AYUNTAMIENTO DE LLANES

AYUNTAMIENTO DE LLANES Negociado CONTRATACION 3T0E0X1O092I586J0C0P ²3T0E0X1O092I586J0C0P/ » CONXI0ML CON/82/20 23-09-13 15:10 PLIEGO DE PRESCRIP

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Llanes, Verano Cultural 2016
AYUNTAMIENTO DE LLANES --------------- SERVICIO DE PRENSA Llanes, julio de 2016 NOTA DE PRENSA Llanes, Verano Cultural 2016 El Ayuntamiento de Llan

II FERIA DE ARTESANÍA DE LLANES VERANO 2015
II FERIA DE ARTESANÍA DE LLANES VERANO 2015 
 LUGAR: Parque Posada Herrera FECHAS: Del 30 de JULIO al de 2 AGOSTO del 2015. HORARIOS: De 11:00 a 15:00

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA CONTRATO ADMINISTRATIVO DE LA GESTIÓN INDIRECTA DEL SERVICIO PÚBLICO DENOMINADO “MUSEO DEL AULA DEL MAR Y DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL IDOLO “PEÑA TÚ””, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, OFERTA ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA, VARIOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN (EXPTE. CON/82/2012).

1.- OBJETO DEL CONTRATO 1.1.- El objeto del presente pliego es regular las condiciones técnicas que regirán la adjudicación de la concesión correspondiente el contrato de gestión y explotación del servicio público del “MUSEO DEL AULA DEL MAR Y DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL IDOLO “PEÑA TÚ”” en los términos y condiciones del presente pliego, del pliego de cláusulas administrativas y de los anexos que éstos pudieran contener. Las empresas podrán optar libremente a los lotes que estimen oportuno, siendo independiente cada uno de los lotes:  Lote nº1: “MUSEO DEL AULA DEL MAR”: Las necesidades a satisfacer, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas se especifican a continuación: El Ayuntamiento de Llanes es un concejo costero, de gran afluencia turística, salpicado por multitud de playas y cuenta con una importante presencia en el mundo del mar, tanto en su connotación de principal actividad económica (las actividades humanas vinculadas a la mar están estrechamente enlazadas con Llanes desde hace siglos) en el municipio como en el aprovechamiento lúdico deportivo y turístico del mismo por la población local y foránea. A través del Museo del Aula del Mar se pretende brindar a los visitantes la oportunidad de conocer el mar y sus recursos, a través una agradable experiencia educativa (especialmente dirigida a los niños), estimular el interés, incrementar el conocimiento y promover el cuidado de los océanos a través de la educación, exhibiciones y cualquiera otra actividad complementaria que, con el mismo objetivo, se considere oportuna, consiguiendo, así, también una dinamización turística de nuestro territorio.  Lote nº2: “CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL ÍDOLO “PEÑA TÚ”: Las necesidades a satisfacer, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas se especifican a continuación: Situado en Puertas de Vidiago, a 12 km de Llanes, se encuentra el Ídolo de Peña Tú. Es un crespón de arenisca que destaca al Oeste de la Sierra de la Borbolla, en un entorno donde se conservan unos cincuenta túmulos.

