A N T E C E D E N T E S

CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE ADJUDICACION DIRECTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL, REPRESENTADO POR EL C.P
Author:  Susana Salas Vega

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CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE ADJUDICACION DIRECTA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL, REPRESENTADO POR EL C.P. RANDOLPH TAPIA SALGADO EN SU CARACTER DE SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL INSTITUTO” Y COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS PROFESIONALES Y/O EL ING. CARLOS ARTURO BLANCO PORTILLA A QUIEN SE LE DENOMINARA COMO “EL PROVEEDOR”, SUJETÁNDOSE LAS PARTES AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS: ANTECEDENTES a).- Que con fecha 30 de Marzo del presente año, se remitieron oficios solicitando cotización al amparo de la Licitación Simplificada Nº. LS/IVDR/03/004/07 relativa a la Adquisición de Materiales y Útiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos a las empresas: COMERCIALIZADORA Y/O CARLOS ARTURO BLANCO PORTILLA y PC CONSUMIBLES Y/O FERNANDO RODRIGUEZ HIPOLITO. b).- Que con fecha 9 de abril del presente año se recibió cotización de las empresas: COMERCIALIZADORA Y/O CARLOS ARTURO BLANCO PORTILLA y PC CONSUMIBLES Y/O FERNANDO RODRIGUEZ HIPOLITO. . c).- Por lo que personal de la Subdirección Administrativa, Departamento de Recursos Financieros, Departamento de Recursos Humanos y Materiales y Unidad de Asuntos Jurídicos, todos ellos del INVEDER, procedieron al análisis de la investigación de mercado de la propuesta presentada por la empresa ALTA COMERCIALIZACIÓN EN OFICINAS, S.A. DE C.V. y las cotizaciones presentadas por COMERCIALIZADORA Y/O CARLOS ARTURO BLANCO PORTILLA y PC CONSUMIBLES Y/O FERNANDO RODRIGUEZ HIPOLITO. D E C L A R A C I O N E S: I.- DE “EL INSTITUTO”: a).- Que está facultado para celebrar el presente contrato, conforme a los artículos 177, 186 fracciones III, XXXIV y XL del Código Financiero para el Estado de VeracruzLlave; 4 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 1 fracc. IV, 2, 3, 9, 10, 26 fracción II, 27 fracción III, 48, 56, 57, 58, 60, 61, 62, 64 y demás relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz-Llave; y artículos 44 y 45 del Presupuesto de Egresos para el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave Correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007.

b).- Que tiene su domicilio en la Calle Manlio Fabio Altamirano No. 111, Colonia Centro, en la ciudad de Xalapa - Enríquez, Ver, con R.F.C. IVD-990325-RJ5. INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL. CONTRATO ADJUDICACION DIRECTA

1

c).- Que “EL INSTITUTO” llevó a cabo la adjudicación en mención con recursos provenientes del Gobierno Estatal. II.- DE “EL PROVEEDOR”: a).- Que es una persona fisica con actividad empresarial, mexicano, inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con R.F.C. BAPC5311047A6, al corriente en sus pagos, quien se identifica con credencial de elector con folio núm. 2032064540845, que se encuentra inscrito en el Padrón de Proveedores de la SEFIPLAN. b).- Que señala como domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la calle Moctezuma No. 98-A, colonia centro, en la ciudad de Xalapa, Veracruz. c).- Que es su voluntad proveer a “EL INSTITUTO” los bienes objeto de la adjudicación en mención y que tiene capacidad técnica e infraestructura suficiente para proporcionar a “EL INSTITUTO” los consumibles de cómputo objeto del presente contrato. III.- “AMBAS PARTES DECLARAN” a).- Que se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que se ostentan en este acto jurídico y externan libremente su voluntad para obligarse en los términos y cláusulas del presente contrato.

