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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata 1.
PRESENTACIÓN
Mensaje del Director a cargo: Este Acuerdo institucional de convivencia es felizmente nuestro acuerdo. Nuestro porque es fruto de la participación total de todos los actores institucional. Es también la resultante del recorrido de las luchas que desarrollaron los trabajadores y la comunidad educativa de esta institución en defensa de la Educación Pública, entendida como educación con calidad educativa e inclusión con aprendizajes. Nuestro proyecto tiene como cimiento y como horizonte a los adolescentes, jóvenes y adultos que son sujetos de la educación desde situaciones socioeconómicas, culturales, ecológicas, lingüísticas y personales diversas y que reflejan la complejidad educativa de nuestra comunidad. En tal sentido la organización institucional, parte de la pedagogía, de su diseño curricular y por ende nuestro AIC tienen como meta coadyuvar en la formación de la identidad de los sujetos, partiendo de sus necesidades, derechos y características actuales, para acompañarlos en la formación integral como personas creadoras, en la construcción de saberes socialmente necesarios, en la capacidad de juicio propio, en la apropiación de valores humanísticos, en la actitud crítica y constructiva del mundo social y ambiental que les toca vivir, en la búsqueda de la propia trascendencia espiritual, social y política. Ese es nuestro desafío, nuestro fin, que determina y justifica la razón de ser de nuestro acuerdo institucional de convivencia.
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Breve reseña Institucional
Existen registros escritos que permiten relatar los inicios del proyecto de creación de la EEMN 15 --aproximadamente en el año 1988- en estos documentos encontramos plasmados los deseos de una populosa zona marplatense que no contaba con una institución educativa que permitiera a los alumnos que terminaban sus estudios primarios acceder a la “Escuela Secundaria” La Sra. Directora de la Escuela Primaria Nº 67 Raquel Domecq se pone a la cabeza de esa necesidad implementando los pasos técnicos administrativos para la concreción de este sueño. En el preproyecto de creación de esta Escuela de Enseñanza Media Oficial, se establecen como fundamentos: “No existe una escuela de Enseñanza Media Oficial en la Zona que abarca los Barrios desde Villa Primera (Strobel y Champagnat) Barrio Etchepare (Constitución al 9500) barrios de la Florida, Las Margaritas, 2 de Abril, Estación Camet, Barrios Aeroparque, Parque Luso, Caisamar entre los principales. Egresan cada año una sección mas de alumnos por escuelas (Nº 22, Nº 55, Nº 67, Nº 29 y Nº 13 cuyas matriculas conjuntamente con las escuelas Nº 3, Nº 19, Nº 32, y Nº 11 alcanzan alrededor de mil alumnos de 7ª grado que ven frustradas sus aspiraciones para continuar estudiando, por el sorteo al que se ven sometidos, por la distancia que tienen que recorrer hacia los colegios a los que son derivados y terminan por abandonar a los pocos meses. Se construyen complejos habitacionales y casas de familia permanentemente si tener en cuenta que las escuelas ya no tienen ni capacidad el nivel primario ni servicio de Media. Se creara una nueva escuela primaria en la zona del barrio Los Pinares con el objeto de descongestionar las matriculas de las escuelas mas próximas Nº 55 Nº , Nº 22,y Nº 67 cuya actual inscripción las acerca muy peligrosamente a los turnos reducidos (tres) Etapas Posibles:
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata Primera Etapa Creación de una escuela de enseñanza Media Oficial que funcionara a partir del ciclo lectivo 1989 en el edificio de la Escuela Nº 67 en el horario vespertino, es decir desde las 7:30 a las 21:30 para lo cual ya se realizaron las gestiones a través de la Dirección de la Escuela Nº 67 conjuntamente con los inspectores de ambas ramas Primaria y Media Oficial Segunda Etapa Apropiación del terreno indicado para la construcción de la escuela, dicho terreno se encuentra ubicado entre las calles Constitución, Jovellanos Cataluña y Pelayo es decir toda una manzana que posibilita el proyecto de un complejo Educativo de primer nivel. Tercera etapa estudio de factibilidad, en el terreno aludido existe una estructura de hormigón que debería ser posteriormente estudiado para su posible utilización en el proyecto de construcción……..”. Así encontramos que en un extracto del discurso de inauguración de la EEM Nº15, se relata “cuando finalizaba 1988 los alumnos de 7ª grado, como siempre, iniciaban sus inscripciones a en los diferentes colegios del nivel medio de Mar del Plata, llevando con ellos todas las expectativas e inquietudes. Muchos volvían con tristeza y desencanto para referir que no habían salido sorteados o que tenían que inscribirse en otro establecimiento, algunos, con suerte, quedaban en lista de espera……..comenzamos a reunirnos con los afligidos padres y establecimos los contactos con jefatura de Media para concretar un largo sueño para nuestra comunidad, tener una escuela Secundaria en el barrio pero oficial como lo es la primaria. Se llamo a una inscripción tentativa y se juntaron firmas para apoyar el pedido a las autoridades. La inspectora Indiana Gouzou, de Media, estuvo en permanente apoyo a todas nuestras acciones derivadas hacia todos los medios de prensa. La Sra. Cristina