ALCALDÍA DE RAMIRIQUI MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES

ALCALDÍA DE RAMIRIQUI MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES CONTENIDO Pág. 1. Misión 3 2. Objetivo institucional 3 3. Funcion
Author:  Ernesto Rubio Rico

1 downloads 62 Views 432KB Size

Story Transcript

ALCALDÍA DE RAMIRIQUI

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES

CONTENIDO Pág. 1. Misión

3

2. Objetivo institucional

3

3. Funciones generales del municipio

3

4. Presentación del manual

4

Finalidad

4

Objetivos

4

Fuentes de información

5

Organización del manual

5

5. Organigrama

6

6. Estructura Administrativa

7

6. Planta de personal

7

7. Resolución No. 0170 del treinta (30) del mes de diciembre de dos mil cinco (2005) 8 - 70

2

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES 1. MISIÓN Lograr el desarrollo local, con bienestar social, satisfacción de las necesidades elementales en equidad y justicia para toda la comunidad de acuerdo con las necesidades, primando los más pobres, los niños, la tercera edad, se busca que el municipio alcance un desarrollo integral, donde toda la administración este al servicio de la sociedad, optimizando el capital humano. 2. OBJETIVO INSTITUCIONAL Asegurar el bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del municipio de Ramiriquí. 3. FUNCIONES GENERALES • • • • •

• • •

Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley. Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal. Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes. Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades. Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos que defina la ley. Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente, de conformidad con la ley. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo municipio. Hacer cuanto pueda adelantar por si mismo, en subsidio de otras entidades territoriales, mientras éstas proveen lo necesario.

3

4. PRESENTACIÓN DEL MANUAL 4.1.

FINALIDAD

Es el instrumento de administración de personal a través del cual se establecen las funciones de los empleos que conforman la planta de personal del municipio de Ramiriquí y los requerimientos exigidos para el desempeño de los mismos. Se constituye en el soporte técnico que justifica y da sentido a la existencia de los cargos en una entidad u organismo. 4.2. OBJETIVOS



Establecer y precisar de manera clara y formal la razón de ser de cada empleo, determinar sus particulares funciones y responsabilidades.



Especificar los requerimientos de los empleos en términos de conocimientos, experiencia, habilidades y aptitudes, como un medio para orientar la búsqueda y selección del personal con los perfiles adecuados para ocuparlo.



Instrumentar la marcha de otros procesos administrativos tales como: selección de personal, inducción de nuevos funcionarios, capacitación y entrenamiento en los puestos de trabajo y evaluación del desempeño.



Generar en los miembros de la Organización el compromiso con el desempeño eficiente de los empleos, entregándoles la información básica sobre los mismos.



Proporcionar información de soporte para la planeación e implantación de medidas de mejoramiento y modernización administrativas, estudios de cargas de trabajo y de asignaciones salariales.



Coadyuvar en el establecimiento de parámetros de eficiencia y criterios de autocontrol.



Definir el perfil de cada cargo, las funciones esenciales, las contribuciones individuales, los conocimientos básicos y los requisitos de estudio y experiencia, necesarios para el desempeño eficiente de cada uno de los funcionarios.

4



Definir las competencias comunes y comportamentales de los empleos públicos establecidos en el presente manual.



Servir de base para la aplicación de los diferentes procesos de la administración del talento humano.



Dar a conocer a cada funcionario el quehacer del cargo para el cual fue nombrado, a fin de que éste mejore su eficacia y eficiencia y, por ende, la prestación de los servicios.



Contribuir al proceso de selección de personal, mediante el conocimiento de las funciones a desarrollar y los requisitos mínimos exigidos para el ejercicio del cargo objeto de convocatoria a concurso.

4.3. FUENTES DE INFORMACIÓN PARA LA ELABORACIÓN DEL MANUAL

• • • • • • 4.4.

