Tercero. Condiciones personales de los OBJETO DEL REGLAMENTO Y REQUISITOS PARA ACCEDER A LA OFERTA DE VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER

REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LISTA DE ESPERA PARA OPTAR A LAS VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE LA PROMOCIÓN DE SANTANDER - PE

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REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE LISTA DE ESPERA PARA

OPTAR A LAS VIVIENDAS EN RÉGIMEN DE ALQUILER DE LA PROMOCIÓN

DE SANTANDER - PEÑACASTILLO

OBJETO DEL REGLAMENTO Y REQUISITOS

Tercero. Condiciones personales de los

PARA

solicitantes

ACCEDER

A

LA

OFERTA

DE

VIVIENDAS EN RÉGIMENDEALQUILER 1. El solicitante deberá cumplir con las siguientes Primero. Reglamento

Objeto

condiciones:

del

i. Ser persona física, mayor de edad con los 18 1.

El presente Reglamento tiene por objeto regular

años

todos los aspectos relativos para obtener nueva

presentación de la solicitud.

lista de espera régimen

de

de

edad

cumplidos

en

la

fecha

de

y la adjudicación de viviendas en por

ii. Ser de nacionalidad española, o bien, teniendo

ARRENDAMENT IMMOBILIARI ASSEQUIBLE S.L.U.,

cualquier otra nacionalidad, ostentar permiso de

sociedades

a

adscritas

FUNDACIÓN PENSIONS

alquiler

a

BANCARIA DE

llevar la

a

cabo

Obra

CAIXA

BARCELONA,

Social

de

la

residencia de larga duración concedido por el

D´ESTALVIS

I

Estado español en el momento del inicio del plazo

“la

Caixa”

—en

de presentación de solicitudes.

adelante, “VIVIENDA ASEQUIBLE”— situado en la Calle Hermanos Calderón, 24.

iii. Disfrutar de plenas facultades civiles y no tener limitación alguna de la capacidad civil.

2.

Una vez finalizada la lista de espera obtenida de anteriores procesos, entrarán en vigencia las listas

iv. No ser titular de plena propiedad ni ostentar

de espera obtenidas mediante procedimiento de

ningún tipo de derecho de uso o disfrute sobre otra

adjudicación directa regulado en este Reglamento.

vivienda. Esta condición se deberá mantener en la fecha de firma del contrato. En el supuesto de un

3.

El orden de preferencia de las solicitudes aceptadas para este proceso, para cubrir las vacantes de la

solicitante que conviva con otra persona, dicha condición se extiende también a esta última.

promoción, vendrá determinado por la fecha y hora de presentación de solicitudes así como de la

2. El número máximo de miembros que integrarán la

acreditación de requisitos de acceso.

unidad familiar o de convivencia no podrá superar los 6 miembros, puesto que todas las viviendas son

4.

Este para

Reglamento todas

adjudicación

es

las de

de

obligado

personas las

que

viviendas

cumplimiento pretendan

la

régimen

de

en

alquiler asequible. 5.

Este Reglamento se publicará en el portal de

de 3 habitaciones.

Cuarto. Ingresos Máximos 1. Los ingresos determinantes del derecho de acceso

FUNDACIÓN

a la oferta del presente Reglamento se calcularán y

BANCARIA CAIXA D´ESTALVIS I PENSIONS DE

corregirán de conformidad con lo dispuesto en el

BARCELONA, “la Caixa”, y estará disponible en

artículo 8 del Decreto 68/2009 de 24 de septiembre

todas las oficinas de la citada entidad.

por que el que se regulan determinadas ayudas para

Internet

de

Obra

Social

de

la

favorecer el acceso a la vivienda en Cantabria Segundo. Viviendas y Anexos

durante el período 2009-2012.

La promoción consta de un total de 107 viviendas

2. Los ingresos máximos anuales corresponderán a

de las cuales 37 viviendas están en proceso de

4,5 veces el valor del IPREM, ponderados de acuerdo

construcción y está prevista la entrega durante el

con lo establecido en el apartado anterior.

