REGLAS ACADÉMICAS DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I PROMEDIO ACUMULADO MÍNIMO Y PROMEDIO DE ESPECIALIZACIÓN MÍNIMO

REGLAS ACADÉMICAS DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I PROMEDIO ACUMULADO MÍNIMO Y PROMEDIO DE ESPECIALIZACIÓN MÍNIMO Art. 1.- Todo estudiante de la E

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REGLAS ACADÉMICAS DE LA ESCUELA DE MEDICINA CAPÍTULO I PROMEDIO ACUMULADO MÍNIMO Y PROMEDIO DE ESPECIALIZACIÓN MÍNIMO Art. 1.- Todo estudiante de la Escuela de Medicina deberá regirse por las reglas especiales establecidas en este Reglamento Académico y por todas las políticas y reglas generales establecidas por la USFQ y los órganos de control de la Educación Superior. Art. 2.- En este capítulo se presentan las regulaciones sobre el promedio acumulado GPA mínimo y el promedio de especialización mínimo que deben mantener los estudiantes de la Escuela de Medicina. Art. 3.- Promedio Acumulado GPA y Promedio de Especialización PE. El GPA (Grade Point Average) es el promedio total acumulado alcanzado por un estudiante, como resultado de la suma total de puntos obtenidos en todas las materias tomadas hasta la fecha, dividido para el número total de créditos. El Promedio de Especialización PE se calcula de la misma manera que el GPA, pero pondera únicamente las materias consideradas de especialización que constan en la malla curricular vigente o su equivalente. Las materias QUI0100 y MAT 0012 no se incluyen en esta ponderación por ser cursos introductorios de las materias QUI0122 y MAT 0123 requeridas por la Escuela. Art. 4.- Es responsabilidad del estudiante revisar su GPA y su PE y estar al tanto de su progreso académico, ingresando periódicamente a su página de registro, especialmente al inicio de cada semestre y una vez que los profesores hayan asentado las notas correspondientes. Art. 5.- Estudiantes ingresados a partir del año académico 2013/2014. Todo estudiante que ingrese al primer año de estudios de la Escuela de Medicina, a partir del año académico 2013/2014, deberá mantener simultáneamente un promedio acumulado GPA mínimo de 3.00/4.00 y un promedio de especialización mínimo de 3.00/4.00. A la finalización de cada semestre, la Escuela de Medicina revisará el kárdex académico de cada estudiante para verificar que se cumplan ambos requisitos. Art. 6.- Estudiantes ingresados antes del año académico 2013/2014. Todo estudiante que ingresó a la Escuela de Medicina, antes del Primer Semestre 2013/2014, debe mantener un promedio acumulado GPA mínimo de 2.00/4.00 en los dos primeros años de estudios. Sin embargo, para ingresar al tercer año, todo estudiante debe alcanzar un promedio acumulado GPA de 3.00/4.00 y un Promedio de Especialización PE mínimo de 3.00/4.00. Art. 7.- Los estudiantes que por cualquier motivo suspendan sus estudios, ya sea voluntariamente o por incumplimiento de requisitos o normas de la institución, deben solicitar su reingreso con un semestre de anticipación en la Oficina de Admisiones y de acuerdo con las normas de la universidad. El reingreso puede ser negado. Sin embargo, de ser aceptado su reingreso, deberán regirse por las normas y mallas curriculares vigentes en ese momento.

