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PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A LOS USUARIOS DEL CENTRO DE DIA DE MAYORES PARA EL PATRONAT

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SANITAS MAYORES RESIDENCIAS PARA MAYORES sanitas.es/mayores Nuestros compromisos El principal objetivo de Sanitas Mayores es ayudar a las personas

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AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE DEL CENTRO D./Dña. ……………………………………………………………………., como padre / madre / tutor del alumno ………………………………………………………, de ……….curso

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PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS A LOS USUARIOS DEL CENTRO DE DIA DE MAYORES PARA EL PATRONATO DE BIENESTAR SOCIAL

1.- OBJETO DEL CONTRATO. Constituye el objeto de este contrato el servicio de atención a los usuarios/as del Centro de Día para Mayores.

2.- CONDICIONES TECNICAS 2.1.FUNDAMENTO 

Facilitar la permanencia de la persona mayor dependiente en su entorno habitual, intentando alcanzar el mayor nivel de autonomía posible, ofreciendo un marco adecuado donde la participación en las actividades de manera individual o colectiva, según las características físicas y psíquicas de cada mayor, consigan disminuir la pasividad y el aislamiento y aumentar su grado de socialización.



Ofrecer apoyo social y asistencial a las familias y demás cuidadores informales, facilitando la mejor atención al mayor; interviniendo sobre el stress y los conflictos ocasionados por el cuidado permanente de las personas mayores y proporcionando formación sobre diferentes aspectos relacionado con el cuidado del mayor.



Intentar reducir el número de ingresos en el ámbito institucional.

2.2. INTRODUCCIÓN Los principios de integración y proximidad, inspiradores de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, encaminados a mantener a las personas y grupos en su medio familiar y entorno comunitario, conllevan la creación de recursos que ofrezcan el apoyo necesario a los familiares y personas mayores que viven en sus domicilios. La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, en su artículo 23, establece a tales fines y como línea fundamental de actuación, disponer la prestación de cuidados personales en centros de atención diurna o en centros residenciales, destinados a personas mayores dependientes. Los Centros de Día, concebidos como equipamiento especializado, de carácter socio rehabilitador y de estancia diurna para mayores de autonomía reducida, constituyen un recurso adecuado para conservar y /o recuperar la autonomía de la persona mayor, facilitando su permanencia en el medio familiar y comunitario; evitando su institucionalización y apoyando, a su vez, a las familias que atienden a sus mayores. Considerando necesario potenciar este recurso, el Ayuntamiento de Alcobendas ha suscrito un Convenio de Colaboración con la Comunidad de Madrid para la atención a personas mayores en el Centro de Día Municipal, con la colaboración de la iniciativa social que esté gestionando servicios de análoga naturaleza.

2.3. DEFINICIÓN DEL SERVICIO  A los efectos de este Pliego se entiende por Centro de Día, el servicio socio-sanitario y de apoyo familiar que ofrece durante el día atención a las necesidades personales básicas, terapéuticas y socio-culturales de personas mayores afectadas por diferentes grados de dependencia, a través de programas individualizados y previa valoración por el equipo multidisciplinar, promoviendo la permanencia en su entorno habitual.  El Centro de Día se ubicará en el Centro de Mayores Pedro González Guerra / Centro de Día Municipal, ubicado en la calle Orense nº 7.  El Servicio se prestará durante todo el año de lunes a viernes, excepto festivos, en horario comprendido entre las 8 y las 19:30 horas.  La capacidad del Centro, en lo que respecta al programa de estancias diurnas es de 35 usuarios/as afectados/as ( de las cuales 5 serán de adjudicación municipal y de carácter temporal) de una invalidez física y/o psíquica (incluida la demencia senil tipo Alzheimer) que les impida o limite gravemente para valerse por sí mismos, entendida como de asistencia simultánea, pudiendo ser atendidos, en régimen de asistencia alterna, un número mayor siempre que no se rebase dicha ocupación. 2.4. MODALIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO La Entidad o Empresa adjudicataria se compromete a realizar la prestación de los servicios siguiendo los objetivos, filosofía y metodología de trabajo que se contemplen en el Programa dependiente del Servicio Municipal de Mayores. El personal relacionado en el punto 11, apartado B, del presente Pliego, responderá a las indicaciones de funcionamiento del servicio que establezca el Coordinador del Servicio Municipal de Mayores. El Adjudicatario designará un responsable del servicio a su cargo. Dicho responsable recibirá y ejecutará las directrices que el Coordinador del Servicio Municipal de Mayores estime oportuno impartir en relación con la prestación del servicio. El Adjudicatario viene obligado a informar al Coordinador del Servicio Municipal de Mayores, a través del citado responsable, sobre cualquier incidencia significativa que se produzca en el desarrollo y prestación de los servicios, así como facilitar, puntualmente, cuanta información le sea requerida en relación con la misma.

