08) PROYECTO DE LEY

Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones (S-3940/08) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados... Artíc

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Senado de la Nación Secretaría Parlamentaria Dirección General de Publicaciones

(S-3940/08) PROYECTO DE LEY El Senado y Cámara de Diputados...

Artículo 1º: Créase por la presente Ley el “PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PARA LA DONACIÓN DE SANGRE VOLUNTARIA Y ALTRUISTA” para ser aplicado en todo el territorio de la Nación. Artículo 2º: Este Programa llevará como lema “DAR ES CONTINUAR”, reflejando así el espíritu del significado de la donación voluntaria y altruista. Artículo 3º: Los Objetivos prioritarios del Programa estarán dirigidos a: Fomentar los valores del cuidado y preservación de la vida, a través de la donación voluntaria y altruista de sangre. Concientizar a los alumnos y a las comunidades educativas sobre la importancia de la donación voluntaria y altruista de sangre. Concientizar a los alumnos sobre los requisitos y derechos que les asisten como donantes voluntarios de sangre. Favorecer acciones coordinadas entre todos los actores sociales para contribuir al incremento de donaciones de sangre y el abastecimiento autosuficiente de sangre de los sistemas nacionales y provinciales. Delinear las pautas para implementar el Programa en todos los niveles, ciclos y regímenes especiales que integran el sistema educativo, teniendo en cuenta las características curriculares, metodológicas y programáticas de cada etapa, y acorde a los procesos de desarrollo, necesidades e intereses de los alumnos. Elaborar los Núcleos Prioritarios de Aprendizaje (N.A.P.) que orientarán el abordaje pedagógico de la donación voluntaria y altruista de sangre en los establecimientos educativos, incluyendo contenidos que hagan referencia a: a) La sangre humana: características, componentes y sus derivados. b) Necesidad de la donación de sangre c) Importancia de la voluntariedad del donante d) Condiciones para ser donante y derechos que le asisten. e) Mecanismos y etapas de la donación de sangre f) Destino, procesos y empleo para al aprovechamiento de la sangre donada.

Diseñar propuestas y materiales de enseñanza para la capacitación de los instructores, docentes y alumnos. Coordinar e integrar otras acciones ya realizadas o en proceso de ejecución en las provincias y municipios, con las propuestas de este programa. Generar herramientas de información adecuadas para la puesta en conocimiento y aplicación del presente programa en las jurisdicciones. Promover otros espacios de participación para que se haga extensiva esta capacitación a los demás integrantes de la comunidad a la que pertenece cada institución educativa. Llevar a cabo toda otra tarea que le sea encomendada para garantizar el éxito del programa.

Artículo 4º: Ámbito de Aplicación. El “PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACIÓN PARA LA DONACIÓN DE SANGRE VOLUNTARIA Y ALTRUISTA” se ejecutará en el ámbito del Ministerio de Educación de la Nación, para ser aplicado en todos los establecimientos educativos de las jurisdicciones. Artículo 5º: Este Programa deberá diseñarse en total consonancia con la Ley Nacional De Sangre 22990 y sus modificatorias, y con la Ley de Educación Nacional 26206, y sus modificatorias, debiendo ajustarse a los principios y normas que ellas prescriban. Artículo 6º: Seguimiento y Evaluación Del Programa: El Ministerio de Educación y Cultura de la Nación, y la Coordinación del Programa y los organismos participantes en cada jurisdicción, serán los encargados del seguimiento y evaluación de las acciones realizadas en el marco de la aplicación del presente programa, fijando de común acuerdo plazos y condiciones para el mismo. Artículo 7º: El Poder Ejecutivo Nacional, reglamentará la presente ley en un plazo de 60 días, posterior de su sanción. Artículo 8º: Para la planificación, diseño y elaboración de los materiales de capacitación y enseñanza de este Programa deberá contemplarse un plazo no mayor a ciento ochenta (180) días, previendo su total aplicación en un término no mayor a dos (2) años desde la promulgación de esta Ley. Artículo 9º: El gasto que demande su aplicación deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del Ministerio de Educación y Cultura. Artículo 10º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Carlos A. Rossi.-