Art. 8.- El ingreso al tercer año de la carrera de medicina no es automático. Todo estudiante para ingresar al tercer año deberá presentar una petición, por escrito, dirigida al Comité de la Escuela que luego de su análisis notificará al estudiante su decisión. Para el ingreso al tercer año de la carrera, no podrán transcurrir más de cuatro años contados desde que el estudiante inició sus estudios de medicina. Art. 9.- El estudiante que no cumpla uno de los requisitos establecidos en los Artículos 5 y 6, se sujetará a las reglas señaladas a continuación: a) El estudiante entrará en condición académica hasta por dos semestres consecutivos en los que deberá obtener promedios semestrales suficientes para que, al finalizar el periodo de condición, alcance el promedio acumulado requerido en los Arts. 5 y 6, dependiendo de su fecha de inicio de estudios. Además, deberá sujetarse a las reglas de Estudiantes en Condición Académica establecidas en el Manual del Estudiante USFQ. De cualquier manera, en el primer semestre de condición académica, el estudiante no podrá obtener un promedio semestral menor a: I. 2,50/4,00 si inició sus estudios de medicina antes de agosto 2013 (esto aplica si el estudiante es condicionado en los dos primeros años de estudios). II. 3,00/4,00 si inició sus estudios de medicina a partir de agosto 2013 o si inició sus estudios antes de esa fecha cuando la condición académica es impuesta desde el tercer año de estudios en adelante. b) Si el estudiante no cumpliera con las disposiciones de los Artículos 5, 6 y del literal anterior, será suspendido por un semestre y una sesión de verano. Se considerará su reingreso, previa solicitud por escrito a la Oficina de Admisiones, una vez finalizado su periodo de suspensión. La solicitud puede ser negada. c) Si el estudiante mantiene un promedio acumulado GPA superior a 2.00/4.00, podrá solicitar el cambio a una carrera de otro Colegio en la que el requisito de promedio acumulado GPA sea menor a 3.00, siguiendo el proceso descrito en el Manual del Estudiante de la USFQ. d) Si el estudiante readmitido fuera suspendido por segunda ocasión, por no alcanzar el promedio acumulado mínimo GPA requerido por la Escuela de Medicina, no será readmitido a esa Escuela. Sin embargo, si su promedio es superior a 2,00 se podrá admitir su cambio de colegio a una carrera que tenga este requisito de promedio acumulado mínimo. De ser readmitido a otro colegio y carrera, el estudiante no podrá solicitar un segundo cambio de carrera a la Escuela de Medicina ni a ninguna carrera del Colegio de Ciencias de la Salud COCSA que exija el mismo requisito de promedio, como tampoco a ningún colegio que tenga un requisito de promedio superior, como es el caso de los Colegios de Jurisprudencia JUR y el Colegio de Arquitectura y Diseño Interior CADI. e) En caso de que el estudiante en condición académica no se registre en el semestre siguiente al que se le impuso la condición académica, se asumirá su retiro de la Universidad. Para reingresar, deberá transcurrir un semestre académico y presentar una solicitud de readmisión ante la Oficina de Admisiones. La solicitud puede ser negada. f) El estudiante que mantenga un GPA inferior a 1.00 será suspendido inmediatamente por un año de acuerdo con la política general de la USFQ. La solicitud de readmisión puede ser negada. En

caso de ser readmitido y obtener nuevamente un promedio acumulado inferior a 1.00, el estudiante será separado de la USFQ de manera definitiva. Art. 10.- Ningún estudiante en condición académica podrá ser admitido al 3er año de la carrera de medicina. Art. 11.- Si un estudiante de tercer año o superior baja sus promedios GPA o PE por debajo de los mínimos requeridos, entrará en condición académica y se sujetará a las reglas del artículo anterior. Art. 12.- Si un estudiante fue suspendido por bajo rendimiento deberá solicitar su reingreso de acuerdo con las normas del Manual del Estudiante. El reingreso a la USFQ y/o Escuela de Medicina puede ser negado. CAPITULO II REQUISITOS DE INGRESO A TERCER AÑO Art. 13.- Para el ingreso a tercer año de la carrera, el estudiante deberá cumplir los siguientes requisitos: a. Tener un promedio acumulado GPA mínimo de 3,00/4,00. b. Tener un promedio de materias de especialización PE mínimo de 3,00/4,00. c. Haber aprobado con una nota mínima de C todas las materias de especialización establecidas en el pensum de Medicina de 1ero y 2do año entre las que se enumeran las siguientes: 1. Química IIA y Principios de Química Orgánica 2. Matemáticas para Ciencias de la Salud 3. Física para Ciencias de la Salud 4. Biología General y Bases de Genética 5. Biología Molecular y Microbiología 6. Introducción Histórica a la Bioética 7. Introductorio de Embriología 8. Neurofisiología I y II 9. Ciencias del Comportamiento I 10. Bioquímica Médica 11. Bases de Nutrición 12. Bases de Inmunología d. Haber aprobado las materias Fundamentos de Medicina: I, II, III, IV, V de acuerdo con las siguientes reglas: i. una nota mínima de B, si el estudiante ingresó a la carrera a partir del año académico 2013/2014. Si un estudiante no saca una nota mínima de B en Fundamentos significa que pierde un año de la carrera, ya que estas clases se abren anualmente.

