038 POLLO BENEFICIADO Y CONGELADO INTERNACIONAL

GCC/DAL/038 POLLO BENEFICIADO Y CONGELADO INTERNACIONAL 1. DEFINICIONES: Pollo: Ave de cualquier sexo de la especie Gallus domesticus, seleccionadas

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FICHA DE PROYECTO BENEFICIADO FONDO CONACYT-SENER SUSTENTABILIDAD ENERGETICA / CONVOCATORIA 2009-01 # de Proyecto 117808 117891 117914 118266 118301

PESCADO FRESCO, REFRIGERADO Y CONGELADO. REQUISITOS
Quito - Ecuador NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN 0183:2012 Primera Revisión PESCADO FRESCO, REQUISITOS. Primera edición Fresh, chilled and frozen

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GCC/DAL/038 POLLO BENEFICIADO Y CONGELADO INTERNACIONAL

1. DEFINICIONES:

Pollo: Ave de cualquier sexo de la especie Gallus domesticus, seleccionadas genéticamente y sometidas a un régimen de manejo intensivo, que permite obtener un adecuado peso para su beneficio y consumo humano, con una edad mínima para beneficio de seis (6) semanas y máxima de diez (10) semanas. Ave Beneficiada: Es el cuerpo completo del ave (pollo, gallina, gallo, pavo, etc.) sacrificado por los métodos tecnológicos autorizados por el Ministerio del Poder Popular para la Salud y que han sido sometidos al proceso de faena, el cual incluye insensibilización, desangrado, escándalo, desplume, evisceración, enfriado y escurrido. Ave Beneficiada Congelada: es el ave beneficiada sometida a un proceso de congelación rápida, a un rango de temperatura entre 30 a 40 grados centígrados bajo cero y que deberá conservarse a temperaturas no mayores de 18 grados centígrados bajo cero. Articulo 7 (Gaceta 38.912): Las aves beneficiadas para consumo humano deben proceder de aves sanas, beneficiadas bajo inspección sanitaria y en establecimientos autorizados por el Ministerio del Poder Popular para la Salud. Articulo 9 (Gaceta 38.912): Las aves beneficiadas se clasificará de la siguiente forma: Grado A: Carne abundante, magra y bien revestida, completamente eviscerada (de conformidad con el Artículo 6, literal F, numeral 3, de la Gaceta 38.912) incluirá un hígado, un corazón una molleja, sin restos de plumas ni plumones y sin traumatismos.

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GCC/DAL/038 POLLO INTERNACIONAL Cont. 2. REQUISITOS FISICOQUÍMICOS Y MICROBIOLÓGICOS: El pollo beneficiado deberá cumplir con las características físicas y organolépticas normales, limpios y aprobado por las autoridades competentes.2.1. REQUISITOS FISICOQUÍMICOS: CARACTERÍSTICAS Absorción de Agua % 2.2.

LIMITE Máx. 8 ± 2

MÉTODO DE ENSAYO COVENIN 2343-86

REQUISITOS MICROBIOLÓGICOS:

POLLO CONGELADO

MÉTODO DE ENSAYO

Características N

C

M

M

Aerobios mesofilos (ufc/g)

5

3

5 x 105

107

COVENIN 902

Salmonella en 25 g

5

0

0

-

COVENIN 1291

3. REQUISITOS DEL ROTULADO DEL EMPAQUE PRIMARIO Los empaques que contengan los productos descritos en los presentes requerimientos internos ostentaran en sus rótulos las siguientes declaraciones escritas en lengua castellana: a. Nombre del producto y clasificación (Grado A) b. Marca Comercial c. Razón Social de la Empresa d. Datos de identificación del establecimiento donde se produjo la carne (dirección, teléfono, correo electrónico). e. Número de acreditación por parte de la Unidad Técnica de la Carne, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras. f. Número de acreditación sanitaria otorgado por las autoridades del país de origen (Sello de inspección oficial): g. País de Origen: h. Identificación del lote de producción. i. Fecha de beneficio del ave: dd/mm/aa j. Fecha de vencimiento: dd/mm/aa k. Indicación del código de registro de producto preenvasado (CPE). l. La expresión: “Vendido según su peso” Elaborado por: Departamento de Análisis y Laboratorio Gerencia de Control de Calidad CASA 06/13 12va Rev.