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El Ídolo de Peña Tú, tatuado para siempre en una roca misteriosa que ha provocado el sentir religioso desde siempre, es un punto cardinal de la Edad de Bronce en Asturias. Es en este tiempo cuando comienza su andadura trascendente, permaneciendo como lugar sagrado a lo largo de toda la historia. El grabado central que se expone en esta caliza sorprendente es la imagen abstracta de un individuo: el supuesto ídolo, de más de un metro de alto y trazo geométrico. De su anatomía, al estar concienzudamente envuelto en supuestos ropajes, sólo se advierte el rostro simple construido a base de dos ojos y una nariz. La riqueza ancestral de Llanes tiene en Peña Tú un emblema a medida. Como se ha dicho pertenece a la Edad de Bronce y presenta una de las simbologías mejor conservadas de la época, con sus pinturas y sus grabados y, además, con una buena cantidad de túmulos funerarios en el entorno más cercano de la sierra plana de La Borbolla y sus mesetas vecinas. El reciente hallazgo de un enterramiento humano cerca de Peña Tú, en la sima de Fuentenegrosu, nos informa del uso humano de esta zona desde tiempos remotos. El esqueleto es el de una mujer que fue enterrada en este lugar con un ajuar personal: dos pulseras de bronce. Las pruebas del Carbono-14 sitúan estos restos en el marco de la Primera Edad del Hierro. Para salvaguardar este rico patrimonio, para seguir estudiándolo en profundidad y para divulgarlo, se ha levantado un aula de interpretación de Peña Tú a los pies de la sierra que el ídolo corona. El aula se plantea como un paseo por esta edad ancestral, a través del cual iremos conociendo la vida de los antiguos pobladores de la comarca. Mediante paneles explicativos, audiovisuales, y pantallas táctiles interactivas que nos plantean el reto de jugar virtualmente en la reconstrucción de sus formas de vida, el visitante va conociendo realmente un periodo apasionante. Tal y como pretendían los arquitectos, la parte más llamativa es la que se encuentra más alta, iluminada como si de un altar se tratara, presenta la iconografía de Peña Tú, con reproducciones de los grabados encontrados y un audiovisual que los muestra más en detalle. El aula invita a seguir un camino, el que lleva hasta el mismo ídolo. En la peña comprobamos también la cristalización del lugar y sus representaciones a través de la superposición de cruces realizadas por piqueteado de la roca, con formas que parecen remontarse a tiempos medievales. El nombre de “Cabeza del Gentil” para este monumento, que recogieron Vega del Sella y Hernández Pacheco, los primeros investigadores de Peña Tú a principios del siglo XX, ilustra perfectamente esa idea persistente de hallarnos ante un lugar sagrado pero heredado del paganismo. Desde el alto de la sierra descubrimos también la majestuosidad del paisaje. Abajo, el río Purón corta en dos la sierra. Al Norte tenemos el mar, al Sur las poderosas estribaciones de la Sierra de Cuera y el Valle Oscuro. Y frente a nosotros se suceden pueblos, colinas y bosques.

1.2.- La concesión se extiende a:

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a) La gestión integral del servicio, incluyendo sus aspectos económicos, administrativos, técnicos y cualquier otro con referencia a las instalaciones culturales municipales que se señalan en el pliego de prescripciones técnicas, incluyendo la gestión y explotación de zonas comerciales, si las hubiere, en ambas instalaciones, excepto las que expresamente se pudiera reservar el Ayuntamiento en este pliego. b) La adquisición e instalación del equipamiento y mobiliario necesarios para el funcionamiento de las instalaciones. La reposición del equipamiento de dicho mobiliario se realizará tantas veces como sea necesario durante la vigencia de la concesión en función del estado de dicho equipamiento como consecuencia de su uso. Se podrá adquirir material nuevo previa autorización del Ayuntamiento de Llanes. 1.3.- A modo enunciativo y no limitativo la explotación comprende la conservación, mantenimiento, limpieza de dichas instalaciones culturales, maquinaria y equipos; la vigilancia y control de accesos; la atención a los usuarios y público en general; la información y venta, si la hubiere, de servicios y actividades; la recaudación de los precios públicos; programación de servicios y realización de actividades culturales; servicio recreativo y de enseñanza y promoción cultural y, en general, las actividades relacionadas con las instalaciones objeto de la concesión, cumpliéndose, en todo caso, con las vigentes disposiciones sobre la materia, asumiendo la contratación del personal que para ello sea necesario y garantizando, en todo momento, la utilización adecuada de tales instalaciones en óptimas condiciones por el público. 1.4.- La/s entidad/es adjudicataria/s, tras la autorización del Ayuntamiento, gestionará los espacios disponibles dedicados a usos complementarios, venta de productos, etc.. Podrá hacerlo directamente o mediante terceros, dentro del marco que fija la legislación vigente y mientras dure la concesión, para lo cual efectuará, a su cargo, las aportaciones de maquinaria y mobiliario que estime oportunas. Estos servicios estarán sometidos a la obtención de las autorizaciones administrativas establecidas en la normativa aplicable y estarán vinculados con la naturaleza del entorno cultural. 1.5.- las instalaciones municipales que se entregan a la gestión del adjudicatario deberán revertir al Ayuntamiento en perfecto estado de funcionamiento una vez finalizado el periodo de concesión. 1.6.- El equipamiento, mejoras y obras, así como las innovaciones o adelantos técnicos o de servicios de los que se doten a las instalaciones, incluidas las referidas en el apartado 1.3 de esta cláusula, quedan sujetas a reversión cuando finalice el periodo concesional y, junto con las propias instalaciones, serán entregadas por el contratista al Ayuntamiento de Llanes, que es su legítimo propietario. 2.- PLAZO DE CONCESIÓN

