1.- OBJETO DEL SUMINISTRO

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE “SUMINISTRO DE PIENSO PARA LA ALIMENTACIÓN DE LOS PERROS DE LA SECCIÓN CANINA DE LA UNIDAD DE APOYO A LA SEGURIDAD DEL CUERPO DE POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID”.

1.- OBJETO DEL SUMINISTRO El objeto del contrato consiste en la adquisición de pienso para la alimentación de los perros de la Sección Canina del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, adscrito a la Unidad de Apoyo a la Seguridad, con objeto de atender las necesidades nutricionales de los perros, con pleno aporte de energía y fibra. Los bienes objeto de este suministro son los que se detallan en este Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante PPT), con las características técnicas, especificaciones y condiciones de suministro que se indican. El plazo total de este suministro se establece en VEINTICUATRO MESES a partir del 1 de enero 2013, o desde la formalización del contrato si ésta tuviera lugar en fecha posterior, debiéndose efectuar los suministros por entregas parciales, previa petición por el Ayuntamiento de Madrid a la empresa adjudicataria.

2.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS.

Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp

GENERALES Deberá ajustarse a todas aquellas disposiciones vigentes (tanto españolas, como de la Comunidad Europea) relacionadas con las materias primas y sustancias objeto de este Pliego, las cuales recogen normas sobre composición, transporte, comercialización y reglamentaciones técnico-sanitarias. Características generales: mezcla de materias primas naturales secas, de palatabilidad aceptable para el perro, de marcas comerciales registradas, acreditadas y etiquetadas y, con distribución en todo el territorio nacional. Presentación: En forma granulada, en sacos iguales a los de su comercialización en el mercado, de peso por saco comprendido entre 10 y 25 kg. El pienso tendrá como ingredientes:

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Subdirección General Económico Administrativa Departamento de Equipamiento y Prevención C/ Albarracín 31 – 1ª planta  28037 – Madrid Telf.: 91 480 4685 – Fax: 91 480 4574

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Carne y derivados (preferentemente carne de pollo. Considerando como primer ingrediente en fuente de proteína animal).

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Cereales de alta digestibilidad.

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Huevos y ovo productos.

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Aportación de aminoácidos esenciales indispensables.

-

Aceites y grasas protegidos con conservantes autorizados por la Unión Europea.

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Producto nº 1: PIENSO DE MANTENIMIENTO La composición del pienso que figure en la información técnica del producto y la que resulte del análisis que se pueda efectuar sobre la muestra se ajustará básicamente a los siguientes valores:

Asimismo deberá tener en su

ANÁLISIS BÁSICO DEL PIENSO MANTENIMIENTO

CANTIDADES

Humedad

(8,50 2,00) %

Proteína bruta

(26,00  3,00) %

Grasa bruta

(15,50  2,00) %

Fibra bruta

(2,50  0,75) %

Cenizas brutas

(6,00  2,00) %

Calcio

(1,30 0,30) %

Fósforo

(0,80  0,25) %

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Energía metabolizable min. 3.700 Kcal/Kg composición productos para la protección del cartílago como glucosamina, condroitina u otros, y, además ácidos grasos omega 3 y omega 6.

Producto nº 2: PIENSO DE ALTA ENERGÍA La composición del pienso que figure en la información técnica del producto y la que resulte del análisis que se pueda efectuar sobre la muestra se ajustará básicamente a los siguientes valores:

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Asimismo deberá tener en su

ANÁLISIS BÁSICO DEL PIENSO ALTA ENERGÍA

CANTIDADES

Humedad

(8,00  2,00) %

Proteína bruta

(32,00  3,00) %

Grasa bruta

(21,00  10,00) %

Fibra bruta

(2,50  2,00) %

Cenizas brutas

(7,00 3,00) %

Calcio

(1,60 0,30) %

Fósforo

(1,00  0,20) %

Energía metabolizable min. 3.750 Kcal/Kg composición productos para la protección del cartílago como glucosamina, condroitina, u otros, y, además ácidos grasos omega 3 y omega 6.

