Reglamento Interno de Convivencia Escolar - Colegios Monte Tabor y Nazaret

Reglamento Interno de Convivencia Escolar - Colegios Monte Tabor y Nazaret 1 Fundamentos No obstante, puesto que los valores son aspiraciones y re

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Reglamento Interno de Convivencia Escolar - Colegios Monte Tabor y Nazaret

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Fundamentos

No obstante, puesto que los valores son aspiraciones y relativos a procesos diversos que acontecen en per sonas con ritmos distintos, no aseguran por sí mismos la base para que una institución escolar funcione.

El mayor desafío de nuestra institución educativa es colaborar a formar mujeres y hombres anclados en Dios que asuman su existencia desde su propia interioridad (persona),que comprendan su vida como persona en

Por eso los principios que rigen nuestra convivencia también se expresan en elementos de funcionalidad.

relación a otros (vínculos) y como la realización de una misión para la sociedad en un momento histórico concreto (responsabilidad).(P.E.I.1).

El Manual de Convivencia es la expresión mínima del estilo de convivencia y costumbres que nos caracterizan. la expresión máxima de este estilo es la libertad magnánima y el más amplio cultivo del espíritu. P. Kentenich.

Este proyecto educativo se funda en la libertad de enseñanza que consagra el artículo 19 número 11 de nuestra Constitución así como la Ley General de Educación, que señala que la educación es el proceso de

Entendido y asumido lo anterior, podemos hablar de la disciplina, “orden necesario para aprender” como un

aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como

aspecto relevante para la sana convivencia escolar.

finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de

La disciplina acompaña procesos de vida que son mucho más profundos que ella misma. La disciplina

los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de

es un medio, no un fin, y como tal tiene normas estrictas, necesarias para establecer los marcos regula-

nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y

torios del trabajo escolar sin olvidar que el reconocimiento y refuerzo de los comportamientos deseables

participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar

de los alumnos es una herramienta fundamental y preferencial en el proceso enseñanza-aprendizaje.

y contribuir al desarrollo del país. Son normas que incuban valores inobjetables que imperan sobre la convivencia, lo que asegura la marcha En este sentido, nuestro Colegio tiene como objetivo formar hombres y mujeres libres y autoeducados, que

de toda una institución. Conllevan obligatoriedad, deben ser cumplidas siempre y en toda circunstancia.

aspiren con toda su originalidad a construir una vida buena, sana y noble, encaminada hacia los más altos ideales. Aspiramos a educar no sólo en el sentido de las formas, nos interesa ante todo la conquista de las

Sin perjuicio de lo anterior, el Manual de Convivencia no agota todas las posibles conductas deseables o no

almas, de las motivaciones más profundas del espíritu humano.

deseables del alumnado. La realidad de las personas que se educan es tan inmensamente versátil, que siempre pone a los que educan en nuevos escenarios y desafíos.

Para lograrlo es preciso definir con claridad los principios básicos que sostienen nuestra convivencia. Estos se basan por una parte, en valores como el respeto, solidaridad, amor a la verdad, autoformación y espíritu

El Manual de Convivencia pone de manifiesto lo que es fundamental y básico para la convivencia de nues-

comunitario y por otra, en normas de funcionalidad.

tros Colegios. Tal estructuración, por apelar a lo fundamental, es breve, específica y evidente. Por ello, las conductas o situaciones que no sean contempladas de manera específica, deberán ser evaluadas y tratadas

Los valores expresan las motivaciones fundamentales de una comunidad, y propenden a la formación de

analógicamente, siempre a la luz de los fundamentos planteados.

una sana y enaltecedora convivencia escolar. Constituyen materia de aspiración, lo que implica anhelar que todos los miembros de la comunidad los hagan propios en libertad, transformándose en actitudes.

El Manual de Convivencia, está en función de nuestra opción por una pedagogía al servicio de la auto-educación de cada alumno. En efecto, sus disposiciones, así como las eventuales consecuencias a sus transgresiones, buscan asegurar en los Colegios la existencia de una atmósfera en que cada persona pueda llegar a ser

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Este reglamento tiene por objeto complementar el referido Manual de Convivencia dándole aplicación práctica conforme lo exige la Ley de Convivencia Escolar.

