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UNIVERSIDAD VERACRUZANA Facultad de Contaduría y Administración
Informe sobre el control interno relacionado NORMAS DE REVISIÓN
MONOGRAFÍA
Para obtener el Título de:
Licenciado en Contaduría
Presenta:
Guadalupe Mora Hernández Asesor:
M.A.P. Alicia Eguía Casis
Xalapa-Enríquez, Veracruz
Junio 2011
UNIVERSIDAD VERACRUZANA Facultad de Contaduría y Administración
Informe sobre el control interno relacionado NORMAS DE REVISIÓN
MONOGRAFÍA
Para obtener el Título de:
Licenciado en Contaduría
Presenta:
Guadalupe Mora Hernández Asesor:
M.A.P. Alicia Eguía Casis
Xalapa-Enríquez, Veracruz
Junio 2011
DEDICATORIAS Con orgullo, admiración, carrillo y amor a mis padres Martin Mora Landa y María Ramos Hernández Hernández, por todas sus dedicaciones y apoyo en cada una de las etapas de mi vida, especialmente por orientarme a lograr la superación como persona y como profesionista, por darme las herramientas necesarias para enfrentarme a todos los rectos de la vida. Por su amor y cariño Muchas Gracias
Con amor para mis hermanos Martin, Carlos, Alex Enrique; que siempre están hay cuando más falta me hacen.
Con respeto y cariño a mi asesora Alicia Erguía Casis, por su apoyo y compromiso conmigo para poder desarrollar este trabajo, por todas las enseñanzas que me brindo, de corazón gracias
Con respeto y cariño a mis sinodales: Dr. Jerónimo Domingo Ricardez Jiménez y el C. P. Héctor Vargas merino, por su apoyo, y comprensión en la aprobación de este trabajo
Y sobre todo a mi Morenita Hermosa que nunca me desampara, que siempre esta a mi lado, mostrándome el camino que debo seguir gracias mi virgencita, gracias mi virgen de Guadalupe
ÍNDICE RESUMEN .............................................................................................................. 1 INTRODUCCION .................................................................................................... 2
CAPÍTULO I. ASPECTOS GENERALES DE LA AUDITORÍA ................................ 7
1. Concepto de Auditoría .............................................................................. 8 2. Antecedentes Históricos ........................................................................... 9 3. Marco Referencial ................................................................................... 12 3.1 Origen de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas ... 12 3.2 Objetivos .................................................................................... 14 3.3 Clasificación de sus boletines .................................................... 15 4. Clasificación de la Auditoría .................................................................... 17 4.1 Auditoría Financiera ................................................................... 22 4.1.1 Objetivos de la Auditoría Financiera ............................. 22 4.1.2 Usuarios de la Información Financiera.......................... 23 4.2 Auditoría de Gestión................................................................... 24 4.2.1 Objetivos de la Auditoría de Gestión............................. 25 4.3 Auditoría de Cumplimiento ......................................................... 27 4.3.1 Objetivos ...................................................................... 28 5. Código de Ética Profesional .................................................................... 28 5.1 Postulados aplicables a los servicios de Auditoría ..................... 29
CAPÍTULO II. NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS Y NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA ................................................ 35
1. Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) .............. 36 1.1 Origen......................................................................................... 36 1.2 Integración de la comisión .......................................................... 36 1.2.1 Requisitos para ser miembro de la CONAA ................. 37 II
2. Normas de Auditoría ............................................................................... 37 2.1 Definición.................................................................................... 39 2.2 Proceso de auscultación ............................................................ 39 2.3 Clasificación ............................................................................... 40 2.3.1 Normas personales ...................................................... 40 2.3.1.1
Entrenamiento
técnico
y
capacidad
profesional .................................................................. 41 2.3.1.2 Cuidado y diligencia profesional ..................... 42 2.3.1.3 Independencia ................................................ 43 2.3.2 Normas de ejecución de trabajo .................................. 43 2.3.2.1 Planeación y supervisión ................................ 44 2.3.2.2 Estudio y evaluación del Control Interno ........ 45 2.3.2.3 Obtención de
la evidencia suficiente y
competente ................................................................ 46 2.3.3 Normas de Información ................................................ 47 3. Normas Internacionales de Auditoría ...................................................... 51 3.1 Adopción de las NIA en México.................................................. 54 3.1.1 Inicio de la Vigencia de las NIA en México .................. 55 3.1.2 Participación del IMCP en el proceso de auscultación de las NIA .................................................................................. 57 3.1.3 Vigencia de las NAGAS ............................................... 57
CAPÍTULO III NORMAS DE REVISIÓN ................................................................ 59
1. Creación de las Normas de Revisión ...................................................... 60 2. Normas de Revisión................................................................................ 62 2.1 Revisión de estados financieros ................................................. 63 2.1.1 Objetivos de una revisión ............................................. 63 2.1.2 Trabajo de Revisión ..................................................... 63 2.1.3 Términos de trabajo ..................................................... 64 2.1.4 Planeación ................................................................... 68 III
2.1.5 Procedimientos y evidencia ......................................... 69 2.1.6 Informe de la Revisión ................................................. 72 2.2 Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la Entidad ................................................ 74 2.2.1 Términos del trabajo .................................................... 76 2.2.2 Procedimientos para una revisión de Información Financiera Intermedia ........................................................... 78 2.2.2.1 Entendimiento de la entidad y su entorno ...... 78 2.2.2.2
Procedimientos
analíticos
y
otros
procedimientos de revisión.......................................... 81 2.2.3 Evaluación de errores .................................................. 82 2.2.4 Declaraciones de la Administración ............................. 83 2.2.5 Responsabilidad del auditor por la información Adicional ............................................................................................... 84 2.2.6 La comunicación dentro de la Revisión ....................... 84 2.2.7 Informe de los resultados de la Revisión de Información Intermedia ............................................................................. 85 2.2.7.1 Documentación .............................................. 88
CONCLUSIONES .................................................................................................. 89 FUENTES DE INFORMACIÓN ............................................................................. 93 INDICE DE FIGURAS ........................................................................................... 94
IV
RESUMEN
La auditoría es el examen que realiza el Licenciado en Contaduría de los libros y registros de una entidad basándose en técnicas específicas con la finalidad de opinar sobre la razonabilidad de la información financiera. Para que la información financiera sea aceptada por terceras personas es necesario
que
el
Licenciado
en
Contaduría
le
imprima
un
sello
de
―confidencialidad‖ a los estados financieros a través de su opinión en un documento llamado dictamen. Sin embargo, debido a la creciente demanda para la realización de trabajos distintos a la auditoría de los estados financieros, surge la necesidad de realizar trabajos de revisión que proporcionen un nivel moderado de seguridad de que la información sujeta a dicha revisión está libre de errores importantes; esto se expresa dentro de un informe en forma de una aseveración negativa.
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INTRODUCCIÓN
El Licenciado en Contaduría es un profesionista que actúa en un campo que ofrece posibilidades extraordinarias. Teóricamente, su acción no puede ser ejecutiva sino auxiliar, es decir, sus conocimientos técnicos no le capacitan para dirigir un negocio, pero si para proporcionar elementos que ayuden en la toma de decisiones.
El terreno de acción del Licenciado en Contaduría lo constituyen los estados financieros, alrededor de los cuales establece tres fases que definen sus actividades típicas: Preparación de estados financieros Auditoría y revisión de estados financieros Análisis e interpretación de estados financieros
La preparación de estados financieros es sin duda la labor que más lleva a cabo el Licenciado en Contaduría, ya que una de las necesidades de las entidades es tener una forma metodológica de registrar sus operaciones y los resultados que les producen.
Por otro lado la auditoría es una actividad muy importante en la práctica de un Licenciado en Contaduría, la cual se encuentra relacionada principalmente con el examen del balance general, estados de resultados , de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo de una entidad con el objetivo de emitir una opinión sobre los mismos; y verificar que realmente presenten razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de una entidad y sus resultados de operación de acuerdo con las Normas de Información Financiera Mexicanas.
Pero el auditor no siempre puede ser contratado para el examen de estados financieros, sino también para emitir informes sobre diversos asuntos diferentes a
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la auditoría de estados financieros, es decir; para realizar una revisión de estados financieros o de la información financiera. Estos servicios incluyen la participación del Licenciado en Contaduría en la obtención, clasificación, procesamiento, preparación y resumen de información financiera que no ha sido producto de una auditoría de estados financieros.
La revisión de estados financieros se presentan como una necesidad de ratificar la veracidad de que en los estados financieros no se ha encontrado nada que haga creer al auditor que no están presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes, de conformidad a las Normas de Información Financiera Mexicanas.
Para fines de realizar estos trabajos de revisión, la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento emite las Normas de Revisión las cuales proporcionan al Licenciado en Contaduría los lineamientos a seguir
en el desarrollo de
revisiones de estados financieros y de información financiera intermedia, asimismo la forma y contenido del informe que emitirá después de realizar dicha revisión
Es por ello que el contenido de esta monografía está estructurado de tal forma que nos permita conocer más lo que son las Normas de Revisión, la importancia de su uso y aplicación, para esto; primero se aborda de manera general qué es la auditoría, antecedentes y clasificación, así como la actividad que lleva a cabo la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento, para expedir las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas en México que sirven para normar y guiar en el quehacer de los auditores. Además se hablará sobre Normas Internacionales de Auditoría, las cuales sustituirán a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas. Por último se abordarán de manera profunda ―Las Normas de Revisión‖, las cuales son el tema principal de estudio de este trabajo. El primer capítulo denominado ―Aspectos Generales de la Auditoría‖, aborda de manera general lo que es la auditoría, sus antecedentes históricos, marco 4
referencial, clasificación de la auditoría de acuerdo a su ámbito, tipo y contexto, así como la importancia del código de ética profesional. El segundo capítulo ―Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México y Normas internacionales de Auditoría‖, hace mención sobre una de las comisiones normativas más antiguas del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) que es la ahora denominada Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento. Esta comisión está encargada de emitir normas que regulen la actuación del Licenciado en Contaduría y de determinar los procedimientos de Auditoría que deberá seguir en la práctica de su profesión como auditor.
Se aborda la clasificación de las Normas de Auditorías Mexicanas y su vigencia, y se hablará de la International Federation of Accountants (IFAC) y de las Normas Internacionales de Auditoria, que muy pronto, debido a la globalización entrarán en vigor en México. Es importante señalar que el proceso de adopción de la normatividad internacional es para los trabajos de auditoría, es decir, se adoptarán sólo las Normas Internacionales de Auditoría (NIA); mientras que, para los demás trabajos de aseguramiento (atestiguamiento y revisiones) se mantendrá el uso de las normas de atestiguamiento emitidas por el IMCP, mediante la CONAA, así como las normas de revisión, también emitidas por esa comisión.
Si bien en el tema de revisiones no hay una adopción de la normatividad internacional, ésta sí fue considerada como base para su formulación por lo que considero importante la realización de esta monografía con el objetivo de mostrar a los que se inician en la actividad de la auditoría estas Normas de Revisión, y he procurado estructurarlo con un sentido eminentemente pedagógico.
Es por ello que el tercer capítulo, estará enfocado a las Normas de Revisión, el cual es el principal tema de estudio del presente trabajo, en él se mencionarán los motivos de su emisión y los procedimientos que éstas establecen.
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Las Normas de Revisión emitidas por la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento conforman la serie 9000 la cual cuenta con dos boletines el 9010 ―Revisión de Estados Financieros" y 9020 ―Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la Entidad‖.
En este tercer capítulo nos daremos cuenta
que una revisión, a pesar de
ofrecernos una seguridad moderada es muy importante, ya que gracias a la práctica continua de revisiones se podrá reducir el riesgo de que se cometan fraudes en una entidad o verificar que no se estén cometiendo.
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CAPÍTULO I: ASPECTOS GENERALES DE LA AUDITORÍA
1. CONCEPTO DE AUDITORÍA En términos generales, la auditoría se define como la acumulación y evaluación de evidencia
sobre la información cuantificable de una entidad económica para
determinar y opinar sobre el grado de correspondencia que hay entre la información y un criterio establecido.
Mendivil Escalante (1995), define que la auditoría: Es la actividad por la cual se verifica la corrección contable de las cifras de los estados financieros; es la revisión misma de los registros y fuentes de contabilidad para determinar la razonabilidad de las cifras que muestran los estados financieros.
La auditoría es una de las actividades que el Licenciado en Contaduría desempeña de forma independiente, teniendo como propósito final la obtención de un informe o dictamen, es por ello que el
Instituto Mexicano de Contadores
Públicos (IMCP) define a la auditoría como:
El proceso sistemático para obtener y evaluar de manera objetiva, las evidencias relacionadas con informes sobre las actividades económicas y otras situaciones que tienen una relación directa con las actividades que se desarrollan en una entidad pública o privada. El fin del proceso consiste en determinar el grado de precisión del contenido informativo con las evidencias que le dieron origen, así como determinar si dichos informes se han elaborado observando los principios establecidos para el caso.
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Benjamín Rolando Tellez Trejo (2004) define a la auditoría como la revisión independiente de alguna o algunas actividades, funciones especificas, resultados u operaciones de una entidad administrativa, realizada por un profesional de la auditoría, con el propósito de evaluar su correcta realización y, con base en el análisis, poder emitir una opinión autorizada sobre la razonabilidad de sus resultados y el cumplimiento de sus operaciones.
Carlos Muñoz Razo (2002) nos dice que la auditoría es un examen profesional y una revisión de los registros, los procedimientos y las transacciones financieras de una organización hechas por especialistas involucrados en la preparación de esos informes.
Por lo que la auditoría, en su acepción más amplia, significa verificar que la información financiera, operacional y administrativa que se presenta es confiable, veraz y oportuna. Es revisar que las hechos, fenómenos y operaciones se den en la forma como fueron planeados; que las políticas y lineamientos establecidos han sido observados y respetados; que se cumple con las obligaciones fiscales, jurídicas y reglamentarias en general. Es evaluar la forma como se administra y opera teniendo al máximo de aprovechamiento de los recursos.
2. ANTECEDENTES HISTORÍCOS Una de las principales características o principales rasgos de las sociedades es el uso de información. Para que dicha información sea confiable, es necesario contar con ciertas garantías que hagan creer en ella. Para esto se necesita que una tercera persona
como lo es un auditor, garantice que puede creerse en esa
información.
La auditoría, en su forma más primitiva y simple, surge cuando un pueblo o núcleo social sojuzga o domina a otro, o a través, de la política, la religión, la economía, 9
las ciencias, o por la fuerza. Así el pueblo o comunidad social avasallado tenía que pagar un tributo al que lo domina o gobierna; tributo hoy conocido como impuesto. El pueblo o grupo dominante requiere que los tributos que impuso le sean pagados correctamente y en tiempo; y para cerciorarse del debido cumplimiento de ello comienza a crear cuerpos revisores que se encargan de esa ―fiscalización‖. Son los albores primigenios de la auditoría, actualmente identificada como auditoría fiscal.
Como ejemplo de ello en México se tiene el caso del pueblo azteca, belicoso por naturaleza, que por la fuerza dominó a muchos otros pueblos o tribus, llegando a expandir su dominio hasta Centroamérica. Los aztecas se mantenían de tributos que les eran entregados por sus dominados; y los registros de la historia señalan los ―procedimientos‖ que aplicaban cuando un pueblo bajo su dominio no cumplían con sus tributos; incumplimientos que eran detectados y reportados por su calpixque (auditores).
