ANTECEDENTES DECLARACIONES

CONVENIO ESPECÍFICO 13ICEIUNAM1001/INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM NÚMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-V111-13 CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ACAD

153 downloads 342 Views 105KB Size

Recommend Stories


- - - DECLARACIONES - - -
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL “HOSPITAL DE LA NIÑEZ OAXAQUEÑA” REPRESENTADO POR EL C. __________

DECLARACIONES JURADAS
CAPÍTULO I | NORMAS GENERALES TEMA DE Como cada año y de acuerdo al compromiso asumido con nuestros clientes en entregar información necesaria y opo

Story Transcript

CONVENIO ESPECÍFICO 13ICEIUNAM1001/INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM

NÚMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-V111-13

CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC. ITZEL ARIZABALO PRIEGO, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS E INMOBILIARIOS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO" Y POR OTRA PARTE; LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DR. EDUARDO BÁRZANA GARCÍA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO GENERAL, CON LA ASISTENCIA DEL DR. FELIPE BRACHO CARPIZO, DIRECTOR GENERAL DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, Y A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES EL DÍA 15 DE FEBRERO DEL 2007, LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO Y LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CELEBRARON UN CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN, CON NÚMERO DE REGISTRO 19628-143-12-11-07, PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS Y TRABAJOS CONJUNTOS EN MATERIA DE DOCENCIA, INVESTIGACIÓN, DIFUSIÓN DE LA CULTURA Y OTRAS EN BENEFICIO DE LA PARTES.

1.

PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA CLÁUSULA PRIMERA DEL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN, QUE PREVÉ LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS ESPECÍFICOS DE COLABORACIÓN, "LAS PARTES" CELEBRAN EL PRESENTE INSTRUMENTO. 3.

LA VIGENCIA DEL CONVENIO GENERAL DE COLABORACIÓN, ES INDEFINIDA DE ACUERDO CON LO ESTIPULADO EN SU CLÁUSULA NOVENA.

EXPUESTO LO ANTERIOR, "LAS PARTES" ESTÁN CONFORMES EN SUJETAR SU COMPROMISO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES INSERTOS EN LAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES DECLARA "EL INSTITUTO" A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE:

I.

1.1 QUE ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO; CREADO POR EL C. JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE DECRETO DE FECHA DIECIOCHO DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL MISMO AÑO Y DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 40, 46 Y 48 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1°, 2° Y 3° DE SU DECRETO DE CREACIÓN, VIGENTE EL DIECISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO, QUE TIENE POR OBJETO DISEÑAR, ELABORAR, PROPONER, PROMOVER, COORDINAR, EJECUTAR Y EVALUAR LAS POLITICAS Y PROGRAMAS DE VIVIENDA ENFOCADOS PRINCIPALMENTE A LA ATENCIÓN DE LA POBLACIÓN DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS DEL DISTRITO FEDERAL, EN EL MARCO GENERAL DE DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL VIGENTE Y DE LOS PROGRAMAS QUE SE DERIVEN DE ÉL.

1.2

QUE A TRAVÉS DEL OFICIO SIN NÚMERO DE FECHA DE 5 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012, EL C. MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA EN SU CARÁCTER DE JEFE DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 122 APARTADO C, BASE SEGUNDA, FRACCIÓN II, INCISO D), DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 67, FRACCIÓN V, Y 91 DEL ESTATUTO DE GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL; 2° DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN . PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL; 1° Y 2°, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL, 4° FRACCIÓN IX, DE LA LEY DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL; Y, ARTÍCULO CUARTO, FRACCIÓN II, Y NOVENO, DEL DECRETO QUE CREA EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, CON ESTA FECHA HA TENIDO A BIEN NOMBRAR COMO DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL AL ING. RAYMUNDO COLLINS FLORES.

1.3 QUE SU H. CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE ACUERDO INVI77EXT2402 TOMADO EN SU SEPTUAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DIA 16 DE ENERO DE 2013, CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO NOVENO DEL DECRETO QUE CREA EL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA Págin 1

c

CONVENIO ESPECIFICO 1310E1UNAM/0011INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM

NÚMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL DE FECHA 29 DE SEPTIEMBRE DE 1998, TOMA CONOCIMIENTO DEL NOMBRAMIENTO DEL ING. RAYMUNDO COLLINS FLORES COMO DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, A PARTIR DEL CINCO DE DICIEMBRE DE DOS MIL DOCE. 1.4

QUE SU H. CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, MEDIANTE ACUERDO INVI77EXT2404A TOMADO EN SU SEPTUAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 16 DE ENERO DE 2013, AUTORIZÓ LOS NOMBRAMIENTOS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN EL CARGO DE LOS DOS NIVELES JERÁRQUICOS INMEDIATOS INFERIORES AL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO, ENTRE LOS CUALES SE ENCUENTRA COMO DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS E INMOBILIARIOS LA LIC. ITZEL ARIZABALO PRIEGO.

