4ª de la finca nº 20010, obrante al folio 4 del tomo 1403 del Archivo, libro 317.

Afección Afección durante el plazo de TRES años, contados a partir del día 18 de enero de 2007 al pago de la Liquidación o liquidaciones que en su caso puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, referida al Expediente nº 3655 de la Diputación Foral de Bizkaia ; habiendo quedado pag. 3

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liberada de dicha afección, por la cantidad de / 2.000/ 1.333,33 / 1.000/ y 666.67 E/ , satisfechos por autoliquidación; según así resulta de nota extendida al margen de la inscripción 7ª de la finca nº 20010, obrante al folio 6 del tomo 1403 del Archivo, libro 317.

Afección AFECCIÓN durante el plazo de TRES AÑOS, contados a partir del día 05-02-2009, al pago de la Liquidación o liquidaciones que en su caso puedan girarse por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, referida a la liquidación Telemática número 090440101, número de envío 000101756 de fecha 05-02-2009 de la Diputación Foral de Bizkaia, sello electrónico BEC2866FB84CBED748194DB59711C5E2; habiendo quedado liberada de dicha afección, por la cantidad de 1.352,28 EUROS, satisfechos por autoliquidación, según así resulta de nota extendida al margen de la inscripción 8ª de la finca nº 20010, obrante al folio 6 del tomo 1403 del Archivo, libro 317.

Anotación ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO Anotación preventiva de embargo letra A, practicada el día veinticuatro de febrero de dos mil nueve, a favor de la DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA. Expediente administrativo de apremio 2007 012518, seguido en el Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, en reclamación de un total de: cuarenta y nueve mil quinientos noventa euros y sesenta y dos céntimos de euro; Principal: 30.551,79; Recargo: 11.591,64; Intereses de demora: 3.036,62, prespuesto intereses de demora: 3.055,17; Costas presumibles: 1.355,40, en virtud de mandamiento expedido el diez de febrero de dos mil nueve, por Don Miguel Angel Beitia Santovenia, Jefe del indicado Servicio de Recaudación, tal como se expresa al folio 30 del Tomo 1532 del Archivo general, Libro 354, finca 20010. Al margen de dicha anotación letra A, con fecha veinticuatro de febrero de dos mil nueve, se halla extendida nota de expedición de certificación derivada del procedimiento administrativo a que se refiere la indicada anotación letra A.

Anotación ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO Anotación preventiva de embargo letra B, practicada el día veinte de julio de dos mil nueve, a favor de la DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA. Expediente administrativo de apremio 2007 012518, seguido en el Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, en reclamación de un total de: trece mil ochocientos treinta y seis euros y siete céntimos de euro; Principal: 9.785,21; recargo: 2.216,47; Intereses de demora: 481,35; Presupuesto intereses de demora: 978,52; Costas presumibles: 374,49, en virtud de mandamiento expedido el dos de julio de dos mil nueve, por Ignacio Acebes Barroso, Jefe del indicado Servicio de Recaudación, tal como se expresa al folio 30 del Tomo 1532 del Archivo general, Libro 354, finca 20010. Al margen de dicha anotación letra B, con fecha veinte de julio de dos mil nueve, se halla extendida nota de expedición de certificación derivada del procedimiento administrativo a que se refiere la indicada anotación letra B.

Anotación ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO Anotación preventiva de embargo letra C, practicada el día diecisiete de octubre de dos mil nueve, a favor de la DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA. Expediente administrativo de apremio 2007 012518, seguido en el Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, en reclamación de un total de setenta y seis mil ochocientos noventa y ocho euros y setenta y nueve céntimos de euro; Principal: 54.832,21; Recargo: 10.966,46; Int. Demora: 3.536,84; presupuesto estimado para intereses de demora: 5.483,22; Costas presumibles: 2.080,06, en virtud de mandamiento expedido el veintidós de septiembre de dos mil nueve, por Don Miguel Angel Beitia Santovenia, Jefe del indicado Servicio de Recaudación, tal como se expresa al folio 31 del Tomo 1532 del Archivo general, Libro 354, finca 20010. Al margen de dicha anotación letra C, con fecha diecisiete de octubre de dos mil nueve, se halla extendida nota de expedición de certificación derivada del pag. 4

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procedimiento administrativo a que se refiere la indicada anotación letra C.

Anotación Anotación preventiva de embargo letra D, practicada el día cuatro de junio de dos mil diez, a favor de la DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA. Expediente administrativo de apremio 2007 012518, seguido en el Servicio de Recaudación del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia, en reclamación de un total de: treinta y tres mil seiscientos sesenta y nueve euros y noventa y ocho céntimos de euro, Principal: 24.646,93; Recargo: 4.929,40; Intereses de demora: 720,07; Presupuesto intereses de demora: 2.464,69; Costas presumibles: 908,89, en virtud de mandamiento expedido el trece de mayo de dos mil diez, por Don Miguel Angel Beitia Santovenia, Jefe del indicado Servicio de Recaudación, tal como se expresa al folio 31 del Tomo 1532 del Archivo general, Libro 354, finca 20010. Al margen de dicha anotación letra D, con fecha cuatro de junio de dos mil diez, se halla extendida nota de expedición de certificación derivada del procedimiento administrativo a que se refiere la indicada anotación letra D.

SIN ASIENTOS PENDIENTES Es NOTA INFORMATIVA conforme al Artº. 332 y 354 a) del Reglamento Hipotecario. MUY IMPORTANTE : Queda prohibida la incorporación de los datos de esta nota a ficheros o bases informáticas para la consulta individualizada de personas físicas o jurídicas, incluso expresando la fuente de información (B.O.E. 27-02-1998). A los efectos de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal queda informado de que: 1.- Conforme a lo dispuesto en las cláusulas informativas incluidas en el modelo de solicitud los datos personales expresados en el presente documento han sido incorporados a los libros de este Registro y a los ficheros que se llevan en base a dichos libros, cuyo responsable es el Registrador. 2.- En cuanto resulte compatible con la legislación específica del Registro, se reconoce a los interesados los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición establecidos en la Ley Orgánica citada pudiendo ejercitarlos dirigiendo un escrito a la dirección del Registro.

********** FIN DE LA NOTA INFORMATIVA **********

ADVERTENCIAS --------------------------------------------------------------------------------1.- Esta información registral tiene valor puramente indicativo, careciendo de garantía, pues la libertad o gravamen de los bienes o derechos inscritos, solo se acredita, en perjuicio de tercero, por certificación del Registro (articulo 225 de la Ley Hipotecaria). 2.- Queda prohibida la incorporación de los datos que constan en la presente información registral a ficheros o bases informaticas para la consulta individualizada de personas físicas o jurídicas, incluso expresando la fuente de procedencia (Instrucción de la D.G.R.N 17/02/98; B.O.E. 27/02/1998). 3.- Esta información registral no surte los efectos regulados en el art. 354-a del Reglamento Hipotecario.

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