La auditoría, tal y como nosotros la conocemos, se remonta a la revolución industrial a mediados del siglo XVIII en Inglaterra, fenómeno que vino a transformar a la humanidad, a consecuencia de la aparición de nuevas formas de organización fabril y comercial.
Surgen las teorías económicas del libre comercio de Adam Smith y David Ricardo, obviamente que tales desarrollos tuvieron impacto en la Contabilidad. Se perfeccionan y modernizan los procesos de contabilidad y nace la contabilidad de costos.
A principios del siglo XX, en Estados Unidos surgen disposiciones y regulaciones gubernamentales que solicitan que los estados financieros de las empresas, que tenían acciones colocadas entre el gran público inversionista, fueran revisadas por contadores públicos independientes, ya que, en ese entonces no existían lo que hoy conocemos como Normas de Información Financiera dando lugar a que cada 10
quien contabilizará como quisiera, como pudiera o como le conviniera. Tampoco existían las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas, dando pie a que los auditores efectuaran el trabajo de auditoría como querían, y además a presentar los dictámenes a capricho y conveniencia de los dueños y administradores de las empresas emisoras de acciones, quienes a su vez, los entregaban o mostraban a las autoridades y a los pequeños inversionistas cuando querían. Todo lo anterior dio origen a una cadena de fraudes y engaños que en combinación con pérdidas de mercados y problemas económicos, provocaron la caída de la bolsa de valores en nueva York en Octubre de 1929.
La solución para evitar que volviera a repetirse otro fenómeno como el referido, tuvo lugar en 1933, cuando el entonces presidente norteamericano Franklin Delano Roosevelt emitió la Ley de Valores de 1934, la cual, entre otras disposiciones obligaba a las empresas emisoras, que tenían colocadas acciones entre el gran público inversionista, a registrar sus operaciones sobre bases y criterios contables homogéneos, consistentes y generalmente aceptados por el núcleo social al que se dirigen, los contadores públicos; de igual manera que los estados financieros que generaran serían revisados y examinados anualmente por contadores públicos independientes con base en Normas y Procedimientos de Auditoría que fueran de aceptación general por la comunidad contable. Y para vigilar que se dé cumplimiento a tales disposiciones se crea la Comisión de Vigilancia del Intercambio de Valores. Es así que en junio de 1936, se publica un documento denominado: ―Declaración Tentativa de Principios de Contabilidad‖, además en ese mismo año se publica ―El Examen de Estados Financieros‖, que fue aceptado de inmediato y de carácter obligatorio para todo auditor.
En el año de 1938 nace el Instituto Americano de Contadores Públicos, mismo que prevalece hasta la fecha, creando el Comité de Principios de Contabilidad, quien
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promulga en el año de 1939 sus Boletines de Investigación Contable, que vinieron a construir los primeros pronunciamientos normativos de la contabilidad.
3. MARCO REFERENCIAL 3.1. ORIGEN DE LAS NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS
En México en el año de 1923
se crea el Instituto de Contadores Públicos
Titulados de México; el cual tiene sus antecedentes en la Asociación de Contadores Titulados, fundada el 11 de septiembre de 1917. Durante la asamblea extraordinaria del 12 de septiembre de 1955 y bajo la presidencia de Tirso Carpizo, se decide suprimir el Adjetivo ―titulado‖ y así dar pasó al nombre de la Institución como ―Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
El crecimiento de la profesión y el nacimiento de la Ley General de Profesiones (reglamentaria del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos), originaron el nacimiento de otras agrupaciones regionales de Contadores (Monterrey, México, La Laguna y otras).
Por tal motivo, en 1965 el Instituto Mexicano de Contadores Públicos adquiere el carácter de organismo nacional, con el propósito de representar a la profesión contable nacional, obteniendo el reconocimiento oficial el 28 de junio de 1977, al obtenerse ante la Dirección General de Profesiones el registro de la primera Federación de profesionistas de México, siendo presidente del Instituto Gabriel Mancera Aguayo. Siendo la denominación del Instituto desde entonces y hasta la fecha ―Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A. C., Federación de Colegios de profesionistas‖.
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En 1955 el IMCP decide crear la hoy denominada Comisión
de Normas de
Auditoría y Aseguramiento (CONAA), la cual es una de las comisiones normativas más antigua y trascendente
que ha establecido el IMCP, con el propósito
fundamental de que determine los procedimientos de auditoría recomendables para el examen de los estados financieros que sean sometidos a la opinión del Licenciado en Contaduría.
Debido a la globalización, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, miembro de la International Federation of Accountants (IFAC), ha adquirido el compromiso de adoptar y alinearse con las normas emitidas por este organismo, dentro de los que se incluye la adopción de las Normas Internacionales de Auditoría (ISA, por sus siglas en inglés); consecuentemente, la membrecía del IMCP aprobó en 2010 la adopción integral de las NIA para los ejercicios contables que inicien el 1 de enero de 2012.
La Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA), durante el 2008, 2009 y 2010 ha emitido diversas normas de Auditoría que tienden a homologar los pronunciamientos
normativos
en
nuestro
país
con
las
que
prevalecen
internacionalmente, concluyendo así el proceso de convergencia con las NIA en 2010.
Asimismo, las normas de auditoría generalmente aceptadas en México emitidas por la CONAA quedarán abrogadas el 1 de enero de 2013.
Dentro de los principales beneficios derivados de la adopción integral de las NIA se anuncian los siguientes: Mayor comparabilidad con el ambiente internacional. Mayor confiabilidad en el esquema normativo de México.
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Reconocimiento internacional de las auditorías de estados financieros realizadas en México.
De la misma manera la CONAA continuará con sus funciones de investigación y emisión de otros boletines normativos, como los relativos a otros trabajos de aseguramiento (normas para atestiguar) revisión de información financiera (normas de revisión) y de otros servicios relacionados (compilaciones y aplicación de procedimientos convenidos), de igual forma emitirá pronunciamientos no normativos como las guías de auditoría para trabajos de aseguramiento, de revisión de información financiera y de otros servicios relacionados, así como la realización de actividades enfocadas al apoyo de la docencia, impartición de seminarios.
3.2. OBJETIVOS
El propósito
de la CONAA es determinar los procedimientos de auditoría
recomendables para el examen de estados financieros, fue ampliado a cuatro objetivos principales los cuales son:
a) Determinar las normas de auditoría a que deberá sujetarse el Contador Público independiente que emita dictámenes para terceros, con el fin de confirmar la veracidad, pertinencia o relevancia y suficiencia de información de su competencia. Las normas de auditoría emitidas por la CONAA estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2011, ya que a partir del 2012 serán las Normas Internacionales de Auditoría, emitidas por el International Federation of Accountants a través de la International and Assurance Standards Board.
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b) Determinar procedimientos y guías de auditoría para el examen de los estados financieros que sean sometidos a dictamen del Contador Público.
c) Determinar normas a seguir en cualquier trabajo de atestiguamiento, de revisión de información financiera histórica y de otros servicios relacionados, que lleve a cabo el Contador Público cuando actúa en forma independiente.
d) Hacer las recomendaciones de índole práctica que resulten necesarias como complemento de los pronunciamientos técnicos
de carácter
general emitidos por la propia comisión, teniendo en cuenta las situaciones particulares que, con mayor frecuencia, se presentan a los contadores públicos en la práctica de su profesión. (NAGAS 1 a edición)
3.3. CLASIFICACIÓN DE SUS BOLETINES
Los boletines de la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento se clasifican de la siguiente forma: Normas de auditoría. Normas para atestiguar. Normas de revisión. Normas para otros servicios relacionados. Procedimientos y guías de auditoría. Otras declaraciones. 15
Servicios.
Las normas de auditoría, para atestiguar, de revisión y de otros servicios relacionados están sujetas, por tener carácter obligatorio, a un procedimiento especial de aprobación que establecen los propios estatutos.
Los procedimientos de auditoría son el conjunto de técnicas de investigación aplicables a una partida o a un grupo de hechos o circunstancias examinadas, mediante las cuales el Licenciado en Contaduría obtiene las bases necesarias para fundamentar su opinión.
Los procedimientos y guías de auditoría y demás recomendaciones de índole práctica, que se incluyen en los boletines, constituyen la opinión unánime o mayoritaria, en su caso, de los miembros de la comisión, con respecto a la mejor forma de llevar a cabo ciertas fases del trabajo de auditoría, de obtener evidencia suficiente y competente y, en general, de realizar dicho trabajo en forma satisfactoria y profesional.
Las otras declaraciones son los medios a través de los cuales esta comisión da a conocer políticas, programas, estudios, ejemplos, opiniones, etcétera.
La
Comisión tiene la obligación de normar la actuación del Licenciado en
Contaduría y asegurar la alta calidad de sus servicios, tiene también el compromiso de promover y patrocinar la publicación de elementos materiales que contribuyan al desarrollo profesional del Licenciado en Contaduría en el campo de la auditoría, en la realización de trabajos de aseguramiento, de revisión y de otros servicios relacionados, a mantener y aumentar su capacidad técnica e integrar una doctrina profesional de alto nivel y adaptada a las circunstancias y modalidades especiales de este trabajo en nuestro país.
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4. CLASIFICACIÓN DE LA AUDITORÍA Hay diversas formas de clasificar a la auditoría:
POR SU AMBITO: Auditoría Interna. Auditoría externa.
El Instituto de Auditores Internos de los Estados Unidos (2000) definen a la auditoría interna como: “Una actividad independiente que tiene lugar dentro de la empresa y que está encaminada a la revisión de operaciones contables y de otra naturaleza, con la finalidad de prestar un servicio a la dirección”
El trabajo de la auditoría interna, consiste en la revisión total o parcial de estados financieros con el objeto de expresar un reporte para efectos internos sobre los rubros o cuentas revisadas; además de verificar, evaluar y proponer controles contables, financieros y de operación básicos.
Esta auditoría la realiza el personal adscrito a la propia dependencia o entidad. Su importancia radica en que constituye el instrumento de control interno que revisa, analiza, diagnostica y evalúa el funcionamiento de otros controles, proporcionando a los responsables de la dirección y operación, información coadyuvante sobre el resultado de su gestión y propiciando, en su caso, la adopción de medidas que tiene que mejorar la eficiencia en la administración de los recursos, así como la eficacia en el logro de las metas y objetivos asignados.
La auditoría interna debe analizar y evaluar los procesos de administración, aprobación, contabilización y; en general, los que dan origen a la toma de 17
decisiones, sin intervenir en la ejecución de ellos y cuando, como parte de sus funciones, participe en actividades especificas como por ejemplo la toma de inventarios físicos, su acción debe enfocarse a testificar u observar.
El auditor interno requiere tener libre acceso a cualquier operación o actividad que amerite un examen; es necesario que dependa directamente de la máxima autoridad de la dependencia o entidad con objeto de que cuente con la suficiente independencia de acción y el apoyo necesario. Para el desarrollo de las actividades de la auditoria, es indispensable que exista una estrecha coordinación y efectiva comunicación con las diferentes unidades de la dependencia o entidad, para propiciar que las acciones de revisión se desarrollen bajo un esquema de participación conjunta.
La auditoría externa es el examen crítico, sistemático y detallado de un sistema de información de una entidad económica, realizado por el Licenciado en Contaduría sin vínculos laborales con la misma, utilizando técnicas determinadas y con el objeto de emitir una opinión independiente sobre la forma de cómo opera el sistema, el control interno del mismo y formular sugerencias para su mejoramiento. (Santillana González, 2000)
Tradicionalmente se ha definido a la auditoría externa, como la practicada por Contadores Públicos independientes a la dependencia o entidad, con objeto de emitir una opinión sobre la situación financiera y resultados de operación que guarda el ente auditado. Es correcto; pero no es todo.
Bajo ese enfoque, el tipo de revisiones que se practican han sido orientadas hacia la emisión de un dictamen sobre la razonabilidad de los estados financieros. A esta actividad se le denomina Auditoría de Estados Financieros, que sólo es realizada por Contadores Públicos ajenos a la entidad auditada bajo las normas y procedimientos y pronunciamientos emitidos por IMCP o por el IFAC
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Sin embargo, el concepto de auditoría externa no se circunscribe únicamente a los profesionistas referidos ya que en muchas ocasiones se recurre a especialistas en otras materias – que no guardan ninguna relación laboral con la entidad, y que tampoco son contadores públicos - para que lleven a cabo exámenes y revisiones con un criterio imparcial e independiente y emitan una opinión o dictamen sobre los resultados de su trabajo. Ilustrativo de estos casos son las auditorías externas que se realizan a obras de infraestructura o instalaciones con alto grado de especialidad.
Además las acciones de fiscalización y auditoría que ejercen los órganos técnicos de la Cámara de Diputados federal y estatal, tienen una connotación eminentemente externa, dado que no guardan ninguna dependencia o vínculo laboral con las dependencias o entidades que auditan.
POR SU CONTEXTO: Auditoría Integral Auditoría Parcial
La Academia Mexicana de Auditoría Integral y al Desempeño A. C., nos dice que: La auditoría integral es la evaluación multidisciplinaria, independiente y con un enfoque de sistemas, del grado y forma de cumplimiento de los objetivos de una organización, de la relación c, con su entorno, así como de sus operaciones, con el objeto de proponer alternativas para el logro más adecuado de sus fines y/o el mejor aprovechamiento de sus recursos.
La auditoría parcial es aquella en la cual se evalúa sólo uno o unos rubros, grupos o actividades sujetas a auditar por ejemplo: en una auditoría financiera se puede evaluar, cuando así se decida, únicamente las cuentas de gastos o cuentas de pasivos, etc., en caso de una unidad cuando esta tenga asignado dos o más 19
programas el alcance de la revisión podrá comprender la totalidad de los programas bajo su responsabilidad.
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE LA CONTADURÍA PÚBLICA Auditoría Fiscal: tiene como objetivo verificar el correcto y oportuno pago de los diferentes impuestos y obligaciones fiscales de los contribuyentes. (Auditoría Fiscal, Zamarripa Escamilla, 2000) Auditoría de Estados Financieros: Según el boletín 1020 de las normas de Auditoría Generalmente Aceptadas
la finalidad del examen de
estados
una
financieros,
es
expresar
opinión
profesional
independiente, respecto a si dichos estados representan la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera de una empresa, de acuerdo a las Normas de Información Financiera, aplicadas sobre bases consistentes. Auditoría Administrativa: Tiene como objetivo verificar, evaluar y promover el cumplimiento y apego a los factores o elementos del proceso administrativo. Auditoría operacional: Es una actividad que establece como propósito fundamental el prestar un mejor servicio a la administración proporcionándole comentarios y recomendaciones que tiendan a mejorar la eficiencia de las operaciones de la entidad.
La auditoría operacional es una herramienta preventiva de los efectos negativos que ocasiona la mala coordinación, relación y la evaluación de cada uno de los elementos que forman la gestión gerencial de la
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empresa. Su contribución permite a la administración anticiparse ante las amenazas que se presentan. (Santillana González, 2000) Auditoría Gubernamental: Este tipo de auditoría tiene como objetivo la revisión de aspectos financieros, operacionales, administrativos, de resultados de programas y de cumplimiento de disposiciones legales que enmarcan la actividad de las entidades públicas. La Auditoría Gubernamental nació y se ha desarrollado como una necesidad más de vigilar el ejercicio de los organismos públicos por medio de órganos de control expresa y formalmente establecidos para el efecto.