2.5. SERVICIOS El Servicio de Centro de Día ofrece las siguientes prestaciones: 

MANUTENCIÓN

La manutención será prestada por la Empresa Adjudicataria del Servicio de cafetería y comedores de los centros municipales de mayores y sus precios serán los fijados anualmente por la Comunidad de Madrid y serán abonados al Patronato de Bienestar Social. Los menús serán de conocimiento de los usuarios/as con una antelación mínima de 24 horas. El médico a cargo de la adjudicataria deberá velar porque los menús garanticen el aporte calórico y dietético adecuado. Asimismo supervisará las dietas especiales para aquellos usuarios/as que lo precisen. Se servirán tres comidas ( desayuno, comida y merienda).

La empresa adjudicataria cuidará que las comidas y platos cocinados lleguen a temperatura adecuada a sus destinatarios/as. Se deberá prestar ayuda personal a los usuarios/as que no puedan comer por sí mismos, utilizando en su caso los medios técnicos precisos. 

ESTANCIA DIURNA

La estancia diurna comprende la utilización por el usuario/a del comedor, salas de convivencia y demás espacios comunes. 

CUIDADO PERSONAL A los usuarios/as se les prestará apoyo en el grado necesario, en cada caso, para el mantenimiento de su aseo personal y demás actividades de la vida diaria. Las toallas y los productos de aseo de uso común (jabones, colonias, pasta dentífrica, champú, gel) los aportará el Centro; los útiles de aseo de uso personal serán a cargo del usuario/a, así como los productos de marcas o tipos específicos por ellos/as preferidos. Los usuarios/as aportarán el material de incontinencia. El servicio incluirá, además, el apoyo necesario para la movilización de los usuarios/as a fin de mantener un nivel de funcionalidad y de interacción social adecuados.



CONTROL Y PROTECCIÓN Los usuarios/as gozarán de la mayor libertad de movimientos posible en las áreas de uso común del Centro en el que se preste el Servicio. En aquellos casos que, por condicionamiento de índole física o psíquica, puedan preverse situaciones de riesgo para la integridad de los usuarios/as, se establecerán las medidas de control y protección necesarias.

2.6.

ATENCIÓN GERONTOLÓGICA REHABILITADORA

Al ingreso de cada usuario/a se llevará a cabo su estudio y evaluación interdisciplinar. En base al mismo se elaborará un Programa de Atención Personalizada que comprenderá todas aquellas actuaciones dirigidas a alcanzar y mantener su salud, autonomía personal e integración social en el mayor grado posible. De cada usuario/a deberá existir un expediente personal en el que constará la información social y médica, así como la que pueda derivarse del programa a que esté sujeto el usuario/a, los informes técnicos correspondientes, diagnósticos, tratamientos prescritos, seguimiento y evaluación del programa que se haya fijado, así como las incidencias producidas en su desarrollo. Se llevarán a cabo actuaciones de medicina preventiva y rehabilitadora dirigidas a mantener y mejorar la salud y la autonomía personal de los usuarios/as, sin perjuicio de la utilización de los servicios sanitarios del Sistema de Salud al que pueda estar acogido el usuario/a. Se prestará a los usuarios/as que lo precisen los tratamientos de fisioterapia y terapia ocupacional. Las prótesis, sillas de ruedas y ayudas técnicas de uso personal serán a cargo de los usuarios/as, sin perjuicio de la cobertura que el Sistema de Salud correspondiente prevea en cada caso.

