CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL

CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. El Código de Ética y Conducta de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A.

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CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P.

El Código de Ética y Conducta de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., es el instrumento que reúne las normas establecidas al interior de la organización, con el propósito de orientar el desarrollo personal y profesional a nivel tanto individual como organizacional, de quienes laboran en la entidad. La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. cree firmemente en la defensa de las normas de comportamiento ético y pretende que todos y cada uno de sus trabajadores desarrolle sus actividades de tal manera que cumpla una serie de principios, fundamentados en la transparencia, la honestidad y la equidad. Para los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. el comportamiento ético no es una opción: es parte integral del ejercicio de sus negocios. El Código de Ética y Conducta de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. genera pautas de conducta que reflejan las responsabilidades que se deben cumplir dentro de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. o en sus relaciones con los accionistas, proveedores, clientes, entidades de gobierno y la comunidad en general, para fomentar así el desarrollo de relaciones de confianza mutua. Además, mediante el Código de Ética y Conducta, la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. pretende conservar e incrementar la confianza que el público ha depositado en la institución y, por ende, en sus representantes. La responsabilidad social de los funcionarios de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. es la de mantener conductas éticas y de negocios, CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

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enmarcadas en el respeto a la ley, a las normas y reglamentos que regulan el negocio de la Compañía financiera y, en general, todas aquellas conductas compatibles con los altos estándares promovidos e inculcados por la entidad. Este Código tiene como objetivo ser una herramienta orientada a facilitar y a respaldar las decisiones y actividades en relación con la organización de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. y, en general, con los clientes internos y externos. No pretende dictar reglas detalladas sobre todos los temas. Éstas serán determinadas según la naturaleza del negocio y el ambiente de operación. De existir dudas o vacíos en su aplicación o interpretación, ellos serán resueltos por el Gerente General de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. de conformidad con los lineamientos trazados por la Junta Directiva. Si se siguen estos principios y estas normas de comportamiento, los accionistas se beneficiarán al tener una compañía más productiva y competitiva que genere resultados atractivos en términos de desarrollo social, calidad, rentabilidad y crecimiento a largo plazo. 1.

DEFINICIONES

Para efectos de aplicación del Código de Ética y Conducta de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., se deberán tener en cuenta las siguientes definiciones: •

CONFLICTO DE INTERÉS. Se considera conflicto de interés cualquier

situación en la cual una persona enfrenta sus intereses personales con los de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., en actividades personales o en el trato con terceros, ya sean proveedores, contratistas, clientes u otros, de tal manera que se afecte la libertad e independencia de la decisión, por diferencias en los motivos de quienes intervienen en la relación. CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

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INFORMACIÓN PRIVILEGIADA.

2.

PRINCIPIOS

Es aquella información de carácter concreto, sujeta a reserva, o bien aquella que no ha sido aún divulgada o dada a conocer al público.

La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., sus accionistas, directivos, y demás trabajadores conforman un equipo que trabaja por el país, por su gente y por su empresa y todos sus actos están regidos por los estándares de conducta que se definen a continuación, los cuales se consideran básicos para evitar conflicto de intereses al respetar los siguientes principios y valores: (a)

Todas la personas relacionadas con la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., ya sea con vínculo laboral o jurídico, deben actuar con fidelidad, lealtad, honestidad, legalidad y verdad en todas las actividades relacionadas con las prácticas de negocios, su conducta personal y otros asuntos de la entidad.

(b)

Se acatarán las políticas, normas, procedimientos y directrices de funcionamiento de la organización emanadas de sus directivos, por lo cual todas las operaciones deberán estar en concordancia permanente con los principios y valores organizacionales y con los criterios definidos por la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

(c)

Se colaborará decididamente con las áreas de control, con el fin de prevenir que la organización sea objeto de prácticas delictivas.

