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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE SOCORRISMO, CONTROL DE ENTRADAS Y OTROS SERVICIOS POR PROCEDIMIENTO ABIERTO.
OBJETO: Servicio de socorrismo, control de entradas y otros servicios
complementarios 1.- OBJETO O LABORES QUE COMPRENDE EL SERVICIO A PRESTAR AL AYUNTAMIENTO POR PARTE DEL CONTRATISTA.
El contrato que en base al presente pliego se realice tendrá por objeto el servicio de socorrismo, control de entradas y otros servicios complementarios en la piscina municipal descubierta del Ayuntamiento de Ormaiztegi. Código CPV-08: 92620000 Servicios relacionados con los deportes.
2. PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO.
El plazo de ejecución del contrato comprende la temporada de baños del año 2015. Para el año 2015, la temporada abarcará desde el 20 de junio al 31 de agosto de 2015, ambos días inclusive. Sin embargo, el inicio del plazo de ejecución para la temporada de baños de 2015 podrá posponerse por motivos justificados derivados de los plazos de tramitación del procedimiento de adjudicación. Adicionalmente, y en lo que respecta a la temporada de baños de 2015, el Ayuntamiento podrá retrasar, si lo estima oportuno, libremente, la fecha de cierre. El contrato podrá ser susceptible de una única prórroga expresa y mutuamente acordada, de manera que el contratista preste el servicio durante la temporada de baños de 2016.
Los días y horarios de prestación del servicio en la temporada de baños de 2016, si se acordara la prórroga del contrato, se fijarán libremente por el Ayuntamiento. El servicio se prestará todos (7) los días de la semana, de lunes a domingo, incluidos festivos. El horario de prestación del servicio será el siguiente: -
Servicio de socorrismo: De las 11:00 horas de la mañana a las 20:00 horas de la tarde. Servicio de recepción: De las 10:30 horas de la mañana a las 19:00 horas de la tarde.
3. PRESTACIONES
COMPRENDIDAS
DENTRO
DE
LOS
DIFERENTES
SERVICIOS.
Socorrismo. a) Comprende los servicios de vigilancia, salvamento, socorrismo, asistencia y primeros auxilios. b) El contratista deberá mantener, en todo momento, mientras la piscina se encuentre abierta al público, un socorrista con formación en salvamento acuático y prestación de primeros auxilios. El socorrista permanecerá en la zona de baño durante todo el horario de funcionamiento de la piscina, deberá de conocer el manejo y localización de los elementos se seguridad disponibles y desarrollará exclusivamente las funciones propias de su puesto. c) El socorrista deberá estar presente en el recinto de la piscina, durante el horario de baños (de las 11:00 horas a las 20:00 horas). d) El cuidado y vigilancia del recinto de las piscinas y la atención de sus servicios. e) El personal deberá ir en todo momento identificado como socorrista, para lo que el contratista le proporcionará la indumentaria adecuada en la que figure de forma visible las palabras “Soroslea/Socorrista”. f) Velar por la seguridad de los usuarios, prestando el servicio de salvamento, asistencia y primeros auxilios en todos los casos que fuera necesario. El socorrista atenderá las lesiones que se produzcan en el recinto de la piscina, registrando los partes de salvamento, incidencia, accidentes que se
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produzcan y recuento de usuarios en horas punta. Los socorristas prestarán el servicio de vigilancia y prevención de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. Los socorristas serán los responsables del control del botiquín y de su material y medicamentos, así como los responsables de avisar a los servicios de urgencia cuando la situación supere las posibilidades de asistencia por el propio socorrista en la instalación. Procurar el cumplimiento de las normas por parte de los usuarios. Su trabajo no se limita a la vigilancia o espera pasiva de algún acontecer que requiera su asistencia. Vigilará que se cumplan las normas, el aprovechamiento de los espacios, que el nado por libre sea de forma homogénea, el orden en los vestuarios y en general la vigilancia del cumplimiento de las normas de las piscinas. El suministro del botiquín, así como de la totalidad del material que deba formar parte del mismo para una adecuada prestación del servicio correrá a cargo del contratista. El botiquín de primeros auxilios deberá cumplir con los requisitos establecidos en el Anexo IV del Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo. El socorrista estará encargado de la utilización y mantenimiento del local de primeros auxilios. Salvo orden en contrario del Ayuntamiento, el servicio se prestará en cada momento por un solo socorrista.
Recepción. a) Apertura y cierre de las instalaciones en los horarios de atención al público establecidos por el Ayuntamiento de Ormaiztegi. b) Controlar el acceso de usuarios y abonados, así como realizar los cobros derivados de la utilización de las instalaciones. c) Los usuarios de la piscina podrán acceder al recinto de las piscinas abonando la entrada correspondiente o mediante la exhibición del abono correspondiente. El horario del personal de recepción abarcará el siguiente horario: de 10:30 de la mañana a las 19:00 horas.
