Ayuntamiento de Castro-Urdiales Negociado REC.- RECURSOS HUMANOS 22.- MGF

Ayuntamiento de Castro-Urdiales PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS DEL 21 A 26 DE MARZO DE 2012 (AMBOS INCLUSIVE) Negociado REC.- RECURSOS HUMANOS

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Ayuntamiento de Castro-Urdiales PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS DEL 21 A 26 DE MARZO DE 2012 (AMBOS INCLUSIVE)

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REC/67/2010

Asunto

PROCESOS SELECTIVOS ORGANISMO AUTÓNOMO RESIDENCIA DE ANCIANOS BOLSA DE TRABAJO CATEGORÍA DE AUXILIAR DE RECEPCIÓN

16-03-12 09:18 Interesado

ORGANISMO AUTONOMO LOCAL RESIDENCIA MUNICIPAL DE CASTRO URDIALES VIA NO ESPECIFICADA 5T201Z675W47203815VQ

²5T201Z675W47203815VQl» BASES REGULADORAS DEL PROCESO PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL INTERINO EN LA CATEGORÍA PROFESIONAL DE AUXILIAR DE RECEPCIÓN DEL OAL RESIDENCIA MUNICIPAL DE CASTRO URDIALES POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA. PRIMERA.- Objeto. Es objeto del presente proceso la selección de un/a Auxiliar de Recepción para la suscripción de un contrato laboral de duración determinada, para la sustitución de trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo en la referida categoría o equivalente, modalidad contractual prevista en el artículo 15.1 c) del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 marzo, mediante el sistema de concurso de valoración de méritos. La motivación a la que responde la elección del sistema selectivo de concurso de valoración de méritos se debe a la urgencia en la sustitución, pues la causa de la sustitución se ha producido de manera no prevista ni con posibilidad de previa planificación. Asimismo, la dicción del artículo 61.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, admite expresamente la opción por el sistema de concurso aún cuando vaya referido al personal laboral fijo, más aún, tratándose de personal laboral temporal. De otro lado, la imposibilidad de proporcionar un mínimo período de formación requiere necesariamente la constatación de una previa experiencia profesional y conocimiento que se extrae con total acierto a través del sistema de valoración de méritos que versen sobre estos extremos. El contrato que se suscriba contendrá un periodo de prueba, de al menos 15 días, de conformidad y con los efectos establecidos en el articulo 14 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 18 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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El presente proceso selectivo servirá para la confección de una eventual lista de espera o bolsa de empleo de puestos de trabajo de similares características. La posición en dicha bolsa se determinará por orden de mayor a menor puntuación obtenida quedando la Comisión de Valoración facultada para determinar la puntuación mínima exigida a efectos de inclusión en la Bolsa, dicha puntuación mínima deberá garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes. Formarán parte de la Bolsa todos aquellos aspirantes que superen la puntuación señalada salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha Bolsa. La Bolsa tendrá vigencia en tanto se celebre un nuevo proceso selectivo para plaza de similares características o cuando por el tiempo transcurrido u otras circunstancias debidamente motivadas contrarias a su finalidad la Junta Rectora de la Residencia acuerde su extinción. El llamamiento de los integrantes se realizará por estricto orden de prelación. SEGUNDA.-Requisitos de los aspirantes. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, que deberán mantener hasta la formalización del contrato: a) Tener la nacionalidad española o de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados miembros, que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea , siempre que no estén separados de derecho, o ser sus descendientes o los de su cónyuge menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas, en conformidad con la Ley 17/1.993. Podrán acceder además de las anteriores, los extranjeros residentes en España, siempre que cuenten con los requisitos legales para ser contratados laboralmente en España. Los nacionales de otros Estados deberán demostrar conocimientos suficientes de castellano, pudiéndose exigir la realización de pruebas con esta finalidad.

Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 28 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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b) Tener cumplidos, en la fecha de la convocatoria, los dieciséis años de edad y no exceder en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio del Estado, Comunidades Autónomas, o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. d) Estar en posesión, o en condiciones de obtener el título de Graduado Escolar o equivalente según la normativa del Ministerio de Educación. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación. f) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Todos los requisitos anteriores deberán reunirlos los aspirantes en la fecha en que finalice el plazo para la presentación de instancias solicitando tomar parte en la Convocatoria. TERCERA.- Personas con discapacidad. A los efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, y no tratándose el presente proceso selectivo de la cobertura de plazas vacantes sino de la conformación de una bolsa de empleo se adecuará el cumplimiento de la normativa efectuando, de cada dos nombramientos, el segundo a favor de una persona que hubiere acreditado su condición de discapacidad en el seno del proceso selectivo. La acreditación se acompañará a la instancia de participación. CUARTA.-Incompatibilidades del cargo. Las comprendidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. QUINTA.-Instancias. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se dirigirán al Sr. Presidente de la Residencia Municipal de Castro Urdiales. Se presentarán Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 38 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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en el Registro General de la Residencia de Castro Urdiales en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la Convocatoria en el Tablón de Edictos de la Residencia Municipal y del Ayuntamiento, y se publicará en la página Web del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales a efectos informativos exclusivamente. En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas. A la solicitud se acompañará un curriculum vitae actualizado, una fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, una fotocopia simple del Título exigido, un informe de vida laboral actualizado, copia simple de contratos de trabajo por cuenta ajena o documentos acreditativos de la toma de posesión de empleo público y documentación acreditativa de los méritos alegados, certificaciones, justificantes o documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, y documento acreditativo de haber abonado la tasa correspondiente por derechos de examen (marcando la casilla D-C2). Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. SEXTA.-Admisión de los aspirantes. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Residencia Municipal aprobará la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión y será expuesta en el Tablón de Edictos de la Residencia Municipal y comunicada telefónicamente a sus integrantes, concediéndose un plazo de un día para la subsanación de los posibles errores en las instancias presentadas, aceptándose la subsanación realizada vía telefax al número 942 867 648. Transcurrido el plazo, se elevará a definitiva. Asimismo, será publicado en el Tablón de Edictos de la Residencia Municipal, la indicación del lugar y la fecha de baremación, que será comunicada telefónicamente a los aspirantes admitidos.

Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 48 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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A los efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Comisión de Valoración que deba juzgar la presente convocatoria, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a la misma. SÉPTIMA.-Comisión de Valoración. La Comisión de Valoración se constituirá de la siguiente forma: Presidente: -D. José Luis Trueba Barquín, funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales. Suplente: D. Juan Antonio Arizmendi López, funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales. . Vocal:- D. Álvaro Pérez Sáez funcionario de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales. Suplente: Dña. María Carmen Villanueva Helguera funcionaria de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales. Secretaria: Dña. Alicia Maza Gómez, Secretaria de la Residencia Municipal o funcionario/a municipal en quien delegue, con voz y voto. Suplente: Dña. Laura Arana Aguirre, funcionaria de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Castro Urdiales. Los componentes de la Comisión deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurrieran las circunstancias previstas en el artículo. 28 de la Ley 30/1992. Todos los miembros de la Comisión deberán tener el mismo nivel de titulación o superior al requerido en la presente Convocatoria. La Comisión no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, debiendo estar presentes el Presidente y Secretario o, en su caso, quienes les sustituyen, y está facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el desarrollo del

Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 58 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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proceso selectivo, y para adoptar los acuerdos necesarios para el debido orden del mismo, en todo lo no previsto en estas Bases. OCTAVA.- Proceso selectivo La Comisión valorará los méritos de los aspirantes de acuerdo al siguiente baremo (10 puntos máximo): a) Experiencia profesional: Por la prestación de servicios como Auxiliar de Recepción, Auxiliar Administrativo, Telefonista o categoría profesional equivalente, a juicio de la Comisión de Valoración, hasta una máximo de 5 puntos (1 punto por año trabajado al servicio de una Administración Pública y 0,75 puntos por año trabajado al servicio de empresa privada), lo que deberá acreditarse mediante presentación de contrato laboral o documento de toma de posesión del cargo junto con Informe de Vida Laboral actualizado. Se entenderá por año 360 días consignados en el apartado DÍAS del informe de vida laboral, junto al Grupo de Cotización nº 7. En caso de contradicción entre el Informe de Vida Laboral y el contrato o documento en el que se haya formalizado la contratación o el nombramiento, prevalecerán estos sobre aquél. b) Formación: Se otorgará una puntuación máxima de 5 puntos por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento, directamente relacionados con la profesión de Auxiliar de Recepción, Auxiliar Administrativo, Telefonista o categoría profesional equivalente y no incluidos en el programa de la titulación académica exigida en la base segunda. La relación entre la formación y el puesto será determinada a juicio de la Comisión de Valoración. HORAS Más de 301 De 201 a 300

PUNTOS 2 1,5

Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 68 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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De 101 a 200 De 51 a 100 De 21 a 50 Menos de 20

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1 0,75 0,50 0,25

Los documentos que se aporten ilegibles, borrosos o presenten signos que hagan dudar de su autenticidad, no serán valorados en ningún caso.

NOVENA.- Calificación. El Concurso será calificado de cero a diez puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen la puntuación mínima de cinco puntos, sin perjuicio de lo previsto en la Base Primera. Los méritos y su valoración se recogerán en el acta de la Comisión especificados uno a uno por cada aspirante, recogiendo a continuación la puntuación global del mismo. En caso de existir empate éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional y, si fuera igual, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional al servicio de Administraciones Públicas. DÉCIMA.-Relación de aprobados y constitución de la Bolsa de Empleo. Terminada la calificación de los aspirantes, la Comisión hará pública en el Tablón de Edictos de la Residencia Municipal la relación de aprobados por orden de puntuación. El Tribunal Calificador elevará al Presidente de la Residencia Municipal, propuesta para que proceda a la aprobación de la Bolsa de Empleo. La inclusión en dicha propuesta no tendrá más efectos que los previstos en la Base Primera, no implicando en ningún caso ningún otro derecho a favor de los aspirantes. DÉCIMA PRIMERA.- Contratación. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, se contactará telefónicamente con el aspirante que haya obtenido la mayor puntuación Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 78 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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en el proceso selectivo, para que comparezca y aporte, dentro del plazo de dos días hábiles desde que se haga pública la calificación del proceso selectivo los documentos originales acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria y proceda a la firma del contrato de trabajo. Si no lo hiciera dentro del plazo señalado, salvo causa de fuerza mayor, se procederá del mismo modo con el aspirante que haya obtenida la segunda mejor puntuación y así sucesivamente. DÉCIMO SEGUNDA.-Ley reguladora del proceso selectivo. El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en este proceso selectivo constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases reguladoras del mismo, que tiene consideración de Ley Reguladora de esta Convocatoria. La presente convocatoria y sus anexos se regirán por las disposiciones de la Ley 7/2007, de 12 de abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Ley 7/1985, de 2 de abril y disposiciones del R.D.L. 781/86, de 18 de abril, R.D. 896/91, Convenio Colectivo aplicable, Estatutos de la Residencia Municipal de Castro Urdiales, y demás legislación aplicable junto con las presentes Bases. La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos de ella se derivan y de la actuación de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, forma y plazo establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Castro Urdiales, a 16 de marzo de 2012. EL PRESIDENTE DEL O.A.L.,

Fdo.- Iván González Barquín Para cualquier comunicación con este Ayuntamiento relativa a este procedimiento rogamos indique la siguiente referencia: REC/67/2010 88 Ayuntamiento de Castro-Urdiales * Plaza del Ayuntamiento Nº 1 * www.castro-urdiales.net * Tlf. 942 78 29 00 Fax. 942 87 10 50* P3902000C

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