Amnistía Internacional Sección Española

Amnistía Internacional Sección Española PLAN ESTATAL E INTEGRAL DE LUCHA CONTRA TODA FORMA DE RACISMO Y DE XENOFOBIA. Conclusiones y Recomendaciones
Author:  Jaime Godoy Sosa

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PLAN ESTATAL E INTEGRAL DE LUCHA CONTRA TODA FORMA DE RACISMO Y DE XENOFOBIA. Conclusiones y Recomendaciones de las Jornadas facilitadas por Amnistía Internacional y la Red ENAR el 17 y 18 de abril Octubre 2004

PUBLICO

PLAN ESTATAL E INTEGRAL DE LUCHA CONTRA EL RACISMO Y LA XENOFOBIA. Recomendaciones de las Jornadas facilitadas por Amnistía Internacional y la Red ENAR el 17 y 18 de abril

INDICE: 1. -Introducción ............................................................................................................................... 3 A.- La necesidad de un plan estatal. ............................................................................................. 4 B.- Jornadas de reflexion ............................................................................................................... 5 2. Aportaciones y recomendaciones para el plan estatal e integral de lucha contra toda forma de racismo y xenofobia. ...................................................................................................... 6 2.1.- Recomendaciones sobre el observatorio contra el racismo y la xenofobia..................... 6 A- Composición ......................................................................................................................... 6 B.- Funciones ............................................................................................................................ 6 a.- Asistencia a las víctimas ........................................................................................................... 6 b.- Análisis de la realidad ............................................................................................................... 7 c- Campañas de sensibilización...................................................................................................... 9 2.2.- Recomendaciones sobre la educación reglada................................................................... 9 2.3.- Recomendaciones sobre la educación para sectores específicos .................................. 9 A.- Recomendaciones generales ............................................................................................. 9 B.- Recomendaciones para el colectivo policial ...................................................................... 10 C.- Recomendaciones para el colectivo judicial (Jueces y Juristas) ....................................... 11 2.4.- Recomendaciones sobre el acceso a la vivienda.............................................................. 11 2.5.- Recomendaciones para los medios de comunicación ..................................................... 12 2.6.- Recomendaciones para el acceso al mundo laboral ........................................................ 14 2.7.- Recomendaciones sobre la situación jurídica................................................................... 14

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PLAN ESTATAL E INTEGRAL DE LUCHA CONTRA EL RACISMO Y LA XENOFOBIA. Recomendaciones de las Jornadas facilitadas por Amnistía Internacional y la Red ENAR el 17 y 18 de abril

Plan Estatal e Integral de lucha contra toda forma de Racismo y de Xenofobia Conclusiones y Recomendaciones de las Jornadas facilitadas por Amnistía Internacional y la Red ENAR el 17 y 18 de abril 1. Introducción Los días 17 y 18 de abril, Amnistía Internacional y la Red ENAR1 organizaron unas jornadas de reflexión para la elaboración y puesta en marcha de un Plan Estatal e Integral de Lucha contra toda forma de racismo y xenofobia. Este documento contiene algunas conclusiones y recomendaciones recogidas en dichas jornadas, en las que participaron más de 60 personas de diversas entidades y organizaciones, además de expertos que llevan muchos años trabajando en el ámbito de la lucha contra el racismo y la xenofobia. Durante los últimos años, diversos organismos internacionales y ONG hemos venido reclamando a las autoridades españolas, la elaboración y puesta en marcha de un Plan Estatal e Integral contra toda forma de racismo y xenofobia. Nuestras organizaciones, Amnistía Internacional y la Red ENAR, así como otras entidades: la Asociación contra la Tortura, Human Rights Watch, SOS Racismo, o el Defensor del Pueblo, llevan tiempo advirtiendo sobre el aumento en la sociedad española de situaciones de discriminación, racismo y xenofobia contra ciudadanos extranjeros y miembros de minorías étnicas como los gitanos. Así, se han publicado distintos informes que recogen casos de manifestaciones racistas y xenófobas en diversos ámbitos de la vida: (mundo laboral, educación, acceso a la vivienda, a la administración de justicia, derecho de admisión en lugares de ocio, esfera política, malos tratos por agentes de las fuerzas de seguridad del Estado). También se ha producido un aumento preocupante de declaraciones racistas y xenófobas por políticos o personajes públicos. Dichas manifestaciones no sólo son casos de discriminación étnica o racial sino que, en ocasiones, han llegado a ser casos graves de malos tratos o agresiones. Por lo tanto, es importante señalar que estos casos y actitudes racistas no sólo se reducen a actos de particulares (de “cabezas rapadas” o incidentes como el de El Ejido) sino que también ha habido un alarmante crecimiento de casos de tortura y malos tratos a inmigrantes o minorías