POR SU TIPO Auditoría Financiera. Auditoría de Resultados de Programas. Auditoria de Legalidad.
La auditoría de legalidad tiene como finalidad evaluar si la dependencia o entidad, en el desarrollo de sus actividades ha observado el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables.
Por último la auditoria de resultados de programas analiza la eficacia y congruencia alcanzada en el logro de los objetivos y metas establecidos, en relación con el avance del ejercicio presupuestal. El análisis de la eficiencia se obtendrá revisado que efectivamente se alcanzaron las metas establecidas en el tiempo, lugar, cantidad y calidad requeridos. La congruencia se determinará al examinar la relación lógica que existe entre el logro de las mismas y objetivos de los programas y el avance del ejercicio presupuestal.
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Otra clasificación atendiendo a su tipo, se abordará en el presente trabajo: Auditoría Financiera. Auditoría de Gestión. Auditoría de Cumplimiento.
4.1. AUDITORÍA FINANCIERA
Es aquella que emite un dictamen u opinión profesional en relación con los estados financieros de una entidad económica en una fecha determinada y sobre el resultado de las operaciones y los cambios en la posición financiera cubiertos por el examen, la condición indispensable que esta opinión sea expresada por un Licenciado en Contaduría.
4.1.1. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA FINANCIERA
El objetivo principal es opinar si los estados financieros de una empresa presentan o no razonablemente la situación financiera, el resultado de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo, de conformidad con las Normas de Información Financiera Mexicanas (NIFM) El trabajo de auditoría implica, como finalidad inmediata, proporcionar al propio auditor los elementos de juicio y de convicción que le permitan sustentar de una manera objetiva su dictamen. La auditoría Financiera tiene una amplia utilidad pues valida la información financiera frente a terceros, esto no implica que no pueda efectuarse en forma interna, aunque no es usual por lo restringido de su uso.
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4.1.2. USURIOS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA
Los estados financieros no están destinados solamente a los administradores de la empresa; también hay terceros interesados en conocer la posición financiera y el desarrollo de le empresa. Los terceros interesados son principalmente:
1. Los accionistas de la empresa; les interesa el manejo del patrimonio de la sociedad y los rendimientos obtenidos como un medio para juzgar la eficacia de la administración.
2. Posibles inversionistas; para tomar decisiones adecuadas como posibles socios.
3. Acreedores y proveedores; porque pueden contar con mejor elementos de información de vigilancia de sus créditos y para la ampliación de montos.
4. Bancos; para operaciones a corto y largo plazo para determinar la solvencia de sus presuntos deudores.
5. El estado; para comprobar si se cumple con disposiciones y obligaciones de carácter fiscal.
6. El personal mismo de la empresa por medio de los sindicatos, en lo relacionado con pliegos de peticiones y cumplimiento de disposiciones en materia laboral.
4.2.
AUDITORÍA DE GESTIÓN
La auditoría gestión es aquella que se realiza para evaluar el grado de eficiencia y eficacia en el logro de objetivos previstos por la organización y con los que se ha 23
manejado los recursos.
La auditoría de gestión aunque no tan desarrollada como la Financiera, si se quiere de igual o mayor importancia que esta última, pues sus efectos tienen consecuencias que mejoran en forma apreciable el desempeño de la organización. La denominación auditoría de gestión funde en una, dos clasificaciones que tradicionalmente se tenían: auditoría administrativa y auditoría operacional.
Para entender el concepto de auditoría de gestión es necesario conocer los conceptos tradicionales de auditoría administrativa y auditoría operacional que fueron reemplazados por este último.
William P. Leonard presenta la siguiente definición de Auditoría administrativa: La Auditoría administrativa puede definirse como el examen comprensivo y constructivo de la estructura organizativa de una empresa de una institución o departamento gubernamental; o de cualquier otra entidad y de sus métodos de control, medios de operación y empleo que dé a sus recursos humanos y materiales (www.mitecnologico.com)
Joaquín Rodríguez Valencia plantea una definición de Auditoría Operacional que la define como: Una técnica para evaluar sistemáticamente la efectividad de una función o una unidad con referencia a normas de la empresa, utilizando personal especializado en el área de estudio, con el objeto de asegurar a la administración que sus objetivos se cumplan, y determinar qué condiciones pueden mejorarse (Introducción a la administración con enfoque de sistemas, 2003)
Los dos anteriores conceptos se han venido manejando de manera tal que se hacía una diferenciación entre auditoría administrativa y auditoría operacional, 24
cuando en la realidad eran dos nombres para un mismo proceso, pues en la práctica no existían diferencias notables entre una y otra. En Colombia, la modernización del Control Fiscal realizado por la constitución de 1991 y el funcionamiento del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, hicieron que se acuñara la moderna denominación de auditoría de gestión para reemplazar las antiguas auditoría administrativa y auditoría operacional.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública de Colombia presenta la siguiente definición de Auditoría de Gestión: ―La auditoría de gestión es el examen que se realiza a una entidad con el propósito de evaluar el grado de eficiencia y eficacia con que se manejan los recursos disponibles y se logran los objetivos previstos por el Ente‖
Sin embargo siguiendo el mismo método para realizar los conceptos de Auditoría es posible afirmar que auditoría de gestión es: El examen crítico, sistemático y detallado de las áreas y Controles Operacionales de un ente, realizado con independencia y utilizando técnicas específicas, con el propósito de emitir un informe profesional sobre la eficacia eficiencia y economicidad en el manejo de los recursos, para la toma de decisiones que permitan la mejora de la productividad del mismo (Zamarripa Escamilla, 2000)
4.2.1. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA DE GESTIÓN
El objetivo primordial de la auditoría de gestión consiste en descubrir deficiencias o irregularidades en algunas de las partes de la empresa y apuntar sus probables soluciones. La finalidad es ayudar a la dirección para lograr una administración más eficaz. Su intención es examinar y valorar los métodos y desempeño en todas las áreas. Los factores de la evaluación abarcan el panorama económico, la adecuada utilización de personal y equipo y los sistemas de funcionamiento satisfactorios. 25
En la auditoría de gestión se realizan estudios para determinar deficiencias causantes de dificultades, sean actuales o en potencia, las irregularidades, embotellamientos, descuidos, pérdidas innecesarias, actuaciones equivocadas, deficiente colaboración fricciones entre ejecutivos y una falta general de conocimientos o desdén de lo que es una buena organización. Suele ocurrir a menudo que se produzcan pérdidas por prolongados espacios de tiempo, lo cual, a semejanza de las enfermedades crónicas, hace que vaya empeorando la situación debido a la falta de vigilancia.
Por medio de los trabajos que realiza el auditor administrativo, éste se encuentra en posición de determinar y poner en evidencia las fallas y métodos defectuosos operacionales en el desempeño. Respecto de las necesidades específicas de la dirección en cuanto a la planeación, y realización de los objetivos de la organización.
La responsabilidad del auditor consiste en ayudar y respaldar a la dirección en la determinación de las áreas en que pueda llevarse a cabo valiosas economías e implantarse mejores técnicas administrativas. Enseguida de una investigación definida y donde quieran que surjan aspectos o circunstancias susceptibles de remedio o mejoría, es obligación del auditor examinar con mirada crítica y valorar toda solución que parezca conveniente.
La revisión de los métodos y desempeños administrativos, comprende un examen de los objetivos, políticas, procedimientos, delegación de responsabilidades, normas y realizaciones. La eficiencia operativa de la función o área sometida a estudio, puede determinarse mediante una comparación de las condiciones vigentes, con las requeridas por los planes, políticas etc. Los objetivos principales de la auditoría de gestión son los que se describen a continuación:
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Evaluar los objetivos y planes organizacionales. Vigilar la existencia de políticas adecuadas y el cumplimiento de las mismas. Comprobar la confiabilidad de la información y de los controles establecidos. Verificar la existencia de métodos o procedimientos adecuados de operación y la eficiencia de los mismos. Comprobar la utilización adecuada de los recursos.
4.3.
AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO
La auditoría de cumplimiento consiste en la comprobación o examen de las operaciones financieras, administrativas, económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se han realizado conforme a las normas legales, y procedimientos que le son aplicables.
Está auditoría se practica mediante la revisión de documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos utilizados y las medidas de control interno están de acuerdo con las normas que le son aplicables, y si dichos procedimientos están operando de manera efectiva y son adecuados para el logro de los objetivos de la entidad.
4.3.1. OBJETIVO
El objetivo fundamental es determinar desde el punto de vista técnico-legal, los incumplimientos en las normas vigentes en los aspectos sujetos a revisión.
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5. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL La ética juega un papel importante, ya que a diferencia de otras actividades, ésta se aplica en todas las actividades de nuestras vidas, debido a su contenido practico-técnico, derivado de nuestras propias costumbres y de cómo nos comportamos, siendo que ésta las perfecciona y nos ayuda a asegurar nuestra realización como personas teniendo en cuenta que fines vale la pena perseguir.
Es necesario reconocer que la Ética, en su concepto más puro, no debe ser objeto de una reglamentación. La necesidad de tener un código, nace de la aplicación de las normas generales de conducta a la práctica diaria. Puesto que todos los actos humanos son regidos por la ética, también las reglas escritas deben ser de aplicación general. (IMCP, 2011)
Con objeto de ofrecer mayores garantías de solvencia moral y establecer normas de actuación profesional, el IMCP expidió a fines de la década de los años veinte, un Código de Ética Profesional.
Como todo instrumento originando en el devenir humano, ese código tuvo que ser revisado y ajustado a las necesidades y condiciones cambiantes de los tiempos. Para la elaboración de diversas actualizaciones del código, incluido el actual, las opiniones de una gran parte de los miembros del IMCP han representado una orientación
definitiva. Por lo tanto, el código ha sido elaborado por la propia
profesión, a fin de tener una serie de reglas que permitan regir la actuación de todos los contadores públicos. Un código de ética profesional, no sólo sirve de guía a la acción moral; también, mediante él, la profesión declara su intención de cumplir con la sociedad, patrocinadora de sus servicios, para servirla con lealtad y diligencia y de respetarse ella misma. (IMCP, 2011)
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Al elaborar el código, se ha reconocido la existencia de varios principios de ética aplicables a nuestra profesión, a los cuales, en este código, nos referimos como postulados. Se estima que estos postulados representan la esencia de las intenciones de la profesión para vivir y actuar dentro de la ética, y se han agrupado en cuatro rubros fundamentales los cuales son: Alcance del Código. Normas
que conforman la responsabilidad del profesional frente a la
sociedad. Normas que amparan las relaciones de trabajo y de servicios profesionales. La responsabilidad hacia la propia profesión.
5.1. POSTULADOS
APLICABLES
A
LOS
SERVICIOS
DE
AUDITORÍA.
El Contador Público como profesional independiente para poder ser
auditor
externo es necesario que posea independencia de criterio es por ello que dentro del código de ética en el artículo 2.26 se considera que no hay independencia ni imparcialidad para expresar una opinión que sirva de base a terceros para tomar decisiones, cuando el contador público:
a) Sea cónyuge, pariente consanguíneo o civil en línea recta sin limitación de grado, colateral dentro del cuarto y afín dentro del segundo, del propietario o socio principal de la empresa o de algún director, administrador o empleado
del
cliente,
que
tenga
intervención
importante
en
la
administración del propio cliente.
29
b) Sea (haya sido en el ejercicio social que dictamina o en relación al cual se
le pide su opinión, o tenga tratos verbales o escritos encaminados a ser director, miembro del consejo de administración), administrador o empleado del cliente o de una empresa afiliada, subsidiaria o que esté vinculada económica o administrativamente, cualquiera que sea la forma como se le designe y se le retribuyan sus servicios. En el caso del Comisario, se considera que subsiste la independencia de criterio. c) Tenga, haya tenido en el ejercicio social que dictamine o en relación con el cual se le pide su opinión, o pretenda tener alguna injerencia o vinculación económica directa o indirecta, en la empresa, en un grado tal que pueda afectar su independencia de criterio.
d) Reciba en cualquier circunstancia o motivo, participación directa sobre los resultados del asunto que se le encomendó de la empresa que contrató sus servicios profesionales y exprese su opinión sobre estados financieros en circunstancias en las cuales su emolumento dependa del éxito de cualquier transacción.
e) Sea agente de bolsa de valores, en ejercicio.
f) Desempeñe un puesto público en una oficina que tenga injerencia en la revisión
de declaraciones y dictámenes para fines fiscales, fijación de
impuestos y otorgamiento de exenciones, concesiones o permisos de trascendencia y decisiones sobre nombramientos de contadores públicos para prestar servicios a dependencias o empresas estatales.
g) Perciba de un solo cliente, durante más de dos años consecutivos, más del 33% de su ingresos u otra proporción que, aun siendo menor, sea de tal manera importante frente al total de sus ingresos, que le impida mantener su independencia. 30
h) Tenga relaciones o intereses que puedan ejercer influencia negativa, impidan o pongan en riesgo su independencia de criterio. El contador público deberá obtener el consentimiento del cliente para prestar servicios a otro cliente que pudiera representar un conflicto de intereses.
i) No haya percibido los honorarios contractados por servicios de auditoría externa del año anterior, en la forma e importes convenidos por escrito, al inicio de la siguiente auditoría. Para estos efectos, la renegociación de honorarios no se considera como el pago de los mismos.
j) Reciba de un cliente o sus partes relacionadas, a los que le proporcione servicios de auditoría externa, inversiones de capital en su despacho, financiamientos u otros intereses económicos.
k) Proporcione, directamente, o por medio de algún socio o empleado de su asociación profesional, además de la auditoría externa, cualquiera de los servicios siguientes: Preparación de la contabilidad del cliente. Manejo de fondos o valores del cliente. Artículo 2.26 El simple hecho de que un contador público y/o la Firma realice simultáneamente labores de auditoría externa y de consultoría en las áreas administración o fiscal, no necesariamente implica falta de independencia profesional, siempre y cuando la prestación de los servicios no incluya la participación o responsabilidad del contador público en la toma de decisiones administrativas y financieras.
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Artículo 2.28 El Contador Público como auditor externo tiene la responsabilidad de mantener su independencia, tomando en cuenta el contexto en que realiza su práctica, los riesgos de independencia y las salvaguardas que a este respecto tenga disponibles.
Para reducir o eliminar algunos riesgos de independencia e imparcialidad, el auditor externo deberá implementar las siguientes salvaguardas: — Establecer políticas y procedimientos destinados a promover el control de calidad de los trabajos de auditoría. — Implantar políticas y procedimientos que permitan la identificación de relaciones o intereses entre el auditor y los clientes de auditoría. — Asegurarse de que el personal esté consciente de la importancia de comunicar a los niveles superiores del equipo de trabajo en la práctica de auditorías, cualquier asunto sobre independencia y objetividad que les afecte; esto incluye que el personal tenga conocimiento de los procedimientos establecidos. — Involucrar a un Contador Público adicional dentro o fuera de la misma firma, que no haya participado en el trabajo de auditoría, para que revise las salvaguardas implementadas, el trabajo
realizado u ofrezca su consejo
cuando éste sea necesario. — Consultar a un tercero, que puede ser un comité de consejeros independientes, un cuerpo regulatorio profesional u otro auditor. — Tener rotación de personal de alto nivel.