3.- CONDICIONES DE LA OFERTA Con independencia de las mejoras de calidades o características técnicas que puedan ofertarse, deberán respetarse las características técnicas indicadas en el presente PPT.

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Dentro del plazo de presentación de ofertas será obligatoria la presentación por los licitadores, libre de cargo alguno, de las muestras de los productos objeto de suministro que se indican a continuación, así como su composición analítica sobre la calidad: 

PIENSO DE MANTENIMIENTO: 2 bolsas de 500 gramos cada una.



PIENSO DE ALTA ENERGÍA: 2 bolsas de 500 gramos cada una

Piensos de mantenimiento: una de las bolsas se presentará precintada. La segunda bolsa se presentará igualmente precintada, con los resultados de la analítica del producto en su interior efectuada por un laboratorio ajeno a la empresa licitadora, debidamente acreditado para realizar ensayos de esta naturaleza. Piensos de alta energía: una de las bolsas se presentará precintada. La segunda bolsa se presentará igualmente precintada, con los resultados de la analítica del producto en su interior efectuada por un laboratorio ajeno a la empresa licitadora, debidamente acreditado para realizar ensayos de esta naturaleza. Dichas muestras serán utilizadas por el Ayuntamiento de Madrid para los ensayos, análisis o pruebas que se consideren necesarias.

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La no presentación de muestras o la presentación de productos que no se ajusten a los requerimientos básicos del PPT, determinará la no consideración de la oferta y la exclusión del licitador.

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Dichas muestras deberán ser entregadas en las dependencias de la Sección Canina de la Unidad de Apoyo a la Seguridad del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, situada en la Ronda de los Toros s/n, Casa de Campo, Madrid 28011. Unida sólidamente a las muestras y no al envoltorio (caja, papel, bolsa) deberá figurar una etiqueta en la que se indique claramente el nombre o razón social del licitador, el código y la denominación del producto ofertado. La Administración podrá llevar a cabo los ensayos y pruebas que considere necesarios para comprobar la calidad de los productos que constituyen las muestras presentadas por los licitadores y su adecuación al suministro que se pretende. Estas pruebas podrán ser de tipo destructivo, no habiendo por ello lugar a la devolución de ninguna de las muestras entregadas. Las muestras presentadas junto con la oferta de la empresa licitadora que sea seleccionada como adjudicataria no serán devueltas ni se considerarán, en modo alguno, como entrega parcial del contrato adjudicado. A criterio del Ayuntamiento de Madrid, los ensayos se podrán realizar por los Servicios del propio Ayuntamiento de Madrid o por un organismo externo, en cuyo caso los gastos que ello pudiera suponer correrán por cuenta de la Administración municipal. Las características o prestaciones de las muestras presentadas y las indicadas en la documentación aportada, que mejoren los requisitos contenidos en este PPT serán exigibles en las entregas de los productos a suministrar posteriormente. El licitador que resulte Adjudicatario deberá suministrar los piensos con calidad igual o, en todo caso, superior a las muestras presentadas.

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Los licitadores serán responsables de que tanto la documentación Técnica, como los Certificados que puedan presentar corresponden a las características de las materias primas o productos que ofertan y que coinciden estrictamente con las muestras presentadas por aquéllos. El Ayuntamiento de Madrid podrá verificar estos hechos previamente a la adjudicación y, también, durante el suministro. Las no conformidades o defectos detectados en las muestras o productos presentados que no supongan el rechazo de la oferta, serán comunicados al licitador para que, en el supuesto de ser el adjudicatario del contrato, sean subsanados en las entregas de los productos a suministrar. A este efecto, no supondrá el rechazo de la oferta la detección en las muestras presentadas de defectos o no conformidades que no determinen el incumpliendo de los requerimientos básicos de este PPT y, en general, aquellas deficiencias que no impidan la utilización de los productos o que no pongan en peligro la salud de los perros. Será imprescindible que el licitador manifieste por escrito o fax (según decida el Ayuntamiento de Madrid) su conformidad para corregir los defectos o para cumplir con las indicaciones comunicadas y siempre que quede constancia de la recepción de la comunicación y su contenido. Dicha respuesta deberá darla en los plazos que se establezcan por el Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo previsto en la cláusula 21 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) que rige este contrato. En caso de que el licitador manifieste su no conformidad para corregir los defectos o para cumplir con las indicaciones que Dirección General de Seguridad

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se le hayan comunicado en el mencionado escrito o fax recibido del Ayuntamiento de Madrid, o bien, en el caso de no recibirse respuesta alguna del licitador en el plazo otorgado a tal efecto, supondrá la no consideración de la oferta y la exclusión de aquél. El mismo criterio y procedimiento se seguirá en caso de necesitarse aclaraciones sobre la documentación presentada por los otros licitadores.