(d)

Siempre se tendrá en cuenta que la información que se maneje tiene el carácter de confidencial, en los términos establecidos en la ley. Corresponde a todos los directivos y trabajadores mantener la honestidad y la integridad en el manejo de la misma, por lo que nunca se podrá utilizar para beneficio propio o de terceros.

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(e)

Toda información que se brinde debe ser exacta, oportuna y reflejar fielmente los hechos. No deberá de ninguna manera, por su forma o contenido, conducir al receptor a engaño, a cometer algún error o a tomar una decisión equivocada.

(f)

No están permitidas situaciones de interferencia entre grupos de interés, las cuales se puedan aprovechar para los colaboradores o para un tercero. Las decisiones que se tomen en razón de las funciones no deben implicar la omisión de obligaciones legales, contractuales o morales a las que se está sujeto.

(g)

Toda relación que se genere entre trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. y los clientes se debe basar en criterios de respeto e integridad y por ningún motivo se permitirá que los clientes, con el fin de obtener consideraciones o favores especiales, intenten sobornarlos mediante la entrega de dadivas o de cualquier otra manera. La honestidad del colaborador y la de toda la organización es puesta a prueba todos los días.

(h)

Los esfuerzos de todos los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. se orientarán siempre hacia la calidad del servicio de la entidad, de manera que los clientes reciban el mejor servicio, la mejor atención personalizada y disfruten de los más innovadores productos.

(i)

La imagen empresarial de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. y sus productos deben ser sinónimo de seguridad y tranquilidad en los mercados en los que actúan.

(j)

Todas las relaciones de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. con clientes, proveedores, colegas, Estado y comunidad, se caracterizan por postulados de total transparencia, confianza y desarrollo mutuos.

(k)

Todos los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. tienen el compromiso de tomar las acciones necesarias para proteger y garantizar el cumplimiento de las políticas

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de la sociedad e informar a los entes de control sobre cualquier procedimiento que atente contra la transparencia de alguna de sus actividades, tanto laborales como públicas. La aplicación de los principios del Código de Ética puede no ser siempre clara y, a menudo, puede confrontar al individuo con decisiones difíciles o incertidumbre acerca de la línea de conducta apropiada. En estas circunstancias, se debe buscar ayuda, con el superior directo o, en casos difíciles, con los mandos superiores. En desarrollo de los principios y valores anteriores, la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. acoge el Código de Conducta y Etica Empresarial contenido en los siguientes numerales, que constituye la guía de comportamiento de todas aquellas personas vinculadas con la Compañía. 3.

NORMAS GENERALES DEL CÓDIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL DE LA ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

3.1

PRÁCTICAS DE NEGOCIOS

3.1.1

RELACIONES CON PERSONAS DEL GOBIERNO, CLIENTES Y PROVEEDORES

En desarrollo de las relaciones que la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. tenga con personas del Gobierno, con sus clientes y con sus proveedores, se observarán los siguientes criterios y lineamientos rectores: (a)

La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. consagrará su actividad en beneficio de sus clientes, sin perjuicio de la compensación por la gestión adelantada.

(b)

Todos sus trabajadores utilizarán procedimientos claros en sus operaciones, de tal forma que sea posible que los clientes conozcan en

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su integridad los productos y servicios, así como las obligaciones recíprocas que se generan en toda actividad comercial. (c)

Todos los aspectos legales sobre prácticas comerciales restrictivas se acatarán, según los principios de la sana competencia.

(d)

Las solicitudes, reclamaciones y requerimientos deberán ser atendidos de manera oportuna y precisa, conforme a la ley y a los contratos respectivos.

(e)

Se buscará establecer, con los proveedores, relaciones de beneficio mutuo basadas en la calidad, la eficiencia, el respeto, la búsqueda constante del bien común y las mejores condiciones para las dos partes.

(f)

Las relaciones de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. con todos los grupos de interés se manejarán siempre dentro del marco de la ley y bajo normas estrictas de ética.