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— Discutir problemas de independencia relacionados con la prestación de servicios distintos de la auditoría externa, con los órganos de gobierno corporativo del cliente. — Fijar políticas y procedimientos para evaluar si ciertos riesgos, en circunstancias específicas, pueden ser considerados como de poca importancia.
Considerando lo anterior, en cada trabajo de auditoría deberán documentarse las circunstancias o hechos que podrían haber dañado la independencia del auditor, cómo se evaluaron los riesgos y cuáles salvaguardas fueron utilizadas para evitar, eliminar o, por lo menos, reducir el riesgo a un nivel aceptable.
Si los riesgos que representan ciertas actividades o intereses del auditor no pueden ser eliminados o limitados por las salvaguardas, o el auditor elige no eliminar dichas actividades o intereses, deberá rehusarse a desempeñar, o retirarse de un trabajo de auditoría.
Existen otras salvaguardas que establece la entidad sujeta a dictaminación, que pueden considerarse para preservar la independencia del auditor externo, por ejemplo: — Nombramiento del auditor por un órgano superior a la dirección de la entidad, como puede ser un comité de auditoría, al cual deberá informarse sobre los resultados de la revisión. — Procedimientos internos que aseguren una selección objetiva al asignar trabajos que no sean de auditoría. — Asignar equipos de trabajo con diferentes socios y personal.
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— Obtener del contador público y su personal involucrado en los proyectos, convenidos de confidencialidad Artículo 2.29 En las asociaciones profesionales sólo podrán suscribir estados financieros, dictámenes e informes procedentes de auditoría quienes posean título de contador público debidamente registrado.
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CAPÍTULO II: NORMAS DE AUDITORÍA GENERALMENTE ACEPTADAS Y NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA
1. COMISIÓN DE NORMAS DE AUDITORÍA Y ASEGURAMIENTO (CONAA)
1.1. ORIGEN
Como se mencionó en el capítulo I, una de las comisiones normativas más antiguas con más de 55 años y trascendentes del Instituto Mexicano de Contadores Públicos es la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) antes Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría (CONPA), denominada así en octubre de 1971, la cual fue establecida en el año de 1955, misma que cumple con el propósito fundamental de regular la práctica de auditoría de estados financieros que son sometidos a la opinión de un Licenciado en Contaduría
1.2. INTEGRACIÓN DE LA COMISIÓN
Los integrantes de la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento son propuestos por el Comité Ejecutivo Nacional del IMCP, con la designación de quiénes ocuparán los puestos de presidente y secretario, con el fin de que haga uso de su derecho de veto. Una vez satisfecho este requisito, se realiza la designación oficial de sus miembros, quienes desempeñarán sus cargos durante un periodo de dos años, que iniciará en los años nones, que corresponde precisamente a la iniciación de las funciones de la vicepresidencia de la legislación y que concluirá hasta la fecha en que se formule la siguiente comunicación formal de renovación o nueva integración de la misma.
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1.2.1. REQUISITOS PARA SER MIEMBRO DE LA CONAA
Para poder ser miembro de esta Comisión, se debe reunir con ciertos requisitos de calidad, los cuales aseguraran el prestigio de dicha comisión y a su vez de sus integrantes dando así una mejor imagen de lo que es la CONAA, los cuales se señalan a continuación: - Gozar de prestigio profesional en el desempeño de sus actividades. - Tener cuando menos seis años de desempeño profesional. - Ser responsable del área técnica o tener una posición destacada en la entidad que se desarrolle. - Ser Contador Público Certificado y socio de la firma a que pertenezca en el desarrollo de la Contaduría Pública Independiente. - Haber actuado como expositor o conferenciante en cursos o seminarios, o haber sido profesor en instituciones de enseñanza donde se imparta la carrera de Contaduría Pública.
2. NORMAS DE AUDITORÍA La auditoría es una actividad profesional. En este sentido implica el ejercicio de una técnica especializada y la aceptación de una responsabilidad pública. Como profesional, el auditor desempeña sus labores mediante la aplicación de una serie de conocimientos especializados que vienen a formar el cuerpo técnico de su actividad; sin embargo, en el desempeño de esa labor, el auditor adquiere responsabilidad, no solamente con la persona que directamente contrata sus 37
servicios, sino con un vasto número de personas desconocidas para él que van a utilizar el resultado de un trabajo como base para tomar decisiones de negocios o de inversión.
Es debido a este carácter profesional de responsabilidad social por lo que la profesión desde su principio, se ha preocupado por asegurar que el desempeño de sus servicios se efectúe con un alto nivel de calidad.
La auditoría no es una actividad meramente mecánica que implique la aplicación de ciertos procedimientos cuyos resultados, una vez llevados a cabo, son de carácter indudable. La auditoría requiere el ejercicio de un juicio profesional, sólido y maduro, para juzgar los procedimientos que deben seguirse y estimar los resultados obtenidos.
La dificultad que representa resolver el problema de la calidad del trabajo profesional mediante el establecimiento de procedimientos mínimos, obligó a las organizaciones profesionales de contadores públicos a buscar otro camino por el cual fuera posible asegurar el suministro del servicio de auditoría sobre bases mínimas de calidad satisfactorias para las personas que dependían de los servicios del Contador Público Independiente. Sobre esa corriente de ideas se llegó al convencimiento de que existen ciertos fundamentos que son la base e inspiración de los propios procedimientos de auditoría y que pueden ser definidos en términos generales. A estos fundamentos básicos del trabajo de auditoría se les llama ―Normas de Auditoría‖. Por consiguiente, la existencia de las Normas de Auditoría y la naturaleza de ellas reconocen como fuente los siguientes hechos: La auditoría es un trabajo de naturaleza profesional. La auditoria tiene características y finalidades propias que le son connaturales.
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2.1. DEFINICIÓN
Las normas de auditoría son los requisitos mínimos de calidad relativos a la personalidad del auditor, los principios fundamentales a los que deben enmarcarse el desempeño de los auditores durante el proceso de auditoría, al trabajo que desempeñan y a la información que rinde como resultado de este trabajo.
El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor. Por lo tanto, estas normas son de observación obligatoria para los Contadores Públicos que ejercen la auditoría en nuestro país, además les servirán como parámetro de medición de su actuación profesional y a los estudiantes como guías de conducta por donde tendrán que caminar cuando sean profesionales.
2.2. PROCESO DE AUSCULTACIÓN
En el Capítulo II De la Integración de las Comisiones del estatuto del IMCP señala en su artículo 2.10 que el procedimiento para la promulgación oficial de los pronunciamientos de la CONAA se someterá a las siguientes reglas:
Para que el texto de un proyecto determinado tenga el carácter de proyecto oficial de las Comisiones deberá haber sido aprobado como mínimo por los votos de las dos terceras partes de los miembros de la Comisión. A este proyecto se añadirán los votos razonados por escrito que quieran presentar los miembros de la Comisión que hayan votado total o parcialmente en contra del proyecto oficial. Asimismo, deberá acompañarse de un documento especial que contenga la exposición de motivos y otros razonamientos que la Comisión de que se trate, estime conveniente aportar.
Posteriormente el Comité Ejecutivo Nacional, dará a conocer a las federadas y a los socios del Instituto, por conducto del Vicepresidente de Legislación, los textos de los proyectos oficiales de las comisiones, mediante un comunicado impreso o 39
digital en el cual se deberá mencionar la fecha en que entrarán en vigor los textos, haciendo mención expresa de la obligatoriedad de su aplicación y observancia por parte de todos los socios y federadas al Instituto.
Esta etapa de difusión y auscultación durará como mínimo un plazo de dos meses para hacer llegar al Comité Ejecutivo Nacional, a través del Vicepresidente de Legislación y a las Comisiones correspondientes las observaciones o sugerencias pertinentes.
Transcurrido
este
plazo,
las
Comisiones
presentarán
a
la
consideración del Comité Ejecutivo Nacional, los respectivos textos definitivos para ser promulgados como disposiciones fundamentales.
Por último el Comité Ejecutivo Nacional hará la promulgación del texto definitivo correspondiente, si como resultado de la votación
que efectúe para dicho
propósito, cuando menos dos terceras partes de la totalidad de sus integrantes se pronuncien a favor de ello.
2.3. CLASIFICACIÓN
La clasificación de las normas de auditoría está contenida en el boletín 1010, Normas de Auditoría, el cual nos menciona que estas normas se dividen en: Normas personales Normas de ejecución de trabajo Normas de información
2.3.1. NORMAS PERSONALES
Las normas personales son aquellas que nos hacen mención de las cualidades que el auditor debe tener para poder asumir un trabajo de este tipo, dentro de las 40
exigencias que la auditoría impone como actividad profesional. Estas normas establecen cualidades que el auditor debe tener preadquiridas antes de poder realizar un trabajo profesional de auditoría y cualidades que deberá mantener durante el desarrollo de toda su actividad profesional.
Las cualidades que deben ser observadas por el auditor en el desarrollo de su actuación profesional, y que integran a las normas personales son: Entrenamiento técnico y capacidad profesional. Cuidado y diligencia profesional. Independencia mental.
2.3.1.1.
ENTRENAMIENTO TÉCNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL
El entrenamiento técnico representa la adquisición de los conocimientos y habilidades que son necesarios para el desempeño del trabajo y es, por consiguiente, un fundamento indispensable de capacidad profesional; pero ésta requiere además, una madurez de juicio que no se logra con el simple entrenamiento técnico.
El auditor debe tener conocimientos técnicos, adquiridos en universidades o institutos superiores, habiendo culminado sus estudios con la obtención de un título profesional de Licenciado en Contaduría, además se requiere que el profesional adquiera experiencia mediante una adecuada práctica, que le permita ejercer un juicio sólido y sensato para aplicar los procedimientos y valorar sus efectos o resultados; es por eso que el auditor debe actualizar constantemente sus conocimientos técnicos y su aplicación práctica.
41
No basta sólo con la preparación académica conducente a la obtención del título de Licenciado en Contaduría, sino que requiere de un acopio de conocimientos, habilidades y madurez que es muy difícil transmitir por la mera preparación escolar. Es conveniente que el Licenciado en Contaduría, complete su preparación mediante un periodo razonable de práctica bajo la dirección de un auditor profesional experimentado. Ese tiempo es variable, ya que va a depender de las capacidades propias del Licenciado en Contaduría, del tipo de problemas a que se enfrente en la experiencia dirigida y del grado de responsabilidad que asuma en los trabajos desarrollados.
Por otro lado, la capacidad implica alcanzar madurez de juicio, la que se logra mediante el entrenamiento sistemático a los problemas inherentes a su actividad profesional y la elección de la solución adecuada a los problemas (NAGAS 1 a edición, boletín 2010)
2.3.1.2.
CUIDADO Y DILIGENCIA PROFESIONAL
El auditor deberá desempeñar su trabajo, con meticulosidad, cuidado y esmero, poniendo siempre toda capacidad y habilidad profesional, con buena fe e integridad (NAGAS 1a edición, Boletín 2010)
Todo profesional forma parte de la sociedad, gracias a ella se forma y es a ella a quien debe servir. El profesional de la Contaduría Pública, al ofrecer sus servicios profesionales debe estar consciente de la responsabilidad que ello implica.
Es cierto que los profesionales son seres humanos y por lo tanto se encuentra al margen de cometer errores los cuales se pueden eliminar o reducir cuando el Licenciado en Contaduría realice su trabajo con ―cuidado y diligencia profesional‖.
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2.3.1.3.
INDEPENDENCIA
Para que la opinión que formule el Licenciado en Contaduría sea útil, veraz, oportuna y confiable, es necesario, que sea emitida con independencia mental. Se dice que existe independencia mental en una persona, cuando sus juicios se fundan en los elementos objetivos del caso; no existe independencia cuando la opinión o el juicio está influido por consideraciones de orden subjetivo.
El contador público no podrá actuar como auditor en aquellos casos en los que existan circunstancias que pueden esperarse que influyan sobre el juicio objetivo y que, por consiguiente, reduzca su independencia mental, o en aquellos casos en los que las circunstancias puedan establecer en la mente pública una duda razonable sobre su independencia y objetividad (NAGAS 1a edición, Boletín 2010).
En el capítulo I se hace referencia a código de ética el cual nace con el objeto de ofrecer mayores garantías de solvencia moral y establecer normas de actuación profesional. Y como se hace mención en dicho código, para que los interesados confíen en la opinión que da el Licenciado en Contaduría sobre los estados financieros debe existir independencia de criterio, que su opinión no esté influenciada por nadie, es decir, que su opinión sea objetiva, libre e imparcial.
2.3.2. NORMAS DE EJECUCIÓN DEL TRABAJO
Como ya se había señalado, el auditor está obligado a realizar su trabajo con cuidado y diligencia, y aun cuando es difícil definir lo que en cada tarea puede presentar un cuidado y diligencia adecuados, existen normas fundamentales para la realización de este trabajo las cuales son: Planeación y supervisión. Estudio y evaluación del control interno. 43
Obtención de la evidencia suficiente y competente.
Estas normas constituyen la especificación particular e indispensable, del cuidado y la diligencia que el Licenciado en Contaduría debe aplicar en la ejecución de un trabajo de auditoría.
2.3.2.1.
PLANEACIÓN Y SUPERVISIÓN
Como cualquier otra actividad, la auditoría requiere de una planeación adecuada para poder alcanzar el logro de sus objetivos de la manera más eficiente posible.
Un trabajo de auditoría debe ser planeado adecuadamente, es por ello que el auditor debe establecer una estrategia de auditoría en el cual se determine el alcance, oportunidad y el enfoque de dicho trabajo, y que guie en el desarrollo del plan de auditoría.
Cuando la estrategia ya está establecida, el auditor debe:
a) Identificar las características del trabajo, para poder definir su alcance.
b) Entender el objetivo y uso de los informes que se emitirán, para planear el tiempo de la auditoría y la naturaleza de las comunicaciones que se requieren.
c) Considerar los factores que, a su juicio profesional, son importantes en el enfoque de los esfuerzos del equipo de trabajo.
d) Considerar el resultado de las actividades preliminares del trabajo.
44
e) Determinar la naturaleza, oportunidad y extensión de los recursos que se necesitan para realizar un excelente trabajo de Auditoría.
2.3.2.2.
ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL CONTROL INTERNO
El sistema de control interno constituye el elemento más importante en el que se descansa la planeación de la auditoría. El control interno se puede definir como el conjunto de políticas y procedimientos establecidos para proporcionar una seguridad razonable de poder lograr los objetivos establecidos en una entidad. El boletín 3050 ―Estudio y Evaluación del Control Interno‖, establece que la estructura del control consiste en:
a) El ambiente de control: representa la combinación de factores que afectan las políticas y procedimientos de una entidad, fortaleciendo o debilitando sus controles.
b) La evaluación de riesgos: identificación, análisis y administración de los riesgos relevantes en la preparación de los estados financieros que pudieran evitar que estos estén razonablemente presentados de acuerdo con las NIF o cualquier otra base aceptada dentro de la contabilidad.
c) los sistemas de información y comunicación: consisten en los métodos y registros que se establecen para poder identificar, reunir, analizar, clasificar, registrar y producir la información cuantitativa de las operaciones que se realizan en una entidad económica.
d) Los procedimientos de control: son aquellos que la administración se encarga de establecer con el fin de poder los objetivos específicos de la entidad.