FUNDAMENTOS Señor Presidente: Los grandes avances tecnológicos le han permitido a la medicina resolver dificultades que antes eran impensadas, sin embargo hay víctimas de accidentes viales, pacientes que sufren de enfermedades graves como leucemias, cáncer, hemofilia, enfermedades del sistema inmune, etc. que para su tratamiento, es indispensable e irremplazable la utilización de sangre humana y sus derivados. La donación de sangre humana es un recurso valioso y estratégico para la salud y la prolongación de la vida humana. No hay productos que puedan sustituir completamente a la sangre y continúa siendo la manera esencial de disponer de componentes o medicamentos producidos a partir de ella. La Organización Mundial de la Salud (OMS) pide sumar esfuerzos para paliar el déficit de disposición de sangre humana, fortaleciendo y estimulando la donación voluntaria, altruista y de repetición. De este modo es posible alcanzar la autosuficiencia que necesita un país o una región para ser capaz de cubrir sus necesidades de sangre a partir de su propia población de donantes. Para cubrir en forma óptima la necesidad de sangre, esta organización aconseja a los países que deben esforzarse por lograr que entre el 3 y el 4% de la población donen una vez al año. En Argentina, eso significaría un promedio de 1.300.000 donaciones, y si bien no hay estadísticas oficiales, el Ministerio de Salud de la Nación, estima que solamente se realizan unas 800.000 donaciones de sangre al año, lo que implicaría un faltante de 500.000 dadores para cubrir estas necesidades. Entre otros datos que nos aporta la OMS, podemos mencionar como ejemplo, que cada año mueren durante el embarazo, el parto o el puerperio más de medio millón de mujeres, el 99% de ellas en el mundo en desarrollo. Se calcula que el 25% de esas muertes se deben a hemorragias graves, y representan aproximadamente la causa de un 34% de las muertes maternas en África, un 31% en Asia y un 21% en Latinoamérica y el Caribe. Ante esta problemática que puede acabar con la vida rápidamente, el acceso a un suministro suficiente de sangre segura y su rápida transfusión, puede contribuir a evitar cada año la muerte de un gran número de mujeres y recién nacidos. Éstas y otras circunstancias son las que nos llevan a considerar la importancia fundamental de promover y sostener todas aquellas acciones que incentiven la donación voluntaria, altruista y solidaria de sangre.

Sabemos que por sus características anatómicas y fisiológicas la sangre renueva el total de sus glóbulos rojos durante 120 días, gracias a la producción constante de la médula ósea. Luego de una donación, el organismo reacciona poniendo en marcha los mecanismos de reposición, no sólo de los glóbulos sino de las múltiples sustancias que lleva disueltas nuestro plasma. La donación de sangre estimula los procesos de recuperación y mantienen el sistema preparado, en alerta y listos para cualquier necesidad propia. El receptor, recibe no solamente una cantidad de glóbulos rojos para oxigenar su organismo, sino también proteínas, anticuerpos, y toda la enorme batería de sustancias que transporta nuestra sangre. El sistema sanitario debe disponer de todos los componentes sanguíneos que puedan necesitarse, seguros y de calidad. Esto sólo es posible si se cuenta con un colectivo de personas sanas y responsables que, de forma periódica, donan su sangre y esta constancia permite a quienes deben procesarla, efectuar las pruebas y los controles necesarios para asegurar que se brinda con condiciones seguras, y no se vean obligados a recurrir a donaciones de quienes pueden no estar en las condiciones ideales para este acto. Para que pueda ser posible, proponemos este proyecto que tiene como objetivo formar conciencia, desde temprana edad, de este gesto necesario y vital, para que tengamos la cantidad de donantes necesarios perfectamente conocedores de lo que significa ser donante de sangre, que lleguen a convertirse en colaboradores habituales del sistema sanitario y, por tanto, logremos una sociedad que se acerque a la donación, con un compromiso real y como ciudadanos conscientes de sus deberes. La cultura de la donación debe sostenerse en el tiempo y cimentarse día a día, con un trabajo paciente y laborioso, que reportará beneficios a todas las personas. Reconocidos especialistas comparten esta necesidad de instalar en la población esta conciencia: “Debemos, definitivamente, abandonar el modelo predominante de donación de reposición por el modelo de donación altruista y repetitiva. (…)Todo otro emprendimiento podrá ser importante, pero nuestro trabajo no será plenamente de excelencia hasta que no hayamos logrado la concientización ciudadana acerca de los beneficios para la salud pública de su participación solidaria, propendiendo a la autosuficiencia nacional de sangre segura.”(Dr. Luis Carreras Vescio, Presidente de la Asociación Argentina de Hemoterapia e Inmunohematología – XI Congreso Argentino de Medicina Transfusional. 2007). En un mundo donde en muchas disciplinas hay un crecimiento exponencial del conocimiento y quizás, el obstáculo más fuerte para la