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Red ENAR (Red Europea contra el Racismo: AESCO, ADMAF; ACPP, ACULCO; ARI Peru,, Asociación Mujeres E´WAISO IPOLA, Asociación Nacional de Presencia Gitana, Asociación Pro Infancia Andina, ASISI, CEAR, Confederación de Asociaciones Iberoamiericanas-CONIBEROAMERICANA, CONADE, Federación de Asociaciones Defensa y Promoción de Derechos Humanos, Federación de Mujeres progresitas, Fundación Alianza para el desarrollo la educación y la cultura, IEPALA, Madrid puerta abierta, Médicos sin Fronteras, MPDL, Red Acoge (FAIN), SOS Racismo, Unió de Pobles Solidaris-UPS, Unión Sindical Obrera (USO), Voluntariado de Madrid dominicanas (VOMADE)

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étnicas como los gitanos por parte de agentes de la policía (Policía Nacional, policía local o municipal, policía autónoma como la Ertzaintza y los Mossos d´Esquadra) y de la Guardia Civil.2 A.- LA NECESIDAD DE UN PLAN ESTATAL.

Durante los meses previos a la transposición de la Directiva 43/2000 sobre la “Aplicación del principio de Igualdad de Trato de las personas independientemente de su origen racial y étnico”, diversas organizaciones solicitamos al gobierno español que aprovechara la oportunidad de elaborar un plan integral de lucha contra el racismo. Sin embargo, la trasposición de la directiva se hizo fuera de plazo (con posterioridad a julio del 2003), y como una enmienda a la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos del Estado, sin contar adecuadamente con las organizaciones que trabajan en este campo. Aún así, nuestras organizaciones dan la bienvenida a la aprobación del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y No Discriminación de las Personas con independencia de su origen racial o étnico, así como a la creación en la última reforma de la Ley de Extranjería de un Observatorio contra el Racismo y la Xenofobia, observatorio que preveía la Directiva Europea 43/2000. También consideramos de suma importancia la incorporación en la última reforma del Código Penal, del motivo de discriminación en el delito de tortura. De esta forma, dicho delito se adecua en mayor medida (aunque todavía no totalmente) a la definición de la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura3. Por lo tanto, nos encontramos ante un nuevo escenario legal en la lucha contra el racismo, y nuestras organizaciones consideran que estamos en un momento ideal para proceder de forma urgente a elaborar y poner en marcha una estrategia y un Plan estatal para combatir todas las formas de racismo y xenofobia. En el mismo sentido se han pronunciado más de 40.000 personas que firmaron la petición de Amnistía Internacional dentro de la campaña ponteensupiel, a favor de dicho plan; petición que se entregó al gobierno en el mes de mayo de 2003. También se deberían llevar a cabo planes autonómicos y locales en el mismo sentido. Estos planes deben tener un carácter integral e incluir medidas efectivas de carácter político, social, de índole educativo, y de sensibilización, también con la comunicación y medios de difusión para luchar contra actos y actitudes que engendren conductas xenófobas y manifestaciones de rechazo generalizado de los inmigrantes, para eliminar el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en el lugar de trabajo, en su acceso a la sanidad, educación, la justicia, las prestaciones sociales, la vivienda, a locales de entretenimiento, etc. Y, en especial, medidas para hacer frente al aumento de casos de tortura y malos tratos de índole racista por parte de los agentes del Estado. También consideramos imprescindible que, en el proceso de elaboración de dichos planes (estatal, autonómicos y locales) y en su estrategia de acción, participen, junto a las autoridades pertinentes, representantes de grupos afectados, ONG y expertos que trabajen sobre la cuestión del racismo, procurando incluir en ellos metas mesurables y mecanismos de vigilancia.

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Ver los informes anuales de SOS racismo en los últimos nueve años; Amnistía Internacional: España. Crisis de identidad. Tortura y Malos tratos de índole racista por agentes del estado (Ind AI: EUR 41/001/2002), Universidad de Zaragoza: Inmigración y Justicia. El tratamiento de la inmigración en el ámbito de la administración de justicia (www.unizar.es/sociologia_juridica); 3 Ley Orgánica 15/2003 que modifica el artículo 174 del código penal.

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B.- JORNADAS DE REFLEXION

Para contribuir al debate sobre el contenido de dichos planes y las medidas que se deberían adoptar en los diferentes ámbitos, la Red ENAR y Amnistía Internacional organizaron unas jornadas de reflexión y debate en las que participaron diversos grupos afectados, así como organizaciones y expertos que trabajan en la lucha contra el racismo. Estas jornadas pretendían estimular el debate en todos estos sectores y aportar contribuciones sobre el contenido de dichos planes y las medidas que se deberían adoptar en los diferentes ámbitos de la vida política y social, por ello se intentó la participación tanto de los diversos grupos afectados, así como organizaciones y expertos que trabajan en la lucha contra el racismo. Entre los objetivos perseguidos en las jornadas estaban: • • •

Difundir la necesidad de elaborar un Plan Estatal e Integral de Lucha contra el Racismo. Fortalecer la comunicación y colaboración en la red de ONG que trabajan en esta materia. Establecer medidas y propuestas para que se incluyan en el plan estatal.