Comelles participo de una de las regiones y mucha gente se movilizo. Personalmente hice entrega de una nota al Director Gral. de Escuelas Sr. Saibiolo, al que previamente, el periodista Jorge Mondi había requerido en reportaje por el mismo asunto y prometió ocuparse de inmediato, lo que consta pues traía ya la resolución ministerial, son la cual no se podía llamar a cubrir los cargos. Tenemos copia de la carta respuesta enviada por las autoridades donde informa que por Resolución Nº 11569 del 30 de marzo de 1989 se creaba la escuela Nº 15.” Los directores de la institución han sido el Prof. Francisco Mannes, (1989 - 1997), la Prof... Susana Molina desde el año 1998 hasta el 2008,asumiendo María Isabel Caraffa(2008-2009) , en el año 2001, Juan Carlos Raschetti asume como Vice Director de la institución asume en el año 2004 y se encuentra a cargo de la Dirección desde principios del año 2008 , al solicitar licencia por unidad familiar la Prof. Molina. En la actualidad la Directora es la Sra. Mariana Albamonte Los secretarios que se desempeñaron en la institución han sido la Prof. Margarita Gan; Prof. Sergio Urlicich; Prof. Gloria Bustamante y actualmente la Prof. Maria Leonor Pascual. Documentos escritos e historias orales refieren a interesantes proyectos pedagógicos que trascendieron el espacio institucional como por ejemplo: Contaminación microbiológica de la Costa Marplatense , en el año 1990, dicho proyecto fue elegido para representar a la ciudad y a la provincia en la feria de Ciencias y Tecnología llegando a participar en Santiago de Chile en el Primer Encuentro Latinoamericano de Medio Ambiente, se realizaron en esos años fuera del horario escolar Talleres de Mantenimiento e investigación científica , en 1992 la escuela logra el Primer Premio local y Segundo Premio de la Muestra Provincial con un trabajo sobre, “ contaminación de residuos urbanos” , en la Feria de Ciencias y Tecnología. etc. En 1994 2ª premio del proyecto “Saltar la Pared”.con participación de la comunidad. Desde el inicio la necesidad de un espacio propio se convierte en objetivo institucional luego de un proceso plagado de dificultades a partir del año 2006 se logra concretar normativa y administrativa-mente el edificio propio en la manzana que corresponde a las calles Mansilla, Roldan y Anchorena del barrio Zacagnini, iniciándose su construcción en noviembre de este año.
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Desde el año 93 que la Dirección General de Escuelas aprobó a este establecimiento –que funciona luego de las 17 en las instalaciones de la Escuela Nº67 en Aragón y Pelayo- pero la concreción de este proyecto siempre se vio impedida porque los terrenos consultados en las diferentes oportunidades contaban con embargos o no respondía a los requerimientos de la construcción. Cuando en el año 2003, la escuela entra en el “Plan Nacional 700 escuelas“ en donde el Banco Mundial destina una importante suma de dinero para construir establecimientos educativos, el Banco de Tierras Municipal ofreció los terrenos antes nombrados. Y luego de mucho buscar, el único que se adapta a las necesidades edilicias del emprendimiento es el terreno baldío que hoy se encuentra en debate, aunque en diciembre del año 2005, cuando la escuela acepta su ofrecimiento, parecía estar todo bien. Es por ello que a partir de ese momento la Unidad Ejecutora de la Pcia. de Buenos Aires que coordina y ejecuta la construcción del edificio, inicia su trabajo, para que la escuela se construya en el verano del 2006, y de esta forma la EEM Nª 15 pueda iniciar el ciclo lectivo en el nuevo edificio. Luego de modificar los planos de construcción –el terreno en cuestión tiene forma triangular- y de que se lleve a cabo la licitación, ganada por la empresa Tiribelli, aparece como traba la ordenanza Nª 16.861, cuya derogación será tratada el próximo jueves 27 en el Consejo Deliberante, para luego votar la ordenanza donde cede a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires un terreno para la construcción del edificio propio de la Escuela Media Nº 15. “Es de suma importancia la construcción de esta escuela porque responde a las necesidades de los Barrios Aeroparque hasta Alto Camet, donde no existe ninguna escuela con las características de la Media Nº15. La mayoría son privadas” explicó la profesional, quien durante la semana pasada se reunió con los miembros de los diferentes bloques del HCD para pedir su apoyo. “Todos dicen que nos apoyan, que tenemos razón en nuestro pedido, pero lo cierto es que en su momento, la mayoría de ellos levantó la mano para aprobar aquella plaza”. Actualmente la escuela ocupa su edificio propio en la calle Roldán 2850.-
3. Fundamentos Las personas que convivimos en la media 15 compartimos diariamente una parte importante del tiempo de nuestras vidas. La única manera de lograr una comunicación efectiva, que genere vínculos que mejoren las condiciones de nuestro trabajo y nos posibiliten lograr nuestros objetivos es mantener incondicionalmente un respeto mutuo a partir de la aceptación de la diversidad. Nuestra Escuela intenta construir objetivos comunes, generando un sentido de comunidad. Para ello es necesario superar el nivel de las diferencias individuales y buscar ideales compartidos instaurando una cultura colaborativa. En nuestra institución se fortalecerán los valores de cooperación, solidaridad y tolerancia, rechazando toda forma de violencia y discriminación en pos de una mejora en la calidad educativa que permita la propedéutica de nuestros alumnos. A partir de la Conformación del Consejo de Convivencia, se establece un espacio de intercambio, debate y de toma de decisión, donde los actores institucionales establecen sus puntos de vista y a partir de mecanismos democráticos crean los mecanismos para una toma de posición consensuada en los asuntos relevantes de la vida institucional.