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sujeto responsable de su propia libertad.

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En este sentido, el Manual de Convivencia se fundamenta en la necesaria corresponsabilidad de cada miem-

tas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implemen-

bro de los Colegios por el bien de la comunidad.

tado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.

Esa responsabilidad por el bien debido a las demás personas y a la misión de los Colegios exige de nuestros

Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común,

alumnos el esfuerzo por realizar, en todos los ámbitos de nuestro quehacer educativo, el espíritu que anima

integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesio-

la vida de nuestra comunidad y de los educandos el entregar una educación acorde.

nales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales.

Los alumnos tienen la obligación de responder a las legítimas demandas de los colegios Monte Tabor y Nazaret y tienen el derecho a exigir por parte del Colegio una educación de calidad.

ARTÍCULO 3° Derechos y deberes de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 1°

Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar

Objetivos.

y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Nuestros Colegios están animados por un espíritu que busca formar personalidades que asuman libre y responsablemente el sentido de sus

El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad

propias vidas. Conforme a esa espiritualidad, asignamos especial importancia a las formas que adquieren en

educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en

la vida de los alumnos durante las diversas etapas de su desarrollo, los vínculos a Dios, a los demás miembros

una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión.

de los Colegios (respeto y solidaridad) a nuestros ideales comunes (amor a la verdad) y a los lugares y cosas que constituyen el marco en que se realiza nuestra convivencia.

Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias

Del mismo modo, la armonía interior, reflejada especialmente en la forma de vestir y de hablar, es signo de

para los afectados.

una sana vinculación de cada persona consigo mismo.

Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio –

Así, los miembros de nuestra comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a

afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, tenien-

recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea

do en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.

afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el

ARTÍCULO 2°

esclarecimiento de los hechos denunciados.

Conceptos

La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que és-

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ARTÍCULO 4° Comité de Sana Convivencia Escolar

• Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.

El Colegio contará con un Comité de Sana Convivencia Escolar, que estará integrado al menos por

• Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.

un representante de cada uno de los estamentos indicados, designados por la Dirección del Colegio.

• Resolver la implementación de medidas disciplinarias en última instancia.

a) La Dirección b) Los profesores c) Los padres y apoderados

ARTÍCULO 5°

d) Los profesionales del área de Formación, Orientación y Psicología

Encargado de Convivencia Escolar

Se deberá elegir entre los integrantes del Comité a un presidente que tendrá la función de coordinar, citar a

El o los encargados de convivencia escolar, deberán ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisio-

reunión extraordinaria y comunicar al Rector sobre los temas y acuerdos importantes. Su voto además dirime

nes y planes del Comité de Sana Convivencia Escolar, investigar en los casos correspondientes e informar

en caso de empate entre la votación de los demás integrantes. Se debe designar además a un secretario quien

sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.

será el responsable de citar a las reuniones ordinarias, levantar un acta y realizar seguimiento de los acuerdos. El encargado de convivencia escolar deberá contar con un correo electrónico a disposición de la comunidad El Comité sesionará a lo menos una vez cada dos meses y los miembros podrán permanecer en sus cargos

escolar, para recibir la información relevante en materia de convivencia de parte de los miembros de la co-

durante un año teniendo la posibilidad de ser re-electos.

munidad educativa.

El Comité podrá citar por mayoría de sus miembros a alumnos, auxiliares o administratvos quienes partici-

Las comunicaciones deberán indicar el nombre de la persona que denuncia una falta a la convivencia, una

parán con derecho a voz en la sesión a la cual hayan sido convocados.

exposición detallada de los hechos y las comunicaciones y medidas adoptadas ya sea por la Dirección, los profesores; alumnos; padres y apoderados; el Directorio; o los profesionales del área de Formación, Orienta-

El Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:

ción y Psicología según corresponda. Las comunicaciones efectuadas por los alumnos deberán ser suscritas además y en lo posible, por sus padres o apoderados.

• Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano. • Aprobar el diseño e implementación de los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.