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Será el que figure en el pliego de cláusulas administrativas particulares (en adelante PCA). 3.- PRECIOS PÚBLICOS Y RETRIBUCION DEL ADJUDICATARIO 1.- El adjudicatario será retribuido directamente mediante los precios públicos que abonen los usuarios por las visitas a los centros culturales, conforme a las Ordenanzas Fiscales nº 205 y 207, reguladoras de los precios públicos por las visitas a los centros, en la forma prevista en la cláusula 6ª de los PCA. 4.- GASTOS A REPERCUTIR AL CONCESIONARIO Corresponderá al adjudicatario el abono de los siguientes gastos: 1. Los del anuncio que se generen como consecuencia de la publicación del procedimiento en los boletines Oficiales y demás medios de comunicación. 2. Los derivados de la preparación, formalización e inscripción registral del contrato. 3. Los que se deriven de las licencias municipales y autorizaciones sectoriales que sean legalmente pertinentes. 4. Los derivados de la colocación en las instalaciones de cartelería interior y exterior, de acuerdo con las indicaciones que el Ayuntamiento realice a tal efecto. 5. Los ocasionados por el mantenimiento y conservación de instalaciones cedidas por el Ayuntamiento, sí como los de suministros de agua y energía eléctrica y cualquier otro para el correcto funcionamiento de las instalaciones. 6. Los de control y vigilancia de las instalaciones adscritas al contrato concesional. 7. Los producidos por las campañas informativas de difusión y publicidad destinadas a los usuarios. 8. Cualesquiera otros que sean consecuencias de lo previsto en este pliego de prescripciones técnicas, en el de cláusulas administrativas o en la normativa aplicable. 5.- OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO Son obligaciones del concesionario, además de cualesquiera otras que establezca la normativa aplicable, las siguientes: 1. De carácter general: a) Asumir los gastos establecidos en el artículo 4 del presente pliego. b) Explotar las instalaciones, asumiendo el riesgo económico de su gestión con la continuidad y en los términos establecidos en el contrato u ordenados posteriormente por el órgano de contratación. c) Indemnizar los daños que se causen a terceros, como consecuencia de operaciones que requiera el desarrollo de la construcción y explotación de la zona cultural municipal objeto del presente contrato, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración, en cuyo caso ésta será responsable dentro de los límites señalados en la Legislación.

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d) Cuidar del buen orden y de la calidad de las instalaciones en su funcionamiento y de su uso, pudiendo dictar las oportunas instrucciones, de conformidad con el Reglamento del Servicio aprobado, sin perjuicio de los poderes de policía que correspondan al Ayuntamiento de Llanes. e) Asumir directamente la responsabilidad que le corresponde en materia civil, laboral, administrativa o penal, como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de la gestión objeto de de la concesión, quedando obligado al resarcimiento de todos los daños y perjuicios que se causen o produzcan a terceros, usuarios, trabajadores o al propio Ayuntamiento de Llanes, ya sean bienes o personas, sin perjuicio de las sanciones que se le puedan imponer conforme al presente pliego. f) No enajenar, ni gravar sin autorización del Ayuntamiento, bienes o instalaciones que deban revertir a éste. El concesionario está obligado a llevar un libro-inventario del equipamiento existente en las instalaciones con expresión de sus características, marca y modelo, así como de su valoración económica y estado de uso. Los bienes inventariables o fungibles adquiridos con cargo a las cuentas de explotación de la instalación revertirán en todo caso al Ayuntamiento. g) Mantener en todo momento una contabilidad clara y ordenada, con el correspondiente control de facturas emitidas y recibidas, que puede ser supervisado por el Ayuntamiento de Llanes, adaptándose a la normativa contable vigente en cada momento dentro del periodo concesional. h) Confeccionar y poner al día, a disposición del Ayuntamiento, en papel y soporte digital, los planos a escala conveniente y suficiente, que permita una visualización y localización de todos los elementos que integren las instalaciones. En esos planos no se contemplarán las reformas que se realicen a lo largo del periodo concesional. 2. En relación con la explotación del servicio: Ambos centros culturales son un servicio público y, por lo tanto, su uso estará abierto a todo el público que cumpla las condiciones y requisitos de acceso que se establezca en el Reglamento de Servicio. Para posibilitarlo, el adjudicatario vendrá obligado a: a) Prestar el servicio de manera continuada y con la regularidad establecida a continuación: a.1) La apertura del Museo del Aula del mar se realizará como mínimo, en el horario comprendido entre las 11:00h y las 14:00h por las mañanas y las 17:00h y las 20:15h. por las tardes en los siguientes periodos:  Desde el 15 de Junio hasta el 15 de septiembre del año en curso  Todos los fines de semana del año (sábados y domingos) y días festivos (viernes o lunes) correspondientes a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.  Semana Santa, los siete días de la semana correspondiente en la que se dé el festivo  Período de Navidad, considerando éste el que abarca el periodo comprendido entre el 24 de Diciembre y el 6 de Enero siguiente, ambos inclusive.