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Junto con las muestras, deberá presentarse documentación relativa a los siguientes aspectos, al menos en castellano:



Características Técnicas descritas en el presente PPT.



Instrucciones de conservación y almacenamiento.



Composición cuantitativa de los aminoácidos esenciales.



Conservantes y antioxidantes incorporados.



Composición cuantitativa de las vitaminas: En Unidades Internacionales UI / kg:A y D3. En mg/kg: E, ,K, C, B1, B2, B3, B6, B12, PP, H, y ácido fólico.



Composición cuantitativa de los electrólitos y oligoelementos expresada: En %: Na, K, Mg. En mg/kg: Cu, Fe, Mn, Zn, I y Se.

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Declaración del licitador en la que haga constar: 

Establecimientos de fabricación y/o comercialización que posee.



Equipo Técnico que dispone (nº de personas, titulaciones, etcétera).

Certificado de Veterinario, visado por Colegio Oficial correspondiente, en el que se haga constar literalmente, que: las muestras presentadas de Pienso de Mantenimiento y Pienso de alta energía: -

Tienen garantizada la Inocuidad de los materiales empleados.

-

Cumplen con la legislación vigente aplicable a los piensos y alimentos para perros, entre la que cabe destacar (o la reglamentación por la que haya sido sustituida en el momento de la publicación de este PPT): o

Reglamento (CE) 1829/2003, de 22 de septiembre, sobre organismos modificados genéticamente.

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o

Real Decreto 731/2007, de 8 de junio, que modifica determinadas disposiciones para su adaptación a la normativa comunitaria sobre piensos, alimentos y sanidad de los animales.

o

Real Decreto 56/2002, de 18 de enero, sobre circulación y utilización de materias primas para la alimentación animal y la circulación de piensos compuestos. Modificado parcialmente por los Reales Decretos 1205/2006 y 25/2003.

o

Real Decreto 1144/2006, de 6 de octubre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene de los piensos.

o

Real Decreto 893/2005, de 22 de julio, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria sobre aditivos en la alimentación animal.

o

Real Decreto 157/1995, de 3 de febrero, por el que se establecen las condiciones de preparación, de puesta en el mercado y de utilización de los piensos medicamentosos. Modificado parcialmente por el Real Decreto 2098/2004, de 22 de octubre.

o

Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano.

o

Real Decreto 465/2003, de 25 de abril, sobre las sustancias indeseables en la alimentación animal. Modificado parcialmente por las Ordenes PRE/1594/2006 de 23 de mayo, PRE 890/2007 de 2 de abril, PRE 1884/2005 de 13 de junio, PRE/1442/2004 de 20 de mayo y PRE/3074/2003 de 5 de noviembre.

o Real Decreto 1798/1999, de 26 de noviembre, por el que se modifican Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp

diversas disposiciones relativas a la alimentación de los animales. o

Real Decreto 609/1999, de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 2257/1994, de 25 de noviembre, por el que se aprueba los métodos oficiales de análisis de piensos o alimentos para animales y sus primeras materias.

o

Real Decreto 1999/1995, de 7 de diciembre, relativo a los alimentos para animales destinados a objetivos de nutrición específicos.

