REGLAMENTO INSTITUCIONAL IPAL

REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL REGLAMENTO INSTITUCIONAL IPAL (2012) “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS” Página 1 REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPA

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I FINES, OBJETIVOS Y ALCANCE DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL
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REGLAMENTO INSTITUCIONAL IPAL (2012)

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Art. 1º El Reglamento Institucional del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado “Peruano Alemán” establece su naturaleza, principio, fines, objetivos, desarrollo institucional, desarrollo académico y extensión para el desarrollo de la comunidad. Art. 2º El desarrollo institucional y académico se rigen por las normas vigentes. MARCO LEGAL: - Constitución Política del Perú - Ley General de Educación Nº 28044 y su Reglamento. - Ley Nº 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, y su Reglamento. - R.M. Nº 025-2010-ED Normas para la Organización y Ejecución del Proceso de Admisión a los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológica” - R.D. Nº 896-2006-ED que aprueba el Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica con carácter experimental. - R.D. Nº 208-2010-ED que precisa sobre los exámenes de admisión en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Tecnológicos - R.D. Nº 408-2010-ED, Lineamientos para la Titulación de los egresados de IEST, ISE e IESP, que aplica el nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica - R.D. Nº 462-2010-ED Lineamientos para la administración del examen teórico práctico de los egresados de instituciones de educación superior que aplican la estructura curricular reajustada por R.D. Nº 819-96-ED y de instituciones de educación superior que desarrollan el nuevo diseño curricular básico de la educación tecnológica de ingresantes en los años 2007; 2008 y 2009 - R.D. Nº 321-2010-ED Lineamientos para elaborar el reglamento institucional y documentos de gestión de los institutos y escuelas de educación superior - R.D. Nº 929-2011-ED “Normas para la aplicación del nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica, en Instituto de Educación Superior Tecnológico e Instituto Superior de Educación Autorizado” - R.D. Nº 1067-2010-ED “Orientaciones y Normas Nacionales para el desarrollo de las actividades en el año 2011 en Instituto y Escuela de de Educación Superior que desarrolla carreras tecnológicas” - R.M. Nº 023-2010-ED “Plan de Adecuación de los Institutos y Escuelas de Educación Superior a lo dispuesto en la Ley Nº 29394” . CAPITULO I FINES, OBJETIVOS Y ALCANCES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL DE LOS FINES Art. 3º Los fines del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán son: a) Garantizar la eficiencia del servicio educativo en términos de excelente calidad en todas las carreras profesionales. b) Impulsar el desarrollo de la Educación, comprometiendo la participación protagónica de los agentes educativos. c) Promover e impulsar la práctica de valores e identidad del IPAL. d) Fortalecer la identidad nacional y el respeto hacia las distintas expresiones de la cultura nacional. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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Contribuir en la formación integral de la persona Desarrollar las capacidades profesionales y comunitarias del estudiante. Realizar investigación científica e innovación educativa Brindar un servicio educativo de calidad Formar técnicos profesionales de calidad que estén preparados para los retos actuales Promover la participación de la Comunidad Educativa para el fortalecimiento de la institución. k) Incentivar la investigación de los estudiantes. l) Promover el intercambio científico y cultural con otras instituciones a través de convenios. DE LOS OBJETIVOS Art. 4º Los objetivos del Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán son: Generales: a) Lograr el cumplimiento de los objetivos programados en las asignaturas y unidades didácticas a cargo del personal docente y administrativo. b) Distribuir de manera equitativa los recursos económicos entre todas las carreras profesionales y especialidades. c) Continuar en el proceso de acreditación de la institución a partir de los lineamientos del CONEACES, brindando todo el apoyo institucional para el logro de este propósito. d) Seguir los lineamientos de la Ley Nº 29394 Ley de Institutos, así como también con lo establecido por el nuevo Diseño Curricular Básico. e) Mantener en buen estado las relaciones humanas entre el personal de la institución. Específicos: a) Planificar, coordinar, organizar, diseñar, ejecutar, evaluar y valorar el servicio educativo que brinda la Institución, acorde a la realidad, garantizando la calidad y eficiencia educativa. b) Garantizar una excelente gestión administrativa que se brinda en el Instituto, utilizando los recursos propios con que cuenta la Institución Educativa. c) Impulsar y propiciar una excelente gestión y capacidad de respuesta frente a los requerimientos específicos que sirven de sostén y apoyo para la obtención de resultados de calidad en los Estudiantes a través de una paulatina modernización conforme al avance de la ciencia y tecnología. d) Ampliar la celebración de convenios marco, con instituciones educativas y empresas en beneficio de los estudiantes, en lo que respecta a la obtención de un título profesional previa convalidación de asignaturas y unidades didácticas llevadas en el instituto, asimismo la ubicación de los estudiantes para sus prácticas pre-profesionales. e) Promover la capacitación docente y administrativa, para el logro de un eficiente servicio educativo. f) Mantener una constante supervisión académica institucional. ALCANCES Art. 5º Las disposiciones y procedimientos del presente reglamento son de cumplimiento obligatorio por parte de todo el personal jerárquico, docente, administrativo y los estudiantes del IESTP Peruano Alemán.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL CAPITULO II CREACIÓN Y REVALIDACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE LA CREACIÓN Y REVALIDACIÓN Art. 6º El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán es una Institución Educativa de Nivel Superior, autorizada por R.M. Nº 1221-83-ED del 09 de agosto de 1983. Art. 7º El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán fue revalidado mediante R.D. Nº 275-2005-ED el 23 de noviembre de 2005. Art. 8º El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán es una Institución Educativa de Nivel Superior, ofrece formación técnica profesional a egresados del nivel secundario y su finalidad es contribuir al desarrollo socio–económico del país, formando profesionales técnicos con base científica, tecnológica y humanista en conocimientos, destrezas, habilidades, actitudes y valores en las siguientes carreras: ÁREA DE EMPRESASRIAL  Secretariado Ejecutivo Bilingüe  Secretariado Ejecutivo  Contabilidad y Finanzas  Contabilidad  Marketing Empresarial  Administración de Negocios Internacionales  Administración y Gestión Empresarial  Gastronomía y Arte Culinario ÁREA DE INGENIERIA  Electrotecnia Industrial  Mecánica Automotriz  Autotrónica  Electrónica Industrial ÁREA DETECNOLOGÍA Y DISEÑO PUBLICITARIO  Computación e Informática  Diseño Gráfico y Publicidad Digital  Análisis de Sistemas y Modelación de Base de Datos ÁREA DE SALUD  Enfermería Técnica  Farmacia  Fisioterapia y Rehabilitación  Prótesis Dental  Laboratorio Clínico CAPITULO III AUTONOMÍA. ARTICULACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y EDUCACIÓN BÁSICA. COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL DE LA AUTONOMÍA Art. 9º El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán goza de autonomía administrativa, académica y económica. Contextualiza, de acuerdo a la realidad de su región, el plan de estudios en cada área y programa, considerando las necesidades locales, regionales, nacionales e internacionales presentes y futuras; los planes de estudios deberán respetar los contenidos básicos comunes establecidos en los Diseños Curriculares Básicos Nacionales. DE LA ARTICULACIÓN Art. 10º El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán se articulará con otros institutos, universidades, instituciones de educación básica y con su entorno social, económico y cultural de acuerdo con la Ley General de Educación. Para la articulación con las universidades, las convalidaciones académicas se realizan de conformidad con el grado o nivel de los programas educativos aprobados por el Ministerio de Educación. Por medio de la homologación de planes de estudio y competencias de los estudiantes o titulados. DE LA COOPERACIÓN Art. 11º El Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán promueve la creación y el fortalecimiento de formas diversas de cooperación nacional e internacional, dirigidas al intercambio académico, a la realización conjunta de proyectos y programas de formación y difusión del conocimiento y de vinculación social. Se homologan los planes de estudios y las competencias de los egresados en el ámbito nacional e internacional, previa evaluación y de acuerdo a la normatividad vigente y los convenios suscritos. Art. 12º El Instituto suscribirá convenios y acuerdos de mutua colaboración con entidades culturales y educativas vinculadas al mejoramiento institucional. Así mismo, gestionará ante organismos extranjeros como gubernamentales y privados, la cooperación técnica para impulsar el desarrollo institucional. TÍTULO II DESARROLLO EDUCATIVO CAPITULO I PROCESO DE ADMISIÓN. MATRÍCULA. EVALUACIÓN. PROMOCIÓN. HOMOLOGACIÓN. TITULACIÓN. TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS DE MATRÍCULA. CONVALIDACIONES DE ESTUDIOS. SUBSANACIONES. LICENCIAS Y ABANDONOS DE ESTUDIO DEL PROCESO DE ADMISIÓN Art. 13º El proceso de admisión se rige por las disposiciones establecidas en el presente reglamento, el reglamento de admisión del instituto y las normas que emanan del Ministerio de Educación y la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana. Art. 14º La Comisión de Admisión estará integrada por: Presidente : Director General Vicepresidente : Director Académico Tesorero : Jefe de la Dirección Administrativa Secretario : Un Coordinador Académico designado por el Presidente. Vocal : Un representante del Personal Docente