Para ello, se plantearon siete diferentes talleres temáticos: sobre el Observatorio de lucha contra el racismo, educación reglada y educación de sectores específicos (fuerzas de seguridad, jueces, fiscales, abogados), la vivienda, acceso al mundo laboral, medios de comunicación y situación jurídica. A continuación se recogen las conclusiones y recomendaciones con la intención de que puedan servir como una aportación más (junto a otras que puedan provenir de otras organizaciones y expertos) al debate sobre las medidas que se deben adoptar para luchar de forma efectiva contra el racismo y la xenofobia. Es necesario señalar que las entidades organizadoras o participantes en las jornadas no suscriben necesariamente la totalidad de las conclusiones y recomendaciones formuladas durante las jornadas, o tienen un pronunciamiento sobre algunas de las cuestiones que se han recogido en este dossier. Sin embargo, Amnistía Internacional y la Red ENAR consideran importante facilitar este documento al gobierno para que sea otro elemento más para el debate en el proceso de elaboración de los planes, su estrategia de acción, metas y mecanismos de vigilancia.

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2. APORTACIONES Y RECOMENDACIONES PARA EL PLAN ESTATAL E INTEGRAL DE LUCHA CONTRA TODA FORMA DE RACISMO Y XENOFOBIA. 2.1.- RECOMENDACIONES SOBRE EL OBSERVATORIO CONTRA EL RACISMO Y LA XENOFOBIA A- COMPOSICIÓN:

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Al igual que en otros países, el Observatorio debe ser un órgano institucional de carácter independiente, imparcial y autónomo Debe estar formado por personas de gran prestigio y reconocida independencia, imparcialidad y experiencia en estos campos. Debe incluir miembros de minorías (inmigrantes, gitanos, etc.) y de organizaciones que tengan entre sus fines la lucha contra el racismo y la xenofobia. Para asegurar su independencia debería depender del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato. Si por el contrario se vincula al Parlamento o a un ministerio debe tener en todo caso, un carácter claramente autónomo e independiente. Debe dotársele de recursos humanos y materiales suficientes y adecuados para llevar a cabo las tareas que tiene encomendadas. Para el cumplimiento de todas sus funciones el observatorio cooperará con otras administraciones, organizaciones internacionales, instituciones comunitarias (como el Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia)4, ONG en lo que respeta a los fenómenos de racismo y xenofobia

B.- FUNCIONES:

El Observatorio debe tener competencias en los diferentes ámbitos donde se producen casos de discriminación racista o manifestaciones xenófobas. Pero especialmente, debe actuar en la lucha contra el racismo institucional o en el ámbito penal, así como capacidad para investigar otros ámbitos como el educativo, la vivienda, medios de comunicación para efectuar recomendaciones para luchar contra el racismo y la xenofobia. Y en concreto debe dar: a.- ASISTENCIA A VÍCTIMAS

El observatorio debe tener competencias para: La investigación y seguimiento de las denuncias presentadas, de su devenir penal o disciplinario, etc. Casos como los de Rita Margarete Rogelio5 o Driss Zaidri6 muestran la conveniencia de que un órgano independiente al de la policía sea el que investigue las denuncias presentadas contra miembros de los cuerpos de seguridad del Estado.7 Otra opción es la creación de una fiscalía especializada en materia de discriminación8. Asegurar su accesibilidad a las víctimas con medidas que permitan su acceso incluso si están en localidades lejanas a la de la sede del observatorio p.e mediante convenios con organizaciones o 4

Creado por el Reglamento 1035/97 del Consejo de 2 de junio de 1997. STS 21/04/99 6 Audiencia Provincial de Girona, Sala Tercer de lo Penal. Sentencia nº 396/2004, 7 Ver informe de AI: España: Crisis de identidad. Malos tratos de índole racista por agentes del Estado. En ambos casos quedó probado que se había producido una agresión pero no se pudo condenar a ningún agente por la falta de denuncia de los compañeros. 8 Así lo recomienda la Comisión Europea contra la discriminación y el racismo (ECRI) en su segundo informe sobre España. Párr. 39. 5

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puntos de contacto como ONG, la oficina No discriminación de Barcelona, o en las comisarías de policía (modelo holandés), etc. El asesoramiento jurídico a las víctimas y adopción de medidas de protección (que puedan contrarrestar el miedo de las víctimas a denunciar). La posibilidad de acudir a los tribunales como amicus curie (tipo modelo holandés) para informar como un experto independiente. En el ordenamiento español esta figura p.e se contempla en el papel que juega el ACNUR u otras organizaciones los casos de recursos a las denegaciones de asilo.