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e) La vigilancia: es el proceso que asegura la eficiencia del control interno a través del tiempo, e incluye la evaluación de los procedimientos y la aplicación de medidas correctivas cuando estas sean necesarias.
El control interno de una entidad es muy importante, ya que si se lleva a cabo de la manera adecuada se podrá llegar al logro de los objetivos establecidos, es por ello que el estudio y evaluación del control interno debe efectuarse para cumplir con la norma de ejecución de trabajo, la cual requiere que ―el auditor efectúe un estudio y evaluación adecuada del control interno existente, que le sirva como base para determinar el grado de confianza que va a depositar en él y le permita determinar la naturaleza, extensión y oportunidad que va a dar a los procedimientos de auditoría‖(NAGAS 1° edición, boletín 3050)
2.3.2.3.
OBTENCIÓN DE LA EVIDENCIA SUFICIENTE Y COMPETENTE
Mediante sus procedimientos de auditoría, el auditor
debe obtener evidencia
comprobatoria suficiente y competente en el grado que requiera para suministrar una base objetiva para su opinión (NAGAS 1° edición, Boletín 1010).
Para emitir la opinión del resultado del trabajo de auditoría, es necesario obtener y evaluar la evidencia que soporte el informe del auditor. Los procedimientos para poder obtener evidencia, pueden incluir inspección, observación, confirmación, verificación de cálculos y de controles, procedimientos analíticos e investigaciones que proporcionen una evidencia de auditoría.
La evidencia necesaria dentro de una auditoría para poder llegar a conclusiones razonables, el auditor la obtendrá al realizar lo siguiente:
a) Procedimientos de la evaluación de riesgos; y
b) Procedimientos de auditoría , que constan de: 46
i. Pruebas de los controles. ii. Procedimientos sustantivos, que incluyan pruebas de controles de detalle y procedimientos analíticos sustantivos.
2.3.3. NORMAS DE INFORMACIÓN
El tercer tipo de normas son las normas de información las cuales permiten al Licenciado en Contaduría verificar que los estados financieros se presenten conforme a las Normas de Información Financiera.
En el boletín 1020 de las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas ―declaraciones normativas de carácter general sobre el objetivo y naturaleza de la auditoría de los Estados Financieros‖ establece que la finalidad del examen de los estados financieros, es expresar una opinión profesional independiente, respecto a si dichos estados presentan la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo de una entidad de conformidad con las NIF mexicanas aplicadas sobre bases consistentes, el cual concluye con la emisión del dictamen, el cual es suscrito por un Licenciado en Contaduría.
El dictamen es el documento que suscribe el contador público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate. La importancia del dictamen en la práctica profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público conoce de su trabajo. El público inversionista, proveedores, acreedores, autoridades gubernamentales, etc., conocen las formas usuales de dictámenes de los auditores, de modo que una desviación sustancial de esos modelos requiere una explicación clara del motivo que la origina. (NAGAS 1a edición, Boletín 4010)
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Los elementos básicos que integran el dictamen que va a desarrollar el auditor, son:
a) Destinatario: es aquel que contrato los servicios del auditor (generalmente son accionistas.
b) Identificación de los estados financieros: se refiere al estado de situación financiera y a los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera.
c) Identificación de la responsabilidad: aquí la administración de la compañía aclararan en el contenido del dictamen que los estados financieros son su responsabilidad y
el auditor expresará que su responsabilidad va a
consistir en emitir una opinión sobre los mismos.
d) Descripción general del alcance de la auditoría: En el dictamen se tendrá que describir el alcance del trabajo efectuado, mediante las siguientes afirmaciones:
1. Que el trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas.
2. Que la auditoría fue planeada y llevada a cabo para obtener una seguridad razonable acerca de que los estados financieros están libres de errores importantes, y que están preparados de acuerdo con las Normas de Información Financiera.
3. Que el examen se efectuó mediante pruebas selectivas.
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4. Que la auditoría incluyó la evaluación de Normas de Información Financiera
mexicanas
utilizadas
y
de
las
estimaciones
significativas efectuadas por la administración de la compañía en la preparación de los estados financieros, así como una evaluación de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto.
5. Que la auditoría proporcionó bases razonables para la opinión.
e) Opinión del auditor: El dictamen deberá establecer claramente la opinión del auditor acerca de si los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en el capital contable y los flujos de efectivo, de acuerdo con las Normas de Información Financiera mexicanas.
f) Redacción y firma del dictamen: Siempre deberá aparecer el nombre y firma del Licenciado en Contaduría para mantener la responsabilidad profesional individual de quien suscribe el dictamen; sin embargo, el dictamen puede redactarse utilizando la primera persona del plural (ejemplo: Hemos examinado; En nuestra opinión; etc.), cuando el Licenciado en Contaduría sea socio de una firma de contadores públicos cuyo nombre se menciona en dicho documento.
g) Fecha del dictamen: Como regla general, la fecha del dictamen debe ser la misma en la que el auditor concluya su trabajo de auditoría, es decir, cuando se retira de las oficinas de la entidad.
h) Obligaciones en su uso: Con el fin de asegurar uniformidad y evitar confusiones a los usuarios de los estados financieros, cuando se emite un dictamen deberá prepararse conforme al modelo ya establecido
49
Como ya se había mencionado el dictamen es muy importante, ya que a través de éste el público y el cliente conocerán si los estados financieros fueron formulados de conformidad con las Normas de Información Financieras mexicanas, además es con el único documento que queda a su entera disposición.
El dictamen dependiendo
al resultado obtenido podrá ser de las siguientes
formas: Limpio o sin salvedades.
El auditor expresará una opinión sin salvedades, es decir, que los estados financieros que fueron examinados están presentados en todos sus aspectos importantes, de conformidad con las Normas de Información Mexicanas. Con salvedades.
Un
dictamen con salvedades se puede dar cuando el auditor encuentra
desviaciones en la aplicación de las Normas de Información Financiera por lo que deberá describir en forma precisa en qué consiste, cuantificar su efecto en los estados financieros y señalar el efecto de esto en su opinión, o bien, por tener limitaciones en el alcance del examen practicado las cuales pueden ser impuestas por la administración de la entidad lo que provocará que el auditor no pueda aplicar todos los procedimientos restringiendo la capacidad del Licenciado en Contaduría Independiente de reunir suficiente evidencia y así poder proporcionar una base razonable para sustentar su opinión; por ejemplo no haber estado presente en la realización de los inventarios físicos o por no reunir suficiente evidencia sobre el valor exacto del monto de inversiones hechas por la entidad.
50
Negativo
En este dictamen el auditor debe expresar una opinión negativa o adversa, como consecuencia de su examen, concluye que los estados financieros no están de acuerdo Normas de Información Financiera y las desviaciones son a tal grado importantes que la expresión de una opinión con salvedades no sería adecuada. Pero el auditor debe tener en cuenta que a pesar de expresar una opinión negativa sigue teniendo la obligación de expresar todas las desviaciones a las NIF y las limitaciones importantes que haya tenido en el alcance de su trabajo.
Cuando se tenga que emitir un dictamen negativo, no deberá incluir una opinión parcial sobre los componentes o partidas individuales de los estados financieros, ya que harían al dictamen contradictorio y confuso Con abstención de opinión
Por último el auditor debe abstenerse de opinar cuando el alcance de su examen haya sido limitado en forma tal que no proceda la emisión de un dictamen con salvedades. En este caso, deberá indicar todas las razones que dieron lugar a dicha abstención. Hay que aclarar que la abstención de opinar no va a usarse como sustitución de una opinión negativa y al igual que en el dictamen negativo el hecho de abstenerse de opinar no eximirá al auditor de la obligación de revelar todo las desviaciones importantes en la aplicación de las Normas de Información Financieras.
3. NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Antes de hablar sobre las Normas Internacionales de Auditoria es importante hacer referencia a La Federación Internacional de Contadores (IFAC por sus siglas en inglés) la cual fue fundada el 7 de octubre de 1977 en Munich, Alemania en el 11 º Congreso Mundial de Contadores. 51
El IFAC aglutina a los Contadores Públicos de todo el mundo la cual se creó para fortalecer la profesión contable y para proteger el interés público a través de la exigencia de prácticas de calidad mediante: El desarrollo de altos estándares internacionales de calidad y apoyo en su adopción y uso; Facilitar la colaboración y la cooperación entre los organismos que forman parte de él; Colaborar y cooperar con otras organizaciones internacionales, y Actuar como portavoz internacional de la profesión contable.
Con los años, las actividades de la IFAC se han expandido para incluir áreas como las siguientes: Mayor papel en la regulación de la profesión internacional; Una mayor comunicación con los reguladores internacionales, organismos de normalización, organismos de desarrollo, la comunidad de inversión y otras partes interesadas; Abordar la necesidad de alta calidad en la presentación de informes financieros y de gestión financiera a través del desarrollo de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público; Centrarse
en las prácticas de pequeñas y medianas empresas y las
naciones en desarrollo;
52
Mayor colaboración con los miembros de la IFAC y una mayor difusión a las organizaciones de la contabilidad regional, y Una relación más estrecha con las mayores firmas de contabilidad a través del Foro de Firmas.
El IFAC está encabezado por su Presidente, quien es nombrado por un organismo miembro de IFAC y por su Consejo. El actual presidente de la IFAC es Göran Tidström , quien se desempeñará como Presidente hasta noviembre de 2012. El IFAC se integró con 63 miembros en 1977, y ha crecido durante los últimos 30 años logrando incluir a 157 miembros y asociados en 123 países y jurisdicciones en todo el mundo. El gráfico siguiente muestra el crecimiento del número de miembros de la IFAC que ha tenido durante estos últimos 30 años.
FIGURA 2.1. Crecimiento del IFAC durante los ultimos 30 años
Esta federación ha establecido una serie de consejos y comités para desarrollar normas y directrices internacionales y centrarse en sectores específicos de la profesión, entre los cuales se creó el denominado IAASB (International Auditing and Assurance Standards Board), con el fin de implementar la uniformidad de la prácticas de auditoría y servicios relacionados con ella, en el mundo, a través de la emisión de pronunciamientos en una variedad de funciones de auditoría y aseguramiento. 53
El IAASB es quien emite las Normas Internacionales De Auditoría (NIA o ISA en inglés), es utilizado para reportar acerca de la confiabilidad de
información
preparada
Estándares
bajo
normas de
contabilidad;
también
emite
los
Internacionales para trabajos de aseguramiento (ISAE), Control de Calidad, (ISQC) Y Servicios relacionados (ISRS). Así mismo emite las denominadas declaraciones o Prácticas (IAPSs) para promover existencia técnica en la implementación de los estándares y promover las buenas prácticas.
La aparición de las Normas Internacionales de auditoría (NIA) denota la presencia de una voluntad internacional orientada al desarrollo sostenido de la profesión contable, a fin
de emitir la disposición de elementos técnicos uniformes y
necesarios para brindar servicios de alta calidad.
Las NIA se conforman de la siguiente manera:
200-229
Principios generales y responsabilidad
300-499
Evaluación de riegos y respuesta a los riesgos evaluados
500-599
Evidencia de auditoría
600-699
Uso del trabajo de otros
700-799
Conclusiones y dictamen de auditoría
800-899
Áreas de especialización
1000-1100
Declaraciones internacionales de prácticas de auditoría
2000-2699
Normas internacionales de trabajos de revisión
3000-3699
Normas internacionales de trabajos para atestiguar
4000-4699
Normas internacionales de servicios relacionados
3.1. ADOPCIÓN DE LAS NIA EN MÉXICO
En abril de 2008, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) aprobó el plan de convergencia de las normas de auditoría generalmente aceptadas en México con las Normas Internacionales. 54
Este proceso de convergencia tiene por objeto facilitar el tránsito hacia la adopción integral de las ISA.
3.1.1. INICIO DE LA VIGENCIA DE LAS NIA EN MÉXICO
El IMCP es miembro de IFAC y ha adquirido el compromiso de adherirse a los lineamientos profesionales que este organismo emite. De este modo, el 3 de diciembre de 2009 el IMCP aprobó el inicio del proceso de auscultación entre la membrecía
para la adopción integral de
las
NIA para las auditorías
correspondientes a estados financieros de los ejercicios que inicien el 1 de enero de 2012 y la abrogación de las normas de auditoría generalmente aceptadas en México a partir del 1 de enero de 2013.
El resultado del proceso de auscultación fue favorable en los términos propuestos. La decisión adoptada por IMCP, consiste en aprobar las NIA a partir de 2012 y abrogar las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México el 1 de enero de 2013. En consecuencia, la siguiente normatividad emitida por el IMCP, mediante la CONAA seguirá vigente en México: Norma de control de calidad aplicable a las firmas de Contadores Públicos que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados. Marco de referencia para trabajos de aseguramiento. Normas para atestiguar. Normas de revisión de información financiera. Normas para otros servicios relacionados.
55
Es preciso aclarar que la norma de control de calidad aplicable a las firmas de Contadores Públicos que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados (norma de control de calidad), el marco de referencia para trabajos de aseguramiento, las normas de revisión de información financiera y las normas para otros servicios relacionados presentan semejanzas con el marco internacional vigente; sin embargo, estas disposiciones normativas continuarán siendo emitidas por el órgano regulador de México que es la CONAA. Asimismo, el marco normativo mexicano es más completo respecto a los otros trabajos de aseguramiento (normas para atestiguar en México, serie 7000) emitidos por el IAASB, es por ello que se tomó la decisión de que sigan vigentes las normas que han sido emitidas por la CONAA y la creación de las nuevas normas de revisión (serie 9000) las cuales se abordaran más adelante, debido a que son el tema principal de este trabajo.
La serie 5000 de Procedimientos de auditoría se reclasificará e integrará a la serie 6000, a efecto de sumarse a las Guías de auditoría, las cuales seguirán emitiéndose por la CONAA, con el objetivo de proporcionar asistencia adicional a los Licenciados en contaduría dedicados a la auditoría de estados financieros, así como algunas sugerencias respecto a disposiciones de aplicación local, entre otras: Ejemplos de informes a emitir cuando el Licenciado en Contaduría ejerce las funciones de comisario. Consideraciones observables para la emisión del informe sobre la situación fiscal. Procedimientos de auditoría sugeridos respecto a rubros específicos de los estados financieros.
56
3.1.2. PARTICIPACIÓN DEL IMCP EN EL PROCESO DE AUSCULTACIÓN DE LAS NIA
Desde que se aprobó la adopción de las NIA, por parte de la CONAA y del CEN, después de concluir el proceso de auscultación, es necesaria una participación más directa de la profesión organizada de México en el proceso de emisión de éstas. Por lo tanto, la CONAA ha constituido una subcomisión de estudio y análisis permanente sobre los documentos emitidos por el IAASB, con el objeto de participar con comentarios sugerencias y opiniones específicas sobre los cambios en la normatividad internacional.