En supuestos de urgencia se efectuará el traslado y acompañamiento de los usuarios/as a centros sanitarios, sin perjuicio de utilizar los medios y recursos del Sistema de Salud que correspondan, siendo a cargo de los familiares el seguimiento y acompañamiento en el centro sanitario respectivo. Los gastos que, en su caso, origine dicho traslado serán por cuenta de los usuarios/as. Se elaborará anualmente un programa de actividades de animación sociocultural, que se llevará a cabo tanto dentro del Centro como fuera del mismo, proporcionando a los usuarios/as el acompañamiento y apoyo personal necesario para su participación en las mismas. Se mantendrán relaciones y contactos periódicos con los familiares o allegados de los usuarios/as y se comunicará, en su caso, las incidencias de interés producidas en la jornada. Deberán realizarse programas de apoyo a las familias. 2.7.

TRANSPORTE

Se prestará el servicio de transporte a los usuarios/as (que les haya sido asignada plaza que lo incluya) domiciliados en la zona asignada al Centro, desde su domicilio al mismo y viceversa. Para el transporte se dispondrán de dos vehículos, de los cuales uno será aportado por el adjudicatario. Este deberá estar convenientemente adaptado para ser utilizado por personas que precisen la utilización de sillas de ruedas; contar con todos los requisitos exigidos por la legislación vigente para la circulación de vehículos a motor y el transporte de personas, haber superado las inspecciones técnicas pertinentes, disponer de los seguros reglamentarios y, además, contratar una póliza de seguro de ocupantes para tantas plazas como usuarios/as a transportar. El otro será proporcionado por el Ayuntamiento de Alcobendas. La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario para garantizar la adecuada atención y seguridad del usuario/a, durante todo el trayecto, en ambos vehículos. El vehículo que aporte la adjudicataria para la prestación de éste servicio deberá también contar con calefacción y aire acondicionado en perfecto estado de funcionamiento y tener unas características tales que le permitan circular incluso por calles de reducidas dimensiones. Los vehículos deberán llevar los signos de identidad institucionales que se determinen por el Ayuntamiento de Alcobendas. La empresa adjudicataria deberá disponer, como mínimo, de los siguientes medios personales para la prestación del servicio de transporte: Dos conductores, uno para cada vehículo y, además del conductor, cada vehículo deberá contar, al menos, con un acompañante también suministrados por la adjudicataria, que deberá realizar las siguientes funciones: •

Prestar a los usuarios la ayuda necesaria, en caso de que la precisen y no puedan prestársela sus familiares o personas con las que conviva, para el traslado desde su piso o vivienda al vehículo y viceversa. Corresponde al Servicio de Mayores la apreciación de si el usuario precisa ayuda y no pueden prestársela sus familiares o personas con las que conviva. También comprende la ayuda necesaria para el traslado del usuario desde el vehículo al Centro y de éste a aquel.



Ayudar a los usuarios/as para la subida y bajada del vehículo y su ubicación en los asientos.



Control y apoyo personal a los usuarios/as para su adecuada atención y seguridad en cada vehículo y durante todo el trayecto.



Asistir al usuario/a hasta que sea recogido por el cuidador responsable o la persona designada a tal efecto.



Cumplimentar la hoja de ruta diaria con las incidencias habidas, las personas transportadas y las observaciones que se estimen oportunas en relación con el servicio prestado.

La ruta o rutas que se establezcan para la prestación del servicio del transporte se diseñarán de manera que los usuarios/as pasen el menor tiempo posible en las mismas, permitiendo su presencia en el Centro de Día al inicio de su actividad diaria y hasta su finalización. El servicio de transporte deberá prestarse durante todo el año, de lunes a viernes, excepto festivos. En caso de que no pudiera prestarse el servicio con normalidad por circunstancias no imputables al Centro, la empresa adjudicataria deberá poner los medios necesarios para que el mismo se efectúe, con la mínima pérdida de tiempo o, si esto no fuera posible, correr con los gastos de transporte alternativo. El tiempo empleado por el personal de apoyo necesario para la prestación de este servicio no podrá ser computado para cumplir con los requerimientos de personal y jornada establecidos. El contratista deberá adoptar las medidas necesarias para mantener los vehículos en perfectas condiciones técnicas y de limpieza e higiene. •

2.8.

