UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS

UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS 7 de junio de 2011 Concepto de UTE UTE es un acrónimo que se usa para hacer alusión a una Unión Temporal de Empresas.
Author:  José Ríos Páez

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UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS

7 de junio de 2011

Concepto de UTE UTE es un acrónimo que se usa para hacer alusión a una Unión Temporal de Empresas. Se trata de un sistema por el cual dos o más empresas se unen para realizar una obra o prestar un servicio determinado; se constituyen como una única empresa temporalmente mientras dure la obra o el servicio que las ha unido. Como es fácil imaginar, no se unen para vender un yogur o un paquete de gusanitos, se unen para acometer una actividad de notable envergadura. Aunque no tienen personalidad jurídica, se les concede un NIF que les permite operar en el tráfico mercantil. IDEAS GENERALES

especie de sociedad temporal llamada UTE para cogerla entre todos.

Desde el punto de vista económico estas estructuras empresariales revisten una gran importancia. Un ejemplo relativamente reciente lo encontramos en las adjudicaciones de la Administración Central para la construcción del Tren de Alta Velocidad hasta Barcelona. De la totalidad de tramos contratados, más del 70% han sido construidos mediante Uniones Temporales de Empresas. Lo mismo ha ocurrido con las adjudicaciones relacionadas con el Plan E hace ahora algo más de un año, aunque en este caso desconozco el porcentaje que han representado. La colaboración entre empresas se realiza de este modo de una forma muy fluida y eficaz. La idea, por consiguiente, es muy simple: si yo solo no puedo acceder a una determinada obra por su volumen, creo con otros empresarios una

Sería un error pensar que las UTES son estructuras reservadas exclusivamente para las grandes empresas. “Esto es cosa de multinacionales...” Pues no, no es así. Es más, la idea es precisamente la contraria: facilitar la competitividad entre las grandes compañías y las de tamaño medio o pequeño, ya que estas últimas, no podrían presentar su candidatura en la concesión de ciertas obras si no se unieran entre ellas para aportar los medios técnicos y la financiación de forma conjunta. Quienes tenemos una empresa grande normalmente no necesitamos unirnos a nadie salvo que se trate de un megaproyecto, de ahí que la UTE sea muchas veces la solución para quienes la tenéis pequeña o mediana. En definitiva, que se trata de una

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fórmula muy habitual y que la puede usar todo tipo de empresas.

La duración de la UTE no se especifica en la Ley. Se supone que durará lo que dure la actividad que haya provocado su constitución. Eso sí, conviene saber que la duración máxima es de 10 años. Si este plazo se supera, se deberá solicitar al Ministerio de Economía y Hacienda las prórrogas que sean necesarias, aceptándolas o denegándolas según su criterio. Pero bueno, no es habitual que una UTE dure más de 10 años.

El objetivo de estas uniones es el desarrollo o ejecución de una obra, un servicio o un suministro determinado, tal y como he expresado anteriormente, aunque el sector de la economía que las utiliza con más profusión es el de la construcción. Rectifico: el sector de la economía que las UTILIZABA con más profusión era el de la construcción. Este sector, en los tiempos actuales, ha dejado un tanto de lado a las UTES y se ha especializado en el concurso de acreedores y en los expedientes de regulación de empleo.

En el caso de denegación de la prórroga, el régimen fiscal variará, pasando de la transparencia fiscal que ahora veremos de qué se trata- al régimen general del Impuesto sobre Sociedades.

Los socios legitimados para entrar a formar parte de una UTE pueden ser personas físicas o personas jurídicas, o sea, todo el mundo, es más, ni siquiera es necesario que sean residentes en España.

CÓMO SE CREA UNA UTE La creación de una UTE requiere la intervención notarial para la elevación a escritura pública del acuerdo fundacional o estatutario. O sea, para crear una UTE lo primero que hemos de hacer es ir al notario para que eleve a escritura pública

¿Una sociedad creada y establecida en otro país puede crear con otros socios una UTE en España? Sí, por supuesto. Lo más habitual es que la formen sociedades españolas o empresarios individuales autóctonos, pero ya he dicho que pueden ser personas físicas o jurídicas, y que pueden ser residentes o no en España.

- El acuerdo entre las partes, es decir el contrato de sociedad - Y los estatutos que van a regir la actividad de la sociedad 2

Estos estatutos deben contener como mínimo

hagamos una idea, la transparencia fiscal es un régimen muy parecido al de atribución de rentas que siguen las sociedades civiles, comunidades de bienes y herencias yacentes.

• el objeto social de la misma, • los socios que la integran,

Primer paso

• la duración,

Calcularemos la base imponible de la UTE siguiendo las reglas ya estudiadas en el impuesto sobre s o c i e d a d e s . O p e ra r e m o s , p o r consiguiente, como si se tratase de una sociedad sometida al régimen general.

• el domicilio social, • el detalle de aportaciones iniciales si las hubiera así como el porcentaje participación de cada empresa o empresario dentro de la propia UTE, junto con el hipotético reparto de pérdidas o ganacias que se vaya a llevar a cabo en un futuro.

Segundo paso

La responsabilidad de la unión temporal de empresas recae solidaria e ilimitadamente sobre los socios integrantes de la UTE. Este punto es importante y diferenciador sobre las agrupaciones de interés económico, que son estructuras jurídicas similiares que si gozan de personalidad jurídica propia.

