ACUERDO No 10 DE 2014
O 2 OCI 2014 POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN UNAS FACULTADES AL ALCALDE MUNICIPAL DE SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA PARA REALIZAR PROCESO DE COMPRA DIRECTA DE PREDIOS PARA LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES CENTRO POBLADO LOS NARANJOS VEREDA LAS ANGUSTIAS EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA, en uso de sus
atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias; en especial las conferidas en el Numeral 3 del Artículo 313 de la Constitución Política, la Ley 136 de 1994, la Ley 617 de 2000, la Ley 819 de 2003, CONSIDERANDO Que de conformidad con el Numeral 3e del Artículo 313 de la Constitución Política, el Artículo 32 Numeral 3S de la Ley 136 de 1994, el Artículo 92 Numeral 7a y el Numeral 2 Q del Artículo 279 del Decreto 1333 de 1986, corresponde a los Concejos autorizar y conceder facultades al Alcalde para precisar funciones netamente administrativas de las que le corresponde al Concejo Que las Plantas de Tratamiento son instalaciones donde se les retiran los contaminantes a las Aguas Residuales, para hacer de ella un agua sin riesgos a la salud y al medio ambiente al disponerla en un cuerpo receptor natural o por su re-uso en otras actividades de nuestra vida cotidiana con excepción del consumo humano. Que el predio que presenta las mejores condiciones para la instalación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) en la Vereda las Angustias a que hacemos referencia es un lote de terreno que hace parte de otro de mayor extensión distinguido con el número de cédula catastral No 00 02 0008 0272 000 el cual es un lote con las siguientes características: predio denominado "San Miguel", ubicado en la vereda "Las Angustias" con un área aproximada de dieciséis mil metros cuadrados (5.300 mts), lindando al norte con el predio "El Porvenir Pte" propiedad de María Hermencia Muñoz Pineros, "El Encanto" propiedad de Hilaria Valero Pinto, al este con el predio "la Esmeralda" propiedad de Eudoro Mateus Contreras, predio "El Porvenir" propiedad de Hermenegildo Agudelo Caray, sureste con el predio "La Palma" propiedad de Horacio Bobadilla Latorre al sur con el predio "Las Orquídeas" propiedad de Saúl Buitrago Aguirre, al Suroeste con el predio "San Cayetano"
propiedad de Gonzalo Galvis Penalanda, al oeste con el predio "LT Y CS" propiedad de Luis Fernando Aldana Moreno, al Noroeste con el predio "LT" propiedad de Ángela Inés González Rojas, predio "El Recorte" propiedad de Ana-Rosa Ortíz Pena. Que en razón a lo expuesto anteriormente, se hace necesario conceder tal autorización dado que se generan beneficios económicos, se incrementa la eficiencia administrativa, se fortalecen las finanzas del municipio y redundan en el bienestar y mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del Municipio. En mérito de lo expuesto anteriormente, ACUERDA
ARTÍCULO PRIMERO: Facúltese al señor Alcalde Municipal de San Antonio del Tequendama para realizar proceso de COMPRA DIRECTA O POR EL MECANISMO LEGAL DE EXPROPIACIÓN POR VIA ADMINISTRATIVA, VENTA Y CANJE DEL PREDIO DENOMINADO SAN MIGUEL CON CÉDULA CATASTRAL 00 02 0008 0272 000 CON EXTENSIÓN DE 5.300 MTS PARA LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES CENTRO POBLADO LOS NARANJOS VEREDA LAS ANGUSTIAS por la suma equivalente de TREINTA MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS ONCE PESOS M/CTE. ($ 30.124.411) según avaluó realizado para tal fin. ARTÍCULO SEGUNDO: La mencionada autorización tendrá una vigencia de seis (06) meses a partir de la aprobación, sanción y publicación del presente Acuerdo. ARTÍCULO TERCERO: Que el Predio que se adquiere por medio de la compra directa será para llevar a cabo el proyecto de la construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales; priorizando la necesidad según lo aprobado en el Plan de Desarrollo y los recursos obtenidos dentro del presupuesto según la vigencia y bajo las siguientes especificaciones: SECTOR: PROGRAMA:
