A N T E C E D E N T E S

        COMISIÓN DE SALUD  H. CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E. – La Comisión de Salud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 43 de la Le

2 downloads 69 Views 79KB Size

Story Transcript

        COMISIÓN DE SALUD 

H. CONGRESO DEL ESTADO P R E S E N T E. – La Comisión de Salud, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, somete a la consideración del Pleno el presente Dictamen, elaborado con base en los siguientes ANTECEDENTES I.- A esta Comisión le fue turnada, para su estudio y dictamen, Iniciativa presentada por el Diputado Francisco González Carrasco, por medio de la cual propone que esta Soberanía exhorte respetuosamente al Ejecutivo Estatal, a través de la Secretaría de Salud del Estado para que, en coordinación con las asociaciones civiles, tenga a bien crear y promover campañas que tiendan a formar conciencia a la sociedad, con el propósito de erradicar el maltrato en todas sus formas hacia los animales; y a los 67 Ayuntamientos del Estado, para que realicen campañas sanitarias de control de perros y gatos callejeros para evitar su proliferación y, por consecuencia, el maltrato cruel que reciben estos animales. II.- Esta Comisión, después de entrar al estudio y análisis de la Iniciativa de mérito, formula las siguientes

CONSIDERACIONES Como se desprende de los antecedentes de la iniciativa en estudio, ésta pretende que se exhorte a la Secretaría de Salud del Estado, para que

        COMISIÓN DE SALUD 

promueva campañas de concientización para erradicar el maltrato animal y a los 67 ayuntamientos del Estado, para que realicen campañas sanitarias de control de perros y gatos callejeros para evitar su proliferación y, por consecuencia, el maltrato cruel que reciben estos animales. De todos es conocido que el maltrato a los animales comprende una gama de comportamientos que causan dolor innecesario, sufrimiento o estrés al animal, que van desde la negligencia en los cuidados básicos hasta el asesinato malicioso e intencional. Existen maltratos intencionales como la tortura, mutilación o un asesinato malicioso del animal, la negligencia de los cuidados básicos que el animal necesita, provisión de alimentos, de refugio y de una atención veterinaria adecuada. El maltrato a los animales se ha convertido en un problema social de grandes dimensiones, que no sólo afecta a aquellos animales víctimas de esta violencia, sino a todos los miembros de nuestra sociedad. El hombre no tiene derecho a maltratar a los animales, sino que debe darles un trato adecuado y humanitario. Este asunto no ha quedado olvidado por esta Alta Representación Popular, pues aprobó la Ley de Bienestar Animal para el Estado de Chihuahua, misma que está vigente, la cual, además de establecer que la autoridad competente para la aplicación de esta ley es la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología y las Autoridades Municipales, señala que su objeto es: I. Regular, en el ámbito de su competencia, el trato correcto y digno que las personas deben observar con los animales que coexistan en el Estado; II. Fomentar la participación de los sectores público y privado en la promoción de una cultura de respeto, protección, preservación de la vida, la salud y la integridad de los animales;

        COMISIÓN DE SALUD 

III. Sancionar los actos de crueldad y maltrato en contra de los animales que se encuentren en territorio de la Entidad, y IV. Celebrar convenios de colaboración con los diferentes sectores públicos y privados, para garantizar el bienestar de los animales. Esta Comisión, al considerar que debe evitarse el maltrato a los animales y en virtud de que existe la legislación que regula este tema y que la dependencia competente para aplicar dicha legislación es la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, acuerda enviar a la Secretaría facultada en el tema planteado el presente resolutivo y los documentos que le dieron origen, con el fin de dar cumplimiento a lo solicitado en la presente Iniciativa. Por lo anteriormente expuesto, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 57 y 58 de la Constitución Política del Estado, se somete a la consideración del Pleno el presente Dictamen con el carácter de ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO.- La Sexagésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, exhorta respetuosamente a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología para que, en coordinación con las asociaciones civiles, tenga a bien crear y promover campañas, a fin de formar conciencia a la sociedad, con el propósito de erradicar el maltrato en todas sus formas hacia los animales. ARTÍCULO SEGUNDO.- La Sexagésima Tercera Legislatura del H. Congreso del Estado de Chihuahua, exhorta respetuosamente a los 67 Ayuntamientos del Estado, para que realicen campañas sanitarias de control de perros y gatos callejeros para evitar su proliferación y, por consecuencia, el maltrato cruel que reciben estos animales, a través de centros sanitarios de control animal, y de

        COMISIÓN DE SALUD 

consideraldo necesario contemple recursos para tales efectos en sus presupuestos de egresos del año 2013. ECONÓMICO.- Aprobado que sea, túrnese a la Secretaría para que elabore la Minuta en los términos correspondientes.

Dado en el Salón de Sesiones del Poder Legislativo, en la Ciudad de Chihuahua, Chihuahua, a los

días del mes de noviembre del año dos mil

doce. POR LA COMISIÓN DE SALUD   DIP. RUBEN AGUILAR JIMENEZ PRESIDENTE

DIP. RICARDO ORVIZ BLAKE SECRETARIO

DIP. PATRICIA FLORES GONZALEZ VOCAL

DIP. RENE FRANCO RUIZ VOCAL

DIP. ALVA MELANIA ALMANZAN NEGRETE VOCAL

        COMISIÓN DE SALUD 

Estas firmas corresponden a dictamen recaído a la Iniciativa relativa al maltrato de los  animales. 

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.