Constitución Política Ley 136 de 1994 Ley 909 de 2004 y decretos reglamentarios Decreto ley 785 de 2005 Decreto 2539 de 2005 Análisis Ocupacional ORGANIZACIÓN DEL MANUAL

En el presente manual de funciones contiene: •

La identificación del empleo: proporciona una visión completa acerca de la identidad de los empleos, partiendo de su denominación legal, su ubicación, el número de cargos de acuerdo con la planta de personal y a quien debe reportar quien lo desempeña.



Denominación del empleo: los nombres de los empleos corresponden exactamente con su código y grado a la clasificación de los mismos prevista en el Decreto mediante el cual se adopta la planta de personal.



Dependencia: hace referencia a la ubicación del empleo dentro de la estructura administrativa, de conformidad con lo aprobado en la planta de personal.

5



Jefe Inmediato: Es el cargo que ejerce la supervisión directa del empleo que se está describiendo.



Numero de cargos: Determina el número de empleos de la misma denominación y grado, para los cuales se hace la descripción.



Descripción de funciones esenciales del cargo: Describen el que debe hacer y el para qué de cada función, de conformidad con la misión institucional, las actividades de la dependencia, los programas y proyectos y con el nivel y naturaleza general del empleo.



Contribuciones individuales: (criterios de desempeño) conjunto de productos o resultados laborales que permiten medir o especificar lo esperado, en términos de “resultados observables” como consecuencia de la realización del trabajo.



Conocimientos básicos o esenciales: comprenden el conjunto de teorías, normas, técnicas, conceptos y demás aspectos del saber que debe poseer y comprender quien esté llamado al desempeño del empleo, para alcanzar las contribuciones individuales.



Requisitos de estudio y experiencia: son los requisitos de estudio y experiencia requeridos para el desempeño del empleo.



Inclusión de las competencias laborales.

6

5. ORGANIGRAMA

7

6. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA

DENOMINACIÓN 1000. DESPACHO DEL ALCALDE 1100. SECRETARIA DE GOBIERNO 1110. COMISARÍA DE FAMILIA 1120. ALMACÉN GENERAL 1200. SECRETARIA DE HACIENDA 1300. OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN E INFRAESTRUCTURA 1310. UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS 1400. SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO 7. PLANTA DE PERSONAL No. DE CARGOS UNO (1) UNO (1) TRES (3) UNO (1) UNO (1) UNO (1) UNO (1) UNO (1) UNO (1) DOS (2) DOS (2) DOS (2)

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO ALCALDE 005 SECRETARIA EJECUTIVO DEL 438 DESPACHO DEL ALCALDE SECRETARIOS DE DESPACHO 020 JEFE DE OFICINA 006 DIRECTOR ADMINISTRATIVO 009 OPERATIVO ALMACENISTA GENERAL 215 COMISARIO DE FAMILIA 202 PLANTA GLOBAL PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 SECRETARIO 440 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES 470 CONDUCTORES 480

8

RESOLUCIÓN No. 0170 30 de diciembre de 2005 POR MEDIO DE LA CUAL SE AJUSTA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE RAMIRIQUÍ. El Alcalde del Municipio de Ramiriquí en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 7 del artículo 315 de la Constitución Política y en especial las del numeral 4 del literal D, del artículo 91 de la ley 136 de 199, y en cumplimiento del Decreto 2539 de 2005 y CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo No. 002 de febrero 20 de 2002 se determinó la estructura orgánica y se establecieron las funciones para cada una de las dependencias que integran la administración central del municipio de Ramiriquí. Que mediante los Acuerdos 026 y 027 de 2005 se modificó la estructura de la Administración Municipal. Que mediante Decreto No. 072 de fecha 20 de diciembre de 2005 se ajustó la planta de personal del municipio de Ramiriquí, para así darle cumplimiento al artículo 33 del Decreto 785 de 2005, adecuando los empleos de la Administración Municipal a la nueva nomenclatura y clasificación. Que con la expedición de los anteriores actos administrativos se transformaron, se crearon, y se suprimieron algunos empleos. Que el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia establece que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento. Que es necesario ajustar las funciones y requisitos de los cargos que componen la planta de personal, involucrando conceptos y técnicas de gestión pública moderna, con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, desempeño, responsabilidad y calidad en la prestación de los servicios por parte de la Administración municipal. Que el Decreto 2539 de 2005 por el cual se establecen las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades territoriales entre otras; ordena la inclusión de las competencias laborales en los respectivos manuales de funciones de cada una de las entidades.