La promoción de los derechos de las víctimas mediante p.e la elaboración y difusión de folletos informativos, pósters en diversos idiomas que aseguren que obtienen información adecuada sobre sus derechos y los procedimientos de presentación de denuncias. Formación de abogados especialistas en el tema y con conocimientos adecuados en materia de instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos. Seguimiento y evaluación de las investigaciones internas abiertas, de los expedientes disciplinarios abiertos en esos casos, las medidas cautelares adoptadas, de las sanciones que se establezcan en caso de condenas, etc. Para ello debe tener derecho a acceder a las bases de datos policiales. b.- ANÁLISIS DE LA REALIDAD

El seguimiento y supervisión de aplicación y cumplimiento de la legislación y los planes estatales que se creen en esta materia para proponer mejoras. Recopilación y publicación de estadísticas periódicas sobre denuncias o casos de racismo tanto por particulares como por agentes de las fuerzas de seguridad (muertes bajo custodia, violaciones y agresiones sexuales por agentes del estado, uso excesivo de fuerza) donde exista un componente étnico, de las investigaciones internas abiertas, de los expedientes disciplinarios abiertos en esos casos, de las medidas cautelares adoptadas, de las sanciones que se establezcan en caso de condenas, etc. En este sentido se ha manifestado el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de la discriminación racial cuando insta al Estado español a que incluya en sus informes, información estadística sobre cuantos enjuiciamientos se han emprendido y sanciones impuestas en casos de discriminación racial, etc9. La recopilación de tales datos no esta prohibida por la Constitución. Para ello es necesario que al igual que se ha hecho para el caso de denuncias sobre violencia de género se registren en origen (comisarías) de forma segregada aquellas denuncias donde puede existir un motivo racista o la víctima es miembro de minorías étnicas. Tales datos estarán sometidos a las adecuadas normas de protección de datos personales para asegurar la adecuada confidencialidad a los datos antes de su comunicación. Dichos datos son fundamentales para poder obtener una información más precisa sobre la situación real de los diferentes colectivos ya que ayudan a revelar casos de discriminación directa e indirecta.10

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Conclusiones del CERD de 12 de marzo 2004 CERD/C/64/CO/6, Párr. 16. Ver recomendación de ECRI en su II informe sobre España, Párr. 41.

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Estudios e investigaciones para proporcionar información objetiva, fiable y comparable sobre los fenómenos del racismo, la xenofobia en todos los ámbitos dado que la investigación, análisis y divulgación son elementos esenciales para la adopción de medidas y la elaboración de políticas efectivas sobre: las múltiples formas de la discriminación directa o indirecta en todos los ámbitos de la sociedad, en especial el racismo institucional, en la justicia, analizando sus causas, consecuencias y efectos Estudios concretos sobre la discriminación que sufren minorías determinadas como los gitanos, los inmigrantes, las mujeres inmigrantes, los nacionales españoles de origen étnico minoritario, los menores no acompañados. Encuestas periódicas acerca de las actitudes de los españoles hacia la inmigración y las minorías étnicas (como los gitanos), así como de estos grupos hacia el resto de la sociedad. El impacto y eficacia de las medidas legislativas, políticas y proyectos destinadas a combatir el racismo p.e de la aplicación de la trasposición de la directiva europea de igualdad de trato sobre origen étnico, de la agravante de racismo del Código Penal o de las medidas adoptadas por policía y tribunales para garantizar que se investiga adecuadamente la posible existencia de motivación racista. ejemplos de buenas prácticas para remediar el fenómeno Para todo ello, es necesario dotar de recursos y fondos al observatorio así como a las entidades de investigación y a las organizaciones que trabajan en este campo para la realización de estudios complementarios a los anteriores. Igualmente se debe asegurar que reúne, registra y analiza las informaciones, estudios y datos que realizan centros de investigación especializados, ONG, universidades, organismos internacionales, etc. Asimismo deberá facilitar y fomentar la organización y celebración de jornadas, seminarios o reuniones de expertos, centros de investigación, ONG, administraciones involucradas y otros interlocutores sociales. Todos los estudios e investigaciones que se realicen deben tener una amplia difusión, asegurándose que se distribuyen entre las administraciones, entidades y organizaciones con competencias o funciones en los campos involucrados Elaboración de políticas estratégicas y recomendaciones para: o Luchar contra la discriminación directa o indirecta especialmente en los ámbitos laborales, de justicia, educativo, medios de comunicación, etc. o Una mayor formación de todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, de inmigración o fuerzas de seguridad en materia de derechos humanos y de sensibilización respecto al racismo. Asimismo es necesario un seguimiento de cómo las prácticas profesionales han incorporado tales valores. o Una mayor formación del sector judicial: jueces, fiscales funcionarios judiciales. en materia de derechos humanos y de sensibilización o Actuaciones preventivas en el mundo educativo, laboral, etc. para prevenir o Mejor tratamiento del tema por los medios de comunicación

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c- CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACIÓN

A la población en general e informativas de sus derechos a los colectivos que sufren discriminación, xenofobia o racismo.