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a.2) La apertura del Aula Didáctica Peña Tú se realizará como mínimo, en el horario comprendido entre las 11:00 y las 14:00 horas por las mañanas y las 16:00 y las 20:00 horas por las tardes en los siguientes periodos: 

Desde el 1 de Julio hasta el 15 de septiembre.



Todos los puentes del año (Pilar, Constitución, etc…)



Semana Santa, los siete días de la semana correspondiente en la que se dé el festivo

a.3) El Ayuntamiento de Llanes, en base al interés público y cultural de este espacio, y para una mayor potenciación en la promoción y difusión del equipamiento en amplios sectores de la población, fundamentalmente dirigido al ámbito educativo, podrá autorizar al adjudicatario, previa solicitud, la realización de nuevas actividades complementarias a la actividad principal, como puedan ser (a modo orientativo y no limitativo) las de restauración y hostelería temáticas siempre y cuando se realicen fuera del horario de visitas, que complementen y sean accesorias al interés público general cultural incluidas las de hostelería ocasional fuera del horario de visitas, siempre y cuando el fin que se pretenda esté relacionado con la divulgación del contenido de las instalaciones municipales, así como la dinamización turística del Concejo. b) Aplicar el programa de servicios incluido en su oferta o, en su caso, modificado posteriormente previo acuerdo con la Administración. c) Cumplir el Plan de mantenimiento, preventivo y correctivo de las obras, instalaciones, urbanización exterior y del complejo cultural en su conjunto. d) Sufragar a su cargo los siguientes gastos ordinarios y extraordinarios: a. De conservación, reparaciones y mantenimiento ordinario del conjunto de las obras e instalaciones, urbanización exterior y del complejo cultural en su conjunto, de conformidad con el Plan de Mantenimiento anteriormente mencionado. b. Los de carácter tributario y fiscales que pudieran producirse por la actividad desarrollada o con ocasión de ésta. c. Los que origine la contratación del personal necesario para la gestión de las instalaciones y de los servicios. d. El suministro de productos y materiales necesarios para el correcto funcionamiento de las instalaciones: sanitarios, farmacéuticos, de limpieza y aseo, etc.. e. Los derivados de las campañas de difusión del programa de servicios que promocione el complejo cultural y los resultantes de la publicación de las actividades que se desarrollen: folletos, dípticos, anuncios y similares, que incluirán el logotipo del Ayuntamiento de Llanes o el que, en su caso, se apruebe para este servicio. f. Ejecutar las inversiones de reposición necesarias para el óptimo funcionamiento de las instalaciones durante el plazo de duración del contrato incluidos ordenadores, aplicaciones informáticas, y en general, todo tipo de maquinarias, enseres y aparatos.

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g. El material de oficina, material informático y similar, los suministros de combustibles y maquinaria adscritos al servicio y de lo vestuario del personal, etc. h. Los señalados en el artículo 6 de este pliego. i. Responder de los daños y perjuicios ocasionados en los bienes objeto de explotación. j. Acreditar ante el Ayuntamiento la realización de la evaluación de riesgos y la organización de los recursos para el desarrollo de la actividad preventiva. Igualmente deberá acreditar que los trabajadores vinculados a la concesión han recibido las informaciones relativas a los riesgos y medios preventivos. k. Asumir por su cuenta y riesgo las relaciones jurídicas de naturaleza laboral, civil, tributaria o de cualquier otra índole, que se entablen como consecuencia de la explotación y gestión del servicio y de la concesión en general, sin que implique en ningún caso responsabilidad solidaria o subsidiaria del Ayuntamiento de Llanes. l. Redactar e implantar, previa aprobación por el Ayuntamiento de Llanes, un plan de evacuación, emergencia y autoprotección o el que lo sustituya de conformidad con la normativa en vigor existente en cada momento. m. No realizar obras de mejora, adaptación o nuevas inversiones sin obtener en todo caso y previamente la licencia o autorización municipal y/o las autorizaciones sectoriales preceptivas. n. El pago de impuestos, derechos, asistencias, arbitrios, precios públicos y tasas nacionales, municipales o autonómicas que graven la explotación de los servicios y, en su caso, la ejecución de las obras que pueda ejecutar, con arreglo a la legislación fiscal vigente en cada momento. o. Recabar y obtener de los organismos competentes, siendo a cargo del concesionario los gastos que se generen por su tramitación, cuantas licencias o autorizaciones sean precisas para el ejercicio de las actividades objeto de la concesión. Si así resultare de la naturaleza de las propias autorizaciones, en caso de que las mismas no fueses obtenidas, ello podría dar lugar ala extinción de la concesión sin derecho a indemnización a favor del concesionario. p. Soportar la modificación de las condiciones de prestación del servicio cuando existan razones de interés público que lo justifiquen. q. Disponer para la gestión del servicio de la plantilla de personal fijada en su oferta. Al inicio de la explotación del servicio deberá presentar al Ayuntamiento el catálogo de puestos de trabajo efectivo con el desglose por cada puesto de la siguiente información: i. Titulación por puesto de trabajo. ii. Funciones a desarrollar iii. Tipos de contrato iv. Conceptos retributivos desglosados. Presentará antes del inicio de cada año el plan de formación del personal, el plan de prevención y riesgos laborales y el plan de seguridad y emergencia de todas las instalaciones. 717 Calle Nemesio Sobrino S/N, Llanes (Asturias) * Tlf. 985 40 01 02 * Fax. 985 40 28 58