donación, sea desconocer las utilidades, los procesos, y los destinos que se les adjudican a sus donaciones. Las campañas de difusión y concientización producen buenos impactos que muchas veces se diluyen en el transcurso del tiempo, por lo que tenemos el convencimiento que la mejor forma de salvar estos obstáculos es a través de la educación, que ponga en conocimiento los fundamentos científicos y a la vez, que sean comprendidos por todos los ciudadanos. Si bien es cierto que la ley exige como requisito para ser donante, el tener como mínimo dieciocho años, no es menos cierto que la concientización sobre las problemáticas que nos afectan como seres humanos y como integrantes de una comunidad, se logrará a través de un trabajo continuo y prolongado en el tiempo que, de iniciarse tempranamente, redundará en mayores beneficios. La Ley marco de nuestro país, es la Ley de Sangre Nº 22990, encargada de regular las actividades relacionadas con la sangre humana, sus componentes, derivados y subproductos, con alcance general para todo el territorio de la República. En su Artículo 13, CAPITULO IV - DE LA DONACION DE SANGRE, determina que: “A los efectos del cumplimiento de las disposiciones de la presente ley, la autoridad de aplicación y las autoridades jurisdiccionales fomentarán y apoyarán la donación de sangre humana mediante una constante labor de educación sanitaria sobre la población, a la vez que, deberán difundir en forma pública y periódica a través de los medios de comunicación masiva a su alcance, los procedimientos a seguir por la misma para subvenir a sus necesidades de sangre humana, componentes y derivados”. De esta manera, se hace expreso reconocimiento a la importancia de la educación, como vía propicia para incrementar las donaciones de sangre. Otros antecedentes en el tema, nos remiten a 1989, año en que se sancionó el Decreto 1095/98, creando el PROGRAMA NACIONAL DE EDUCACION SOBRE LA DONACION Y TRASPLANTE DE ORGANOS Y TEJIDOS y en sus considerandos, se destaca la importancia de encarar acciones conducentes destinadas a revertir las causas que inhiben una conducta social positiva hacia la donación de órganos. Propone emprender una estrategia formativa para los distintos niveles educacionales y campañas informativas que permitan alcanzar este propósito, en consonancia con las propuestas de este proyecto. También el Ministerio de Salud, como órgano rector del sistema Nacional de Sangre y a través de la Resolución 1413/2007, determinó la realización de una Encuesta de Opinión Acerca de la Donación de Sangre, para realizar un diagnóstico de situación en el marco del Plan Nacional de Sangre, consultando el pensamiento de los ciudadanos, y

en forma previa a la realización de acciones específicas, tales como la de desarrollar jornadas de colecta voluntaria de sangre. Posteriormente, en 2007, el Ministerio de Salud y Acción Social, respondiendo a lo determinado en el Plan Nacional de Sangre, y la Ley 22990, crea por Resolución Ministerial Nº 516, el Registro Nacional de Organismos y Empresas Amigas de la Donación Voluntaria y Habitual de Sangre, invitando a inscribirse todas las Instituciones que realicen actividades de promoción de la donación de sangre y/o participen de programas de colectas institucionales de sangre, y en reconocimiento al compromiso social evidenciado, podrán certificar puntajes de acuerdo a las actividades que impulsen. Estas son algunas de las razones que nos llevan a proponer un Programa Educativo, porque es preciso aunar el conocimiento con las estrategias y modalidades adecuadas para que en cada nivel del sistema educativo, niños y jóvenes se formen e informen de la manera más propicia y ajustada a sus intereses, sobre la significación y el valor de este acto. Este proyecto ha sido pensado también como una herramienta que contribuya a inculcar valores y a desarrollar algunos de los principios fijados en la LEY DE EDUCACION NACIONAL N° 26.206, pues consideramos que estimular la cultura de la donación, ayudará a “…construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación” (Art. 3°). El acceso a la información y al conocimiento (Art.7°) está contemplado en los contenidos que se proponen trabajar desde este programa, y que pretende sumar otras oportunidades en la formación integral de las personas para llevar adelante su proyecto de vida (Art. 8°). En definitiva, lo que estamos proponiendo es la posibilidad de potenciar la capacidad y los recursos para que nuestro país incremente las donaciones de sangre, alcanzando la autosuficiencia en condiciones de seguridad y calidad; y el cómo lograrlo, se hará posible con la formación de niños y jóvenes en la cultura de la donación. Invito a mis pares a acompañarme en la aprobación de este proyecto para que, con iniciativas firmes y sostenidas, podamos mejorar la salud y la calidad de vida de los argentinos. Carlos A. Rossi.-

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