(g)

Se evitará intervenir directa o indirectamente en relaciones que no estén ceñidas a la ley, con las instituciones u organismos públicos, en otra entidad o entre particulares.

(h)

La Compañía efectuará donaciones solamente a entidades o a personas naturales permitidas por la Ley.

3.1.2 DADIVAS Las prácticas comerciales de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P estarán mejor servidas cuando sus decisiones comerciales estén basadas en criterios comerciales y no influidas por prácticas que puedan conducir a la corrupción o pagos tendientes a obtener resultados para los trabajadores o para miembros de sus familias. 3.2

CONDUCTA PERSONAL

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Toda vez que el Código de Etica forma parte del contrato laboral de los trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., es para la compañía muy importante que todos sus empleados lo entiendan y se comprometan, haciéndolo parte integral de nuestro trabajo y teniendo en cuenta que estas normas forman parte relevante del contrato de trabajo.. 3.2.1 CONDUCTA DE LOS TRABAJADORES DE LA ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. La integridad personal es más que un asunto de honestidad con los fondos y bienes de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., es también ser honesto con el tiempo. Significa hacer el trabajo justo de un día por el pago justo de un día. No solamente cumplir con lo estipulado, sino entregar lo mejor para superar lo realizado cada día. (a)

Los trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. obrarán con buena fe, con lealtad y los administradores, además, con la diligencia y el cuidado de un buen hombre de negocios, velando por los intereses de la compañía

(b)

Los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. promoverán y difundirán, entre sus clientes internos, el conocimiento de las leyes, reglamentos y disposiciones que les sean aplicables, así como las normas de este Código de Etica Y Conducta Empresarial y los usos y sanas prácticas del mercado.

(c)

No aconsejarán o intervendrán en situaciones que permitan, amparen o faciliten actos incorrectos o punibles o que se puedan utilizar para confundir o sorprender la buena fe de terceros, o usarse en forma contraria al interés público o a los intereses de la entidad, tales como publicidad tendenciosa, espionaje industrial o incumplimiento de obligaciones laborales, comerciales, sociales, entre otras.

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(d)

Comunicarán oportunamente a sus superiores inmediatos todo hecho o irregularidad por parte de otro trabajadores o tercero, que afecte o pueda lesionar los intereses de la compañía

(e)

Respetarán a sus compañeros de trabajo e igualmente a sus familias.

(f)

No promoverán la participación política ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

(g)

Ante la falta de normas expresas que reglamenten una materia o asunto particular, no se puede actuar de manera tal que se tomen decisiones contrarias a los intereses de la Compañía. El sano criterio, la experiencia, el conocimiento y la buena fe, son elementos que deben sustentar todo acto o determinación de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

dentro

de

la

Algunas conductas que se consideran reprochables: • Los empleados durante su horario de trabajo y actividades de carácter corporativo y deportivo, no podrán consumir o incitar al consumo de bebidas alcohólicas o drogas enervantes, alucinantes o psicotrópicas. • Los empleados no podrán presentarse a trabajar ni desarrollar su trabajo bajo el efecto del alcohol, narcóticos o drogas enervantes o alucinantes. • Las actividades que se realicen por parte de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. y que sean de carácter deportivas, o culturales están reglamentadas de la misma forma y no se podrá consumir alcohol, ni estar bajo los efectos de narcóticos y drogas enervantes o alucinantes, sin importar el lugar donde sean organizadas. • Toda interacción entre empleados de la Compañía y de estos con la gente en general, en tanto actúen en nombre o representación directa o indirecta de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. se deberá llevar a cabo CODIGO DE ETICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P.

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dentro de las normas de respeto, cortesía y urbanidad. No se tolerarán actos de violencia, injuria y malos tratos. 3.2.2. CONFIDENCIALIDAD Para evitar la divulgación o mal uso de la información, se recomienda que el comportamiento personal de los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. se ajuste a las siguientes reglas: (a)

Los trabajadores mantendrán la debida reserva y protegerán, en todo momento, los documentos de trabajo y la información privilegiada que esté a su cuidado.