Las comunicaciones que no cumplan con lo señalado en el presente artículo se tendrán por no presentadas.

• Aprobar los planes que tengan por objeto informar y capacitar a los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar. • Designar a uno o más encargados de convivencia escolar emanados de la terna propuesta por el Rector.

ARTÍCULO 6° Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar

• Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar. • Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

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Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. El encargado de convivencia escolar investigará, de conformidad a la normativa interna, las conductas consideradas como

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maltrato o acoso escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas

a

Faltas relacionadas con el vínculo consigo mismo

mediante un sistema gradual de sanciones. La nobleza interior de cada persona se expresa en una apariencia exterior de cuidado por la limpieza y orden personal, por lo cual los alumnos deben: ARTÍCULO 7° Definición de maltrato escolar

1. Usar correctamente el uniforme oficial de los Colegios y mantenerlo limpio y en buen estado de acuerdo a lo señalado en el Manual de Convivencia.

Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier in-

2. Presentarse con pelo corto, limpios y afeitados (hombres).

tegrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: 3. Presentarse con pelo color natural, limpio, sin maquillaje en rostro y manos (mujeres) sin piercing, •

Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su



trencitas, tatuajes o cualquier accesorio llamativo (aros o anillos).

vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales. •

Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o

4. Tener todos los materiales que hayan sido solicitados con anterioridad para cada asignatura.



Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, inte-



(cuadernos al día y en orden).

lectual, espiritual o físico. 5. Respetar el calendario de evaluaciones informado. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que en forma indivi-

6. Mantener una conducta y actitud respetuosa en la participación en clase

dual o colectiva, atenten contra otro estudiante valiéndose para ello de una situación de superiori-



(al escribir, opinar y expresar dudas).

dad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, tomando en cuenta su edad y condición.

7. Justificar sus ausencias en la agenda la que deberá estar firmada por el apoderado.

8. Presentarse con su uniforme completo a rendir sus evaluaciones atrasadas en el plazo y lugar indicado ARTÍCULO 8°



para ello, debiendo previamente haber sido justificadas por el apoderado.

Conductas constitutivas de faltas a la Sana Convivencia

Se entenderá que se falta a la sana convivencia cuando se actúa en forma contraria a los idea-

A1

Faltas relacionadas con la Responsabilidad:

les expresados en las conductas descritas a continuación, en las conductas señaladas como faltas en el Manual de Convivencia y en aquellas acciones que sin estar descritas sean contra-

Es necesario que el alumno avance en su responsabilidad a medida que va creciendo, por lo mismo el

rias a la sana convivencia y sean calificadas de esa forma por el Comité de Convivencia Escolar.

alumno será responsable de sus actos, tanto dentro como fuera del establecimiento educacional, en especial cuando vista el uniforme del colegio. Por lo tanto deberá comportarse en todo momento, siguiendo los siguientes parámetros:

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1. Es deber de los alumnos(as) cuidar su aseo, higiene y presentación personal.

3.

Mantener y favorecer el clima de silencio y de concentración en la sala de clases.

2. El alumno NO debe traer objetos valiosos al colegio (dinero, joyas, reproductores digitales de cualquier

4.

No realizar ningún tipo de adulteración, uso malintencionado o expresiones groseras en cualquier co-

tipo, sea de audio-video, celulares, cartas, juegos, etc.). El Colegio no se responsabiliza de sus posibles

municación, acción que es considerada como una falta grave e inhabilita al alumno.

pérdidas, hurtos o robos.5.

Mantener un trato digno y enaltecedor hacia todos los miembros de la comunidad.

6.

Usar un vocabulario correcto y adecuado tanto dentro como fuera de la sala de clases.

7.

Obedecer respetuosamente a los profesores y las autoridades.

8.

Expresar de manera adecuada sus discrepancias frente a normas y trabajos escolares.

9.

Participar con una actitud adecuada de actividades internas y externas de los Colegios.

B2

Solidaridad:

3. Es responsabilidad del alumno no portar objetos que signifiquen peligro para la integridad física propia o de otros, lo cual está estrictamente prohibido y debidamente señalado en el Manual de Convivencia.

