REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICACIONES RUINOSAS

REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICACIONES RUINOSAS FINCA Nº 1093 1) CLASE DE INMUEBLE INCLUIDO (1): . Debido a (2): Declaración de ruina acorda
Author:  Celia Ponce Ojeda

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REGISTRO MUNICIPAL DE SOLARES Y EDIFICACIONES RUINOSAS

FINCA Nº 1093

1)

CLASE DE INMUEBLE INCLUIDO (1): . Debido a (2): Declaración de ruina acordada por la Comisión Ejecutiva de 29 de febrero de 2012.

2)

CIRCUNSTANCIAS: 2.1)

Nombre de la finca: Calle o plaza: Fabie. Número actual y anteriores: .17, antes 13.

2.2)

Superficie:

- Registral: 62,75 m² - Catastral: 65,00 m² - S/ medición:

Linderos:

- Por la derecha de su entrada: C/ Fabie nº 19. - Por la izquierda: C/ Fabie nº 15. - Por el fondo: C/ Rocío nº 25.

2.3)

(1) (2)

Naturaleza: URBANO Destino: RESIDENCIAL Otros Datos: Calificación Urbanística: CENTRO HISTORICO Catalogación: D - Protección Parcial en grado 2

Construcción ruinosa o inadecuada (Art. 228 Texto Refundido 1992) Consígnense los motivos que dan lugar a la clasificación del inmueble.

FOLIO Nº 65

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2.4)

FOLIO Nº 66

Nombre y apellidos del/los Propietario/s:

Dª MARIA PILAR, D. MIGUEL, D. IGNACIO, Dª SONSOLES, Dª LOURDES, Dª Mª VICTORIA, D. FERNANDO DE FÁTIMA, Dª FATIMA MYRIAM, D PABLO DE FÁTIMA, D. JUAN CARLOS Y Dª Mª INMACULADA VELARDE DIAZ-PACHE., con domicilio en Plaza Vicente Alexandre nº 2, 3ºA de Sevilla. Dª CARMEN DIAZ-PACHE RODRIGUEZ, con domicilio en C/ Virgen de la Antigua nº 9 - B, 6º C de Sevilla. Dª MARIA DE LA SOLEDAD DIAZ RODRIGUEZ, representada por Dª Mª SOL ROMERO DIAZ, con domiclio en C/ José Ignacio Benumea nº 2, 1º Dcha, de Sevilla.

2.5)

Cargas, gravámenes y situaciones jurídicas inscritas en el Registro de la Propiedad, y circunstancias personales de sus titulares:

2.6)

Referencia a los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad nº 2 . Finca nº 1.454, Folio:13, Libro:855, Tomo: .1.407.

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2.7)

FOLIO Nº 67

Plazo para solicitar licencia de sustitución, rehabilitación o adecuación, y referencia al trámite que lo determine.

Plazo para cumplir con el deber de edificar.-. Un año a contar desde la recepción de la notificación del acuerdo de inclusión, toda vez que la notificación opera como condición jurídica de eficacia

2.8)

Plazo para sustituir, rehabilitar o adecuar la edificación existente, y referencia al trámite que lo determine.

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2.9)

FOLIO Nº 68

Inquilinos, arrendatarios y ocupantes del inmueble:

Otras circunstancias u observaciones (1)

El presente asiento se extiende en virtud del acuerdo de la Comisión Ejecutiva de fecha 10 de julio de 2013 adoptado para la inclusión de la citada finca en el RMS. El documento figura en el expediente 2/10 RMS al folio 64. Sevilla, 9 de septiembre de 2013 EL SECRETARIO DE LA GERENCIA

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FOLIO Nº 69

CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE SOLICITAR LICENCIA(1)

CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE SUSTITUIR, REHABILITAR O ADECUAR LA EDIFICACION(1)

(1)

Acuerdo que la acredite, fecha y datos de su constancia en el Registro de la Propiedad.

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FOLIO Nº 70

INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE SOLICITAR LICENCIA (1)

INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION DE SUSTITUIR, REHABILITAR O ADECUAR LA EDIFICACION (1) Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2014, se declaró el incumplimiento del deber de edificar para la finca objeto de expediente, optándose por la venta forzosa del inmueble para su ejecución por sustitución. Por acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de noviembre de 2015, se dejó sin efecto el anterior acuerdo en lo que se refiere a la venta forzosa del inmueble, y se aprobó el convenio suscrito con fecha 6 de noviembre de 2015 con la propiedad a fin de posibilitar su edificación.

(1)

Fecha de la declaración de incumplimiento, de su firmeza, e indicación de los datos de inscripción en el Registro de la Propiedad.

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VALORACION DE LA FINCA (Fecha):

A) Valoración municipal: - Valor urbanístico del suelo: - Valor de la edificación:

B) Valoración particular:

FOLIO Nº 71

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FINCA Nº 1093 Plano de situación de la Finca

FOLIO Nº 72

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