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata En tal sentido el presente AIC se encuentra dentro de los alcances conceptúales y normativos de la Ley Nacional de Educación 26.206, y la Ley provincial de Ecuación 13688, junto a las leyes de protección integral de los Derechos de Niñas, Niños y adolescentes 26.061 y la promoción y protección de los Derechos de la Niñez y Juventud en la provincia de Buenos Aires 13.298, enmarcada en la Res. 1709/09 Partimos de la premisa que la centralidad de nuestra institución está puesta en los aspectos pedagógicos curriculares, entendiendo por esto una organización institucional que prioriza y refuerza una puesta colectiva hacia la mejora de la calidad educativa, volcando en tal sentido toda la potencialidad de los recursos materiales y humanos a la concreción de dicho objetivo. Por lo tanto, la búsqueda de normas, pautas, criterios y otros instrumentos de carácter administrativo, organizativos, vinculares y de la convivencia están subordinadas al objetivo pedagógico curricular. Entendemos este último aspecto como una necesidad de contar entonces con un Acuerdo Institucional de Convivencia superador de la mera enumeración de restricciones, prohibiciones y mandatos que deben ser cumplidos, sino como los criterios herramientas entendidos con un medio para lograr un fin.
4. Proceso de Elaboración La elaboración de este documento ha sido un producto de un proceso institucional que ha integrado los elementos relacionados a acuerdos de convivencia explícitos e implícitos de nuestra institución desde su creación. Para la confección se han seguido los lineamientos de las resolución 1709/09. Se han establecido consensos y acuerdos entre los distintos actores institucionales: padres y tutores, alumnos, equipo directivo, docentes y auxiliares. Se han realizado consultas y reuniones, tanto en comisiones como plenarias, dando como resultado el presente acuerdo. Este acuerdo tiene vigencia en el ámbito de la Escuela Secundaria 15 (Media 15) y rige en el ciclo lectivo 2011, y comienzos del 2012 Contiene reforma del C.I.C. del 29/08/2011
SECCIÓN PRIMERA: A. Consensos y compromisos establecidos por la comunidad educativa de Media 15 referidos a los distintos aspectos del quehacer institucional. A-1 CUMPLIMIENTO DE NORMAS LEGALES PARA TODOS LOS ACTORES INSTITUCIONALES El Equipo Directivo es el garante del presente Acuerdo Institucional de Convivencia y velará por su cumplimiento de los acuerdos en él presentes, en el marco de la normativa vigente. Los miembros de la institución no deben mantener actitudes inapropiadas e irrespetuosas hacia sus pares y/o autoridades. Estas conductas representan una grave falta de consideración hacia el prójimo. Se debe tratar de resolver los conflictos a partir de estrategias socialmente aceptadas, basadas principalmente en él dialogo. Todos debemos tratar con respeto a las personas con la que se convive en el espacio escolar. Se debe procurar un lenguaje adecuado en la institución. Todos estamos obligados a ser puntuales, por lo tanto se consignaran las tardanzas según corresponda. El alumnado en su conjunto, los docentes y demás miembros de la institución deben respetar los símbolos patrios en recordatorios y actos escolares. Esta terminantemente prohibido fumar en el establecimiento escolar. En aplicación de las Leyes Nacionales y Provinciales, Decreto Ministerial y Ordenanza Municipal que restringe el uso del tabaco en los espacios públicos. En el caso de alumnos mayores de
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata edad (18 años) que asistan al Bachillerato de Adultos se recomendará que fumen, fuera del edificio escolar. Queda prohibido el uso de celulares en horas de clases. Es decir que el mismo deberá permanecer en la función apagado. Asimismo se informa que el cumplimiento de dicha pauta de convivencia institucional es de igual aplicación para docentes y alumnos. Para evitar arbitrariedades se establecen las siguientes sanciones: Para los docentes, se aplicará la normativa vigente. Para los alumnos 10 (diez) amonestaciones y en caso de reiterarse la falta la Dirección evaluara las sanciones o acciones reparadoras que correspondan. Todos miembros de la comunidad educativa, tienen la obligación de cuidar los elementos de trabajo propio y los de sus colegas o compañeros. Se preservaran las instalaciones y mobiliario del establecimiento, realizando un uso adecuado de todas las dependencias (artefactos sanitarios, equipos de computación, laboratorios, material bibliográfico en préstamo, etc.). En los casos que existan daños estos deberán ser reparados por los responsables En caso de que algún actor institucional incurra en graves inconductas, tanto los Estatutos del Docente y del Empleado Público como el Reglamento General de Escuelas de la Provincia. de Buenos Aires y su guía administrativa determinará los pasos a seguir.
