SISTEMA POLITICO GUATEMALTECO

Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración Pública SISTEMA POLITICO GUATEMALTECO LICDA. CAROL

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SISTEMA POLÍTICO GUATEMALTECO
Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración Pública SISTEMA POLÍTICO GUATEMALTECO LIC. SERGIO G

SISTEMA POLÍTICO GUATEMALTECO
Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración Pública SISTEMA POLÍTICO GUATEMALTECO LIC. SERGIO G

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Universidad Mariano Gálvez de Guatemala Escuela de Gestión Pública Licenciatura en Administración Pública

SISTEMA POLITICO GUATEMALTECO LICDA. CAROL SUBUYUJ Y LIC. SERGIO GOMEZ

MÓDULO

Semana del 19/03/2012 al

“B”

UNIDAD

“7”

MARCO LEGAL DEL SISTEMA POLITICO

25/03/2012

En este módulo se hace estudio del marco legal que constituye el sistema político guatemalteco. Es esencial que el funcionamiento y estructura de un Estado tenga una normativa y regulación para conservar el orden y las buenas relaciones con las personas. El hombre es un ser social, y en cuanto ser social le implica estar en relación con los demás. Para que exista una buena relación y un buen respeto entre las personas, se necesita que se establezca un marco normativo constitucional y que esté institucionalizado. En este sentido es importante el estudio del manejo del sistema político.

Módulo “B”

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GUÍA PROGRAMÁTICA MÓDULO

“B”

UNIDAD

“ 7”

Semana del 19/03/2012 al 25/03/2012

Actividades de la Unidad

Lectura del documento de estudio unidad 7

Tiempo estimado de realización

Plazos L

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Análisis artículos 182 a 202 de la Constitución Política

Módulo “B”

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INTRODUCCIÓN Se describe en este tema la forma de cómo se estructura o cómo se da el manejo del sistema político guatemalteco. Se considera aquí, la estructura y organización del sistema político, los órganos del sistema político, etc. Se considera también la estructura administrativa del gobierno de Guatemala, como elemento esencial ya que este tema comprende el manejo del poder, la forma en que se maneja el mismo y los órganos implicados. Administración Poder Órganos del sistema político Gestión Dirigir

OBJETIVOS Unidad “7”

ELEMENTOS ADMINISTRATIVOS  Aplicar la normativa constitucional en el proceso administrativo del sistema político guatemalteco, en el marco de los derechos y responsabilidades

Módulo “B”

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CONTENIDO ELEMENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MARCO LEGAL DEL Los países mejor desarrollados son los mejor administrados.

SISTEMA POLITICO

Para describir este tema sobre los elementos administrativos, el enfoque está encaminado a presentar la forma de cómo se maneja el sistema político de Guatemala. Todos los elementos administrativos tratan de establecer el modus operandis del sistema político y el marco normativo en el cual se rige. Guatemala tiene un sistema de Gobierno republicano, democrático y representativo (artículo 140 de la Constitución Política). Se sigue el modelo clásico de la división de poderes, en los que el pueblo delega su soberanía; a saber: Legislativo (unicameral), integrado por diputados electos en sufragio universal indelegable, para un período prorrogable de 4 años (artículos 157 a 172 de la Constitución Política); su función esencial la de legislar. Ejecutivo, integrado por un Presidente de la República y un Vicepresidente, electos para un período improrrogable de 4 años, por el voto ciudadano indelegable, el Vicepresidente puede ser candidato para presidente después de 4 años fuera del cargo, (el mandatario nombra a sus ministros, viceministros y secretarios) (artículos 182 a 202 de la Constitución Política); esto fundamentado en la Constitución Política de la República que nos indica que el sistema de gobierno es presidencialista. Judicial, en la Corte Suprema de Justicia las autoridades son electas por el Congreso de la República, de una nómina depurada por una comisión de postulación, en la que participan abogados, decanos de las facultades de derecho y jueces-electores (artículos 203 a 222 de la Constitución Política).