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r.

s. t. u. v. w.

x. y. z. aa.

El personal irá debidamente uniformado, figurando, en su caso, el logotipo del concesionario, sin que pueda utilizarse ninguna indicación, o dibujo alusivo al Ayuntamiento de Llanes sin la autorización previa de éste. El personal dependerá exclusivamente del concesionario del servicio sin relación laboral ninguna con el Ayuntamiento de Llanes. Cuando el concesionario, por cualquier motivo, cese en la prestación del servicio, el Ayuntamiento de Llanes no se hará cargo del personal ni de ninguna obligación respecto del mismo, sin que, por tanto, pueda en forma alguna entenderse aplicable lo que se prevé para los supuestos de sucesión de la empresa, en el art. 44 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de Marzo. El personal deberá observar en todo momento el necesario decoro personal, la corrección y el respecto al usuario del servicio. El concesionario deberá cubrir de forma inmediata las ausencias de personal a su cargo adscrito al servicio objeto de la adjudicación. Proyectar la imagen del Ayuntamiento como titular del servicio a todos los ciudadanos y usuarios del mismo, en cuantos medios de comunicación, difusión e información esté presente haciendo mención expresa del carácter municipal del complejo. Cuidar de la observancia e las normas sobre seguridad, policía e higiene sanitaria que resulten de aplicación. Designar un representante, que se denominará “Coordinador” de la instalación, que serán los interlocutores habituales frente al Ayuntamiento en las cuestiones relativas a la prestación del servicio. Crear programas y ofertas de servicios culturales y educativos para los diferentes usuarios. Cumplir el horario de funcionamiento de los complejos culturales. Garantizar que los usuarios dispongan de toda la información pertinente sobre el funcionamiento y normas de uso de las instalaciones en lugar visible y de fácil acceso, indicando los precios públicos del servicio, horarios de apertura, características técnicas de las instalaciones y servicios y características técnicas de las instalaciones y servicios y programas, que deberá incluirse en la página web municipal, donde tenga reflejo toda la información del servicio, para su difusión. Colaborar con el Ayuntamiento en aquellas campañas y actividades de difusión cultural de interés mutuo. Destinar la instalación al objeto específico de la concesión y no utilizarla para otros usos sin la expresa autorización del Ayuntamiento de Llanes. Confeccionar una memoria anual de gestión con expresión de los resultados mes por mes, acompañada de los justificantes de la facturación de cada ejercicio. Permitir la fiscalización de la gestión por parte del Ayuntamiento y loa inspección del servicio y de las instalaciones, así como presentar al Ayuntamiento en los cinco 817 Calle Nemesio Sobrino S/N, Llanes (Asturias) * Tlf. 985 40 01 02 * Fax. 985 40 28 58