ii. una nota mínima de C si el estudiante ingresó a la carrera antes del primer semestre del año académico 2013/2014. CAPÍTULO III REQUISITO PARA APROBACIÓN DE MATERIAS y PRERREQUISITOS Art. 14.- El estudiante deberá seguir cuidadosamente la secuencia de cursos de la malla curricular. No serán válidos los créditos que puedan aprobarse sin haber cumplido previamente con su prerrequisito. Art. 15.- El estudiante tiene la obligación de revisar cuáles son los prerrequisitos de las materias que va a cursar y constatar en el sistema que efectivamente las haya aprobado. Art. 16.- El Decanato se reserva el derecho de eliminar en cualquier momento los créditos aprobados por el estudiante sin haber cumplido previamente con el prerrequisito. En este caso, el Decanato dará aviso a la Oficina de Registro para que proceda a la eliminación de las materias y si este aviso se produce luego de la fecha límite para salirse de materias, el estudiante deberá pagar los costos administrativos correspondientes. Art. 17.- El Decanato puede modificar la distribución de créditos con el fin de mejorar la estructura académica del pensum. En tal caso, se respetarán los prerrequisitos aprobados con anterioridad a la modificación. Todas las modificaciones son obligatorias para los estudiantes que se encuentren cursando la carrera de medicina, sin que esto signifique extender la duración de sus estudios. Art 18.- Sin perjuicio de otros prerrequisitos de cumplimiento obligatorio de la malla curricular, los estudiantes que iniciaron la carrera en el 1er semestre del año académico 2013/2014, deberán aprobar las siguientes materias en forma secuencial: Primer Año: a) Fundamentos de la Medicina I b) Fundamentos de la Medicina II Segundo Año: a) Fundamentos de la Medicina III b) Fundamentos de la Medicina IV c) Fundamentos de la Medicina V Tercer Año: a) Fundamentos Clínicos I b) Fundamentos Clínicos II Estas materias deben ser aprobadas con una nota mínima de B si el estudiante ingresó a la carrera a partir del año académico 2013/2014.

Art. 19.-Los estudiantes de primer año, además de aprobar Fundamentos de la Medicina I y Fundamentos de la Medicina II, deberán cursar y aprobar MED0154 - Introductorio a la Embriología para poder cursar las materias MED de 2do año - Fundamentos de la Medicina III, IV y V.

CAPÍTULO IV REQUISITOS DE COLEGIO GENERAL Art. 20.- Los estudiantes de la carrera de Medicina deberán cumplir con los requisitos de Colegio General de la USFQ establecidos para la malla curricular de su carrera. Los créditos de Colegio General para la Escuela de Medicina no incluyen materias de Ciencias, Matemáticas y Coloquios de Medicina que son considerados cursos de especialización. El número de créditos y materias de Colegio General obligatorias son: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n) o) p) q) r)

Administración-ADM 0201 (Emprendimiento): Artes: Ciencias Sociales: Ciencias: (parte de materias de especialización) Español-ESP 0210: 5 Coloquios de Medicina: (parte de materias de especialización) Deportes: Economía-ECN 0100: English as a Second Language hasta nivel 7: ENG 0100 Composition and Rethoric Humanidades: Matemáticas-MAT 0123: (parte de materias de especialización) Computación-CMP 0090:* Cultura Gastronómica: Socráticos-CID 0101A: PASEM-PAS 0401: PASEC Requisitos de Inglés

*Este requisito no aplica para estudiantes que ingresaron a la carrera de Medicina en el periodo académico 2011/2012. Art. 21.- Durante la carrera, el estudiante deberá registrarse cinco veces en las materias Coloquios de Medicina, calificadas con P o F. Para aprobar estas materias con calificación P, el estudiante deberá asistir a todos los coloquios que se dicten durante el semestre en que se encuentra registrado. Art. 22.- El requisito de Colegio General, PASEC, se completará con las clases de Desarrollo Comunitario Integral I, II, III y IV que son parte de las materias de Especialización de la carrera de Medicina y con los informes que se presentarán mediante las clases en línea de Reflexión DCI I, II, III y IV respectivamente.

