ACTA 347 CONCEJO DE MEDELLÍN SESIÓN ORDINARIA. Octubre 28 de 2009

ACTA 347 SESIÓN ORDINARIA Octubre 28 de 2009 CONCEJO DE MEDELLÍN ÍNDICE ACTA 347 Asistencia 1 Orden del Día 3 Verificación del Quórum 6 Aprob

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ACTA 347 SESIÓN ORDINARIA Octubre 28 de 2009

CONCEJO DE MEDELLÍN

ÍNDICE ACTA 347 Asistencia

1

Orden del Día

3

Verificación del Quórum

6

Aprobación del Orden del Día

6

Citación – Invitación:

7

Cítese al Secretario de Servicios Administrativos, al Secretario de Hacienda y al Director de Planeación. Invítese a los Presidentes de Fondos de Pensiones, al Ministro de Hacienda, al ISS, al Superintendente Financiero, al Ministro de Protección Social, a Asofondos, Ingesistemas, a la Asociación de Abogados Laboralistas, a Colegas, a la Asociación de Pensionados del Departamento de Antioquia. Asunto: Sistema Pensional.

SESIÓN ORDINARIA ACTA 347

FECHA:

Medellín, 28 de Octubre de 2009

HORA:

De las 09:05 a.m. a las 12:35 p.m.

LUGAR:

Recinto de Sesiones

PRESIDIÓ:

Bernardo Alejandro Guerra Hoyos

ASISTENCIA: Señores Concejales: 1.

BERNARDO ALEJANDRO GUERRA HOYOS

2.

MARÍA REGINA ZULUAGA HENAO

3.

MARÍA MERCEDES MATEOS LARRAONA

4.

ÓSCAR GUILLERMO HOYOS GIRALDO

5.

RAMÓN EMILIO ACEVEDO CARDONA

6.

FEDERICO GUTIÉRREZ ZULUAGA

7.

JOSÉ NICOLÁS DUQUE OSSA

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8.

JOHN JAIME MONCADA OSPINA

9.

CARLOS ANDRÉS ROLDÁN CORRALES

10.

JUAN DAVID ARTEAGA FLÓREZ

11.

RUBÉN DARÍO CALLEJAS GÓMEZ

12.

CARLOS ALBERTO BALLESTEROS BARÓN

13.

JESÚS ANÍBAL ECHEVERRI JIMÉNEZ

14.

SANTIAGO MANUEL MARTÍNEZ MENDOZA

15.

AURA MARLENY ARCILA GIRALDO

16.

FABIO HUMBERTO RIVERA RIVERA

17.

NICOLÁS ALBEIRO ECHEVERRI ALVARÁN

18.

SANTIAGO LONDOÑO URIBE

19.

LUIS BERNARDO VÉLEZ MONTOYA

20.

ESTEBAN ESCOBAR VÉLEZ

Funcionarios del Concejo: -

DIANA CRISTINA TOBÓN LÓPEZ – Subsecretaria

Funcionarios Administración Municipal:

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-

IVÁN MAURICIO PÉREZ SALAZAR - secretario de Hacienda

-

OLGA LUCÍA GIRALDO - secretaria (E) de Servicios Administrativos

-

JOHN ALBERTO MAYA SALAZAR - Gerente de la EDU

-

RODRIGO TORO LONDOÑO - subdirector de Planeación Social y Económica

Invitados: -

ALBERTO ARREDONDO SIERRA - Gerente de Pensiones de Antioquia

-

PAULA ANDREA CARVAJAL - Abogada representante de Colegas

-

MAURICIO TORO BRIDGE - Presidente del Consejo Directivo de Asofondos

-

EDUARDO RINCÓN HERRERA - director académico Colegio Antioqueño de Abogados

-

GLORIA YEPES - Especialista en pensiones

ORDEN DEL DÍA 1.

VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM

2.

APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA

Sesión Ordinaria – Acta 347

3

3.

CITACIÓN - INVITACIÓN

Presentada por los señores concejales Aura Marleny Arcila Giraldo y Carlos Alberto Ballesteros Barón. Suscriben la proposición los señores concejales Bernardo Alejandro Guerra Hoyos, Ramón Emilio Acevedo Cardona, Santiago Londoño Uribe, Jesús Aníbal Echeverri Jiménez. Aprobada en la sesión ordinaria del 31 de julio de 2009. “Cítese para el 28 de octubre de 2009, al Secretario de Servicios Administrativos, Secretario de Hacienda, Director de Planeación e invítese a los Presidentes de los Fondos de Pensiones, al Ministro de Hacienda, al ISS, al Superintendente Financiero, al Ministro de Protección Social, a Asofondos, Ingesistemas, a la Asociación de Abogados Laboralistas, a Colegas, Asociación de Pensionados del Departamento de Antioquia para que respondan el siguiente cuestionario: 1. ¿Han posibilitado los fondos el incremento en los niveles de ahorro de los colombianos? 2. ¿Han propiciado entre los aportantes una verdadera cultura de ahorro? 3. ¿Dan a conocer las compañías administradoras de fondos de pensiones y cesantías toda la información relevante para los afiliados? 4. ¿Cuántas compañías administradoras de estos recursos hay en Colombia, y por qué cantidad de recursos compiten? 5. ¿Conocen bien los afiliados a los fondos toda la información sobre la forma cómo deben llegar a su pensión de jubilación? 6. ¿Por qué razón se manifiestan tantos inconvenientes en aquellos procesos de jubilación para quienes siendo aportantes al Seguro Social, fueron a los Fondos, y luego volvieron a pasar al Seguro Social?

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7. ¿Se tienen informes para el Municipio de Medellín y el Departamento de Antioquia sobre la forma cómo han evolucionado en términos de afiliados, cotizantes y beneficiarios, en términos comparativos nacionales e internacionales? 8. ¿En qué invierten los recursos estas compañías y qué nivel de rentabilidad alcanzan? 9. ¿Hay algún dato estadístico que nos diga cuál es el número de cotizantes para pensión por tipo de trabajador y sexo en la ciudad de Medellín, y cómo funciona el sistema frente al sistema público de pensiones que aún existe? 10.

¿Hay alguna edad límite para la jubilación en los fondos privados?

11. ¿Cuál es el número de pensionados vigentes sobre este sistema en la ciudad de Medellín? 12. ¿Cuál es el papel de los fondos en la financiación de los proyectos de infraestructura bajo el modelo de concesión? ¿Hay datos comparables específicamente con CHILE? 13 ¿Cómo está compuesto el portafolio de inversiones de estas compañías? 14. ¿Creen ustedes que estos fondos están aportando realmente con recursos de inversión suficientes para apoyar la inversión productiva y la generación de empleo en el país? 15. ¿Cuál ha sido el impacto de la crisis financiera global sobre estos fondos en Colombia? 16. ¿Qué tanto nivel de riesgo de mediano y largo plazo pueden aceptar esos fondos?

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17. ¿Establece la legislación en Colombia muchas restricciones de inversión a los FPO? 18. ¿Ven ustedes como benéfico la utilización del esquema de MULTIFONDOS implementado en otros países de la región? 4.

ACTAS

334 – 335 – 336 – 337 – 338 (En elaboración y revisión)

5.

LECTURA DE COMUNICACIONES

6.

PROPOSICIONES

7.

ASUNTOS VARIOS

D E S A R R O L L O: 1.

VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM

Llamados a lista los señores Concejales por la Secretaría, ésta anuncia que hay asistencia reglamentaria para deliberar y decidir. 2.

APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA

La Presidencia somete a consideración el Orden del Día. No se presentan intervenciones. Es aprobado.

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3.

CITACIÓN - INVITACIÓN

Se da lectura, por parte de la Secretaría: - Comunicación enviada por el doctor Óscar Iván Zuluaga Escobar, Ministro de Hacienda y Crédito Público: “Ruego me excuse por no asistir a la invitación de la sesión ordinaria del Concejo de Medellín, que se llevará a cabo el 28 de octubre de 2009 referente a la evaluación y cumplimiento de los objetivos del sistema pensional administrado por los fondos de pensiones, debido a que estaré atendiendo compromisos previamente adquiridos”. - Comunicación de la doctora Laura Victoria Villa Escobar, Asesora del Ministro de Hacienda y Crédito Público: “Por considerarlo tema de su competencia, con base en el artículo 33 del Código Contencioso Administrativo, me permito remitirle comunicación enviada al Ministro de Hacienda y Crédito Público por el doctor Héctor Jaime Guerra León, Secretario General del Concejo de Medellín, mediante la cual anexa la proposición en la que se citan a diferentes funcionarios del gobierno central y distrital a una sesión a llevarse a cabo el día 28 de octubre del presente en las instalaciones del Concejo de Medellín”. - Comunicación del doctor Luis Carlos Madrid Gil, Presidente de Colegas: “En mi condición de Presidente del Colegio Antioqueño de Abogados – Colegas, deseo expresarles el agradecimiento por la invitación a participar en la discusión de la referencia el día 28 de octubre del año en curso, a las 9:00 a.m., e informarle que nuestra institución estará presente en cabeza de los doctores Paula Andrea Carvajal Hincapié, abogada y especializada en Derecho Laboral, Universidad de Medellín; en Derecho de la Seguridad Social, Universidad de Antioquia; profesora

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del postgrado en Derecho Laboral, Universidad de Medellín y autora de “La vía de hecho en materia pensional”, “Pensión sanción” y “La carga de la prueba de la culpa patronal”. Y el doctor Eduardo Rincón Herrera, Doctor en Derecho y Ciencias Políticas, postgrado en Derecho Público y Económico de la Universidad de los Andes, Director de Planeación del Departamento de Cundinamarca, asesor económico del Senado de la República, asesor económico del Ministerio de Hacienda para políticas de seguridad social; subdirector de Prestaciones Económicas y secretario general de Cajanal; asesor jurídico y económico de la Asociación Regional de Empresas Solidarias de Salud Antioquia, Córdoba y Chocó y autor de las obras “Preguntas y respuestas en pensiones” y “Manual de Pensiones”. La Presidencia: “Quiero informar a la corporación que ya se encuentran en el recinto: - Iván Mauricio Pérez, secretario de Hacienda - Olga Lucía Giraldo, secretaria (E) de Servicios Administrativos - Alberto Arredondo Sierra, Gerente de Pensiones de Antioquia - John Alberto Maya Salazar, Gerente de la EDU - Paula Andrea Carvajal, Abogada representante de Colegas - Mauricio Toro Bridge, Presidente del Consejo Directivo de Asofondos - Eduardo Rincón Herrera, director académico Colegio Antioqueño de Abogados - Gloria Yepes, especialista en pensiones Damos la bienvenida a los televidentes de Telemedellín al debate habitual de todos los miércoles de control político del Concejo de la ciudad de Medellín, el tema que abordamos hoy es el sistema Pensional administrado por los Fondos de Pensiones, monto, obligaciones pensionales Municipio de Medellín. Los citantes son la doctora Aura Marleny Arcila y Carlos Alberto Ballesteros Barón y suscrita por los

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concejales Bernardo Alejandro Guerra Hoyos, Ramón Emilio Acevedo Cardona, Jesús Aníbal Echeverri Jiménez, Santiago Londoño Uribe”. Se da lectura, por parte de la Secretaría, a comunicación suscrita por el doctor Carlos H. Jaramillo Arango: “En atención a la invitación de la corporación para el día 28 de octubre del año en curso para analizar la situación de los fondos de pensiones, en representación del Departamento Administrativo de Planeación, asiste el economista Rodrigo Toro Londoño, subdirector de Planeación Social y Económica”. Interviene la señora Concejala AURA MARLENY ARCILA GIRALDO Señor Presidente, señores Concejales: “Un saludo a todos que atendieron esta invitación tan importante para la ciudad de Medellín y para el país. Este espacio de reflexión que convoca el Concejo de Medellín creo que va a aportar mucho individualmente a las personas de Medellín y debe ser un aporte para tratar de modificar las normas que hoy están afectando a hombres y mujeres. El sentido de este debate es estudiar la problemática alrededor de aspectos como la inequidad y desconocimiento, afectan los procesos pensionales de las mujeres, muy especialmente. El Seguro Social entrega hasta tres y cuatro veces el valor de pensión que entregan los fondos privados y se van a traer testimonios, muchos existen, pero trajimos una pequeña muestra para poder dar el espacio, tanto a los representantes de los fondos, a los abogados que quieran intervenir y a los concejales. Las mujeres no reciben asesoría clara y bien fundamentada. El cálculo de las edades de jubilación son centro de la desinformación. El país debe

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revisar el sistema y algunas normas. El problema afecta a hombres y mujeres, pero ellas tienen mayores implicaciones. Voy a hacer en el transcurso del debate una explicación de por qué las mujeres no debemos trasladarnos al Régimen Privado de Pensiones. Señor Presidente, creo que la dinámica del debate perfectamente puede ser que hablen los representantes de Asofondos, que tengo entendido trajeron una presentación; la representante de Colegas, la doctora Gloria María Yepes; luego le rogaría le diera espacio a dos testimonios y a continuación los concejales”. La Presidencia: “¿La Administración Municipal intervendría en qué momento doctora Aura?”. Responde la señora Concejala AURA MARLENY ARCILA GIRALDO: “La dinámica nos lo va a decir, estuve hablando con el doctor Mauricio Pérez y después de mi intervención decidimos si él ratifica o quiere intervenir, porque el centro del debate hoy es el sistema de Pensiones en los fondos privados y voy a tocar un tema que afecta la autonomía del Municipio de Medellín con respecto al pago y cálculo actuarial de las pensiones a cargo del Municipio de Medellín, pero es un tema más tangencial. El tema central es el otro señor Presidente”. Anexar Archivo: Interviene el presidente del Consejo Directivo de Asofondos, doctor MAURICIO TORO BRIDGE Señor Presidente, señores Concejales:

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“Quiero agradecer la oportunidad de compartir diferentes puntos de vista sobre el sistema pensional, tema sumamente importante para todos los colombianos, que tiene elementos a veces un poco complejos y dan lugar a preocupaciones y diferencias en el entendimiento de los principales puntos de su funcionamiento. Voy a empezar advirtiendo algo que creo que es el origen de las reformas pensionales como la que en Colombia dio lugar al nacimiento a partir de la Ley 100 de los fondos de pensiones y fondos de cesantías a partir de la Ley 50. Parte de las necesidades que tiene un sistema pensional, a nivel de un país, son en primer lugar, que las personas que puedan hacerlo, que durante su vida productiva tengan la capacidad de ahorrar, sea que aporten a un sistema como el Régimen de Prima Media o a los Fondos de Pensiones, lo hagan y ellos construyan durante su etapa productiva, el ahorro con el cual posteriormente van a recibir la pensión. Y que los subsidios del Estado se orienten principalmente a favorecer a aquellas personas que nunca pudieron por razones de la situación económica del desempleo y de muchas circunstancias, que no tuvieron la posibilidad de construir esa pensión. Esto en buena medida fue lo que dio origen a la reforma, porque lo que estaba sucediendo que el gasto de pensiones que estaba asumiendo el Estado en Colombia, y que todavía viene asumiendo, en muchos casos no está suficientemente bien focalizado y está llegando a personas que tuvieron la oportunidad de aportar durante su vida. El sistema de pensiones de ahorro individual surgió como una alternativa mediante la cual las personas pudieran construir durante la vida laboral el ahorro pensional, para posteriormente pensionarse con el producto de esas inversiones, de esos aportes y de la rentabilidad que ellos produjeran.

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En Colombia, como saben, coexisten dos regímenes, el Régimen de Prima Media, administrado por el Seguro Social y el Sistema de los Fondos de Pensiones, en los cuales las personas tienen algo muy importante y es la libertad de elegir entre uno y otro, dependiendo de sus preferencias, aspiraciones y muchas otras variables como el desempeño mismo que van teniendo los fondos. Vamos a tratar de ir respondiendo las preguntas que recibimos de los concejales, con algunos de los puntos. El primero, aquí vemos la gráfica que muestra cuál ha sido la evolución del ahorro en los fondos de pensiones desde 1994 cuando empezaron; los fondos de pensiones, cesantías e incluyendo los fondos de pensiones voluntarias; como vemos el azul es el que más valor acumula, el fondo de pensiones obligatorias, acumula 87.4 billones de pesos de más de ocho millones de colombianos que han venido haciéndolo desde el nacimiento de los fondos. Esto representa un 17.9% del producto interno bruto y podríamos decir que este ahorro que existe hoy es el equivalente de las reservas que estas personas han constituido para financiar sus pensiones en el futuro. El comportamiento de los fondos ha sido creciente, muy importante, aquí comparando los distintos instrumentos de inversión, algunos de los principales que existen en Colombia, el mayor peso lo tienen los fondos de pensiones obligatorias, superior al saldo de cuentas de ahorro administrado por el sistema bancario, lo que da cuenta del crecimiento que han tenido estos, el cual en buena medida se debe a la rentabilidad que los aportes de los afiliados han venido consiguiendo en los fondos. El crecimiento en la afiliación al sistema, se ha mantenido en niveles alrededor del 10% en promedio y aquí podemos observar que en el último año por las circunstancias conocidas de la desaceleración económica, se reduce un poco el crecimiento, pero aún así sigue siendo positivo del orden del 8% en el año, que va dando cuenta de la consolidación en general del sistema.