La CONAA informará a todos los miembros del IMCP, por los medios oficiales de comunicación, respecto a los documentos en auscultación emitidos por el IAASB, así como de los nuevos pronunciamientos relacionados con las NIA. Del mismo modo, traducirá al español las nuevas normas emitidas dentro de un plazo aproximado de noventa días posteriores a la emisión correspondiente. La traducción relativa a las nuevas NIA o las modificaciones que se hagan estarán disponibles en la página de Internet del IMCP desde la fecha de conclusión de la auscultación hasta la emisión impresa o electrónica que cada año realiza el IMCP.
Cuando algún proyecto emitido por el IAASB inicie el proceso de auscultación, la CONPA solicitará los comentarios correspondientes a todos los miembros del IMCP, a través de sus medios oficiales de comunicación; mencionará la fecha límite para obtenerlos y preparará los documentos de respuesta y de emisión de comentarios al IAASB, de conformidad con los procedimientos autorizados por la IFAC.
3.1.3. VIGENCIA DE LAS NAGAS
Debido a que algunas auditorías se llevan a cabo sobre estados financieros que se emiten respecto a periodos contables que difieren del año calendario y que se 57
iniciaron en el año 2011, podrán seguirse aplicando las normas de auditoría generalmente aceptadas en México hasta el 31 de diciembre de 2012. Se estima que en esa fecha los trabajos de auditoría quedarán concluidos, ya que, a partir del 1 de enero de 2013, las normas quedarán abrogadas. En los casos en que algún Licenciado en Contaduría sea contratado para llevar a cabo una auditoría en 2013 o en años posteriores sobre estados financieros correspondientes al año terminado el 31 de diciembre de 2011 o fechas anteriores, se deberán aplicar las NIA.
A partir de 2012, las NIA iniciarán su vigencia en México; asimismo, las normas de auditoría generalmente aceptadas en México se abrogarán el 1 de enero de 2013. La normatividad profesional relativa a la Norma de Control de Calidad aplicable a las firmas de Contadores Públicos que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados, el Marco de referencia para trabajos de aseguramiento, las Normas para atestiguar (Serie 7000), las Normas de revisión de información financiera (Serie 9000) y las Normas para otros servicios relacionados (Serie 11000), seguirán siendo emitidas y revisadas por el IMCP, por medio de la CONAA.
58
CAPÍTULO III: INFORME SOBRE EL CONTROL INTERNO
1. CREACIÓN DE LAS NORMAS DE REVISIÓN La normatividad referente a trabajos de aseguramiento y otros servicios relacionados está viviendo un proceso de armonización en México, desde el año 2010 se emitió la Norma de Control de Calidad (NCC) para este tipo de trabajos, así como un Prefacio y un Marco de Referencia para trabajos de aseguramiento, con la finalidad de establecer una estructura de la normatividad profesional respecto a la actividad del Licenciado en Contaduría que ayude a ilustrar a los usuarios de las Normas de auditoría, respecto a su aplicación en los trabajos que realiza y de la correlación de dicha normatividad con las disposiciones emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. (IMCP) en el Código de Ética Profesional.
Esta armonización establece dos grandes grupos de trabajos: Trabajos de aseguramiento. Otros trabajos relacionados.
Los trabajos de aseguramiento son aquéllos en los que un Licenciado en Contaduría expresa una conclusión diseñada para incrementar el grado de confianza de los usuarios sobre el resultado de la evaluación o medición del asunto sobre él que se realizará un trabajo, con los criterios aplicados.
Existen dos tipos de trabajos de aseguramiento: los trabajos que proporcionan una seguridad razonable y los trabajos que proporcionan una seguridad moderada. El objetivo de un trabajo de seguridad razonable es la reducción del riesgo a un nivel
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aceptablemente bajo en las circunstancias del trabajo base para expresar en forma positiva la conclusión del Contador Público, es decir, se emite una opinión.
El objetivo de un trabajo de seguridad moderada es la reducción en el riesgo del trabajo a un nivel que sea aceptable en las circunstancias del trabajo. Sin embargo, este riesgo es mayor que el de un trabajo de seguridad razonable, por lo que da la base para que Licenciado en Contaduría emita una afirmación negativa al expresar su conclusión, es decir, no se emite ningún tipo de opinión. Los trabajos de aseguramiento pueden ser: auditorías, atestiguamiento y revisiones.
Los trabajos de auditoría proporcionan una seguridad razonable en la conclusión del trabajo del auditor, los trabajos de revisión otorgan como conclusión del trabajo una seguridad moderada; ambos trabajos se refieren a información financiera histórica.
En el caso de los trabajos de atestiguamiento, éstos pueden proporcionar seguridad razonable o seguridad moderada, dependiendo del tipo de trabajo y las condiciones del mismo.
Se considera que se realiza un examen cuando la intención del trabajo es emitir una conclusión con seguridad razonable. Los trabajos que proporcionan seguridad moderada son trabajos por los cuales se llevó a cabo sólo una revisión y no un examen.
Una revisión consiste en hacer investigaciones con los responsables de los asuntos financieros y contables, así como en aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión
Para el desarrollo de estos trabajos, en México sólo existían las normas de auditoría y normas para atestiguar. Es por ello que La Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) inició el proceso de emisión de las Normas 61
de Revisión en el 2010, dicho proyecto fue aprobado por la CONAA el 9 de abril de 2010 y por el Comité Ejecutivo Nacional del IMCP el 25 de junio del mismo año, con el efecto de iniciar el proceso de auscultación de los boletines que integran esta serie, los cuales son: 9010 ―Revisión de Estados Financieros‖ y 9020 ―Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor de la Entidad‖
Las Normas de Revisión conformaron la serie 9000 y fueron aprobadas por la CONAA el 1 de noviembre de 2010 y el 19 de noviembre de 2010 por el Comité Ejecutivo Nacional del IMCP.
Como se mencionó en su proceso de auscultación estas normas continúan con el proceso de convergencia de la normatividad mexicana emitida por la CONAA, con la Normatividad internacional emitida por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB) de la Federación Internacional de Contadores Públicos (IFAC), por ello es importante reiterar que el proceso de adopción de la normatividad internacional es para los trabajos de auditoría, es decir, se adoptarán sólo las Normas Internacionales de Auditoría (NIA); mientras que, para los demás trabajos de aseguramiento (atestiguamiento y revisiones) se mantendrá el uso de las normas para atestiguar y normas de revisión emitidas por el IMCP, mediante la CONAA. Si bien no adoptaron las normas internacionales en materia de revisión de estados financieros, ésta sí fue considerada como base para la formulación de las ―Normas de revisión‖ emitidas por la CONAA.
2. NORMAS DE REVISIÓN A continuación se estudiarán las dos normas de revisión vigentes en México: la 9010, Revisión de estados financieros, y la 9020, Revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad.
62
2.1. REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS
La norma 9010 considera los lineamientos sobre las responsabilidades profesionales del Licenciado en Contaduría cuando éste, sin ser el auditor de una entidad, lleva a cabo un trabajo para revisar estados financieros; asimismo, sobre la forma y el contenido del informe que se emite en relación con la revisión.
El propósito de esta norma es establecer reglas y proporcionar al Licenciado en Contaduría los lineamientos que deberá seguir cuando éste, no siendo el auditor de una entidad, lleva a cabo un trabajo para revisar estados financieros; de igual forma, nos indica el contenido y forma del informe que el Licenciado en Contaduría emite al terminar dicha revisión.
Es importante destacar, que esta Norma de Revisión está dirigida a la revisión de los estados financieros integrales, y no de un estado financiero individual o de un componente del mismo, ya que en ese caso el Contador Público deberá aplicar las Normas para Atestiguar ya establecidas.
2.1.1. OBJETIVO DE UNA DE REVISIÓN
El objetivo de una revisión de estados financieros es permitir a un Licenciado en Contaduría declarar si, sobre la base de procedimientos que no proporcionan toda la evidencia que se requeriría en una auditoría, algo le ha hecho creer que los estados financieros no están preparados en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable (aseveración negativa).
2.1.2. TRABAJO DE REVISIÓN
Para la realización de un trabajo de revisión, se deben considerar, en primera instancia, los postulados que regulan la actuación del Licenciado en Contaduría con base en el Código de Ética Profesional, referentes a la independencia de 63
criterio, preparación, calidad y secreto profesional, responsabilidad personal, obligación de rechazar tareas que no cumplan con la moral, lealtad hacia el patrocinador de los servicios y retribución económica.
El Licenciado en Contaduría tendrá que planear y realizar su revisión con escepticismo profesional y reconociendo que pueden llegar a existir circunstancias que van a causar que los estados financieros contengan errores importantes.
El Licenciado en Contaduría debe obtener evidencia suficiente y apropiada, mediante la investigación y los procedimientos analíticos, para llegar a su conclusión y cumplir con el propósito de expresar una Aseveración Negativa en el informe de la revisión, el cual nos proporciona un nivel moderado de seguridad de que la información sujeta a dicha revisión está libre de errores importantes.
2.1.3. TÉRMINOS DEL TRABAJO
El Licenciado en Contaduría y el cliente deben acordar los términos del trabajo, los cuales deben documentarse en una carta convenio u otra forma adecuada, como lo puede ser la elaboración de un contrato.
Con la finalidad de evitar cualquier confusión en el trabajo a realizar, se considera necesaria la elaboración de la carta convenio que documente los términos claves del trabajo. Una carta convenio confirma la aceptación del nombramiento por parte del Licenciado en Contaduría y ayuda a evitar malos entendidos, respecto de asuntos como: los objetivos y el alcance del trabajo, el grado de responsabilidad del Licenciado en Contaduría., y la forma en que los informes deben emitirse, además será de ayuda para planear el trabajo de revisión, por lo que será de interés tanto para el Licenciado en Contaduría como del cliente.
Entre los asuntos que se incluirían en la carta convenio están:
64
El objetivo del servicio que será realizado. La responsabilidad de la administración por los estados financieros. El alcance de la revisión, incluyendo referencia a esta Norma de Revisión. Acceso sin restricción a registros, documentación y cualquier otra información solicitada en conexión con la revisión. Un ejemplo del informe que se espera rendir. El hecho de que no se puede depender del trabajo para descubrir errores, actos ilegales u otras irregularidades, como fraudes o desfalcos que puedan existir. Una declaración de que no se está realizando una auditoría de estados financieros (examen) y de que no se expresará una opinión de auditoría. Para enfatizar este punto y evitar confusión, el Licenciado en Contaduría puede también considerar el señalar que un trabajo de revisión no satisface ningún requerimiento estatutario o de terceros, que es propio de una auditoría.
Esta carta convenio puede presentarse de la siguiente forma, pero; hay que aclarar que esta puede ser modificada de acuerdo a requerimientos y circunstancias particulares de la entidad en la
que
se llevará a cabo dicha
revisión (NAGAS 1a edición):
65
AL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN:
Esta carta es para confirmar nuestro entendimiento de los términos y objetivos de nuestro trabajo, y la naturaleza y limitaciones de los servicios que proporcionaremos.
Llevaremos a cabo los siguientes servicios:
Revisaremos el balance general de La compañía ABC al 31 de diciembre de XXXX, y los correspondientes estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo, por el periodo que termino en esa fecha, de acuerdo con la Norma para Trabajos de revisión 9010, emitida por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos. No llevaremos a cabo una
auditoría de dichos estados financieros y, consecuentemente, no
expresaremos una opinión de auditoría sobre los mismos. De acuerdo con esto, esperamos informar sobre los estados financieros como sigue:
He revisado el balance general que se acompaña de la Compañía ABC al 31 de diciembre de XXXX, y los correlativos estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de flujos de efectivo, por el año que terminó en esa fecha. Estos estados financieros son responsabilidad de la administración de la Compañía. Mi responsabilidad consiste en emitir un informe sobre estos estados financieros basado en mi revisión. Los estados financieros de XXXY, que se presentan para fines comparativos de conformidad con las normas de información financiera mexicanas, no fueron objeto de mi revisión.
Mi revisión fue realizada de acuerdo con la Norma para Trabajos de Revisión 9010, emitida por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. Esta norma requiere que la revisión sea planeada y realizada de tal forma que permita obtener una seguridad moderada de que los estados 66
financieros no contienen errores importantes. Una revisión se limita primordialmente a investigaciones con el personal de la Compañía y a procedimientos analíticos aplicados a la información financiera, por lo que proporciona un menor grado de seguridad que una auditoría. No he realizado una auditoría de los estados financieros antes indicados y, en consecuencia, no expreso una opinión sobre los mismos.
Basado en mi revisión, no tuve conocimiento de situación alguna que llamara a mi atención para considerar que los estados financieros que se acompañan de la Compañía ABC, al 31 de diciembre de XXXX y por el año terminado en esa fecha, no estén presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes, de conformidad con las normas de información financiera mexicanas.
La responsabilidad de los estados financieros, incluyendo lo adecuado de sus revelaciones, es de la administración de la Compañía. Esto incluye el mantenimiento de registros contables y controles internos adecuados y la selección y aplicación de las políticas contables. Como parte de nuestro proceso de revisión, solicitaremos aclaraciones escritas de la administración, concernientes a aseveraciones hechas en conexión con la revisión.
No puede dependerse de nuestro trabajo para descubrir si existen fraudes o errores, o actos ilegales. Sin embargo, les informaremos de cualesquier asuntos de importancia que surjan a nuestra atención.
Cabe señalar que está carta convenio podrá ser aplicable en años futuros, siempre y cuando no sufra ninguna modificación o sea cancelada, de lo contrario quedará sin efecto para actividades futuras.
67
Favor de firmar y devolver la copia anexa de la carta, para indicar que está de acuerdo con su entendimiento de los términos convenidos para nuestra revisión de los estados financieros.
CONTADOR PÚBLICO
A nombre de la Compañía ABC; (Firma) __________________________ Nombre y titulo Fecha.
2.1.4. PLANEACIÓN
Como en cualquier trabajo, en una revisión el Licenciado en Contaduría debe planear la manera en que va a llevar a cabo su trabajo, es decir la manera en que ejecutará la revisión.
En la ejecución de un trabajo de revisión debe realizarse una planeación basada en el conocimiento del negocio, en la que se considere la organización de la entidad, los sistemas contables, características de operación y naturaleza de sus activos, pasivos, ingresos y gastos. Asimismo, es importante considerar la necesidad de usar el trabajo de otro Licenciado en Contaduría, o de un experto, que ayude a cumplir con el objetivo del trabajo de revisión, para ello debe quedar satisfecho con que dicho trabajo realizado por alguien más es adecuado para los fines de la revisión.
Para que el Licenciado en Contaduría pueda planear de manera adecuada la revisión que llevará a cabo, necesita tener una compresión adecuada de asuntos 68
relacionados con la actividad de la entidad y de otros relevantes a los estados financieros, por ejemplo, tener conocimiento de los métodos de producción y distribución de la entidad, líneas de productos, localidades de operación, y partes relacionadas. El Licenciado en Contaduría requiere de esta compresión para poder realizar
investigaciones
relevantes y diseñar los procedimientos
apropiados, así como evaluar las respuestas y cualquier otra información obtenida en la revisión.
2.1.5. PROCEDIMIENTOS Y EVIDENCIA
Todo el trabajo del Contador debe quedar debidamente documentado, de manera que se tenga toda la evidencia que soporte la emisión del informe. Además, el Licenciado en Contaduría, debe aplicar su juicio para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de revisión.