1er trimestre de 2016. Para el ejercicio Cada una de las viviendas tiene asignada una plaza de aparcamiento y un trastero. Las plazas de aparcamiento y trastero estarán vinculadas a la vivienda de forma inseparable mientras dure el contrato de alquiler.

2014

no podrán superar

los

siguientes valores: Nº

Máximo

miembros

ingresos

Perceptores 1

43.010 € Página 1 de 7

2

44.142 €

se invalidarán todas las solicitudes excepto la que

3

45.335 €

sea objeto de revisión en ese momento.

4

46.594 €

5 o más

47.925 €

Cada solicitante podrá presentar únicamente una solicitud, en

caso

solicitud

anularan

se

que

presente todas

más

las

de

una

solicitudes

a

excepción de la primera presentada, que será la

Quinto. Cómputo de Ingresos

única válida a todos los efectos. A efectos de este reglamento, se considerarán ingresos de la unidad familiar o de convivencia los

Séptimo. Notificaciones

correspondientes al solicitante y, en su caso, los de las

personas

que

integrarán

su

unidad

de

1.

Las notificaciones relativas a la admisión de

solicitudes se llevarán a cabo mediante email que

convivencia.

recibirá el solicitante una vez haya registrado la Para

computar

referencia

el

los

ingresos

importe

neto

se de

tomará los

como

solicitud.

ingresos

percibidos en los 3 últimos meses, que procedan de

Los interesados también podrán consultar el estado

nóminas o prestaciones reconocidas a nivel estatal.

de su solicitud a través del buscador de solicitudes de la página web, introduciendo el número de

En el caso que se aportaran otros documentos

solicitud y el documento de identificación. En este

justificativos,

apartado los interesados podrán consultar el orden

se

computarán

los

ingresos

de preferencia de la solicitud, para optar a las

percibidos, en función de dichos documentos.

vacantes de vivienda, que vendrá determinado por la fecha y hora de registro de la solicitud.

EL PROCESO DE SOLICITUD Sexto. Formalización de la Solicitud

La información publicada en el apartado consulta tu

1. La solicitud se formalizará a través de la página

solicitud de la página Web será la única que

Web de Obra Social de la FUNDACIÓN BANCARIA

desplegará

CAIXA D´ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA,

notificación,

“la Caixa” www.laCaixa.es/ObraSocial.

telefónicas, por carta o por cualquier otro medio

todos

los

sin

efectos

que

legales

las

como

comunicaciones

que se realicen tengan este efecto. Se iniciará el periodo de presentación de solicitudes el 10/11/2014 y permanecerá abierto hasta tener

2. VIVIENDA ASEQUIBLE enviará la confirmación

cubiertas todas las viviendas y obtener una lista de

de

espera suficiente para cubrir las futuras vacantes

adjudicación en los siguientes casos:

de la promoción.

renuncia

a

continuar

con

el

proceso

de

aporte

la

En el momento que se cierre el

periodo de presentación de solicitudes se informará

-

Cuando

un

solicitante

y actualizará esta información en la web de Obra

documentación

Social.

máxima

requerida

establecida

no en por

la

fecha

Vivienda

Asequible. 2. El solicitante que presente su solicitud a través de Internet, una vez introducidos correctamente todos los datos

-

Cuando un solicitante no se

presente a

la firma del contrato de arrendamiento o la

podrá imprimir su solicitud en la

visita de la vivienda.

que figurará un número que le identificará a lo largo de todo el proceso. -

En caso que un solicitante manifieste su renuncia de forma verbal.

