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Villa de Leyva Monumento Nacional Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario ESTUDIOS PREVIOS DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA PARA ADELANTAR EL PROCES

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Villa de Leyva Monumento Nacional Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario

ESTUDIOS PREVIOS DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA PARA ADELANTAR EL PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA MEDIANTE LA MODALIDAD DE SUBASTA INVERSA PARA CONTRATAR LA COMPRA DE UNIFORMES E IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA Y LA RECREACION EN EL MUNICIPIO DE VILLA DE LEYVA. De conformidad a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, decreto 2474 de 2008, articulo 20; la Secretaria de Desarrollo Social y Comunitario presenta los estudios de conveniencia para adelantar el proceso contractual que permita la adquisición de bienes con características técnicas uniformes y de común utilización para el fomento de la actividad deportiva y la recreación en el municipio de Villa de Leyva. 1.

DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:

Que, la Ley 181 de 1995 (Ley del deporte), clasifica el deporte como un derecho social y un factor básico en la formación integral de la persona; en el capítulo 4 de la mencionada Ley se estipula que el fomento, desarrollo y práctica de las actividades deportivas y de recreación están regidas por los principios de Universalidad, Participación Comunitaria, Participación Ciudadana, Integración Funcional, Democratización y Ética deportiva. Que, los objetivos generales de la Ley 181 de 1995 (Ley del deporte), son el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento en la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país; en desarrollo de este derecho todas las personas tiene libre acceso a la formación física. Que, la ley 715 de 2001 en su artículo 76, establece que los municipios deben destinar recursos del Sistema General de Participaciones u otros recursos, para promover, financiar o cofinanciar proyectos de interés municipal y en especial, según el ítem 76.7 en materia de deporte y recreación le corresponde según el numeral 76.7.1. Planear y desarrollar programas y actividades que permitan fomentar la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física en su territorio. 76.7.2. Construir, administrar, mantener y adecuar los respectivos escenarios deportivos. Que una de las maneras más importantes para lograr este propósito es otorgar a la niñez y a la juventud colombiana oportunidades para su educación a través de la práctica de la educación física, la recreación y el deporte. Que, en Plan de Desarrollo Villa de Leyva – Patrimonio de Todos 2008-2011 se contempla que la Administración Municipal debe propender por: Promover y apoyar la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre mediante torneos y/u campeonatos municipales, regionales y departamentales, en las diferentes modalidades deportivas. Implementar procesos de iniciación, formación y especialización deportiva, con la práctica del deporte en la comunidad. Que, la Alcaldía Municipal de Villa de Leyva, a través de la Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario; coordina y ejecuta los Programas que promuevan y fomente la actividad física, la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre. Que, el municipio cuenta con los escenarios y campos deportivos que permiten el fomento y la promoción de la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre. Que, es necesario y conveniente contar con el material deportivo para el fomento de la actividad física, la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre. Dada la inexistencia de estos elementos necesarios para el fomento y la práctica del deporte, en los inventarios del Almacén, se requiere contratar la compra mediante la modalidad de selección abreviada. 2.- DESCRIPCIÓN DEL OBJETO, ESPECIFICACIONES E IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR La Alcaldía de Villa de Leyva requiere Contratar mediante el proceso de selección abreviada la compra de implementos deportivos para el fomento de la actividad física, la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre en el Municipio de Villa de Leyva. 2.1.- OBJETO Contratar la compra de implementos deportivos para el fomento de la actividad física, la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre en el Municipio de Villa de Leyva.

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Villa de Leyva Monumento Nacional Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario 2.1.1 – OBLIGACIONES Y/O ACTIVIDADES ESPECÍFICAS: En desarrollo del objeto contractual el contratista debe suministrar los siguientes elementos de acuerdo a las especificaciones técnicas descritas así:

Ítem

1

2

3

4

5

6

7

8

Denominación del bien Balón de futbol N° 4, cosido, con diseño/o de cubierta pentagonal y hexagonal, con cubierta en PVC con neumático de látex, de superficie lisa. Balón de futbol de salón, N°3, cosido, con diseño o de cubierta en forma pentagonal y hexagonal, con cubierta en P.U / PVC, con neumático butilo. Balón de baloncesto, N°7, con cubierta en caucho, neumático de butilo Balón de voleibol profesional, N°5, laminado, con cubierta en P.U, con neumático de Butilo, cumple con las especificaciones técnicas internacionales, (peso, rebote y circunferencia) Camiseta para uniforme de baloncesto en trilovals, de confección, con estampe plastipuff. (1 juego de 10 en tallas S y M) (1 juego de 10 en tallas L) Camiseta y Pantaloneta para uniforme de baloncesto en trilovals, de confección, con estampe plastipuff (1 juego de 10 en tallas S y M) (1 juego de 10 en tallas L) Sudadera dama (chaqueta y pantalón y bordados (alcaldía Villa de Leyva Patrimonio de Todos en el espaldar de la chaqueta. escudo de Villa de Leyva a la altura del pecho parte derecha) confeccionada en poliéster, sin capucha con bolsillos, un sistema de cierre sin velcro, talla 4M,6 L, Sudadera caballero (chaqueta y pantalón y bordados (alcaldía Villa de Leyva Patrimonio de Todos en el espaldar de la chaqueta. escudo de Villa de Leyva a la altura del pecho parte