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primeros días de cada mes, relación con la facturación y estadística de uso de las instalaciones en el mes anterior. bb. Realizar anualmente encuestas de opinión del servicio para valorar el grado de satisfacción de los usuarios, que serán aportadas a la memoria de la gestión. cc. Las demás previstas en el presente pliego y en el de cláusulas administrativas particulares. 3. Obligaciones sociales y laborales a) El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad y salud en el trabajo, sin que el Ayuntamiento ostente ninguna responsabilidad por los incumplimientos en los que pudiera incurrir el concesionario en dichas materias. b) Durante la ejecución del contrato, el concesionario estará obligado a presentar en el Ayuntamiento la siguiente documentación: i. Bimensualmente copia de los modelos TC-1 y TC-2 o de los que legalmente los sustituyan. ii. Copias de las altas, bajas o variaciones de datos del personal, así como copia de los contratos laborales en el mes siguiente a producirse la variación. 6.- CONDICIONES PARA EL MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE LOS COMPLEJOS DEPORTIVOS El concesionario, en relación con el mantenimiento y conservación de la instalación, garantizará el cumplimiento de los siguientes aspectos: 1. Mantenimiento: a) El mantenimiento integral de la totalidad de las instalaciones y equipos objeto de este contrato comprende: el mantenimiento preventivo, de optimización de recursos , técnico legal y correctivo. b) Realizar una memoria anual del mantenimiento de las instalaciones y de las incidencias producidas con el objeto de contar con un histórico de cada uno de los equipos e instalaciones. c) Comunicar al Ayuntamiento cualquier tipo de incidencia ajena al propio manejo de instalaciones o equipos. d) Reponer y sustituir los elementos que se desgasten por el uso habitual de los mismos, tanto los enseres existentes como los aportados por la entidad de acuerdo con los anexos I y/o II, según corresponda, o los que el Ayuntamiento u operador pueda incorporar a lo largo de la vigencia del contrato. e) Sufragar los gastos de sustitución de lámparas, bombillas y de todos los elementos de desgaste.

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f) g) h)

2. Limpieza: a)

b) c)

d)

e)

f)

Sufragar los costes de la obra civil de repaso de pintura, en paramentos verticales, reparación derivada de posibles humedades y el pintado general de las instalaciones. Financiar los gastos de reposición de los equipos e instalaciones que agoten su vida útil a lo largo del contrato y formen parte estructural de los edificios tales como: calderas, equipamientos de las instalaciones, etc.. El Ayuntamiento se reserva el derecho de ejecutar con absoluta libertad tantas obras nuevas como de reforma sean precisas en las instalaciones objeto de adjudicación, previa audiencia del concesionario. La realización de los trabajos de servicios de limpieza, conservación y mantenimiento se extiende a todos los complejos culturales objeto de este pliego y abarca todos los elementos exteriores e interiores de las instalaciones (superficies horizontales, verticales, puertas, ventanas, mobiliario, material técnico, aseos, escaleras, etc….) Los trabajos de limpieza en profundidad se realizarán preferentemente fuera del horario de apertura de los centros, para no interferir en el desarrollo de las actividades ni en el servicio directo al usuario. La ejecución de los trabajos de limpieza de las diversas instalaciones deportivas se realizarán bajo una serie de normas básicas y esenciales de protección y respeto con el medio ambiente y normativa aplicable y se regirá por las siguientes reglas en cuanto a la forma, medios que se utilizan y periodicidad. La composición de los productos, líquidos y detergentes que se utilicen en la limpieza de las instalaciones serán los usados en los servicios e instalaciones de esta naturaleza, prohibiendo los que por su características y concentración produzcan corrosión o daño a las superficies sobre las que se apliquen especialmente en pavimentos y equipamientos, metales y mobiliario. Los servicios de limpieza favorecerán el uso de productos respetuosos con el medio ambiente y con la salud de las personas, evitarán el uso de sustancias nocivas, tóxicas o contaminantes. El adjudicatario será responsable de los residuos generales. Los residuos de todas las clases que se produzcan se depositarán en bolsas o contenedores en el lugar designado al efecto para su posterior recogida por el servicio de limpieza según determine el Ayuntamiento de Llanes.

Todos los gastos correspondientes a actuaciones mencionadas en el apartado anterior, así como los gastos de mantenimiento irán a cargo exclusivo de la empresa adjudicataria.