La fecha y hora de registro de la solicitud quedará guardada en el sistema y determinará el orden de preferencia de esa solicitud, para optar a las

-

Cuando el

solicitante aparezca en otra

vacantes de vivienda de esta convocatoria, siempre

solicitud de esta u otra promoción del

y

programa, como miembro de una unidad de

cuando

el

solicitante

haya

acreditado

los

requisitos de acceso.

convivencia, que ha obtenido la condición de arrendatario/a. En este caso se tramitará la

3. Cada solicitante sólo podrá presentar una única

renuncia de la solicitud en la que figura

solicitud. En el supuesto de que una persona

como titular.

aparezca en más de una solicitud, como solicitante o como persona con la que convivirá el solicitante,

3. El domicilio o dirección de correo electrónico de Página 2 de 7

notificaciones que se considerará el válido a todos

solicitudes, iniciará su tramitación y los solicitantes

los efectos será el que conste en el impreso de

podrán consultar el estado de su solicitud a través

solicitud. Se entenderá correctamente practicada, a

de nuestra página web www.laCaixa.es/ObraSocial.

todos los efectos, la notificación que se lleve a cabo en este domicilio o dirección de correo electrónico,

2. El solicitante será el único responsable de

con independencia de su resultado. Si por cualquier

verificar

circunstancia el solicitante deseara cambiar de

denegada consultando su estado a través del

domicilio,

apartado “Consulta el estado de tu Solicitud” de la

correo

electrónico,

o

teléfono

de

contacto, deberá comunicarlo al teléfono que se

si

su

solicitud

ha

sido

aceptada

o

página Web.

indicará en el impreso de la solicitud siguiendo las oportunas instrucciones.

En caso de que el solicitante quiera modificar los datos de contacto de la solicitud, tendrá que enviar

Octavo. Gestión facilitados

de

los

datos

un escrito a VIVIENDA ASEQUIBLE, informando de su número de solicitud y los datos a modificar. El

1. En cumplimiento de la Ley Orgánica 15/99, de 13

de

diciembre, de

Protección de Datos de

Carácter Personal (LOPD), se informa al solicitante de que los datos facilitados serán incluidos en un fichero

mixto

cuyo

responsable

es

VIVIENDA

ASEQUIBLE, con la finalidad de poder tramitar la solicitud de vivienda de protección pública en régimen de alquiler. Asimismo, se informa de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación de los datos personales o

revocar

el

consentimiento

otorgado

en

la

solicitud, en los términos y condiciones previstos en

la

LOPD,

mediante

un

escrito

dirigido

a

VIVIENDA ASEQUIBLE, con domicilio en la calle

escrito tendrá que ir acompañado de fotocopia del DNI/NIE del solicitante a efectos de comprobar su identidad. El escrito de modificación de datos se podrán hacer llegar

utilizando

el

formulario

de

Atención

al

Usuario de la Web de Obra Social de la FUNDACIÓN BANCARIA CAIXA D´ESTALVIS I PENSIONS DE BARCELONA, “la Caixa” (Vivienda Asequible) o bien a

través

de

correo

ordinario

a

VIVIENDA

ASEQUIBLE, con domicilio en la calle Roger de Flor, 193 Bajos, 08013 de Barcelona. Décimo. Gestión espera

de la Lista

de

Roger de Flor, nº 193, Bajos, 08013 de Barcelona. 1. Las viviendas que queden libres se asignarán al 2. El solicitante autorizará a VIVIENDA ASEQUIBLE

primer solicitante de la lista de espera por riguroso

para que pueda comunicar sus datos personales

orden de registro de solicitud (Fecha y hora) y

facilitados a cualquier Administración o Organismo

acreditación de los requisitos de acceso.