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 15º Participan del Proceso de Admisión los egresados de la educación básica en cualquiera de sus modalidades. Art. 16º El ingreso al Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán puede ser mediante las siguientes modalidades: a) Ingreso ordinario mediante examen de admisión para los estudiantes que han terminado la educación básica. b) Mediante traslado externo, para postulantes que tienen estudios realizados en otros Institutos de Educación Superior Tecnológico Público o Privado. c) Mediante traslado interno, para estudiantes del mismo Instituto que hayan aprobado al menos un semestre respectivamente. Dicho traslado se da sólo hasta ll ciclo. Art. 17º Tienen derecho a ser exonerados del examen de admisión: a) 3 vacantes para los 5 primeros puestos de Educación Secundaria. b) 2 vacantes para Deportistas calificados, acreditados por el IPD c) Beneficiarios del Programa de Reparaciones en Educación, del Plan Integral de Reparaciones (PIR) d) Artistas Calificados que hayan representado al país o la región, acreditados por el INC o una Escuela Nacional Superior de Arte. e) 2 Vacantes para minusválidos, conforme a ley. Art. 18º Se reserva el 5% de vacantes para personas con discapacidad, quienes accederán previa evaluación. Art. 19º Las metas de atención las otorgas el Ministerio de Educación en la Resolución de autorización de funcionamiento de la carrera profesional técnica, y anualmente la Dirección Regional de Educación ratifica o amplia éstas. Se establecen por carrera profesional y turno de conformidad con la infraestructura y equipamiento con el que cuenta la Institución. Art. 20º Las vacantes ofrecidas, conforme a las metas de atención se cubren por estricto orden de mérito según las notas obtenidas por los postulantes en el examen de admisión y se publicará dentro de las doce horas siguientes después de finalizado el examen. Art. 21º Una vez realizado el examen de admisión, habrá ampliación de vacantes, por decisión del Directorio y mediante Resolución Directoral del mismo. DE LA MATRÍCULA Art. 22º Antes del inicio de clases el Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Peruano Alemán brindará una sesión informativa gratuita a los ingresantes dándoles a conocer el perfil profesional, plan de estudios, costos por concepto de matrícula, mensualidad, pagos administrativos por certificado, constancias, carné, duplicados de documentos, entre otros. El monto de la pensión de enseñanza es establecido por el instituto; la que puede pagarse al contado o mediante cuotas mensuales; las que deben realizarse en la fecha indicada según un cronograma pre establecido. Art. 23º La matrícula se realiza obligatoriamente en el plazo establecido por el Instituto, mediante este proceso se adquiere la condición de estudiante e implica el cumplimiento de las disposiciones que rigen la vida estudiantil. Art. 24º La matrícula de los estudiantes se realiza dos veces al año por cada Semestre Académico. Art. 25º La matrícula en el instituto se puede reservar hasta por un máximo de 2 semestres, según lo establece la R.D. Nº 1067-ED, en su Artº 7.6.2.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 26º No se podrá matricular nuevos Estudiantes una vez aprobada la nómina de matrículas, salvo si corresponde a traslados. Art. 27º A solicitud del estudiante el instituto podrá otorgar licencia hasta por un periodo de dos años, dentro de los cuales puede reingresar. Art. 28º Un estudiante abandona sus estudios cuando deja de asistir al instituto sin solicitar licencia, por un periodo de 20 días hábiles consecutivos, o cuando estando de licencia no se reincorpora al término de la misma. En ambos casos pierde su condición de estudiante y para ser aceptado nuevamente en el instituto deberá postular y aprobar el proceso de admisión. Art. 29º Los estudiantes están obligados a matricularse, ratificar su matrícula y pagar por los servicios de enseñanza recibidos según las modalidades indicadas en el Artº 24º. Una vez realizado el pago de la matrícula y la mensualidad, no existe devolución de dinero por ningún motivo. Art. 30º El IESTP Peruano Alemán otorga BECAS o beneficios económicos como pagos especiales a los Estudiantes que obtengan notas iguales o mayores a 17 en su promedio final. De darse el caso que hubiesen demasiados Estudiantes en esta condición, se procederá a realizar una evaluación entre ellos resultando ganadores los que obtengan la mayor nota. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Art. 31º El IESTP Peruano Alemán cuenta con carreras profesionales que desarrollan el nuevo Diseño Curricular Básico, el mismo que organiza la oferta formativa en Módulos, cuya duración es de uno, dos o más semestres, según la Resolución Directoral de aprobación otorgada por el Ministerio de Educación. Considerando estos parámetros el IESTP Peruano Alemán busca fortalecer las capacidades de los estudiantes brindándoles las herramientas necesarias en su formación profesional, elaborando los horarios en base a los tiempos de los estudiantes para que puedan éstos realizar sus prácticas pre profesionales e insertarse lo más pronto posible al mercado laboral. Art. 32º La evaluación de los estudiantes es integral, flexible y permanente y se rigen por las disposiciones contenidas en el presente reglamento. La evaluación del aprendizaje tiene por objeto diagnosticar la situación académica del estudiante, valorar y medir sus logros, reajustar y tomar decisiones para retroalimentar el proceso de enseñanza–aprendizaje y con fines de promoción. Art. 33º La evaluación del estudiante se realiza en función de los criterios de evaluación e indicadores formulados en la programación del módulo y de la unidad didáctica, asegurando objetividad, validez, pertinencia y confiabilidad en la medición del aprendizaje. Art. 34º El sistema de evaluación de los estudiantes se rige por lo normado en la R. D. N° 776 – 88 – ED y la RD Nº 0929-ED que aprueba las normas para la aplicación del nuevo Diseño Curricular Básico de la educación superior tecnológica para el periodo lectivo 2011 en adelante. Art. 35º La evaluación y calificación de estudiantes se efectúa por cada unidad Didáctica y el número de calificativos para el promedio semestral de cada asignatura está dado por el número de Criterios de Evaluación e indicadores. Art. 36º La escala de calificación es vigesimal. El calificativo mínimo aprobatorio es once (11) para todas las asignaturas y prácticas pre profesionales. La fracción 0.5 ó más al determinar el promedio, se considera como un punto a favor del estudiante. Art. 37º La promoción de Estudiantes es por semestre académico. Son promovidos los estudiantes que, al término del semestre, aprueban todos los cursos o unidades didácticas.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Repiten el semestre los que desaprueben la mitad o más de la mitad del total de asignaturas o unidades didácticas llevadas en el semestre académico. Los que desaprueban menos de la mitad de los cursos correspondientes al semestre, tienen derecho al proceso de recuperación de los cursos o unidades didácticas desaprobadas. Después del proceso de recuperación, son promovidos los Estudiantes que, a lo más, hayan desaprobado una asignatura. No hay recuperación de la práctica pre profesional, ni de los talleres. Art. 38º Para los Estudiantes comprendidos en el nuevo Diseño Curricular Básico la escala de calificación es vigesimal. El calificativo mínimo aprobatorio es 13 (trece) para todas las unidades didácticas y prácticas pre profesionales. La fracción 0.5 o más en el promedios final es considerado como un punto a favor del estudiante. Art. 39º La promoción de Estudiantes del nuevo diseño curricular por competencias es por semestre. Son promovidos los estudiantes que, al término del semestre, aprueban todas las unidades didácticas. La repitencia, desaprobación, recuperación y promoción se regirá por la normatividad vigente. Art. 40º Para tener derecho a promedio final en una asignatura o unidad didáctica se requiere que: a) El estudiante debe acreditar una asistencia a clase, no menor del 70 %. b) El estudiante debe tener promedio final en todas las unidades didácticas. El estudiante que no tiene nota en la prueba integral, no tiene derecho a promedio en la unidad formativa o unidad didáctica respectiva. Art. 41º La evaluación en el proceso de recuperación abarca todos los contenidos de la asignatura o de las unidades didácticas, tiene carácter sustitutorio con respecto a la evaluación semestral regular. Art. 42º Se le cancela la matrícula por bajo rendimiento a los estudiantes que en dos oportunidades consecutivas no se promueven al semestre inmediato superior. Art. 43º Toda solicitud para justificación de inasistencia se presenta hasta el término de las veinticuatro (24) horas posteriores a la inasistencia. Carece de validez si se presenta la solicitud al finalizar el semestre académico. En casos excepcionales, con opinión favorable del profesor de la asignatura o unidad didáctica, el Director podrá anular hasta el diez (10) por ciento de inasistencias, previa solicitud debidamente justificada. Art. 44º El estudiante que, por fuerza mayor, no ha rendido una (01) evaluación académica en la oportunidad programada, puede solicitar evaluación, previa justificación, solamente hasta el término de las veinticuatro (24) horas posteriores a la falta. Art. 45º Los estudiantes que no se presenten a evaluación de cargo o sean desaprobados, acumulan el número de asignaturas o unidades didácticas desaprobadas para efectos de repitencia de semestre académico. Art. 46º El estudiante que no se haya sometido al proceso de recuperación y no ha repetido el semestre académico, tiene derecho a evaluación de subsanación, transcurrido un semestre académico, previo derecho a recuperación y el pago de derecho. Art. 47º La evaluación de la asignatura o unidad didáctica de cargo concluye treinta (30) días antes de la finalización del semestre regular. DE LA TITULACIÓN Y CERTIFICACIÓN