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En lo referente a la evolución en los fondos de pensiones voluntarias y de las cesantías, hay una tendencia creciente, aunque es bueno advertir en este momento que hay una preocupación con respecto a las cesantías, que para algunas personas se han transformado en una mesada más, en un ingreso adicional y de alguna manera se ha desvirtuado el buen uso -para muchos, no para todos- que deben tener las cesantías como una reserva previsional para una contingencia a la cual todos estamos expuestos que es el desempleo. A pesar de ello y que creemos que podría tener mejor utilización las cesantías, en este momento tenemos que el saldo de los fondos de cesantías es superior a cinco billones de pesos. El fondo de pensiones voluntarias que tiene su razón de ser como un elemento que las personas que en la medida que van teniendo capacidad de ahorro puedan tener un ahorro adicional que les permita complementar la pensión que obtienen en el sistema obligatorio y este puede ser tanto para la pensión que tenga en el régimen de prima media como en el de ahorro individual, tienen en este momento un acumulado de 7.5 billones y ha tenido un comportamiento creciente, con una mejor tasa de crecimiento. Las administradoras de fondos permanentemente estamos procurando establecer una relación con el afiliado respecto a enviar información sobre el comportamiento de sus cuentas, sobre las distintas variables y en esto la Superintendencia Financiera es muy estricta respecto a la calidad y cantidad de información que se debe entregara los afiliados. Tanto en los fondos de cesantías donde se entrega trimestralmente una información muy completa, sobre: Para afiliados a fondos de Cesantías: • •

Saldos inicial y final del periodo Valor y fecha de consignación del auxilio de cesantías

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• • • • • • •

Traslados desde y hacia el fondo de cesantía Retiros parciales de cesantías Retiros definitivos de cesantía Comisión cobrada por retiros parciales Porcentajes de comisión por administración Rendimientos abonados durante el período, y Rentabilidad del fondo y de la cuenta individual

En los Fondos de Pensiones Obligatorias también existe una cantidad de información muy importante en la cual es bueno resaltar que ha logrado un avance significativo y es una labor importante que ha tenido la Superintendencia en cuanto a la información de la cual disponen los afiliados: •Saldos inicial y final del periodo, rentabilidad del fondo y de la cuenta individual •Ingreso base de cotización •Valor y fecha de consignación de cotizaciones obligatorias y voluntarias, •Número de días cotizados en el fondo •Distribución de la cotización y de los porcentajes de la misma. •Aportes y retiros del periodo •Traslados de recursos entre regímenes •Aportes en mora del empleador •Mesadas pensionales pagadas, •Comisiones cobradas •Información sobre el bono pensional e historia laboral •Otros En el Régimen de Ahorro Individual hay tres elementos cruciales: Un primer elemento son las semanas de cotización al sistema, porque en el momento en que una persona decidiera cambiarse de un régimen a otro o del de prima media, las semanas son un factor clave a la hora de tomar las decisiones y hacer el ejercicio de los derechos.

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El otro elemento fundamental es el saldo de la cuenta y un tercero, el bono pensional para aquellas personas que se trasladaron en los primeros años de funcionamiento y que ya hayan hecho aportes anteriores al Seguro Social, el bono pensional, que es un elemento muy importante de la cuenta personal cuando una persona se va a jubilar. La información que se está enviando hoy es muy completa, hoy en día en el extracto que cada afiliado recibe tiene información muy integral que le permite conocer claramente el comportamiento de sus aportes, saber qué aportes ha recibido de su empleador, una labor que es importante estar controlando ya por parte del afiliado y tiene una herramienta para verificar cómo está su historia laboral en el sistema, lo que le permite en un momento dado saber si aparecen o no registradas algunas semanas del tiempo que estaba aportando. Los elementos que utilizamos básicamente para contactarlos, son los extractos, muchas comunicaciones, el Internet que se vuelve cada vez más recurrida, los boletines, el Contact Center y la gestión que hacemos con nuestros equipos de asesores y consultores. Actualmente en Colombia en el Sistema de Pensiones coexisten dos regímenes de pensiones obligatorias, que son compatibles, en la medida que las normas establecen cuáles son los criterios que se deben utilizar como la decisión de trasladarse de uno a otro •Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, se financia con los aportes que hacen los afiliados, que van directamente a sus cuentas de ahorro individual, tienen la cobertura del seguro previsional que es del invalidez, vejez y muerte. Es claro que cuando una persona empieza a aportar al sistema de pensiones, va adquiriendo el derecho al seguro de invalidez y muerte o conocido como el seguro previsional. De manera que si durante esos primeros años, por alguna circunstancia de la vida la familia no tiene la oportunidad de seguir beneficiándose de ese ingreso, siempre tendrá este beneficio que le permite asegurar la

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estabilidad económica, que es en esencia lo que se pretende con el sistema de pensiones. Existe la libre elección, la movilidad entre los regímenes es libre y voluntaria. Y la asesoría tiene mucho que ver en ese acompañamiento que deben hacer todas las instituciones, no es un asunto de exclusividad de los fondos, el acompañamiento pensional es un tema muy importante, porque al final del día el ahorro para las pensiones es el más importante que cualquier persona realiza durante su vida y se protege para el momento en el cual no deba seguir vinculado a la actividad laboral. Tiene que ver mucho con el ciclo de vida laboral, las personas empiezan a construir su capital desde el principio, es fundamental que esta sea una tarea; y entre todos y es una invitación al Concejo de Medellín y en general a las autoridades, hagamos mucho hincapié en la importancia de afiliarse a la seguridad social en pensiones, no específicamente a un sistema o a otro, aportar desde que la persona está joven, porque es clave en el caso del régimen de pensiones del valor de su cuenta individual y aún en el caso del régimen de prima media el aporte que debe hacer toda persona que la persona de realizar. Algunos problemas que se han presentado y que son usualmente motivo de debate, tienen que ver con esta interacción entre los dos regímenes, el régimen de ahorro individual y el de prima media, porque no es fácil aunque existe la reglamentación, coordinar siempre operativamente el funcionamiento de todas las instituciones. Se presentan algunos problemas, muchos de ellos pueden ser superados sin necesidad de normatividad adicional, simplemente con un esfuerzo operativo de parte de todas las instituciones y nos permitiría hacer mucho más transparente para los afiliados y pensionados el sistema y la movilidad entre los dos regímenes.

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Por ejemplo, observamos que históricamente se han presentado situaciones complejas con la multiafiliación, cuando una persona se trasladó en un momento del Seguro Social a un fondo y no fue retirado oportunamente de la entidad donde estaba al principio, quedaba afiliado a las dos instituciones y las dos reclamaban esa afiliación y eso generaba al final del día un problema para el afiliado. Afortunadamente a partir del decreto 3995 de 2008, se dio un avance en la solución de este problema y estimamos que para el otro año debe estar solucionado. Igualmente, el Seguro Social y las AFP participamos en un desarrollo conjunto que se llama CIAFP, que permite cuando alguna persona toma la decisión de trasladarse de un régimen a otro, verificar que sí puede hacerlo y se controla la movilidad. El problema de los multiafiliados está quedando y se acerca rápidamente a ser un problema de la historia. Otros problemas que se han presentado tienen que ver con el reconocimiento de la transición de quienes se devuelven al ISS, que se habían traslado hacia las AFP, en una primera etapa, esta transición la persona que se trasladaba al régimen de ahorro individual perdía la transición, posteriormente hubo unas sentencias de la Corte Constitucional, la 1024. La Ley 797 reglamentó también parte de la movilidad en la transición, después el decreto 3800; hay normas que han establecido las pautas, pero ya en la operación no ha sido tan fácil la implementación, básicamente por situaciones operativas y desafortunadamente por algunas debilidades de algunas instituciones al momento de reconocer esta transición. Pero el Régimen de Transición sigue vigente y en este momento digamos que ha habido cada vez una mayor claridad respecto a la forma

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de trasladarse, sigue siendo un problema, objeto de muchas demandas, de muchas tutelas y esperamos que pueda irse solucionando. Hay uno que termina siendo muy importante, es el reconocimiento de las semanas cotizadas. Cuando una persona estuvo afiliada en el sistema de ahorro individual y regresa al Seguro, es muy importante que este reconozca rápidamente las semanas y sobre todo que adecuen sus operaciones y procesos. Son temas donde diría que hay bastante conciencia por parte del gobierno nacional, hay suficiente normatividad para funcionar bien y se requiere insistir, en que todas las instituciones actuemos coherentemente con las normas y ninguna persona o institución impida el libre ejercicio de los derechos a los afiliados. La afiliación al sistema de ahorro individual de los fondos de pensiones en este momento tiene 8´500.000 afiliados, distribuidos entre seis AFP, una sola AFP tiene su sede en Medellín, de todas maneras ha sido un desarrollo muy importante. Mucha de la actividad económica del país está muy concentrada en los principales departamentos, no está muy desagregada por cabeceras municipales la información de afiliados, pero en Antioquia tenemos más o menos el 10% de los afiliados. Este dato tiene que ver con los afiliados activos, unos 600.000, de manera que debemos tener alrededor de un millón de afiliados en total al régimen de ahorro individual. La concentración mayor se encuentra en Bucaramanga y especialmente en Distrito Capital. Este es un dato bien interesante de cómo se comportan respecto al nivel de cotización. El criterio de afiliado activo tiene que ver, como lo define la Superintendencia Financiera, es la persona que ha cotizado por lo menos un mes en los últimos seis meses.

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Vemos que en los Fondos, que son los que están a su mano izquierda, tenemos un 54% de afiliados activos y 45% de afiliados inactivos. En el régimen de prima media tenemos 65.8% de afiliados inactivos, 34% de afiliados activos. De alguna manera uno pensaría que cuando la persona tiene la posibilidad de verificar el saldo que tiene en su cuenta, verificar los aportes que le está haciendo su empleador, puede tener un mayor interés en saber qué está pasando con su cuenta. Y de cara a lo que viene, a raíz de la reforma financiera y básicamente a la creación de los Multifondos sobre lo cual voy a hablar un poco más adelante, va a ser muy importante esa conciencia, ese conocimiento y ese control que tenga el afiliado sobre el comportamiento de su cuenta. Rápidamente para resumir lo del RAIS, los afiliados hacen el aporte a su cuenta individual; por supuesto, dentro del total de deducción que le hacen, una parte va a la cuenta individual, otra parte va al seguro provisional, otra parte a la Comisión de Administración y una parte va al Fondo de Garantía de Pensión Mínima, que es un aporte a solidaridad, una especie de aporte parafiscal adicional que existe y al Fondo de Solidaridad Pensional, con los cuales se pretende también reconocer parte de los subsidio y de la solidaridad que existe al interior del sistema pensional. Este aporte al Fondo de Garantía de Pensión Mínima al Fondo de Solidaridad Pensional es del 1.5%. Adicionalmente, para algunas categorías de cierto nivel de salario para arriba, de 4 smmlv hacia arriba, hay aportes al Fondo de Solidaridad Pensional, con el cual se está reconociendo más de 500 mil mesadas solidarias subsidiadas a colombianos en condiciones de alta vulnerabilidad. Por eso se llama régimen de ahorro individual con solidaridad.

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Edad Máxima Límite para la jubilación en el RAIS No existe requisito de edad ni semanas. En los fondos privados de pensiones obligatorias los afiliados pueden acceder al beneficio de la pensión siempre y cuando su capital permita financiar el 110% de una pensión mínima, siempre y cuando se cumpla con este criterio (o en su defecto se pueda acceder al FGPM) la persona puede decidir libremente si decide acceder a la pensión o seguir cotizando sin importar su edad. (artículo 64 de la ley 100 de 1993). Aquí un elemento que cuenta y que imprime una condición relativa a la edad es la redención del bono pensional, que éste se redime a los 60 años para mujeres y 62 para hombres. Entonces si el bono pensional no puede ser incorporado a ese saldo al momento de la pensión, sí puede de alguna manera volverse una restricción. Ese bono de todas maneras está devengando rendimientos hasta el momento que tenga su redención y unos rendimientos equivalentes al IPC+4. De manera que es un buen rendimiento, no tan bueno como el que han tenido los Fondos, pero es un rendimiento interesante. Pensionados régimen de ahorro individual - RAIS Hoy tenemos 35.600 pensionados. Me preguntaban específicamente cuántos pensionados hay en Antioquia y la verdad es un dato que tampoco tenemos desagregado a Medellín especialmente. Podemos inferir, podemos extrapolar de las cifras nacionales, más o menos lo que corresponde a Medellín. Ya hoy tenemos 35.600 afiliados.

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Desafortunadamente el mayor peso, más de la mitad, el 56% de las pensiones son por sobrevivencia. Aportantes que no llegaron vivos a la edad de jubilación y son las familias las que se están beneficiando. Es por una circunstancia lamentable de la vida, que es la muerte prematura del cotizante, pero igual es importante ver que con esto y precisamente gracias al sistema y al seguro previsional, las familias han visto protegida su seguridad económica, su ingreso, gracias al seguro previsional o a lo que se conocía históricamente como el seguro de invalidez y muerte. El ritmo de crecimiento es muy importante, esta es una cifra que se puede duplicar fácilmente cada 3, 4 años y que la tendencia será creciente por los próximos años, pero obviamente tiene una curva de crecimiento acelerada en los próximos años. En el sistema de ahorro individual las personas se pueden pensionar por el esquema del retiro programado o contratando una renta vitalicia por una compañía de seguros. En este momento el mayor número de pensionados está por el sistema de rentas vitalicias.

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Composición del portafolio de inversiones FPO a septiembre de 2009 Deuda Pública Renta Fija Local

43.5% 30.1%

Otros Renta Fija Externa

13.6% 5.6%

Renta Variable Externa Renta Variable Local

3.9% 3.4%

Aquí vemos en el gráfico cómo se distribuye. Las rentas vitalicias son ofrecidas por las compañías de seguros, a cambio del capital que el afiliado ha acumulado se le entrega una mesada con un crecimiento definido. Y a partir de allí no tiene el riesgo, no tiene la posibilidad de que el capital suba o baje, porque transfiere ese riesgo a la compañía de seguros. En el retiro programado la persona empieza gradualmente a retirar con cargo a su cuenta la pensión, de acuerdo a un cálculo actuarial, y está sujeto a que en algunos años el aumento pueda ser muy superior al aumento del IPC, pero que en otros años sea inferior. Hasta ahora los resultados de los fondos muestran que los incrementos podrían estar por encima del IPC, pero todo depende al final de los rendimientos que se vayan dando en el futuro.

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Alta participación de activos locales de 90% ha generado: • Importantes rendimientos para los afiliados. • Financiación a empresas establecidas en el país y al Gobierno colombiano, en una coyuntura de baja liquidez externa. Resultados Fondo de Pensiones Obligatorias septiembre de 2009

En septiembre de 2009 se abonaron rendimientos por $2.9 billones a las cuentas de nuestros afiliados y en lo corrido del año 2009 $14.1 billones (alrededor de 2.88% del PIB), por lo que el ahorro de los trabajadores alcanzó un valor superior a los $74 billones. La rentabilidad histórica muestra una rentabilidad real de 9.34%. PORTAFOLIOS DE INVERSIÓN Voy a pasar muy rápido sobre los portafolios de los fondos de pensiones, cómo están constituidos, pero esencialmente están en varios instrumentos diversificados en Colombia, con una participación importante de la renta variable, pero cada vez con mayor participación de la renta fija de los títulos del gobierno y cada vez con mayor

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participación de la renta variable, o sea de las acciones y títulos participativos en Colombia. Lo que ha permitido que los fondos de pensiones y el ahorro de estos 8.5 millones de colombianos, esté llegando a financiar de una manera muy importante el sector productivo. La rentabilidad que los fondos han obtenido en su historia es bien importante, porque en ocasiones se hace un gran debate cuando en un período de tiempo relativamente corto, los resultados de los fondos no son buenos. Habrá meses muy buenos y habrá meses con resultados con valorización negativa de los fondos. Eso no nos debe llamar a preocupaciones, como a veces lo hacemos, porque los mercados son muy fluctuantes, y acabamos de pasar por una crisis muy grande y profunda como fue la crisis financiera internacional. De todas maneras en el largo plazo, que es el que nos importa a los que estamos aportando a los fondos, han tenido una rentabilidad muy interesante, ha sido por encima de inflación, superior al 9.3% Si uno tuviera todo su patrimonio invertido en un solo activo que le ganara en rentabilidad a los fondos de pensiones en los últimos 15 años, tendría que haber tenido toda su inversión en acciones; pero obviamente se hubiera expuesto a la gastritis que produce tener todo el portafolio en acciones, porque ellas tienen unas grandes volatilidades y la persona en un momento dado podría ver unas desvalorizaciones que quizás lo asusten. El sistema y la forma cómo se manejan los fondos es una gran diversificación, un extremo control por parte de las autoridades y de la superintendencia financiera y una muy buena diversificación. Cuando una clase de activos, por ejemplo las acciones están rentando muy bien, es posible que no estén rentando tan bien los TES, la renta fija o las inversiones del exterior. Entonces unas y otras se van

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compensando y eso es lo ha permitido la rentabilidad que hemos obtenido hasta ahora. Este dato es bueno tenerlo presente, porque lo que importa son las rentabilidades a largo plazo y esto ha obtenido muy buen resultado. El año pasado que tuvimos con la crisis, los fondos tuvieron resultados positivos, no ha habido un solo año donde los fondos hayan tenido resultados negativos. Hay un dato importantísimo y siempre que analicemos un sistema de pensiones tenemos que mirar no solamente el tema financiero y económico desde la perspectiva de los individuos sino un elemento importantísimo y se qué está pasando con el comportamiento demográfico del país. Este era Colombia en 1950, podemos ver en las líneas de abajo cómo era la composición por los grupos de edad. Los grupos menores era la gran mayoría de los colombianos y había muy pocas personas mayores. Eso permitía que los jóvenes financiaran las pensiones de los mayores, entonces los aportes de los jóvenes sustentaban las pensiones de los mayores. Qué ha venido pasando. En el 2009 va cambiando la pirámide demográfica, hoy ya aumenta el número de personas mayores, tenemos el 20% mayores de edad y tenemos que el grupo de menores se ha ido reduciendo, ya no es una pirámide. Esto significa que toda pensión que se pague en Colombia en esta época, si no hay un ahorro acumulado por el afiliado durante su vida laboral, no va a tener la contrapartida en las reservas para poderla atender y terminará pasando lo que está pasando hoy, y es que el Estado colombiano está incorporando cada vez más recursos al pago de pensiones de personas que posiblemente habían en muchos casos tenido la oportunidad de acumular el capital suficiente, no lo hicieron y hoy es con cargo al presupuesto nacional.