A-2 DOCENTES Los docentes tienen la obligación de comunicar periódicamente a los padres, tutores o cuidadores por el cuaderno de comunicación el rendimiento y calificación del alumno/a de nivel secundario menor de 18 años. Los docentes deben extremar sus habilidades comunicacionales y sociales para evitar el surgimiento e instalación de conflictos entre pares, alumnos y otros miembros de la comunidad educativa, por lo tanto se exige al personal docente estrategias de resolución de problemas, basándose en pautas establecidas socialmente en donde el uso de la violencia verbal o gestual sea considerada inaceptable. El preceptor informará quincenalmente sobre las inasistencias de los alumnos a su cargo. Las llegadas tarde quedaran registradas en el cuaderno de comunicación diariamente. Los profesores deben ser puntuales en el comienzo de sus clases. No corresponde que se demoren injustificadamente al momento de ingresar al aula y hacerse cargo del curso. El profesor debe avisar con anticipación si tiene que faltar, para que el preceptor informe a los alumnos y de esa forma acomodar los horarios, para una mejor funcionalidad institucional. Salvo de tratarse de imprevistos o situaciones de fuerza mayor. El profesor no está autorizado a dejar salir sus alumnos antes del fin de la clase cuando estos finalizan un examen. El profesor es responsable de los alumnos dentro del espacio áulico, en caso que estos deban salir de la clase deberán llevar la tarjeta que demuestra la autorización docente. El profesor debe dirigirse a sus alumnos siempre con respeto y hacer observar la misma conducta en sus alumnos. El profesor debe informar y solicitar la colaboración escuela ante un conflicto con un grupo de alumnos.
de las autoridades de la
El profesor nunca puede abandonar el curso sin avisar al preceptor correspondiente. Es responsabilidad del docente informar a los alumnos de las calificaciones obtenidas, además de entregar dentro de los plazos fijados las planillas de seguimiento pedagógico al personal responsable como asimismo los Diagnósticos, Planificación y
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata Pruebas y calificaciones requeridas por el Directivo / Equipo Pedagógico y la normativa existente. El profesor debe llevar el control de asistencias a sus clases. El profesor tiene el derecho de solicitar la presencia de los padres de un alumno de Secundaria. A-3
ALUMNOS
No se debe conversar cuando el profesor explica (excepto con la debida autorización), ya que se interfiere negativamente en el proceso enseñanza - aprendizaje. Debe el alumno/a permanecer dentro del aula, solo podrá retirarse con autorización del docente en caso que deba ir a, Dirección, preceptoría, E.O.E o al Baño. En el caso - que para el desarrollo de la clase - se necesiten material de la biblioteca o laboratorio (libros, mapas, etc.) será únicamente el alumno/a con la debida autorización (tarjeta) el encargado para salir a buscar dichos materiales. No se permite realizar en horas de clases actividades tales como: comer, tomar mate u otra bebida, escuchar radio, walkman o reproductor mp3, mp4, u otro dispositivo electrónico, no se permite el uso de auriculares, ni hablar con alumnos de otros cursos por la ventana o a través de la puerta. Todas estas conductas perjudican el aprendizaje. Durante el recreo todos los alumnos deben desalojar las aulas, no pudiendo permanecer en el salón ya que los preceptores son responsables de los alumnos en los ámbitos del patio, los pasillos y baños. El alumno debe traer el material imprescindible, para realizar el trabajo áulico. No se permite el uso de ropa de playa, remeras musculosas (sudaderas) , el calzado debe ser seguro para evitar accidentes por lo tanto, se prohíbe el uso de ojotas o similar. Se hace hincapié en la higiene personal y en presentarse en el establecimiento vestido guardando dichas pautas. El alumno menor de edad (18 años) no puede retirase de la escuela antes de finalizado el horario regular, en caso excepcional deberá ser retirado por padre, tutor o encargado que tenga su firma registrada desde principio de año. A tal efecto se