ATENTAS A LOS ANTECEDENTES Y DECLARACIONES MENCIONADAS LAS PARTES ACEPTAN SOMETERSE A LAS SIGUIENTES: C L A U S U L A S: PRIMERA.- “EL INSTITUTO” otorga a “EL PROVEEDOR” la adjudicación del presente contrato de compra-venta, al amparo de la Licitación Simplificada No. LS/IVDR/03/004/07 consistente en la adquisición de los Materiales y Útiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos que se describen a continuación, en las cantidades especificadas en cada caso: PARTIDA

DESCRIPCIÓN

U.M.

CANTIDAD

INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL 1

AIRE COMPRIMIDO

BOTES

5

2

CAJA DE 10 DISCOS COMPACTOS CD-RW "DVD"

PIEZA

7

10

CARTUCHO PARA IMPRESORA DESKJET 6540 No. C8767W

PIEZA

5

11

CARTUCHO PARA IMPRESORA DESKJET 6540 No. C9363W

PIEZA

5

12 13 14

CARTUCHO PARA IMPRESORA EPSON STYLUS 660 NEGRO, No. S187093 CARTUCHO PARA IMPRESORA EPSON STYLUS 660 COLOR CARTUCHO PARA IMPRESORA INKJET DJ9300 COLOR No. C6578A

PIEZA PIEZA PIEZA

4 4 5

INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL. CONTRATO ADJUDICACION DIRECTA

2

PARTIDA

DESCRIPCIÓN

U.M.

CANTIDAD

15 16

CARTUCHO PARA IMPRESORA INKJET DJ9300 NEGRO No. 51645AL CARTUCHO TINTA COLOR NO. 36A C4836A MARCA HP

PIEZA PIEZA

5 2

17

CARTUCHO TINTA COLOR NO. 37A C4837A MARCA HP

PIEZA

2

18 19

CARTUCHO TINTA COLOR NO. 38A C4838A MARCA HP CARTUCHO TINTA COLOR NO. 44A C4844A MARCA HP

PIEZA PIEZA

2 3

24

CARTUCHO TINTA NEGRA H.P No. 27

PIEZA

2

25

CARTUCHO TINTA COLOR H.P. No. 28

PIEZA

2

31

CARTUCHO DE TINTA H.P No. 20 COLOR NEGRO CLAVE C6614DL

PIEZA

2

34

CD-ROM GRAVABLE 700 MB CAMPANA DE 50 PIEZAS

CAMPANA

2

37

DISQUETES 3 ½ H.D. CAJA CON 10 PIEZAS MARCA SONY

CAJAS

2

38

ESPUMA LIMPIADORA PARA COMPUTADORA DE 473 ML

PIEZA

1

39

MEMORIA USB PERFECT CHOICE 1 GB

PIEZA

2

41

MOUSE NETSCROL OPTICO PARA USB

PIEZA

3

44

THONER PARA IMPRESORA H.P1320 No. 49A CODIGO Q5949A

PIEZA

7

45

PIEZA

2

PIEZA

12

47

THONER LASER JET 2100 M NO. C4096A THONER PARA IMPRESORA HP LASER JET 1022,1020 Y 1015 No. DE PARTE Q2612A. THONER PARA IMPRESORA HP LASER JET 2100, No. DE PARTE C3916A/92298A.

PIEZA

2

48

THONER PARA IMPRESORA LEXMARK E 210, No. DE PARTE 10S0150.

PIEZA

2

49

THONER PARA IMPRESORA LEXMARK OPTRA 1650, No. DE PARTE 1382920

PIEZA

6

50

PAPEL FOTOGRAFICO H.P. TAMAÑO CARTA COLOR SATINADO

CIENTO

4

51

PAD PARA MOUSE

PIEZA

3

52

PAPEL FOTOGRAFICO H.P TAMAÑO CARTA COLOR MATE

CIENTO

4

53

FUNDAS PLASTICAS PARA CDS.