El Licenciado en Contaduría podrá guiarse de asuntos tales como: Cualquier conocimiento adquirido al realizar auditorías o revisiones de los estados financieros de períodos anteriores. El conocimiento del negocio, que tiene el contador público, incluyendo conocimiento de las normas y prácticas contables de la industria en la que opera la entidad. Los sistemas contables de la entidad. El grado en el cual una partida particular es afectada por el juicio de la administración. La importancia relativa de las transacciones y los saldos de las cuentas.
69
Asimismo, se deben aplicar las mismas consideraciones sobre materialidad, las cuales serían aplicables si se estuviera dando una opinión de auditoría sobre los estados financieros. Aunque existe un mayor riesgo de que los errores no sean detectados en una revisión, que en una auditoría, el juicio sobre qué es material, se hace en referencia a la información sobre la cual el Licenciado en Contaduría está reportando, y las necesidades de quienes confían en esa información, no en el nivel de seguridad proporcionado.
Los procedimientos para la revisión de estados financieros normalmente incluyen lo siguiente: Comprensión del negocio de la entidad y de la industria en la que opera. Investigaciones concernientes a las normas y prácticas contables de la entidad. Investigaciones referentes a los procedimientos de la entidad para registrar, clasificar y resumir transacciones, acumular información para revelación en los estados financieros, así como para prepararlos. Investigaciones concernientes a todas las aseveraciones de importancia en los estados financieros. Procedimientos analíticos diseñados para identificar relaciones y partidas individuales que parezcan inusuales. Estos procedimientos incluirían: - Comparación de los estados financieros con estados de periodos anteriores. - Comparación de los estados financieros con los resultados y la posición financiera previstos. 70
- Estudio de las relaciones entre los elementos de los estados financieros, de los que se espera que conformen un modelo predecible, basado en la experiencia de la entidad o en la norma de la industria.
Al aplicar estos procedimientos es importante considerar los asuntos que requirieron ajustes contables en periodos anteriores: Las investigaciones concernientes a decisiones tomadas en asambleas de accionistas, del Consejo de Administración, comités delegados del Consejo de Administración, y otros comités que puedan afectar a los estados financieros. La lectura de los estados financieros para considerar sobre la base de información que llama la atención, respecto a si los estados financieros parecen conformarse a la base contable indicada. La obtención de informes de otros Contadores Públicos, si los hay y si se considera necesario, que hayan sido contratados para auditar o revisar los estados financieros de componentes de la entidad. Las investigaciones con personas que tengan responsabilidad por asuntos financieros y contables, concernientes a: - Si los estados financieros han sido preparados de acuerdo con la base contable indicada. - Si todas las transacciones han sido registradas - Cambios en las actividades de negocios de la entidad y en normas y prácticas contables. 71
-
Asuntos sobre los cuales han surgido preguntas en el curso de la aplicación de los procedimientos anteriores.
- Obtener declaraciones escritas de la administración cuando se considere apropiado.
El Licenciado en Contaduría investigará sobre eventos posteriores a la fecha de los estados financieros, que puedan requerir ajustes a los estados financieros, pero no tendrá la responsabilidad de realizar procedimientos después de la fecha del informe de revisión.
Por otro lado si se considera que la información que fue sujeta a revisión puede tener errores importantes, el Licenciado en Contaduría podrá poner en práctica procedimientos adicionales o más extensos, según sea necesario, para expresar una aseveración negativa.
2.1.6. INFORME DE LA REVISIÓN
Como resultado del trabajo se emite un informe que contenga una clara expresión escrita de una aseveración negativa. El Licenciado en Contaduría debe evaluar las conclusiones extraídas de la evidencia obtenida, como por ejemplo, la base para la expresión de la aseveración negativa. Basado en el trabajo realizado, el Licenciado en Contaduría evaluará si cualquier información obtenida durante la revisión indica que los estados financieros no están presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.
Al igual que el resultado de una auditoría, la conclusión del trabajo puede aterrizarse en una conclusión sin salvedades, con salvedades, hacer una declaración de que la información financiera no se presenta razonablemente, o bien, abstenerse de emitir una conclusión por limitaciones al alcance. 72
El informe de la revisión describirá el alcance de la revisión llevada a cabo, para así poder comprender la naturaleza de la investigación y dejar en claro que no se realizo una auditoria sino una revisión y, por consiguiente, no se emitirá un dictamen sino un informe. El boletín 9010 ―revisión de estados financieros‖ nos indica que el informe sobre esta revisión de estados financieros debe contener los siguientes elementos:
a) Título.
b) Destinatario.
c) Un párrafo introductorio incluyendo:
a. Identificación de los estados financieros sobre los que se ha realizado la revisión. b. Una declaración de la responsabilidad de la administración de la entidad y de la responsabilidad del Licenciado en Contaduría.
d) Un párrafo de alcance, describiendo la naturaleza de la revisión, el cual incluirá una referencia a esta Norma de revisión, una declaración de que la revisión está limitada primordialmente a investigaciones y procedimientos analíticos; y se declarar que no se está llevando a cabo una auditoria y de que no se expresará una opinión.
e) Una aseveración negativa.
f) Fecha del informe.
g) Dirección del Licenciado en Contaduría.
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h) Firma del Licenciado en Contaduría.
El informe de la revisión dependiendo de la investigación realizada deberá declara que no ha surgido algo que le haga creer al Licenciado en Contaduría, que los estados financieros no están presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes, de lo contrario, si han surgido asuntos que afecten la presentación razonable, en todos los aspectos importantes, de los estados financieros, este debe expresar una salvedad a la aseveración negativa o cuando el efecto del asunto es muy importante y significativo para los estados financieros se deberá declarar que estos no están presentados razonablemente.
Por otro lado si durante la revisión llevada a cabo ha habido limitaciones importantes el informe describirá la limitación y, ya sea que exprese una salvedad a la aseveración negativa, respecto a los posibles ajustes a los estados financieros que podrían haberse determinado como necesarios si la limitación no hubiese existido o cuando el posible efecto de la limitación es tan significativo se concluye que no se puede expresar ningún nivel de seguridad.
2.2. REVISIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA REALIZADA POR EL AUDITOR INDEPENDIENTE DE LA ENTIDAD. Anteriormente se tenía establecida la Norma de Auditoría 4050, ―Informe Sobre la Revisión Limitada de Estados Financieros Intermedios‖, para el desarrollo de trabajos y la forma de emisión del informe sobre revisiones de estados financieros intermedios que por alguna razón
tenían que emitir las entidades. En este
proceso de armonización que vive la normatividad era necesario reubicar esta norma, ya que no podemos hablar de una auditoría y hacer referencia a una revisión limitada.
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Debemos tener presente que las revisiones limitadas (moderadas) llevan a emitir una conclusión del trabajo realizado en forma de aseveración negativa, es decir, no se emite una opinión y sólo se hace referencia a algo que llame la atención de quien realiza el trabajo. Lo anterior, para concluir si está o no presentada razonablemente la información financiera, o bien abstenerse de emitir la conclusión. Por lo tanto, este tipo de trabajo no podía seguir manteniéndose en las normas de auditoría.
Con la finalidad de ubicar este tipo de trabajo de acuerdo con el Marco de Referencia y con el Prefacio, antes referidos, se emitió la norma de revisión 9020, ―Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la Entidad‖, la cual tiene como propósito fundamental establecer las normas y proporcionar los lineamientos que debe seguir el auditor al realizar una revisión de información financiera intermedia y la forma del informe que deberá emitir después de dicha revisión; dejando sin efecto a la norma de auditoría 4050 ―Informe Sobre la Revisión Limitada de Estados Financieros Intermedios.
Si bien esta norma es aplicable a trabajos de revisión de información financiera intermedia que realiza el auditor de la entidad, el alcance del mismo es menor al desarrollado en un trabajo de auditoría y, por lo tanto, la conclusión es sobre la base de proporcionar una seguridad moderada o limitada.
En el caso de que quien realice el trabajo de revisión de información financiera no sea el auditor de la entidad, deberá atender la norma general para trabajos de revisión 9010.
Para fines de la norma 9020, la información financiera intermedia es información que se prepara y presenta de acuerdo con el marco contable aplicable y comprende un juego completo, o un juego condensado de los estados financieros por un periodo más corto que el ejercicio anual de la entidad. De hecho, es una de 75
las principales razones por las que no se puede realizar un examen (auditoría) sobre esta información, por lo tanto, debe llevarse a cabo bajo el esquema de un trabajo de revisión.
Esta norma está dirigida a la revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor de una entidad. Sin embargo, es aplicable, con las adecuaciones necesarias, cuando el auditor de una entidad toma a su cargo un trabajo para revisar información financiera histórica, distinta de la información financiera intermedia, de un cliente de auditoría, tal como es el caso de la revisión de algunos rubros o partidas específicas de los estados financieros, que puede ser solicitada por el cliente, y que sólo requiera un informe de seguridad moderada.
Una revisión, en contraste con una auditoría, no está planeada para obtener seguridad razonable de que la información financiera intermedia esté libre de errores importantes, más bien consiste en hacer investigaciones, principalmente con las personas responsables de los asuntos financieros y contables, así como en aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Una revisión puede llamar la atención del auditor, en cuanto a los asuntos importantes que afecten la información financiera intermedia, pero no proporciona toda la evidencia que se requeriría en una auditoría.
2.2.1. TÉRMINOS DEL TRABAJO
El Licenciado en Contaduría y el cliente deben acordar los términos del trabajo, los cuales deben documentarse en una carta convenio, con la finalidad de evitar cualquier confusión en el trabajo a realizar, en particular sobre el objetivo y alcance de la revisión, las responsabilidades de la administración y del auditor, el nivel de seguridad obtenido, y la naturaleza y forma del informe.
El boletín 9020 de esta norma de revisión, señala que la carta convenio que se firmará para desarrollar una revisión de estados financieros intermedios debe 76
incluir los siguientes asuntos: El objetivo de una revisión de información financiera intermedia El alcance de la revisión. La responsabilidad de la administración por la información financiera intermedia. La responsabilidad de la administración de establecer y mantener un control interno efectivo relevante para la preparación de información financiera intermedia. La responsabilidad de la administración de poner a disposición del auditor todos los registros contables y la información relativa. El acuerdo de la administración de proporcionar declaraciones escritas al auditor para confirmar las declaraciones hechas verbalmente durante la revisión, así como declaraciones que están implícitas en los registros de la entidad. Una muestra, en cuanto a la forma y contenido, del informe por emitir, en la que se incluye la identidad del destinatario del informe. El acuerdo de la administración referente a que, cuando algún documento que contenga información financiera intermedia indique que dicha información ha sido revisada por el auditor de la entidad, el informe de revisión se incluya también en el documento.
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2.2.2. PROCEDIMIENTOS
PARA
UNA
REVISIÓN
DE
INFORMACIÓN
FINANCIERA INTERMEDIA
En el boletín 9020 se indica los procedimientos que el auditor debe seguir para poder llevar a cabo una revisión de estados financiero intermedios, dichos procedimientos hacen referencia al entendimiento que debe tener el auditor sobre la entidad que revisara así como se su entorno e incluso de su control interno, también señala los procedimientos a seguir durante la revisión y la forma en que debe evaluar los resultados obtenidos. Todo esto para que sus conclusiones indiquen que no hay nada que le haga creer que los estados financieros no están presentados razonablemente, en todos los aspectos importantes con las normas de información financiera mexicanas.
2.2.2.1.
ENTENDIMIENTO DE LA ENTIDAD Y SU ENTORNO.
El auditor para poder desarrollar una revisión de estados financieros intermedios debe conocer la estructura de la entidad, el entorno que la rodea incluso su control interno, en relación con la preparación de la información financiera, tanto anual como intermedia, que sea suficiente para planear y realizar el trabajo, de tal forma que le permita identificar los tipos de errores importantes y la probabilidad de que estos ocurran; y seleccionar las investigaciones y procedimientos que darán al auditor una base para informar si algo ha llamado su atención y que le haga creer que la información financiera intermedia no está preparada, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.
Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas nos dicen que el auditor que ha examinado más de una vez los estados financieros de una entidad,
ha
obtenido un entendimiento sobre la entidad y su entorno, el cual dentro de una revisión debe utilizar para determinar los procedimientos analíticos que deberá aplicar y las investigaciones que hará y que le permitirán identificar los eventos, transacciones o aseveraciones particulares de la entidad. 78
Como ya se mencionó anteriormente, para que el auditor desarrolle una revisión clara, precisa y veras debe tener un entendimiento de la entidad y su entorno (incluso del control interno), en cuanto a su relación con la preparación de información financiera, tanto anual como intermedia, que sea suficiente para planear y realizar el trabajo, de tal forma que dichos conocimientos le permitan Identificar los tipos de errores importantes y considerar la probabilidad de que éstos ocurran; y seleccionar los procedimientos que llevará a cabo durante la revisión para que obtenga una base que sustente que no ha encontrado algo que le haga creer que la información financiera no está preparada, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.
Al planear una revisión de información financiera intermedia, el auditor actualiza ese entendimiento, además de obtener un entendimiento suficiente del control interno relacionado con la preparación de la información financiera intermedia, en cuanto éste difiere del relacionado con la preparación de la información financiera anual.
Esta norma de revisión hace énfasis en que el auditor a pesar de ya conocer la estructura y entorno de la entidad en la que hará la revisión de estados financieros intermedios, debe reforzarlo, para lo cual le indica que debe realizar las siguientes actividades: Leer toda documentación que le sea necesaria, para facilitar la identificación de los asuntos que afecten a la información financiera intermedia del periodo actual. Considerar los riesgos importantes identificados en la auditoría de los estados financieros del año anterior, incluyendo el riesgo de que la administración sobrepase los controles; la materialidad, respecto al marco contable aplicable en la entidad, en cuanto a su relación con la información financiera intermedia, todo esto para que el auditor pueda determinar la 79
naturaleza y alcance de los procedimientos a seguir durante la revisión y la evaluación de los efectos que pudieran tener los errores percibidos en la entidad. Considerar la naturaleza de cualquier error que haya sido identificado en los estados financieros del año anterior; los asuntos que puedan ser de gran importancia, tales como las debilidades del control interno y los resultados de cualquier procedimiento de auditoría realizado con respecto a los estados financieros del año actual. Investigar con la administración sobre los resultados de la evaluación del riesgo de que la información financiera intermedia pueda contener errores importantes como resultado de fraude, el efecto de los cambios en las actividades de negocios de la entidad, cualquier cambio importante en el control interno y el efecto potencial de dicho cambio en la preparación de la información financiera intermedia y el proceso para la preparación de la información financiera intermedia, y la confiabilidad de los registros contables relativos con los que debe coincidir y se concilia dicha información.
El auditor debe determinar la naturaleza de los procedimientos a seguir en la revisión de estados financieros intermedios.
Por otro lado cuando el auditor no ha realizado ningún trabajo de auditoría en años anteriores, para poder planear y realizar la revisión debe obtener un entendimiento de la entidad que le permita enfocar las investigaciones y procedimientos que llevará a cabo de acuerdo con esta norma de revisión.
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2.2.2.2.
PROCEDIMIENTOS ANÁLITICOS Y OTROS PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN.