1.5

QUE SU H. CONSEJO DIRECTIVO, MEDIANTE ACUERDO INVI77EXT2404B TOMADO EN SU SEPTUAGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN EXTRAORDINARIA, CELEBRADA EL DÍA 16 DE ENERO DE 2013, AUTORIZÓ AL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO, EN REPRESENTACIÓN DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, OTORGUE PODER GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS Y ACTOS DE ADMINISTRACIÓN A FAVOR DE LA LIC. ITZEL ARIZABALO PRIEGO. POR LO QUE EL ING. RAYMUNDO COLLINS FLORES, DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO, MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA NÚMERO 147,317, DE FECHA 6 DE FEBRERO DEL 2013, PASADA ANTE LA FE DEL LIC. ARMANDO GÁLVEZ PÉREZ ARAGÓN, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 103 DEL DISTRITO FEDERAL, EMITIDA CON APOYO EN EL ACUERDO ANTES PRECISADO CON ANTERIORIDAD Y EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 54, FRACCIÓN I, Y VII DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE DISTRITO FEDERAL Y SEXTO, FRACCIÓN IX DEL DECRETO DE CREACIÓN DEL INSTITUTO DE VIVIENDA DEL DISTRITO FEDERAL, PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL, EL 29 DE SEPTIEMBRE DE 1998, LE CONFIRIÓ FACULTADES A LA DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS E INMOBILIARIOS LA LIC. ITZEL ARIZABALO PRIEGO, SUFICIENTES PARA FORMALIZAR EL PRESENTE INSTRUMENTO.

1.6

QUE REQUIERE DEL SERVICIO DE CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA EL PERSONAL DE "EL INSTITUTO", CON EL FIN DE CONTRIBUIR AL MEJOR DESEMPEÑO Y EFICIENCIA DE LAS TAREAS QUE SE TIENEN ENCOMENDADAS; OBJETO DEL PRESENTE INSTRUMENTO, SERVICIO REQUERIDO MEDIANTE ORDEN DE SERVICIO NÚMERO OS-139, QUE CONTIENE LOS TRABAJOS NECESARIOS A EFECTUAR, EXPEDIDA POR LA SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS (CAPACITACIÓN).

1.7

QUE EN TÉRMINOS DEL ARTICULO 28 DE LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, ESTE ORGANISMO CUENTA CON LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL NÚMERO GCP-05-035, DE FECHA VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL TRECE, PARA CUBRIR EL PAGO DE RECURSOS DERIVADO DE LOS COMPROMISOS QUE EN ESTE INSTRUMENTO SE ESTABLECEN, CON CARGO A LA PARTIDA 3341 "SERVICIOS DE CAPACITACIÓN".

1.8

QUE PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE TENGA LUGAR ESTE CONVENIO SE SEÑALA COMO DOMICILIO EL UBICADO EN CANELA NO. 660, COL. GRANJAS MÉXICO, DELEGACIÓN IZTACALCO, CÓDIGO POSTAL 08400, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL. EL PRESENTE CONVENIO NO SE ENCUENTRA SUJETO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY DE ADQUISICIONES PARA EL DISTRITO FEDERAL, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN SU ARTICULO 1°, SEGUNDO PÁRRAFO.

1.9 QUE CUENTA CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO IVD9809298Z9. II.

DECLARA "LA UNAM" A TRAVÉS DE SU REPRESENTANTE:

11.1 QUE DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 1° DE SU LEY ORGÁNICA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 6 DE ENERO DE 1945, ES UNA CORPORACIÓN PÚBLICA, ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL ESTADO, DOTADA DE PLENA CAPACIDAD JURÍDICA, QUE TIENE POR FINES IMPARTIR EDUCACIÓN SUPERIOR PARA FORMAR PROFESIONISTAS, INVESTIGADORES, PROFESORES UNIVERSITARIOS Y TÉCNICOS ÚTILES A LA SOCIEDAD, ASI COMO ORGANIZAR Y REALIZAR INVESTIGACIONES, PRINCIPALMENTE ACERCA DE LAS CONDICIONES Y PROBLEMAS NACIONALES Y EXTENDER CON LA MAYOR AMPLITUD POSIBLE LOS BENEFICIOS DE LA CULTURA. 11.2

QUE LA REPRESENTACIÓN LEGAL DE ESTA CASA DE ESTUDIOS, SEGÚN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 9° DE SU LEY ORGÁNICA Y 30 DE SU ESTATUTO GENERAL, RECAE EN SU RECTOR, DR.

NÚMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

JOSÉ NARRO ROBLES, QUIEN TIENE, CONFORME A LA FRACCIÓN I DEL ARTICULO 34 DEL PROPIO ESTATUTO, FACULTADES PARA DELEGARLA. 11.3

QUE EL DR. EDUARDO BÁRZANA GARCÍA, EN SU CALIDAD DE SECRETARIO GENERAL, SE ENCUENTRA FACULTADO PARA SUSCRIBIR EL PRESENTE CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN EN REPRESENTACIÓN DE "LA UNAM", EN TÉRMINOS DEL ACUERDO QUE DELEGA Y DISTRIBUYE COMPETENCIAS PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS, CONTRATOS Y DEMÁS INSTRUMENTOS CONSENSUALES EN QUE LA UNIVERSIDAD SEA PARTE, PUBLICADO EN LA GACETA-UNAM EL 5 DE SEPTIEMBRE DE 2011.

11.4.

QUE DENTRO DE SU ESTRUCTURA ORGÁNICO-ADMINISTRATIVA SE ENCUENTRA LA DIRECCIÓN GENERAL DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, EN ADELANTE "LA DGTIC", LA CUAL CUENTA CON LA INFRAESTRUCTURA Y LOS RECURSOS NECESARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO, SIENDO SU TITULAR EL DR. FELIPE BRACHO CARP IZO.

11.5 QUE SEÑALA COMO DOMICILIO LEGAL EL 9°. PISO DE LA TORRE DE RECTORIA, CIUDAD UNIVERSITARIA, DELEGACIÓN COYOACÁN, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, CÓDIGO POSTAL 04510. 11.6 QUE CUENTA CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO UNA-290722-7Y5. III. DECLARACIONES CONJUNTAS DE "LAS PARTES": ÚNICO. QUE ES SU VOLUNTAD LA CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO, EN EL CUAL SE RECONOCEN

MUTUAMENTE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES CON LA QUE SE OSTENTAN TAL Y COMO QUEDÓ ASENTADO EN EL CAPITULO DE DECLARACIONES DEL PRESENTE INSTRUMENTO, TODA VEZ QUE LAS MISMAS NO LES HAN SIDO REVOCADAS NI LIMITADAS DE MANERA ALGUNA EN LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO. EXPUESTO LO ANTERIOR, "LAS PARTES" ESTÁN DE ACUERDO EN SUJETAR EL PRESENTE ACUERDO DE VOLUNTADES A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES INSERTOS EN LAS SIGUIENTES: CLÁUSULAS PRIMERA. OBJETO.

EL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ES QUE "LA UNAM", A TRAVÉS DE "LA DGTIC", PROPORCIONE AL PERSONAL ASIGNADO POR "EL INSTITUTO", CURSOS DE CAPACITACIÓN EN CÓMPUTO Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN, DE ACUERDO CON LO DETALLADO EN EL ANEXO ÚNICO, QUE SUSCRITO POR LOS REPRESENTANTES DE "LAS PARTES" FORMA PARTE INTEGRANTE DE ESTE INSTRUMENTO JURÍDICO. SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LA UNAM".

PARA LA EJECUCIÓN DE ESTE CONVENIO, "LA UNAM°, A TRAVÉS DE "LA DGTIC", SE COMPROMETE A: 1.

DESIGNAR AL INSTRUCTOR CON LA APTITUD PROFESIONAL QUE SE REQUIERE PARA LA IMPARTICIÓN DE LOS CURSOS SEÑALADOS EN LA CLÁUSULA PRIMERA, SIN NINGUNA RESPONSABILIDAD LABORAL PARA "EL INSTITUTO".

2.

IMPARTIR LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN DE ACUERDO CON LO SEÑALADO EN EL ANEXO ÚNICO, EL CUAL HA SIDO ACORDADO ENTRE "LA PARTES".