PIEZAS

30

PAQUETES

3

46

54

ETIQUETAS ADHESIVAS PARA CDS. CONSEJO VERACRUZANO DEL ARROZ

1

AIRE COMPRIMIDO

BOTES

1

15

CARTUCHO PARA IMPRESORA INKJET DJ9300 NEGRO No. 51645AL

PIEZA

1

20

CARTUCHO TINTA COLOR NO. 13A C4813A MARCA HP

PIEZA

2

21

CARTUCHO TINTA COLOR NO. 12A C4812A MARCA HP

PIEZA

3

22

CARTUCHO TINTA COLOR NO. 11A C4811A MARCA HP

PIEZA

3

23

CARTUCHO TINTA COLOR NO. 10A C4810A MARCA HP

PIEZA

3

24

CARTUCHO TINTA NEGRA H.P No. 27

PIEZA

2

25

CARTUCHO TINTA COLOR H.P. No. 28

PIEZA

2

35

CAJAS

2

46

DISCOS COMPACTOS CD-R CAJAS CON 10 PIEZAS THONER PARA IMPRESORA HP LASER JET 1022,1020 Y 1015 No. DE PARTE Q2612A.

PIEZA

2

3

CARTUCHO DE TINTA DE NEGRO EPSON STYLUS 740

PIEZA

5

4

CARTUCHO TINTA EPSON STYLUS COLOR No. 740

PIEZA

5

5

CARTUCHO TINTA EPSON STYLUS NEGRO No. C43UX

PIEZA

8

CONSEJO VERACRUZANO DEL CAFE

INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL. CONTRATO ADJUDICACION DIRECTA

3

PARTIDA 6

DESCRIPCIÓN CARTUCHO TINTA COLOR PARA I MPRESORA C62

U.M.

CANTIDAD

PIEZA

2

7

CARTUCHO TINTA COLOR NEGRO IMPRESORA C62

PIEZA

2

8

CARTUCHO TINTA DE COLOR IMPRESORA LEXMARK X4270

PIEZA

2

9

CARTUCHO TINTA NEGRO IMPRESORA LEXMARK X4271

PIEZA

2

26

CARTUCHOS DE COLOR NEGRO PARA IMPRESORA HP940c

PIEZA

2

27

CARTUCHOS DE COLOR PARA IMPRESORA H.P 940C

PIEZA

2

28

CARTUCHOS DE COLOR PARA IMPRESORA C43UX

PIEZA

6

38

ESPUMA LIMPIADORA PARA COMPUTADORA DE 473 ML

PIEZA

2

51

PAD PARA MOUSE

PIEZA

6

PIEZAS

5

55

GUARDA CD´S PARA 24 PIEZAS CONSEJO VERACRUZANO DE FLORICULTURA

12

CARTUCHO PARA IMPRESORA EPSON STYLUS 660 NEGRO, No. S187093

PIEZA

3

13

CARTUCHO PARA IMPRESORA EPSON STYLUS 660 COLOR

PIEZA

2

37

DISQUETES 3 ½ H.D. CAJA CON 10 PIEZAS MARCA SONY

CAJAS

3

38

ESPUMA LIMPIADORA PARA COMPUTADORA DE 473 ML

PIEZA

2

40

MEMORIA USB DATA TRAVELER KINGNSTON DE 512 MB

PIEZAS

2

42

TINTA PARA IMPRESORA COMPAC IJ 650 SERIES LEXMARK COLOR

PZA

3

43

PZA

3

46

TINTA PARA IMPRESORA COMPAC IJ 650 SERIES LEXMARK NEGRO THONER PARA IMPRESORA HP LASER JET 1022,1020 Y 1015 No. DE PARTE Q2612A.

PIEZA

3

56

PIELICULA PARA FAX PANASONIC KX-FP152 CAJA CON 2 ROLLOS

CAJA

2

BOTES

4

PIEZA

3

PIEZA

2

CONSEJO VERACRUZANO DE LIMON PERSA 1 29 30

AIRE COMPRIMIDO CARTUCHOS HP C6656A NEGRO, PARA IMPRESORA HP 2410 MULTIFUNCIONAL CARTUCHOS HP C-6657A COLOR, PARA IMPRESORA HP 2410 MULTIFUNCIONAL