consignara en el parte diario la novedad detallando horario y responsable que lo retira. Es falta grave ocultar, alterar o falsificar, mensajes a padres, tutores o cuidadores de los alumnos como también falsificar firmas en documentos escolares, (boletín o cuaderno de comunicaciones). Las conductas anteriores rompen la comunicación entre la escuela y los adultos responsables y de esa forma se restringe la importante tarea de supervisión y control inherente a la función paterna / materna. Los alumnos deberán tener el cuaderno de comunicaciones para ingreso, permanencia y egreso del establecimiento. Recordar que el cuaderno es un documento y quien concurra al establecimiento sin el mismo recibirá un apercibimiento además de consignarse la ausencia con permanencia. El alumno que no tenga el cuaderno de comunicaciones, no puede retirarse en caso de faltar un profesor, aunque esté la firma registrada de sus padres, y la autorización de retiro previo. Los alumnos deberán presentar la documentación exigida para su matriculación en tiempo y forma. No se debe cometer ningún acto de violencia, ni física ni psicológica. No se debe amenazar a ningún compañero o miembro de la institución. Las diferencias individuales se resuelven a través del diálogo o a través de la mediación o negociación con alguna autoridad institucional. A- 4 PADRES / CUIDADORES Los padres /cuidadores deben supervisar la tarea escolar de los alumnos menores de edad. Los padres/cuidadores deben notificarse de las comunicaciones y asistir a las reuniones individuales o grupales organizadas por la institución escolar.
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata Los padres/cuidadores deben responsabilizarse de los daños ocasionados por los alumnos menores de edad. Los padres/cuidadores deben acompañar el proceso de escolarización de los alumnos con responsabilidad y compromiso.
SECCIÓN SEGUNDA: B Medidas a aplicarse en caso de faltas a los mencionados acuerdos. Mecanismos que se establecen para la aplicación y/o solicitud de dichas medidas B.1. CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DISCIPLINARIA Docentes: de acuerdo a la normativa vigente Auxiliares: de acuerdo a la normativa vigente Alumnos: FALTAS LEVES: serán posibles llamados de atención- apercibimiento consignado en cuaderno de comunicación y registro institucional de convivencia. En el caso de ser reiterados los llamados de atención por igual causa estaríamos en una falta grave. FALTAS GRAVES: se sancionan con amonestaciones y días de suspensión. FALTAS MUY GRAVES: se procederá a la separación definitiva del establecimiento B.2.CONSIDERACIONES SOBRE FALTAS FALTA LEVE: Son aquellas que no afecten a la integridad física-psíquica propia y ajena y/o al patrimonio de los mismos. Pueden complementarse o suplirse por tareas comunitarias y/o reparadoras FALTA GRAVE: Aquellos que ponen en riesgo la integridad física-psíquica de los integrantes de la comunidad educativa y el patrimonio de los mismos. Además la reiteración de faltas leves se convierten en graves puesta que hay una actitud intencional. La reiteración de faltas graves se constituyen en muy graves. FALTA MUY GRAVE: Aquellas que ponen en riesgo la integridad física-psíquica propia y ajena y de acuerdo al grado de intencionalidad manifiesto. En casos y situaciones que ya han generado antecedentes y emisión de criterio se da resolución a través de la Jefa de Preceptores y/o Director del establecimiento aplicando el mismo criterio. En todos los casos se notificará a la familia en la que se encuentra el trámite de las sanciones. Para los docentes y personal administrativo y auxiliar es la aplicación de la normativa vigente según corresponda.
B.3.DETERMINACIÓN DE LAS SIGUIENTES SECUENCIAS DE SANCIONES: Alumnos: Para los alumnos el orden del proceso de sanción es el siguiente: a) apercibimiento b) amonestaciones c) suspensión d) el alumno dejará de concurrir al establecimiento y realizará módulos en su domicilio hasta el tiempo de su graduación. Ante la primera falta leve se recibirá un llamado de atención o apercibimiento que quedara consignado en el cuaderno de comunicaciones.