Módulo “B”

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Existen diversos órganos de control, tales como: La Contraloría General de Cuentas cuyo mandato es fiscalizar los ingresos, egresos y en general todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas (artículos 232 a 236 de la Constitución Política); el Ministerio Público, que tiene a su cargo la acción penal pública, en nombre del Estado (artículo 251 de la Constitución Política); y la Procuraduría General de la Nación, cuya función es la de asesoría y consultoría de los órganos y entidades estatales, así como la representación del Estado (artículo 252 de la Constitución Política). Con el nuevo modelo constitucional, se introdujeron 3 nuevas figuras que ejercen un control jurídicopolítico en las actuaciones estatales: El Tribunal Supremo Electoral, que tiene a su cargo todo lo relativo al ejercicio del sufragio, los derechos políticos, organizaciones políticas, autoridades y órganos electorales y el proceso electoral (artículo 223 de la Constitución Política); La Corte de Constitucionalidad, tribunal permanente, cuya función esencial es la defensa del orden constitucional (artículos 268 a 272 de la Constitución Política); y el Procurador de los Derechos Humanos (Ombudsman), como comisionado del Congreso de la República, para la defensa de las libertades básicas (artículos 274 a 275 de la Constitución Política). En cuanto a la división administrativa, el territorio de la República se divide para su manejo en 22 departamentos y estos a su vez en municipios, sin perjuicio de la búsqueda de nuevos sistemas de parcelamiento administrativo, atendiendo a criterios económicos, sociales y culturales (artículo 224 de la Constitución Política).

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La Ciudad de Guatemala y otras 333 Municipalidades son gobernadas por Alcaldes o Concejos electos popularmente

Para el ejercicio del gobierno, los municipios eligen democráticamente a sus autoridades. En los departamentos se da la representación del gobierno central a través de los gobernadores, quienes son nombrados por el Presidente de la República. Actualmente ha habido una búsqueda por parte de la sociedad civil para lograr la elección democrática de los gobernadores, para que estos sean elegidos desde los consejos de desarrollo o

tal y como se da el proceso electoral de las autoridades

municipales. Todas estas impresiones e intenciones empiezan, buscan o exigen una reforma al sistema político guatemalteco. Prima en la concepción de Estado el reconocimiento a la autonomía municipal, y los municipios tienen, entre otras funciones, las de: a) Elegir a sus propias autoridades; b) Obtener y disponer de sus recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. Como ente operativo, funciona el Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural, para la organización y coordinación de la administración pública; con los correspondientes Consejos Departamentales y Regionales en cada departamento y región de la República (artículos 225 y 226 de la Constitución Política). Finalmente, en cuanto al régimen tributario y financiero, es potestad del Congreso de la República decretar los impuestos, arbitrios y contribuciones especiales (artículo 239 de la Constitución Política) y se tiene a la “justicia social” como punto de apoyo del régimen económico y social de la República, con la obligación del Estado de orientar la economía nacional para lograr la utilización de los recursos naturales y el potencial humano, incrementar la riqueza, pleno empleo y equitativa distribución del ingreso nacional (artículo 118 de la Constitución Política).

Algunos elementos administrativos que surgen en el sistema político: El funcionamiento de las instituciones y órganos del sistema político. Organización y estructura de los partidos políticos El proceso electoral Centros de votación Módulo “B”

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Distritos electorales Padrones, Etc., El Tribunal Supremo Electoral deberá proceder a la división de cada padrón electoral municipal, tendiendo a criterios de residencia, acceso, distancia, seguridad, población y condiciones necesarias para la instalación d.e las juntas receptoras de votos. En los centros urbanos, el padrón electoral deberá garantizar a los ciudadanos emitir su voto en mesas instaladas en la zona en que residan. Como se puede ver, la funcionalidad del sistema político va muy ligado a la institucionalización del mismo, esto indica que en la medida en que se da una buena gestión se logrará un mejor Estado y modernización del aparato público.

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BIBLIOGRAFÍA La redacción del documento fue basada en artículo de la Organización de Estados Americanos (0EA) sobre el derecho administrativo.

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