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 48º El Instituto expide certificados y otorga diplomas de competencia y títulos a quienes han cursado estudios y han satisfecho los requisitos específicos, los mismos que para tener validez deben estar visados por la Dirección Regional de Lima. Art. 49º Son requisitos generales para obtener el Título Profesional (Modalidad: por asignaturas) a) Haber aprobado satisfactoriamente todas las asignaturas, y actividades del plan curricular por objetivos, así como los estudios generales de la carrera profesional. b) Haber aprobado la práctica pre-profesional. c) Haber aprobado un examen teórico – práctico o haber hecho la presentación de un proyecto que demuestre el logro del perfil específico correspondiente a la carrera. d) Presentar sus Certificados progresivos. e) Certificados originales de Estudios Superiores. f) Pago por tasa administrativa. g) Otros establecidos en el Reglamento de Títulos. Art. 50º Las normas y procedimientos para la expedición e inscripción de título y diplomas de competencia se establecen en el Reglamento de Titulación; aprobado por Resolución Directoral. Art. 51º Los requisitos para la titulación de los Estudiantes que están comprendidos dentro del nuevo Diseño Curricular Básico con enfoque por competencias son: a) Aprobar la totalidad de módulos del plan de estudios de la carrera profesional. b) Aprobar las prácticas pre-profesionales relacionadas a los módulos técnico-profesionales. c) Aprobar el examen teórico práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera. d) Haber Aprobado las pruebas de suficiencia académica en: Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación. e) Haber elaborado y ejecutado un proyecto productivo y/o empresarial relacionado a la carrera profesional y que propicie el desarrollo de la institución, localidad, región o país. f) Presentar sus Certificados Modulares suscritos por la DRELM. g) Presentar sus Certificados de Especialización otorgados por el instituto. Art. 52º Los estudios de 6 semestres académicos conducen al título de Profesional Técnico en el área que corresponde y se otorga a nombre de la nación. Art. 53º La denominación del título se genera enunciando la palabra Profesional Técnico seguida del nombre de la carrera profesional. Art. 54º Adicionalmente a los procesos establecidos por el Ministerio de Educación para la obtención del título, el IESTP Peruano Alemán promueve Diplomados o Cursos de Alta Especialización, auspiciados por una universidad como alternativa para obtener el título; sí y sólo sí éste sea aprobado por las partes. Art. 55º El Certificado Modular es el documento que acredita al estudiante la adquisición de las capacidades terminales del módulo técnico profesional. Art. 56º Para lograr la certificación de un módulo técnico profesional el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos: a) Haber aprobado todas las capacidades terminales de cada una de las unidades didácticas de los módulos Técnicos Profesionales y Módulos Transversales. b) Haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre-profesionales. c) La certificación debe ser expedida al estudiante, dentro de los 30 días, luego de que éste haya presentado los requisitos mencionados anteriormente.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL DE LOS TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS Art. 57º Los traslados internos y externos se realizan sólo si existen vacantes en las carreras de destino. Art. 58º Los traslados internos en una carrera afín se realizan sólo hasta el segundo semestre, previa convalidación de estudios. Art. 59º Los Estudiantes de otro Instituto de Educación Superior Público o Privado pueden solicitar traslados externos para seguir sus estudios en este instituto. Art. 60º Los traslados externos se dan con otros Institutos o Escuelas de Educación Superior, así como Universidades, haciéndose la evaluación y convalidación correspondiente. DE LA CONVALIDACIÓN Art. 61º La convalidación y reconocimiento de estudios se efectúa de acuerdo a normas vigentes. Art. 62º Para la convalidación de estudios debe existir un mínimo del 80% de contenidos similares o prácticas del área, asignatura, módulo o unidad didáctica según corresponda, según la calificación de nuestro instituto. Art. 63º La comprobación de equivalencia de créditos tendrá en cuenta el valor de crédito del área, asignatura, módulo o unidad didáctica, según corresponda de la institución de origen, debe tener un valor de créditos igual o superior al de nuestra institución. Art. 64º Los contenidos no convalidados se subsanarán según lo establecido por la norma correspondiente. Art. 65º No procede la convalidación de la práctica pre-profesional cuando el estudiante realiza traslado de una carrera a otra carrera diferente. Art. 66º La Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional del Ministerio de Educación, podrá atender los casos de subsanación, así como sus procedimientos. DE LAS LICENCIAS Y ABANDONO DE ESTUDIOS Art. 67º Se otorgará licencia hasta por un periodo de dos años a los Estudiantes que lo soliciten, dentro del cual podrán reingresar al instituto. Art. 68º Se considera abandono de estudios cuando el estudiante deja de asistir al instituto sin solicitar licencia, por un periodo de veinte días hábiles consecutivos; así también cuando habiendo solicitado licencia no se reincorpora al término de ella. En ambos casos se pierde la condición de estudiante del instituto, debiendo postular y aprobar el examen de admisión para ser aceptado nuevamente. CAPÍTULO II DOCUMENTOS OFICIALES DE INFORMACIÓN Art. 69º Los documentos oficiales de información de uso externo para el registro y archivo de los resultados de la evaluación tienen formato oficial y se remiten a la Dirección Regional de Educación en versión impresa y digital. Estos documentos son: a) Nómina de matrícula b) Acta Consolidada de Evaluación de Rendimiento Académico c) Certificados de Estudios oficiales d) Acta de Titulación para optar el Título que corresponda, en ella debe figurar la nota obtenida en el proceso de titulación. Art. 70º Los documentos oficiales de información de uso interno son: a) Registro de Evaluación y asistencia

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Boleta de notas Ficha de Seguimiento Académico Acta de Evaluación de Unidad Didáctica Acta de evaluación Semestral de Unidades Didácticas Art. 71º Los documentos de envío obligatorio a las Direcciones Regionales de Educación en versión impresa y digital son: a) Nóminas de Matrícula, dentro de los treinta (30) días posteriores al inicio del semestre académico. b) Actas Consolidadas de Evaluación de Rendimiento Académico, convalidación, homologación o subsanación, al término de estos procesos, dentro de los treinta (30) días. c) Acta de titulación, dentro de los diez (10) días de concluida la sustentación. CAPÍTULO III DISEÑOS CURRICULARES. PLANES DE ESTUDIO. TÍTULOS Art. 72º Existen dos regímenes de estudios: En el régimen de estudios por objetivos se desarrollan las carreras profesionales de: Fisioterapia y Rehabilitación, Técnica en Prótesis Dental y Laboratorio Clínico. En el régimen del Nuevo Diseño Curricular por Competencias se hallan el resto de carreras profesionales. Art. 73º Los estudios profesionales son de regímenes semestrales y se rigen por los perfiles profesionales y estructuras curriculares específicas de cada carrera profesional. Cada carrera profesional tiene una duración de seis semestres. Las carreras que participan del Nuevo Diseño Curricular tienen una duración de tres años y constan de tres, cuatro, cinco o seis módulos profesionales. Art. 74º La duración de los estudios profesionales son de seis semestres y conducen a la obtención del Título de Profesional Técnico a nombre de la nación, con mención en la especialidad correspondiente. Art. 75º Los Diseños Curriculares del IESTP Peruano Alemán tienen en cuenta los resultados de las investigaciones curriculares, los avances científicos-tecnológicos-culturales y las demandas nacionales; también las del mundo global que se encuentran en constantes cambios. Así como alternativas experimentales. Art. 76º El título otorgado por el instituto para tener validez debe estar visado por la Dirección Regional de Educación de Lima. Art. 77º El duplicado de diploma de título es otorgado por el Director General del IESTP Peruano Alemán, siguiendo los lineamientos de la R.D. Nº 408-2010-ED CAPITULO IV ESTUDIOS DE POST TÍTULO Art. 78º El IESTP Peruano Alemán promueve una formación especializada para titulados del nivel de educación superior técnico en distintas carreras. Art. 79º El IESTP Peruano Alemán ofrece programas de capacitación, actualización y especialización con niveles de óptima calidad en aspectos tecnológicos otorgando la certificación correspondiente. CAPITULO V

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL CARRERAS AUTORIZADAS. AUTORIZACIÓN DE NUEVAS CARRERAS Y PROGRAMAS. CARRERAS Y PROGRAMAS EXPERIMENTALES Art. 80º Las carreras profesionales que brinda el IESTP Peruano Alemán, autorizadas por la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional de Ministerio de Educación para aplicar el nuevo diseño curricular por competencias, son: a) Contabilidad, mediante R.D. Nº 2555-2009-ED b) Secretariado Ejecutivo, mediante R.D. Nº 2555-2009-ED c) Técnica en Farmacia, mediante R.D. Nº 2555-2009-ED d) Enfermería Técnica, mediante R.D. Nº 2555-2009-ED e) Laboratorio Clínico, mediante R.M. Nº 0213-1984-ED f) Computación e Informática, mediante R.D. Nº 2555-2009-ED g) Mecánica Automotriz, mediante R.D. Nº 339-2007-ED h) Técnica en Prótesis Dental, mediante R.D. Nº 185-2007-ED i) Fisioterapia y Rehabilitación, mediante R.D. Nº 185-2007-ED j) Electrotecnia Industrial, mediante R.D. Nº 780-2010-ED k) Electrónica Industrial, mediante R.D. Nº 780-2010-ED Art. 81º Las carreras profesionales experimentales que brinda el IESTP Peruano Alemán autorizadas por la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional de Ministerio de Educación, son: a) Contabilidad y Finanzas, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED b) Administración de Negocios Internacionales, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED c) Administración y Gestión Empresarial, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED d) Marketing Empresarial, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED e) Secretariado Ejecutivo Bilingüe, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED f) Autotrónica, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED g) Gastronomía y Arte Culinario, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED h) Diseño Gráfico y Publicidad Digital, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED i) Análisis de sistema y Modelación de Bases de Datos, mediante R.D. Nº 1921-2011-ED CAPÍTULO VI PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL, LA INVESTIGACIÓN E INNOVACIONES DE LA PRÁCTICA PRE-PROFESIONAL

Art. 82º Las prácticas pre-profesionales en el IESTP Peruano Alemán tienen como finalidad consolidar, en situaciones reales de trabajo, las competencias adquiridas por el estudiante durante el proceso de aprendizaje desarrollado en este instituto. Art. 83º El IESTP Peruano Alemán mantiene relaciones con empresas públicas y privadas vinculadas a las carreras profesionales que oferta para asegurar las prácticas de los estudiantes. Art. 84º La Práctica Profesional se realiza en tres etapas: a) Práctica Inicial.- Orientada a relacionar al estudiante con la actividad laboral de la carrera profesional. Su carga es de 36 horas. b) Práctica Intermedia.- Su finalidad es el afianzamiento de destrezas y habilidades del estudiante. Su carga es de 180 horas. c) Práctica Terminal.- Tiene por objeto completar y profundizar la información profesional. Su carga es de 504 horas. Art. 85º Para aprobar la Práctica Profesional se deberá cumplir los siguientes requisitos:

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL a) Evaluación de la Empresa o Centro de Práctica. La persona autorizada por la Empresa absolverá una encuesta sobre las habilidades, destrezas y aptitudes profesionales del practicante. b) Informe de Práctica. El informe de práctica tendrá una estructura determinada, en lo posible será estandarizada. El promedio ponderado de los rubros anteriores dará la nota final de la práctica profesional.