4. El alumno(a) deberá cumplir puntualmente con el horario de ingreso al colegio, a clases y de las citaciones a actividades extracurriculares.

5. Fuera del Establecimiento el alumno(a) deberá mantener un comportamiento honorable, que en todo momento dignifique ante la comunidad su calidad de estudiante de este Colegio.

6. El alumno(a) no puede vender ningún tipo de producto, bajo ningún pretexto, dentro del Colegio.

B

Faltas relacionadas con el vínculo con los demás:

Los alumnos están llamados a buscar constantemente el bien de la comunidad, lo que supone:

B1

Respeto:

1.

Cuidar la integridad física de las personas. (no correr en los pasillos y escaleras, ni subirse a las jardineras).

Los alumnos tienen el deber de respetar a cada una de las personas de nuestra comunidad, para lo cual debe esforzarse por:

2.

Colaborar con quien lo necesita.

1. Tener un comportamiento respetuoso ante el proyecto educativo y los principios fundamentales de los Colegios.

2. Conocer el Manual de Convivencia y cumplir las normas en él expuestas.

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C

Faltas relacionadas con el vínculo a los lugares y cosas

E

C1

Limpieza y orden de los espacios y bienes:

Los responsables de velar por el cumplimiento de las normas de disciplina dentro de los Colegios, son: los

Faltas relacionadas con la formación personal y comunitaria

coordinadores, profesores jefes y profesores de asignatura, directivos y administrativos. Los alumnos deben: Toda conducta y actitud contraria a las normas disciplinarias son consideradas una falta, las que se clasifican 1.

Cuidar todas las instalaciones de los Colegios: salas, patios, bibliotecas, laboratorios, casino, canchas,

en faltas leves y faltas graves de acuerdo a lo que se señala más abajo:

oratorios, capillas, baños, etc. Toda reparación de un daño causado por el alumno(a), deberá ser pagada por el apoderado del mismo(a), independientemente de las medidas disciplinarias que se puedan tomar.

2.

Mantener siempre las salas de clases y sus pertenencias ordenadas y limpias.

D

Faltas relacionadas con el amor a la verdad

I.

Estas faltas serán sancionadas con registro en libro de clases:

1.

D1 Honestidad y reconocimiento de las propias acciones:

Faltas leves:

Presentación personal inadecuada, conforme principalmente a lo señalado en la letra A.

2.

Atraso en la hora de ingreso a los Colegios.

3.

No traer comunicaciones, colillas o circulares firmadas por los padres o apoderados.

4.

Tirar papeles o basura al piso, patios o cualquier lugar no destinado para ello.

5.

No justificar inasistencias por los padres o apoderados.

La búsqueda de la verdad se expresa principalmente en la veracidad y franqueza de los alumnos consigo

6.

Ser expulsado de la sala clase.

mismos y sus profesores y en el reconocimiento sincero y oportuno de las faltas y errores, por lo tanto

7.

Conducta inadecuada en los momentos de oraciones y celebraciones.

debe esforzarse por:

8.

Conducta inadecuada durante el almuerzo, recreos y clases.

9.

Reiteradas faltas de responsabilidad.

1.

2.

Tener una conducta de honestidad tanto en las evaluaciones como en trabajos e informes. (sin copiar,

(a modo de ejemplo, sin tarea, sin material, sin justificativo, sin delantal, sin firma de los padres, entre

suplantar, soplar, o plagiar.)

otros, por a lo menos 2 veces)

Reconocer oportunamente faltas y errores.

10.

No traer materiales, pruebas firmadas, tareas y trabajos.

3.

Esforzarse por la reparación de los errores.

11.

Incumplimiento en la fecha de entrega de trabajos.

4.

Respetar la propiedad de los bienes de los otros. (no robar, no utilizarlos sin autorización, no destrozar-

12.

los). 5.

Actuar con honradez y hablar con sinceridad.

Interrupción de clases: falta de atención, conversación, levantarse sin permiso, distraer a otro compañero, tirar papeles o basura al suelo.

13. Comer o beber en clases. 14.

Rehusarse a responder una prueba.

