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3er TRIMESTRE 2014 03 Novedades Las SICAVs : algo más que un producto de grandes fortunas 02 ........................................................

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3er TRIMESTRE 2014

03 Novedades Las SICAVs : algo más que un producto de grandes fortunas 02 .............................................................. Soluciones Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas 06 .............................................................. Actualidad empresarial Empresas líderes del siglo XXI. 08 .............................................................. Empresa Grupo FABREZ: crecimiento intenacional ordenado. 10

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Durante mucho tiempo las Sicav han protagonizado titulares en prensa, señalándolas como un vehículo con enormes ventajas fiscales y solo destinadas a grandes patrimonios, e inmediatamente se ha pedido una reforma fiscal que acabase con las supuestas ventajas. En realidad es un vehículo desconocido y que sí tiene ventajas fiscales si sabe utilizar, pero no solo por ricos y grandes fortunas, sino también por particulares, grupos familiares o empresariales. Su filosofía es la misma que la de los fondos de inversión, son instrumentos de inversión colectiva, pero las Sicav mantienen la forma jurídica de Sociedad anónima, mientras que el fondo de inversión es una estructura mutual. Las Sicav requieren un patrimonio mínimo de 2,4 millones de euros y obligatoriamente más de 100 accionistas. Este último requisito se suele solventar con la incorporación, en la condición de accionistas minoritarios, de inversores o empleados de la gestora, son los denominados “mariachis”, cuyo papel es secundario y solo permiten cumplir el requisito formal.

Las SICAVs: algo más que un producto de grandes fortunas Fco. Iniesta López-Matencio Dpto. Gestión Patrimonial GALAN CONSULTORES Las SICAVs son un instrumento de inversión colectiva que puede ser utilizada por particulares, grupos familiares o empresariales para beneficiarse de ventajas fiscales.

Actualmente existen en España registradas más de tres mil Sicav, en el 2013 se registraron mas de 100 nuevas Sicav, lo cual demuestra el interés creciente en este vehículo. La inversión puede realizarse en nuevas Sicav donde el control es cien por cien del cliente, con el desembolso mínimo del capital de 2,4 mm de euros, o en Sicav ya creadas donde el cliente, que puede crear compartimentos, o invertir sin existir un mínimo de inversión pero sin control de la gestión.

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Las SICAVs requieren : 1. Un patrimonio mínimo de 2,4 millones de euros 2. Obligatoriamente más de 100 accionistas. Existen en España registradas: •

+ 3.000 Sicav



En 2013 se registraron mas de 100 nuevas

Las principales ventajas son: 1.- La ventaja fiscal de la que tanto se habla de las SICAV consiste en que el dinero está a nombre de la Sicav y ésta es la que invierte, según los criterios de los dueños, y los posibles beneficios obtenidos de la inversión tributan al 1% en lugar de al 30% en el impuesto sobre sociedades siempre que el capital permanezca en la SICAV. No obstante, cuando la SICAV devuelve el capital a su dueño, entonces éste tributa igual que las acciones y paga lo mismo que cualquier inversor: entre un 21 y un 27% como ganancia que forma parte de la base del ahorro. Esta ventaja se ve muy clara respecto a la inversión directa en acciones o renta fija ya que en el momento de la venta de los bonos o las acciones hay que tributar. No se ve tan clara respecto a los fondos que inversión, en los que se pueden traspasar la inversión sin tributar y mantienen las plusvalías latentes en cartera durante muchos años, haciendo que ese dinero genere a su vez plusvalías. Así, los fondos de inversión disponen en realidad de una fiscalidad que en muchos casos puede ser mejor que las SICAV, e internamente el fondo también tributa al 1%.

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Asesorarse en la toma de decisión de la gestora de inversión.

El patrimonio del cliente pasa a estar en manos de profesionales que “gestionan” su rentabilidad, es necesario no fallar en la elección de la Gestora, de ello dependerá una buena parte del éxito de la inversión. •

Analizar los costes de constitución y de funcionamiento.