32

THONNER HP Q2613A, PARA IMPRESORA HP LASERJET 1300

36

DISDOS CD-R MEMOREX (GRANEL) DE 52X 50 PK

40

MEMORIA USB DATA TRAVELER KINGNSTON DE 512 MB

PIEZA

1

PAQUETES

1

PIEZAS

1

CONSEJO VERACRUZANO DE LA VAINILLA 33

THONNER HP PARA IMPRESORA HP LASERJET 1200

PIEZA

3

34

CD-ROM GRAVABLE 700 MB CAMPANA DE 50 PIEZAS

CAMPANA

1

37

DISQUETES 3 ½ H.D. CAJA CON 10 PIEZAS MARCA SONY

CAJAS

8

55

GUARDA CD´S PARA 24 PIEZAS

PIEZAS

2

SEGUNDA.- El monto total del presente contrato es de $89,773.96 (OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES PESOS 96/100 M.N.), incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, misma que será liquidada dentro de los 20 días naturales contados a partir de la recepción de los bienes, contra entrega de factura debidamente requisitada y a entera satisfacción de “EL INSTITUTO”; debiendo efectuar “EL PROVEEDOR” las entregas de los materiales el plazo estipulado en la cláusula quinta.

INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL. CONTRATO ADJUDICACION DIRECTA

4

TERCERA.- El contrato tendrá una vigencia a partir de la firma del presente contrato y hasta el 31 de Diciembre de 2006. CUARTA.- “EL PROVEEDOR” adjudicado deberá expedir las facturas, previa coordinación con la Subdirección Administrativa de “EL INSTITUTO”, a nombre de: a) Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural, con domicilio en Calle Manlio Fabio Altamirano No. 111, Col. Centro, C.P. 91000 Xalapa, Veracruz, RFC IVD990325 RJ5. b) Consejo Veracruzano del Arroz, con domicilio en Av. Lázaro Cárdenas Nº 1500 colonia ferrocarrilera C.P. 91120, Xalapa, Veracruz, RFC CVA970424 KE1. c) Consejo Veracruzano del Café, con domicilio en Av. Lázaro Cárdenas Nº 1500 colonia ferrocarrilera C.P. 91120, Xalapa, Veracruz, RFC CVC921124 BN8. d) Consejo Veracruzano de Floricultura, con domicilio en Av. Lázaro Cárdenas Nº 104 colonia campo nuevo C.P. 91193, Xalapa, Veracruz, RFC CVF990227 DC4. e) Consejo Veracruzano del Limón Persa, con domicilio en Calle Melchor Ocampo Nº 306 colonia centro C.P. 93600, Martínez de la Torre, Veracruz, RFC CVL980321 5Q8. f) Consejo Veracruzano de la Vainilla, con domicilio en la calle 16 de Septiembre Nº 605 colonia centro C.P. 96460, Papantla de Olarte, Veracruz, RFC CVV001127 DL1.

. QUINTA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar los Materiales y Útiles para el Procesamiento en Equipos y Bienes Informáticos objeto del presente contrato, libre a bordo en las oficinas del Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural, ubicado en la Calle Manlio Fabio Altamirano No. 111, Colonia Centro, en la ciudad de Xalapa Enríquez, Ver, en horario de 9:00 a 14:30 y 16:00 a 17:30 hrs., a entera satisfacción de “EL INSTITUTO” dentro de los 20 días posteriores a la notificación del fallo o pedido correspondiente. SEXTA.- “EL PROVEEDOR” deberá garantizar los bienes contra cualquier defecto de fabricación, composición y vicios ocultos, por el término mínimo de seis meses a partir de la fecha de su recepción. En caso de que los materiales no reúnan las características requeridas y si “EL INSTITUTO” determina causas de mal funcionamiento o defectos de fábrica, solicitará a “EL PROVEEDOR” la sustitución inmediata sin cargo o costo alguno adicional al precio, por otros de las mismas características y calidad. Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, la calidad del servicio, vicios ocultos, el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “EL PROVEEDOR” deberá exhibir, a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz, al momento de la firma del contrato, póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO), del monto total del contrato, sin considerar las contribuciones que se generen por la operación, conforme a la redacción siguiente: “Ante: la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave”. Para garantizar por: ( nombre de la persona que participa en la licitación), el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, así como la correcta entrega de los bienes, la calidad, penas convencionales pactadas, así como para responder de los defectos de fabricación vicios ocultos que resulten del contrato de adjudicación No. _____________, de fecha _____________, celebrado entre el Gobierno del Estado de Veracruz, a través de el Instituto Veracruzano para el Desarrollo Rural, y ( nombre de la persona que participa en la licitación), relativo a (Descripción general del servicio o bien), con un monto total de: $ (número y letra), sin incluir el Impuesto al Valor INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL. CONTRATO ADJUDICACION DIRECTA