Según establece el Real Decreto 731/2007, de 8 junio (anteriormente citado) hasta tanto se apruebe normativa comunitaria específica, mantendrán su aplicación, siempre que no resulten contrarias a las normas del Derecho Comunitario, la Orden del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de 12 de mayo de 1989, por la que se aprueban los métodos oficiales de toma de muestras de alimentos para animales (piensos), el Real Decreto 354/2002, de 12 de abril, por el que se establecen los principios relativos a la organización de Dirección General de Seguridad

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los controles oficiales en el ámbito de la alimentación animal, el Real Decreto 2257/1994, de 25 de noviembre, por el que se aprueba los métodos oficiales de análisis de piensos o alimentos para animales y sus primeras materias y el Real Decreto 214/2003, de 21 de febrero, por el que se establecen los requisitos para la determinación de los niveles de dioxinas y de policlorobifenilos (PCB) similares a las dioxinas en los piensos. 

Y en general que las muestras presentadas cumplen con todas las especificaciones del Pliego de Prescripciones Técnicas.

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4.- ENTREGAS Como lugar de las entregas se establece la Sección Canina de la Unidad de Apoyo a la Seguridad del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, situada en la Ronda de los Toros sin/n, Casa de Campo, Madrid 28011, en días NO festivos de lunes a viernes en horario de 8.00 a 14.00 horas. La primera entrega deberá llevarse a cabo en el plazo máximo de VEINTE DIAS a contar desde el 1 de enero 2013, o desde la formalización del contrato si ésta tuviera lugar en fecha posterior. La empresa adjudicataria del contrato deberá efectuar los suministros por entregas parciales, previa petición de los responsables del la Sección Canina del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid a la empresa adjudicataria, formalizándose las entregas en un plazo no superior a siete días naturales contados desde la recepción de la petición por esta última. Si el último día del plazo fuera sábado, domingo o festivo, la entrega se efectuará el primer día hábil siguiente. La descarga y almacenamiento de los productos hasta el lugar final, indicado por la Sección Canina, correrán a cargo del adjudicatario. Cada entrega debe suministrarse con la siguiente información escrita, al menos en castellano:

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Descripción del producto. Nombre y dirección completa del fabricante y/o representante. Fecha de caducidad del producto (de tenerla). Explicación de cualquier pictograma, marcado y nivel de prestación. Instrucciones de uso: utilización, almacenamiento, limitaciones de uso, etcétera.

5.- FACTURACIÓN La facturación se realizará por el adjudicatario mensualmente. En cada factura, que se emitirá el primer día del mes siguiente al que correspondan los suministros efectuados, se detallarán las entregas efectuadas durante el mes natural a petición de los responsables de la Sección Canina de la Unidad de Apoyo a la Seguridad del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid, previa recepción de conformidad por la Unidad de Apoyo a la Seguridad. Las facturas se remitirán por duplicado al Ayuntamiento de Madrid, Dirección General de Seguridad, Subdirección General Económico-Administrativa, Departamento de Equipamiento y Prevención, calle Albarracín nº 31, 1ª planta, C.P. 28037 - Madrid.

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6.- CONTROL DE CALIDAD Para el aseguramiento de la calidad y cantidad (pesaje), el Ayuntamiento de Madrid tendrá acceso a la totalidad de las instalaciones de la empresa contratista y de sus posibles subcontratistas con objeto de garantizar la calidad de los productos. A tal efecto, los facultativos que el Ayuntamiento de Madrid libremente designe podrán, en cualquier momento y sin previo aviso, efectuar “in situ” el control de las materias primas con la finalidad de comprobar si las mismas corresponden a las ofertadas por el Adjudicatario, levantando, en su caso, “Acta de No Conformidad”; además, la empresa contratista se obliga a establecer en sus relaciones con los posibles subcontratistas las condiciones necesarias para realizar la citada inspección. En caso de levantarse “Acta de No Conformidad” por esta circunstancia, el Ayuntamiento procederá a impartir al contratista las instrucciones precisas para que subsane los defectos observados, tal como establece el artículo 295 del TRLCSP y en el supuesto de que una vez requerido el contratista para llevar a cabo la subsanación de dichos defectos no procediera a ello, se instará la resolución del contrato en el caso de que aquél presentase alegaciones y éstas resultasen desestimadas tras los peritajes oportunos. El Ayuntamiento, antes de aceptar las entregas, podrá llevar a cabo, un examen de las mismas para comprobación de su cantidad, estado y calidad, rechazando aquéllas que presenten defectos apreciables a simple vista y que siendo, por lo tanto, evidentes y fácilmente constatables, no requieran exámenes técnicos para su acreditación. En el caso de comprobarse deficiencias en los bienes entregados, la empresa adjudicataria se verá obligada a la realización de un nuevo suministro, de forma que la alimentación de los perros no quede interrumpida en periodo alguno. El Ayuntamiento de Madrid se reserva la posibilidad de realizar estas comprobaciones con sus propios medios o con medios ajenos.