Estos costes muchas veces son despreciados por el cliente, pero son muy importantes. El coste inicial de constitución se suele fijar en función del volumen y se debe negociar con la entidad. Adicionalmente existe un coste de depositaria y de gestión. Estos costes son claves, ya que minorarán el beneficio o por rentabilidad anual. Se deben vigilar y negociar, siendo recomendable que se fijen en función de beneficios, mediante fórmulas mixtas. Tampoco conviene despreciar el coste de rotación de cartera, muchas veces oculto para el propio propietario. 2. Antes existía para las Sicav una auténtica ventaja, y en este caso es muy clara incluso frente a los fondos de inversión también, y consistía en las reducciones de capital. Esto significaba que los dueños de la SICAV podían sacar dinero sin tributar hasta que no superara la cantidad inicialmente invertida, porque se consideraba que lo que se retiraba es capital y no las ganancias obtenidas por las inversiones de las Sicav. Esto, llevado al extremo, permitiría sacar todo el capital y dejar dentro de la Sicav sólo las plusvalías, que a su vez pueden generar nuevas plusvalías si se acierta con las inversiones. Eso sí, una vez que el inversor ha sacado todo lo que aportó inicialmente, entonces sí, cualquier retirada adicional deberá pasar por Hacienda se haga por la vía que se haga. Esta ventaja fue eliminada y las reducciones de capital de Sicav tributan en Irpf.

3. Otra ventaja de la SICAV, más allá de las fiscales, se encuentra en el control de la inversión por parte de los dueños, algo imposible de llevar a cabo en un fondo de inversión, cuya gestión escapa a la voluntad de los partícipes. Cuestiones importantes a la hora de decidir optar por invertir mediante Sicav. •

Analizar la idoneidad o no del producto, en ocasiones es más simple y barato acudir a una cartera de fondos de inversión.

Aunque estemos hablando de Sicav, en ocasiones no es necesario constituir una para obtener sus beneficios, los Fondos de Inversión permiten acceder a mercados y gestores internacionales, con la misma fiscalidad y con menos coste en ocasiones. La decisión dependerá de factores como titularidad, riesgo, localización, fiscalidad, etc.



Decidir el estilo de gestión y el objetivo de rentabilidad y riesgo.



Definir en estructuras empresariales en qué posición coloco la Sicav.

No es necesario poseer un gran patrimonio financiero para invertir, si se desea ser accionista de una Sicav se puede optar por la inversión en Sicavs “abiertas” o invertir en compartimentos de Sicav ya creadas, incluso domiciliadas en otros países. Ante la anunciada reforma fiscal para 2015, las Sicav siguen manteniendo su atractivo fiscal, en el caso de personas físicas de mantiene la calificación de ganancia patrimonial en caso de venta, con tipo de gravamen para el ahorro diferenciados e inferiores al tipo general, y, lo que es más importante, las Sicav mantienen su tributación en el 1%.

Alguno de nuestros clientes nos ha solicitado asesoramiento sobre la conveniencia de constituir una Sicav o no. En estos casos desde GALAN CONSULTORES indicamos que no existen recetas mágicas ni únicas, lo mejor es analizar caso a caso la idoneidad, las ventajas e inconvenientes, los costes y beneficios y tomar una decisión meditada. En ocasiones no es necesario terminar constituyéndola, y se puede obtener los beneficios de una gestión profesional e independiente igualmente.

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La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, estableció en el Ordenamiento Jurídico español la responsabilidad penal directa de las personas jurídica sin que dicha inclusión en nuestra legislación haya tenido mucho impacto en el sector empresarial. Sin embargo, ha sido después de la imputación del F.C. Barcelona como persona jurídica en el “caso Neymar” cuando muchos empresarios se están informando de la responsabilidad penal en la que pueden incurrir sus sociedades.