Art. 86º La práctica profesional es compatible con trabajos remunerados efectuados en empresas e instituciones en el campo de la especialidad. Art. 87º En toda actividad y/o proyecto de mantenimiento de máquinas, equipos y/o instalaciones del Instituto, es obligatoria la participación de Estudiantes para la realización de sus prácticas profesionales. Art. 88º La Práctica Profesional para el Nuevo Diseño Curricular estará bajo la responsabilidad del Comité de Prácticas Pre-Profesionales quien elabora el plan de práctica de los estudiantes y designa a los docentes responsables de la supervisión de la misma. Art. 89º Los docentes responsables de la supervisión de la práctica pre-profesional coordinan periódicamente con el comité de prácticas pre-profesionales y con los representantes de la institución donde el estudiante realiza sus prácticas. Además Orienta y apoya a los estudiantes durante la realización de la práctica pre-profesional. Art. 90º La empresa o institución donde el estudiante realiza sus prácticas pre-profesionales debe firmar un convenio con el IESTP Peruano Alemán. Al término de las prácticas la empresa o institución emitirá un informe final valorativo y expedirá la respectiva constancia de prácticas preprofesionales. Art. 91º Durante el periodo de la práctica pre-profesional el estudiante del IESTP Peruano Alemán deberá actuar de forma responsable y eficiente, en la empresa o institución donde se desempeñe. DE LA INVESTIGACIÓN E INNOVACIONES Art. 92º El IESTP Peruano Alemán promueve entre sus docentes y estudiantes la investigación científica y la innovación tecnológica con una visión de desarrollo en pos del mejoramiento social y en beneficio de la comunidad, utilizando para ello las TIC’s Art. 93º Los trabajos de investigación realizados por los docentes o estudiantes del instituto serán puestos a disposición de la comunidad educativa, encontrándose en la biblioteca del IESTP Peruano Alemán. CAPÍTULO VII SUPERVISIÓN, MONITOREO Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL Art. 94º Las acciones de supervisión y monitoreo se realizan como un proceso permanente de asesoría, acompañamiento y estímulo a la formación profesional y al desarrollo institucional para identificar debilidades e irregularidades y tomar decisiones oportunas que permitan corregirla para lograr el mejoramiento de la calidad y eficiencia del servicio educativo que se ofrecen, estas acciones deben promover la auto evaluación en el instituto. Art. 95º La Supervisión Educativa interna del IESTP Peruano Alemán está a cargo del Director Académico. Comprende: a) Supervisión general: a cargo del Director Académico. b) Supervisión específica: a cargo de los Coordinadores de Áreas.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Las acciones de supervisión interna se ejecutan de acuerdo al Plan Anual de Supervisión. La supervisión es permanente. Art. 96º La Supervisión Educativa es una acción destinada al mejoramiento de la calidad educativa. Se ejecuta en forma continua y organizada. Lo realiza el personal directivo y jerárquico. Art. 97º La elaboración de los Planes de Trabajo es responsabilidad del personal directivo y jerárquico, según sus atribuciones y funciones: a) Formulación de políticas institucionales para el corto y mediano plazo, a cargo del personal directivo. b) Formulación y presentación al personal directivo de los proyectos de planes de trabajo de cada Área Académica, a cargo del coordinador del área académica. c) Sustentación de los proyectos de los planes de trabajo de las distintas áreas ante el personal directivo. d) Consolidación del PAT a cargo del personal directivo. Art. 98º El IESTP Peruano Alemán adopta las recomendaciones establecidas por la Dirección Regional de Educación de Lima en sus evaluaciones, en pos del mejoramiento institucional. TITULO III ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN DE GOBIERNO CAPÍTULO I PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL Art. 99º En el IESTP Peruano Alemán la planificación del trabajo educativo-institucional que se va a desarrollar, se realiza el año anterior a realizarlo. Art. 100º El desarrollo de actividades es de régimen semestral, dividido en 18 semanas de clases. Art. 101º Las etapas del trabajo educativo en el semestre académico comprenden: 1) Periodo de Programación: destinado al desarrollo de las acciones previas del desarrollo lectivo. 2) Periodo de Ejecución y evaluación curricular: durante el desarrollo de las acciones educativas y la evaluación académica. 3) Periodo de reajuste y Finalización: destinado a los reajustes del proceso de aprendizaje y a la elaboración de los documentos de fin de semestre. Art. 102º En el periodo de Programación se ejecutan las siguientes acciones: a) Formulación del Plan Anual de Trabajo. b) Selección de Postulantes y Matricula. c) Proceso de Recuperación. d) Elaboración de Programas Analíticos y la Formulación de cuadro de horas de clase. Art. 103º En el periodo de ejecución y evaluación curricular se realizan las siguientes acciones: a) Orientaciones Académicas de los docentes y estudiantes. b) Ejecución de las acciones curriculares programadas c) Ejecución de las evaluaciones académicas. Art. 104º En el periodo de reajuste y finalización se ejecutan las siguientes acciones: a) Evaluación de las acciones educativas ejecutadas. b) Evaluaciones complementarias de recuperación y cargo y otras acciones de refuerzo del aprendizaje. c) Elaboración de las actas de evaluación e informes. d) Clausura del ciclo semestral.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 105º El Plan Anual de Trabajo comprende los siguientes aspectos: a) b) c) d) e) f) g) h) i)

Actividades de desarrollo de los planes curriculares específicos. Calendarización de actividades. Calendario cívico. Control estadístico. Promoción estadístico e inventario de bienes. Actualización docente. Supervisión educativa. Orientación y bienestar del educando. Adecuación y mejoramiento de la infraestructura. CAPITULO II ORGANIZACIÓN

Art. 106º La estructura orgánica del IESTP Peruano Alemán: 1) Órganos de Dirección a) Dirección General b) Dirección Ejecutiva c) Dirección Académica d) Dirección Administrativa 2) Órganos Consultivos a) Comité Consultivo b) Equipo de Gestión de Calidad c) Consejo Consultivo Interinstitucional 3) Servicios de Apoyo a) Oficina de Administración b) Oficina de Secretaría General c) Oficina de Informática y Sistemas 4) Órganos de Asesoramiento a) Asesoría Legal b) Asesoría Contable c) Asesoría Académica y Desarrollo de Proyectos de Investigación Científica 5) Procesos Académicos a) Coordinación Académica b) Unidad Orgánica de Imagen Institucional y Marketing c) Unidad de Actas, Nóminas y Certificados d) Unidad de Supervisión de Pagos ORGANOS DE DIRECCIÓN Art. 107º El Órgano de Dirección lo conforman la Dirección General, Dirección Académica y Dirección Administrativa. Art. 108º La Dirección General es responsable de la gestión institucional, académica, administrativa y de la actividad productiva de la Institución, está representado por el Director General del Instituto. Art. 109º El Director General ejerce el cargo a tiempo completo y en su ausencia delega funciones al Director Académico.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 110º El Director General es la primera autoridad de la Institución, responsable de la programación, organización, conducción, desarrollo, supervisión, evaluación y control de todas las acciones técnico - pedagógicas y administrativas y, de los diferentes servicios que brinda la institución. Art. 111º Son funciones y atribuciones del Director General del IESTP Peruano Alemán a) Representar legalmente a la institución b) Planificar, organizar, coordinar y evaluar el desarrollo de las actividades Académicas y administrativas del Instituto. c) Velar por el cumplimiento de las disposiciones técnico-pedagógicas y Administrativas emanadas del ministerio de Educación y/o del órgano intermedio. d) Gestionar la obtención de recursos, materiales y medios técnicos requeridos para que el Instituto pueda cumplir satisfactoriamente con sus objetivos. e) Aprobar el plan de trabajo presentado por el Director Académico, por los Coordinadores Académicos, Jefes de área y personal a cargo de un Programa o proyecto específico. supervisión educativa. f) Convocar y presidir las reuniones técnico-pedagógicas y Administrativas, de los comités asesores. g) Garantizar el cumplimiento de los dispositivos legales y los reglamentos vigentes. h) Estimular y sancionar, según el caso, al personal de la Institución así como a los estudiantes, de conformidad con lo normado en el presente reglamento previo informe de comité de Evaluación de Estímulos y Sanciones si es necesario y, en los casos de personal sobresaliente suscribir la Resolución Directoral correspondiente. i) Emitir oportunamente los informes que solicite la autoridad correspondiente. j) Suscribir Convenios con: Empresas públicas y privadas para facilitar las prácticas pre profesionales, así mismo con Instituciones Locales, Regionales e Internacionales para prestación de servicios con fines educativos y de promoción comunal, así como facilitar las coordinaciones intersectoriales y de cooperación con entidades Nacionales y Extranjeras para mejorar las acciones educativas, a fin de financiar la implementación y la ejecución de los proyectos de investigación y desarrollo formulados por el Instituto. k) Autorizar visitas de estudio y pasantías a nivel nacional y el extranjero de acuerdo a las normas específicas. Art. 112º Son funciones del Director Académico: a) Dirigir las actividades académicas del Instituto. b) Coordinar con la Dirección General, Coordinadores de Áreas y Jefes de oficinas respectivamente, la conducción y control de la enseñanza que imparte. c) Controlar el cumplimiento de la hora de trabajo del Personal Docente, Administrativo y de Servicio a su cargo; informando las acciones de gestión. d) Controlar la programación académica, su distribución y cumplimiento de las metas, objetivos y contenidos. e) Adoptar las medidas que conduzcan a mantener la salud institucional en un apropiado ambiente de trabajo, respeto y cooperación, entre personal docente, administrativo, de servicios y Estudiantes en general. f) Resolver los problemas académicos y administrativos de los Estudiantes, de acuerdo al presente Reglamento.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL g) Informar sobre las necesidades académicas a la Dirección, planteando sugerencias o alternativas del caso. h) Presentar informes mensuales a la Dirección General de las actividades realizadas y cuando lo estime conveniente. i) Presentar a la Dirección el Plan Anual de Trabajo en el mes de Diciembre. j) Orientar a los docentes en la aplicación de las normas de evaluación académica. k) Organizar, dirigir y supervisar en coordinación con la Dirección, el proceso de evaluación curricular. l) Disponer y coordinar las actividades en función del PEI y PAT Las decisiones pedagógicas y administrativas que el Director Académico adopte deberán ser comunicadas por escrito a la Dirección, para establecer las coordinaciones que el caso requiera. Art. 113º Funciones del Director Administrativo: Depende jerárquicamente de Director General del instituto y desempeña las siguientes funciones: a) Planifica, coordina, ejecuta, controla y evalúa las actividades que realiza la oficina a su cargo. b) Coordina la implementación de procesos técnico del sistema administrativo respectivo y evalúa su ejecución. c) Ejecuta estudios e investigaciones referentes a la aplicación de la normatividad vigente y emite informes técnicos. d) Formula políticas y procedimientos administrativos e) Orienta, promueve, ejecuta y evalúa las acciones de supervisión de la gestión administrativa. f) Programa y coordina el rol de vacaciones del personal administrativo y docentes estables. g) Coordina y programa los autores de proyecto, su viabilización, ejecución y liquidación. h) Actualiza el cuadro de personal (CAP) del Instituto Superior Tecnológico Privado "Peruano Alemán” en coordinación con el Director General. i) Prevé el aprovisionamiento de recursos económicos y financieros orientados a la consecución de los objetivos institucionales. j) Organiza y mantiene al día el inventario de bienes correspondiente. k) Verifica la actualización oportuna del proceso contable institucional. l) Realiza otras funciones que le asigne el Director General. ORGANOS CONSULTIVOS Art. 114º El Comité Consultivo es el órgano encargado de vincular al Instituto con los Sectores y Organizaciones de la comunidad, que tienen directa relación con la Carrera Profesional Técnica que se ofrecen; recomendando las acciones pertinentes en asuntos que le competen. Art. 115º El Equipo de Gestión de Calidad está integrado por:  El Director Administrativo como Presidente  El Asesor Administrativo como Vicepresidente  Miembros: -