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Agregado. La compañía afianzadora expresamente declara: a) Que la presente fianza se expide de conformidad con el texto íntegro de dicho contrato, b) En caso de que se otorgue una prórroga al plazo establecido en la entrega de los bienes a que se refiere la fianza, o exista espera o bien se hubiese celebrado algún convenio modificatorio de plazo, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera, sin necesidad de solicitar endoso, c) La afianzadora acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido por los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas en vigor, y conforme en que se aplique dicho procedimiento con exclusión de cualquier otro, d) Que para cancelar la fianza será requisito indispensable orden expresa de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado, e) La afianzadora no goza de los derechos de orden y exclusión, la presente fianza estará en vigor a partir de la fecha que la calza, f) En caso de controversia sobre la interpretación de la presente, la afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Xalapa, Veracruz, g) La garantía de vicios ocultos que cubre esta fianza estará vigente por seis meses posteriores a la fecha de recepción de los bienes, por parte de la contratante. Fin de texto.

“EL PROVEEDOR” reconoce la personalidad de la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Planeación para hacer efectiva dicha garantía, independientemente del tipo que se trate. SEPTIMA.- “EL PROVEEDOR” acepta que “EL INSTITUTO” en cualquier momento analice y supervise en los lugares que crea conveniente la calidad, características y especificaciones de los materiales. OCTAVA.- “EL PROVEEDOR” se responsabiliza totalmente de cualquier violación o infracción a las disposiciones relativas a la propiedad industrial, intelectual, de patentes o marca, eximiendo de ésta a “EL INSTITUTO”. NOVENA.- Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto, traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “EL INSTITUTO”. DÉCIMA.- “EL INSTITUTO” supervisará en forma directa el cumplimiento de las obligaciones de “EL PROVEEDOR”, y en su caso, procederá a aplicar las sanciones convenidas. DÉCIMA PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a pagar a “EL INSTITUTO” como pena convencional el CINCO AL MILLAR del monto total contratado en este instrumento, por cada día de atraso en la entrega de los bienes, misma que no excederá del monto de la fianza de cumplimiento del contrato y que será cuantificada en relación con los materiales no entregados de manera oportuna. DÉCIMA SEGUNDA.- “EL PROVEEDOR” reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refieren los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución de este contrato, liberando a “EL INSTITUTO” de cualquier responsabilidad laboral y de seguridad social. DECIMA TERCERA.- Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo o mala fe, ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones especificadas. INSTITUTO VERACRUZANO PARA EL DESARROLLO RURAL. CONTRATO ADJUDICACION DIRECTA

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DECIMA CUARTA.- El Instituto podrá rescindir administrativamente el contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, así como revocarlo anticipadamente cuando concurran razones de interés público, sin responsabilidad para la entidad convocante, en caso fortuito o de fuerza mayor o cuando por restricciones presupuestales, se haga imposible el cumplimiento económico del presente contrato. DECIMA QUINTA.- Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes de la ciudad de Xalapa, Ver; renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiere corresponderles en virtud de sus domicilios presentes o futuros. Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente instrumento, lo firman en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz el día 30 de Abril de 2007. POR “EL INSTITUTO”

POR “EL PROVEEDOR”

C.P. RANDOLPH TAPIA SALGADO SUBDIRECTOR ADMINISTRATIVO

ING. CARLOS ARTURO BLANCO PORTILLA

Vo.Bo.

LIC. HÉCTOR SILVIO LOBATO VELÁSQUEZ JEFE DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS

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