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GCC/DAL/038 POLLO INTERNACIONAL Cont. m. La expresión: “Manténgase en refrigeración a una temperatura no mayor de 4 grados centígrados, durante una máximo de 7 días”, o “Manténgase en congelación a una temperatura no mayor de 18 grados centígrados bajo cero durante máximo de 10 meses”. n. La Expresión: Producto destinado para su distribución por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. Prohibida su extracción del territorio nacional o. Datos de identificación de la empresa importadora (Razón social, dirección, RIF, teléfono, correo electrónico): p. Recomendaciones de conservación Manténgase refrigerado o congelado Descongelar solamente en refrigerador o en el microondas Mantenga el producto crudo separado de otros alimentos Lave con agua y detergentes las superficies de trabajo, incluido las tablas de corte, y utensilios, luego de manipular el producto crudo. Consumir el producto, cocido, frito, asado completamente

4. DESCRIPCIÓN DEL EMPAQUE PRIMARIO 4.1 Tipo de Empaque Bolsa de polietileno bilaminado de baja densidad (PEBD) Micraje: 60 ± 10 micras Material impermeable, resistente y no absorbente y debe brindar protección al producto.

4.2 REQUISITOS DEL ROTULADO DEL EMPAQUE SECUNDARIO En cajas de cartón resistente a la manipulación, y que garantice la conservación del producto durante su almacenamiento y transporte. Deberá de contener una etiqueta externa, que indique : A. B. C. D.

Nombre del producto y clasificación Grado A. Marca Comercial Razón Social de la Empresa

Datos de identificación del establecimiento donde se produjo la carne (dirección, teléfono, correo electrónico).

E. Número de acreditación por parte de la Unidad Técnica de la Carne, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras. F. Número de acreditación sanitaria otorgado por las autoridades del país de

origen (Sello de inspección oficial): G. H. I. J. K.

País de Origen: Identificación del lote de producción. Fecha de beneficio del ave: dd/mm/aa Fecha de vencimiento: dd/mm/aa Código de barra

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GCC/DAL/038 POLLO INTERNACIONAL Cont. L. La Expresión: Producto únicamente para ser distribuido por el Ministerio del Poder Popular para la Alimentación. Prohibida su extracción del territorio nacional. M. Datos de identificación de la empresa importadora (Razón social, dirección, RIF, teléfono, correo electrónico): N. La expresión: Conservar a menos de -18 0C 5. CONDICIONES DE ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE TEMPERATURA DE ALMACENAMIENTO/ TRANSPORTE

T ≤ -18°C

ALMACENAMIENTO

Debe venir paletizado y embalado con material resistente, que permita mantener la formación correcta de la estiba.

TRANSPORTE

En contenedores de 40 pies, limpio, que posea equipo para mantener la carga congelada, con el equipo de medición de temperatura en correcto funcionamiento, libre de abolladura, perforaciones, y la carga no debe sobrepasar el límite máximo establecido para este dispositivo. Que el cierre de las puertas sea hermético. Libre de plagas, desechos sólidos/líquidos.

6. OTROS CRITERIOS DE CALIDAD PARA LA COMPRA: Deberá tener un peso entre 1.600 grs. Hasta 2.800 grs. Deberá tener características, física y organolépticas normales. Color Uniforme, estar libre de laceraciones, hematomas y quemaduras por congelación. No deberá tener manchas de sangre, los cortes y los menudos deberán estar completos, limpios y en buen estado. La piel debe estar completa, sin lesiones y sin manifestaciones de daños, ni traumatismos aparentes. El producto deberá estar aprobado por las autoridades competentes (según resolución Nº 684 año 1997) El interior del Pollo deberá estar limpio, sin plumas y sin alimento.

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GCC/DAL/038 POLLO INTERNACIONAL Cont. El Pollo no deberá tener vísceras blancas (tracto digestivo representado por el páncreas y los intestinos delgados y gruesos), cuello, tráquea, buche, esófago, pulmones, bazo, glándula del uropigio, plumas ni plumones. (Gaceta 38.912). Sin patas, las cuales deben estar cortadas a nivel de la articulación tibiometatarsiana. El cuello debe estar cortado en el último espacio intervertebral cervical. Se permitirán en el producto las siguientes vísceras rojas: un corazón, un hígado, una molleja. El corazón, el hígado y la molleja se colocarán dentro del Pollo Beneficiado, pero no deberán estar adheridos al mismo (contenidos en un empaque plástico inerte). Las aves beneficiadas enteras no deben contener aditivos químicos. Los límites máximos para residuos de plaguicidas, medicamentos, veterinarios y antibióticos serán según lo establecido por el Codex Alimentaius.

Norma Consultada: COVENIN 2343:86 (Gaceta 37.035 13 Septiembre 2000 y Gaceta 38.912 17 Abril 2008)

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