Asesores Académicos Coordinadores de Áreas y Jefes de Oficinas Representantes de Docentes, Administrativos

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 116º El equipo de Gestión de Calidad se reunirá ordinariamente una vez por mes para informar y plantear programas y proyectos de innovación académica y extraordinariamente cuando lo convoca el presidente de gestión de calidad. Conforma equipos técnicos para estudiar aspectos específicos, proponiendo las recomendaciones pertinentes. Art. 117º Son funciones del equipo de Gestión de Calidad: a) Apoyar en la supervisión y vigilancia del orden y disciplina en el Instituto. b) Elaboración y Ejecución de los proyectos productivos. c) Proponer y establecer los programas de apoyo a las acciones del Instituto. d) Efectuar recomendaciones sobre las demandas del mercado de trabajo y proyectos educativos. Art. 118º El Consejo Consultivo Interinstitucional (COCOI) es un Órgano de participación, concertación y vigilancia. Art. 119º El COCOI del IESTP Peruano Alemán está conformado de la siguiente manera: a) El Director General, quien lo preside. b) El Director Académico. c) Los Coordinadores de Área y Jefes de Oficinas d) Dos Profesores, uno de cada turno, elegidos entre los profesores del Instituto. e) Dos Estudiantes, representantes de los delegados de ambos turnos. Art. 120º Son funciones del COCOI del IESTP Peruano Alemán: a) Establecer la política del Instituto, en base a los lineamientos generales del Ministerio de Educación. b) Establecer las normas para asegurar el correcto funcionamiento del instituto. c) Buscar permanentemente el clima adecuado de trabajo que coadyuve a la labor educativa en todas las especialidades. d) Realizar reuniones permanentes a fin de establecerse metas y objetivos traducidos en acción. e) Tomar conocimientos de las normas y disposiciones que emitan los órganos superiores. SERVICIOS DE APOYO Art. 121º La Oficina de Administración es el Órgano de Apoyo responsable de implementar, desarrollar, supervisar y evaluar las acciones de personal, tesorería, contabilidad, abastecimiento, conservación, mantenimiento; y servicios auxiliares de la Institución. Art. 122º Son funciones de la Oficina de Administración: a) Programar, adquirir y distribuir oportunamente y racionalmente los bienes y servicios en su ámbito de competencia, con opinión de la Dirección General y Académica. b) Ejecutar el presupuesto del instituto. c) Ejecutar y evaluar la contabilidad del instituto. d) Actualizar el inventario de bienes, muebles, maquinarias y equipos y cuentas patrimoniales del activo fijo del instituto. e) Ejecuta los procesos técnicos y acciones de personal docente y administrativo en coordinación con la Dirección. f) Programar y ejecutar acciones de bienestar. Art. 123º La Secretaria General tiene funciones académicas y administrativas. Sus funciones son: a) Recepcionar, registrar, controlar y distribuir la correspondencia que ingresa y sale del instituto.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL b) Elaborar la correspondencia oficial de la Institución, así como las resoluciones, decretos y proveídos. c) Elaborar, actualizar y difundir oportunamente las publicaciones de carácter general e informativo, en coordinación con la oficina de Imagen Institucional d) Programar y ejecutar el proceso de matrícula de los Estudiantes en los plazos establecidos. e) Elaborar y actualizar la información estadística de matrícula por carrera profesional, semestre, turno y otras variables. f) Expedir los Certificados de estudios, diplomas, y títulos, constancia de matrícula y otros documentos oficiales. g) Clasificar, registrar y archivar las actas de evaluación, documentos académicos y administrativos de acuerdo a normas vigentes. h) Velar por el correcto mantenimiento de los archivos académicos y administrativos. i) Actuar como secretario Técnico en las reuniones de los órganos consultivos y otros que convoque la Dirección General. j) Distribuir y coordinar los trabajos del personal de Secretaría General, Mesa de Partes y Archivo. k) Emitir Decretos Administrativos y aprobación de matrículas, traslados de turnos internos y externos, cambio de carrera y examen teórico - práctico de los egresados. Art. 124º La Oficina de Informática y Sistemas es el Órgano de Apoyo responsable del servicio de informática (Actualización curricular y Educación a Distancia), dirigido a los docentes, Estudiantes y la comunidad. Art. 125º Son funciones del Área de Informática: a) Mantenimiento de la red, seguridad de la red, incorporación de usuarios, gestión de servicios y ampliaciones técnicas. b) Coordinar y adecuar el uso racional de la infraestructura y equipamiento. c) Asistencia en informática y logística a todos los departamentos y oficinas de la institución. d) Consolidar la base de datos de los egresados en armonía con los jefes de carrera y secretaria general. e) Consolidar, sistematizar y difundir la información del sector productivo y mercado laboral. ORGANOS DE ASESORAMIENTO Art. 126º Asesoría Legal es el Órgano encargado de prestar el asesoramiento de carácter jurídico y legal a la Institución, a su vez formular y emitir opiniones sobre los proyectos de dispositivos legales que requiera asesorar a la Dirección General, así como a las distintas unidades Orgánicas, en asuntos de carácter legal, absolviendo las consultas que al respecto le sean formuladas. Art. 127º Son funciones Específicas de la Asesoría Legal: a) Asesorar a la Dirección y demás dependencias de la Institución en la aplicación de los dispositivos legales relacionados con el desarrollo de sus actividades. b) Emitir dictamen u opinión legal en los asuntos que le correspondan y los relacionados al servicio del sector como instancia administrativa, incluyendo el proyecto de resolución. c) Asumir la defensa legal de la institución.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL d) Dirigir y coordinar las actividades de compilación, sistematización, actualización y difusión de los dispositivos legales del sector, con incidencia en las funciones de la Institución, en coordinación con la oficina de asesoría jurídica del Ministerio de Educación. e) Participar a requerimiento de la Dirección, en formulación de proyectos de resoluciones, disposiciones, contratos, convenios y otros actos jurídicos de competencia de la Institución. f) Visar los proyectos de dispositivos legales, resoluciones, normas administrativas y otros documentos afines elaborados en la Institución. g) Elaborar y visar los convenios y contratos en las cuales intervenga la Institución, y revisar los que sean propuestos por las dependencias de la misma. h) Emitir opinión sobre asuntos jurídicos relacionados con la ejecución de los contratos, procedimientos de selección de contratistas y sistemas administrativos en los que sea parte la Institución. i) Efectuar las coordinaciones con la procuraduría pública del sector para la defensa y seguimiento de los procesos judiciales en los que tenga intervención la Institución. j) Las demás funciones que le asigne la Dirección dentro del ámbito de su competencia. Art. 128º Asesoría Contable es el encargado de brindar asesoría técnica a la Institución, en relación a la contabilización de las operaciones presupuestales y financieras, así como de la formulación de los balances y estados financieros conforme a las normas del sistema de contabilidad. Art. 129º Son funciones específicas de la Asesoría Contable: a) Asesorar y gestionar el área económico-financiera, presupuestaria y de contabilidad. b) Dirigir, coordinar, controlar y ejecutar la contabilización de las operaciones diariomensual. c) Cumplir funciones contables, preparar cuentas generales y liquidación del presupuesto. d) Cumplir con las obligaciones fiscales. e) Llevar los libros principales de inventarios y balances, diario y mayor por el sistema establecido en la institución (mecánica o computarizada). f) Elaborar la planilla mensual de pago de remuneraciones del personal. g) Dirigir, coordinar y formular directivas técnico-normativas de operaciones contables. h) Asesorar a la Institución para la correcta aplicación de los asientos contables en los documentos fuente de Información contable. i) Elaborar notas de contabilidad y asientos contables en los partes diarios de presupuesto, fondo y almacén. j) Apoyar en la formulación anual del presupuesto de ingresos y egresos dentro del calendario de presentación y aprobación, así como la sustentación correspondiente. k) Elaborar notas de los estados financieros, asientos de ajuste. l) Formular balance de comprobación mensual, balance general de los estados financieros y balance constructivo. Art. 130º Asesoría Académica y Desarrollo de Proyectos de Investigación Científica es el órgano consultivo en temas académicos y de investigación. Art. 131º Son funciones Específicas de la Asesoría académica: a) Asesorar al personal docente. b) Promover, dirigir y controlar el trabajo en los procesos educativos.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL c) Coordinar acciones entre los diferentes niveles de enseñanza para lograr la articulación en el sistema educativo. d) Promover la flexibilidad de la mentalidad docente, orientada hacia el currículo abierto. e) Orientar y supervisar la vinculación teoría-práctica, el aprendizaje generalizador e interdisciplinario y el vínculo con la realidad social en los procesos educativos. f) Promover y ejecutar acciones de actualización del personal docente. g) Promover el establecimiento de una adecuada comunicación profesor-estudiante. h) Elaborar proyectos de Investigación Científica que beneficien a la institución. PROCESOS ACADÉMICOS Art. 132º La Coordinación Académica de las Carreras Profesional Tecnológicas es el órgano de línea responsable de planificar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones técnico pedagógico del área que le compete. Art. 133º Son funciones de las coordinaciones académicas: a) Revisar el perfil profesional del egresado acorde al proyecto curricular del instituto. b) Constante actualización de información relacionada a las carreras profesionales de su área c) Asesorar, orientar y supervisar la aplicación de los planes curriculares del área de su competencia. d) Programar y ejecutar, las acciones educativas de formación general, en coordinación con la Dirección, jefaturas de las carreras de todas las especialidades para efectos de organizar los módulos transversales contenidos. e) Evaluar y validar las estructuras curriculares de formación general, en base a experiencias y logros alcanzados. f) Adecuar, difundir y evaluar la aplicación de normas técnicas pedagógicas. g) Promover y desarrollar acciones de investigación en el aspecto curricular. h) Programar y realizar acciones de supervisión en el área de su competencia. i) Promover y apoyar la capacitación ofertada por el IESTP Peruano Alemán. Art. 134º Las coordinaciones académicas cuentan con el apoyo de: a) Docentes. b) Asesoría Académica. c) Psicólogos. d) Equipo de especialistas de cada carrera profesional. Art. 135º Son órganos de línea responsables de la formación profesional técnica calificada de los estudiantes. Art. 136º La Coordinación de la Carrera Profesional Tecnológica se encarga de programar, organizar, ejecutar, supervisar y evaluar el desarrollo de los planes y programas curriculares de la carrera. Además: a) Evaluar y validar las estructuras curriculares de la carrera. b) Programar y ejecutar actividades de formación profesional en coordinación con la Dirección Académica. c) Programar, ejecutar y evaluar las prácticas pre–profesionales a través de la realización de actividades y/o proyectos de Innovación e inversión. d) Promover el desarrollo de proyectos de investigación, preparación de material educativo el empleo y experimentación de métodos y otros aspectos en la carrera orientados a la búsqueda de una tecnología de materiales y obras. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL e) Apoyar la realización de acciones de proyección a la comunidad. f) Controlar y actualizar el inventario de maquinarias, equipos y herramientas de la carrera. g) Elaborar el plan y cronograma de actividades semestrales y del año. h) Elaborar las cargas horarias de los docentes y horarios de clases para los diferentes turnos en coordinación con los docentes. i) Informar u orientar el personal docente y administrativo sobre las normas y disposiciones provenientes de la Dirección Académica del instituto y autoridades superiores. j) Organizar y administrar el uso racional de los ambientes: aulas, taller, almacén, mobiliario, instalaciones y material didáctico. k) Elaborar el requerimiento de útiles de oficina, aseo y otros para implementación de la coordinación. l) Planificar y organizar la nómina de los docentes que asumirán los cargos de tutores. m) Canalizar los pedidos de los profesores en los que se refiere a sus iniciativas y en lo referente al material didáctico necesario. n) Informar periódicamente al Director sobre el desarrollo de las acciones a cargo del departamento. o) Promover cursos de actualización y capacitación de carácter técnico pedagógico en coordinación con la Dirección. p) Supervisar la programación, desarrollo y reprogramación de las acciones de enseñanza aprendizaje. q) Prevenir y cuidar que sean cumplidos los procedimientos de evaluación de acuerdo a los criterios establecidos. r) Cuidar y atender la ejecución de la programación curricular. s) Controlar que la evaluación de los Estudiantes sea continua e integral. t) Visar los planes de clase y fichas de actividad. u) Supervisar las formaciones generales. v) Supervisar la aplicación del programa de tutoría w) Proponer cursos y programas de especialización. x) Dinamizar el proceso de interacción y vinculación permanente entre los Estudiantes, trabajadores y empresarios. RESULTADOS E IMPACTOS. Art. 139º La Unidad Orgánica de Imagen Institucional y Marketing se encarga de coordinar, programar, y ejecutar actividades relativas a la proyección de la imagen institucional, y propiciar la cultura organizacional dentro de la Institución y a la vez ante la comunidad. Art. 140º Son funciones de la Unidad Orgánica de Imagen Institucional y Marketing: a) Proponer estrategias y ejecutar políticas de Imagen Institucional interna y externa. b) Recopilar y proporcionar a la Alta Dirección General, la información y análisis de las noticias nacionales e internacionales de interés para la Institución. c) Establecer y mantener las relaciones públicas con personas e Instituciones del sector público y privado a nivel nacional, que desarrollen actividades conexas con las del Instituto. d) Diseñar, elaborar y ejecutar las estrategias periodísticas así como difundir material de prensa a los medios de comunicación, sobre las actividades institucionales, con la aprobación de la Dirección General. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL e) Organizar y convocar conferencias de prensa o entrevistas, de acuerdo a las disposiciones de la Dirección General, así como coordinar los compromisos autorizados, con los medios informativos. f) Editar publicaciones y/o supervisar la elaboración de los impresos y otras formas de difusión que fortalezcan la Imagen Institucional, según corresponda. g) Diseñar y publicar en la página Web, las notas de prensa, noticias y similares. h) Mantener actualizada la información de la página Web de la Institución. i) Organizar, elaborar y mantener actualizado el archivo escrito, audiovisual y gráfico periodístico del IPAL; así como los directorios de las entidades relacionadas con el quehacer del instituto. j) Coordinar y organizar eventos locales que promuevan el desarrollo Institucional e integración de los trabajadores; programado por las unidades orgánicas. k) Organizar y conducir las ceremonias y eventos oficiales que realiza la Institución; así como los programas de atenciones oficiales en los que interviene la Dirección General o su representante. l) Organizar, ejecutar y dirigir las actividades protocolares y ceremoniales de la Institución. m) Realizar funciones inherentes a su cargo que le asigne su inmediato superior, como seguimiento de egresados, convenios, encuestas y otros que midan en resultados e impactos de los servicios educativos brindados hacia la comunidad. TÍTULO IV DERECHOS, DEBERES, ESTIMULOS, INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA CAPITULO I DERECHOS, DEBERES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL DOCENTE, PERSONAL DIRECTIVO, PERSONAL JERÁRQUICO Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DEL PERSONAL DOCENTE, DIRECTIVO y JERÁRQUICO Art. 141º El profesorado es el agente fundamental de la educación y contribuye con la familia, la comunidad y el Estado a la formación integral del educando. Art. 142º La docencia comprende la dirección del aprendizaje, la investigación, el asesoramiento de la práctica profesional, evaluación, preparación de clases y material didáctico, la orientación del educando y la proyección social. Art. 143º Los docentes contratados por el IESTP Peruano Alemán son aquellos profesionales seleccionados por concurso de evaluación y en mérito a su capacidad profesional, prestan servicios eventuales a un plazo determinado, de acuerdo a ley. La renovación del contrato está sujeta a evaluación aprobatoria. Art. 144º Son requisitos para ejercer la docencia en el IESTP Peruano Alemán: a) Título Profesional en la carrera que desempeña su labor docente. b) No poseer antecedentes penales. Art. 145º Los Docentes serán evaluados en forma permanente y sistemática. DE LOS DERECHOS Art. 146º Son derechos de los Docentes: a) Percibir una remuneración justa, acorde a su desempeño profesional. b) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo del Instituto. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL c) A participar en los concursos para cargos jerárquicos, y no podrán ser elegidos si tienen sanción administrativa, penal, judicial. d) Realizar sus funciones en forma creativa y con libertad, dentro del marco de la Organización Institucional. e) Recibir del IESTP Peruano Alemán, las consideraciones necesarias para su capacitación, perfeccionamiento y especialización profesional. f) Permisos por motivos de salud. g) Ser informado periódicamente del resultado de su evaluación profesional. h) Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones. i) Laborar en locales que brinden condiciones adecuadas de seguridad y salubridad. DE LOS DEBERES Art. 147º Son deberes de los Docentes: a) Cumplir y hacer cumplir el Reglamento Institucional. b) Realizar con idoneidad y responsabilidad las funciones inherentes a la Docencia. c) Respetar y afirmar la línea axiológica del IESTP Peruano Alemán d) Desempeñar con puntualidad, dedicación y eficiencia las actividades encomendadas. e) Programar, desarrollar y evaluar las actividades de las asignaturas y unidades didácticas a su cargo. f) Asistir a sesiones, reuniones, actos académicos, culturales y otros que se realizan en el Instituto. g) Integrar las comisiones de trabajo y emitir los informes pedagógicos que se solicitan. h) Colaborar con las acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes. i) Presentar al término de cada período académico un informe sobre el desarrollo de sus tareas. j) Abstenerse de realizar actividades que contravengan los fines y objetivos del IESTP Peruano Alemán. k) Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje en conformidad con el reglamento de evaluación y elaborará oportunamente los documentos respectivos. l) Participar en las actividades de actualizaciones profesionales, de investigación y experimentación de nuevos métodos educativos y en las comisiones de trabajo por la superioridad. m) Elaborar el material de apoyo para el desarrollo de las asignaturas y / o actividades a su cargo. n) Participar en el desarrollo de las prácticas profesionales. o) Programar y ejecutar proyectos de producción y/o prestaciones de servicio aprobados por el Instituto. p) Asesorar a los Estudiantes para que logren los objetivos de las asignaturas a su cargo. q) Presentar al Coordinador Académico un informe semestral de las actividades realizadas en la asignatura a su cargo. r) Respetar al Director como autoridad máxima del Instituto. s) Permanecer en el aula o laboratorio, durante las horas académicas, aun así no hubiera Estudiantes en su horario correspondiente. Art. 148º Está prohibido a los Docentes: a) Realizar dentro de la Institución, actividades políticas partidarias, de lucro personal y actos reñidos con la moral y las buenas costumbres. b) El abuso de autoridad en el ejercicio de sus funciones y usurpar funciones que no le competen. c) Atentar contra la integridad física, moral o psicológica de los estudiantes, docentes y personal administrativo. d) Utilizar las calificaciones de evaluación para conseguir favores o ejercer represalias. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL e) Hacer publicaciones que dañen el prestigio del Instituto. f) Oponerse y censurar desleal y sistemáticamente las disposiciones de la Dirección y de los Superiores, salvo arbitrariedad o ilegalidad de acuerdo a Ley de Ética. g) Hacer abandono injustificado de sus labores sin el permiso correspondiente. h) Tratar en las clases asuntos extraños a la enseñanza. i) Vender separatas o cualquier otro tipo de material impreso sin autorización. j) Vender a los Estudiantes boletos de rifas, tarjetas de bailes o reuniones sociales sin autorización. k) Utilizar la infraestructura, equipos, máquinas y/o herramientas en beneficio personal. DE LAS JORNADAS Art. 149º La Jornada Laboral semanal del personal docente es de conformidad a su carga horaria establecida al inicio de sus actividades. DE LOS ESTÍMULOS Art. 150º Los Docentes gozan de estímulos si realizan acciones excepcionales a favor de la Educación y la Cultura, o por realizar acción sobresaliente. DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Art. 151º El Personal Administrativo y de Servicio realiza funciones de apoyo para el desarrollo de acciones educativas. DE LOS DERECHOS Art. 152º Son derechos del Personal Administrativo y de Servicios: a) Percibir una remuneración justa de acorde al trabajo realizado. b) Recibir un trato decoroso en su condición de servidor del instituto c) Permisos por salud d) A ejercer su defensa si es sometido a procesos administrativos. e) Gozar de un día libre por onomástico. f) Gozar de estímulos por acciones extra ordinarias realizadas en cumplimiento de sus funciones. g) Recibir un estímulo por Fiestas Navideñas