Público con competencias en materia de vivienda o urbanismo que así lo requiera en virtud de la

2. En el momento que haya una vacante, ya sea

normativa vigente en su momento.

por descarte o renuncia en cualquier momento del proceso, se comunicará al solicitante de mejor

3. El solicitante también autorizará a VIVIENDA

rango de la lista de espera citándolo para que

ASEQUIBLE

para

FUNDACIÓN

BANCARIA

que

pueda CAIXA

comunicar

a

aporte

D´ESTALVIS

I

determinada.

la

documentación

antes

de

una

fecha

PENSIONS DE BARCELONA, “la Caixa” sus datos de carácter

personal,

a

fin

de

proporcionar

3. Con la finalidad de cubrir futuras vacantes de

información, en nombre de VIVIENDA ASEQUIBLE,

vivienda, se requerirá a los integrantes de la lista

del estado de su solicitud a aquellos solicitantes que

de espera, para que en una fecha máxima fijada

lo requieran en cualquier oficina de CaixaBank S.A.

por

VIVIENDA

documentación

ASEQUIBLE, señalada

en

Así mismo el solicitante también autorizará a todas

Reglamento,

referida

al

las

presentación

de

solicitud,

compañías

relacionadas

con

VIVIENDA

la

aporten el

momento

la

presente de

la

excepto

la

ASEQUIBLE para que pueda disponer de sus datos

documentación relativa a los ingresos. La omisión

personales para poder gestionar su solicitud y

o

preparar su contrato de alquiler.

documentos será causa de rechazo automático del

falsedad

de

cualquiera

de

los

referidos

solicitante. Noveno. Admisión Solicitudes 1.

VIVIENDA

de

las

ASEQUIBLE, conforme

En caso reciba

las

que

no

se

aporte

la documentación

requerida, en la fecha establecida por VIVIENDA ASEQUIBLE,

se

entenderá

su

RENUNCIA Página 3 de 7

a

continuar con el proceso de adjudicación.

acreditativo

de

minusvalía

expedido

por

la

administración pública competente en la materia. 4.

VIVIENDA

ASEQUIBLE

podrá

proceder

a

actualizar de forma periódica la lista de espera de

a.3) Declaración jurada conforme no es titular de

esta promoción, requiriendo

otra vivienda.

por

escrito

a los

integrantes de esta lista, su confirmación para continuar en el proceso de adjudicación, así como

a.4)

la actualización de sus datos de contacto.

miembros

Declaración

jurada

que

informando

compondrán

su

de

los

unidad

de

convivencia y en la que se acredite el estado civil. En caso que VIVIENDA ASEQUIBLE no reciba la confirmación de este escrito antes de la fecha

3.

establecida,

solicitante

se

entenderá

que

el

interesado

Para

la

acreditación deberá

de

los

ingresos

aportar

la

del

siguiente

RENUNCIA a seguir en la lista de favorecidos y por

documentación relativa a los 3 últimos meses (a

tanto ya no podrá optar a ninguna vivienda de esta

contar

promoción.

documentación para verificar el cumplimiento de

desde

la

fecha

de

petición

de

la

los requisitos de acceso): Cualquier integrante de la lista de favorecidos podrá solicitar su remoción, mediante la oportuna

-

solicitud

nóminas

por

escrito

y

debidamente

firmada

Trabajador

por cuenta

entregada a VIVIENDA ASEQUIBLE en la calle

- Autónomos:

Roger de Flor, 193 Bajos, 08013 de Barcelona.

IRPF.

Última

- Pensionistas: 5. Las listas de espera a que se refiere este

por

Reglamento,

mensual.

obtengan

estarán

nuevas

en

listas

vigor fruto

hasta de

que

una

se

nueva

convocatoria.

el

ajena:

declaración

Certificado

INSS,

3

donde

se

últimas

trimestral de

actualizado expedido detalle

la

percepción

- Parados: Certificado actualizado de la prestación del INEM, debe constar periodo de prestación en importe mensual de esta.

DE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y DE LACONDICIÓNDE ADJUDICATARIO

- Pensión manutención: Sentencia Judicial. - Becarios: Los 3 últimos recibos con ingreso de la percepción.