2.2.- RECOMENDACIONES SOBRE EDUCACIÓN REGLADA

Es necesario que haya un claro posicionamiento desde los poderes públicos contra el racismo intrínseco de la sociedad, que debería plasmarse en: La elaboración de leyes y normativa que impulsase la introducción en la escuela primaria y secundaria y de forma transversal, la educación para la promoción de la tolerancia y el respeto a la diferencia así como un curricula que contemple tanto la cultura gitana como otras. El cumplimiento de las directivas Europeas sobre gitanos en Europa, como las directivas contra el racismo y xenofobia. Es necesario que desde las administraciones se desarrollen mecanismos que permitan evaluar las actuaciones políticas en materia educativa. Debe abordarse seriamente la falta de formación del profesorado mediante la implantación en la universidad de materias obligatorias de educación intercultural, sobre todo en estudios relacionados con la enseñanza. Actualmente se trata de materia optativa y no troncal. Deben establecerse mecanismos para asegurar que la formación permanente y continua de todo el personal docente de todos los ámbitos educativos incluye la educación intercultural. Los poderes públicos deben impulsar la investigación y las campañas de sensibilización sobre la diversidad cultural como mecanismo para luchar contra la discriminación. Se deben dotar de medios materiales y humanos al sistema educativo para apoyar la incorporación al mismo de las minorías con clases de apoyo (del idioma español o de los que se estudien en las correspondientes comunidades autónomas). Igualmente se debe promover el estudio en las aulas de la historia y cultura de los colectivos presentes en las mismas y en la sociedad.

2.3.- RECOMENDACIONES SOBRE EDUCACIÓN PARA SECTORES ESPECÍFICOS. A.- RECOMENDACIONES GENERALES:

Debe promoverse una política antirracista tendente a fomentar y apoyar la voz de los que son discriminados mediante una trabajo activo en la educación y la sociedad para visualizar y deconstruir los estereotipos y prejuicios que existen en toda la sociedad. Evitar discursos que nieguen la discriminación o minimicen su realidad. Por ello, hay que trabajar para que se visualicen los estereotipos y los prejuicios, se analice como se han construido socialmente y nos impregnan a todos, absolutamente a todos. E intentar reducir los daños tanto deconstruyendo las emociones articuladas en prejuicios como no dejando que dichas emociones se trasladen a nuestras acciones.

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Es importante que haya información adecuada sobre dichos colectivos y los recursos que disponen, así como de las experiencias y proyectos que existan en España y otros países que ya están trabajando en materia de discriminación y racismo en el ámbito educativo y, en especial, para los sectores mencionados. Se pueden crear agendas informativas. Debe proporcionarse cursos de formación para los colectivos más sensibles y en todos los ámbitos laborales, acercando a dichos colectivos a los grupos de víctimas del racismo, para que aprendan unos y otros a “ponerse en la piel del otro.” No sólo hay que trabajar de forma individual con los miembros de estos colectivos sino analizar y reformular las culturas organizativas de los mismos. Igualmente hay que trabajar con otros colectivos (no sólo jueces y policías) sino con los trabajadores sociales, los mediadores, etc. B.- PARA COLECTIVO POLICIAL:

Hay que construir puentes entre las minorías étnicas y a la policía implicando a las ONG y otros colectivos implicados en la formación de la misma. Una formación que introduzca la diversidad y la normalice para la policía. Se debe intentar un acercamiento del colectivo policial al migrante, impartiendo cursos en los que unos se pongan en el lugar de los otros, con simulación de discriminación. Esta educación debe estar basada en la Carta de Rótterdam y en el Código europeo de Ética de la Policía, que obligan al colectivo a conocer las normas de derechos humanos y a combatir la discriminación dentro de la propia Policía. Involucrar directamente a los policías en las actividades de promoción de la diversidad cultural, intentando que sean ellos mismos protagonistas de estas actividades. Prevención de daños incluyendo en la formación obligatoria de la policía el reconocimiento de conductas discriminación (en ellos o terceras personas), trabajar sus habilidades para afrontarlo y motivarlos para hacerlo. También requieren formación para ocuparse de éste tipo de denuncias, así como sus fundamentos legales. La policía debe tener dentro de su estructura un departamento específico que se ocupe de los actos de racismo dotado de un rango jerárquico importante, y del seguimiento de la formación en discriminación que se dé. Es muy importante, además, formar a los altos cargos en comunicación intercultural, Derechos humanos, discriminación para que la cultura del cuerpo pueda ir impregnándose de todo ello. Debe haber contratación de minorías dentro de la policía. Hay una barrera obvia que es la nacionalidad pero se puede empezar con los colectivos que ya están nacionalizados. Es una manera de que haya más confianza entre las minorías y la policía y que se identifiquen más unos con otros. Detectar modelos de buenas prácticas para incorporarlos al plan y puedan servir como recursos para su aplicación en la formación de policías Formación a largo plazo y continuada (no sólo jornadas esporádicas) en derechos humanos y en materia de discriminación. Los cursos tanto de acceso como de formación continuada tiene que tener un mayor contenido en derechos humanos y de lucha contra la discriminación, el racismo y la xenofobia de los que tienen en la actualidad.