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O sea, todos nosotros contribuyentes terminamos pagando esas pensiones y esto termina volviéndose insostenible y generando unos desequilibrios muy grandes para el país. Cómo se espera que sea la situación en el 2050. Con la tendencia demográfica que llevamos, más del 40% de los colombianos van a estar por encima de los 60 años. Eso no es un problema de Colombia, es un problema mundial y es una de las razones para que, sea cual fuere el sistema que se tenga de pensiones, piense en la necesidad de aumentar los aportes durante la edad productiva. Y considerar los temas de los beneficios que se otorgan, las condiciones y los parámetros para acceder a las pensiones, porque el sistema, en la medida de lo posible, debe ser sustentable y los subsidio deben ser para los pobres, la población vulnerable, no para las personas que tuvieron oportunidad de ahorrar y no lo hicieron o lo hicieron en otros instrumentos. Voy a pasar a otro tema radicalmente diferente y tiene que ver con las posibilidades de inversión de los fondos. Una de las grandes preocupaciones en este momento de los fondos es cuál es su papel como generadores, como impulsores del progreso y del crecimiento económico. Y especialmente un tema que creo importantísimo resaltar aquí en el tema de infraestructura, donde ustedes en días pasados acaban de tomar una decisión trascendental para el municipio de Medellín referente a las autopistas de la montaña, que creo que va a ser un proyecto que va a generar unas grandísimas externalidades y unos grandes beneficios para la región y para el país. De manera que nos alegramos muchísimo con esa decisión que tomaron y la presencia de ISA va a ser también clave en ese desarrollo.

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Entonces sí hay una realidad en inversiones de infraestructura vial. Colombia todavía se encuentra muy atrás con respecto a estas inversiones, pero ya se están dando esos primeros pasos. Y aquí vemos al comprar con Chile que nosotros tenemos una inversión muy baja. Es bueno resaltar que infraestructura no debe ser vista solamente como carreteras. Infraestructura es carreteras, puertos, aeropuertos, generación de energía, transporte, servicios públicos y agua, telecomunicaciones, hospitales, cárceles. Los frentes de inversión en infraestructura son muy amplios y aunque no se ve como una categoría de inversión, las AFP hoy tienen $9 billones invertidos en entidades o en empresas dedicadas a la infraestructura, casi el 10%. Hoy tenemos una participación de inversiones muy importante en títulos de deuda pública, tanto de la nación como de los municipios y de los entes territoriales. Pero vamos hacia un esquema más parecido al chileno donde tienen una participación un poco menor de la deuda pública y cada vez una mayor participación en las inversiones en el sector privado. De las emisiones de deuda, lo que ha pasado recientemente. Por ejemplo, se acaba de anunciar una emisión muy importante de Almacenes Éxito, este año no ha habido muchas emisiones de acciones, pero sí ha habido muchas emisiones de bonos. De las emisiones que se han dado en el presente año por unos $10 billones, los fondos de pensiones han participado con el 24%. Están los bonos de Ecopetrol en exterior, la emisión de EPM en el exterior, las emisiones de muchas empresas. De hecho, el 24% es una participaron muy superior a la que nosotros participamos del BID. Simplemente para redondear esta presentación, decirles que lo que vemos en este círculo es el comportamiento del valor de la unidad de fondos en promedio durante la crisis. Evidentemente hay épocas en que

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los activos que conforman los fondos de pensiones pueden tener desvalorizaciones y eso a nadie le gusta, todos sentimos que no es el escenario deseado; pero también hay que observar que al lado de esas desvalorizaciones, como se presentó durante un período, vienen épocas y oportunidades de valorización muy grandes. La tendencia que han mostrado los fondos ha sido muy positiva. Este es el valor de la unidad con mucho más detalle, el comportamiento casi de día por día, ahí se ven algunos momentos donde se presentan unos altibajos, pero la tendencia sigue siendo muy positiva. Los fondos pueden invertir en distintas clases de activos, de acuerdo a las autorizaciones que dan la Superintendencia y el gobierno nacional. Están totalmente reguladas las inversiones, es un régimen vigilado, además los aportes en los fondos de pensiones están garantizados por el gobierno nacional y por Fogafin. De manera que para el afiliado hay mucha seguridad respecto a las inversiones. Y se establecen límites en los cuales pueden invertir. Un fondo no podría tener todo en acciones, todo en deuda pública, todo en títulos corporativos, tenemos unos límites y dentro de ellos nos podemos mover. Riesgo de Mediano y Largo Plazo Los fondos de pensiones deben invertir sus recursos buscando siempre un horizonte de largo plazo debido a que están diseñados como ahorros con horizontes de tiempo mayores a 15 años. Sin embargo el fondo actual debe mantener unos niveles de riesgo moderados. La entrada de los Multifondos permitirá tener varios portafolios cuyas características les permitirán asumir mayores o menores riesgos dependiendo de sus objetivos de inversión.

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La población de los fondos sigue siendo una población afiliada todavía muy joven, lejos de acercarse a la pensión. Multifondos El esquema de los Multifondos es una gran oportunidad, porque se establece la oportunidad de tener los aportes la gente más joven en portafolios que tienen una mayor participación en acciones, entonces tienen un poco más de volatilidad, pero también retornos y rendimientos mucho mayores en el largo plazo. Esto para nosotros demanda un esfuerzo muy grande en materia de educación, de información a los afiliados, para que ellos siempre tomen las decisiones correctas y puedan llegar con la mejor capacidad, en términos del capital acumulado, al momento de pensionarse”. Interviene representante de INGESISTEMAS, especialista de pensiones, doctora GLORIA MARÍA YEPES VARGAS Señor Presidente, señores concejales: “De nuevo agradezco la oportunidad de estar hoy acá en mi calidad de especialista en pensiones. La idea es presentar una perspectiva desde la persona del común y lo que le ocurre cuando va jubilarse en un fondo privado de pensiones. Contenido  Tipos de Regímenes Pensionales en Colombia  Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: Modalidades  Alternativas de Monto de Pensión en el RAI: RP (Fondos) y RV (Aseguradoras), respecto del RPM por el ISS.  Otros estudios para Fondos Privados, Monto de Pensión en RAI – RP.

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 Por qué es peor la prestación RAI – RP respecto del RPM al momento del reconocimiento de la pensión.  ¿Qué ocurre después de reconocer pensión en el RAI-RP?  Conclusiones Tipos de Regímenes Pensionales en Colombia  ANTES de Ley 100 de 1993: Régimen Mutualista  Régimen de Prima Media bajo la modalidad de Prestación Definida, pagado por el ISS o Fondos del Sector Público (Cajanal, Caprecom, Pensiones Antioquia, …) o por Fondos Privados (p.e. Caxdac)  Régimen de Pago directo a Jubilados, por parte de empresas del sector privado o público que no aportaron a cajas o fondos pensionales.  DESPUÉS de Ley 100 de 1993: Regímenes Mutualista e Individual  Mutualista de Prima Media bajo la modalidad de Prestación Definida, reconocida por Fondos Públicos tales como ISS, Cajanal y Caprecom (próximos a fusionarse en Colpensiones) y Pensiones Antioquia, Cajas del sector Privado (p.e. Caxdac), o compañías de seguros.  Ahorro Individual con Solidaridad bajo la modalidad de RETIRO PROGRAMADO, con pago a cargo de los Fondos Privados de Pensiones. (AFP). Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad: Aporte se lleva a cuenta individual de ahorro y forma de pago varía según modalidad escogida, así:  Retiro Programado (la más común): Se calcula anualmente valor de la mesada con base en la vida probable de la persona según

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sexo. Si la persona fallece tempranamente, el saldo de la cuenta pasa a los herederos; en caso contrario, la cuenta se va agotando y la mesada disminuye. Si hay rentabilidad baja, la mesada también puede disminuir. Cuando el saldo en la cuenta de ahorro se aproxima a la cuantía requerida para pago de pensión por valor de un (1) salario mínimo, se traslada automáticamente este monto a una compañía de seguros para que garantice en forma vitalicia la pensión mínima. Hay que tener en cuenta que esta forma de ahorro, que no es sino una cuenta de ahorro individual, simplemente de allí se van tomando los recursos, se van pagando las pensiones a los afiliados; y cuando el dinero se agote, entendiendo como agotamiento cuando se llegue a un valor de reserva similar al que se requiere para pagar mesada pensional por un salario mínimo, automáticamente se produce el traslado de estos recursos a una compañía de seguros para que la persona pueda recibir una pensión por el valor de un salario mínimo. Es importante destacar que en este momento no se garantiza, a las personas que escojan esta modalidad de pensión, el ajuste de la mesa pensional con el valor del IPC, pudiendo en muchos casos disminuir.  Renta Vitalicia: El saldo ahorrado se paga como prima única a una compañía de seguros para que esta garantice pago de mesada ajustado anualmente con la variación del IPC (Inflación) y mientras el titular y su cónyuge vivan, Si el titular fallece tempranamente no hay devolución de saldos a los herederos. El monto de pensión que se otorga es típicamente un 27% más bajo, respecto de la mesada recibida por quienes se encuentran cubiertos bajo la modalidad de Retiro Programado.  Retiro Programado con Renta Vitalicia: Del saldo ahorrado se paga durante un período pre-establecido bajo la modalidad de Retiro Programado, después del cual con el saldo que se tenga en la

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cuenta de ahorro pensional se compra póliza de renta vitalicia en compañía de seguros. Diferencias con la modalidad anterior Cuando en una cuenta de ahorros individual genera un saldo por la muerte de la persona, se ha vendido mucho la idea que esto es muy bueno porque eso queda como herencia. Eso es cierto, si la persona se muere tempranamente, ese dinero pasa a sus herederos. A diferencia de la renta vitalicia donde si se pagó esa prima, la persona se jubiló para esta modalidad y al otro día se murió, todos esos recursos quedaron en la mutualidad, con el objeto de pagarles a otras personas. Es importante destacar lo siguiente, como primer elemento cuantitativo. Cuando una persona solicita bajo la modalidad de retiro programado un monto de pensión y luego solicita la misma cotización, pero bajo la modalidad de renta vitalicia, típicamente la mesada pensional es disminuida en el orden de un 25, 27%. Estos datos son sacados precisamente de cotizaciones suministradas por los fondos privados de pensiones a personas que están actualmente jubiladas, que temen por el ajuste futuro de su mesada pensional y quieren cubrirse por los riesgos de una longevidad mayor al promedio de la vida colombiana y quieren cubrirse también en el riesgo de rentabilidad. Existe una tercera modalidad que es la combinación de las dos anteriores:  Retiro Programado con Renta Vitalicia: Del saldo ahorrado se paga durante un período pre-establecido bajo la modalidad de Retiro Programado, después del cual con el saldo que se tenga en la cuenta de ahorro pensional se compra póliza de renta vitalicia en compañía de seguros.

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Esto que traigo acá es un informe financiero muy simple de qué es lo que ocurre con una persona durante el período en el cual ahorra. Como quedó claro de la exposición anterior, la rentabilidad es uno de los elementos fundamentales para aumentar el capital para el pago de la pensión de un afiliado. Otro elemento muy importante tiene que ver con la densidad de aporte, es decir, si la persona aporta densamente sin parar, o como ocurre en muchos casos donde tiene períodos durante los cuales no puede cotizar. En este primer ejemplo podemos ver la diferencia en las tasas, lo que asignaría normalmente como tasa de reemplazo que no es sino el porcentaje que se calcula sobre el ingreso base de liquidación para determinar el monto de pensión, cuál sería el porcentaje de pensión que le otorgan a una persona, un hombre que cotiza sobre una base de un millón de pesos con una cotización mensual de 11.5% que no para de cotizar durante 20 ó 35 años y con diferentes tasas de rentabilidad real. Este informe se presenta en tasa de interés real porque vamos a hacer abstracción del elemento de inflación. Real, se entiende como puntos adicionales en exceso de inflación. Observamos como una persona que trabaja 20 años en el retiro programado tiene un 37.80. En el de renta vitalicia puede recibir una pensión por un 28.33%, esa disminución es porque cuando uno compra una póliza de renta vitalicia hay un sobrecosto adicional que cobra la compañía de seguros para cubrirme toda la vida y garantizarme el ajuste con IPC a diferencia del régimen de la modalidad de retiro programado que en ningún momento y lo vamos a ver con afirmaciones hechas de los mismos dirigentes gremiales de los fondos, garantiza el ajuste de la mesada con la variación del IPC.

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Si compara donde tenemos para una persona que está afiliada en el ISS, que no tiene régimen de transición, es decir, que se jubilaría con las condiciones establecidas en la ley 797/03, observamos diferencias. Por ejemplo, la pensión de renta vitalicia es un 28.33, y si nos vamos para acá, es un 63,99, eso quiere decir que hay una disminución de un 44.30%. Esto se observa en todo el cuadro, excepto al final cuando observo que con rentabilidades muy buenas, prácticamente la prestación en el ISS y en un fondo privado se equipara. Este es otro escenario no tan bueno como el anterior que consideramos una densidad plena de aportes, pero la realidad colombiana no es esa. Hay muchas personas que hablan de una densidad de aportes de un 50%, aquí consideramos otras tasas del 33% y 40%, de períodos de no aportes. Inclusive en esos casos podemos encontrar aquí que de todas maneras con rentabilidades muy buenas en los fondos que podría ser alrededor del 8% real, sería la única forma que tendrían de equipararse los dos sistemas, pero con rentabilidades entre el 4 y el 7, siempre está por debajo el monto de pensión reconocido en el fondo privado de pensiones. En informe de octubre 9 de 2009, ratifican la situación y de hecho para acceder a una tasa de reemplazo del 52%, una persona que cotiza sobre un millón le van a pagar $520.000. En el régimen de ahorro individual requiere cotizar 11.5% durante 35 años sin parar. Entonces ellos están preocupados y es natural, por una tasa de reemplazo tan baja.

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Las razones por las cuáles la prestación en el régimen de ahorro individual retiro programado, respecto al régimen del ISS es peor, fundamentalmente hay una mejor base de cotización. A raíz de la ley 797 que modificó las tasas, encontramos que mientras en el ISS se cotiza un 13% a pensión, en un fondo privado se lleva un 11.5% de la cotización. Es obvio que si estoy haciendo un mejor ahorro voy a tener al final de mis días un capital menor. En este ejemplo se asigna un “medio por ciento” para garantía de pensión mínima a la altura del año 2003. Y en el sistema del ISS ese “medio por ciento” no existe, entonces en el ISS quedó un 10.5% mientras que en el fondo privado la cotización bajó al 10%. Aquí estamos en el 12.5% y 11.5% y 1.5 va la garantía de pensión mínima, mientras que en el ISS tenemos 13%. Esto es cuestión de legislación. Obviamente eso tiene que empeorar la situación de ahorro de los afiliados al fondo privado de pensiones. Que afecta, es natural. Las bajas rentabilidades en período de crisis. Ahora observaba un cuadro donde decían que el promedio de los últimos tres años había sido algo cercano a un 7% y que la rentabilidad del último año había sido del orden del 21%. La única forma para que me dé este promedio los tres años. Cogeré ese 21%, sumarle cero en los dos años anteriores; al final me da 21 y lo dividido por 3, me da el 7% que se anuncia. Esa es una situación que es real por estos períodos de crisis que se ha tenido pero que en los fondos es altamente sensible. Hay períodos muy buenos y malos rentabilidad.

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pero eso ocurre en términos de

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Otro elemento que no ayuda a los afiliados a conformar un capital suficiente tiene que ver con la discontinuidad laboral. Poca densidad de aportes o períodos de discontinuidad. Naturalmente si ahorro por más poco tiempo mi cantidad de dinero al final cuando ya me vaya a jubilar voy a tener una pensión mucho más baja. Esa es la realidad eso es lo que ocurre con una persona que está en un fondo privado de pensiones. Hemos atendido en la oficina más de 50 personas donde todos los días nos llevan muchas inquietudes. Nos preocupó la afirmación del doctor Santiago Montenegro, donde dice que la garantía de ajuste con IPC que es una orden Constitucional no afecta las pensiones otorgadas bajo la modalidad de retiro programado. Con toda la pena del mundo, Constitución es Constitución, y es para todos, y eso está dicho en el artículo de la revista Portafolio del año pasado que dice que ese mandato constitucional no los cubre a ellos. Este es otro aparte del artículo que salió en Portafolio donde ustedes pueden constatar el número de personas a las cuales les disminuyó su mesada pensional una vez les fue atorgada. No es que nos estemos inventando esto sino que vemos esas realidades cuando vienen nuestros clientes preocupados por esta situación. Aquí nos indican que hay un 3% de personas que se les redujo la mesada pensional. Pero hablan de un 30% que no les aumentó la mesada pensional. En términos reales y financieros, si yo recibo hoy un millón de pesos de mesada pensional y el año entrante vuelvo y recibo el mismo millón de

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pesos, a mí realmente me están disminuyendo mi mesada pensional porque la capacidad adquisitiva no es la misma. Entonces por ese lado podemos decir que al menos un 33% se le redujo y le agregaría otro porcentaje adicional, porque pudo haber un grupo de personas a las cuales si la inflación fue del 5% les pudieran haber aumentado un 1, 2 ó 3, un porcentaje menor que la inflación y eso también es una reducción de su mesada pensional. Cuando la persona tiene su ahorro y llega a la edad de jubilación y va a decir con cuánto se jubila, claramente encuentra uno que estas mesadas son siempre menores a las otorgadas en el ISS. No en todos los casos porque hay que decir que si la persona hizo ahorros voluntarios muy grande que aumentan su cuenta de ahorros, si su bono pensional fue muy jugoso, a junio 30 del 92, y ha devengado intereses durante muy buen tiempo, puede llegar a una acumulación de capital importante, pero no es el común de los casos. Y los que ya están en fondos privados de pensiones bajo la modalidad de retiro programado qué se sigue, qué pueden esperar de su pensión, entonces aquí tenemos unos escenarios. Este es el caso real de un cliente nuestro, al que podríamos presentarle varias alternativas, la primera sería decirle que si le cogen $6.764.000 que recibió de mesada pensional, a él le rebajaron de un año a otro un 1%. Pero digamos en gracia de discusión que si usted le congelan en $6.764 y no le disminuyen y la ajustan anualmente su mesada con el IPC, esa plata le va a alcanzar para 20 años. Después de 20 años tiene que pasarse a garantía de salarios de pensión del salario mínimo, pero también hay otra alternativa, y es no sostenerle la mesada con la variación del IPC, con el ajuste sino irla disminuyendo paulatinamente para hacer que esos recursos rindan por un mayor número de años.