Decimoprimero. De la documentación a

- Empleada del hogar: Certificado de la percepción

presentar

de los 3 últimos meses.

y

la

adjudicación

de

una

vivienda concreta 4. Todos los solicitantes y las personas con quienes 1. La condición de adjudicatario se obtendrá,

convivan deberán aportar, en el momento de la

cuando requisitos

se

acredite

el

establecidos

Adjudicación,

con

cumplimiento en

la

el

de

los

recogida

Reglamento

de

documentos

aportación

de

la

de

la a

documentación, fin

de

los

acreditar

suficientes

que

siguen

manteniendo el nivel de ingresos establecido.

documentación descrita en este artículo. 5. Los solicitantes que vayan a convivir con otra/s 2. La documentación que deberán entregar los solicitantes es la señalada a continuación:

persona/s

deberán

presentar,

toda

la

documentación exigida referida tanto al solicitante como a la persona con quien convivirá.

A. Los solicitantes que no vayan a convivir con otra persona/s, deberán presentar:

6. En cualquier caso, VIVIENDA ASEQUIBLE podrá requerir de oficio cualquier otra documentación que

a.1)

Fotocopia

del

Documento

Nacional

de

estime

conveniente, así como

tramitar

por



Identidad, o el equivalente en el caso de personas

misma las gestiones que resulten precisas para

de un Estado miembro de la Unión Europea. En el

comprobar

supuesto de solicitantes favorecidos de un Estado

establecidos en el presente Reglamento.

el

cumplimiento

de

los

requisitos

no miembro de la Unión Europea, deberán aportar fotocopia compulsada por algún organismo oficial

7. La no aportación de la documentación señalada

del permiso de residencia permanente o de larga

en este artículo en el plazo estipulado en la

duración.

comunicación

supondrá

el

solicitante

continuar

con

a

desistimiento el

proceso

del de

a.2) En el supuesto de que el solicitante tenga

adjudicación, entendiendo en ese momento que el

reconocido algún grado de minusvalía, certificado

solicitante renuncia a la vivienda. Página 4 de 7

contrato de arrendamiento, informándole del día y Decimosegundo.

La

revisión

de

la

documentación

la hora para su formalización. En caso de no presentarse en el lugar, día y hora señalados, perderá su condición de adjudicatario y todos los

1. Una vez revisada la documentación por el

derechos

Comité

arrendamiento.

de

Adjudicaciones,

se

publicará

su

para

suscribir

el

contrato

de

resultado en el portal de Internet de Obra Social de la FUNDACIÓN BANCARIA CAIXA D´ESTALVIS I

El titular del contrato de alquiler será la persona

PENSIONS DE BARCELONA, “la Caixa” apartado

que haya realizado la solicitud, constarán el resto

Vivienda

Social

-

“Consulta

Solicitud”. Esta resolución

el

será

estado definitiva

de

tu

de miembros de la unidad de convivencia como

y

no

miembros con los que convive.

podrá ser impugnada. 2.

Se

establece

un

seguro

de

caución

como

2. En el caso que el solicitante, una vez revisada la

garantía

documentación

económicas del arrendatario derivadas del contrato

no

cumpla

con

los

requisitos,

del

cumplimiento

de

las

obligaciones

de alquiler. El importe anual establecido para 2014

quedará descartado.

por este concepto es de 100€ cuando la renta 3. Si de la documentación aportada se apreciara que el solicitante favorecido faltó a la verdad en su solicitud, será descartado.

(incluidos gastos de comunidad e Ibi), sea superior o igual a 375 €/mes, para el resto de casos el importe anual se establece en 75 €. Con la finalidad de facilitar el pago de esta se

Decimotercero.