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Establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para que se pueda ver el resultado de dicha formación y como las prácticas profesionales han incorporado tales valores, p.e a través del Defensor del Pueblo, comités de expertos en los que no sólo estén miembros del cuerpo sino miembros de los grupos afectados.

C.- PARA COLECTIVO JUDICIAL (JUECES Y JURISTAS)

Visualizar a través de investigaciones y estudios específicos las carencias en éstos colectivos, trabajando expresamente sus resistencias a reconocer que, al igual que gran parte de la sociedad, participan de actitudes o prejuicios racistas. Para ello, es necesario investigar y conocer con más profundidad las actitudes, prejuicios y estereotipos que existen en la administración de justicia. Debe existir una voluntad por las autoridades y colectivos judiciales de asumir y adoptar las conclusiones y recomendaciones de tales estudios para incidir en prácticas discriminatorias sobre todo indirectas. Promover un acercamiento efectivo del colectivo judicial a los inmigrantes y minorías étnicas como los gitanos para que adquieran un mayor conocimiento de los mismos, de sus culturas y poder así “ponerse en la piel del otro”.Es muy importante que el colectivo judicial trabaje con las víctimas para romper estereotipos sobre ellas. No se puede olvidar el importante papel educativo que tienen estos sectores de cara a la sociedad. Siguiendo el modelo de Estados Unidos, en el que los jueces van todos los años a “Judge School”, promover e incorporar una formación continuada para este colectivo en derechos humanos, lucha contra la discriminación, multiculturalidad. La sociedad y las ONG deben presionar a los jueces para que tengan interés en formarse en estas materias, haciéndoles ver la responsabilidad que tienen en este terreno. Debe incorporarse en la carrera jurídica materias de derechos humanos, lucha contra la discriminación y multiculturalidad y promover el acceso de las minorías al sector judicial. Promover una mayor formación de jueces, fiscales y abogados en la legislación internacional de derechos humanos, de la jurisprudencia de los organismos internacionales de lucha contra el racismo, p.e el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Quizá podría ser conveniente que los jueces pudieran acceder a un portal de Internet que contuviese la legislación, jurisprudencia, guías de buenas prácticas en esta materia. Debe darse un impulso importante a los estudios e investigaciones sobre criminología, todavía muy incipiente, en España, en especial para entender las causas de que exista una excesiva desproporción de extranjeros y gitanos entre la población detenida, y promover su difusión y estudio en el colectivo judicial. Se deben establecer mecanismos de seguimiento y evaluación para que se pueda ver el resultado de dicha formación y como se ha incorporado a la práctica judicial.

2.4.- RECOMENDACIONES SOBRE ACCESO A LA VIVIENDA

Las administraciones públicas deben llevar a cabo una política activa, integral y efectiva para solucionar el problema de la vivienda en España en la que se tenga en cuenta los problemas específicos de los colectivos de extranjeros y gitanos.

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La administración debe adoptar una política decidida para facilitar a la población en general, incluido estos colectivos, el acceso a viviendas de alquiler públicas así como que se hagan mas viviendas sociales. Igualmente se debe controlar el fraude de las viviendas en régimen VPO. La administración debe adoptar una acción decidida para la promoción de un mercado de alquiler de viviendas dignas y se debe poner fin al problema de la infravivienda. Es necesario crear un sistema de mediación adecuada que permita crear lazos de confianza entre propietarios e inquilinos, que contribuya a destruir estereotipos, prejuicios y resolver casos de conflicto. Es necesario mejorar los mecanismos de protección frente a situaciones de abuso o discriminación facilitando el acceso de las posibles víctimas a los mismos.

Es necesario una adecuada difusión entre los colectivos afectados de sus derechos y de los mecanismos de denuncia contra situaciones de abuso o discriminación.

2.5.- RECOMENDACIONES PARA LOS MEDIOS DE COMUNICACION

1.- Adopción de manuales de estilo y códigos deontológicos por los colegios de periodistas, los medios de comunicación, etc que contengan guías de buenas prácticas que, entre otros aspectos: Evitar generalizaciones, simplificaciones para no caer en estereotipos sociales ni en generalizaciones que oculten la heterogeneidad existente en todo colectivo. Promover la aparición de noticias positivas sobre los colectivos de los inmigrantes y minorías étnicas. Es necesario normalizar este tipo de información. Ecuanimidad en las fuentes de información, y constatación de las diferentes fuentes consultadas. Publicación de rectificaciones a lenguaje escrito que pueda referirse a discriminación de los grupos afectados en las noticias. Tener en cuenta el contexto y el espacio físico en el que a noticia esta inserta, sobre todo si se trata de noticias referidas a extranjeros no comunitarios. Contactar con las personas directamente involucradas en la noticia. No incluir la nacionalidad o origen étnico de las personas salvo que sea esencial para la noticia. Promover la difusión de experiencias que tienen un tratamiento informativo o divulgativo positivo de la inmigración, de los gitanos o del tema de la multiculturalidad. Igualmente se pueden crear Consejos Deontológicos (o en los que ya existan incluir) sobre temas relacionados con la discriminación, el racismo y la xenofobia en los contenidos de los medios de comunicación.