Art. 23.- El requisito de Colegio General, PASEM, será equivalente a los Internados Rotativos obligatorios de 6to año. Los estudiantes deberán registrarse en la materia PASEM durante el primer semestre de su 6to año de carrera y cumplir con los trabajos establecidos en la plataforma virtual D2L para la materia PAS-0401. CAPÍTULO VII DE LAS MATERIAS ELECTIVAS Art. 24.- El estudiante deberá cursar al menos dos materias electivas durante su carrera. Para cumplir con este requisito, el estudiante deberá aprobar dos materias, de al menos cuatro créditos cada una, afines a las ciencias de la salud y que pertenezcan a otras áreas como psicología, nutrición, ciencias, etc. La electiva puede ser tomada en cualquier momento de la carrera de Medicina. Estas no podrán ser utilizadas para cumplir además con un requisito de Colegio General. El estudiante tendrá las siguientes opciones: a) Tomar y aprobar las asignaturas dentro del país, en un escenario práctico fuera de la USFQ, para lo que deberá registrarse en la materia MED 0528 y MED 0533. b) Tomar y aprobar las asignaturas en el extranjero, en un escenario práctico, para lo que deberá registrarse en la materia MED 0528 y MED 0533. c) Tomar y aprobar materias afines dictadas en la USFQ para lo que deberá registrarse en la materia deseada. d) Combinar las opciones de los puntos a, b y c. Art. 25.- Si el estudiante opta por tomar una o ambas electivas en un escenario práctico fuera de la USFQ, dentro del país, deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Mantener una reunión con el Coordinador de Electivas de la Escuela de Medicina, quien establecerá la factibilidad y pertinencia de la electiva propuesta; b) Presentar una solicitud escrita para aprobación del Comité de Educación Médica de la Escuela de Medicina, acompañada de una certificación de la institución en la que ha sido aceptado para realizar la electiva que deberá señalar: i. ii. iii. iv.

Nombre del supervisor que se le ha asignado, Syllabus de la electiva, Carga horaria, Teléfono, mail y dirección de contacto;

c) Completar cuatro semanas con un horario mínimo de 4 horas diarias. d) Cumplir con los requisitos y objetivos de aprendizaje de la electiva.

e) Solicitar y dar seguimiento para que la institución que lo acogió llene la “Hoja de Evaluación” al finalizar la electiva que debe ser enviada directamente por la institución al Decano de la Escuela de Medicina de la USFQ. Art. 26.- Si el estudiante opta por tomar una o ambas electivas en el extranjero, en un escenario práctico, deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Haber completado al menos el cuarto año de estudios en la Escuela de Medicina y no estar en condición académica y, por lo tanto, tener un GPA acumulado mínimo de 3.00; b) Mantener una reunión con el Coordinador de Electivas de la Escuela de Medicina, quien establecerá la factibilidad y pertinencia de la electiva propuesta. La institución propuesta debe ser un centro docente/hospital afiliado a un centro universitario. c) Presentar una solicitud escrita para aprobación del Comité de Educación Médica de la Escuela de Medicina, con al menos tres meses de anticipación al inicio de la electiva, acompañada de una certificación de la institución en la que ha sido aceptado para realizar la electiva que deberá señalar: i. ii. iii. iv.

Nombre del supervisor que se le ha asignado. Syllabus de la electiva Carga horaria Teléfono, mail y dirección de contacto

La Escuela de Medicina enviará a la institución propuesta la aceptación de la electiva, adjuntando el formulario de evaluación del estudiante. d) Completar cuatro semanas con un horario mínimo de 4 horas diarias. e) Cumplir con los requisitos y objetivos de aprendizaje de la electiva. f)

Solicitar y dar seguimiento para que la institución que lo acogió llene la “Hoja de Evaluación” al finalizar la electiva que debe ser enviada directamente por la institución al Decano de la Escuela de Medicina de la USFQ.

CAPÍTULO VIII SEMESTRE DE VERANO Art. 27.- El estudiante de Medicina deberá cursar obligatoriamente los veranos correspondientes a los años de estudio 1ero, 2ndo, 4to, 5to y 6to. Si el estudiante ha completado los requisitos de Colegio General antes del verano de 3er año, este verano dejará de ser obligatorio. El resto de veranos de la carrera sí serán obligatorios.

CAPÍTULO IX INTERNADOS Art. 28.- El estudiante de Medicina cumplirá con el requisito de Pasantía Empresarial realizando el Internado Rotativo. Para cumplir con el requisito, el estudiante deberá además registrarse en la materia PAS-0401 en línea y completar los requisitos de este curso, tal como señala el Art. 22. CAPÍTULO X TRABAJO DE TITULACION Art. 29.- El estudiante de Medicina deberá completar las materias establecidas por la malla curricular específicas al trabajo de titulación. a) Las asignaturas correspondientes a la etapa de desarrollo del Trabajo de Titulación deben ser cursadas en la secuencia establecida en la malla curricular y pueden ser identificadas por la letra T que se encuentra al final del código de la materia. Estas materias se califican con las notas P o F. b) La asignatura Taller de Titulación, identificada por el código MED-0699T, corresponde a la materia final del proceso del Trabajo de Titulación y debe ser tomada después de haber aprobado los cursos previos y antes del último semestre. El alumno deberá: i. ii.

Registrarse en el paralelo correspondiente a su Director de Titulación. Aprobar la materia con una nota mínima de B.