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Entonces podemos llegar a la conclusión que en cinco años recibiría una mesada pensional equivalente al 95.44% lo que recibe hoy. En 10 años recibiría un 87.92%, es irle dando la mala noticia de a gotitas hasta llegar en 20 años a un 59.53% de lo que recibiría hoy en 33 años con certeza si está vivo – esto está sometido a la probabilidad de vida de la persona- a tener pensión por un salario mínimo. Este es otro caso real de otro cliente. A esta persona le disminuyó su mesada pensional en un 5%. De igual manera si ajustáramos su mesada con el IPC le duraría para 22 años más, a partir de la edad actual. Como es un hombre que tiene 65, duraría hasta 87 años. Si es muy longevo en ese momento no tendría ya sino pensión de un salario mínimo. Se hace un análisis similar de cómo en la medida que se vayan ajustando las reservas con base en la edad alcanzada en cada momento y la probabilidad de vida que alcanzaría, dado que está vivo a los 67 años, se le hizo un estudio de cómo evolucionaría su situación. Conclusiones Dentro de las pensiones de vejez hablaban de un 15% en retiro programado. Un 5% en renta vitalicia, lo cual ratifica el hecho que la mayoría de las personas se han acogido a la modalidad de retiro programado, nosotros podemos afirmar con base en estas experiencias que hemos tenido que las pensiones reconocidas en el ISS, típicamente estarían entre 2 y 3,5 veces más que las pensiones reconocidas a los afiliados con derecho a régimen de transición, porque hay que aclararlo, también. El análisis anterior, consideró jubilaciones de pensiones con la ley 797 que estableció edades más tardías de jubilación, y mayor densidad de aportes, y una menor tasa de reemplazo de pensión.

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Pero hay muchas personas que de la ley 100, y en particular si condiciones de jubilación son muchos casos del 90% como aportes.

tienen derecho a régimen de transición se acogen a este régimen en el ISS, sus claramente mejores, pudiendo ser en tasa de reemplaza y con 25 años de

Si comparamos con los del régimen de transición, encontramos esas grandes diferencias. ¿Cómo sería buena una prestación en un fondo privado de pensiones? Con buenas premisas de rentabilidad, una alta fidelidad de cotización y una ayuda extra con los aportes a fondos voluntarios. Es la única manera en que la persona podría esperar un mejor monto de pensión. Sin entrar a criticar uno u otro régimen, hay que decir que simplemente hay un marco legal para uno y otro régimen y tal como está concebido en este momento el régimen de ahorro individual no es posible generar unas buenas prestaciones económicas, entre otras razones por la individualidad, porque a diferencia del sistema de prima media administrada por el ISS, o incluso, las mismas rentas vitalicias de compañías de seguros que son también sistemas mutualistas, la individualidad no permite, como yo ahorro para mí, yo no le doy a nadie y si me muero antes ese dinero va para los herederos, entonces yo no le ayudo a nadie. A diferencia el sistema mutualista donde ese excedente que queda le ayuda a los que son más longevos y eso hace que la prestación pueda ser mejor. Existe preocupación y nos hemos dado cuenta por las comunicaciones que envían los fondos privados a sus afiliados y jubilados diciéndoles a que se pasen al régimen de renta vitalicia administrado por el ISS, porque saben la dificultad para garantizar ese ajuste con el IPC.

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Entonces lo que se dice allí es que de todas maneras como hay un riesgo que la persona viva más tiempo del esperado del promedio de vida del colombiano, y un riesgo de rentabilidad, es mejor pagarle a la compañía de seguros para que asuma ese riesgo. Multifondos No veo clara esa situación como una solución por una razón de tipo práctico y en esto se tiene que actuar con sentido común. Si de tiempo atrás un afiliado en un fondo privado depositó su confianza en los administradores de los fondos privados que son quienes saben sobre manejos de portafolios de inversión, y procuran con seguridad de buena fe obtener las mayores rentabilidades porque en realidad hubo períodos buenos, ahora los últimos cuatro años han sido muy malos, ellos que son personas conocedoras de esto; los Multifondos se van a ir donde cada persona a preguntarles si tiene perfil arriesgado o conservador. Porque si es arriesgado se le diseña un portafolio donde se invierta más en renta variable de acciones y menos en renta fija, porque existen mayores posibilidades de tener mayor rentabilidad, pero también, de menores rentabilidades. Entonces con el pasar del tiempo la persona va a llegar a un capital y luego no puede decir que no le alcanza para una pensión porque fue el que escogió el sistema. ¿Cómo se puede entender que esa responsabilidad se le entregue a una persona que no tienen idea de cómo hacer inversiones? Si los administradores encargados de esta labor técnica en los cuales se depositó esa confianza para hacer bien su labor ahora resulta que la entregan al afiliado ¿qué se puede esperar de esto? Realmente eso es un traslado de responsabilidades”.

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Interviene el señor LUIS FERNANDO RESTREPO MÁRQUEZ Señor Presidente, señores Concejales: “Soy ingeniero civil egresado de la Escuela Nacional de Minas. Trabajé durante 40 años en el sector privado y en el año de 1996 los señores de Colfondos me hicieron una visita en la empresa ofreciéndome el oro y el moro. Ingenuamente creí que de pronto podía acceder a una pensión mejor, con el cuento que la familia podía heredar en el futuro algo que uno pudiera dejarles. En el año 2005 cumplí la edad de 62 y tenía derecho a mi pensión, el Ministerio de Hacienda sacó una ley donde paró la emisión de todos los bonos que había hasta esa fecha con el objeto de volverlos a calcular porque había que hacerlo de acuerdo a lo que se ganaba la persona realmente el 30 de junio de 1992. Desde el 11 de junio de 2005 hasta junio de 2007, estuvo sin recibir mi pensión porque ni Colfondos me la daba ni el Ministerio de Hacienda tampoco daba el valor de mi bono. Finalmente una ley en el Congreso canceló esa ley y aprobó que los bonos debían calcularse como inicialmente se habían ofrecido a los usuarios. Empecé con ese valor a ir a Colfondos para que me calcularan mi pensión pero de entrada empezaron a ofrecerme la renta vitalicia dizque porque eso me garantizaba el salario de por vida. Y por el retiro programado yo tenía otras grandes ventajas. Lo que no me dijeron en Colfondos fue que cuando yo tuviera 20 años más no iba a tener dinero en mi fondo y que iba a gozar apenas de un salario mínimo.

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Cuando estaba haciendo los trámites me enteré también que la empresa para la cual trabaja en los últimos 38 meses no había hecho cotizaciones a mi pensión y Colfondos y perdonen que diga por nombre propio, pero en realidad es un mal de todos los fondos, no me había comunicado el estado de mi cuenta y que me faltaban esas cotizaciones. Esa consulta la hice en febrero de 2005 y yo me pensionaba en julio de 2005. Durante ese tiempo ni Colfondos ni la empresa para la cual trabajaba me supieron dar una explicación. Es más, Colfondos me dio una respuesta presionado por mí, tres años después, porque ellos ni siquiera sabían que yo les había requerido eso, pero tenía mi carta de presentación ante ellos. Finalmente recibí el valor de una pensión, pero otra cosa fue que me enteré que haciendo el cálculo para el ISS iba a obtener un valor superior en un 30% al que Colfondos me daba, y ya no me podía devolver porque la ley no me lo permitía. Mi bono pensional fue calculado solamente hasta julio de 2005 con el IPC y el 4% al cual tenía derecho yo. Pero como me calcularon el bono a junio de 2007. solamente el Ministerio de Hacienda me reconoció el IPC, el 4%, dos años después no lo tuvo en cuenta. Eso lo tengo en una reclamación pero la gente de mi generación que estuvimos en los fondos de pensiones y que no se retiraron porque creímos que iba a ser una panacea esto, están en las mismas circunstancias mías. Voy a contar las irregularidades que hay en esto. Al firmar mi nueva pensión con Colfondos, me presentan un papel donde dice que usted tiene que escoger una de estas compañías, la de los amigos de ellos o los socios de ellos, para que si algún día se pasa para una renta vitalicia.

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“Pero yo no quiero firmar eso, es que el día que se llegue”. “No, es que lo tiene que hacer ya o sino no lo pensionamos”. Hay una cosa importante. Durante todo este tiempo que estuve en el Fondo de Pensiones, puedo asegurar que ningún funcionario de los que trabajan en las empresas que manejan los fondos, conoce la Ley 100 de Pensiones. Nadie le sabe decir absolutamente nada. Digamos, en retiro programado, uno tiene derecho a excedentes de libre disponibilidad y en renta vitalicia igualmente. Pero si yo les pedí excedentes de libre disponibilidad en vez de otro programa, me dijeron que no, que me tenía que pasar para renta vitalicia”. La Presidencia: “Luis Fernando, muchas gracias por su presencia en la Corporación. Tiene la palabra la señora Beatriz Arcila, en proceso de pensión, cinco minutos. Se encuentra con nosotros también la doctora Norela Díaz, Gerente del Seguro Social”. Interviene la señora BEATRIZ ARCILA Señor Presidente, señores Concejales: “Soy abogada, docente hace 17 años, Especialista en Derecho Penal y Criminología, Magíster en Derecho Procesal.

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Con esto quiero decir que me he dedicado toda mi vida a estudiar con la finalidad no solamente de poder trasmitir mis conocimientos a mis estudiantes sino mejorar mi calidad de vida. Tuve apenas el honor de conocer al doctor Mauricio ahora y se queda uno impresionado. Esas maravillas de las que él habla, esa gran cantidad de dinero de la que uno va a ganar, fue la misma proyección que le presentaban a uno el día que le ofrecían a uno ese servicio. Porque ingenuamente, digo “ingenuamente” porque soy Penalista y no Laboralista, creí en la buena fe del Fondo de Porvenir. Hablo de Porvenir. Nunca creí en la mala fe. Me mostraba unas sumas exorbitantes de dinero, que con el debido respeto tendría que ser una enferma mental yo para decirme a mí que tengo una cantidad de dinero, como hoy, que me gano $3.500.000 de pesos y ellos me manifiestan que si me fuera a jubilar hoy, me darían $700.000 pesos. Eso es a lo que tengo derecho en el día de hoy. Decía: “¿Para qué me maté trabajando, tengo un hijo, soy madre cabeza de familia, soy divorciada, me maté toda mi vida trabajando para que hoy me entreguen $700.000 pesos? Si con esos $700.000 pesos voy a vivir, me toca ir a vivir a un garaje. Porque ni siquiera la cuota que doy a Bancolombia la puedo cancelar porque en este momento mi cuota es de $780.000 pesos. Él habla de tantas maravillas, que me quedo impactada. Él dice que la protección que le dan a sus afiliados, que el informe que nos presenta. ¡Por Dios! Estuve hasta el año pasado para trasladarme de fondo y jamás recibí una notificación. Cuando voy, les hago la reclamación, me manifiestan: “Sí señora, usted realmente fue engañada”.

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“No fui engañada, fui estafada. No tengo ni siquiera para vivir. Mis derechos fundamentales están golpeados, no tengo para un mínimo vital”. Conozco una sentencia de la Corte donde un señor, en las mismas condiciones en Porvenir, lo obligaron a pasar al Seguro porque yo no soy régimen de transición. De Laboral conozco muy poco. Lo que he aprendido de laboral lo he aprendido en estos cuatro meses de la desesperación de saber que voy a aguantar es hambre. Miro la sentencia y observo que al señor la Corte le reconoce el cambio porque el señor tiene los documentos, que me prometieron a mí, que nunca me entregaron. Voy al Fondo y les digo: “Un momentico, dónde está mi proyección”. No la de hoy porque la de hoy que te entregan es una hoja con $700.000 pesos. Me dicen ellos: “Que eso nunca se ha dado”. Tan no es cierto o están diciendo mentiras, porque ya hay sentencias donde los señores presentaron la proyección que se les dio hace, no sé, cuatro o cinco años. Me pasé en el 2003, me faltaba un año. Si ellos hubieran estado pendientes de mi situación, me hubieran avisado que tenía hasta el año pasado para cambiarme. Es más, no me hubieran recibido en el Fondo porque sabían que el detrimento patrimonial que iba a recibir era enorme. ¡Por Dios! Me gano $3.500.000, quiero hacer un doctorado. Ya ni siquiera quiero estudiar, ¿para qué? Era preferible quedarme en una

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cafetería vendiendo pasteles que matarme toda la vida presentando un no futuro para mi hijo y para mí y me van a dar $700.000 pesos. Lo peor es que le dicen a uno: “La engañaron”. Entonces, doctor Mauricio, con el debido respeto, que lo acabo de conocer, ¿dónde están las maravillas de las que usted habla? Lo oí a usted y parecía que estuviera oyendo a la persona que fue y me dijo: “Mire los miles de millones que usted se va a ganar, el Seguro se va a acabar. Estamos protegidos por la Superintendencia Financiera, a usted no le va a pasar nada”. Claro, desafortunadamente no tengo la proyección, que nunca me la quisieron entregar. Estoy peleando hace cuatro meses para que me la den y me dicen “que nunca la han tenido” y no es cierto. Ahora tengo prueba testimonial. Procederé a tutelar, a demandar, pero invito a todas las mujeres, a los hombres de Medellín y ojalá toda Colombia entera nos oyera porque les aseguro que mucha gente va a ir a reclamar su pensión y le va a dar el impacto emocional que a mí me dio, porque hasta de Psicólogo estuve y soy docente, abogada y profesional. ¿Qué podemos hablar de una persona que no tenga ni los más mínimos conocimientos? Yo soy es Penalista, no Laboralista. ¿Dónde está la protección del Estado? ¿Dónde están protegiendo mis derechos? ¿Dónde está mi seguridad social? Invito a toda la ciudadanía a que por lo menos se capacite y el que se pueda retirar del Fondo, doctor Mauricio, pero que lo haga pero ya y se vuelvan para el seguro porque con seguridad que no me voy a morir de hambre.

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El problema va a ser para el Municipio, para todo el mundo, porque todos los que lleguemos a la tercera edad, nos vamos a morir de hambre. Muchas gracias”. Interviene la delegada del Colegio Antioqueño de Abogados - Colegas, doctora PAULA ANDREA CARVAJAL Señor Presidente, señores Concejales: “La intervención mía era muy genérica y la voy a encaminar más como hacia un eje constitucional. Todos sabemos que el sistema pensional de los fondos privados nació en Chile y fue rápidamente acogido por Colombia, sin embargo, considero que Colombia lo acogió de una manera que le dio riendas libres totalmente a los fondos privados y lo que hizo fue que las pensiones y el derecho que hoy en día se ha considerado incluso fundamental, está totalmente sometido al cálculo actuarial que realizan los fondos de pensiones. Vulnerando en mi sentir tres ejes fundamentales y constitucionales, que serían: El primero, vulnera totalmente el artículo 48, donde consagra el derecho a la seguridad social como un derecho irrenunciable. Igualmente, vulnera el artículo 48 cuando dice que el derecho a la seguridad social es un derecho cuyo control está sometido al estado. En este momento vemos como los fondos privados están vulnerando incluso el derecho a la seguridad social, como lo decían los dos intervinientes anteriores cuando creen afiliarse al fondo privado con la expectativa de tener el derecho a su pensión de vejez y al momento de reunir la edad, se dan cuenta que es un espejismo y que no acceden a tal derecho.

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Para mí, igualmente, vulnera el derecho a la igualdad puesto que los derechos fundamentales con las sumas arrojadas incluso por la intervención que nos dio la doctora Gloria, representante de Ingesistemas, nos manifiesta cómo el derecho de los fondos privados ha sido creado única y exclusivamente para las personas que tienen altos ingresos. Por estadísticas comprobadas, tenemos que el 48% de los colombianos no alcanzan incluso a devengar un salario mínimo. Por lo tanto, es una parte del sector económico, de la fuerza laboral, que quienes devenguen un salario mínimo y se afiliaron a los fondos privados, están totalmente excluidos de adquirir una pensión de vejez. Otro de los ejes que veo que afectan la constitución es cómo aquellas personas, que ya hay sentencias que reconocen el régimen de transición como derecho fundamental, a pesar de ser una expectativa es un beneficio, que es un derecho adquirido, por el mero hecho de haberse pasado a los fondos privados están limitando totalmente volver a adquirir el beneficio del régimen de transición y por lo tanto, cantidad de personas que fueron beneficiarios del régimen por el mero hecho de haberse afiliado al fondo privado perdieron este beneficio y ven vulnerado incluso la adquisición del derecho pensional o aún adquiriendo el derecho pensional, el monto del mismo. Sin embargo, hay sentencias como lo mencionó el Presidente de Asofondos, como la 1024, 789 y 168 que están protegiendo nuevamente recuperar el régimen de transición. Pero como lo decía el decreto 3800 con una exigencia, que para mí es totalmente inconstitucional, que es que el pensionado o el afiliado demuestre tener la misma rentabilidad como si hubiese permanecido en el régimen de prima media, con prestación definida. Requisito que es totalmente imposible de cumplir, entonces volvemos a la vulneración del artículo 48.