Art. 153º Son funciones del Oficinista: Apoyar al Jefe del Área respectiva en la elaboración de los documentos administrativos y académicos. a) Llevar el archivo del Área respectiva. b) Tramitar la documentación del área respectiva. c) Recepcionar las llamadas telefónicas e informar a quien corresponda. d) Velar por el mantenimiento, conservación y actualizado de los bienes de la oficina del área. e) Atender al público que requiere información referente al área. f) Elaborar el parte diario de clases y de asistencia de área. g) Confeccionar el inventario y controlar el stock de útiles y materiales. DEBERES

Art. 154º Son deberes del Personal Administrativo y de Servicios: a) Conocer plenamente las funciones del cargo que desempeña y cumplirla personalmente con eficiencia y con lealtad a los fines del Instituto b) Participar en los cursos de capacitación y perfeccionamiento que el Instituto realice. c) Velar por el mantenimiento adecuado del local, instalaciones y equipamiento del Instituto.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL d) Informar oportunamente a la autoridad inmediata de las irregularidades y/o actos delictivos o de inmoralidad que se produzcan en el Instituto o en circunstancias relacionadas directamente con el ejercicio de sus funciones. e) Cultivar buenas relaciones interpersonales con los demás servidores del Instituto y con los Estudiantes. f) No propiciar ni participar en actos reñidos con las buenas costumbres, ni en actos políticos partidarios en el Instituto. g) Atender a los Estudiantes y al público con cordialidad y respeto, cuidando la buena imagen del Instituto y abstenerse de recibir obsequios de la persona a la que le brinda el servicio. h) No realizar actividades diferentes, ni abandonar sus funciones durante su jornada laboral. DE LA JORNADA LABORAL Art. 155º La Jornada Laboral Diaria del Personal Administrativo y de Servicios es la establecida por la Administración, se precisan en el Reglamento Interno. CAPITULO II DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS Y PROTECCIÓN A LOS ESTUDIANTES REGLAMENTO SOBRE LOS DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE DE LA JUSTIFICACIÓN Art. 156º El presente Reglamento del Estudiante intenta adaptarse a nuestras peculiaridades, en la medida de lo necesario; considerando aspectos de nuestra filosofía. Necesitamos que los Estudiantes sean integrados en la mejora continua de la calidad educativa del IPAL. No sólo como receptores pasivos de enseñanza y cumplidores obedientes de normas; sino más bien como coprotagonistas de su propia formación participando, en la medida de sus posibilidades, en la gestión del IPAL. Art. 157º El Estudiante cuenta en cada sección con un delegado realmente representativo y eficaz; el mismo que los organice, sea responsable del manejo y previsión de sus materiales didácticos, así como también haga las coordinaciones necesarias con los coordinadores académicos, jefes de taller u otros líderes de su área; así como también con los docentes y personal de administración y servicios. DE LOS DEBERES Art. 158º Todo Estudiante debe conocer y cumplir el reglamento interno y demás disposiciones complementarias establecidas por el IESTP Peruano Alemán. EN LO ACADÉMICO Art. 159º Cumplir el rol de Estudiante y desarrollar las capacidades que lo orienten a lograr el perfil profesional que le permita insertarse al mercado laboral de la carrera profesional que estudia. Art. 160º Cumplir las tareas académicas con debida anticipación y formalidad. Art. 161º Contar con su material didáctico (separatas, apuntes, copias, material de práctica, trabajos monográficos entre otros) antes del inicio de cada sesión de aprendizaje. Art. 162º Indagar los contenidos establecidos en los sílabos de las unidades didácticas. Art. 163º Participar activamente en el desarrollo de la sesión de aprendizaje. Art. 164º Estar presente en las evaluaciones programadas. Art. 165º Utilizar organizadores de información para procesar los contenidos que recibe en clase. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 166º Participar en los seminarios, simposios, debates, talleres organizados por la institución, los cuales servirán para la actualización profesional. Art. 167º Participar y promover con productos obtenidos del aprendizaje y la investigación en las ferias tecnológicas. EN LO DISCIPLINARIO Art. 168º Asistir puntualmente de acuerdo al horario y turno establecido. Art. 169º Respetar las aulas, talleres y laboratorios asignados por la coordinación. Art. 170º Respetar el horario de ingreso, descanso y salida, que se establece de la siguiente manera: TURNO MAÑANA CARRERAS HORA DE INGRESO DESCANSO HORA DE SALIDA PROFESIONALES Área Empresarial. BLOQUE A 8:00 09:45 – 10:05 12:00 Área de Salud. BLOQUE B Área de Tecnología y Diseño Publicitario

10:00

11:50 – 12:10

02:00

Área de Ingeniería

8:00

10:05 – 10:25

12:10

CARRERA PROFESIONAL

TURNO NOCHE HORA DE DESCANSO INGRESO

Área Empresarial. Área de Salud. Área de Ingeniería Área de Tecnología y Diseño Publicitario.