La expedición de los abonos se realizará por el personal propio del Ayuntamiento, sin que por lo tanto este cometido se encuentre entre los servicios a prestar por el contratista. El contratista únicamente deberá controlar que la identidad de los usuarios que pretendan acceder a la piscina corresponde a la identidad que consta en los correspondientes abonos. En lo que respecta a las entradas para los usuarios que carecen de abono, corresponde al contratista efectuar los correspondientes cobros, de acuerdo con el precio o tasa que se establezca por el Ayuntamiento de Ormaiztegi, entregando la totalidad de la recaudación al Ayuntamiento. Las cantidades recaudadas se entregaran al Ayuntamiento con una frecuencia mínima semanal (se establece como día de entrega los lunes), sin perjuicio de que el contratista pueda hacer las entregas con una frecuencia inferior a la anterior. El Ayuntamiento hará entrega al contratista de un talonario de entradas. Al término de la prestación de los servicios de cada temporada de baños, el contratista devolverá al Ayuntamiento el citado talonario, debiendo justificar que la recaudación entregada al Ayuntamiento resulta conforme al número de entradas vendidas. En el caso de que las cantidades recaudadas entregadas al Ayuntamiento sean inferiores a las que debieran ser objeto de entrega al Ayuntamiento, en función de la comprobación que se efectúe en relación al número de entradas vendidas, el contratista se hace responsable de las cantidades que falten. d) Realizar el arqueo diario de la caja y entregar las cantidades correspondientes en el Ayuntamiento, con frecuencia semanal, salvo que las cantidades recaudadas por el contratista sean inferiores a las establecidas por el Ayuntamiento. e) Velar por la buena utilización y conservación de las instalaciones haciendo cumplir la normativa de uso. f) Controlar el uso de las instalaciones por parte de los usuarios. El control comprenderá las siguientes instalaciones: Duchas, vestuarios, piscina y terreno o zonas verdes adyacentes a la piscina. g) Avisar al Ayuntamiento de cualquier anomalía de la instalación o de cualquier problema que surja con los usuarios. h) Control de objetos perdidos, y ponerlos a disposición del Ayuntamiento. i) Realizar anuncios y llamamientos por megafonía.
j) Realizar los siguientes trabajos, antes de que la piscina se abra al público (desde las 10:30 a las 11:00 horas de la mañana): -
Retirada y recogida de hojas u otros elementos que se hallen dentro del vaso de la piscina.
Asimismo, y exclusivamente los domingos y festivos, el contratista deberá, desde las 10:30 a las 11:00 horas de la mañana, realizar los siguientes trabajos: -
Recogida de los residuos que se hallen dentro del recinto de la piscina. Vaciado de papeleras que se hallen dentro del recinto de la piscina. El adjudicatario deberá depositar obligatoriamente los residuos recogidos en el lugar y forma que se determine por el Ayuntamiento, de conformidad con el sistema de recogida o gestión de los residuos que se establezca por el Ayuntamiento de Ormaiztegi.
k) Salvo orden en contrario del Ayuntamiento, el servicio se prestará en cada momento por una sola persona.
Otros Servicios. -
El contratista deberá realizar mediciones de pH y Cloro, cuando observe que puede existir anomalía en estos valores por quejas de los bañistas, aspecto del agua, etc., o cuando así se lo solicite el Ayuntamiento. Para ello deberá adiestrarse en el manejo del kit de análisis mediante coloración, que el Ayuntamiento dispone para este menester.
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Cumplimentar el Plan de Autocontrol de la Instalación, en los aspectos relacionados con las funciones a desempeñar por el contratista, reflejando las incidencias que se produjeran en la ejecución del contrato, y especialmente el APARTADO IV. SEGURIDAD Y AFORO (control de aforo, vigilancia de la seguridad de los bañistas, local de primeros auxilios y botiquín y medidas correctoras).
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El contratista deberá poner en marcha un servicio de lectura, en el que se pondrá a disposición de los usuarios periódicos y revistas durante el horario de apertura al público.
Obligaciones del contratista relativas a la prestación del servicio.