(b)

Al transmitir información, los directivos y trabajadores deberán utilizar medios de comunicación que cuenten con los sistemas de seguridad requeridos.

(c)

Las contraseñas o claves de acceso de equipos centrales deben ser confidenciales y no serán divulgadas a terceros. Los sistemas de cómputo personales deberán estar protegidos con contraseñas que impidan a las personas no autorizadas el acceso a la información.

(d)

Los negocios que involucren información privilegiada y que se realicen en las oficinas de la sociedad, se deberán tratar fuera del alcance del personal no involucrado en la operación.

(e)

Los visitantes deberán esperar en las áreas dispuestas especialmente para ello y no se les permitirá el acceso a oficinas, archivos, áreas de trabajo, áreas de copiado o instalaciones de cómputo de la entidad, a menos que dicha visita esté supervisada.

3.2.3

CONFLICTOS DE INTERÉS

Todos los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. se deberán abstener de participar en situaciones que impliquen

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conflictos de interés para ellos o para la Compañía. Cualquier situación o consulta sobre un potencial conflicto de intereses deberá ser informada al superior inmediato, quien deberá trasladarla a la dependencia de control de la Compañía, con el fin de evaluarla y sugerir las recomendaciones respectivas. Para tal efecto, los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. deberán observar las siguientes reglas: (a)

Evitarán participar en actividades o administrar negocios contrarios a los intereses de la sociedad o que puedan perjudicar la completa dedicación o el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades.

(b)

No constituirán empresas o negocios que compitan con la sociedad, ni serán socios, o miembro de la Junta Directiva de las mismas.

(c)

No realizarán negocios de interés personal o familiar dentro de la entidad, como la compra, venta o arrendamiento de equipos o propiedades de la Compañía o la participación o propiedad en empresas que tengan o busquen establecer negocios con ésta.

(d)

No autorizarán o negarán ningún negocio con base en sentimientos de amistad o enemistad de quienes tienen en sus manos la responsabilidad de decidir.

(e)

No abusarán de su condición para obtener beneficios, para sí o para terceros, en el trámite de solicitudes o reclamaciones relacionadas con cualquier servicio prestado por la Compañía, ni para obtener beneficios personales de proveedores, contratistas o clientes.

(f)

No participarán en actividades externas que interfieran con el horario de trabajo, con su rendimiento o con el cumplimiento de sus labores, salvo autorización de la Compañía.

(g)

Quienes tienen la responsabilidad de contratar o disponer a nombre de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., no lo podrán hacer

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con personas dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil. 3.2.4

DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN

Se divulgarán los criterios aplicables a las negociaciones que los miembros de la Junta Directiva y trabajadores realicen con las acciones y valores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. ESP., a las políticas de recompra de acciones y a las operaciones sobre acciones y valores propios de la compañía 3.2.5

PARTICIPACIÓN EN JUNTAS DIRECTIVAS

Está restringido, para los directivos y trabajadores de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P. la participación en juntas directivas o en la dirección de empresas que no sean filiales o subsidiarias, así como la aceptación de cualquier posición directiva en otra empresa, si con ella se origina un conflicto de intereses o interfiere con el desempeño de las labores en la entidad. 3.2.6

MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Con excepción de la Gerencia General, los trabajadores de la Compañía tienen estrictamente prohibido hacer cualquier tipo de comentario o revelar información a la prensa, radio, televisión o a cualquier otro medio masivo de comunicación, a menos que cuenten con la expresa autorización para entablar cualquier tipo de relación con los medios.

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MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P..

1. DESCRIPCION

El Manual de Transparencia en el Ejercicio Empresarial de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., describe los principios que orientan y fundamentan la conducta comercial de nuestros empleados, representantes de ventas y en general, de todo aquel que represente, así sea temporalmente, a la Compañía.