Las penas impuestas a las personas jurídicas son muy variadas, y van desde una multa a la sociedad hasta la propia disolución de la persona jurídica, la suspensión de sus actividades por un plazo no superior a 5 años, la inhabilitación por no más de 15 años para obtener subvenciones y ayudas públicas para contratar con el sector público y para gozar de beneficios fiscales o de Seguridad Social pudiendo llegar incluso a la intervención judicial por no más de cinco años.

Conforme dispone el apartado 1.º del artículo 31 bis del Código Penal, regulador de la responsabilidad de las personas jurídicas, el presupuesto para que pueda decretarse dicha responsabilidad se articula sobre dos hipótesis:

Ahora bien, para evitar esta responsabilidad de las personas jurídicas se tienen que establecer “programas de vigilancia o control”, también llamados programas de Compliance y así lo establece el propio artículo 31 bis del Código Penal al indicar que las personas jurídicas responden de los actos que cometen las personas sometidas a la autoridad del órgano de administración siempre que no se haya ejercido sobre éstas “el debido control atendidas a las concretas circunstancias del caso”.

1) la previa comisión del delito, perpetrado en nombre o por cuenta y en provecho de la sociedad por parte de persona física en quien concurra la condición de representante legal o administrador de hecho o de derecho, esto es, que ostente un poder de dirección, cimentado en la atribución de su representación o en su autoridad, conectada esta última a la idea de poder al adoptar decisiones en su nombre o para controlar el funcionamiento de la sociedad.

La responsabilidad penal de las personas jurídicas. Jesús Navarro Buendía Dpto. Jurídico GALAN CONSULTORES

Es importante establecer mecanismos de control de los empleados para evitar la propia responsabilidad penal de las empresas. Los programas de vigilancia y control denominados Compliance son obligatorios desde 2010.

2) las personas jurídicas también serán responsables de los delitos protagonizados por personas físicas en el ejercicio de actividades sociales que se verifiquen por cuenta y en provecho de aquellas. Los delitos en los que pueden incurrir las personas jurídicas, son entre otros, los delitos de insolvencias punibles, estafas, blanqueo de capitales, contra la Hacienda Pública y Seguridad Social, Ordenación del territorio y Urbanismo, los relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores.

El objetivo de estos programas de Compliance es analizar la estructura de las personas jurídicas con el objetivo de examinar las actividades desarrolladas por las distintas áreas de negocio y departamentos internos de la sociedad para detectar la exposición al riesgo de posibles comisiones de delitos en cada uno de los departamentos de la sociedad que pueda implicar la responsabilidad penal de la persona jurídica. Asimismo, deben establecer controles y procedimientos para evitar que los propios trabajadores y/o administradores puedan realizar hechos delictivos. Actualmente, se está trabajando por parte del Gobierno y las Cortes Generales en la perfección de dichos programas de Compliance, siendo los mismos obligatorios desde la aparición de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, esto es, desde el año 2010.

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En este momento, no estamos en una época de cambios, sino en un cambio de época. Internet y las innovaciones tecnológicas están reinventando sectores, productos y servicios. Muchas empresas no han logrado reaccionar ante la situación actual. Hay que reinventarse y transformar no sólo los negocios, sino la manera en la que lideramos y gestionamos a las personas de nuestras organizaciones. Tenemos que gestionar el cambio hacia una cultura organizativa muy distinta a la que estamos acostumbrados. Este proceso no es un reto tecnológico es un reto de gestión de personas. Durante el periodo de la primera revolución industrial se vivió el mayor conjunto de transformaciones económicas, tecnológicas y sociales de la historia de la humanidad desde el neolítico, transformándose la economía rural basada fundamentalmente en la agricultura y el comercio a una economía de carácter urbano, industrializada y mecanizada. La segunda revolución industrial, de finales del siglo XIX a mediados del siglo XX, ha dado lugar a la masificación de productos y mercados, que permitió la internacionalización de la economía. El sector automotriz inglés nunca comprendió la masificación de productos y procesos, perdiendo su liderazgo mundial. Los chinos entendieron muy bien el concepto de producción masiva y lo aplicaron en sus empresas consiguiendo grandes crecimientos en su economía, pero parece que no llegan a entender los cambios actuales y tienen dificultades para posicionarse como líderes en el siglo XXI. La revolución actual, de la información, telecomunicaciones y energía, está transformando totalmente nuestra manera de competir.