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Todo proyecto que implique la ejecución de obras por encima de las reparaciones ordinarias o nuevas inversiones quedará condicionado a la aprobación del Ayuntamiento, acordando ambas partes el presupuesto, la financiación y la ejecución de las mismas. Las mejoras, ampliaciones y toda clase de construcciones realizadas en la edificación, pasarán a propiedad municipal al finalizar el contrato, sin derecho alguno por parte del cesionario a recibir indemnización ni compensación por las mismas. 7.- DERECHOS DEL CONCESIONARIO El concesionario tendrá los siguientes derechos: a) De forma general, los que le reconocen el presente pliego , el de cláusulas administrativas, el art. 128.3 del Reglamento de servicios de las Corporaciones Locales de 17 de junio de 1955, Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Contratos del Sector Público, y el resto de la normativa aplicable. b) Explotar las instalaciones c) Utilizar los bienes de dominio público necesarios para la prestación de los servicios que son objeto de la concesión. d) Percibir de los usuarios durante el tiempo de la concesión los precios públicos por la utilización de los servicios en las cuantías aprobadas. e) Concertar con terceros prestaciones accesorias determinadas o trabajos específicos, previa comunicación al Ayuntamiento de esta circunstancia. f) La venta o alquiler de material relacionado con las actividades o los programas desarrollados, así como productos de vending, cumpliendo con las obligaciones legales y tributarias exigibles para el desarrollo de tales actividades. g) Explotar publicitariamente las instalaciones de acuerdo con la normativa en cada momento vigente sobre la materia y, en especial, dando cumplimiento a la prohibición de publicidad de bebidas alcohólicas, tabaco y cualquier otro producto de idéntico significado que pueda ser conceptuado como nocivo. 8.- DEBERES Y DERECHOS DE LOS USUARIOS a) Deberes a. Pagar el precio público correspondiente. b. Abstenerse de realizar actos que produzcan o puedan producir desperfectos en las instalaciones o alteración del normal funcionamiento del servicio. c. Acatar las normas que sobre funcionamiento del servicio se aprueben por el Ayuntamiento de Llanes. d. Responder de los daños y perjuicios que causaran por descuido o negligencia.

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b) Derechos: a. Acceder al uso del servicio. Las instalaciones serán de libre acceso para el conjunto de los ciudadanos sin más limitaciones que el pago de los precios públicos por los servicios y la propia capacidad y características de las instalaciones. b. Ser indemnizado por los daños y perjuicios que se le puedan irrogar por el anormal funcionamiento del servicio. 9.- MEDIOS AFECTADOS AL SERVICIO 9.1.-MEDIOS MATERIALES: La empresa adjudicataria se dotará de todos los medios materiales necesarios para la realización de los servicios. Todos los medios materiales afectos a los servicios, reflejarán el anagrama del escudo del Ayuntamiento Llanes, y las leyendas “MUSEO DEL AULA DEL MAR” “Ayuntamiento de Llanes” y/o “CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL ÍDOLO PEÑA TÚ” “Ayuntamiento de Llanes”, dependiendo del centro cultural del que se trate, y en la medida de lo posible, se utilizarán y lucirán los colores verde y rojo identificativos de Llanes. 9.2.- MEDIOS PERSONALES. La empresa adjudicataria dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de la prestación del contrato y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc., los cuales satisfarán en todo caso a tenor de lo dispuesto en la legislación vigente y en los convenios colectivos que les afecten, quedando exento de responsabilidad el Ayuntamiento de Llanes, de cualquier incidencia o reclamación derivadas de esta obligación. Se presentará organigrama del servicio, especificando adecuadamente su plantilla. El contratista contará con el personal capacitado necesario para el desempeño de los trabajos objeto de la contrata y asume la responsabilidad de las decisiones que deban ser tomadas en la prestación del servicio, que no afectarán a las Administraciones contratantes fuere del marco estricto de lo pactado en la contrata. Si por razón de las normas de seguridad e higiene en el trabajo se precisare alguna intervención técnica, será de su cargo y por su cuenta el proporcionar al personal la debida asistencia para el desempeño de las actividades concertadas. El Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, ni laboral, de tipo alguno con el personal perteneciente a la empresa adjudicataria durante la vigencia del contrato ni a su terminación. 10.- INVENTARIO

1217 Calle Nemesio Sobrino S/N, Llanes (Asturias) * Tlf. 985 40 01 02 * Fax. 985 40 28 58

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La entidad concesionaria está obligada a llevar un libro inventario de los bienes muebles existentes en las instalaciones, con expresión de sus características, forma y descripción y estado actual. Como anexos I y II a este pliego figuran sendos inventarios de los materiales adscritos a las instalaciones en el momento de inicio del contrato. En Llanes, a 19 de Septiembre de 2013. El Secretario General,

Fdo.: Santiago Fernández Molpeceres

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ANEXO I. INVENTARIO DEL MUSEO AULA DEL MAR