El auditor deberá realizar investigaciones, principalmente con las personas responsables de los asuntos financieros y contables, y realizar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión que le permitan concluir sí, con base en los procedimientos realizados, algo ha llamado a su atención que le haga creer que la información financiera intermedia no está preparada, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable. (NAGAS 1a edición, boletín 9020).
Pero como ya se sabe una revisión generalmente no requiere hacer pruebas a los registros contables mediante inspección, observación o confirmación. Los procedimientos para llevar a cabo una revisión de información financiera intermedia generalmente se limitan a hacer investigaciones, principalmente con las personas responsables de los asuntos financieros y contables, así como a aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión, más que a comprobar la información obtenida relativa a asuntos contables importantes sobre la información financiera intermedia.
Al realizar la revisión de estados financieros intermedios, el auditor debe leer las minutas de juntas de accionistas, considerar los efectos que dieron origen a una modificación del dictamen de auditoría, investigar si la información financiera intermedia se ha preparado y presentado de acuerdo con el marco contable aplicable, si ha habido cambios en dicho marco contable, si la realización de nuevas transacciones han requerido la aplicación de una nueva norma de información financiera. También
debe adquirir conocimientos sobre cualquier
fraude o sospecha de fraude que puedan afectar a la entidad y a la información financiera; y el conocimiento de cualquier incumplimiento real o posible, con leyes y regulaciones que pudieran tener un efecto importante sobre la información financiera intermedia. 81
Además, es importante señalar que el auditor que realiza la revisión de la información financiera intermedia será contratado para llevar a cabo una auditoría de los estados financieros anuales de la entidad.
Y a pesar de que en una revisión de información financiera intermedia no se requiere comprobar las investigaciones sobre los litigios o reclamaciones, es conveniente la comunicación directa con el abogado de la entidad. Por otra parte, el auditor debe obtener evidencia de que la información financiera intermedia concuerda o se concilia con los registros contables relativos, averiguar si la administración ha identificado todos los eventos, hasta la fecha del informe de revisión, que puedan requerir ajuste o revelación en la información financiera intermedia. No es necesario que el auditor realice otros procedimientos para identificar eventos que ocurran después de la fecha del informe de revisión.
El auditor debe investigar si la administración ha cambiado su evaluación de la capacidad de la entidad para continuar como un negocio en marcha, y si esté, tiene conocimiento de eventos o condiciones que puedan generar una duda importante sobre la capacidad de la empresa para continuar como negocio en marcha deberá investigar
con la administración sobre los planes de acción a
futuro y considerar lo adecuado de la revelación de estos asuntos en la información financiera.
2.2.3. EVALUACIÓN DE ERRORES
El auditor evaluará de forma independiente, si los errores no corregidos que han llamado su atención son importantes para la información financiera intermedia.
La revisión de la información financiera intermedia, no está diseñada para obtener seguridad razonable de que la información financiera intermedia esté libre de errores importantes. Sin embargo, los errores que llamen a la atención del auditor, se evaluaran individualmente y en forma agregada, para determinar si se requiere 82
hacer un ajuste importante a la información financiera intermedia, para que esté preparada en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable
El auditor podrá ejercer su juicio profesional al evaluar la importancia de cualquier error que la entidad no haya corregido y podrá designarles un monto por debajo del cual no es necesario acumular los errores, y al hacer esto, el auditor tomará en cuenta
el
hecho
de
que la
determinación de
la
materialidad implica
consideraciones cuantitativas y cualitativas, y que los errores de un monto relativamente pequeño podrían, no obstante, tener un efecto importante en la información financiera intermedia.
2.2.4. DECLARACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN
En el boletín 9020 señala que el auditor obtendrá durante la revisión
de
información financiera intermedia declaraciones escritas de la administración en donde ésta reconoce
que la información financiera intermedia se prepara y
presenta de acuerdo con el marco contable aplicable; su responsabilidad por el diseño e implementación del control interno para prevenir y detectar fraudes, que los errores no corregidos, acumulados por el auditor durante la revisión, no es material, ni en lo individual ni en forma agregada, para la información financiera intermedia tomada en su conjunto.
También revelará al auditor que realice la revisión de estados financieros intermedios todos los hechos importantes, relativos a cualquier fraude o sospecha de fraude conocido por la administración, que puedan haber afectado a la entidad, los resultados de la evaluación de los riesgos de que la información financiera intermedia pueda estar distorsionada de manera importante como resultado de fraude y todo incumplimiento conocido, incurrido o potencial, con las leyes o regulaciones, cuyos efectos deban ser considerados en la preparación de la información financiera intermedia. 83
La administración revelará al auditor por escrito los hechos importantes, que hayan ocurrido después de la fecha del balance y hasta la fecha del informe de revisión, que puedan requerir ajuste o revelación en la información financiera intermedia.
2.2.5. RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR POR LA INFORMACIÓN ADICIONAL
El auditor durante la revisión obtendrá declaraciones adicionales, las cuales debe leer, para
considerar si dicha información es incongruente con respecto a la
información financiera intermedia y poder considerará si necesita modificarse la información financiera intermedia o la información adicional. Si se necesita una modificación en la información financiera y la administración se negará a hacerla, el auditor considerará
las implicaciones para el informe de revisión. Si es
necesaria una modificación en la información adicional y la administración se negará
a hacerla, el auditor considerará incluir en el informe de revisión un
párrafo adicional que describa la incongruencia, o emprender otras acciones, tales como retener la emisión del informe de revisión o retirarse del trabajo.
2.2.6. LA COMUNICACIÓN DENTRO DE LA REVISIÓN
El auditor debe comunicar tan pronto como le sea posible, verbalmente o por escrito el asunto, que haga que este crea que es necesario
hacer un ajuste
importante a dicha información, para que esté preparada, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable,
y si a su juicio la
administración no responde de manera apropiada, el auditor debe informar a los encargados del gobierno corporativo y si estos a parecer del auditor no respondan de manera apropiada dentro de un tiempo razonable, el auditor
considerará
modificar el informe o la posibilidad de retirarse del trabajo o bien renunciar al nombramiento para auditar los estados financieros anuales.
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2.2.7. INFORME DE LOS RESULTADOS DE LA REVISIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA
El boletín 9020
indica que el auditor debe emitir un informe por escrito que
contenga lo siguiente:
a) Título.
b) Destinatario, según lo requieran las circunstancias del trabajo.
c) Identificación de la información financiera intermedia revisada, incluyendo el titulo de cada uno de los estados contenidos en el juego, completo o condensado, de estados financieros, así como la fecha y el periodo cubierto por la información financiera intermedia.
d) Si la información financiera intermedia comprende un juego completo de estados financieros de propósito general, preparado de acuerdo con el marco contable aplicable.
e) En otras circunstancias, una declaración de que la administración es responsable por la preparación y presentación de la información financiera intermedia, de acuerdo con el marco contable aplicable.
f) Una declaración de que el auditor es responsable de expresar una conclusión sobre la información financiera intermedia con base en la revisión.
g) Una declaración de que la revisión de la información financiera intermedia fue realizada de acuerdo con la Norma de Revisión 9020 ―Revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad‖. 85
h) Una declaración de que una revisión es sustancialmente menor en alcance que una auditoría realizada de acuerdo con las normas de auditoría y que, en consecuencia, no permite al auditor obtener una seguridad de que llegue a conocer todos los asuntos importantes que pudieran ser identificados en una auditoria, y que, por lo tanto, no se expresa una opinión.
i) Si la información financiera intermedia comprende un juego completo de estados financieros de propósito general.
j) En otras circunstancias, una conclusión sobre si algo ha llamado a la atención del auditor que le haga creer que la información financiera intermedia no está preparada, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco contable aplicable.
k) La fecha del informe.
l) Ubicación en el país o jurisdicción en donde el auditor ejerce su práctica.
m) Firma del auditor.
Al igual que en una auditoría, en una revisión, después de haber obtenido la evidencia suficiente para dicho trabajo el auditor podrá expresar sus conclusiones sobre la revisión que llevo a cabo sobre los estados financieros intermedios sin salvedad siempre y cuando no encuentre algo que llame su atención y le haga creer que debe hacerse un ajuste importante a la información financiera intermedia siendo así el auditor expresará una conclusión con salvedad.
Cuando el efecto de la desviación es tan importante y significativo para la información financiera intermedia, que el auditor concluye que una conclusión con
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salvedad no es adecuada para revelar la naturaleza equívoca o incompleta de la información financiera intermedia, expresa una conclusión adversa.
La revisión también se verá afectada por limitaciones y por esto, el auditor debe comunicar, por escrito, al nivel apropiado de la administración y a los encargados del gobierno corporativo, la razón por la que no puede completarse la revisión, y considerar si es apropiado emitir un informe.
Si, después de aceptar el trabajo, la administración impone una limitación al alcance de la revisión, el auditor solicita la eliminación de dicha limitación. Si la administración se niega a hacerlo, el auditor no puede completar la revisión y expresar una conclusión, el auditor comunicará por escrito, al nivel apropiado, la razón por la cual no puede completarse la revisión.
También pueden ocurrir limitaciones al alcance debido a circunstancias que no sean una limitación impuesta por la administración. En esas circunstancias, el auditor generalmente no puede completar la revisión y expresar una conclusión. Puede haber algunas circunstancias excepcionales, cuando la limitación al alcance del trabajo del auditor está claramente relacionada con uno o más asuntos específicos que, si bien son importantes, a juicio del auditor no son significativos para la información financiera intermedia. En tales circunstancias, el auditor modifica el informe de revisión indicando que, excepto por el asunto que se describe en un párrafo explicativo del informe, la revisión fue realizada de acuerdo con esta Norma de Revisión, e incluyendo una salvedad en la conclusión.
En este informe también puede añadirse un párrafo de énfasis, sin afectar la conclusión del auditor, para hacer notar un asunto que se incluye en una nota a la información financiera intermedia, donde se describe el asunto con mayor amplitud. El párrafo se incluye, para resaltar una incertidumbre, que se relacione con un evento o condición que pueda generar una duda importante sobre la situación de la entidad. 87
2.2.7.1.
DOCUMENTACIÓN
El auditor
preparará la
documentación de la revisión, que sea suficiente y
apropiada, para proporcionar una base que sostenga sus conclusiones sobre la revisión, así como evidencia de que la revisión se llevó a cabo de acuerdo con esta Norma de Revisión y con los requisitos legales y regulatorios aplicables. La documentación le permitirá a un auditor con experiencia, que no tenga previa conexión con el trabajo, entender la naturaleza, oportunidad y alcance de las investigaciones realizadas, de los procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión aplicados, la información obtenida, y cualquier asunto importante considerado durante la revisión, incluyendo el tratamiento de dichos asuntos.
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CONCLUSIONES
El propósito fundamental de esté trabajo de investigación, fue dar a conocer las nuevas Normas de Revisión emitidas por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos por medio de la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento, las cuales entraron en vigor a partir del primero de enero de 2011. Pero para poder llegar a eso fue necesario hacer hincapié en los aspectos generales de la auditoría; así como de dar a conocer un poco de lo que es la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento, la cual fue fundada hace más de 55 años por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos. La auditoría es en términos generales la acumulación y evaluación de evidencia sobre la información cuantificable de una entidad económica para determinar y opinar sobre el grado de correspondencia que hay entre la información y un criterio establecido. Pero para llegar al objetivo de la auditoría que es emitir un dictamen sobre los estados financieros que fueron auditados, la auditoría desde sus inicios se vio en la necesidad de ser regulada por normas, que le permitieran a los usuarios de la información financiera tener una seguridad razonable de que los estados financieros estaban presentados conformes al marco contable aplicable, es por ello que a lo largo de los años han surgido organismos en el mundo que se encargaron de llevar a cabo la emisión de normas de auditoría.
En México fue el Instituto Mexicano de Contadores Púbicos a través de la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento quien se ha encargado de la emisión de diversas normas de auditoría que regulan la práctica del Licenciado en Contaduría como auditor.
Las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas son los requisitos mínimos de calidad relativos a la personalidad del auditor, el trabajo que desempeña y a la información que rinde como resultado de su trabajo.
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Como bien se sabe unos de los servicios que ofrece el Licenciado en Contaduría como profesional independiente es la auditoría de estados financieros, la cual culmina con la elaboración de un dictamen, mismo que se emite no solo para uso de quien o quienes contrataron los servicios, sino para una diversidad de usuarios, que utilizan el resultado de su trabajo como base para una mejor toma de decisiones.
Ese dictamen se encuentra basado en exámenes de acuerdo a los procedimientos de auditoría específicos, los cuales se encuentran diseñados de acuerdo a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México. Pero el Licenciado en Contaduría, no siempre es contratado para llevar a cabo auditorías de estados financieros; en ocasiones el Licenciado en Contaduría es contratado para llevar a cabo trabajos distintos a los de una auditoría,
como lo
son: La revisión de estados financieros; y La revisión de información financiera intermedia realizada por el auditor independiente de la entidad.
Dichos trabajos proporcionan a los usuarios de la información financiera una seguridad moderada; la cual tiene como objetivo la reducción en el riesgo del trabajo a un nivel que sea aceptable en las circunstancias en que se desenvuelve la entidad. Sin embargo, este riesgo es mayor que el de un trabajo de seguridad razonable, por lo que da la base para que el Licenciado en Contaduría emita una afirmación negativa al expresar su conclusión, es decir, que el Licenciado en Contaduría en una revisión no emitirá ningún tipo de opinión. Estos trabajos de seguridad moderada, son conocidos como trabajos de revisión y debido a su creciente demanda y con el fin de cumplir con el compromiso de 91
adoptar y alinearse con las normas emitidas por la International Federation of Accountants (IFAC),
el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) a
través de la Comisión de Normas de Auditoría y Aseguramiento (CONAA) se dio a la tarea durante el 2010 de emitir
la serie 9000 ―Normas de Revisión‖ que
consideran los lineamientos que debe seguir el Licenciado en Contaduría para desarrollar una adecuada revisión, dicha norma quedó conformada por dos boletines los cuales son 9010 ―Revisión de Estados Financieros‖ y 9020 ―Revisión de Información Financiera Intermedia Realizada por el Auditor Independiente de la entidad‖. Estas normas de revisión han dado al Licenciado en Contaduría la oportunidad de proporcionar diferentes servicios profesionales más allá de examen de estados financieros, esto, sin estar sujeto a las restricciones que establece la auditoría de los estados financieros de una entidad con base a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en México. Las normas de revisión dan respuesta a las necesidades actuales del Licenciado en Contaduría, al ser requerido
para aplicar ciertos procedimientos que no
corresponden a la aplicación de las técnicas que se requieren en una auditoría de estados financieros. Es por ello que me he interesado en dar a conocer estas Normas de Revisión; ya que a pesar de la creciente demanda hacia los Licenciados en Contaduría sobre los trabajos de revisión en los últimos años, es poca la información con la que se cuenta sobre ellos y sobre las normas de revisión, las cuales le brindan al Licenciado en contaduría los lineamientos que debe seguir para desarrollar una revisión de estados financieros y/o de información financiera intermedia clara y veraz, por lo que consideré de suma importancia difundir su existencia, aplicación y utilidad a través de este trabajo de investigación.
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FUENTES DE INFORMACIÓN
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Normas
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ÍNDICE DE FIGURAS Fig. 2.1 Crecimiento del IFAC durante los últimos 30 años ................................... 53
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