2. DECLARACION DE PRINCIPIOS

Esta declaración de principios es un Manual dinámico y forma parte de nuestra vida diaria mientras estemos vinculados a la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. En la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., creemos que cumplir estrictamente con las normas y preceptos descritos en este manual, nos permite ser mejores seres humanos, valiosos y productivos para la Compañía, responsables con la sociedad y útiles para nuestro país.

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(a) Pluralidad. La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., reconoce y respeta la pluralidad y entorno cultural de las comunidades con las cuales interactuamos. (b) Cumplimiento de las Leyes y Ordenamientos Jurídicos Vigentes. Para la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., el respeto de las Leyes es un principio fundamental para el desarrollo de los lineamientos jurídicos y éticos que garantizan la convivencia pacífica en sociedad. Cada superior inmediato tiene la obligación de crear cultura orientada al cumplimiento de los deberes y responsabilidades de sus colaboradores. Los empleados de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. deberán estar informados sobre las políticas establecidas por ella, dirigidas al cumplimiento de las leyes aplicables, incluyendo las leyes antimonopolio y de promoción de la competencia, de seguridad y ambientales. (c) Salud y Medio Ambiente. Los recursos naturales solamente serán utilizados con las debidas autorizaciones y con sujeción a las normas que los regulan. El manejo de los desechos y disposición de los residuos en nuestra operación cotidiana se realizará según las determinaciones legales y de acuerdo con nuestras responsabilidades cuidando el entorno natural en el que vivimos y trabajamos. En el caso de que sean utilizados servicios de terceros, es política de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., que estos también obedezcan la legislación y otras normas de nuestra Compañía en relación con el medio ambiente. La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., trabaja continuamente para mejorar los procesos y procedimientos con la finalidad de disminuir los riesgos ambientales y de la salud, en cumplimiento de la legislación vigente. MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 2 de 9

(d) Seguridad Industrial: En el ejercicio empresarial la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER .S.A. E.S.P. vela por el respeto de la dignidad humana, para lo cual implementará continuamente programas de administración y prevención de riesgos inherentes a su entorno empresarial. (e) Información Competitiva. Para lograr un nivel óptimo de competitividad en el desarrollo empresarial sostenible, la compañía accederá sólo por medios legales e idóneos a la información respetando la ajena. No nos apropiamos, ni consentimiento del dueño.

poseemos

información

secreta

obtenida

sin

el

(f) Defensa de la Competencia de los Usuarios. Estamos convencidos que las prácticas éticas nos permiten construir una Compañía competitiva y obrar correctamente al mismo tiempo. La política empresarial de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. se basa en estimular y practicar una competencia leal y por tanto: •

El personal a nuestro servicio tiene prohibidos los acuerdos, expresos o tácitos, y las conductas con o entre los competidores y los actos que causen impedimentos o restricciones a la competencia.



Respetamos y protegemos la información de nuestros clientes y sólo se hará uso de ella conforme a lo dispuesto en la ley.



En el caso de negocios con participación de terceros y asociaciones empresariales con competidores, la información se debe limitar a las MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 3 de 9

comunicaciones relacionadas con los temas que se refieran al negocio legítimo de la empresa en participación. •

Tratamos a todos los clientes y proveedores de manera igualitaria.



Respetamos la libertad de nuestros clientes y competidores de manejar sus negocios como lo estimen conveniente, incluyendo la de fijar los precios a los cuales desean vender sus productos, si estos no se encuentran regulados y siempre y cuando no violen los derechos de la Compañía.



No usamos ningún tipo de coerción al vender nuestros productos, tales como ventas atadas, en los cuales un cliente compra productos que no necesita o desea.



Nos abstenemos de usar poderes o información de mercado de manera abusiva o que pueda limitar la competencia.