CODIGO CUBS

Unidad de Medida

CANT.

VALOR UNIT

VALOR TOTAL

1.55.1.1.7 1.55.1.1.9

Unidad

6

$ 59.000

$354.000

1.55.1.1.3

Unidad

6

$58.000

$348.000

1.55.1.4.14

Unidad

6

$50.000

$300.000

1.55.1.5.12

Unidad

6

$59.000

$354.000

1.60.3.24.61

Unidad

20

$20.000

$400.000

1.60.3.24.61 1.60.3.25.61

Unidad

20

$37.500

$750.000

1.60.3.18.238 1.60.3.18.239

Unidad

10

$81.100

$811.000

1.60.3.18.239 1.60.3.18.240

Unidad

10

$81.100

$811.000

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Villa de Leyva Monumento Nacional Secretaría de Desarrollo Social y Comunitario derecha) confeccionada en poliéster, sin capucha con bolsillos, un sistema de cierre sin velcro, talla 4L, 6XL TOTAL

$ 4´128.000

Nota: Los estampados de los uniformes y petos deportivos llevan número, Logo (Villa de Leyva Patrimonio de Todos) en el espaldar; y escudo de Villa de Leyva en el frente. Ningún ítem en la propuesta puede superar el valor unitario definido dentro del presupuesto oficial. En ningún caso se puede superar el presupuesto oficial para el valor total del suministro. En caso de no cumplir con alguna de las anteriores observaciones la propuesta será rechazada. 2.2. PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la ejecución estimado es de 20 días hábiles a partir de la legalización del contrato. 2.3. VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL: El valor del presupuesto oficial se estima en CUATRO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL PESOS M/CTE ($4.128.000). Denominado DOTACIÓN IMPLEMENTOS DEPORTIVOS 2.4. FORMA DE PAGO: El municipio cancelara el valor total del contrato una vez sean entregados los elementos objeto del procesos contractual, previa certificación de recibido a entera satisfacción realizada por el almacenista del municipio y por el supervisor del contrato. 2.5. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: El valor del contrato estará respaldado por los certificados de disponibilidad No 2011030041 con cargo al Rubro presupuestal 212131202 por un valor de CUATRO MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CTE ($4.128.319). Denominado DOTACIÓN IMPLEMENTOS DEPORTIVOS. De fecha 11 de marzo de 2011 2.6. LUGAR DE EJECUCION: Será el Municipio de Villa de Leyva. 2.7. SUPERVISION Y/O INTERVENTORIA: Para la supervisión y Control se designa a la Secretaria de Desarrollo Social y Comunitario o por quien haga sus funciones. 3- FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN ABREVIADA POR SUBASTA INVERSA PRESENCIAL: “La Selección Abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación, la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual.” En virtud de lo establecido en el literal a) del numeral 2° del Artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con lo fijado por los artículos 16 a 25 del Decreto 2474 de 2008, en especial lo señalado por su artículo 25; por regla general, independientemente de la cuantía, los bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, deben ser adquiridos haciendo uso de subasta inversa. Lo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 17 del mismo decreto. Este proceso contractual, su objeto y su cuantía y la reglamentación normativa existente a la fecha, debe adjudicarse mediante Selección Abreviada por Subasta Inversa Presencial, debido a que no se cuenta con la infraestructura necesaria para realizarla de forma electrónica. 4- FACTORES DE SELECCIÓN De conformidad con lo señalado en el numeral 1 del artículo 12 del decreto 2474, “En la selección abreviada para la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización la oferta más favorable a la entidad será aquella con el menor precio.” y el numeral 3, articulo 5 de la Ley 1150 de 2007, “…en los pliegos de condiciones para las contrataciones cuyo objeto sea la adquisición o suministro de bienes y servicios de características técnicas uniformes y común utilización, las entidades estatales incluirán como único factor de evaluación el menor precio ofrecido.” 5- EL ANÁLISIS TÉCNICO Y ECONÓMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INDICANDO CON PRECISIÓN LAS VARIABLES CONSIDERADAS PARA CALCULAR EL PRESUPUESTO DE LA RESPECTIVA CONTRATACIÓN, ASÍ COMO SU MONTO Y EL DE LOS COSTOS PARA LA ENTIDAD ASOCIADOS A LA REALIZACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