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En conclusión, tenía una exposición mucho más amplia pero por tiempo considero que los fondos privados, en la mayoría de las veces, casi podría decir un 90% de probabilidades está vulnerando tajantemente el artículo 48 de la constitución política. Le doy paso a la intervención de mi compañero, representante Colegas, el doctor Eduardo Rincón”.

de

Interviene el representante de Colegas, doctor EDUARDO RINCÓN Señor Presidente, señores Concejales: “Distinguidos representantes de los gremios del sector social y pensional del país, aquí representados. Por un error que no sé dónde estuvo, a nosotros se nos enviaron unas 18 interrogaciones, que eran las que servían de soporte a un debate aquí, en el Concejo, con intervención de algunas personas de los sectores académicos y de los doctores comprometidos con el Régimen de Ahorro Individual con solidaridad. Digo que fue un error porque no nos permitió elaborar como hubiera sido deseable un documento de trabajo, debidamente articulado y coherente para sustentarlo aquí en esta magnífica reunión. Por esta razón, tanto mi colega, la doctora Carvajal y yo, hemos encontrado la sorpresa de que no pudimos hacer una exposición con ayudas, con cuadros, con información estadística adecuada y nos privamos de haber entrado a profundidad en el tema. Sin embargo, le ofrecemos a la proponente o la los proponentes del debate enviarles un resumen ejecutivo con algunas ideas para que puedan ayudar o contribuir al esclarecimiento de las dudas que se tienen acerca de la eficacia de los fondos de pensiones del Sistema de Ahorro Individual.

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Hay unos aspectos que yo quisiera primero referir, más que todo en términos anecdóticos. Me correspondió trabajar en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en los grupos que antecedieron a la presentación del proyecto de ley, que posteriormente se convirtió en la ley 100 de 1993. Venían unos vientos huracanados de las principales universidades de los Estados Unidos y de las compañías financieras y de bancas de inversión, en donde siguiendo los lineamientos del profesor Milton Friedman de la escuela de Chicago, aborrecían la intervención del Estado en las decisiones sociales y económicas de los pueblos y propugnaban por una rápida incorporación de las economías al sistema de mercado. No fue difícil entonces que nos aconsejaran montar la reforma pensional, que en 1990 necesitaba Colombia para corregir los altibajos de las crisis fiscales de la nación y de las entidades territoriales. Y la receta no podía ser otra que la de apartar al Estado de toda obligación o compromiso con los trabajadores para que de ahí en adelante dejarlos a su suerte y que cada uno respondiera a través del ahorro por su pensión de jubilación y en esta forma, el Estado se separara de ese compromiso con la sociedad. Recuerdo mucho que cuando se elaboraba el presupuesto nacional entonces, siempre se hablaba de los enfermos terminales y los enfermos terminales a los cuales había que trasladarles recursos en el proyecto del año siguiente, no eran otros que las instituciones de previsión social, encabezadas por el Seguro, por Cajanal, Caprecom, Fondos de Pensiones de los Ferrocarriles Nacionales y de Puertos de Colombia y obviamente algún fondeo que había que hacerle a las pensiones del Incora, de la Superintendencia de Sociedades y de la Superintendencia Bancaria. Algunos acuciosos amigos, cuando estábamos en mesas de trabajo decían: “Es que las pensiones no producen votos.

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Es que si yo le quito las pensiones al Estado y que cada uno haga su pensión o construya su pensión, como es el lema de los fondos privados de pensiones, nos va a ir mejor porque vamos a tener dinero para infraestructura, vamos a tener dinero para recreación, vamos a tener dinero para fortalecer el aparato judicial, vamos a tener dinero para hacer acción social y para repartir subsidios a la población más pobre y vulnerable”. Como la idea era tan buena y no la conocíamos, entonces nos enamoramos de ella y entramos al esquema de la Ley 100, copiada íntegramente en el Régimen de Ahorro Individual del modelo chileno. Lo que pasa es que la historia tiene sus movimientos pendulares y ahí sí, ¿qué tan comprometedores? Hoy vemos que en el año 2008 a Chile le va muy bien con las exportaciones de cobre, de frutas y de productos del mar a los mercados internacionales y después de alcanzar un gran saldo favorable en su balanza exportadora, dice la Presidenta Bachelet al Congreso: “¿Y por qué no nos ocupamos de los más pobres y por qué no nos ocupamos de los más viejos y por qué no nos ocupamos de los más enfermos?”. Cuando la Presidenta le dice eso a su Congreso chileno, se lo está diciendo porque encuentra profundos desequilibrios en el modelo de Ahorro Individual en Pensiones o de Capitalización Individual, como comúnmente se llama en los escenarios internacionales. Entonces presenta una ley que casi de inmediato es aprobada por el Congreso porque la desigualdad o mejor la inequidad es de tal magnitud, que entonces le acomodan al modelo pensional de Chile el pilar solidario. Es decir, algo así como en el caso de Colombia, retornar otra vez a la creencia de que el Seguro Social es lo mejor y que no debemos por compromiso con la Nación acabarlo.

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Por esta razón, encontramos nosotros que el modelo de fondos de pensiones no es bueno ni es malo, no es indeseable a diferencia de argumentaciones que se han oído aquí más recientemente. Se puede manejar pero no puede ser la solución básica para encontrar la satisfacción a las necesidades jubilatorias de los más débiles. Los más débiles los tienen que acomodar el Estado. Nosotros, los que estamos al servicio de la comunidad tenemos que trabajar por eso, tenemos que acomodar primero los más débiles. Los fondos privados de pensiones pueden servir pero como un esquema complementario para que allí lleven sus ahorros los que de alguna manera ya han superado el nivel de pobreza. Entonces igual que existe en países de Europa, igual que existe en Japón y en los Estados Unidos, una persona que tiene buena comodidad económica puede aspirar perfectamente a tener la atención básica o primigenia que le otorga el Estado a través de la seguridad social públicas y una pensión o varias pensiones complementarias, de acuerdo con la fluidez dineraria que tenga en el bolsillo. Por eso también en 1990, cuando se presentó el proyecto de la Ley 100 se cometieron muchos errores. Hay errores de conceptualización. El primer error es creer que los fondos privados de pensiones pensionan. No es cierto, lo acabamos de ver en la Reforma Financiera que se hizo el año pasado con la Ley 1326, los fondos de pensiones son compañías de servicios financieros. Las sociedades administradoras de pensiones son compañías de servicios financieros que recaudan unos aportes para conceder más adelante unas rentas vitalicias.

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Que es muy distinto en tener jurídicamente una pensión jubilatoria a tener una renta vitalicia, que es más del esquema del mutualismo y los seguros. Tenemos nosotros que las sociedades administradoras de pensiones pueden organizar uno o varios fondos de pensiones y que los dineros del fondo van a un patrimonio autónomo, que se constituye con la intervención de una fiduciaria y en el que participan en la toma de decisiones representantes paritarios del mismo fondo y de los particulares afiliados. Vemos nosotros que cuando vienen a pagarse las prestaciones económicas, el único recurso que sale de la cuenta de ahorro individual y se traslada directamente a la compañía aseguradora que el afiliado escoge para que le administre su renta vitalicia, es la pensión de vejez. Que tiene tres alternativas: El retiro programado o la renta vitalicia inmediata, o la renta vitalicia diferida. Allí tenemos nosotros que los fondos privados de pensiones no pensionan. El soporte, la responsabilidad financiera de las obligaciones recae es en el sector asegurador. Para atender la urgencia del señor Presidente, vamos a dejar aquí y les prometemos enviar el documento en un resumen ejecutivo. Muchas gracias, señor Presidente”. La Presidencia: “No es la urgencia, son los tiempos que han otorgados los corporados citantes, con el fin de que ellos también puedan intervenir en la transmisión en directo por Telemedellín de este importante tema.

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Aquí tratamos de darle garantías absolutamente a todos aquellos que se inscriben. Doctora Aura Marleny, usted dirá cómo será la intervención de los concejales. Inicia el doctor Carlos Ballesteros”. Interviene el señor Concejal BARÓN

CARLOS ALBERTO BALLESTEROS

Señor Presidente, señores Concejales: “A todas y a todos muy buenos días. Cuando tocamos el tema del Sistema de Seguridad Social, siempre me he hecho una pregunta y es: ¿Qué es lo que justifica un Sistema de Seguridad Social? Obviamente, la respuesta pareciera evidente y clara. Un Sistema de Seguridad Social tiene como propósito que se enfrenten contingencias y riesgos, que necesariamente a todas las personas que vivimos en sociedad se nos van a presentar. La pregunta es: ¿Si el Sistema de Seguridad Social que tenemos es eficiente para enfrentar esa problemática? Y cuando hablamos del tema de pensiones, sí lo es para efectos pensionales. La pregunta es: ¿Si estamos en presencia de un Sistema de Seguridad Social en Pensiones, que efectivamente está pensionando? Esa es una reflexión inicial. Yo también quiero recordar cómo alguna vez, en un evento que se hizo en la Habana, en Cuba, por allá en el año 95, allí se presentaban distintas experiencias en materia de Seguridad Social, especialmente en la parte pensional.

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Se hacía referencia a la experiencia Chilena, a la experiencia de los países del cono sur. La experiencia colombiana recién se iniciaba y se trataba de convencer a algunos países centroamericanos de las bondades de un sistema que tomaba del modelo chileno. La expositora era una mejicana, la recuerdo muy bien, que hacía énfasis en la Principialística que giraba alrededor del Sistema de Seguridad Social en todos esos países. Es decir, en cada uno de esos países para implementar esos modelos, se hacía referencia a unos principios que igualmente están consignados en la carta política. La pregunta que le hacía a la expositora era: ¿Dígame en cuál de esos países esos principios, tales como el de la universalidad, el de la solidaridad, el de la eficiencia está funcionando realmente? La respuesta fue contundente: Ninguno. ¿Si no está funcionando, por qué insistimos en ese modelo? Es la pregunta que me hacía en ese momento y es la pregunta que me sigo haciendo ahora, porque en Colombia, ni en Chile, ni en Argentina, ni en Uruguay está lográndose hacer realidad esa Principialística. Eso significa que detrás de todo esto debe haber algo que tiene mucha fuerza, que hace que efectivamente mantengamos un modelo de seguridad social, que no está cumpliendo su propósito Esto lo digo a título de introducción, quiero comenzar mi presentación recordando cómo tradicional o históricamente se han dado dos modelos de financiación en los sistemas pensionales. Uno, el que se proponía en 1880 aproximadamente por Otto Von Bismarck, el llamado “Mariscal de hierro” en Alemania, quien señalaba la necesidad de crear una entidad

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especializada que lo llamó “seguros sociales”, una entidad que tendría financiación tripartita por parte de empleadores, de trabajadores y del Estado. Esa era la manera como se iba a financiar ese sistema de seguridad social, que en mi criterio allí se estaban dando las bases fundamentales para crear un verdadero derecho laboral con toda las características que hoy conocemos. Era un sistema limitado a los trabajadores. Y el otro antecedente importante, histórico, tiene que ver con el famoso plan “Beveridge”, que se presentó a los ingleses por parte del señor William Beveridge, cuando Alemania estaba bombardeando a Londres y la idea era como tratar de animar al pueblo inglés para mostrarles que después de la Segunda Guerra, era posible crear una sociedad realmente justa. Y allí se planteaba otra fuente de financiación completamente distinta, la idea es que los recursos para el sistema de seguridad social tendrían que salir necesariamente del presupuesto. Y a partir de esto se va generando toda aquella teoría del estado de bienestar. Es un sistema que va dirigido, no a los trabajadores sino a toda la población. Beveridge denominaba la seguridad social como la liberación de la necesidad y me parece muy importante tener en cuenta ello, porque a veces se nos vende la idea que solamente hay una modalidad de financiación de los sistemas pensionales. Eso no es cierto. Estos dos modelos tuvieron una gran incidencia en el mundo occidental; en América Latina se aplicó el modelo Bismarckiano y en Colombia se adopta mediante la Ley 90 de 1946, con unas características que quiero rescatar.

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Primero, se crea en ese momento el denominado Instituto Colombiano de los Seguros Sociales, con aportes de empleador, de Estado y de trabajadores. Con la posibilidad de hacer revisiones cada cinco años. La idea es que se revisaba el sistema económicamente y se definía si tuviesen que hacerse incrementos en los aportes. Ese es un modelo que se había proyectado a 40, 60 años, como debe ser todo modelo de seguridad social, especialmente la parte pensional. Esto se incumplió, de una parte el Estado dejó de ser socio, el mayor aportante del sistema se retiró. De otra parte, no se hizo la revisión quinquenal y se presentaron problemas que aún subsisten en los Seguros Sociales, creo. De todas maneras pienso que esto justifica o explica mejor algunos de los problemas que tuvo esta institución. Igualmente se planteó la idea de hacer una subrogación progresiva de las obligaciones que en ese momento estaba a cargo de los empleadores. El sistema de los riesgos de invalidez, vejez y muerte o sobreviviente, sólo comenzó a regir en Colombia a partir del año 67. La idea es que hasta la Constitución del 91 y hasta la Ley 100 del 93, tenía una característica de un sistema pensional que se caracterizaba por muchos regímenes pensionales. Se afirmaba en el Congreso de la República en el año 93, que en Colombia existían más de 1.000 regímenes pensionales y por eso tenía que cambiarse el esquema; había dos sistemas generales, unos del sector privado, otros del sector público. Pero además de esos sistemas generales, reitero, más de 1.000 sistemas pensionales; casi cada entidad territorial tenía su propio sistema pensional. En el caso del Municipio de Medellín, recordemos,

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existían acuerdos municipales que regulaban las condiciones para acceder a la pensión de jubilación sin que hubiera contribuciones. Una persona aquí en Medellín, siendo mujer, se podía llegar a pensionar con base en acuerdos, a los 45 años de edad, cumpliendo otros requisitos. Igualmente un hombre podía hacerlo a los 50 años de edad. Esos 1.000 sistemas pensionales generaron mucha preocupación desde el constituyente del 91. cuando se aprueba la Carta Política, hicieron unas consagraciones sumamente importantes, que podemos considerar son las visiones que tuvo el constituyente en materia de seguridad social en nuestro país. En ese momento aproximadamente el 20% de la población colombiana, tenía acceso a un sistema de seguridad social. Se afirmaba que el único país que estaba más atrasado en América Latina era Haití y esa fue una gran preocupación. Y esa preocupación se traduce en una serie de normas que son muy importantes, que hoy todavía debieran tener toda la vigencia plena, desde el artículo 43 de la Carta Política hasta el artículo 48. Creo que allí el constituyente reflejó lo que el tratadista que alguno de los expositores planteaba, Milton y Ross Prisman, planteaban la idea de la seguridad social que va desde la cuna hasta la tumba y eso lo consagró el constituyente del 91, desde la persona que está por nacer, pasando por el niño, siguiendo por el adolescente, más adelante por el anciano y obviamente la persona inválida. Todas estas personas están allí reflejadas en esa normatividad que va del artículo 43 al 48 de la Carta Política. La visión del constituyente es que todos los habitantes de este país tuviéramos una garantía de un sistema de seguridad social.

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Y hay una norma básica fundamental, es el artículo 48 de la Carta, que señala la seguridad social como un servicio público obligatorio, además de un derecho irrenunciable, el mismo debe ser universal. Si partíamos de la base de un 20% de la población afiliada a un sistema de seguridad social, la idea es que se fuera ampliando progresivamente la cobertura y ampliarla no significa solamente carnetizar a la gente; significa realmente que detrás de ese carné, de esa afiliación, haya un respaldo en lo que tiene que ver con la respuesta del sistema de seguridad social. Si esto lo concretamos al tema de pensiones, que efectivamente se pensione la gente, no que esté afiliada a un sistema de seguridad social. A veces veo las estadísticas que nos presentan los fondos privados de pensiones y nos dicen “vea cómo hemos ampliado la cobertura, tenemos tantos afiliados” y efectivamente se ha ampliado la cobertura, la pregunta es cuántas personas realmente están obteniendo el derecho a la pensión. Y el artículo 53 de la Carta después de señalar los principios mínimos que deben regir en el derecho laboral colombiano, señala con una contundencia absoluta. Tenemos derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones. Esa es parte de esa visión del constituyente. El constituyente fue claro también en algo, dijo “no voy a definir el modelo o el sistema de seguridad social, eso se lo delegamos al Congreso de la República”. Y el Congreso de la República trató de realizar esto mediante esa ley, que es la Ley 100 del 93, que creó el sistema integral de seguridad social. Y aquí la ley como se había mencionado, señaló “vamos a establecer dos regímenes que van a coexistir, pero son incompatibles entre sí”. La propuesta inicial liderada por el actual Presidente de la República, en ese momento Senador, era que solamente existiera un Régimen Pensional, el de los fondos privados.