El contratista tendrá en el propio vehículo en el que se realiza el transporte de los usuarios hojas de reclamaciones a disposición de los mismos o de sus familiares, debiendo dar cuenta al Servicio de Mayores. OTROS

Se pondrá a disposición de los usuarios/as los servicios de podología y peluquería que se prestan en los Centros de Mayores Municipales. Los usuarios/as de estos servicios abonarán los mismos precios fijados por el Ayuntamiento de Alcobendas para todos los socios de los citados Centros. 2.9. 

RÉGIMEN DE UTILIZACIÓN Nº DE PLAZAS: El número de plazas disponibles será de 35. ( de las cuales 5 serán de adjudicación Municipal y con carácter temporal)



USUARIOS

Podrán ser usuarios/as del Centro de Día las personas que reúnan los siguientes requisitos: -



Ser mayor de 60 años Estar afectado de una invalidez física y/o psíquica (incluida la demencia senil tipo Alzheimer) que les impida o limite gravemente para valerse por sí mismos. Residir en el municipio de Alcobendas No padecer enfermedad infecto-contagiosa en fase activa, ni cualquier otra que requiera atención continuada o permanente en centro hospitalario. Según el Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Alcobendas y la Comunidad de Madrid corresponde a la Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid la determinación de la concurrencia de las circunstancias antedichas, así como su interpretación o modificación.

PERIODO DE ADAPTACIÓN Se considera periodo de adaptación del usuario/a el constituido por los treinta días naturales siguientes al de su incorporación al Centro de Día. Transcurrido dicho periodo, el usuario/a consolidará su derecho a la utilización del Servicio.

Si durante dicho periodo se apreciasen circunstancias personales que impidieran la atención del usuario/a, el Adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento del Servicio de Mayores, quien adoptará la resolución correspondiente. 

INCIDENCIAS

El Adjudicatario notificará al Servicio Municipal de Mayores las incidencias que se produzcan respecto a la incorporación de usuarios/as, así como las bajas y altas de los mismos, dentro de los tres días siguientes a que se produzcan. 

PROGRAMA DE ATENCIÓN

El servicio de Atención se dirige a personas mayores que tengan una autonomía personal suficiente y tiene como finalidad promover el bienestar social de los Mayores, proporcionando la mejora de su calidad de vida y la integración social de las mismas. Los objetivos que se pretenden conseguir son:



-

Potenciar y favorecer la promoción social, cultural y recreativa de las mayores promoviendo su desarrollo personal.

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-

Favorecer el acceso de las personas mayores a los bienes culturales y fomentar entre ellas el empleo creativo del ocio y Tiempo libre para mejorar su calidad de vida, así como su capacidad de sentirse útiles.

-

Promover la integración social de las personas mayores, propiciando el encuentro y la colaboración intergeneracional.

-

Orientar y promover las adecuadas condiciones sanitarias en las personas mayores.

-

Elevar los niveles educativos y culturales de los mayores, mediante el enriquecimiento de actividades ofrecidas en el Centro y su participación en otros recursos del Municipio.

-

Promover la participación de los mayores en la planificación y desarrollo de las actividades socioculturales.

ACTIVIDADES A DESARROLLAR

Las actividades a desarrollar para cumplir con los objetivos definidos en el punto anterior se enmarcarán dentro de la Programación dependiente del Servicio de Mayores del Ayuntamiento de Alcobendas. Dichas actividades supondrán actuaciones complementarias a las realizadas desde el Ayuntamiento de Alcobendas o en colaboración con otras Entidades. Para el desarrollo de las actividades el Centro de Día estará abierto al público desde las 08:00h hasta las 19:30 horas, de lunes a viernes (excepto festivos), durante todo el año. La Empresa o Entidad adjudicataria aportará los medios personales y materiales suficientes para el desarrollo de las actividades que se establezcan. El Adjudicatario podrá facturar directamente al usuario/a el importe que se establezca, previa aprobación del Ayuntamiento de Alcobendas, para el desarrollo de diversas actividades y servicios, tales como talleres, etc.