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En la elaboración de los estudios previos (costos), se consultaron diferentes entidades (personas naturales y/o jurídicas) cuya actividad comercial u objeto se ajusta al de este proceso, y a partir de los valores suministrados por estas, se definió el presupuesto oficial para este proceso contractual. Para establecer el Presupuesto Oficial que soporta el valor estimado del contrato, se realizó un estudio de costos de mercado teniendo en cuenta cotizaciones y valores del SICE para los elementos que serán adquiridos en el presente proceso de contratación y con base en ello, se determinó el presupuesto oficial por ítem, de acuerdo a las necesidades y cantidades requeridas. 6- LA JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE: De acuerdo con la normatividad vigente, numerales 1° y 3° del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el numeral 1° del artículo 12 del Decreto 2474 de 2008, se propone como único criterio de evaluación, el precio, pues por tratarse de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización, independientemente de la cuantía del proceso, el ofrecimiento más favorable corresponde a aquel que dé el menor precio a la entidad; en concordancia con lo preceptuado por el Artículo 17 del Decreto 2474 de 2008. El Municipio verificará la capacidad jurídica, la experiencia, capacidad financiera y de organización que dé certeza que los proponentes cuentan con la organización e infraestructura que permita el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato, no obstante por la modalidad de selección y de conformidad con lo establecido en las normas precitadas, el único factor de evaluación será el menor precio ofrecido. 7- TIPIFICACION, ESTIMACION Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES: Para los efectos de la presente contratación, se entienden por riesgos: Riesgo Previsible: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia. Riesgo Imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias en las cuales no es factible su previsión; es decir, el acontecimiento de su ocurrencia, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerra o eventos que alteren el orden público. Tipificación del Riesgo: Es la enunciación que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo, que pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato. Asignación del Riesgo: Es el señalamiento de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo. Riesgos Previsibles: Para los efectos del presente proceso de selección, son riesgos previsibles: Antes y durante la etapa de ejecución del contrato: a) Variación de precios b) Modificación de las especificaciones técnicas c) Daños causados antes del recibo. e) Cambios normativos o de legislación tributaria f) Hurto y vandalismo g) Daños a bienes ajenos y a terceros. Con posterioridad a la ejecución del contrato: h) Calidad del bien. Los anteriores riesgos serán asumidos por el Contratista con excepción de los señalados en los literales b) y e), los cuales corresponderán a la Entidad Contratante. Riesgos Imprevisibles: Se consideran riesgos no previsibles, por la incertidumbre de su ocurrencia, los de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerras, asonadas o eventos que alteren el orden público.

No.

Tipificación

1

Financiero

2

Jurídica

3

Jurídica

4

Técnico

5

Técnico

Evento Incumplimiento en el pago en la fecha establecida. No suministrar los elementos en el lugar y fecha establecidas No suministrar los elementos en las condiciones ofrecidas. Hecho de la Naturaleza A partir de la fecha de suscripción del Contrato y en todas las etapas del mismo el Contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este Contrato, al igual que respecto a los que logre determinar, salvo los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario.

Severidad

Frecuencia

Mínima

Poco Probable

Crítica

Poco probable

Crítica Crítica

Poco probable Improbable

Crítica

Probable

Asignación al contratista

Asignación a la entidad X

X X X

X

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6

Técnico

7

Técnico

Los efectos desfavorables, derivados de la existencia de daño emergente del Contratista, por la ocurrencia de hechos de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, en los términos del Contrato y la legislación existente. Falta de calidad de los elementos

Crítica

Probable

Crítica

Probable

X

X

8- MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO A CELEBRAR: Conforme a lo establecido por Los Decretos 2474 de 2008, 4828 de 2008 y atendiendo la naturaleza del contrato, plazo de ejecución y forma de pago, la entidad considera necesario que el contratista constituya Póliza de Garantía con una compañía de seguros legalmente establecida y constituida en Colombia, que ampare los siguientes riesgos: a). Cumplimiento por la suma equivalente al 10% del valor del contrato por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción; b). Calidad de los Bienes suministrados: por una cuantía equivalente al 10% del valor del contrato y por el término de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más a partir de la suscripción del contrato.

JOSUE JAVIER CASTELLANOS MORALES Secretario de Desarrollo Social y Comunitario Proyecto: Juan M Saavedra Elaboró Ángela Rico V

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