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata Al tercer llamado de atención el alumno recibirá amonestaciones (la cantidad depende de la gravedad del hecho y del criterio de la Dirección). Es importante saber que el alumno puede recibir amonestaciones directamente sin haber recibido previamente apercibimientos, esto también depende de la gravedad de la falta. Si se continúa con un comportamiento inadecuado y el alumno se aproxima a la cantidad de 20 (veinte) amonestaciones, el Consejo Institucional de Convivencia puede decidir suspender al alumno por determinado tiempo. La suspensión impide rendir exámenes, presentar trabajos prácticos, y guías. Si se continúa luego de una suspensión con un comportamiento inadecuado y se llega a las 25 (veinticinco) amonestaciones el alumno dejará de concurrir al establecimiento, realizará módulos en su domicilio, concurriendo a la escuela unicamente para retirar/ presentar material y en las instancias de evaluación. El no cumplimiento de cualquiera de las normas anteriores de esta acta implica recibir una sanción. Cualquier miembro del personal del establecimiento puede llamar la atención verbalmente ante una falta leve. Ante una falta grave el Preceptor o Docente elaborará un acta describiendo el hecho y la elevara a la Jefatura de Preceptores. El alumno/a podrá realizar su descargo y expresar su punto de vista. Según la gravedad del hecho intervendrá el EOE y elevara el informe correspondiente. El Directivo citará al alumno para evaluar el hecho y tomar la decisión pertinente.
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata B.4.TIPIFICACIÓN DE FALTAS MÁS COMUNES Y SUS CORRESPONDIENTES SANCIONES
Fumar dentro del establecimiento escolar. (primera vez)
7 (siete) amonestaciones o 7 (siete) horas de servicio comunitario en el caso de que sea posible el ser supervisado por personal docente. En el caso que la conducta afecte gravemente a la institución según el criterio del Equipo Directivo la sanción puede ser de 1 (un) día de suspensión, luego de la notificación a los padres 1 (un) día de suspensión, luego de la notificación de los padres
Fumar dentro del establecimiento escolar. (segunda vez)
En el caso que la conducta afecte gravemente a la institución según el criterio del Equipo Directivo la sanción puede ser de 3 (tres) días de suspensión, luego de la notificación a los padres
Comer en el salón de clases.
3 (tres) amonestaciones en caso de que la conducta se repita luego de un apercibimiento verbal.
Agredir físicamente.
25 (veinticinco) amonestaciones.
Instigación a la agresión física
10 (diez) amonestaciones, 25 (veinticinco) amonestaciones en el caso de reiterar la inconducta
Agredir verbalmente/ gestualmente.
10 (diez) / 25 (veinticinco) amonestaciones depende de la gravedad.
Romper elementos personales de compañeros y 10 (diez) / 25 (veinticinco) amonestaciones reposición de lo dañado. docentes.
Destruir, dañar, inutilizar intencionalmente 20 (veinte) / 25 (veinticinco) amonestaciones / reposición de lo materiales didácticos, material bibliográfico o dañado. instalaciones del edificio escolar. 5 (cinco) amonestaciones o 5 (cinco) horas de servicio comunitario en el caso de que sea posible el ser supervisado Deambular sin autorización fuera del aula. por personal docente . Salir sin autorización del establecimiento escolar. 20 (veinte) amonestaciones. 25 (veinticinco) amonestaciones (primera vez) Facilitar de cualquier modo el ingreso de toda 3 (tres) días de suspensión (segunda vez) persona ajena al establecimiento
Utilizar en horas de clase sin autorización de docente auriculares de MP3,MP4,celulares o 10 (diez) amonestaciones. cualquier dispositivo electrónico. Desobedecer ordenes en lecciones paseo o 10 (diez) / 20 (veinte) amonestaciones y o suspensión según la gravedad fuera del edificio escolar. 2(dos) días de suspensión, la reincorporación debe hacerse Acoso Físico acompañado de un adulto responsable
Acoso verbal
1 (un) día de suspensión, la reincorporación debe hacerse acompañado de un adulto responsable
Acoso anónimo
Se dará intervención directa a la Dirección del establecimiento.