Serán obligaciones básicas del contratista las siguientes: a) Poner en conocimiento del Ayuntamiento cualquier anomalía que surja en la instalación el mismo día en que se detecte. b) Conservar las instalaciones y mantenerlas en perfecto estado c) Admitir al uso del servicio a toda persona que cumpla los requisitos reglamentarios. d) Cuidar de que los usuarios de las instalaciones donde se imparten los servicios objeto de este contrato, utilicen éstas correctamente, velando en todo momento por la seguridad de los mismos. e) Las personas que presten el servicio estarán debidamente identificados y uniformados, siendo a cargo del adjudicatario los uniformes así como demás material que necesite el personal para la realización de su trabajo. f) Hacer cumplir el Reglamento Municipal el Reglamento para las Piscinas Municipales del Ayuntamiento de Ormaiztegi, aprobado conforme al acuerdo adoptado en sesión de 29 de julio de 1982. g) Cumplir la normativa vigente en materia de piscinas de uso colectivo, y en especial, el Decreto 32/2003, de 18 de febrero, por el que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo. h) Atender e informar debidamente a los usuarios. i) Tener en todo momento debidamente abastecido el botiquín. j) El adjudicatario deberá mantener una localización continua que permita un contacto inmediato con la persona responsable que se establezca para subsanar imprevistos y minimizar las consecuencias en el servicio desarrollado. En este sentido, el adjudicatario deberá en todo momento mantener en uso y operativo un número de teléfono móvil.
2.- PERSONAL. El/La adjudicatario/a dispondrá del personal necesario para la buena ejecución de las labores. El personal de la empresa adjudicataria en ningún supuesto tendrá vinculación o relación laboral, contractual, funcional o de naturaleza alguna con respecto al Ayuntamiento durante la vigencia del contrato ni al término o resolución del mismo. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del ente, organismo o entidad del sector público contratante.
Los trabajadores en su quehacer diario se comportarán con total diligencia y decoro. Si fuesen reclamados por algún ciudadano actuarán con total respeto, amabilidad y educación. Del correcto trabajo y formación los trabajadores se responsabilizará el adjudicatario. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se realiza el contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc., o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, está obligado a comunicar tal circunstancia al Ayuntamiento y a cubrir las variaciones de los puestos de trabajo que se puedan producir. En el caso de situación de huelga o conflicto laboral, en los que no se realicen los servicios contratados, se deducirá de los correspondientes pagos la cantidad que proporcionalmente corresponda por los días en que no se haya prestado el servicio. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: -Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la “entidad contratante”, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la “entidad contratante”, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. Las relaciones entre la Administración y la empresa proveedora de servicios se llevarán a cabo únicamente a través del coordinador técnico o responsable, debiendo éste encontrase localizable. -Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. -Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. -Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la “entidad contratante”, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.
-Informar a la “entidad contratante” acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. El personal que desarrolle el servicio, desempeñará sus funciones de acuerdo con lo que establece la normativa actual, el reglamento municipal para las piscinas municipales, las obligaciones establecidas en el presente pliego, así como las indicaciones que reciba de las personas que actúen como responsables del Ayuntamiento. El personal deberá cumplir con los requisitos que se detallan en el pliego de clausulas administrativas particulares en lo relativo al conocimiento del euskera.
4.- MATERIAL Y HERRAMIENTA. La adquisición de todo tipo de material, maquinaria y herramienta necesario para la prestación del servicio, será de cuenta y cargo del/de la adjudicatario/a, así como los gastos de entretenimiento, conservación y mantenimiento para un perfecto funcionamiento durante el período de vigencia del contrato. El material, maquinaria y herramienta necesarios para la prestación del servicio deberán encontrase en todo momento en óptimo estado. En todo momento el licitador deberá tener en funcionamiento el material necesario para prestar los servicios, por lo que deberá disponer de los necesarios equipos de reserva para ello, sin que pueda alegar por ello dejación alguna en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Los gastos de suministros como el agua o la electricidad, correrán a cargo del Ayuntamiento de Ormaiztegi. 5.- VIGILANCIA E INSPECCION. El Ayuntamiento tiene facultad plena para inspeccionar y vigilar en todo momento los trabajos o servicios que, para dar cumplimiento a lo establecido en el presente Pliego, efectuará la empresa adjudicataria, quién por su parte está obligada a dar toda clase de facilidades para las visitas de inspección que sean realizadas por el personal del Ayuntamiento debidamente autorizado.
6.- GESTION DE LOS RESIDUOS. Los residuos serán recogidos y gestionados conforme al tipo de material de que se trate, cumpliendo siempre la separación de materiales reciclables en origen. Asimismo, el adjudicatario deberá depositar obligatoriamente los residuos recogidos en el lugar y forma que se determine por el Ayuntamiento, de conformidad con el sistema de recogida o gestión de los residuos que se establezca por el Ayuntamiento de Ormaiztegi. 7.- GASTOS Todos los gastos precisos para la ejecución del contrato, como material, maquinaria, personal etc., correrán por cuenta del adjudicatario, salvo que el pliego de condiciones disponga lo contrario.
Ormaiztegi, a 13 de mayo de 2015 La Alcaldesa.-Rosario Mª Urquia Goitia.