3.

IMPARTIR LOS CURSOS EN LAS FECHAS Y HORARIOS SEÑALADOS EN EL CALENDARIO INSERTO EN EL ANEXO ÚNICO DE ESTE CONVENIO.

4.

PROPORCIONAR A CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES INSCRITOS POR "EL INSTITUTO", EL MATERIAL DIGITAL CORRESPONDIENTE A LOS CONTENIDOS DE CADA CURSO, TAL COMO SE ESTABLECE EN EL ANEXO ÚNICO.

5.

ENTREGAR A "EL INSTITUTO", LOS COMPROBANTES FISCALES DIGITALES CORRESPONDIENTES, PARA EL TRÁMITE DE LAS APORTACIONES A SU CARGO, DE ACUERDO CON LO SEÑALADO EN EL ANEXO ÚNICO DE ESTE CONVENIO. Página 3

CONVENIO ESPECIFICO 13/CE/UNAM/0011INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM 6.

NúMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

ENTREGAR A "EL INSTITUTO", UNA VEZ CONCLUIDO CADA CURSO, EN UN PLAZO NO MAYOR A 20 (VEINTE) DÍAS HÁBILES, Y UNA VEZ REALIZADA LA APORTACIÓN CORRESPONDIENTE POR PARTE DE "EL INSTITUTO", LA CONSTANCIA DE ACREDITACIÓN A CADA PARTICIPANTE INSCRITO, SIEMPRE Y CUANDO HAYA OBTENIDO UNA CALIFICACIÓN MINIMA DE 8.0 (OCHO PUNTO CERO) Y CUMPLIDO CON UNA ASISTENCIA MINIMA DEL 80% (OCHENTA POR CIENTO), TAL Y COMO SE MENCIONA EN EL ANEXO ÚNICO DEL PRESENTE CONVENIO.

TERCERA. COMPROMISOS DE "EL INSTITUTO". PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DE ESTE CONVENIO "EL INSTITUTO", SE COMPROMETE A: 1.

QUE LOS CURSOS SERÁN IMPARTIDOS EN LAS FECHAS Y HORARIOS SEÑALADOS EN EL CALENDARIO INSERTO EN EL ANEXO ÚNICO DE ESTE CONVENIO.

2.

POR LA IMPARTICIÓN DE LOS CURSOS SEÑALADOS EN EL ANEXO ÚNICO, "EL INSTITUTO" APORTARÁ A "LA UNAM", LA CANTIDAD TOTAL DE $404,600.00 (CUATROCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M. N.), MISMA QUE SERÁ PAGADA EN PARCIALIDADES CORRESPONDIENTES A CADA CURSO IMPARTIDO, CONFORME A LAS FECHAS Y LOS COSTOS SEÑALADOS EN EL ANEXO ÚNICO DEL PRESENTE CONVENIO. LAS APORTACIONES SERÁN REALIZADAS MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA EN EL BANCO BBVA BANCOMER, S.A., CLABE 012180004466344942, SUCURSAL 7684, CLAVE DE PLAZA 00001, PLAZA BANCARIA VALLE BEISTEGUI A NOMBRE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR DE 20 (VEINTE) DÍAS NATURALES A PARTIR DE LA FECHA DE RECEPCIÓN DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL CORRESPONDIENTE. LA ENTREGA DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL SE HARÁ EN LA VENTANILLA ÚNICA DE "EL INSTITUTO", EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.

3.

ENTREGAR A "LA DGTIC" COPIA DE LOS COMPROBANTES DE PAGO, A MÁS TARDAR 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES POSTERIORES A QUE LOS HAYA EFECTUADO.

4.

PROPORCIONAR LOS MEDIOS Y LAS INSTALACIONES NECESARIAS, PARA EL DEBIDO DESARROLLO DE CADA CURSO DE ACUERDO CON LO DETALLADO EN EL ANEXO ÚNICO.