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Si la comprobación del producto entregado es favorable, la entrega será admitida y, en caso contrario, será rechazada, pudiendo el adjudicatario solicitar una nueva inspección, a la que podrá asistir dicho adjudicatario o su representante legal, acompañado de un técnico en la materia objeto de disconformidad. Se considerarán “Defectos Críticos” y, por tanto, motivo de rechazo de la entrega, aquellas deficiencias que impidan la utilización de los productos: defectos de composición de materias primas, aditivos inadecuados o en cantidades inadecuadas, fecha de caducidad no conformes, deficiente envasado, mal estado de conservación, presencia de insectos, excrementos o defectos similares que en el caso de ingestión de dichos productos puedan poner en peligro la salud de los perros. También se podrán realizar los exámenes y comprobaciones aleatorias y periódicas que se estimen oportunas, tanto con medios propios del Ayuntamiento de Madrid, como con medios ajenos, para comprobar si los productos entregados cumplen los requisitos técnicos aportados en la oferta, con objeto de mantener la calidad del producto suministrado. A estos efectos, el Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar analíticas de los diferentes suministros en laboratorios externos debidamente acreditados para realizar este tipo de ensayos, que pueden incluir entre otros parámetros proteína, fibra, grasa, etcétera. Los gastos que puedan ocasionarse en dichas comprobaciones serán por cuenta del adjudicatario hasta un importe máximo del 1% del presupuesto total del suministro que se le haya adjudicado. El importe de

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estas facturas, hasta el máximo indicado, será objeto de deducción directa por la Administración al realizar los pagos que procedan a favor del contratista por los suministros realizados. En el supuesto de que alguna entrega fuera rechazada como consecuencia de los análisis y comprobaciones realizados, se levantará “Acta de No Conformidad”. En tal caso, el Ayuntamiento procederá a impartir al contratista las instrucciones que estime precisas para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado, tal como establece el artículo 297 del TRLCSP y en el supuesto de que una vez requerido el contratista para subsanar tales defectos no procediera a ello, se instará la resolución del contrato en el caso de que aquél presentase alegaciones y éstas resultasen desestimadas tras los peritajes oportunos. Los gastos que se generen por la devolución de los suministros rechazados serán a cargo del contratista, que podrá presentar las alegaciones que estime oportunas en forma de peritaje, dictámenes o análisis emitidos por centros u organismos oficiales, que únicamente servirán como elementos de juicio para la resolución definitiva que dictará el órgano de contratación. En el caso de que tras esos peritajes, dictámenes o análisis emitidos por centros u organismos oficiales a instancias de la empresa adjudicataria, el órgano de contratación resolviese que los artículos inicialmente rechazados cumplen los requerimientos de calidad exigibles de acuerdo con lo especificado en este Pliego, los gastos ocasionados por la realización de aquéllos correrán a cargo de la Administración municipal, incluidos los gastos incurridos por la empresa adjudicataria como consecuencia de la devolución de los suministros inicialmente no aceptados por la Administración. El Ayuntamiento comprobará que las no conformidades o defectos detectados en las muestras presentadas en su momento por el licitador que resultó adjudicatario, habrán sido subsanadas por éste en las entregas de los productos a suministrar. 7.- GARANTÍA Los plazos de garantía de los productos a adquirir serán los que fije la legislación vigente (en el momento del suministro) o, en su defecto, los siguientes para cada clase de producto:

- Pienso de mantenimiento: El plazo de garantía será de tres (3) meses contados a partir de

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la recepción de conformidad del producto.

- Pienso de alta energía: El plazo de garantía será de tres (3) meses contados a partir de la recepción de conformidad del producto.

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