PROYECTO. DESCRIPCIÓN META PRODUCTO:
AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO AMPLIACIÓN, OPTIMIZACIÓN Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO. ALCANTARILLADO-TRATAMIENTO CONSTRUIR UNA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES
ARTÍCULO CUARTO: Que los terrenos, predios e inmuebles de que trata el Artículo Primero c'
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del Presente Acuerdo serán adquiridos por el Municipio a través de su representante legal, para el desarrollo ordenado y sostenible del Municipio acorde con las posibilidades de asignación de recursos y cuando las condiciones de favorabilidad estén al alcance del municipio. ARTICULO QUINTO: La compra de los predios señalados en el presente Acuerdo, se efectuará de conformidad con lo normado por la Ley 80 de 1993, decretos reglamentarios y demás normas que regulen la materia, previa alinderación y avalúo por parte de la entidad competente. ARTÍCULO SEXTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de sanción y publicación. EL PRESENTE PROYECTO REGLAMENTARIOS:
DE
ACUERDO
FUE
APROBADO
EN
DOS
PRIMER DEBATE: Septiembre 25 de 2014 SEGUNDO DEBATE: Septiembre 29 de 2014
Edgar Enrique Gil Osunav Presidente
Diana
'osta
cretaria General
3 / / 4&S 3604^
DEBATES
San Antonio del Tequendama CONSTANCIA SECRETARIAL: Septiembre 30 de 2014, en la fecha se recibe el presente Acuerdo Municipal No. 10 de 2014, pasa al Despacho del Alcalde para su conocimiento.
CARLOS JUL Secre
DESPACHO DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA. SEPTIEMBRE 30 de 2014.
SANCIONADO
01 de Octubre de 2014, en constancia envíese el presente Acuerdo Municipal No. 10 de 2014 al Señor Gobernador de Cundinamarca para su revisión.
JORGE
ROZADA Secretario de Gobieno
¡Construyendo un futuro mejor! República de Colombia - Departamento de Cundinamarca Alcaldía Municipal de San Antonio del Tequendama Carrera. 5 # 4 -16 Código Postal 252620 Tel: (1)8450226 - Fax: (1)8450055- www.sanantoniodeitequendama-cundinamarca.gov.co GD-PR-006-FR-01 VERSIÓN 2 1-03-2012
' 102.3 f.^.
INRAI EL SUSCRITO ADMINISTRADOR-DIRECTOR
CERTIFICA
Que por medio de la EMISORA CRISTALINA ESTÉREO 102.3 F.M., de La Mesa Cundinamarca, se publicó el día ocho (8) de octubre del año en curso, el Acuerdo N° 10 de 2014 del Concejo Municipal de San Antonio del Tequendama "POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN
UNAS
FACULTADES AL ALCALDE
MUNICIPAL DE SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA
PARA
REALIZAR
PROCESO DE COMPRA DIRECTA DE PREDIOS PARA LA PLANTA DE TRATAMIENTO
DE
AGUAS
RESIDUALES
CENTRO
POBLADO
LOS
NARANJOS VEREDA LAS ANGUSTIAS".
Dada en La Mesa Cundinamarca, a los ocho (8) días del mes de octubre del año dos mil catorce (2014).
Atentamente,
JIMMY JAVIER MIRANDA R. Director
Calle 8 No 16-75 Teléfono: 84713 37 847 21 41 Fax: 847 04 37
[email protected] La Mesa - Cund.
REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA MUNICIPIO SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA
PERSONERÍA MUNICIPAL
"EL PERSONERO MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LA LEY 617 DE
2000"
CERTIFICA
Que el acuerdo No 10 de dos mil catorce (2014) "POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN UNAS FACULTADES AL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SAN ANTONIO DEL TEQUENDAMA PARA REALIZAR PROCESO DE COMPRA DIRECTA DE PREDIOS PARA LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES CENTRO POBLADO LOS NARANJOS VEREDA LAS ANGUSTIAN ", cumplió lo previsto en el artículo 81 de la Ley 136 de 1994 como quiera que una vez sancionado fue publicado el día ocho (08) de Octubre de dos mil catorce (2014), por la emisora Cristalina Estéreo 102.3 F.M que opera en la Mesa Cundinamarca y tiene cobertura en la región el Tequendama. Se expide a los veintiún (21) días dél mes de Octubre de dos mil catorce (2014), conforme al artículo 24 numoral 9 de la Ley 617 de 2000.
TO QSUNA SANTIAGO Personero Municipal
COLOMBIA - CUNDINAMARCA SAN ANTONiO DEL TEQUENDAMA