15. Uso de aparatos electrónicos durante la clase.

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II

Faltas graves:

III

Faltas específicas a la Convivencia Escolar:

Acumulación de 3 faltas leves en un mes y/o faltas graves propiamente tales:

1.

Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características

1.

Lenguaje grosero o despectivo.

2.

Salida de los Colegios sin permiso en horas de clases.

3.

Realizar cualquier acto que implique deslealtad o desafección hacia los principios de los Colegios.

físicas, etc.).

2.

Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situa-

4.

Ausencia a clases sin autorización de los padres.

ción económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, na-

5.

Actitud desafiante o despectiva hacia cualquier persona de la comunidad educativa.

cionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

6.

Fumar dentro y/o en las proximidades de los Colegios en cualquier horario.

7.

Faltas a la verdad.

3. Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad edu-

8.

Peleas o juegos violentos dentro y fuera de la sala de clases.

cativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que

9.

Abuso o intimidación física y/o psicológica sobre otro alumno o cualquier miembro de la Comunidad.

almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o

10. Insultos, gestos groseros y faltas de respeto a cualquier persona de la comunidad educativa.

electrónico.

11. Uso indebido de elementos y servicios informáticos, que perjudiquen a instituciones o personas. (blogs, fotologs, chats, mensajes de texto, llamadas telefónicas, facebook, mail, etc.).

4.

Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

5.

Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.

12. Posesión, introducción, consumo o tráfico de alcohol y otras drogas. 13. Hurto, robo o apropiación indebida. 14. Falsificación de documentos escolares. (firmas apoderados; libros de clases; evaluaciones, etc.). 15.

Acoso o maltrato escolar.

16.

Ausencia al Colegio sin autorización de los padres.

17.

Ausencia a clases estando en los Colegios.

18. Salida de los Colegios sin permiso en horas de clases.

6. Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o

7.

Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encon-

19. Inasistencias reiteradas no justificadas a evaluaciones atrasadas (3)

trarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas,

20. Inasistencias reiteradas no justificadas a sesiones de reparaciones de faltas (3)

coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.

21. Falta de honestidad en evaluaciones o trabajos (copiar y “soplar”). 22. Uso inadecuado de infraestructura y mobiliario de los colegios.

8.

23. Grabar y /o divulgar una grabación o amenazar con realizarlo, que pudiera menoscabar la imagen de

No cumplir el procedimiento para el correcto uso de salas de computación bibliotecas y laboratorios; auditórium, taller, salas de música, arte, canchas, etc. (horarios y condiciones).

cualquier persona de la comunidad educativa. 24. Bromas inadecuadas que atenten la dignidad de la persona.

9.

Transitar por los pasillos durante las horas de clases ni realizar interrupciones durante éstas solicitando cosas o interfiriendo con el silencio necesario para un buen clima de aprendizaje.

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10.

Comer y/o beber dentro de la sala de clases y clases de Educación Física, Computación, Música, Labo-

nes. Más que castigos, valoramos la educación para la autocomprensión de sí mismo, el cultivo de los gestos

ratorios, auditorio.

positivos, el reconocimiento del error o falta propios y su reparación oportuna.

Toda transgresión al espíritu que anima nuestro quehacer educativo, de acuerdo a su gravedad, tiene deterIV

Comportamiento de los alumnos en actividades co-curriculares dentro o fuera de los Colegios:

minadas consecuencias, las que con el objeto de que constituyan un recurso pedagógico, serán de pronta aplicación en relación con la falta cometida y proporcional a ella. Estas consecuencias considerarán el grado

La asistencia a actividades fuera de los Colegios debe tener una autorización por escrito del apoderado; en

de desarrollo y madurez del(a) alumno(a).

caso contrario, los alumnos no podrán participar en ella, debiendo cumplir horario en el Colegio. Es deber de todo alumno participar de las actividades obligatorias de los Colegios debiendo ser justificadas por el

Las acciones a seguir ante las faltas podrán ir desde un llamado de atención, diálogo con el(la) alumno(a),

apoderado en caso de ausencia a ellas.

registro en el libro de clases (observación), citación a reparación y/o suspensión de actividades representativas de los Colegios (deportivas, artísticas, académicas y formativas), reparaciones de faltas, comunicación a

Todas las actividades oficiales que se desarrollen fuera de los Colegios también se rigen por el Manual de

los apoderados, citación a entrevista de los apoderados, suspensión de clase, aviso de carta de compromiso,

Convivencia:

carta de compromiso, condicionalidad, cancelación de matrícula y expulsión inmediata.