Evitamos cualquier acto o práctica desleal o engañosa.



Desarrollamos relaciones integras y honestas con nuestros clientes,



Toda nuestra mercadotecnia y promoción es precisa y verdadera. No es aceptable transmitir mensajes engañosos, omitir hechos importantes o hacer falsas reclamaciones sobre las ofertas de nuestros competidores.



Con todas las autoridades y clientes, del País o del exterior, cumplimos con toda obligación legal y contractual aplicable, para no incurrir en cualquier conducta que pudiera parecer tener una influencia inapropiada sobre la objetividad en la toma de decisiones.



Actuamos independientemente y en nuestro propio interés, en todas las situaciones comerciales relacionadas con la competencia comercial, evitando prácticas restrictivas de la competencia. MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 4 de 9



Somos conscientes de que afectamos nuestro buen nombre cuando entregamos servicios o productos que no cumplen con estándares de calidad.



Protegemos la información de nuestros clientes que sea delicada, privada o confidencial, tan cuidadosamente como si fuere nuestra.



Trabajamos permanentemente para brindar servicios con altos estándares de calidad para generar satisfacción en nuestros clientes.

En caso de dudas sobre la correcta aplicación de las normas que regulan el derecho de la competencia o respecto de algunas situaciones que puedan o no constituir leal competencia, los empleados y en especial la fuerza de venta, deben consultar, lo antes posible, a la Oficina de Control Interno de la Compañía. (g) Socios de Negocios (agentes y distribuidores comerciales, fuerza de ventas, proveedores, subcontratistas, y aliados de negocios). Todo negocio con terceros deberá cumplir con las políticas de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P.. y con la Ley. •

Agentes, consultores y fuerza de venta. Las tarifas de comisión u honorarios pagados a mayoristas, distribuidores, agentes, comisionistas o consultores serán razonables en relación al valor del producto o del trabajo que realmente se está haciendo.



Contratistas y Subcontratistas. Los contratistas juegan un rol vital en el cumplimiento de muchos de nuestros contratos. En algunos casos, sus subcontratistas están altamente visibles ante nuestros clientes, por lo tanto, procuramos que tanto aquellos como éstos conserven y fortalezcan la reputación de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., actuando MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 5 de 9

consistentemente con nuestro manual de transparencia en el ejercicio empresarial. •

“Joint ventures” y alianzas de negocios. Procuramos hacer alianzas con Compañías que compartan nuestro compromiso con la ética. También trabajamos por hacer que las normas y estándares de nuestras alianzas de negocios o “ joint ventures” sean compatibles con las nuestras.

(h) Prácticas de Compra. Los procedimientos de compra se adelantan de acuerdo con la ley y nuestro régimen interno de contratación. Con fundamento en ello, las decisiones de compra se toman objetivamente y basadas solamente en nuestros mejores intereses. Los proveedores se ganan los contratos con la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., con base en la idoneidad del producto o servicio, así como de su precio, condiciones comerciales adicionales, términos de entrega y calidad, sin desconocer en ningún momento la condición comercial y ética de nuestro proveedor. Los acuerdos de compra se documentan, identifican claramente el servicio o producto a proveer, la base sobre la cual se realiza el pago y la tarifa u honorarios aplicables. El pago corresponde a los servicios o productos provistos. (i) Conflictos de Intereses. Las relaciones con proveedores, contratistas, subcontratistas, clientes, competidores o reguladores, actuales o futuros, no afectan nuestro sano e independiente juicio. Nuestra Compañía tiene y practica un estricto “Código de Buen Gobierno Corporativo” y un “Código de Ética y Conducta Empresarial”. MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 6 de 9