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2.- Promover que los profesionales de los medios de comunicación tengan contactos continuos con el ámbito multicultural, buscando que los interlocutores de las minorías afectadas comuniquen también sus puntos de vista y opiniones. Conocer la realidad sobre la que se escribe, en especial de la comunidad o grupo afectado en la noticia ayuda a deconstruir imágenes estereotipadas que luego se reproducen en la información que se trasmite. Para ello puede ser interesante contar con agendas de Comunicación Social que recoja este tipo de recursos (de dichos colectivos, ONG, experiencias multiculturales, etc.). 3.- Fomentar la formación de los profesionales en materia multicultural para dotarles de herramientas de trabajo, que se atengan a manuales de estilo multiculturales y plurales así como la diversificación del lenguaje a la hora de comunicar la noticia. Para ello, se debe promover la incorporación de tales materias de forma trasversal en los planes de estudio de periodismo o de ciencias de la información. 4- Promover el acceso y la presencia normalizada de personas de origen extranjero y de las minorías étnicas en los diferentes medios (prensa, televisión, radio especialmente en las radios locales) para que pueda existir un mayor conocimiento de ellos. También se tiene que garantizar su libertad de expresión, el derecho a comunicarse en su propia lengua mediante programas específicos en sus propias lenguas. Igualmente es importante asegurar su presencia en medios nacionales, regionales o locales y regionales de gran difusión y al emergente mercado de las plataformas digitales. 5.- Destinar fondos para impulsar la formación de profesionales pertenecientes a las minorías étnicas e inmigrantes en herramientas audiovisuales y multimedia y para la cooperación transnacional en contenidos, programas y producciones promovidas por ellos. 6- Se debe realizar un seguimiento y control de los contenidos no sólo de las noticias o la publicidad para que no reproduzca estereotipos o prejuicios. También se debe mejor el tratamiento que sobre ellos se dan en series y películas de ficción para que no reproduzcan prejuicios o invisibilicen la presencia de las minorías en la sociedad y deben promoverse programas que nos acerquen a la realidad multicultural de muchos barrios, etc. 7.- Reconocer la importante labor que pueden llevar a cabo los medios locales, regionales, así como los medios de minorías o alternativos ( radios comunitarias, redes y grupos temáticos) como espacios para dar voz a dichos colectivos, promover un mayor conocimiento mutuo y que también puedan servir como recursos para otros profesionales de la información. En este sentido, es muy importante que esos medios estén contenidos en la legislación nacional y se les reconozca un estatus que les permita estar presente en las plataformas de difusión. 8. - La necesidad de regular los medios de titulación pública y promover la creación de un Consejo Audiovisual con capacidad disciplinaria, de arbitraje y mediación en materia de discriminación, racismo y xenofobia en los contenidos de los medios. Dicho órgano debe estar formado por personas independientes, expertas y representantes de las minorías. Asimismo debe tener competencias, entre otras, para: Hacer un seguimiento y estudios sobre el contenido y tratamiento que se da en los medios audiovisuales al tema, al estilo de un libro blanco. Para ello, se recomienda que se aprenda de la experiencia de otros países como el Reino Unido o Holanda. Elaborar recomendaciones y manuales de estilo o buenas prácticas para su uso por todos los medios de comunicación. Tener competencias plenas en materia de sanciones p.e para retirar anuncios o para obligar a que se rectifique de forma adecuada una noticia.

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Recibir las quejas de cualquier persona que se considere afectada por una información difundida en un medio escrito o audiovisual. 9.- La creación de un grupo de trabajo que pueda aportar mas ideas y medidas concretas en este campo para su incorporación en el plan estatal.

2.6.- RECOMENDACIONES PARA EL ACCESO AL MUNDO LABORAL

Investigar el impacto de la aplicación de las disposiciones contra la discriminación existentes en este campo para adoptar medidas efectivas para poder hacer frente a las prácticas racistas y discriminatorias. Realizar estudios sobre la incidencia de la discriminación racial directa e indirecta en el empleo para conocer la magnitud del problema que sufren colectivos tan vulnerables a la discriminación y la explotación como los extranjeros, especialmente los que están en una situación irregular y los gitanos que en muchas ocasiones no se les contrata por su origen o se les da una renumeración menor o peores condiciones de trabajo. Crear un marco jurídico justo, que sea complementado con unos medios prácticos que permitan el cumplimiento de la misma. Asimismo, hay que analizar la situación de la mano de obra extranjera que se encuentra trabajando en nuestro país, su situación regular e irregular y tomar medidas para que este colectivo se vea protegido de los diferentes abusos. Crear un espacio de encuentro y discusión en el que la administración, el empresario o empleador y el contratado para tener claro sus derechos y obligaciones.