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Fíjense cómo el objetivo, desde ese momento, del legislador, era crear un solo Régimen, que era el de los fondos privados y allí se muestra toda una intencionalidad absolutamente clara. Recuerdo muy bien, esa ley fue muy debatida, hubo un año de un intenso debate en todo el país, una respuesta bastante fuerte frente a esa propuesta. Parte de los editorialistas de distintos medios de comunicación; las organizaciones sindicales, especialmente las que giraban al interior del Instituto de los Seguros Sociales se opusieron a esa manera de ver el sistema de seguridad social en pensiones. Toda esa fuerza logró que finalmente quedaran los dos regímenes, uno administrado prioritariamente -no exclusivamente- por el ISS, donde veo al Estado actuando, cumpliendo su función y otra, el negocio de los fondos privados de pensiones, donde obviamente estamos en presencia de un negocio. Allí aparecen las dos visiones de esta problemática y diría que realmente el motor de esta ley básicamente lo fueron los fondos privados, como han sido el motor de las distintas reformas, así se plantee de otra manera, porque es lo único que explica que un sistema que no está funcionando se mantenga y se proponga que se siga manteniendo porque hay un negocio grandísimo detrás de todo esto. La presentación es muy fácil. Recuerdo cómo el Senador Álvaro Uribe Vélez, ante una entrevista, creo que se la hacía en ese momento Yamid Amat, una vez aprobada la ley 100, él decía “yo confío mucho en la inteligencia del pueblo colombiano” y decía que estaba seguro que en tres años no iba a existir el Seguro Social; porque según esa visión, el pueblo colombiano era tan inteligente que iba a preferir los fondos privados que son más eficientes, mucho más dinámicos. Afortunadamente se equivocó, desafortunadamente para muchas personas, quienes nos contaron su historia, nos están contando lo que todos los días nos está contando la

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sociedad colombiana. Esa es la verdad, no los cuadritos que nos presentan que son muy bonitos. Entonces se mantienen dos regímenes incompatibles entre sí, que son evidentemente contributivos. Uno denominado Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida, que se fundamenta en eso que ha sido tan importante para el sistema de seguridad social en todas partes del mundo, la solidaridad. Y otro, el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, que lo único que tiene de solidario es la denominación, es un régimen absolutamente individualista, de eso no cabe la menor duda. Los argumentos para decir que tiene solidaridad, no son exclusivos del régimen de los fondos privados; los aportes a los fondos de solidaridad los hace tanto el que está en el Seguro Social como el que está en el fondo privado, o sea que ese no es argumento fuerte. Lo que debe caracterizar la denominación de cualquier régimen es lo que le es esencial al régimen. En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, cada uno está construyendo o tratando o soñando con construir su propia pensión. Esa es la realidad, es un régimen totalmente individualista. En los dos hay aportes obligatorios, el aporte en este momento está en el 16% sobre la base de cotización. Si estamos en presencia de una relación laboral dependiente, el trabajador aporta una cuarta parte, el empleador tres cuartas partes; o sea, el empleador aporta el 12% y el trabajador el 4%. Si es un trabajador independiente, le corresponde hacer el aporte total. Algunas diferencias: En el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida el administrador es el Instituto de los Seguros Sociales prioritariamente. La Ley 1151 ordenó la liquidación del sistema pensional del Seguro,

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desafortunadamente, la idea era liquidar el Seguro totalmente. En el Congreso en el debate se quedó en que se liquida el ISS como administrador del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, se liquida la parte de pensiones del ISS. Y aparecen dos entidades, una que se llama Colpensiones, que como entiendo la norma, va a encargarse de administrar el régimen de prima media de los nuevos afiliados; y una unidad administrativa que es la UGPP, se encarga de continuar administrando los viejos pensionados. Me parece muy compleja la parte práctica, me preocupa mucho ello, pero no es el tema del debate. Y por el otro lado está el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad cuyo administrador son los fondos privados, repito, donde cada afiliado tiene una cuenta individual, está construyendo su propia pensión de vejez, por eso es clara la presentación que se ha hecho anteriormente. En el fondo privado lo que importa es el capital, cuánta plata y sabré si te podrás pensionar o no. Y ese capital es bastante representativo, se hace referencia a que más o menos se requiere una persona con 62 años de edad, hombre, para tener derecho a una pensión, a un ahorro de $117 millones, es bastante difícil de lograr para la gran mayoría de la población. Porque de ese 16% que le aportamos al fondo privado, solamente el 11.5% va para la cuenta de ahorro individual, no va toda la plata y eso lo tiene que tener claro la población. Hagan un ejercicio elemental, una persona con un millón de pesos de salario mensual, aportaría para el sistema pensional $160.000, pero solamente $115.000 van para su cuenta de ahorro individual. ¿Cuándo podrá adquirir esa persona un ahorro equivalente a los $117 millones? Todo depende, según dicen, de la rentabilidad y recordemos que se han presentado casos de rentabilidad negativa. Es un sistema bastante perverso desde casi todo punto de vista.

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Mientras que el Régimen de Prima Media, el del Seguro Social, las condiciones son preestablecidas, diseñadas. Esas son algunas de las características básicas que diferencian los dos regímenes. Pero pienso que cuando comparamos los dos regímenes, hay un tema fundamental y es la pensión de vejez. Es como lo que normalmente calculamos cuando escogemos un sistema pensional, el tema de la pensión de vejez. Es más fácil vernos viejos que imaginarnos inválidos o muertos jóvenes, es más fácil hacer ese cálculo. De todas maneras tengamos claro que cuando sale la Ley 100 -porque es muy importante ver la evolución normativa- el requisito de la edad establecido para el hombre es 60 años con un incremento de la edad en dos, en el 2014, para la mujer de 55 años, se incrementa también en el 2014 a 57 años y se estableció un requisito de tiempo, en este caso representado en número de semanas de cotización, 1.000 semanas de cotización en cualquier tiempo que son casi 20 años de trabajo y el monto de la pensión oscilaba entre el 65 al 85%. El ingreso base de liquidación que se mantiene, es el promedio de lo cotizado en los últimos diez años. Esas son las condiciones que creó el legislador del 93, relativamente cumplibles en nuestra sociedad, 20 años de trabajo con estas edades. En el Régimen de Ahorro Individual, la pensión, dice la norma, se pensiona a la edad que se escoja, obviamente esa edad está sometida a unas condiciones de capital bien importantes; dijo la ley 100 que siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta de ahorro individual les permita obtener una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo legal mensual, vigente a la fecha de expedición de esta ley, reajustado anualmente según la variación del IPC. La pregunta es ¿cuándo podremos lograr ese capital? ¿Cuándo podremos alcanzar esa ilusión? Cuando comenzó a aplicarse la ley 100

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aparecían los promotores de los fondos como si tuvieran una varita mágica, cogían a la persona y proyectaban el futuro de la persona. Los promotores de los fondos –y lo digo con el mayor respeto- son vendedores y una característica que tiene que tener todo vendedor es que tiene que ser optimista, un vendedor pesimista no vende absolutamente nada. Entonces los promotores de los fondos buenos, son de un optimismo enorme y cuando se sentaban con la población sacaban la bolita mágica y el país cambiaba positivamente. Alguna vez estuve en una conferencia donde había unos representantes de los fondos, hice mi exposición muy preocupado por lo que estamos viendo hoy, me anticipé porque no era tan optimista. Y se para un representante de los fondos y dice “este señor daña el país, una persona como él le hace mucho daño a este país, porque es muy pesimista, hay que ser optimistas, si somos optimistas crecemos, si somos pesimistas no crecemos”. Y fíjese, fueron muy optimistas y realmente el resultado hoy es desastroso. Dos personas nos contaron su historia, en mi oficina de Abogado desde que está rigiendo el sistema, esta historia la encuentro todos los días impresionantemente. Eso que ellos dijeron es absolutamente cierto y es muy grave. La pregunta es ¿qué hay detrás de todo esto? La Ley 100 señaló “es posible que usted se traslade, usted está en el régimen del Seguro y se puede trasladar al de los fondos, daba tres años para hacerlo y devuélvase. Esto tuvo un cambio en el 2003 y ese año es muy significativo para todo esto, porque en el 2003 ya no estábamos frente a la bolita mágica, estábamos en presencia de quien ya realmente estaba cumpliendo los requisitos que el compañero estaba cumpliendo, en un caso en el ISS se estaba pensionando en determinadas condiciones y en el caso del fondo ya no se podía pensionar.

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Y los fondos empiezan a hacer una campaña en defensa teóricamente del Seguro Social. Si usted mira la historia, quien más en los discursos ha defendido al Seguro Social son los fondos privados, muy preocupados por la suerte del Seguro. Como estaban tan preocupados por la suerte del Seguro Social, hay que cambiar las condiciones de Seguro, hay que hacer más difícil el acceso a la pensión. La ley 797 de 2003 tuvo ese propósito, en el fondo lo que hace es modificar las condiciones para acceder a la pensión, rebajar los beneficios pero del régimen de prima media. Esto trae un efecto inmediato, desestimula la afiliación al Seguro Social, es clarísima la intencionalidad, so pretexto de preocuparse por las finanzas del Seguro Social. Pero es muy claro, porque allí obviamente no se afecta el sistema de los fondos privados ni los afiliados en la medida en que lo que juega allí es el capital, no la edad. La Ley 797 establece cambios muy duros. Primero, el traslado se puede hacer no cada tres sino cada cinco años. Segundo, si a la persona le faltan menos de diez años para cumplir la edad del régimen de prima media, no se puede trasladar, o sea que quedó amarrada allí. Otros cambios: Se hace incremento en las cotizaciones, se establecen requisitos más exigentes en el Régimen de Prima Media con prestación definida. Si bien es cierto estamos hablando de la pensión de vejez, esto es muy evidente también en la pensión de invalidez y sobrevivientes. Los beneficios son menores, para efectos de la pensión de vejez hablábamos de un 65 al 85% era el monto. El monto en la nueva norma, en la Ley 797, va desde el 55% hasta un 79%, se disminuye, se hace mucho más difícil. Se modifica notablemente ese régimen de transición al cual alguien se refería anteriormente.

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El número de semanas de cotización: La Ley 100 comenzó con 1.000, aproximadamente 20 años, esto es para el Régimen de Prima Media. Se produce un cambio bastante notable y fuerte, que desestimula. En el 2004 se mantiene 1.000 semanas, pero en el 2005 se aumentaron 50 semanas para acceder a la pensión, ya no son 1.000 sino 1.050 y a partir del 2006, por cada año se aumentan 25 semanas más; de esta manera tenemos en el 2006 1.075 semanas, en el 2007 tenemos 1.100 semanas; en el 2008 tenemos 1.125, en el 2009 tenemos 1.150 semanas y así vamos a seguir hasta 1.300 semanas, que implican 25 años de servicio, un año tiene 52.14 semanas. O sea que es un sistema que nos está mostrando un régimen muy desventajoso y cuando vemos esto, especialmente cuando estamos jóvenes, obviamente es mucho más atractivo un modelo en el cual nos dice “usted aquí se pensiona en cambio cuando quiera”, claro que es cuando quiera el fondo no cuando quiera uno. La comparación A mí me parece importante, este cuadro lo tomé de la presentación que hizo la doctora Gloria, pero le agregué la comparación del Régimen de Prima Media antes de Ley 797 con Ley 100 porque nos muestran un escenario bastante impactante y esto nos demuestra la perversidad del Régimen de Ahorro Individual, 20, 25, 30, 35 años. Para que la hipótesis sea mejor, en los fondos privados tiene que haber una rentabilidad positiva muy alta y recuerden que aquí se han producido rentabilidades negativas. Claro, hay que ser optimista para que crezca el país. Quiero destacar las dos últimas columnas, donde nos muestran cuál era el porcentaje del Seguro Social antes de Ley 100 y después. Esta es otra razón por la cual se desestimula efectivamente ello.

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El Régimen de Transición Pensional fue modificado notablemente por la Ley 797, afortunadamente la Corte Constitucional mediante dos providencias declaró inexequibles esas normas, porque cuando nos cambian el Régimen de Transición Pensiona, que es el respeto de algunas condiciones que ya teníamos anteriormente, se nos vuelve más llamativo el fondo privado. Ahí hubo dos sentencias que tumbaron esto, la C1056 de 2003 que tumbó la parte pertinente de la Ley 797 de 2003, pero por razones de forma; al ser por razones de forma se podía reproducir la ley y efectivamente esto ocurrió y se expidió rápidamente la Ley 860. Posteriormente la Corte Constitucional mediante la sentencia C754 de 2004, declaró inexequible la parte pertinente de la Ley 860, pero ya por razones de forma y de fondo. Esto lo que significaba es que ya no se podría reproducir la ley, precisamente por esa llamada cosa juzgada constitucional. ¿Ante ello qué hizo el gobierno? si no era posible hacer un cambio al sistema de transición porque era incompatible con la Constitución, lo que hizo fue modificar la Constitución, en el acto legislativo No. 1 de 2005. Siempre he traducido eso de otra manera, si no es posible cambiar la ley porque violenta el estado social de derecho, mejor cambiémoslo. El Régimen de Transición va a desaparecer el próximo año y creo que la población colombiana no sabe lo que se espera. El próximo año vamos a comenzar a sentir los efectos de esa reforma constitucional del 2005, entre ellos desaparece el Régimen de Transición Pensional, eso es bastante grave para la población en buena medida, la gente no sabe los efectos de esta situación. Creo que las distintas normas que se han producido después del acto legislativo No. 1, han tenido la misma intencionalidad. La intencionalidad es apoyar al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, es darle

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recursos al sector financiero, so pretexto de tratar de garantizar un sistema pensional que no está logrando su propósito. Creo que es importante destacar que estamos en presencia de un sistema de ahorro y no de un sistema pensional. Creo que esto amerita una profunda reflexión, temas que voy a tocar en la parte concluyente”. Interviene la señora Concejala AURA MARLENY ARCILA GIRALDO Señor Presidente, señores Concejales: “Empezaría diciendo que es un hecho que no siempre vamos a tener las fuerzas y la salud de la que hoy gozamos, es un hecho que nuestros hijos habrán tomado su propio camino y que tendremos que enfrentar esa etapa preferentemente con nuestros propios medios. Seguramente tenemos todos muy presente la imagen de los viejitos gringos que se dedican a pasear por todo el mundo y seguramente todos pretendemos que la vejez sea una etapa tranquila donde nos podamos dedicar a lo que siempre hemos querido. El cómo sea la calidad de nuestra vida en un futuro depende de lo que hagamos el día de hoy. Entre más pronto empecemos, mejor. Entre más conozcamos sobre las opciones que tenemos, mejor. No se envejece, se vive más. No se ganan años a la vida activa, sino a la jubilación. El doctor Mauricio Toro hacía una presentación bien importante de cómo ha evolucionado la expectativa de vida y eso es un hecho real. Los

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científicos aseguran que la expectativa de vida al final del siglo superará los 120 años. Para dar un ejemplo de cómo ha evolucionado este tema, en la época del Imperio Romano la expectativa de vida era de 22 años. O sea que Jesucristo, cuando fue crucificado, ya estaba muy viejito para esa época. Cuando se expidió la Constitución del 86, la expectativa de vida era 34 años; cuando empezó la violencia en 1950, la expectativa de vida era de 42 años; en 1970 la expectativa de vida era de 50 años; hoy la expectativa de vida está entre 73 y 75 años. O sea que ahora sí se comprende mejor cuando se afirma que no le ganamos años a la vida activa, sino años a la jubilación. Por eso el problema es de marca mayor para el Estado, los Fondos, el Seguro, para las futuras generaciones. En el 2001 las personas mayores de 60 años era 1 de cada 10; para el 2050 se estima que serán 1 de cada 5. Quería mayor la atención con este tema frente a la importancia del ahorro y la planificación financiera para la vejez. Sumar a la necesidad de buscar un sistema de previsión social y esto necesariamente exige un cambio profundo de mentalidad en el sentido de estar informado, de conocer, de tomar decisiones muy racionales. Retos principales envejecimiento

de

los

sistemas

de

retiro

frente

al

 Proveer una tasa de reemplazo adecuada para el retiro, es decir, una razonable relación entre ingresos en el retiro y como trabajador activo.  La tasa de reemplazo debe de ser de un 70-80% del último sueldo para llevar el mismo nivel de vida.

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Síntomas del problema global  Todos conocemos que hay altas tasas de desempleo acompañadas de bajas tasas de jubilación o de reemplazo. Insuficientes niveles de cobertura.  Insuficientes niveles de cobertura  Bajas pensiones para las mujeres  Baja cobertura para independientes  Creciente déficit público respecto a la seguridad social.  Empresas en serios problemas financieros. No sé si el doctor Mauricio Pérez ya se habrá ido, no lo veo, pero sí quisiera llamarle la atención a la Administración Municipal, a los Fondos y a todos los que tenemos responsabilidad social, que empecemos un programa para crear la cultura del ahorro. El país no cuenta con una cultura de ahorro pensional, hay que inculcarla. En ese sentido, campañas masivas de concientización similares a las de cesantías, que uno ahí sí ve mucho énfasis en ese tema. Cuando uno se pone a analizar las funciones de las Administradoras de Fondos de Pensiones, uno encuentra funciones sociales, y la primera es asegurar el ahorro necesario para financiar niveles de consumos satisfactorios durante la vejez, invalidez y sobrevivencia. ¿Si estamos cumpliendo esta función social? Contribuir en la equidad mediante la solidaridad con quienes no están en condiciones de ahorrar para su vejez. ¿Si estamos cumpliendo con esta equidad?

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Esas son preguntas que dejo planteadas. macroeconómico, es un problema de marca mayor.

Es

un

problema

Quisiera empezar con respecto al tema de las mujeres, pero quisiera tocar muy específicamente que en los próximos días Aura Marleny Arcila Giraldo, Gloria María Yepes Vargas y Carlos Alberto Ballesteros, estamos radicando ante la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 117 y su decreto reglamentario, que autoriza la discriminación contra las mujeres en materia pensional en los Fondos Pensionales. Ya decíamos en la introducción que las mujeres del Medellín y del país que se trasladen del Seguro a un Fondo Pensional resultan seriamente perjudicadas. El primer tema a analizar por qué las mujeres no debemos trasladarnos al régimen privado de pensiones, tiene que ver con la forma de calcular el bono pensional y la edad de jubilación. Las mujeres de Medellín y del país estamos convencidas que en todas partes nos jubilamos a los 57 años. En el Seguro sí, pero en los fondos privados de pensiones todo está concebido desde la ley para que las mujeres nos jubilemos a los 60 años. Entonces cuando una mujer va a un fondo de pensiones a jubilarse a los 57 años, le dicen que todo está organizado para que sea a los 60. Y pregunta: pero entonces por qué en el Seguro es a los 57. Allá le dicen: tranquila, usted acá también se puede jubilar a los 57 años. Pero lo que no le dicen a las mujeres es que les rebajan el monto de la pensión. De hecho, para hombres y mujeres hay desventajas en este momento en las mesadas obtenidas en un fondo privado de pensiones con respecto a las del Seguro Social. Creo que ésta es una de las conclusiones del estudio que hemos hecho y de los testimonios que aquí dan, aunado a otro tipo de irregularidades

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que no sé si obedecen a decisiones personales de empleados de los fondos o a una política de los fondos, porque el doctor Mauricio expresa acá que la política es entregar toda la información, y así debe ser y yo lo creo. Pero con el testimonio del doctor Luis Fernando Restrepo, que acá está y no alcanzó a tocar ese tema, a él no le han entregado la información del saldo de su cuenta y trabajó como 40 años. A él no le entregan los extractos de su cuenta que por seguridad personal. Él todavía está acá por si el doctor Mauricio tiene alguna duda. Con respecto a las pensiones de las mujeres hay varias aberraciones desde la ley y desde la práctica. En la metodología para el cálculo de los bonos pensionales de las mujeres es que utilizan dentro de esas proyecciones la curva de salarios medios publicadas por el Dane. Pero ahí cuál punto cogen, no el punto de los 57 años sino el punto de los 60. Y al tomar el factor de los 60 automáticamente baja la pensión. En una consulta que se hizo al Ministerio de Hacienda, ellos contestan: “Debe hacerse de esta manera, porque no se han publicado tablas de factores actuariales para edades inferiores a los 60”. Entonces a cuántas mujeres están sacrificando y qué injusticias están cometiendo con las mujeres. Señalan adicionalmente: “Si bien el cálculo considera pagos durante tres años menos, ello se ve recompensado por el ajuste de intereses e inflación”. Lo cual es incorrecto. Me voy a aprovechar de unos cálculos que hizo Ingesistemas y que enviaron una carta desde noviembre 25 de 2003, al doctor Guillermo Gaviria, Director del periódico El Mundo.