Art. 30.- Los estudiantes deberán regirse por el Reglamento del Trabajo de Titulación establecido por la Escuela de Medicina de la USFQ. CAPÍTULO V REQUISITOS DE GRADUACIÓN Art. 31.- El estudiante deberá aprobar el número de créditos establecido en su malla curricular incluidas materias de especialización y de Colegio General. Todas las materias de especialización deberán ser aprobadas con una calificación mínima de C, con excepción de las mencionadas anteriormente en el Capítulo III, que tienen como requisito una nota mínima de B para los estudiantes ingresados a partir del año académico 2013/2014. Art. 32.- El estudiante deberá seguir la secuencia de cursos determinada por la carrera. No se aceptarán cursos aprobados sin haber cumplido con los prerrequisitos particulares de cada asignatura, tal como se señala en el Capítulo III. Art. 33.- El estudiante deberá tomar el examen NBME de Ciencias Básicas y aprobarlo con un puntaje mínimo de 60/100. Este examen es requisito para graduación.

Art. 34.- Para la obtención del título académico es requisito indispensable tener un GPA y un PE mínimo de 3.00. El estudiante que no alcance estos promedios y que haya cursado todas las materias de su malla curricular, deberá repetir, por una sola vez, los cursos MED en los que obtuvo una calificación menor a B, hasta que alcance el promedio requerido. No se aceptarán más de tres matrículas en una misma materia de acuerdo con la Ley Orgánica de Educación Superior LOES. La tercera matrícula debe ser autorizada por el Decano de Pregrado de la USFQ de acuerdo con los lineamientos vigentes.

CAPÍTULO VI REGISTRO DE MATERIAS Art. 35.- El estudiante deberá prerregistrarse en las materias que desee tomar durante el siguiente semestre dentro del plazo establecido para el efecto. Si un estudiante no cumple con este proceso, su registro estará bloqueado durante el período regular de registro y el estudiante se podrá registrar únicamente después de la culminación de este período. Art. 36.- Es responsabilidad del estudiante revisar las fechas de prerregistro y registro establecidas en el calendario académico y cumplir con los plazos establecidos. Una vez cerrado el período de registro oficial se considerarán los listados de curso como finales. Además, cada estudiante deberá verificar que su registro esté correcto y que su nombre aparezca en la lista oficial del curso. Art. 37.- Es responsabilidad del estudiante verificar que su nombre aparezca en las listas de la plataforma D2L en los cursos en que está registrado. De no encontrarse registrado, será responsabilidad del estudiante comunicarse con el departamento de educación en línea para rectificar el error o para solicitar servicio técnico, asesoría para el uso de la plataforma virtual, etc. Art. 38.- Es responsabilidad del estudiante seguir la secuencia de materias establecidas como requisito en la malla curricular de la carrera de Medicina. Para esto, el estudiante deberá referirse a la información recibida a su ingreso a la carrera y a los alcances al currículo enviados por correo electrónico. También podrá solicitar ayuda de su tutor, del coordinador académico, del vicedecano y del decano de Medicina para cumplir con el requisito establecido en este artículo. Art. 39.- El estudiante deberá cumplir con todas las exigencias de Colegio General para la carrera de Medicina. El estudiante deberá solicitar al Decanato de Pregrado que realice la revisión oficial de las materias de Colegio General de manera previa a su graduación, sin perjuicio de cumplir con todos los procesos y políticas institucionales al respecto. Art. 40.- Cambios en registro y retiros de materias se regirán por las normas generales de la institución. Disposición Transitoria 1. Los estudiantes que ingresaron a la Escuela de Medicina en el primer o segundo semestre del año académico 2011/2012, para inscribirse en los módulos de Fisiopatología correspondientes al tercer año de la carrera, deben haber obtenido una nota mínima de C en todas las materias de

especialización que se enumeran a continuación y que corresponden a las asignaturas de primer y segundo año de la carrera: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n)

Química I, Química II y Principios de Química Orgánica Matemáticas para Ciencias de la Salud Física para Ciencias de la Salud Biología General y Bases de Genética Biología Molecular y Microbiología Morfofuncional Introductorio A y Morfofuncional Introductorio B Fundamentos de la Medicina III, IV, V Antropología Médica Introducción a la Embriología Neurofisiología I y II Ciencias del Comportamiento I Bioquímica Médica Bases de Nutrición Bases de Inmunología

2. El estudiante, que ingresó a la Escuela de Medicina en el año académico 2011/2012 y que cursó en ese mismo periodo la materia Introducción Histórica a la Bioética (MED 0110), podrá utilizar la materia Antropología Médica (MED 0159) para cumplir el requisito de Ciencias Sociales de Colegio General.

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