Una vez realizada esta operación, la base imponible que resulte de la UTE, tanto positivas como negativas, se imputarán a los partícipes de la misma en la proporción de participación que figure en los estatutos sociales, o en su defecto, en la aportación efectuada al Fondo Operativo al comenzar las operaciones. La imputación de la base resultante se hará en la base imponible de la declaración del Impuesto sobre Sociedades de la sociedad partícipe. A tal efecto, usaremos la casilla 375 de la declaración de sociedades. Esta casilla la emplea la sociedad integrante de la UTE. Es parecido a lo que hacíamos en las declaraciones de IRPF cuando le imputábamos al socio la parte del rendimiento de la sociedad civil.

RÉGIMEN TRIBUTARIO

Tercer paso

Como hemos apuntado, el régimen fiscal de las UTE es el de transparencia fiscal. Para que nos

Si la UTE ha repartido beneficios entre los miembros que la componen, éstos se contabilizan como ingreso pero se

Cuando tengamos la escritura, hay que solicitar el NIF en Hacienda. No hay que preocuparse del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales modalidad Operaciones Societarias porque está exenta su creación. La UTE tiene que constar inscrita también en el Registro Mercantil, pero esta inscripción no le otorga personalidad jurídica propia.

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encuentran exentos del impuesto sobre sociedades, de modo que haremos un ajuste negativo con la casilla 376.

seguidamente ( téngase en cuenta que la solicitud tiene que realizarse una vez ha sido otorgada la escritura pública de constitución de la UTE en la correspondiente notaría:

Cuarto paso 1. Copia de la Escritura de Constitución. Hay que ir al notario. 2. Fotocopia de la solicitud del código de Identificación Fiscal Con la escritura nos vamos a Hacienda y pedimos un NIF provisional con un 036 3. Fotocopia del impreso de autoliquidación del Impuesto sobre Tr a n s m i s i o n e s Pa t r i m o n i a l e s , m o d a l i d a d Operaciones Societarias, aunque ya hemos dicho que está exenta. 4. Vo l ve m o s a H a c i e n d a y solicitamos el NIF definitivo y declaramos el inicio de actividad con el 036. Hay que indicar el epígrafe IAE de la actividad.

Si la UTE tiene derecho a bonificaciones o deducciones en cuota, éstas se imputarán también en la cuota íntegra del socio en la proporción que venga determinada por los Estatutos Sociales de la UTE, tal y como se ha visto para la integración de la base imponible. Vamos a suponer que la UTE tiene derecho a una deducción en la cuota de 1.000 euros, y mi sociedad participa en el 50%. Pues mi sociedad se deducirá en la cuota íntegra 500 euros. REGISTRO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA PARA LAS UTES La UTE puede disfrutar de este régimen de transparencia fiscal, siempre que esté incluida en el registro especial que tiene el Ministerio de Hacienda para este tipo de asociación de empresas. Es de reseñar también que la actividad de las empresas que forman la UTE, no tiene por qué coincidir con la actividad o servicio que vaya a desarrollar esta última.

Pues bien, una vez que tengamos toda esta documentación, presentamos un escrito en el registro de la delegación de Hacienda del domicilio de la UTE pidiendo la inscripción en el registro. Una vez aceptada su inscripción en el registro especial, pasará a tributar en régimen de transparencia fiscal, aún cuando todos los partícipes sean personas jurídicas.

Los requisitos que son necesarios y que hay que enviar para solicitar la inscripción en el registro del Ministerio de Economía y Hacienda son los que vamos a enumerar

Si en algún momento de la existencia de la UTE, ésta realizara operaciones 4

diferentes a aquellas para las cuales se constituyó, perdería este régimen de tributación especial y pasaría, desde el ejercicio en que se empezaron las actuaciones diferentes, a tributar según el régimen general del Impuesto sobre Sociedades.

proceda a darla de baja del registro especial.

Debemos señalar que estas condiciones son exclusivas para las empresas cuya residencia sea el territorio nacional.

valor de mercado del bien - valor contable

Recordad que cuando se disuelve una sociedad y se realizan adjudicaciones en especie, hay que realizar ajustes que se calculan así

Esto se hará en la base imponible de la UTE y luego se imputa al socio la parte que le corresponda de esa última base imponible.

SOCIOS NO RESIDENTES Si alguno de los miembros de la UTE fuera una empresa establecida en el extranjero, la UTE tributaría por el Impuesto sobre Sociedades en la proporción que participara en ella la empresa no residente. También se tendrá la obligación de retener cuando los rendimientos sean satisfechos a la empresa miembro residente en el extranjero ya que éstos no estarían exentos.

PARA TERMINAR... Y para terminar, una idea muy imortante. La UTE en sí, como entidad, presenta la declaración de sociedades, pero como su base imponible se la imputan los socios en los términos ya analizados, la cuota que resulta a pagar es 0. Diremos que se trata de una UTE en la casilla 13. Especial importancia va a tener la página 21 de la declaración, porque en ella expresaremos datos sobre los socios y otros asuntos de interés. Echadle un vistazo.

LAS UTES Y EL IVA La UTE se comporta con relación al IVA como cualquier otra sociedad, de modo que presenta su 303, su 390, etcétera. No tiene ningún régimen especial.

Por supuesto, como ya hemos dicho, si uno de los socios no tiene la residencia en España, en la parte proporcional a la participación de éste la UTE actúa como una sociedad absolutamente normal. Si la mitad de la UTE corresponde a una sociedad holandesa, la mitad del resultado de la UTE se somete al régimen de transparencia fiscal o atribución de rentas y la otra mitad al régimen general, de modo que la cuota ya no le va a salir 0.

FIN DE LA UTE Para finalizar, y una vez efectuada la obra o servicio para el cual fue constituida la UTE, la finalización de la actividad de la misma debe formalizarse en escritura pública, que debe comunicarse al Ministerio de Economía y Hacienda para que se 5

Un fuerte abrazo. Espero que se entienda bien.

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