SOLVENCIA II. Recordando qué es Solvencia II

COMUNICADO 30 DE ABRIL DE 2015 COM93815 SOLVENCIA II A todos nuestros Socios Comerciales: Recordando qué es Solvencia II… Como te informamos en agos

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COMUNICADO 30 DE ABRIL DE 2015 COM93815

SOLVENCIA II A todos nuestros Socios Comerciales: Recordando qué es Solvencia II…

Como te informamos en agosto de 2014, en el comunicado COM70714, Solvencia II es una directiva internacional a la que se suma México mediante la adopción de nuevas leyes que desde el 4 de abril de 2015 rigen al sector asegurador; la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas y la Circular Única de Seguros y Fianzas. El objetivo principal de Solvencia II es la adecuada cuantificación de riesgos para garantizar que las aseguradoras puedan hacer frente a todas sus obligaciones. También busca elevar los niveles de transparencia hacia nuestro regulador y hacia nuestros asegurados. ¿Cómo impacta Solvencia II en AXA Seguros México?

Riesgos Distribución

Contabilidad

Ajustadores

Actuaría

Gobierno Corporativo

TI

Transparencia

Medios Electrónicos Productos

Contratos

¿Cómo afecta Solvencia II en tu labor día a día como intermediario? Como parte de la transparencia y revelación de información que busca esta nueva ley, los usuarios del seguro deberán recibir diversos tipos de folletos informativos en diferentes momentos:

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Primero se tendrá un folleto de los derechos básicos del usuario del seguro. Este folleto es obligación de las instituciones, formará parte de la documentación contractual de todos los productos nuevos que registremos y deberá ser entregado a los asegurados junto con su póliza contratada. Los derechos básicos descritos en el folleto son: 1) Solicitar al intermediario que te ofrece el seguro que se identifique contigo. 2) Conocer el importe de la comisión o compensación que recibe el intermediario por la venta del seguro. 3) Recibir la información completa acerca de los términos, condiciones y exclusiones de tu seguro, las formas de conservar y dar término a la cobertura y la vigencia de tu póliza. 4) Si te practicas un examen médico para la contratación de tu póliza, AXA no podrá aplicar la cláusula de preexistencia respecto de la enfermedad o padecimiento relacionado al tipo de examen practicado.

Podrás

consultarlo

en

la

siguiente

ruta:

https://axa.mx/documents/10928/126724/derechos+del+asegurado/50b2ef59-47fa-4ca1-8b686ebfbb4a98d3

NOTA IMPORTANTE: Al formar parte de la documentación contractual, este folleto será registrado ante la CNSF y no podría alterarse.

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También, la Legislación impone a los intermediarios la obligación de informar a los solicitantes las responsabilidades que tienen como intermediarios, por lo que se entregará el folleto del agente, que lo deben recibir todos los solicitantes de un seguro y contiene una descripción general de las principales funciones y limitantes del intermediario: 1) No te puede solicitar o recibir dinero o contraprestación distinta de la comisión o compensación que reciba de la aseguradora, por los servicios de intermediación. 2) No te puede entregar recibos provisionales, informales o personales. 3) No te puede solicitar o recibir anticipos por concepto de la contratación del seguro o de una cobertura adicional. 4) Debe recomendar a la persona contratante, verificar que la documentación concuerde con la solicitud del seguro de su interés, así como que contenga, en su caso, el registro del producto ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. 5) Debe informarte que, en caso de algún incidente, carece de facultades para aceptar riesgos, suscribir o modificar pólizas. Para este folleto, nuestras autoridades les brindan libertad de diseño a los agentes y en AXA preparamos una propuesta que podrás utilizar y encontrar en la siguiente ruta: PORTAL AXA FÁCIL>>>>>COMUNICACIÓN>>>>>AXA/VOZ GENERALES

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Asimismo, existirá un folleto que el ajustador entregará a nuestros clientes en caso de un siniestro. Y por último se tendrá un folleto explicativo de salud, (en caso de aplicar), que es una obligación que tenemos las aseguradoras desde antes de la entrada en vigor de esta ley y simplemente se mantiene. Se entrega junto con la documentación contractual de los productos de salud. Debido a los cambios que establecen las nuevas leyes que rigen al sector asegurador, en AXA estamos adaptando nuestros procesos internos y al mismo tiempo, hemos trabajado para que como intermediario, tú también estés preparado frente a este cambio de ley, con los folletos que te hemos mencionado.

2) Para los agentes persona moral, también existen algunas novedades. Deberán cambiar sus estatutos para adecuarlos a la nueva ley. Para lo anterior, AXA les facilitará un proyecto de estatutos que cuenta con el visto bueno de la CNSF, por lo que podrán tener la certeza de que la propuesta que sometan a aprobación de la CNSF será aceptada.

La implementación de Solvencia II traerá solidez en la organización, operación y funcionamiento de las instituciones para salvaguardar los recursos e intereses de los asegurados y de la propia institución, debido a que:  

AXA cuenta con una importante ventaja frente a nuestros competidores al ser una Institución que se rige por estándares internacionales. Nuestro sistema vigente de Gobierno Corporativo se apega en gran medida a los nuevos requisitos de Solvencia II.

Ventajas de ser un agente o promotor que trabaja en AXA     

Colaborar en un grupo de reconocida solvencia y que se rige por estándares internacionales. Cumplir con los requerimientos de Solvencia II. Referencia en el mercado asegurador mexicano. Tranquilidad profesional. Clientes satisfechos.

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¡Próximamente te invitaremos a sesiones informativas de interés para la Fuerza de Ventas!, donde podrás conocer más detalles sobre Solvencia II. ¡No pierdas esta oportunidad! Para cualquier duda o aclaración, puedes enviar un correo a: [email protected]

Atentamente,

Fidel Álvarez Martínez Director Nacional de Agentes, Promotores y Venta Masiva

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