Regularmente se dictan guías internas generales que ayudan a los empleados a comprender y consultar previamente situaciones que pudieran causar un conflicto de interés, en especial aquellas relacionadas con servicios externos, remunerados o “ ad honorem” , participación en Juntas o Consejos Directivos, relaciones familiares o personales, decisiones de inversión personal , regalos, viajes o entretenimiento. (j) Relaciones con Autoridades Gubernamentales Nacionales y Extranjeras. En nuestros negocios, en Colombia y en el exterior, cumplimos con las Leyes y regulaciones aplicables y no aceptamos presiones o exigencias por condiciones del negocio si con ello se violare la Ley o nuestros principios éticos. Si uno de nuestros empleados tiene preguntas o inquietudes sobre la legalidad de una acción, es responsable de verificarlo con su Gerencia o la Secretaría General de la Compañía. (k) Actividades Políticas. La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., no hace contribuciones políticas o hace uso del nombre, fondos, propiedades, equipos o servicios para el apoyo de partidos políticos, comités o candidatos, incluyendo contribuciones de dinero. Las actividades de cabildeo o los contactos con el Gobierno o Cuerpos Legislativos en nombre de la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A E.S.P., son transparentes y si bien defienden nuestros intereses empresariales, se enmarcan dentro de los principios éticos y del interés público y son previamente puestas en conocimiento y coordinadas con la Gerencia General. LA INTEGRIDAD COMERCIAL ES GARANTIA DE NUESTRO SERVICIO; “YO SOY LEGAL CON LA ESSA”. MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 7 de 9

3. MEDIDAS Y ACCIONES CORPORATIVAS COMPLEMENTARIAS

La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P., ha adoptado una serie de medidas complementarias para que el deber ser ético en materia competitiva y comercial sea interiorizado por cada una de las personas de la Organización. En ese sentido se han realizado las siguientes acciones antes de su adopción formal y divulgación sectorial: •

Compromiso de la Alta Dirección. Nuestro programa de transparencia en el ejercicio empresarial es orientado y dirigido desde la alta gerencia. El programa empieza desde la selección de personal con altos estándares éticos e incluye capacitación y acompañamiento permanentes. Todo el cuerpo directivo de la Compañía, debe dar ejemplo de los más altos estándares de competencia y transparencia en las decisiones de negocios. De manera especial, la administración del talento humano y la orientación legal de la Compañía, velarán por la aplicación correcta del manual de transparencia en el ejercicio empresarial.



Ambiente Empresarial. La ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P. procura un ambiente de cumplimiento, de comportamiento ético comercial entre sus empleados, consultores, contratistas y aliados de negocios. MANUAL DE TRANSPARENCIA EN EL EJERCICIO EMPRESARIAL Página 8 de 9

Adicionalmente, el cumplimiento del “Código de Buen Gobierno Corporativo”, “Código de Etica y Conducta Empresarial” y del “Manual de Transparencia en el Ejercicio Empresarial”, hacen parte del deber ser axiológico y obligacional de todos y se encuentra disponible como material de consulta permanente y en línea. •

Ayuda On –Line. Se mantiene a través de la página web de la Compañía, asesoría permanente para consultas de nuestros empleados sobre los temas relacionados con la aplicación del manual de transparencia en el ejercicio empresarial.



Control de Conductas o Acciones Individuales Violatorias del Manual de Transparencia en el Ejercicio Empresarial. Se han implementado mecanismos internos para reportar, aún en forma confidencial, toda conducta ilegal o antiética que contraríe nuestro manual de transparencia en el ejercicio empresarial y un estricto procedimiento de prevención, investigación de las mismas, seguimiento y sanción de sus transgresiones.



Propuestas Específicas Para el Sector Energético. En especial en materia de los servicios de energía la ELECTRIFICADORA DE SANTANDER S.A. E.S.P.. se compromete a: (i)

Proteger la privacidad de datos personales o comerciales no públicos de nuestros competidores y usuarios finales del servicio público de energía.

(ii)

Realizar el mantenimiento técnico de las redes de terceros con los cuales interconecta su red o transporta sus servicios, de acuerdo con la regulación vigente.

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