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SECCIÓN TERCERA: C. LOS DERECHOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE MEDIA 15. C.1.LOS ALUMNOS TIENEN DERECHO A: A partir de los derechos explícitos e implícitos determinados en la legislación Nacional y Provincial todo estudiante joven o adulto tiene derecho a: Organizarse, asociarse, protestar o solicitar – sin miedo a represalias – para asegurar que los derechos que aquí se enumeran estén siendo satisfechos. Ser protegidos contra toda agresión o abuso físico, psicológico o moral. Una educación integral e igualitaria, que contribuya al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad sociales y que garantice igualdad de oportunidades y posibilidades y de esta forma participar como sujeto activo y critico en la sociedad. . Ingresar, permanecer y egresar de todas las propuestas educativas curriculares de esta institución de acuerdo a la normativa vigente. Ser evaluados en su desempeño y logros, conforme a criterios rigurosa y científicamente fundados, en todos los Niveles, Modalidades, ámbitos y orientaciones. Docentes con adecuada capacitación profesional que incluya no solo el conocimiento de su disciplina sino todo lo relacionado con poseer las habilidades culturales y lingüísticas para educar en la diversidad cultural y social. Solicitar y obtener libros y material documental de la Biblioteca Escolar. Contar con instalaciones sin barreras arquitectónicas, o bien, gestionar las mismas para lograrlo, que permitan el ingreso y permanencia de cualquier persona en el edificio escolar. Utilizar salones de clases y otros espacios institucionales, limpios, seguros, bien equipados con una adecuada ventilación y calefacción. Poseer Servicio Médico de Urgencia. Elegir sin presión e interferencias los a los Consejeros representantes en el CIC. Acceder en tiempo y forma a todos los Programas establecidos por la Dirección General de Educación y Cultura para cumplir objetivos sociales y pedagógicos que redunden en beneficios para los alumnos (Plan de Becas , Patios Abiertos, Pasantias siempre y cuando cumplan las garantías y derechos laborales, etc.). Solicitar apoyo, asesoramiento o ayuda ante un problema o conflicto que lo afecte dentro o fuera de la institución escolar y que afecten su desempeño pedagógico y posiblemente su continuidad en la escuela. Que la Institución escolar implemente medidas preactivas para evitar la instalación de conductas individuales o grupales negativas (adicciones, Violencia etc.). Que el sistema de disciplina institucional sea justo y no discriminatorio. Para que el alumno se desarrolle en un ambiente escolar seguro y de apoyo. Solicitar a las autoridades permiso para organizar jornadas comunitarias relacionadas con el bien común. Organizando tareas solidarias, proyectos comunitarios, etc. Que la Institución escolar implemente evaluaciones y estrategias educativas tales como contenidos mínimos, que respondan a las necesidades identificadas de los estudiantes, incluyendo: - Acciones pedagógicas que sean sensibles a la diversidad de los alumnos. - Acciones que ayuden a los estudiantes a demostrar su competencia. Organizarse para formar su Centro de Estudiantes. Según lineamientos de la Resolución de la Dirección General de Educación y Cultura Nº 4900. Realizar su descargo y expresar su punto de vista ante un pedido de sanción. Dicho descargo se realizara por los medios formales ya establecidos y conocidos por los alumnos (al dorso del parte de amonestaciones). Ser incluidos en el mismo turno horario que sus padres y/o hijos, sea cual sea el Nivel que cada uno se encuentre transitando, cuando se trate de hijos estudiantes de madres y padres estudiantes o viceversa Recibir el apoyo social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la educación obligatoria. Asimismo podrán solicitar el apoyo económico necesario para garantizar su derecho a la educación.
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C.2.LOS PADRES/CUIDADORES TIENEN DERECHO A: Recibir información fácilmente entendible y confiable acerca del desempeño del alumno en la escuela. Acceso de los padres o cuidadores a información correcta acerca de la calidad de los servicios que recibe cada estudiante. Participar en forma individual o a través de la cooperadora escolar, el consejo institucional de la escuela, en el marco del proyecto institucional. A acceder a la información pública de modo libre y gratuito. Tener conocimiento y participar de la formulación de las pautas y normas que rigen la organización de la convivencia escolar
C.3.EL PERSONAL DE LA INSTITUCION TIENE DERECHO A: Los derechos garantizados por la Ley 13688/07, sin perjuicio de lo establecido en la Ley provincial 10579
SECCIÓN CUARTA
D- CONSEJO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA de la E.E.M N° 15
D.1- Introducción Este es el organismo más importante con que cuenta nuestra Institución a la hora de evaluar y de tomar decisiones respecto a la implementación y concreción de los Proyectos Institucionales y de la propia vida institucional con su correspondiente acuerdo de convivencia, además de todo lo concerniente al seguimiento y evaluación de aspectos técnicos pedagógicos y curriculares. Que el ejercicio de prácticas democráticas institucionales consolidan una educación para la democracia, la formación de mejores ciudadanos, participes y responsables de la construcción de una institución y una sociedad con mayor justicia social. Que es nuestro objetivo impulsar la concreción de una organización escolar que institucionalice y promueva ámbitos de participación democrática, con canales abiertos a tareas compartidas y a las decisiones consensuadas. En tal sentido el C.I.C. está integrado por un total de 8 (ocho) representantes de todos los actores y estamentos institucionales. Es decir: a) Director b) representantes docentes 3 (tres) c )representantes de los alumnos 3(tres) d) miembros del Equipo de Orientación Escolar 1(uno). No obstante es el equipo directivo el responsable de coordinar y garantizar el normal funcionamiento del organismo.