De

la

condición de

adjudicatario

forma mensual y se reflejará como concepto a

1. La condición de adjudicatario se obtendrá una vez se haya presentado toda la documentación requerida y el Comité de Adjudicaciones haya aprobado

que

establece que el pago de este importe se hará de

con

la

misma

se

acredita

el

cumplimiento de las condiciones de adjudicación.

parte del recibo de alquiler. 3. En el momento de la suscripción del contrato, el arrendatario deberá aportar: -

El

importe

de

equivalente a

2. En el supuesto de que el solicitante, una vez

la

revisada la documentación, no cumpla con los

renta,

la

fianza,

una

que

será

mensualidad

de

de conformidad con el artículo

36 de la LAU, cantidad que será depositada

requisitos, quedará descartado.

en el correspondiente organismo designado por la Comunidad de Madrid

3. La condición de adjudicatario dará derecho a concertar el contrato de alquiler en las condiciones

- El importe de la primera mensualidad y de

que se establecen a continuación.

los gastos de comunidad, i del seguro de 4. No obstante lo anterior, en cualquier fase del

caución, así como los gastos que pueda

proceso, el Comité de Adjudicaciones, atendiendo a

ocasionar

causas

correspondientes

razonablemente

justificadas,

podrá

la

liquidación al

de

impuestos

contrato

de

arrendamiento.

considerar la baja automática de algún solicitante o adjudicatario en el proceso si estas circunstancias de orden laboral, económico o personal pudieran comportar un cambio sustancial o incumplimiento en

algunos

requisitos

establecidos

en

este

Reglamento, o bien dificultaran o impidieran el cumplimiento

de

las

futuras

obligaciones

contractuales y Reglamento de Régimen Interior. EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Decimocuarto. La subscripción del contrato de alquiler 1. Se citará al adjudicatario para suscribir el

-

Cheque

bancario

por

importe

de

2

mensualidades de la renta, más gastos generales e ibi, como garantía por posibles reparaciones que se tuvieran que realizar por el uso y disfrute de la vivienda o por incumplimiento del contrato de alquiler. La no aportación de cualquiera de los citados importes supondrá la pérdida de la condición de adjudicatario y de todos los derechos para suscribir el contrato de arrendamiento. Decimoquinto. Condiciones generales del Página 5 de 7

anualmente de conformidad con el incremento del

contrato

IPC

anual

y

se

incrementarán

con

los

1. El contrato de arrendamiento supondrá la cesión

correspondientes impuestos y con los gastos de

de la vivienda al adjudicatario por un plazo de 5

conservación generales, de reparación y de servicios

años.

individuales.

En los contratos que se firmen transcurridos cinco

7. El contrato tipo estará a disposición de todos los

años del inicio de la explotación del edificio se

adjudicatarios

aplicará la renta de acuerdo con la normativa de

www.laCaixa.es/ObraSocial

vivienda protegida vigente que como referencia se

Social.

en

el

portal

de

Internet

apartado

Vivienda

aplica. Sin embargo, la arrendadora por méritos de su

carácter

benéfico-social

aplicará

al

nuevo

contrato de arrendamiento un incremento limitado a

un

25%

sobre

la

renta

satisfecha

por

Decimosexto. Derecho de inspección de la viviendaarrendada

el

arrendatario durante el último año de vigencia

1. Durante la vida del contrato de arrendamiento, VIVIENDA

contractual.

ASEQUIBLE

tendrá

derecho

a

inspeccionar los inmuebles en cualquier momento, a

comunicándolo previamente, a fin de verificar el

vivienda habitual de la persona o de la unidad

estado de la vivienda y que la ocupación de la

familiar adjudicataria, sin que se acepte para la

misma cumple con los requisitos del presente

misma otro destino.

Reglamento.

3. El arrendatario deberá ocupar la vivienda en un

Decimoséptimo. Causas de resolución del

plazo máximo de tres meses desde la formalización

contratodearrendamiento

2.

La

vivienda

alquilada

deberá

destinarse

del contrato de arrendamiento, que coincidirá con la correspondiente entrega de llaves.