Actividades Pastorales y Formativas.

Cabe destacar que ante una falta grave los Colegios podrán suspender al alumno en forma inmediata. Duran-



Retiros.

te la suspensión, la Rectoría junto al Consejo Educativo de los Colegios y el Comité de Convivencia Escolar,



Salidas a terreno.

evaluarán si la falta amerita otra consecuencia adicional tales como la cancelación de la matrícula al final del



Actividades deportivas.

año escolar o cancelación de matrícula inmediata. Las consecuencias podrán ser individuales o grupales.



Jornadas.



ACLE.

Junto con la consecuencia es importante favorecer procesos reflexivos en los alumnos acerca de la conciencia del daño que este tipo de comportamientos implica para ellos mismos y para la sana convivencia de toda

En los casos de participación de los alumnos en actividades o eventos extra-programáticos, la institución se

nuestra comunidad.

reserva el derecho de seleccionar, permitir o vetar tal participación. En este sentido es necesario brindar la oportunidad a los alumnos de emprender acciones que permitan reparar el daño. ARTÍCULO 9° Procedimientos y medidas disciplinarias.

Algunas acciones de reparación a las faltas son: asistencia a días en la tarde, trabajo en beneficio del curso o Colegio; asistencia al Colegio el día sábado; cooperación en la limpieza de patios o salas. Estas actividades

I

Fundamentos:

En conformidad con el estilo pedagógico de nuestros Colegios, las diversas instancias que regulan el com-

se realizan con acompañamiento de adultos responsables en un clima de acogimiento y respeto al alumno infractor y con un proceso reflexivo conducente al crecimiento del alumno.

portamiento de los alumnos tienen sentido en el contexto de la pedagogía de la libertad. “Nuestra pedagogía se diferencia de estilos punitivos basados en el miedo, el reglamento o la competencia por las calificacio-

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II

Descripción de las Consecuencias:

CONDICIONALIDAD: consecuencia de extrema gravedad, determinada por el coordinador, con conocimiento del Rector. Se registra en la hoja de vida del alumno(a) y se extiende por un semestre académico,

FALTA LEVE: anotación negativa de comportamiento o falta de responsabilidad, que podrá deberá ser re-

pudiendo permanecer vigente como máximo un año. De no cambiar el motivo que la originó, la Rectoría de

portada por los profesores u otra autoridad de los Colegios quedando registrada en el libro de clases. Implica

los Colegios se reserva el derecho a no renovar la matrícula. Esta información será entregada por el coordina-

una falta a la norma del (la) alumno(a).

dor a los apoderados a través de entrevista, de la que se dejara constancia escrita. En caso de que los padres o apoderados no concurran a ésta, habiendo sido citados por dos veces, se les notificará por carta enviada a

EXPULSIÓN DE CLASES: es una falta leve. Conlleva una anotación al libro de clases y la acumulación de tres

su domicilio, dejando registro escrito de ello.

en un mes, corresponde a una falta grave. Debe llevar el registro e ir a Secretaría de Estudios. CANCELACIÓN DE MATRÍCULA: corresponde a la expulsión inmediata del(a) alumno(a) de los Colegios e FALTA GRAVE: acumulación de tres faltas leves en un mes o falta grave propiamente tal. Implica un daño

implica su no continuidad en el período escolar en curso. Su aplicación corresponde al Consejo Educativo,

grave a sí mismo, hacia otros o a bienes materiales de los Colegios.

previo informe del Comité de Convivencia, reservándose su aplicación a infracciones graves.

