EXPEDIENTE PREVIO 1º. Solicitud matrimonial A. Escrita B. Firmada C. Explicada D. Probada 2º. Funcionario competente A. Juez encargado del Registro Civil B. Juez de Paz C. Agente Consular 3º. Publicación de la solicitud en la localidad (ha. dos años): A. Edictos y proclamas (ha. 25000 hab. 15 d.) B. Audiencia a conocidos (más 25.000 hab) 4º. Práctica de pruebas 5º. Auto A. Denegatorio: Recurso gubernativo B. Favorable: Celebración
Matrimonio en forma civil
FUNCIONARIO COMPETENTE
COMPETENCIA OBJETIVA Art. 51 CC
COMPETENCIA TERRITORIAL Art. 57 CC
Matrimonio en forma civil
COMPETENCIA OBJETIVA Art. 51 CC
JUEZ ENCARGADO DEL REGISTRO CIVIL Art. 46 RRC Juez de Primera Instancia
DELEGADO Art. 48 RRC Juez de Paz
ALCALDE
DELEGADO Concejal
FUNCIONARIO CONSULAR Arts. 10 y 21 LRC Art. 51 RRC
SECRETARIO DE LA EMBAJADA
Matrimonio en forma civil
COMPETENCIA TERRITORIAL Art. 57 CC
REGLA GENERAL Domicilio de los contrayentes
PETICIÓN
EXCEPCIONES Delegación
DE OFICIO
Matrimonio en forma civil
CELEBRACIÓN Art. 58 CC Art. 249 RRC
TESTIGOS Art. 57
RITUAL Art. 58 CC
Dos personas mayores de edad
Expresión de la voluntad
(Excepción: Art. 52 CC)
(Excepción: Art. 53 CC)
LECTURA Arts. 66, 67 y 68 CC Derechos y deberes
PREGUNTA ¿Quieren casarse? Consentimiento
DECLARACIÓN Matrimonio celebrado Acta matrimonial
Matrimonio en forma religiosa FORMA PLURAL Art. 49.2º CC Formas religiosas
FORMAS RELIGIOSAS Art. 59 CC Confesiones inscritas, normas acordadas o establecidas legalmente
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO CIVIL Art. 60 CC Producción de efectos civiles
Matrimonio en forma religiosa FORMAS RELIGIOSAS Art. 59 CC Confesiones inscritas, normas acordadas o establecidas legalmente
CATÓLICA
EVANGÉLICA
ISRAELITA
ISLÁMICA
Acuerdo S. S. 3 enero 1979
Ley 24/1992, 10 nov
Ley 25/1992, 10 nov
Ley 26/1992, 10 nov
Art. 7 Expediente previo Ministro del culto Dos testigos
Art. 7 Expediente previo Ministro del culto Dos testigos
Art. 7 Capacidad civil Dirigente religioso Dos testigos
Formas especiales de celebración del matrimonio. Matrimonio secreto MATRIMONIO SECRETO Art. 54 CC De conciencia
PROPUESTA SOLICITUD
DECISIÓN
Art. 267 RRC Justa causa DGRN
Ministerio de Justicia
Formas especiales de celebración del matrimonio. Matrimonio secreto 1º. Expediente tramitado reservadamente 2º. Celebración secreta 3º. Ausencia de edictos o proclamas 4º. Inscripción en un libro especial del Registro Civil Central 5º. Sin efectos frente a terceros hasta su revelación 6º. Revelación a través de traslación al Registro Civil ordinario A. Mutuo consenso entre los cónyuges. Arts. 79 LRC y 268 RRC B. Petición: 1º. Cónyuge supérstite 2º. Ordinario (Matrimonio canónico) 3º. DGRN (Violación de los deberes familiares)
Formas especiales de celebración del matrimonio. Matrimonio en peligro de muerte MATRIMONIO EN PELIGRO DE MUERTE Art. 52 CC In articulo mortis
CAUSAS
SUBJETIVAS Enfermedad, heridas…
OBJETIVAS Guerra, incendio…
Formas especiales de celebración del matrimonio. Matrimonio en peligro de muerte
1º. Ausencia de expediente previo (Art. 65 CC) 2º. Autorización: A. Juez responsable del Registro Civil B. Delegado del anterior C. Alcalde de la localidad D. Oficial o jefe superior inmediato (guerra o campaña) E. Capitán o comandante (naves o aeronaves) 3º. Dispensa del requisito de testigos (sólo si no es posible encontrar)
Matrimonio de españoles en el extranjero y de extranjeros en España
Remisión a Derecho Internacional Privado (Segundo cuatrimestre)
La inscripción del matrimonio en el Registro Civil y sus efectos
FIRMANTES Contrayentes, testigos, encargado del RC y secretario
La inscripción del matrimonio en el Registro Civil y sus efectos
M. RELIGIOSOS Art. 62 CC / Art. 73 LRC Acta matrimonial
M. CANÓNICO Art. VI A. 3 enero 1979 Arts. 60, 61 y 63 CC
M. NO CANÓNICOS Arts. 60 y 63 CC
La inscripción del matrimonio en el Registro Civil y sus efectos
NO INSCRIPCIÓN INSCRIPCIÓN TARDÍA Art. 61 CC
EFECTOS INTERPARTES
SÍ
EFECTOS TERCEROS DE BUENA FE
NO
La inscripción del matrimonio en el Registro Civil y sus efectos EFECTOS Art. 325 CC Prueba del estatus conyugal preconstituida, privilegiada, erga omnes