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata Que el desarrollo de modelos democráticos de organización escolar coadyuvara al afianzamiento de una cultura institucional colaborativa y participativa que consolide su dimensión social, y el compromiso de la educación y el conocimiento como parte esencial de la dinámica global de la sociedad. En este sentido el C.I.C debe fortalecer las acciones pedagógicas destinadas a la construcción de proyectos que den cuenta de la importancia de las ciencias, las innovaciones tecnológicas, los conocimientos, procedimientos y actitudes en la adquisición de competencias para la inserción, comprensión y transformación crítica del mundo social. Son facultades entonces del C.I.C. definir pautas técnico administrativas, técnico pedagógicas, garantizar su realización, seguimiento y evaluar sus resultados. Es decir la vida institucional tiene un centro neurálgico y estratégico que es el Consejo Institucional de Convivencia, del cual dependen todos los estamentos que componen la institución sin que esto signifique diluir las responsabilidades correspondientes a cada uno de los actores institucionales. *****
D.2- Constitución Del CIC Composición de los organismos de representación Consejeros docentes representante de: a) Profesores b) Preceptores, Bibliotecarios y Encargados de Medios Técnicos y Pedagógicos :.
Al comienzo del ciclo lectivo y según lo establezca el calendario escolar los docentes realizan la elección de la nomina de docentes para integrar el C.I.C., se elegirán tres docentes titulares y tres suplentes. Consejeros estudiantiles: Estos actores estarán representados por: Los alumnos al comienzo de cada ciclo lectivo y en el transcurso de las tres primeras semanas designarán dos delegados, un titular y un suplente por curso. Estos formarán el cuerpo de delegados, quienes elegirán a los 3 (tres) representantes alumnos y sus respectivos suplentes para el Consejo Institucional de Convivencia.
Funcionamiento del Consejo Institucional de Convivencia A lo largo del año se realizarán una reunión o asamblea por trimestre, como mínimo, pudiendo ser mensuales, con carácter ordinaria y resolutiva. Para sesionar deberá lograr un quórum de la mitad mas uno de los miembros, manteniendo la proporción de cada sector Las resoluciones serán aprobadas por mayoría simple.
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ACUERDO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA 2011 EES N° 15 Mar del Plata Las reuniones mensuales tendrán un temario pre-establecido por votación en la reunión anterior como manera de garantizar una mayor transparencia de funcionamiento y como muestra de una genuina voluntad participación de todos los miembros de la comunidad. Se pueden agregar puntos al temario para ser tratados a propuestas de los miembros cuando circunstancias coyunturales y de rápida resolución así lo indican. De todas maneras será una atribución de la asamblea aceptar, rechazar o postergar para la próxima reunión el punto en cuestión. Todas las reuniones ordinarias se realizaran dentro de los diez primeros días de cada mes con registro de asistencia de los presentes y llevando un libro de Acta en el que debe constar: temario, asistencia, propuestas, contra propuestas, votación y firma al pie de los presentes. El Equipo Directivo, es quien preside el Consejo y sólo ejerce su derecho a voto en casos de igualdad. Se establecen dos reuniones al inicio y fin del ciclo lectivo cuyo temario tiene preestablecido el temario “actualizaciones del AIC” para realizar modificaciones, cambios, ajustes sobre funcionamiento y constitución del CIC resolviéndose por mayoría en estos casos y balance de lo actuado en el año respectivamente.
Situación de emergencia y fuerza mayor En la primera reunión del año, el CIC, se designará un consejo de Emergencia integrado por miembros del C.I.C.: Dos miembros estudiantiles . Dos miembros del cuerpo docente integrados por Un jefe de departamento y un preceptor. Un representante del Equipo de Orientación Escolar. Son un total de cinco miembros, para sesionar y resolver situaciones extraordinarias y de emergencia. Dicho Consejo será convocado por el Director cuando la situación así lo requiera .Este organismo resolverá únicamente por consenso.
GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO DEL A.I.C. En tal sentido y en base a la experiencia de años anteriores, se recuerda que: El cumplimiento del presente acuerdo es responsabilidad de todos los actores institucionales. Todos somos garantes del cumplimiento de las normas y pautas del Acuerdo Institucional de Convivencia. En tal sentido los delegados y representantes docentes, alumnos, administrativo de cada curso tienen la atribución de mediar ante el incumplimiento del A.I.C. informando a la autoridad correspondiente.
SECCIÓN QUINTA : Las instancias de evaluación y modificación periódicas del AIC Se evaluara en reunión plenaria trimestral el avance de cumplimiento y actualización de este A.I.C. y anualmente se realizarán las correspondientes actualizaciones
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