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Ingesistemas hacía un cálculo con jubilación a los 57 años para demostrar si realmente la fórmula matemática resultaba compensada por los incrementos y los intereses en el IPC. Tomaron 198.95 salarios mínimos, ajustados con IPC y una tasa real del 4% a septiembre 30 de 2003. Y encontraron que con esos dos parámetros esa pensión a los 57 años se convertía en 198.94. El cálculo con jubilación a los 60 años le da 119.93 smmlv con el mismo IPC y con el 4%. Y éstos se convertían en 150.1 smmlv. El menor valor reconocido es de 48.84 smmlv en la pensión a la mujer, casi un 25% menos. Entonces aquí queda perfectamente rebatido por una especialista en cálculos actuariales de que la respuesta del Ministerio de Hacienda donde dicen que toman tabla simplemente porque no tienen más, pero que eso resulta compensado por el IPC y el rendimiento real, es totalmente incorrecto. Además las realidades lo demuestran. Los testimonios que hoy nos dieron y nosotros hubiéramos querido traer muchos testimonios, y los hay, pero el tiempo no da. Pero las frustraciones no se han empezado a sentir en Medellín y en el país, porque realmente cuando la masa de la gente trabajadora comience a reclamar las pensiones de jubilación a los fondos, la estrechada, la frustración, se van a tener que ir para donde el siquiatra. Muchas de las personas que se afiliaron a los fondos de pensiones, lo hicieron ilusionadas porque les iban a dejar herencia a los hijos. Ratifico lo que decía la doctora Gloria María. Para poder que esos ahorros queden como herencia, por lo menos en el sistema de ahorro programado, porque en el otro no es factible, en la renta vitalicia, se tiene que morir uno muy rápido para poder que le quede saldo en la cuenta, eso es una falacia con la evolución de la esperanza de vida.

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De lo que se trata hoy no es decir que los fondos están incumpliendo la ley, porque no es así, la están cumpliendo; y de hecho la demanda que estamos haciendo ante la Corte Constitucional demuestra que el problema empieza en la ley. Y el problema sigue en la baja rentabilidad que están entregando los fondos, la rentabilidad real. Realmente la rentabilidad se encuentra en el mercado accionario y el mercado accionario colombiano es demasiado pequeño. Diez minutos de transacciones en Wall Street equivalen a un año de transacciones en Colombia. Otro problema es los traslados de los fondos, la persona que se quiere devolver. El caso del testimonio que hoy se presentaba es una persona que en el Seguro Social obtendría $2’800.000 de mesada y le están diciendo en Porvenir que le entregarían $700.000. Ella se quiso volver para el Seguro y le dicen que no se puede volver para el Seguro, porque le faltan menos de 10 años para jubilarse. Entonces hay una cantidad de gente amarrada por ley. Es que eso atenta contra los derechos fundamentales, una persona que ha trabajado 25 años, forjándose un futuro, un buen salario, una buena jubilación y recibe un golpe de estos tan tremendo. Hay otros elementos con respecto a la jubilación en los fondos de pensiones, que es mi percepción y mi conclusión frente a lo que he estudiado del tema. En los fondos de pensiones hay una gran incertidumbre sobre las mesadas, el problema es tal que, ni aun reconocida, como le pasó al doctor Luis Fernando Restrepo, él obtiene una estabilidad. No logra lo que él creía de jubilación y que trabajó toda su vida para ello, sino que además no tiene ninguna estabilidad, a él una vez reconocida la pensión le sigue rebajando. También decía la doctora Gloria María Yepes en su exposición, el Fondo de Protección el año anterior no incrementó a muchos la mesada en el IPC, pero a muchos les rebajó su pensión.

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Entonces cuando van corriendo los años, cuando uno pierde vitalidad, creo que va perdiendo hasta las fuerzas para demandar, es muy triste que la vejez nos coja la pensión en esta situación. Sé que el problema también es de tipo macroeconómico en la sostenibilidad del sistema pensional, de todos nosotros, del género humano. En el Seguro Social tenemos el respaldo del Estado. No sé si solamente para estas generaciones desde el punto de vista del afiliado, porque yo no puedo ver esta realidad para un afiliado y que se siga afiliando inocentemente a un fondo de pensiones. La situación pensional en el país y el hueco pensional es muy grande. De los $148 billones del presupuesto nacional, $20 billones corresponden a pensiones. En los fondos de pensiones también se está generando un hueco, porque también tienen subsidio del Estado para la pensión mínima y la pensión mínima de los colombianos, me atrevería a decir que en Colombia mínimo el 60% gana el salario mínimo. El problema de los Multifondos empieza el año entrante, creo en forma voluntaria, pero acá hay otro problema de marca mayor adicional. Resulta que la cultura de planeación financiera en los habitantes de Medellín y del país es casi nula porque no hay educación, información. Entonces le van a entregar parte de la responsabilidad del manejo del portafolio a una persona que no tiene idea de lo que es la planeación financiera, que no conoce los mercados. En el tema de los Multifondos todavía hay muchos interrogantes. Creo que los fondos de pensiones deberían generar un debate público. Como va a cambiar los Multifondos el esquema de las pensiones de jubilación.

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Con respecto a los Multifondos creo que hay muy poquita información, cuáles van a ser las comisiones, los costos, cuál es el plan a largo plazo para esta educación y para crear esa cultura de la planeación financiera. Dejando el tema de los fondos de pensiones, no quisiera dejar de referirme al tema de la situación de la obligación pensional del Municipio de Medellín. Este es un tema bien importante, también la obligación que el Municipio de Medellín tiene con respecto a sus jubilados. El cálculo actuarial está por un poco más de $2 billones, pero a qué fecha está hecho ese cálculo actuarial. Porque son más de $2 billones una obligación real que tiene el Municipio de Medellín y que no tiene que pagar de un solo tiro, sino que va pagando bonos pensionales, va reconociendo las pensiones de jubilación y los va incorporando a la nómina. Pero al mismo tiempo va girando unos recursos a FONPET (Fondo de Pensiones Territoriales). Mi inquietud en ese sentido, doctor Mauricio, y quisiera que la Administración Municipal liderada eso con el Ministerio de Hacienda, es que el cálculo del pasivo pensional, tal como está reglamentado, que no lo puede hacer en forma autónoma la Administración Municipal, sino que se tiene que someter a un cálculo que hacen desde Bogotá, y eso es medir un pasivo y decir que está en $2 billones. Hasta donde entiendo el Municipio de Medellín no tiene mucho control sobre ese tema y ahí surge innumerable cantidad de problemas. El primero: ¿El pasivo que nos están diciendo será el real, estará bien calculado, si habrán incluido todas las novedades? El problema grave es que el Municipio de Medellín le retienen y giran a través de una retención fondos hacia Bogotá. Y no se puede hacer uso de esos fondos sino hasta que esté el 100%. En este momento creo que han retenido alrededor de $250 mil millones.

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Entonces se supone que el Municipio de Medellín solamente puede empezar a solicitar devolución una vez tenga provisionado los $2 billones. Creo que eso va a ser nunca. Si no le dan la autonomía territorial a los municipios para calcular el pasivo, manejarlo y confrontarlo con otros actuarios, para ver si está bien dimensionado ese pasivo, si son los $2 billones o $2.5 billones, a lo mejor es $1.5 billones. Porque uno que tiene experiencia en cálculos actuariales en el sector privado, las diferencias se encuentran entre el Seguro, entre un fondo, entre Suramericana, entre un actuario y entre otro. Desde Bogotá nos están diciendo que los pasivos son $2.5 billones. Creo que nos deben dar la autonomía territorial para que el Municipio de Medellín contrate el cálculo actuarial y que pueda haber una fórmula real para recuperar los excedentes que muy posiblemente puedan surgir y el uso de esos recursos. Doctor Mauricio, quisiera que después de la intervención nos contara a modo de información cuánto paga el Municipio de Medellín en pensiones anualmente, si es cierta la cifra que le estoy diciendo y si vamos a solicitarle al gobierno nacional que nos entregue la autonomía territorial en ese campo y que nos dé la posibilidad en un futuro, pero que sepamos cuánto y cómo, de recuperar esos fondos que están en Bogotá y que creo que en la forma como está no los vamos a recuperar nunca”. Interviene el señor Concejal FABIO HUMBERTO RIVERA RIVERA Señor Presidente, señores Concejales: “Lo primero es que este es un debate de interés no sólo municipal sino nacional. Lo que pasa es que los colombianos normalmente no nos movilizamos para lo que nos correspondería movilizarnos.

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Normalmente el sector privado, Fedesarrollo y los fondos son los que le dicen al Congreso de la República que hay que aumentar la edad pensional, pero los fondos no están en peligro en este país, los que están en peligro son los que se van a jubilar. En España un jubilado es soportado sobre 7, 8 trabajadores activos y ese sistema funciona y no tiene problema. Cuando sale la ley 100 y todo el mundo se desplaza hacia los fondos, de 8.5 millones de afiliados que tienen los fondos, supongamos que activos tiene sólo 6 millones, tienen solamente 35.000 jubilados; es decir, por cada millón de cotizantes, tiene 6 mil jubilados. Eso no lo tiene ningún sistema en el mundo. Pero quién sí se quedó con el hueso y sin con qué pagar fue el Seguro Social. Y las reformas que pretende hacer Fedesarrollo y los fondos son para beneficio de los fondos, pero que no benefician al Seguro Social. El Seguro Social tiene 1’900.000 cotizantes y dentro de éstos tiene que soportar a un millón de jubilados. El problema no está en los fondos, éstos viven demasiado bueno; inclusive pueden hacer carreteras, así no le renten, pueden comprar bonos de donde den pérdidas y simplemente éstas no las asumen ellos sino que las asumen los cotizantes para pensiones. El descaro está en los fondos, en que para el sector privado han hecho unas leyes que benefician a los fondos y que perjudican a los trabajadores de este país. A los congresistas de este país deberían cambiarlos a todos por sinvergüenzas. Cómo legislan a favor del privado y en contra del trabajador de este país. Ese Congreso deberían cambiarlo todo, no sólo por la parapolítica, sino por las sinvergüenzazas, por los atropellos que han aprobado allí. Los fondos tienen 35.000 jubilados y con seguridad en 10 años no van a tener 300.000, y tienen unos presupuestos a $80 billones de pesos en bancos.

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Le corresponde al ISS y por eso el gobierno nacional tiene que apropiar recursos del presupuesto nacional cada año. Claro, si los dejó con 1.900.000 cotizantes para responder por 1.000.000 de jubilados, mientras que los fondos tienen 6 millones de cotizantes para responder por 35.000 jubilados y una proyección soportable en el tiempo de jubilarse 5 y 10.000 al año. Claro, tiene toda la masa joven, además, por ejemplo, cuando se jubile el anestesiólogo que estaba cotizando de $5 millones, lo van a jubilar con $2.000 millones. De seguro lo mandan a coger café y a hacer cirugías clandestinas. Sin embargo los fondos gozan de una gran capacidad de lobby en el Congreso, lobby que no tiene el ISS, y claro, las normas y leyes son a favor de la pobre viejecita que no tenía nada que ponerse, que son los fondos. Los fondos son la pobre viejecita, no los 8 millones y medio de cotizantes. Por eso cada día hacen leyes en contra del trabajador y a favor de los pobres fondos”. Interviene el señor Concejal SANTIAGO LONDOÑO URIBE Señor Presidente, señores Concejales: “Este debate hace parte de una serie de debates que estamos haciendo en este recinto, donde no sólo nos ocupamos de los temas que nos competen directamente en el sentido que podemos tomar decisiones de fondo sobre ellos, sino que estamos tocando temas que si bien no nos competen porque las decisiones que aquí se tomen no afectarán la estructura básica, por ejemplo, del sistema general de pensiones, sí son temas de ciudad y que cumplimos una labor importante de buscando dar claridad.

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Lo hicimos con el tema del sector financiero, agradezco que aquí esté el doctor Mauricio Toro, en nombre de los fondos. Esta el tema del papel de los fondos privados de pensiones en ese sistema. Me parece importante profundizar el tema de la cobertura pensional efectiva y de cómo a partir del 93, en cuánto ha subido y qué es esa cobertura pensional efectiva, porque el problema aquí ya reconocido es la poca cobertura que había. Creo que ese tema tiene que estar en el centro de esa discusión y es a cuánto se está llegando y qué tan efectivamente se está llegando. En este momento el tema del desarrollo para el país es central, y es el papel de los fondos, de esos $85 billones de pesos en el desarrollo del país. ¿Cuánto de eso se está invirtiendo en infraestructura? Nos decía el doctor Mauricio que el 10%, y que es una cifra importante pero hay que revisarla y me interesa saber cuánto se está invirtiendo en deuda pública, porque puede ser que los fondos están ayudando un poco a sostener ese gran déficit público, y si bien para el gobierno es importante, no sé si ese sea el espacio donde se deben invertir en campañas a las pensiones de los colombianos y es en seguir alimentando esa deuda o mantener esa deuda pública. El tema de la campana poblacional que veíamos es importante y es un reto para quienes piensan cómo funcionara un sistema con esa campaña poblacional, porque eso cambia las reglas y las condiciones de los que en este momento están trabajando y estamos pensando en pensionarnos. Le decía a Mauricio Pérez que nosotros a los 84 años podríamos estar llegando a la pensión, hay que entender cómo con una población que

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cada vez es más vieja vamos a poder encontrar la productividad en el sistema que logre sostener esas pensiones. Hay que buscar que el sistema sea productivo para que esté asegurando las pensiones de todos los implicados. Otro tema es la relación de los fondos y los clientes. La comunicación debe ser clara, porque no estamos hablando de una cuenta de ahorros o tarjeta de crédito sino de fondos para la pensión, para lo que la gente trabaja finalmente y es tener una vida después de la vida laboral. Creo que hay que hacer una reflexión sobre quienes son los agentes de los fondos, quien visita a la persona que está tomando la decisión de afiliarse. Porque no puede ser cualquier competencia la que tenga esta persona ni cualquier perfil. La reflexión es cómo se comunican los fondos con sus clientes, para que estos tomen sus decisiones con suficientes herramientas para saber en qué se está metiendo. Creo que ahí está el gran reto. Este sistema debe funcionar de manera clara, proactiva y directa entre el fondo y el cliente”. Interviene gerente ARREDONDO

Pensiones

de

Antioquia,

doctor

ALBERTO

Señor Presidente, señores Concejales: “No sé porqué se habla del régimen del ISS. El régimen de prima media no es administrado exclusivamente por el ISS, porque en Colombia lo administramos varios fondos de pensiones.

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Desde luego el más grande de ellos es el ISS, pero también hace parte de ella el fondo del Congreso de la República, el fondo de los Aviadores, el fondo de la Universidad del Cauca y Pensiones de Antioquia, y éste último fue creado en 1991 por el extinto ex gobernador, Gilberto Echeverri Mejía, antes de la existencia de la ley 100, y que en su momento afiliaba a todos los empleados del Departamento de Antioquia que en aquella época tenía más de 12.000 empleados, una vez entró en vigencia la ley 100, el Fondo Prestacional del Departamento que fue como se llamó al principio entró bajo todos los parámetros de ley 100. No sólo es el ISS quien administra el régimen de prima media, y entre otras cosas, porque creo que al igual que en régimen de ahorro individual con solidaridad, en Colombia hoy hay seis fondos y las personas pueden escoger. Y en el régimen de prima media puede existir una serie de fondos que administren el régimen de prima media diferentes al ISS. El único fondo que fue declarado solvente de los fondos territoriales que existían cuando un decreto reglamentario de ley 100 así lo exigió, fue este fondo que gerencio por segunda oportunidad. En el régimen de ahorro individual con solidaridad las personas tienen tres posibilidades. La gran diferencia que tiene el régimen de ahorro individual con solidaridad con el régimen de prima media con prestación definida, es que hay solidaridad, es un fondo común para todos, y lo más importante, prestación definida. En el régimen nuestro desde el primer día que empieza a cotizar sabe exactamente al final de su vida de cotizador con cuánto se va a pensionar. El régimen nuestro no depende en ningún sentido, como sí depende en el régimen de ahorro individual, de la posibilidad de mejorar su mesada pensional, el hecho que está sujeto a la mejor o menor rentabilidad que

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obtenga el fondo privado de acuerdo a donde haya sus inversiones. En el caso nuestro no es así. El caso nuestro tiene un respaldo detrás de cada fondo público. Llámese ISS, Fondo del Congreso o Pensiones de Antioquia. Es el Estado en el orden nacional, en el caso del ISS, el Estado en el orden Departamental en el caso nuestro, que es Pensiones de Antioquia. Pongo un ejemplo aberrante, y ojalá no ocurra. Si algún día el gerente de Pensiones de Antioquia se le ocurre irse a jugar en las Vegas los recursos de Pensiones de Antioquia, los pensionados y afiliados de Pensiones de Antioquia no pierden un centavo porque tiene el respaldo del Departamento de Antioquia detrás. Con todo respeto por los fondos privados, si eso lo hace un gerente de un fondo privado, quienes pierden son los afiliados y pensionados. La mala inversión que hagan los fondos privados repercute en los afiliados. El problema que se trata no es de cuál régimen es mejor o peor, y en eso no coincido con el concejal Ballesteros, que son contrarios, yo creo que pueden coexistir. Aquí el problema tiene que ver con la sostenibilidad en el tiempo, de cualquiera de los dos sistemas. Es allí donde el Estado está soslayando su responsabilidad. Bien lo señalaban que el proyecto original que se contempló, que luego se convirtió en ley 100, implicaba la desaparición del régimen de prima media en Colombia y su consecuencia lógica del ISS y de todos los demás fondos que administrábamos el fondo por esa época. Finalmente terminamos en un régimen dual, somos uno de los pocos países en el mundo que tenemos ese régimen dual.