CUARTA. GARANTÍA. ACUERDAN "LAS PARTES", QUE "LA UNAM" NO EXHIBIRÁ FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONVENIO, TODA VEZ QUE ÉSTE LO CELEBRA EN SU CARÁCTER DE ORGANISMO DESCENTRALIZADO DEL ESTADO. QUINTA. COMISIÓN ESPECIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO. PARA VIGILAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES MATERIA DEL PRESENTE CONVENIO, "LAS PARTES" MANIFIESTAN SU CONFORMIDAD EN INTEGRAR UNA COMISIÓN ESPECIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO, LA CUAL ESTARÁ CONFORMADA POR LAS SIGUIENTES PERSONAS: POR PARTE DE "LA UNAM": ING. QUÍMICA ADELA CASTILLEJOS SALAZAR, DIRECTORA DE DOCENCIA EN TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN DE "LA DGTIC", CON DOMICILIO EN CIUDAD UNIVERSITARIA, CIRCUITO EXTERIOR SIN NÚMERO, DELEGACIÓN COYOACÁN, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, CÓDIGO POSTAL 04510, TELÉFONOS 56 22 85 45 Y 56 22 86 50, CORREO ELECTRÓNICO [email protected] . LIC. JOSÉ LUIS JANITZIO MEDINA FLORES, COORDINADOR DEL CENTRO SAN AGUSTÍN DE EXTENSIÓN ACADÉMICA EN TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN, CON DOMICILIO EN REPÚBLICA DEL SALVADOR NÚMERO 70, COLONIA CENTRO, DELEGACIÓN CUAUHTÉMOC, DISTRITO FEDERAL, CÓDIGO POSTAL 06000, TELÉFONOS 55184017 Y 55184110, CORREO ELECTRÓNICO [email protected]

POR PARTE DE "EL INSTITUTO": LIC. MARIA TERESA VILLAR CAMACHO, ENCARGADA DEL ÁREA DE CAPACITACIÓN, CON DOMICILIO EN CANELA NO. 660, 5° PISO, COLONIA GRANJAS MÉXICO, DELEGACIÓN IZTACALCO, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, CÓDIGO POSTAL 08400, TELÉFONO 51 41 03 00 EXT. 5707 CORREO ELECTRÓNICO teresa.villar.capacitació[email protected] Página 4

CONVENIO ESPECIFICO 13/CE/UNAM10011INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM

NÚMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

SEXTA. CONFIDENCIALIDAD. "LAS PARTES" SE OBLIGAN A MANTENER BAJO ESTRICTA CONFIDENCIALIDAD LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON LOS PROYECTOS, QUE SEA INTERCAMBIADA CON MOTIVO DEL PRESENTE CONVENIO. "LA UNAM" OBSERVARÁ LO PREVISTO EN EL REGLAMENTO DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES PARA LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO. SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL. "EL INSTITUTO" RECONOCE QUE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS, MANUALES Y NOTAS DE LOS CURSOS SON PROPIEDAD DE "LA UNAM" Y QUE DEBERÁ DÁRSELES EL TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN SUJETA A DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL. POR TANTO "EL INSTITUTO" CONVIENE EN NO QUITAR O ALTERAR CUALQUIER AVISO DE DERECHO DE PROPIEDAD DE "LA UNAM" O DE CUALQUIER OTRA ENTIDAD QUE ESTÉN CONTENIDOS EN EL MATERIAL EDUCATIVO. EN EL CASO DE QUE LLEGARAN A GENERARSE OTROS PRODUCTOS O CONOCIMIENTOS CON MOTIVO DE LA EJECUCIÓN DE ESTE CONVENIO, SUSCEPTIBLES DE REGISTRO O EXPLOTACIÓN, LOS DERECHOS PATRIMONIALES SOBRE LOS MISMOS CORRESPONDERÁN A LA PARTE CUYO PERSONAL HAYA REALIZADO EL TRABAJO QUE SEA OBJETO DE PROTECCIÓN EN LA MATERIA, DÁNDOLE EL DEBIDO RECONOCIMIENTO A QUIENES HAYAN INTERVENIDO EN SU REALIZACIÓN. SI LOS TRABAJOS SE REALIZARAN POR PERSONAL DE AMBAS PARTES, LA TITULARIDAD LES CORRESPONDERÁ A LAS DOS EN PROPORCIÓN A SU PARTICIPACIÓN. LAS PARTES PODRÁN UTILIZAR LA INFORMACIÓN DERIVADA DE LAS ACTIVIDADES DESARROLLADAS EN SUS ACTIVIDADES ACADÉMICAS. OCTAVA. RESPONSABILIDAD CIVIL. QUEDA EXPRESAMENTE PACTADO QUE NINGUNA DE "LAS PARTES", TENDRÁN RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUDIERAN CAUSARSE A LA CONTRA PARTE CON MOTIVO DEL PRESENTE CONVENIO, POR PARO DE LABORES ACADÉMICAS O ADMINISTRATIVAS, ASI COMO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO, EN VIRTUD DE LAS CUALES ALGUNA DE "LAS PARTES" SE ENCUENTRE IMPEDIDA PARA CUMPLIR OPORTUNAMENTE CON LOS COMPROMISOS DERIVADOS DEL OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO; EN LA INTELIGENCIA DE QUE, UNA VEZ SUPERADOS ESTOS EVENTOS, SE REANUDARÁN LAS ACTIVIDADES EN FORMA Y TÉRMINOS QUE DETERMINEN "LAS PARTES". NOVENA. RELACIÓN LABORAL. "LAS PARTES" CONVIENEN QUE EL PERSONAL APORTADO POR CADA UNA PARA LA REALIZACIÓN DEL PRESENTE CONVENIO, SE ENTENDERÁ EXCLUSIVAMENTE CON AQUELLA QUE LO EMPLEÓ, INDEPENDIENTEMENTE DE ESTAR PRESTANDO SUS SERVICIOS FUERA DE LAS INSTALACIONES, POR ENDE CADA UNA DE ELLAS ASUMIRÁ SU RESPONSABILIDAD POR ESTE CONCEPTO, Y EN NINGÚN CASO SERÁN CONSIDERADOS PATRONES SOLIDARIOS O SUSTITUTOS. DECIMA. VIGENCIA. EL PRESENTE CONVENIO ENTRARÁ EN VIGOR EL DIA DE SU FIRMA Y TENDRÁ VIGENCIA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013. DÉCIMA PRIMERA. COMUNICACIONES. LAS COMUNICACIONES DE TIPO GENERAL, ADMINISTRATIVO Y ACADÉMICO PRODUCTO DE ESTE CONVENIO, DEBERÁN DE HACERSE POR ESCRITO, FIRMADA POR LOS RESPONSABLES DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO Y ENVIADA POR FAX, MENSAJERO O CORREO ELECTRÓNICO DE ACUERDO CON LOS DATOS DETALLADOS EN LA CLÁUSULA QUINTA DE ESTE CONVENIO. DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES. EL PRESENTE CONVENIO PODRÁ SER MODIFICADO O ADICIONADO POR VOLUNTAD DE "LAS PARTES" MEDIANTE LA FIRMA DEL CONVENIO MODIFICATORIO RESPECTIVO, DICHAS MODIFICACIONES O ADICIONES OBLIGARÁN A LOS SIGNATARIOS A PARTIR DE LA FECHA DE SU FIRMA.

Página 5

CONVENIO ESPECÍFICO 13ICEIUNAM/0011INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM

NÚMERO DE REGISTRO UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

DÉCIMA TERCERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA. "LAS PARTES" PODRÁN DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE EL PRESENTE CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA EN CUALQUIER MOMENTO POR CAUSAS DE FUERZA MAYOR, CASO FORTUITO O RAZONES DE INTERÉS GENERAL, COMUNICÁNDOLO POR ESCRITO CON 30 (TREINTA) DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN. DE DARSE ESTE SUPUESTO, "EL INSTITUTO" PAGARÁ A "LA UNAM", EL MONTO CORRESPONDIENTE A LOS CURSOS IMPARTIDOS. DÉCIMA CUARTA. SUPERVISIÓN. "EL INSTITUTO" TENDRÁ LA FACULTAD DE VERIFICAR QUE LA IMPARTICIÓN DE LOS CURSOS OBJETO DEL PRESENTE CONVENIO SE ESTÉ EJERCIENDO POR "LA UNAM" CONFORME A LOS TÉRMINOS CONVENIDOS, EN EL PRESENTE CONVENIO. DÉCIMA QUINTA. CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES. "LAS PARTES" SE OBLIGAN A NO CEDER SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL PRESENTE CONVENIO A TERCERAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES. DÉCIMA SEXTA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. "LAS PARTES" CONVIENEN QUE EL PRESENTE INSTRUMENTO ES PRODUCTO DE LA BUENA FE, POR LO QUE TODA CONTROVERSIA E INTERPRETACIÓN QUE SE DERIVE DEL MISMO RESPECTO A SU OPERACIÓN, FORMALIZACIÓN Y CUMPLIMIENTO, SERA RESUELTA POR LA COMISIÓN ESPECIAL DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DESCRITA EN LA CLÁUSULA QUINTA DEL PRESENTE CONVENIO. DÉCIMA SÉPTIMA. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO. EN CASO DE NO LOGRARSE LO MANIFESTADO EN LA CLÁUSULA ANTERIOR Y PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONVENIO, ASÍ COMO PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, "LAS PARTES" SE SOMETERÁN A LA COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, RENUNCIANDO AL FUERO QUE PUDIERA CORRESPONDERLES POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO, O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.

LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE CONVENIO ESPECIFICO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA Y ENTERADAS "LAS PARTES" DE SU ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN POR CUADRUPLICADO SIENDO DOS EJEMPLARES PARA "LA UNAM" Y DOS EJEMPLARES PARA "EL INSTITUTO", EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, EL PRIMER DÍA DEL MES DE JULIO DE 2013. POR "Elit INSTITUTO"

POR "LA UNAM"

LIC. ITZEL A IZABALO PRIEGO DIRECTORA EJ CUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS E INMOBILIARIOS

DR. EDUARDO BÁRZANA GARCÍA SECRETARIO GENERAL

DR. FELIPE BRACHO CARPIZO DIRECTOR GENERAL DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Página 6

CONVENIO ESPECIFICO 13/CE/UNAM/0011INVIDF INVIDF & DGTIC-UNAM

NÚMERO DE REGISTRO

UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

ANEXO ÚNICO

1.

APORTACIONES.- "EL INSTITUTO" APORTARÁ A "LA UNAM", LA CANTIDAD TOTAL DE $404,600.00 (CUATROCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS PESOS 00/100 M. N.), DESGLOSADA DE LA SIGUIENTE FORMA: APORTACIONES CORRESPONDIENTES A CURSOS

ACCESS Básico e Intermedio

40

$1,445.00

$57,800.00

WORD Básico

40

$1,445.00

$57,800.00

WORD Intermedio

40

$1,445.00

$57,800.00

WORD Avanzado

40

$1,445.00

$57,800.00

EXCEL Básico

40

$1,445.00

$57,800.00

EXCEL Intermedio

40

$1,445.00

$57,800.00

EXCEL Avanzado

40

$1,445.00

$57,800.00

Total

$404,600.00

CALENDARIO CON FECHAS DE LOS CURSOS Y HORARIOS DE IMPARTICIÓN Nombre del Evento

Cons.

Salón

1

3

Word Básico

2

3

Excel Básico

3

3

Word Intermedio

4

3

Excel Intermedio

5

3

Word Avanzado

6

3

7

3

Excel Avanzado Access Básico e Intermedio

Periodo de impartición programado Del 29 de julio al 23 de agosto Del 29 de julio al 23 de agosto Del 26 de agosto al 20 de septiembre Del 26 de agosto al 20 de septiembre Del 23 de septiembre al 18 de octubre Del 23 de septiembre al 18 de octubre Del 21 de octubre al 15 de noviembre

Horario

Horas/Curso

De 9 a 11 Hrs.

40

De 15 a 17 Hrs.

40

De 9 a 11 Hrs.

40

De 15 a 17 Hrs.

40

De 9 a 11 Hrs.

40

De 15 a 17 Hrs.

40

De 9 a 11 Hrs

40

NOTA: LOS REQUISITOS MÍNIMOS PARA ACREDITAR LOS CURSOS SON: 80% (OCHENTA POR CIENTO) ASISTENCIA Y 8 (OCHO) DE CALIFICACIÓN MÍNIMA. LAS APORTACIONES SERÁN CUBIERTAS DE LA SIGUIENTE FORMA: 1.

APORTACIONES DE CURSOS IMPARTIDOS.- "EL INSTITUTO", REALIZARÁ LAS APORTACIONES CORRESPONDIENTES A LOS CURSOS IMPARTIDOS, EN UN PLAZO QUE NO EXCEDERÁ LOS 20 (VEINTE) DÍAS HÁBILES, POSTERIORES A LA FECHA DE RECEPCIÓN DEL COMPROBANTE FISCAL DIGITAL Y DEL EXPEDIENTE DEL CURSO, POR PARTE DE "LA UNAM" .