Tener en cuenta los aspectos multiculturales de estos entornos y sensibilizar en la medida de lo posible a ambas partes. Potenciar la denuncia de la discriminación indirecta, y los mecanismos sancionadores para un eficaz cumplimiento y que tenga como fin último la disminución del racismo y la xenofobia.

2.7.- RECOMENDACIONES SOBRE LA SITUACIÓN JURÍDICA

La ratificación de la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Trabajadores Migrantes y miembros de sus Familias así como de los Protocolos 4, 7 y 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La modificación de aquellos extremos de la legislación que establecen limitaciones en materia de derechos humanos de los inmigrantes o provocan discriminación, en especial en relación al derecho a la asistencia letrada e intérprete, de reunión, asociación, manifestación y huelga, y de acceso a la sanidad y la educación. Deben, por ello, derogarse las discriminaciones directas incluidas en la normativa de extranjería, incluido las de la última reforma. Tener en cuenta el impacto que están teniendo las discriminaciones en extranjeros y gitanos y especialmente en el colectivo de mujeres. Para ello, se ve necesario que se reconozca expresamente que el ámbito de la Directiva europea de igualdad de trato 43/00, se aplica a los nacionales de terceros países.

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Mejorar la aplicación de las disposiciones existentes en materia penal, civil y administrativa contra el racismo y la discriminación racial pues éstas rara vez se aplican en la actualidad11. Igualmente hay que investigar y visualizar prácticas que llevan a imponer penas diferentes a nacionales y extranjeros por delitos comparables a lo que afecta al colectivo de mujeres gitanas. Mejorar la situación de las comunidades gitanas en España a través de una estrategia formulada aplicada en estrecha colaboración con dichas comunidades. Acabar con la discriminación que supone que las mujeres inmigrantes no puedan acceder al estatuto integral de protección de las víctimas de violencia de genero. Realizar estudios sobre las razones por las que el número de casos presentados ante los tribunales no reflejan el número real de actos racistas o discriminatorios que tienen lugar en España así como sobre otras posibles prácticas más indirectas como, p.e, el impacto del sistema de juicios rápidos sobre el derecho de defensa, en especial cuando la persona puede ser expulsado. La formación de todos los actores del sistema penal (policías, fiscales, jueces) en materia de lucha contra la discriminación y el racismo para deconstruir prejuicios y estereotipos, así como para que se lleve a cabo una política activa para luchar contra la impunidad de este tipo de situaciones teniendo en cuenta debidamente la dimensión racista que pueden tener los delitos en todas las fases del proceso. Todo ello contribuiría a evitar percepciones de que “nada se puede hacer” cuando ocurre un hecho racista o xenófobo que pueden contribuir a que no se denuncien ni erradiquen. Estudiar la posibilidad de crear una fiscalía independiente en esta materia, y un turno de oficio en el Colegio de Abogados especializado en asuntos de índole racista. Debería haber más abogados especializados y formados para poder acudir a órganos internacionales y poder general en España una buena jurisprudencia al respecto. En ese sentido, seria adecuado revisar la doctrina del Tribunal Constitucional quien en una sentencia del 2001 consideraba que los controles de identidad basados en el color de la piel no eran discriminatorios. Estudiar los modos de alentar a las víctimas de tales actos para que denuncien y asegurar que las organizaciones en defensa de los inmigrantes, minorías o de lucha contra el racismo no encuentran obstáculos para ejercer la acusación popular en casos de denuncias de racismo o discriminación. Mejorar la respuesta de los mecanismos de control interno y externo sobre las quejas sobre el comportamiento racista o discriminatorio por parte de los funcionarios de la administración en especial la policía. La educación es una cuestión fundamental por lo que se reitera la necesidad de introducir asignaturas de interculturalidad y discriminación en todos los ámbitos educativos y en otros, incluido el jurídico. Se propone que, en la carrera judicial, se educara a los jueces temas de interculturalidad. Pero desde el punto de vista de la educación tiene que institucionalizarse desde abajo.

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En este sentido se ha manifestado la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) en su segundo informe sobre España, aprobado el 13 de diciembre del 2002 y publicado por el Movimiento contra la Intolerancia, pág 6.

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Promover la elaboración de una ley única de antidiscriminación, que no solo reproduzca las directivas europeas, sino que las complete y detalle en los campos relativos a la discriminación por origen racial o étnico. Sería buena que se incluya la perspectiva de género y no separarla pues también es política antidiscriminatoria. Debe existir un compromiso serio y firme de todas las autoridades y los dirigentes políticos de condenar firme y públicamente todas las manifestaciones de índole racista o discriminatoria. El plan estatal si se quiere ser global y efectivo, debe contemplar también a todas las personas inmigrantes en España en situación irregular. Es necesario que el plan estatal incluya un glosario de términos que debería definir una comisión de expertos, con antropólogos y educadores, que eviten confusiones posteriores.

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