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ASPECTOS FISCALES IMPORTANTES DEL SECTOR AGROPECUARIO C.P.C. MARTIN AGUAYO SOLANO Audit | Tax | Advisory |
Septiembre, 2016
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Artículo 74 LISR
Régimen Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas (AGAPES) PM de Derecho Agrario y demás Personas Morales que se dediquen exclusivamente a estas actividades Las Personas Físicas que se dediquen exclusivamente a estas actividades
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Artículo 74 LISR
Se considera que realizan Actividad Exclusiva: Aquellas contribuyentes cuyos ingresos por AGAPES representen cuando menos el 90% del total de sus ingresos. No se incluyen los ingresos por enajenación de activos fijos y terrenos de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad
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Artículo 74 LISR
Ingresos acumulables •
Ingresos ( efectivamente percibidos ) propios de la actividad de la PM y/o el correspondiente a c/u de sus integrantes.
•
Enajenaciones de activos fijos y terrenos (Ganancia por venta efectivamente cobrada)
•
Otros -Intereses a favor, -Estímulos fiscales, -Apoyos gubernamentales, -Recuperación de seguros, etc.
• No calcula ajuste anual por Inflación Acumulable. Audit | Tax | Advisory |
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Artículo 74 LISR
Ingresos Exentos Personas Morales Ingresos exentos de hasta 20 VSMG (1) elevado al año por c/u de sus socios sin exceder a 200 VSMG. Personas Físicas Ingresos exentos de hasta 40 VSMG año.
(1) elevado
al
(1) Unidad de Medida y Actualización (UMA) DOF 27-enero-2016 • Por 2016 será equivalente al que tenga el salario mínimo general vigente diario (SMGV) para todo el país $73.04 Audit | Tax | Advisory |
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Artículo 74 LISR Pago de ISR Personas Morales Regla 1.11. Facilidades Administrativas 2016 Sociedades y asociaciones de productores y personas morales constituidas exclusivamente por personas físicas MONTO DE INGRESOS
TASA
Hasta $5,331,920
Exentos
De $5,331,921 hasta $112,770,108
21%
De $112,770,109 en adelante
30%
Unidad de Medida y Actualización (UMA) $73.04
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Artículo 74 LISR Pago de ISR Personas Morales Distintas de sociedades y asociaciones de productores y de personas morales constituidas exclusivamente por personas físicas MONTO DE INGRESOS
TASA
Hasta $5,331,920
Exentos
De $5,331,921 hasta $11,277,011
21%
De $11,277,012 en adelante
30%
Unidad de Medida y Actualización (UMA) $73.04
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Artículo 74 LISR
Pago de ISR Personas Físicas
MONTO DE INGRESOS
TASA
Hasta $1,066,384
Exentos
De $1,066,385 hasta $11,277,011
21%
De $11,277,011 en adelante
Tarifa Art. 152
Unidad de Medida y Actualización (UMA) $73.04
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Artículo 74-A LISR
Personas Físicas Cuyos ingresos provenientes de AGAPES representen por lo menos el 25% de sus ingresos totales, y Que sus ingresos totales en el ejercicio no excedan de 8 veces UMA $213,160
Se exenta del ISR a los ingresos de dichas actividades hasta por un UMA elevado al año $26,660 Disposición aplicable desde el ejercicio 2014, quienes obtengan saldo a favor únicamente lo podrán compensar. (Fracción II Artículo Segundo DT 2016) Audit | Tax | Advisory |
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Deducciones Deducciones Autorizadas Efectivamente erogadas, excepto inversiones en AF
Inversiones en AF en base a % de deducción: Excepto erogaciones en AF realizadas por: PF con ingresos hasta 423 UMA ($11,277,011) PM (socios PF y PM) con ingresos menores 423 UMA ($11,277,011) PM Productores
No calcula ajuste anual por inflación deducible Deducciones vía facilidades administrativas **UMA 73.04
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Facilidades Administrativas Facilidades de comprobación (R 1.2) Hasta el 10% de los Ingresos Propios por los siguientes conceptos: COMPROBANTES SIN REQUISITOS Alimento de Ganado. Mano de Obra de Eventuales del Campo. Gastos Menores.
Sin Exceder de $800,000 durante el ejercicio Audit | Tax | Advisory |
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Facilidades Administrativas Facilidades de comprobación (R 1.2)
Efectivamente Erogado. Registrado en Contabilidad. Obtener Comprobante Simplificado: Nombre y Domicilio del Enajenante o Prestador de Servicios. Lugar y Fecha de Expedición Cantidad y Clase de Mercancías. Valor unitario e importe total en número o letra. Audit | Tax | Advisory |
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Facilidades Administrativas
Regla 1.4. Retención de ISR a trabajadores eventuales del campo
Aplica a trabajadores eventuales del campo Enterar retención ISR del 4% No obligación de elaborar nómina Elaborar relación indicando monto pagado e ISR retenido
Emitir el correspondiente CFDI por concepto de nómina Presentar el 15 de febrero relación Individualizada de los trabajadores por los que se ejerza la facilidad Audit | Tax | Advisory |
“Timbrado de Nómina” En sustitución de la declaración informativa © 2016, Gossler, SC
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Facilidades Administrativas
Timbrado de Nómina
Requisitos El “CFDI” que se emita deberá contener: Las Erogaciones por concepto de remuneración Las retenciones correspondientes
El CFDI de nómina deberá cumplir con el complemento que publique el SAT Regla 2.7.5.3.