SUSPENSIÓN DE CLASES: consecuencia ante una falta grave en la que el(la) alumno(a) queda suspendido(a)

NO RENOVACIÓN DE MATRÍCULA: su aplicación corresponde al Rector con la asesoría del Consejo Educa-

de participar en clases y actividades de los Colegios. Deberá presentarse el día de la suspensión a la hora de

tivo, previo informe del Comité de Convivencia. Se aplica en los siguientes casos: por segunda repetición en

entrada, con su apoderado, a recibir el trabajo asignado, el cual deberá presentar a su re-ingreso a clases.

los Colegios; aplicación de Reglamento Interno de Evaluación; por condicionalidad; por faltas graves, o por

En el caso de evaluaciones fijadas para ese día, deberá rendirlas los días que corresponde dar las pruebas

situaciones no contempladas en el Manual de Convivencia y que afectan gravemente la convivencia escolar.

atrasadas.

CARTA DE COMPROMISO: es un compromiso adquirido por el (la) alumno(a) de cambiar su comporta-

III

Medidas y Sanciones Disciplinarias:

miento ante una falta grave o una acumulación de faltas leves. Esta carta compromiso deberá ponerse en conocimiento de sus padres o apoderados, con el objeto que éstos colaboren activamente en el cambio de

Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en los

comportamiento. Se extiende por un semestre académico. Esta información será entregada por el profesor

casos de maltrato, una o más de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:

jefe a los apoderados a través de entrevista. En caso de que los padres no concurran a ésta, habiendo sido citados por dos veces, se les notificará por carta enviada a su domicilio.

1. Diálogo personal pedagógico y correctivo. 2. Diálogo grupal reflexivo.

AVISO DE CONDICIONALIDAD: es una advertencia frente a la situación conductual y/o académica de su

3. Amonestación verbal.

hijo(a) y corresponde a una acumulación de tres faltas leves en un mes o una nueva falta grave, teniendo

4. Amonestación por escrito.

vigente la carta de compromiso. Esta información será entregada por el profesor jefe a los apoderados a

5. Comunicación al apoderado.

través de entrevista. En caso de que los padres o apoderados no concurran a ésta, habiendo sido citados por

6. Citación al apoderado.

dos veces, se les notificará por carta enviada a su domicilio, dejando registro escrito de ello.

7. Suspensión temporal. 8. Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar).

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9. Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas; 10. Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alum-

4. La conducta anterior del responsable. 5. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. 6. La discapacidad o indefensión del afectado.

nos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas; 11. Carta de Compromiso; 12. Condicionalidad de la matrícula del alumno;

ARTÍCULO 11°

13. No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o

Obligación de denuncia de delitos

14. Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto

Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracte-

al proceso establecido en el presente manual de procedimiento.

res de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos,

15. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. 16. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al estableci-

hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

miento.

ARTÍCULO 12° ARTÍCULO 10°.

Deber de Informar

Criterios de aplicación Los padres, madres, apoderados, profesionales, auxiliares y administrativos deberán informar sobre conToda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la

ductas contrarias a la sana convivencia escolar que constituyan acoso o maltrato sobre las cuales hayan

comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de

tomado conocimiento, en forma escrita ante el Encargado de Convivencia sin perjuicio de informar, además,

los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

a cualquier otra autoridad del establecimiento.

Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: El Encargado de Convivencia Escolar deberá dar cuenta a la Dirección y al Comité de Convivencia, por 1.

La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

correo electrónico y dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al proceso abriendo un expe-

2.

La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

diente que se denominará registro individual y se numerará correlativamente según su fecha de apertura.

3.

La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: • La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.

Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en

• El carácter vejatorio o humillante del maltrato.

su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro. • Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa. • Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento. 20

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ARTÍCULO 13°

ARTÍCULO 14°

Protocolo de actuación

Deber de protección

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspon-

Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.

dientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respet o por su dignidad y honra. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se toEl Encargado de Convivencia Escolar deberá llevar un registro de cada actuación y resolución deberá

marán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último

quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el regis-

ponga en peligro su integridad.

tro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. ARTÍCULO 15° En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de

Notificación a los apoderados

todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Las medidas disciplinarias serán aplicadas por los profesores y directivos, pudiendo ser impugnadas las de

Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella. Los

mayor gravedad –que se indican a continuación- ante el Comité de Convivencia Escolar. En caso que el Co-

padres y apoderados deberán colaborar activamente en el proceso, tomando las medidas que se le soliciten

mité resuelva dejar sin efecto la medida, deberá en todo caso aplicar una sanción a la falta cometida propor-

para solucionar los conflictos de convivencia en que estén involucrados sus hijos o pupilos. La negativa de

cional al daño causado y que se oriente a la reparación de éste.

los padres o apoderados a participar en el proceso de investigación, mediación, rehabilitación, reinserción o reparación de las faltas será constitutivo de falta grave, la que podrá ser sancionada conforme el presente

Medidas disciplinarias reclamables ante el Comité:

reglamento. Los padres y apoderados podrán excusarse de realizar rehabilitaciones o terapias solicitadas si su capacidad económica se lo impidiese, sin perjuicio de lo cual el colegio podrá sugerir alternativas de

• Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alum-

solución que sean posibles de asumir por los padres o apoderados.

nos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas. • Condicionalidad de la matrícula del alumno. • No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.

ARTÍCULO 16º

• Expulsión del establecimiento.

Investigación

Una vez que el Colegio tiene conocimiento de una posible situación de acoso, se adoptarán una serie de medidas que se agrupan en las siguientes etapas:

Primera etapa: Recopilación de información. En esta etapa el principal objetivo es recabar los antecedentes necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o no una situación de acoso o maltrato

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escolar. La investigación se extenderá de acuerdo a cada situación en particular, pero un informe preliminar

una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se

deberá entregarse a la Dirección del Colegio en un plazo máximo de diez días hábiles. Los responsables de

considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.

esta etapa serán: profesor jefe, orientador y coordinador de ciclo, quienes deberán entrevistarse personalmente con los sujetos implicados, recopilar la información necesaria y comunicarla para tomar las medidas

En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio

pertinentes. Dentro de las medidas que pueden adoptar son las siguientes:

el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.

a)

entrevista con el alumno afectado;

b)

entrevista con el alumno acusado;

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antece-

c)

entrevista con los demás alumnos implicados, directa o indirectamente;

dentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar

d)

entrevista a los padres o apoderados del alumno afectado y del alumno acusado, con el objeto de

o pronunciarse al respecto.

informar la situación y adoptar las medidas reparatorias; e)

Informar al equipo docente con el objetivo de que el profesorado pueda manifestar si conoce alguna circunstancia relevante relacionada con la situación de convivencia y que colaboren con la implemen-

ARTÍCULO 18°

tación de las medidas.

Resolución

Segunda etapa: Análisis y adopción de medidas. En esta etapa se presenta el caso a la Dirección del Colegio

La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si

y al Comité de Convivencia Escolar. Las medidas disciplinarias serán aplicadas por los profesores y directivos,

el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión

pudiendo ser impugnadas según se señala en el artículo 13.

adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y al Comité de Convivencia Escolar.

Tercera Etapa: Comunicación de la decisión. El Colegio notifica la resolución del caso exponiendo la decisión tomada y las medidas adoptadas, ya sea a nivel Curso, Nivel, Ciclo o Colegio.

ARTÍCULO 19° Medidas de reparación

Cuarta Etapa: Seguimiento del Caso. El Encargado de Convivencia Escolar deberá llevar un seguimiento de la situación, de manera de evitar que vuelva a producirse, por el período de tiempo que la dirección del

En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la

Colegio determine previo informe del Comité de Sana Convivencia.

forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine.

ARTÍCULO 17° Citaciones

Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a

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ARTÍCULO 20° Recursos

Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir por escrito y fundadamente en contra de la resolución adoptada por la Dirección u otra autoridad competente del colegio, dentro del plazo de 15 días hábiles, ante el Comité de Convivencia, el que resolverá en última instancia respecto de las medidas disciplinarias de su competencia.

ARTÍCULO 21° Mediación

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.

ARTÍCULO 22° Publicidad

El Colegio deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. El presente reglamento deberá estar permanentemente disponible en el sitio web del colegio.

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