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También se señalaba y está consagrado dentro de la Constitución la responsabilidad que el Estado tiene en materia de seguridad social, y diría que las más grandes son la que corresponde a la etapa final de la vida de las personas cuando entre comillas ya no son productivos laboralmente. Cuando se inició el sistema en el año 45, se montó el sistema sobre tres patas, y perdonen el término. Una el empleado, una el empleador y otra tercera el Estado. El Estado colombiano nunca aportó la parte que le correspondía, y no sólo no hizo eso, sino que con las dos terceras que la aportaron al ISS empleados y empleadores, los utilizó para otras cosas diferentes. Buena parte de los recursos del ISS cuando se creó el sistema UPAC en Colombia, fueron a parar al Banco Central Hipotecario, que luego hubo que liquidarlo por mal manejo. La última parte de lo poco que le quedaba al ISS de los recursos de los empleados y empleadores de este país, fueron a parar al IFI. Establecimiento también en liquidación. O sea que no es cierto tampoco que el Estado colombiano tenga que subsidiar al ISS para poder sostener las pensiones del millón y pico de pensionados que tiene esa entidad hoy, porque el sistema no es sostenible. No es que no sea sostenible. Si esos recursos de las dos partes, del 66% que cumplidamente habían aportado empleados y empleadores en su momento estuvieran hoy en caja en el ISS, no tendría el Estado Colombiano que sacar $10 Billones de pesos que está sacando hoy, de los $14 que valen las pensiones del millón y pico de pensionados que tiene el ISS. Y muy buena parte de lo que hoy es el cálculo actuarial del ISS que ya supera los $150 billones, estarían en reservas en el ISS y el Estado

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colombiano no tendría que sacar tantos recursos como hoy tiene que sacar para aportar. El ISS no tiene reservar, vive de lo que el Estado colombiano le provee en su presupuesto para pagar las pensiones de cada año, más los $3 ó $4 billones de pesos que alcanza a recaudar año tras año de las cotizaciones de sus actuales afiliados. Aquí de lo que se trata es ser muy imaginativos en buscar mecanismos que permitan a cualquiera de los dos sistemas ser sostenidos en el tiempo. En el caso nuestro fiscalmente y en el caso de ellos financieramente. Se han dicho algunas cosas, yo la menciono no porque esté o no de acuerdo con ellas. Hay una que es importante, el Estado colombiano pueda prever mecanismos que eviten la evasión y elusión pensional en Colombia. Los evasores más grandes en el tema pensional son los empresarios en este país que obtienen los mejores salarios de Colombia, salarios por encima de $50 millones de pesos y cotizan sobre $4 ó $5 millones de pesos, el resto se los pagan mediante otros mecanismos y entonces están evadiendo sobre $45 millones de pesos. Hay que poner a cotizar esta gente sobre el salario real, hay que evitar la evasión y la elusión en materia pensional. Tal vez la única cosa que no puede hacerse es pensar en el elevar la cotización, creo que es suficientemente alta para el trabajador de cualquier nivel en Colombia. Podría pensarse de pronto en que elevar edad de pensar o el número de semanas podría ayudar un poco al sistema.

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Esto visto así parece dramático pero no es tanto, si se mira como lo decía la concejala Aura Marleny Arcila que en Colombia la esperanza de vida es mucho mayor, estamos entre 73 y 75 años. Cuando se elaboraron las tablas hace 30 años se trabajaron con tablas de reemplazo de 15 años. Pero esas tablas de reemplazo hoy se han reventado, la gente está viviendo más. Entonces cuando se elaboró la edad promedio, la esperanza de vida era de 60 años. Entonces la persona tenía una tabla de reemplazo de 15 años. Pero hoy si ya vive 73 y pasa de los 80. Es que en 30 años hablar de llegar a 100 años de vida no va a ser extraño con los aumentos en la medicina, con mejores servicios en salud, con muchas cosas. Creo que hay que modificar esas tablas y buscar mecanismos que permitan de verdad hacer sostenible el sistema, qué tal si el Estado Colombiano hubiera aportado su tercera parte, no le hubiera sacado la plata que le sacó al ISS; yo creo que el sistema de prima media sería muy cercano a ser sostenible con los rendimientos que ese dinero estuviera produciendo. Recuerden que en prima media no tenemos la posibilidad que tiene el régimen de ahorro individual de invertir en cosas distintas a papeles del Estado. El 90% de lo que nosotros obtenemos, hay que tenerlo en papeles del Estado. Decirles que tenemos en consideración del Presidente de la República un proyecto-decreto por medio del cual permita que Pensiones de Antioquia, que es un fondo cerrado, pueda volver a afiliar no sólo a los empleados del Departamento de Antioquia sino a los empleados de otros Municipios incluido el Municipio de Medellín.

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En relación con su pregunta, me parece que el Fonped no es tan malo, porque fue la posibilidad que le dio a los entes territoriales la ley 549 que en un plazo de 20 a 30 años ahorren ese pasivo pensional que le dio su cálculo actuarial, que no lo elabora el Ministerio sino cada ente territorial. Pero además cuando tenga ahorrado el 50% de ese cálculo actuarial de su pasivo, puede empezar a utilizar esos recursos para pagar por ejemplo, abonos pensionales o cuotas partes”. Interviene el señor secretario de Hacienda, doctor IVÁN PÉREZ SALAZAR

MAURICIO

Señor Presidente, señores Concejales: “Felicito a la concejala Aura Marleny Arcila por traer este debate con el doctor Carlos Alberto Ballesteros Barón y Santiago Londoño Uribe, es un tema de inmensa complejidad y me tengo que declarar muy ignorante en el tema, pero tengo que decir que la mañana ha sido de gran ilustración no sólo por la importancia del tema y las personas que vinieron y han estudiado o trabajan el tema, sino por la diversidad de puntos de vista, que resulta enriquecedor. El cuento es entre todos construir, llegar a acuerdos y si es un tema que poco podemos incidir desde las instancias municipales, es bueno madurar estas ideas y hacerlas llegar a las personas que toman decisiones al respecto. El cálculo actuarial que tenemos del Municipio o que hace el Ministerio de Hacienda, realmente es de dos billones cuatrocientos cincuenta y cinco mil millones de pesos. Ese es un cálculo que está a 31 de diciembre de 2008. Legalmente no tenemos derecho al pataleo, es un cálculo actuarial que tienen un nivel de subjetividad bastante grandes y depende de variables que dos actuario diferentes con supuestos diferentes pueden llegar con números radicalmente diferentes.

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La doctora Aura Marleny Arcila tiene razón, los entes municipales deberíamos tener la posibilidad de un cálculo actuarial y ver hasta cuándo consideramos que es pasivo pensional del Municipio. Como decía quien me antecedió que una vez el 50% de ese cálculo actuarial esté cubierto uno puede entrar a utilizar esos recursos para pagar bonos pensionales o cuotas partes. De hecho solo hemos tenido la oportunidad de recurrir a esos recursos en una ocasión y fue $35.000 millones que por una especie de castigo que le hizo el Gobierno Nacional, al Ministerio de Hacienda, por no haber normatizado unas cuestiones, nos permitieron acceder a esos recursos y que nos reconocieran unos bonos pensionales y unas cuotas partes que habíamos pagado. Pero realmente hasta que se cumpla el 50% no podemos recurrir a esos recursos. En esos dos billones cuatrocientos cincuenta y cinco mil millones de pesos están incluidos unos docentes que están a cargo de la Nación, porque a cargo del Municipio estarían dos billones ciento noventa y un mil millones de pesos. Los cálculos que nosotros tenemos restándole a esos dos billones, ciento noventa y un mil millones de pesos, unas cositas que podemos descontar, quedamos que el Municipio tiene un pasivo pensional por cubrir de un billón seiscientos setenta y dos mil millones de pesos. De ese pasivo pensional en el marco fiscal de mediano plazo, los cálculos que tenemos de los ingresos que se van a seguir realizando a Fonped de la proyección de las pensiones por vejez, invalides, que tenemos que pagar en el Municipio, que entre otras cosas, doctora, usted lo preguntó, hay 4.167 personas pensionados vigentes en el Municipio de Medellín, eso nos cuesta $62.200 millones de pesos al año.

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Eso está presupuestado, eso ha estado siempre en el Municipio, está también proyectado en los próximos 10 años en el marco fiscal a mediano plazo, esa cifra suma aproximadamente $810.000 millones y está separada y también con todas las provisiones. Nos quedaría después de restar todo eso, $224.000 millones de pesos, que eso también lo tenemos que pagar hasta el 2029 y también está dentro del marco fiscal a mediano plazo. Gracias a la salud financiera del Municipio no tenemos problema con los pensionados, no ha habido problema, vamos a seguir pagando las cuotas que nos corresponde. Si es un tema con el Fonped que estoy de acuerdo cuando decían que es un mecanismo importante, que ha funcionado y que va siendo un ahorro que si bien es de los municipios, el Ministerio lo va haciendo de una vez por derecha, nos va sacando esa plata, pero sería bueno que nos dejaran por lo menos discutir la cifra del pasivo pensional total, y en ese orden de ideas contar con mayores recursos para el Municipio en un caso eventual. Este tema es importante, se ha visto muchos puntos de vista. Hemos recogido bastantes ideas para aplicar dentro de la Administración Municipal y celebro que nos hayan dado la posibilidad de intervenir”. Interviene la señora Concejala AURA MARLENY ARCILA GIRALDO Señora Presidenta, señores Concejales: “Las conclusiones mías pueden ser las siguientes: Las mujeres no deben trasladarse al Régimen Privado de Pensiones porque resultan seriamente perjudicadas, ya explicamos porqué.

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En el Régimen de Pensiones Privadas hay una incertidumbre total y durante toda la vida sobre la pensión cuando estamos hablando del retiro programado. Yo tomaría además, como Ingesistemas en este sentido.

conclusión

propia,

la

conclusión

de

En la gran mayoría de los casos el monto de la prestación, reconocido por los fondos privados de pensiones es inferior al reconocido en el Régimen de Prima Media, administrado por el Seguro para afiliados sin derecho a régimen de transición. Diferencia que aumenta ostensiblemente para ubicarse entre dos y tres y medio veces más para pensiones reconocidas los afiliados con derecho a régimen de transición en el Seguro y peor aún si se compara con la pensión reconocida a través de pólizas de renta vitalicia, cuyo valor disminuye típicamente un 25% respecto de la modalidad del retiro programado. Yo dejaría como tercera conclusión la recomendación de hacer un debate público sobre los multifondos y solicitar muy cometidamente a los fondos de pensiones que por favor hagan unas campañas agresivas de educación y el Municipio de Medellín también podría colaborar en eso, sensibilizar a la ciudad de Medellín sobre la importancia del ahorro. Porque esto no solamente impacta la calidad de vida futura sino la economía de la ciudad y del país. Yo creo que dejaría ahí, señora Presidenta, le doy paso al doctor Carlos Ballesteros”. Interviene el señor Concejal BARÓN

CARLOS ALBERTO BALLESTEROS

Señora Presidenta, señores Concejales:

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“La primera conclusión es que realmente diera la impresión de que los fondos privados se sienten por completo ajenos a nuestra normatividad constitucional. Recuerdo lo que mostraba la doctora Gloria Yepes, que era el informe según el cual Santiago Montenegro afirma que el mandato constitucional que prohíbe la reducción de las mesadas y obliga al incremento de éstas igual al IPC es exclusivamente para las pensiones del régimen de prima media, con prestación definida como la del Seguro. Las pensiones bajo la modalidad del retiro programado, administrado por las AFP, dijo: “No están cubiertas por este mandato y la mesada es variable, pues debe recalcularse anualmente”. Si esto que es una información bastante grave, me parece a mí, eso es ir en contra plenamente de lo dispuesto en el Artículo 53 de la Constitución, que en su parte pertinente dice: “El Estado garantiza el derecho al pago oportuno y al reajuste periódico de las pensiones legales”. Y obviamente, estamos haciendo referencia a una pensión legal. Lo otro también como conclusión mía, obviamente, es que realmente el sistema se está inclinando por la defensa de un negocio, unos intereses claros y por eso aparece una nota en Caracol, de marzo 3, donde nos muestra como título: “Sorprendentes utilidades reportan los fondos de pensiones en el 2009”. Hace referencia a una cantidad de recursos de la siguiente manera, dice la nota: “En medio de las más grave crisis económica mundial desde los años 30 y a pesar de la fuerte desaceleración en el ritmo del crecimiento del producto interno bruto del país, los fondos de pensiones de Colombia arrojaron impensables utilidades en los primeros 30 días del año.

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Solamente en enero alcanzaron $2 billones, 212.000 millones de pesos; con una rentabilidad real sostenida del 8%, informó el Presidente de Asofondos, Santiago Montenegro. Esa conclusión a mí me reitera realmente lo que he planteado. Como conclusión constitucional.

también

creo

que

es

necesario

una

reforma

Hay que reformar el Acto Legislativo N° 1 de 2005, ese trabajo, estamos preparando un proyecto con el doctor Germán Reyes Forero, quien es Representante a la Cámara y donde básicamente se hacen las siguientes propuestas: Primero, definir el tema de la sostenibilidad financiera claramente. O sea, el sistema realmente a mí me parece que es importante tener en cuenta lo planteado por el doctor Arredondo. El Régimen de Prima Media hubiera cumplido los propósitos iniciales, estaríamos en otra situación completamente distinta. O sea, es algo que se puede revisar efectivamente, tiene que ver con la sostenibilidad financiera. Igualmente, hay que redefinir el concepto de derecho adquirido, que desafortunadamente incluyó el Acto Legislativo N° 1 de 2005 y creo que es justo para la sociedad, para nuestros ciudadanos que se pueda recuperar lo que se pierde en el Acto Legislativo N° 1, como es el Régimen de Transición Pensional. Ese Acto Legislativo se hizo repito para atentar contra el Estado social de derecho. En el fondo lo que se está buscando, estaríamos buscando es recuperar ese estado social de derecho. No es justo que a unas personas que les

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habían definido unas reglas de juego y es una población bastante amplia, se las cambien por esa vía constitucional. Igualmente, que se pueda recuperar el tema de la negociación colectiva del trabajo en materia de pensiones. Eso ha sido considerado como un atentado contra convenios de la Organización Internacional del Trabajo. Otro punto que también queremos meter allí, es el tema de que los pensionados, especialmente los pensionados por vejez, lleguen a esa pensión con el derecho a disfrutar de la salud. Veíamos como un pensionado cuando llega a su estado de pensión, lo hace con un monto muy bajito. Si a eso le agregamos el 12% que tiene que aportar para salud, queda en una situación totalmente desventajosa, que no es coherente con el tema del Estado social de derecho y con los postulados que tuvo el Constituyente del 91. Creo que sería también bueno evaluar el tema del Sistema de Pilares. Que realmente mantengamos el Régimen de Prima Media Público para personas hasta cierto nivel salarial podría ser dos salarios mínimos legales mensuales y a partir de allí que ya sea cada uno quien decida. No tiene porqué ser incompatibles con relación a la misma persona. Esa incompatibilidad con respecto a la misma persona, da esa perversidad que hoy estamos viendo. Que simplemente, el que quiera, el que crea, el que lo convenza el promotor del fondo de que es mucho más atractivo que lo haga pero respetando ese pilar porque es la única manera como se lograría la universalidad del Sistema Pensional. Muchas gracias, señora Presidenta”.

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Interviene el señor Presidente de Asofondos, doctor MAURICIO TORO Señora Presidenta, señores Concejales: “Primero para agradecerles muy especialmente la invitación, aunque en estos momentos uno quisiera cada planteamiento que se hace, atendiéndolo y respondiéndolo. Creo que es muy importante para nosotros la información que nos llevamos y esperamos sea para ustedes también la que nosotros hemos traído. Ojalá esto nos permita abrir un espacio muy importante de diálogo, como decía el doctor Londoño ahorita, es muy importante la conversación abierta y fluida sobre estos temas. De manera que cuenten con nosotros para ello. Una pequeña aclaración, doctor Ballesteros, sobre el tema de la rentabilidad que usted mencionó. Simplemente para efectos de que no se quede de pronto una impresión imprecisa sobre el asunto. La rentabilidad de que usted habla tan importante de los fondos es verdad, pero fue de los fondos. No fue de las administradoras. Fue de los fondos. O sea, esa rentabilidad, de la rentabilidad tan importante que han tenido los fondos este año se han beneficiado son los afiliados. La rentabilidad que se reporta es la rentabilidad de los fondos que pertenecen a los afiliados, no de las sociedades administradoras. Simplemente, como una aclaración”.

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La Presidencia, a cargo de la señora Concejala MARÍA REGINA ZULUAGA HENAO: “El Concejo de Medellín agradece la presencia de todas las personas que intervinieron en este debate. La doctora Olga Lucía Giraldo de Servicios Administrativos y el doctor Iván Mauricio Pérez. Los demás representantes de los Fondos de Pensiones. Y de todas las personas que estuvieron presentes aquí en el debate. Un feliz día para todos. Se levanta la sesión y se convoca para mañana a las nueve de la mañana”.

Agotado el Orden del Día, la Presidencia levanta la sesión. CONVOCATORIA: La próxima reunión se realizará el 29 de octubre de 2009, a las 9:00 a.m., en el Recinto de Sesiones del Concejo de Medellín.

BERNARDO ALEJANDRO GUERRA H. Presidente

DIANA CRISTINA TOBÓN L. Subsecretaria de Despacho

Elaboró: Técnicas Operativas Revisó: Profesional Universitaria

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