2.10.RELACIÓN CON LOS USUARIOS La Empresa que preste el Servicio deberá eludir todo conflicto personal con el usuario/a, informando expresamente al Coordinador del Servicio de Mayores del Ayuntamiento de Alcobendas de todo incidente que se produzca. La empresa adjudicataria deberá acreditar, por escrito, al Patronato de Bienestar Social, que ha realizado, para los servicios contratados, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo deberán acreditar por escrito que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios según el contrato, de acuerdo con lo establecido en RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. 2.11. MEDIOS QUE DEBE APORTAR EL ADJUDICATARIO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El personal actual (descrito a continuación) será subrogado por la empresa adjudicataria. Figura como anexo sus condiciones laborales

A.- MEDIOS MATERIALES: •

Un vehículo para la realización del transporte de usuarios/as, adaptado y en las condiciones establecidas en el apartado correspondiente al transporte.

B.- MEDIOS PERSONALES: Para el desarrollo de los servicios y actividades descritas en el presente Pliego, el adjudicatario se obliga a contratar, como mínimo, el personal que se detalla a continuación:



1 Auxiliar Administrativo/a ........................................................... 20 horas semanales



1 Terapeuta ocupacional ............................................................. 25 horas semanales



1 Fisioterapeuta .......................................................................... 15 horas semanales



1 Diplomado/a en Trabajo Social ............................................... 30 horas semanales (20 para desempeñar funciones de Responsable).



1 Médico/a Geriatra ....................................................................... 5 horas semanales



1 DUE – ATS ............................................................................... 10 horas semanales



5 Aux. Clínica y/o Aux. Geriatría ................................................. 40 horas semanales

• 2 Conductores con los permisos correspondientes (BTP) para conducir los vehículos adaptados. •

2 acompañantes, uno para cada vehículo.

Sujeto a modificación de acuerdo con el Convenio suscrito con la Comunidad de Madrid.

Las bajas en el caso de los Aux. de clínica y/o Aux. de Geriatría y Conductores se sustituirán al día siguiente de producirse, en el caso de los técnicos en un periodo máximo de 10 días laborables.

2.12. OTRAS CONSIDERACIONES El Patronato de Bienestar Social afrontará los gastos de suministro eléctrico, agua, calefacción y mantenimiento de la red eléctrica, así como las fotocopias que el centro de día precise efectuar para el desarrollo de su actividad. La empresa adjudicataria se hará cargo del mantenimiento del Centro exceptuando lo especificado en el párrafo anterior. La empresa adjudicataria deberá solicitar la titularidad de los números de teléfono 91.241.46.26 y 91 241.49.73 y cederla de nuevo al Patronato de Bienestar Social cuando finalice el contrato suscrito.

3.- TIPO DE LICITACION. Se señala como tipo máximo de licitación las siguientes cantidades: •



Las plazas de la Comunidad de Madrid serán 30. Precio por plaza/día ocupadaasignada 35,46 € más 1,42 € de IVA con transporte y 25,85 más 1,03 € de IVA sin transporte. Las plazas podrás ser asignadas por días alternos. Se pagará por plaza ocupada. Condicionando el precio a la financiación vía Convenio con la Comunidad de Madrid. El precio de las cinco plazas de carácter municipal será 32,06 € más 1,28 € de IVA con transporte y 22,46 € más 0,90 € de IVA sin transporte. Se pagará por plaza ocupada.

4.- PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo fijado para la ejecución del contrato estará supeditado a la duración del Convenio de esta Administración con la Comunidad de Madrid, con una duración máxima de dos años. Su cómputo se iniciará a partir de la firma del contrato El contrato podrá prorrogarse por mutuo acuerdo entre las partes, antes de su finalización, por un periodo de un año de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 y 203 del Texto Refundido a la Ley de Contratos del Sector Público 3/2011 siempre supeditado a la firma del Convenio con la Comunidad de Madrid. En el supuesto de denuncia del contrato por alguna de las partes, el adjudicatario quedará en situación de prórroga forzosa y prestando el servicio, hasta que quede nuevamente cubierto en la forma que el Patronato determine, durante un plazo máximo de seis meses.

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