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TEMAS CNA - SAT Actividad exclusiva de Personas Físicas con ingresos por actividades AGAPES Problemática: Para determinar la actividad exclusiva, la legislación actual no precisa si los ingresos totales de las PF se refieren solo a los ingresos por actividades AGAPES o deban considerarse los demás ingresos que obtenga la PF Que se esta solicitando:
Se permita determinar la actividad exclusiva de las PF solo considerando los ingresos totales por actividades AGAPES
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TEMAS CNA - SAT Timbrado de nómina Problemática: Imposibilidad práctica del sector para cumplir con el requisito de timbrar la nómina de los trabajadores eventuales del campo Que se esta solicitando: Emisión de normatividad por parte de la autoridad que permita cumplir con esta obligación mediante el uso de un RFC genérico
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TEMAS CNA - SAT Empresas Integradoras Problemática: La legislación actual no contempla disposiciones que regulen la tributación de las empresas integradoras respecto a los ingresos y gastos realizados por cuenta de sus integrantes Que se esta solicitando: Emitir normas misceláneas o regulaciones administrativas (tal y como existían hasta 2013) que permitan dar continuidad a este tipo de empresas
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TEMAS CNA - SAT Ingresos por estímulos fiscales o apoyos de gobierno Problemática: Este tipo de ingresos pueden llegar a ser representativos en relación con los ingresos obtenidos en el ejercicio, estando en riesgo la determinación de la actividad exclusiva del contribuyente Que se esta solicitando: Se permita a PF y PM que para determinar el % de ingresos relacionados exclusivamente con la actividad de AGAPES no se incluyan el monto obtenido por estímulos o apoyos del Gobierno
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TEMAS CNA - SAT Reducción de ISR de PM con actividades AGAPES Problemática:
Las disposiciones actuales (regla 1.11 de facilidades) permite la reducción en un 30% de ISR a las PM con ingresos hasta 4,230 UMA y que sean constituidas exclusivamente por PF Que se esta solicitando: Se confirme que la reducción del ISR del 30% aplica a los ingresos de hasta 4,230 UMA y que por los ingresos excedentes se pagará el ISR sin reducción Se considere que la reducción del ISR del 30% aplique a todas las PM aún cuando sus socios o accionistas no sean únicamente PF Audit | Tax | Advisory |
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TEMAS CNA - SAT Salida de Régimen Problemática: Las disposiciones actuales no existe un procedimiento para que los contribuyentes dejen de tributar en el régimen de AGAPES y pasen a tributar en el régimen general Que se esta solicitando: Establecer disposiciones o mecanismos de transición aplicables a los contribuyentes que dejen de tributar en el Régimen de AGAPES
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INICIATIVA 2017 LEY DE INGRESOS y REFORMA FISCAL ISR
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Ley de Ingresos de la Federación 2017 Prevalecen las mismas tasas de recargos. La tasa de retención del ISR aplicable a intereses pagados por el sistema financiero se incrementa a 0.58% sobre el capital (Artículo 21). Hasta 2016 la tasa era del 0.50%.
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Ley de Ingresos de la Federación 2017 Estímulos Fiscales (Artículo 16)
Se mantienen para el ejercicio de 2017:
Crédito Diésel Sector agropecuario y maquinaria en general vs ISR y Retenciones. Devoluciones sector agropecuario ( P.F.$747.69 y $1,495.39 al mes). Acreditamiento en el ejercicio opción factor 0.355
Se incorpora en la aplicación de este estímulo el concepto “biodiésel y sus mezclas” Audit | Tax | Advisory |
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Ley del Impuesto sobre la Renta (Artículo 16 y 90)
NO se consideran Ingresos Acumulables Los apoyos económicos o monetarios que reciban los contribuyentes a través de programas presupuestarios gubernamentales, siempre que:
Los programas cuenten con un padrón de beneficiarios Los recursos se distribuyan a través de transferencia electrónica de fondos Se cumplan las obligaciones establecidas en cada programas Se cuenten con opinión favorable del cumplimiento de obligaciones fiscales
Los gastos o erogaciones realizadas con los apoyos económicos no serán deducibles para efectos del ISR Audit | Tax | Advisory |
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GRACIAS
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