18:05

19:50 – 20:05

HORA DE SALIDA

22:00

Art. 171º Diariamente se hará el control de la asistencia por el sistema IPAL, debiendo los asistentes de la coordinación, registrar las observaciones pertinentes comunicando éstos al Coordinador Académico quien en el caso de faltas o tardanzas sucesivas amonestará al Estudiante para su corrección inmediata. Art. 172º Sólo en casos excepcionales se expedirán autorizaciones para que un Estudiante IPAL tenga el ingreso a clase con cierta tolerancia, firmada por el coordinador de área. Art. 173º En el caso de que un Estudiante sea observado por sus faltas o tardanzas a clases (de tres a más), en primera instancia pactará un compromiso digital para que enmiende esta actitud, en caso de reincidencia firmará un compromiso de honor; pero esta vez lo hará conjuntamente con su padre o apoderado. Art. 174º La asistencia del Estudiante está registrada en el sistema IPAL, y estará a disposición de éste o de sus familiares (página web). Esta información estará siempre disponible para los docentes, coordinadores, Estudiantes y padres de familia. Art. 175º El Estudiante IPAL tendrá un control riguroso de sus entradas y salidas; teniendo este criterio como misión impedir el acceso de personas ajenas al Instituto y estimularlo a ser puntual.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 176º Sólo en casos excepcionales se aceptará al Estudiante la justificación por faltas y tardanzas; con documentos sustentatorios. Art. 177º Presentar su fotocheck al momento de ingresar o, cuando se le solicite para su identificación interna. Art. 178º Respetar al personal directivo, docente, administrativo y Estudiantes. Art. 179º Fomentar y practicar el espíritu de solidaridad y armonía entre compañeros y Estudiantes en general. Art. 180º Los Estudiantes IPAL deben colaborar en mantener la limpieza del instituto. Cada uno es responsable del buen uso de la infraestructura y mobiliario, y todos los Estudiantes de una sección del buen estado general de su aula, así como de los pasillos y servicios higiénicos. Art. 181º En caso de detectarse suciedad fuera de lo usual de cualquiera de estos ámbitos implicará la obligación de limpieza por parte de los Estudiantes responsables (pintado de mesa, paredes, papeles en el suelo, servicios, y otros que fuera el caso), aspecto que será ordenado por el docente o coordinador de área. Art. 182º Se considerará conducta muy grave y perjudicial para la convivencia en el IPAL romper o deteriorar parte de la infraestructura, así como salir a la terraza o exponer su integridad al sentarse en las gradas, ventanas, o actos similares. Art. 183º Asistir con vestimenta adecuada y aseado. Art. 184º Los permisos se otorgan por causas que ameriten justificación ante la coordinación académica de la carrera profesional. EN LO ECONÓMICO Art. 185º El Estudiante está obligado a cancelar puntualmente su pensión de enseñanza. Así como, pagar por trámites administrativos según las tasas establecidas por la institución. Art. 186º Vencida la fecha de pago programada se aplicará la mora correspondiente. EN LO INSTITUCIONAL Art. 187º El Estudiante IPAL, debe conocer y practicar la filosofía y objetivos del IPAL comprendidos en este documento. Art. 188º Cada sección del IPAL tendrá como representante un Delegado, quien como portavoz coordinará con sus compañeros, tutor, coordinador y personal administrado. Las gestiones que realice serán estrictamente académicas, o de seguridad, así como apoyar en las diferentes actividades culturales, cívicas y otras que se organicen el IPAL. Art. 189º Los Estudiantes deben colaborar con sus coordinadores para mantener el orden y disciplina dentro del IPAL. Art. 190º El Estudiante IPAL debe estar consciente de la necesidad de colaborar y conocer las normas de seguridad interna; para que en caso de sismos estén preparados para apoyar a sus compañeros, para una acertada evacuación según las señales pre establecidas. Art. 191º El Estudiante IPAL debe participar en forma cívica en los simulacros de sismos o desastres programados. Art. 192º El delegado de sección puede ser cesado en sus funciones por incumplimiento de sus responsabilidades, inasistencias a clases o por bajo rendimiento académico; o en su defecto por renuncia propia que debe ser aceptada por su sección. Art. 193º Todo Estudiante debe participar en las actividades académicas y extra curriculares realizadas por la institución.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL DE LOS DERECHOS Todo Estudiante de la Institución tiene derecho a: Art. 194º Recibir una educación tecnológica de calidad con sentido crítico, analítico, creativo en función a los objetivos del sistema productivo. Art. 195º Velar por el cumplimiento del plan de estudio correspondiente, acorde con los planes curriculares aprobados por el Ministerio de Educación y condiciones de la institución. Art. 196º Participar responsable y objetivamente en el proceso de evaluación de la plana docente, personal administrativo y todo servicio que se le brinde, mediante las encuestas sugeridas y calificadas que se programen. Art. 197º Exigir la publicación de los resultados académicos al concluir el proceso de evaluación del Semestre lectivo. Art. 198º Obtener su récord académico (notas, asistencia y otros), previa solicitud. Art. 199º Obtener beca, media beca o pago preferencial (dos veces por año) cuando cumpla los requisitos establecidos por la institución. Las becas, medias becas o pagos preferenciales se asignarán según la disponibilidad de la misma. Art. 200º Recibir el fotocheck de Estudiante. Art. 201º Recibir atención de primeros auxilios en la Institución cuando amerite el caso. Art. 202º El Estudiante posee un seguro contra accidentes. Ésta póliza será usada en caso de accidente; según el contrato con la compañía aseguradora, lo que le permite una buena atención en una clínica afiliada a ésta. DE LAS PROHIBICIONES Art. 203º El Estudiante está prohibido de: 1) Permanecer fuera del aula en la hora de clase. 2) Comer y/o beber en horas de clase. 3) Asistir a clase con prendas de vestir como: shorts, bivirís, sandalias, alguna prenda injuriosa u obscena, aretes y/o cabellos demasiados largos (en el caso de varones), gorros u otro parecido. 4) Generar desorden en horario de clases o fuera de ella. 5) No justificar sus inasistencias o presentarlas al final del semestre. 6) Adulterar, recortar y/o falsificar algún documento emitido por la Institución (carné, sello, constancia, recibo de pago u otro) 7) Utilizar sin autorización durante una actividad académicas objetos como: artefactos que distraigan la atención al Estudiante: MP4, MP3, radios, celulares, o materiales escritos ajenos a la actividad académica. 8) Portar Joyas u objetos de valor, armas, celulares, MP4, MP3, objetos punzo cortantes, etc.; en caso de pérdida será de su entera responsabilidad. Art. 204º Vender, portar o distribuir y/o consumir tabaco, drogas y/o bebidas alcohólicas, o juegos de azar dentro del instituto. Art. 205º Ingresar en estado de ebriedad o con síntomas de haber ingerido sustancias alucinógenas u otras prohibidas. Art. 206º Usar palabras injuriosas, frases que ofendan a compañeros de estudios o miembros de la Institución. Art. 207º Agredir físicamente o psicológicamente a sus compañeros o personal de la comunidad educativa. Art. 208º Coger o tomar cosas ajenas. “HACER Y HACER BIEN LAS COSAS”

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 209º Hacer uso inadecuado del fotocheck. Art. 210º Participar en el plagio de contenidos en el proceso de evaluación en las unidades didácticas o cursos que participe. Art. 211º Participar en el interior de la institución en actos políticos-partidarios. Art. 212º Fomentar indisciplina, alboroto e instigar a actos de insubordinación o parecidos. Art. 213º Practicar algún tipo de hostigamiento (verbal, sexual, gestual, etc.) DE LAS SANCIONES Art. 214º La trasgresión de cualquiera de los artículos arriba señalados de acuerdo a la gravedad de la falta será sancionado de la siguiente forma: a) Amonestación verbal y/o escrita. b) Suspensión temporal o definitiva según la falta cometida. c) Citar al padre o apoderado para que firme un acta de compromiso. d) Inhabilitación para solicitar becas o media beca y facilidades de pago. e) Los becados y semi-becados pierden su condición de tal, en forma definitiva. f) Impedimento de matrícula en el semestre siguiente. g) Separación y/o expulsión definitiva por falta grave o como consecuencia del procedimiento preestablecido. Art. 215º De presentarse algún caso que no esté contemplado en el reglamento será resuelto por las Direcciones Académica, Administrativa, Comité de asuntos académicos y administrativos y en última instancia por la Dirección General. CAPITULO III LA ASOCIACIÓN DE EGRESADOS FUNCIONES Y SEGUIMIENTO Art. 216º Los egresados tienen derecho a formar una asociación que los reúna con el fin de organizarse y participar en el mejoramiento del IESTP Peruano Alemán Art. 217º Los egresados tienen derecho a participar de los programas de actualización, capacitación y post título. Art. 218º Los egresados a través de su asociación deben prestar apoyo para ubicar a los estudiantes en sus prácticas pre-profesionales y a los egresados en puestos de trabajo, en coordinación con el Área de Desarrollo Profesional e Institucional. TITULO V FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y PATRIMONIO

Art. 219º Con el objetivo de garantizar el normal funcionamiento, desarrollo y cumplimiento de sus fines el IESTP Peruano Alemán tiene como fuentes de financiamiento económico los recursos propios generados por los siguientes rubros: 1. Pensiones 2. Tasas Administrativas 3. Servicios de Extensión Educativa 4. Ingresos de los Centros de Producción CAPITULO I PATRIMONIO Y EL INVENTARIO DE BIENES DE LA INSTITUCIÓN

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Art. 220º El IESTP Peruano Alemán organiza y administra sus bienes, recursos y patrimonio de acuerdo con el derecho de autonomía financiera consignada en la Ley Nº 29394, estableciendo sus propios regímenes económicos y administrativos. Art. 221º El Patrimonio del instituto está constituido por sus Bienes y Rentas. Los Bienes que recibe por donación o legado son valorizados e incorporados a su Patrimonio. Art. 222º El Director adopta las medidas necesarias para la seguridad, conservación y mantenimiento de los Bienes Institucionales. Art. 223º El Instituto impulsa su desarrollo y funcionamiento de modo racional y planificado. Art. 224º Los recursos financieros del Instituto provienen de: a) Pago de derechos de admisión, traslados, matrículas, convalidación, constancia y otros. b) Actividades productivas y prestación de servicios. c) Fondos provenientes de donaciones. Art. 225º Constituyen Patrimonio del Instituto los siguientes recursos materiales: a) El inmueble que ocupa. b) Los equipos, máquinas, instrumentos, herramientas, muebles y demás bienes adquiridos con sus recursos financieros, donados y/o producidos en el Instituto. Art. 226º Corresponde al Jefe del Área de Administración la correcta y oportuna Administración de los recursos, destinados al cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, de conformidad con el presupuesto institucional. TITULO VI RECESO, CIERRE, TRANSFERENCIA Y REAPERTURA CAPITULO I DEL RECESO DE LA INSTITUCIÓN Art. 227º El receso del instituto procede hasta por un plazo de un (1) año calendario, siempre y cuando se garantice la culminación del semestre académico en curso. Si vencido el plazo no se produce la reapertura, caduca automáticamente la autorización de funcionamiento, la que se materializa con una resolución de la autoridad educativa competente. CAPITULO II DEL CIERRE DE LA INSTITUCIÓN Art. 228º Implica la terminación definitiva de las actividades de instituto, procede cuando no se cumple con lo establecido por la Ley Nº 29394 y su reglamento. La resolución de cierre origina la cancelación definitiva de la autorización de funcionamiento y correspondiente registro. Lo puede solicitar el Promotor del instituto pero se garantiza el término del semestre. Art. 229º En caso de receso o cierre se garantiza el traslado externo que permita cumplir con el servicio ofrecido, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la institución educativa. Art. 230º El cierre o receso de las actividades del instituto es dispuesto por el Ministerio de Educación, previa opinión del Gobierno Regional correspondiente. CAPITULO III DE LA REAPERTURA Art. 231º Para la reapertura del instituto el promotor o propietario debe informar a la autoridad competente con una anticipación no menor de 30 días a la fecha de reinicio de actividades.

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REGLAMENTO INSTITUCIONAL 2012-IPAL Además se debe asegurar las condiciones académicas, la infraestructura física, equipamiento y mobiliario suficiente, similar o superior al que fue autorizado. CAPITULO IV DE LA TRANSFERENCIA Y TRANSPARENCIA Art. 232º La transferencia de la autorización del instituto, se realiza de conformidad con las normas contractuales correspondientes y expuesta en conocimiento del Ministerio de Educación para el reconocimiento respectivo dentro de un plazo calendario luego de producido el acto jurídico. Art. 233º La información al respecto debe aparecer en la página Web del instituto y el Ministerio de Educación.

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