1. Con independencia de las causas de resolución

4. El arrendatario no podrá, en ningún caso, subarrendar

ni

parcialmente.

ceder

el

Asimismo,

contrato, no

podrá

ni

total

ni

permitir

la

convivencia de otras personas en la vivienda, si no se trata de su cónyuge, su pareja de hecho o la persona con quien conviva hasta el segundo grado de parentesco.

arrendatario tuviera que convivir con personas no comprendidas en los citados supuestos, deberá solicitar autorización a VIVIENDA ASEQUIBLE, que, las

autorizar

que

circunstancias dicha

persona

del

caso,

conviva

podrá con

el

arrendatario en la vivienda.

estipulan

en

serán

el

contrato

causa

de

tipo

de

resolución

del

contrato: i.

El

incumplimiento

condiciones

fijadas

de

en

cualquiera

este

de

Reglamento

las para

convertirse en adjudicatario de una vivienda, en

bancaria

en

aportación de documentación. En estos casos, VIVIENDA ASEQUIBLE en cualquier momento que constate

la

citada

falsedad,

podrá

resolver

inmediatamente el contrato de arrendamiento. ii. Que en la vivienda residan personas diferentes de las que figuran en el contrato de arrendamiento, o de las que posteriormente a la firma del contrato

5. El pago de la renta deberá efectuarse mediante domiciliación

se

arrendamiento,

especial la falsedad en las solicitudes y en la

Asimismo, si por circunstancias sobrevenidas el

valorando

que

CaixaBank,

S.A.

de arrendamiento autorice VIVIENDA ASEQUIBLE. 2. Si se diera cualquiera de estas circunstancias, el

Asimismo,

el arrendatario deberá domiciliar la

contrato

nómina o

pensión en una cuenta

abierta en

quedando obligado el solicitante a desalojar la

cualquier oficina de la entidad CaixaBank, S.A. En

vivienda, dejando la misma en perfecto estado de

caso de que, por cuestiones ajenas al adjudicatario,

conservación y libre de cargas, obligaciones y

no pudiera domiciliar la nómina o pensión en la

deudas

citada entidad, deberá aportar justificación de la

procedente indemnización por daños o perjuicios

existencia

ocasionados.

parte

de

de dicha causa, con la posibilidad por VIVIENDA

ASEQUIBLE

de

quedaría

de

resuelto

automáticamente,

cualquier tipo, sin perjuicio

de

la

exigir

periódicamente al arrendatario justificación de sus

3.

ingresos.

composición

Los

cambios

sobrevenidos

patrimonial

de

posteriores

renta

y

a

la

suscripción del contrato de arrendamiento no serán 6. La renta mensual del contrato se actualizará

causa de resolución. Página 6 de 7

DISPOSICIONES GENERALES Decimoctavo. Finalización de los contratos de arrendamiento Reglamento

Decimonoveno. Vigencia y modificaciones del Reglamento

1. Quince días antes de la finalización del contrato,

1. Este Reglamento formará parte del clausulado el

los arrendatarios deberán permitir que VIVIENDA

contrato

ASEQUIBLE inspeccione la vivienda, con la finalidad

deberán cumplirlo obligatoriamente.

de

arrendamiento

y

los

arrendatarios

de comprobar su estado. 2. En todo lo que no prevé este Reglamento, serán 2. Una vez las viviendas queden libres, se procederá

de aplicación subsidiaria las previsiones del contrato.

a gestionar la lista de espera. En caso de que la lista

En su defecto, serán de aplicación las disposiciones

de espera se haya agotado o haya caducado se

legales

realizará un proceso de adjudicación análogo al

Arrendamientos Urbanos.

aplicables,

en

especial

la

Ley

de

establecido en el presente Reglamento. 3. VIVIENDA ASEQUIBLE se reserva el derecho de modificar el contenido del presente Reglamento, para

adaptarlo

a

las

exigencias

derivadas

de

cambios de normativa, o porque lo requiera la Administración,

o

por

cambios

sociales

o

por

circunstancias no previstas o extraordinarias que aconsejen

la

modificación

del

texto.

Las

modificaciones serán debidamente publicadas Barcelona, 20 de octubre de 2014

Página 7 de 7

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