Empresas líderes del siglo XXI. José Antonio Galán Socio Director GALAN CONSULTORES El siglo XXI es una época de oportunidades para los empresarios que entiendan que las cosas han cambiado y el futuro de su empresa está en las personas que la componen y la forma de liderarlas. Generando entusiasmo y una atmósfera de confianza y compromiso conseguiremos que se exteriorice el talento, la creatividad, las soluciones a los problemas y las nuevas ideas.

La globalización y los cambios tecnológicos obligan a las empresas a ser más competitivas; esto implica ser más productivas hacia dentro y hacia fuera de la organización. Tenemos que fabricar con los costes más bajos, utilizando los recursos disponibles para producir siempre a plena capacidad, buscando un nicho de mercado. Asimismo se debe incrementar la rapidez en el desarrollo de nuevos productos y materiales con servicios innovadores, pero todo ello no es suficiente, tenemos que aumentar la productividad hacia fuera, comercializando nuestros productos de una forma innovadora con un apoyo estratégico de posicionamiento y logística que permita globalizar nuestro mercado. Los únicos que pueden mejorar la productividad son las personas, y éstas dependen de sus habilidades y talento para utilizar los recursos disponibles. En el siglo XX, las empresas se valoraban por el capital, en la actualidad se valorarán por los intangibles: el talento y las habilidades de los profesionales que la componen. El siglo XXI es una época de oportunidades para los empresarios que entiendan que las cosas han cambiado y el futuro de su empresa está en las personas que la componen y la forma de liderarlas.

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El Grupo FABREZ es un conjunto de empresas ubicado en Daganzo (Madrid) que inició su actividad en el sector de los riegos agrícolas y ha ido diversificando su actividad progresivamente, entrando en el sector industrial de componentes metálicos (corte, plegado y soldadura), la ingeniería civil y la gestión de residuos urbanos. Esa diversificación también ha tenido un componente geográfico, impulsado por la realización de trabajos en Cuba, Ecuador o Perú. La dirección del Grupo fue consciente de que el éxito de este modelo de crecimiento requiere para su sostenibilidad la adecuación de la estructura societaria del grupo a la nueva realidad empresarial, contó con GALAN CONSULTORES para asesorarle en dicho proceso, orientado a la optimización del funcionamiento operativo del Grupo, la fiscalidad y los flujos de caja entre las sociedades, a través del diseño de una estructura mercantil adecuada.

Grupo FABREZ: crecimiento internacional ordenado Ángel Cebrián Gómez Dpto. Corporate GALAN CONSULTORES

Un ejemplo de diversificación y expansión internacional, bajo un modelo ordenado y seguro de optimización del funcionamiento operativo y fiscal.

Paralelamente se planteó la necesidad de definir los sistemas de control necesarios para evitar o en su caso corregir desviaciones que puedan producirse en la marcha del grupo, y en paralelo, preservar el patrimonio empresarial y personal de los socios de posibles contingencias de cualquier tipo que pudieran producirse.

Dentro de este proyecto global, con el fin de consolidar su implantación internacional, el Grupo ha analizado las ventajas e inconvenientes de la constitución de filiales y/o sucursales en el extranjero, teniendo en cuenta tanto los aspectos fiscales, como las implicaciones del movimiento de capitales entre las sociedades que conformen el grupo, seleccionando las modalidades de sociedades mercantiles más adecuadas en cada uno de los países de destino y diseñando los flujos informativos y financieros entre dichas filiales y la matriz del grupo en España. GALAN CONSULTORES ha venido apoyando al Grupo FABREZ en el diseño y ejecución de este proceso, que ha culminado con la constitución de la matriz internacional del grupo y de las distintas filiales en los países de destino, coordinando a los distintos profesionales de cada país para la ejecución de los trámites mercantiles y fiscales necesarios.

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