UNIDADES 1 3 1 2 1 1 2 6 39 22 5 1 1 1 1 2 1 1 1 3 1 1 2 4 1 3 1 1 1 3 1 1 1 221

PLANTA BAJA: HISTORIAS SUMERGIDAS CONCEPTO Motón doble (polea para izar objetos desde el mar) Boyarines de cristal (palangre) Aparejos de Marrajos Aparejos de Cacea de bonito (actuales) Aparejo de Cacea bonito (tradicional) Aguja para coser aparejos (cobre y plomo) Anillos de aparejo de cerco Anzuelos dobles Anzuelos de pesca industrial (para lubina, palometa o besugo) Anzuelos de pesca industrial (para bonito, congrio o mero) Sibioneras (anzuelos para pescar calamares y potas) Red Brújula de compás seca (principios S.XX) Corredera (medidor de velocidad y distancia h.1850 aprox.) Diario del Contramaestre del Puerto de Llanes (1905) Tablillas informativas (Cruz Roja: Para la utilización de los cabos de salvamento) Hucha de la Sociedad de Salvamento de náufragos (en forma de barco) Catalejo (finales S.XIX) Omóplato de ballena Arpones balleneros (reproducciones de Ramón Somoza: 1 Arpón; 1 Lanza Sangradera y 1 Cortadora) Descuartizador de ballenas Maqueta de Bote Ballenero . Autor Ramón Somoza. PLANTA PRIMERA: ENTRE EL CIELO Y EL MAR Nasas Latas de conservas de pescado (Fábrica: “Francisco García Llerandi”) Tapa de lata de conserva (Fábrica “El Triunfo”) Etiquetas de latas de conservas (Fábricas “Francisco García Llerandi” y “Conde y Teresa”) Carro de venta de pescado Boyarín de cristal (grande) Maleta de “Indiano” Frascos (1 píldoras purgantes; 1 aceite de ricino, 1 de quinina en polvo). Acta de permiso de embarque (1901) Solicitud de pasaporte (1917) Carta de un emigrante a México (Egidio Gavito de la Fuente. 1866) Colección Conchas Marinas

A lo largo del recorrido expositivo nos encontramos además con: 1417 Calle Nemesio Sobrino S/N, Llanes (Asturias) * Tlf. 985 40 01 02 * Fax. 985 40 28 58

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6 Paneles con fotografías y textos. 2 Puntos para escuchar historias de la mar. 5 Audiovisuales (1con ordenador).

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ANEXO II. INVENTARIO DEL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DEL ÍDOLO PEÑA TÚ PANELES .-Panel de Entrada al Aula de Interpretación .-El primer conocimiento de Peña Tú .-De espacios sagrados a lugares de saqueo .-La historia no se detiene .-Los señores del Metal (2 paneles) .-La primera metalurgia. .-Arañando la tierra .-Los comienzos de la minería .-Los artesanos fundidores .-Las armas del minero .-Espacios rituales, espacios de grupo .-Propiedad y sociedad .-Los instrumentos del Cambio .-Los constructores de megalitos .-Sobreviviendo a un mundo nuevo .-Explora el mundo megalítico .-La huella humana en el paisaje .-Cazadores, recolectores y pescadores del asturianiense .-Panel con restos humanos, simulando enterramiento .-Panel con recreación en su interior de extracción de minerales en una cueva. (figura humana, fundición, sonido). .-En el principio fue la roca .-Estela del Hoyo de la Gándara .-Estela de Tabuyo del Monte .-Estelas de Collado de Sejos .-Panel reproducción de Peña Tú con pantalla (dvd) .-3 Paneles con grabados de Peña Tú ESTANTERIAS .- Estantería con:    

Anzuelos de hueso (1 anzuelo con cuerda, 1 anzuelo, 12 anzuelos pequeños). 2 Punzones de hueso 2 Cantos con cazoleta 12 Conchas

.- Estantería con:  

Vitrina superior: 14 hachas planas Vitrina inferior: 2 astas de ciervo, 2 cantos rodados, 1 martillo, 1 rama, 1 molde de fundición con 4 rocas de mineral, 15 rocas de mineral.

.- Vitrinas en panel:

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  

Vitrina con 4 puntas de silex Vitrina con 1 flecha, 2 silex, 3 plumas Vitrina con 4 piedras pulimentadas y 1 mango de madera

PANTALLAS .- Panel Los instrumentos del cambio: 3 pantallas (3 dvd’s) .- Panel los constructores de megalitos: 1 pantalla (1 dvd) .- Panel Explora el mundo megalítico: 1 pantalla (1 dvd) LAMINAS .- 4 Láminas de las etapas de las pinturas MOBILIARIO .- 2 bancos rojos .- 1 mesa de recepción: 1 ordenador (cpu, pantalla, teclado, ratón, impresora), caja metálica con llave, grapadora, papelera, radio, reloj, paquete de tizas, .- 3 sillas DESPACHO 1: ....-

1 1 3 1

Mesa Armario/estantería sillas cafetera

DESPACHO 2: .- 1 Mesa .- 1 Armario/estantería .- 2 sillas

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