II. TÉRMINOS DE OPERACIÓN DE LOS CURSOS 1.

LUGAR DE IMPARTICIÓN. LOS CURSOS SERÁN IMPARTIDOS EN LAS INSTALACIONES DE "EL INSTITUTO", UBICADAS EN LA CALLE CANELA NO. 660, COLONIA GRANJAS MÉXICO, DELEGACIÓN IZTACALCO, MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, CÓDIGO POSTAL 08400. iq Página 7

■rP

CONVENIO ESPECÍFICO 1310E/UNAM/0011INVIDF INVIDF á DGTIC-UNAM NÚMERO DE REGISTRO

UNAM: 35327-1776-8-VIII-13

2.

PARTICIPANTES.- EL CUPO MÁXIMO PARA CADA GRUPO SERÁ DE 20 (VEINTE) PARTICIPANTES.

3.

INSCRIPCIÓN DE PARTICIPANTES. "EL INSTITUTO" ENTREGARA A "LA UNAM", AL INICIO DEL CURSO, LA LISTA CON EL NOMBRE DE LOS PARTICIPANTES, Y SERÁ RESPONSABLE DE NOTIFICAR DENTRO DE LOS 2 (DOS) DÍAS HÁBILES POSTERIORES AL INICIO DE CADA CURSO, CUALQUIER CAMBIO, SUSTITUCIÓN O BAJA DE PARTICIPANTES REGISTRADOS EN DICHA LISTA.

4.

MATERIAL DEL CURSO. AL INICIO DE CADA CURSO, "LA UNAM" PROPORCIONARÁ A LOS PARTICIPANTES REGISTRADOS EN LAS LISTAS ENVIADAS POR "EL INSTITUTO", EL MATERIAL CORRESPONDIENTE A LOS CONTENIDOS DEL MISMO EN FORMATO DIGITAL.

5.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN. "LA UNAM" OTORGARÁ CONSTANCIAS AL TÉRMINO DE CADA CURSO, A LOS PARTICIPANTES QUE CUMPLAN CON LOS SIGUIENTES REQUISITOS: ASISTENCIA MÍNIMA DEL 80% (OCHENTA POR CIENTO). RESOLUCIÓN DE EJERCICIOS Y PRÁCTICAS EN LAS CLASES. OBTENER CALIFICACIÓN IGUALO MAYOR QUE 8.0 (OCHO PUNTO CERO).

6.

CAMBIO DE PROGRAMACIÓN O CANCELACIÓN DEL CURSO. CUALQUIER CAMBIO EN LA PROGRAMACIÓN O CANCELACIÓN DE CUALQUIER CURSO, DEBERÁ SER NOTIFICADO POR ESCRITO A LA OTRA PARTE CON UN MÍNIMO DE 5 (CINCO) DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN.

7.

EXPEDIENTE DEL CURSO. "LA UNAM" EMITIRÁ UN EXPEDIENTE POR CURSO CON LOS SIGUIENTES ELEMENTOS: - LISTA DE ASISTENCIA. - LISTA DE CALIFICACIONES. - RESULTADOS DE LOS CUESTIONARIOS DE OPINIÓN DE LOS ALUMNOS.

LOS EXPEDIENTES SERÁN REMITIDOS POR "LA UNAM" A "EL INSTITUTO" A MÁS TARDAR 10 (DIEZ) DÍAS HÁBILES DESPUÉS DE CONCLUIDO CADA CURSO. UNA VEZ RECIBIDO EL EXPEDIENTE, "EL INSTITUTO" CONTARÁ CON 2 (DOS) DÍAS HÁBILES PARA VALIDAR LA INFORMACIÓN RECIBIDA, O BIEN INFORMAR POR ESCRITO A "LA UNAM" EN CASO DE EXISTIR ALGÚN INCONVENIENTE AL RESPECTO.

LEÍDO QUE FUE EL PRESENTE ANEXO ÚNICO Y ENTERADAS "LAS PARTES" DE SU ALCANCE Y FUERZA LEGAL, LO FIRMAN POR CUADRUPLICADO, SIENDO DOS EJEMPLARES PARA "LA UNAM" Y DOS EJEMPLARES PARA "EL INSTITUTO", EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL EL PRIMER DÍA DEL MES DE JULIO DE 2013. POR "EL INSTITUTO"

POR "LA UNAM"

LIC. ITZEL ARI BALO PRIEGO DIRECTORA EJEC TIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS E INMOBILIARIOS

DR. EDUARDO BÁRZANA GARCÍA SECRETARIO GENERAL

151,144-t,t.i.1 DR. FELIPE BRACHO CARPIZO DIRECTOR GENERAL DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Página 8

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.