9

RESUELVE: ARTICULO 1o. Establecer el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales, para los empleos que conforman la planta de personal de la Alcaldía Municipal de Ramiriquí, fijada por el Decreto 072 de 2005, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Municipio. ARTICULO 2o. Adóptese el siguiente Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los siguientes cargos: ALCALDE MUNICIPAL I. IDENTIFICACION DIRECTIVO ALCALDE MUNICIPAL 005 NE. 1 ALCALDIA MUNICIPAL

Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato: II. PROPOSITO PRINCIPAL El alcalde es la suprema autoridad política dentro del municipio, es el jefe de la administración local y representante legal de la entidad territorial, primera autoridad de policía en el municipio y ordenador del gasto. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las Leyes, los Decretos del Gobierno, las Ordenanzas, los Acuerdos y las demás normas vigentes. 2. Expedir las disposiciones administrativas que sean necesarias para el municipio de conformidad con la Constitución, las leyes, los decretos, las ordenanzas y demás normas y reglamentos emanados de autoridad superior. 3. Fijar políticas para el municipio conjuntamente con el concejo que conlleven al desarrollo económico, político y social. 4. Planear, organizar, coordinar y controlar los recursos humanos, financieros y materiales del municipio buscando cumplir con los objetivos establecidos. 5. Coordinar y solicitar informes con destino al alcalde, a las diferentes dependencias de la administración central y a las entidades descentralizadas del municipio. 6. Coordinar dentro del marco de la descentralización administrativa la

10

7. 8. 9.

10.

11.

12. 13. 14.

15. 16.

17. 18. 19.

prestación de servicios. Formular las políticas locales sobre la prestación del servicio de salud y administrar el sector de conformidad con los programas regionales y nacionales. Administrar el personal docente y administrativo de los establecimientos nacionales y nacionalizados, conforme a los parámetros establecidos por el Gobierno Nacional. Conservar el orden público en el Municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente de la República y del Gobernador del Departamento, dando las respectivas órdenes al Comandante de Policía Nacional de la localidad. Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la ley, medidas tales como: restringir y vigilar la circulación de personas por vías y lugares públicos, decretar el toque de queda, restringir o prohibir el expendio de bebidas embriagantes, requerir el auxilio de la fuerza pública en los casos permitidos por la Constitución y la ley y dictar dentro del área de su competencia los reglamentos de policía local necesarios para el cumplimiento de las normas superiores. Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empleados nacionales que ejerzan sus funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba hacerlo, en casos de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación. Dirigir la acción administrativa del municipio, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo. Representar al municipio judicial y extrajudicialmente. Nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los Gerentes y Directores de establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local de acuerdo con las disposiciones pertinentes. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales de conformidad con los acuerdos respectivos. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales, y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para los gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado. Velar por el cumplimiento de las funciones de los empleados oficiales municipales y dictar los actos necesarios para su administración. Apoyar con recursos humanos y materiales el buen funcionamiento de las juntas administradoras locales. Imponer multas hasta por diez salarios mínimos diarios, según la gravedad a quienes el desobedezcan, o le falten al respeto, previo

11

20. 21.

22. 23. 24.

25. 26. 27. 28. 29. 30.

31. 32. 33.

34.

procedimiento sumario administrativo donde se observe el debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con los acuerdo correspondientes. Señalar el día o los días en que deba tener lugar el mercado público. Presentar oportunamente al Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y demás que estime convenientes para la buena marcha del municipio. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar lo que considere inconveniente o contrario al ordenamiento jurídico. Reglamentar los acuerdos municipales. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su gestión y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que solo se ocupará de los temas y materiales para los cuales fue citado. Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el territorio de la jurisdicción. Ejercer las funciones que le delegue el Gobernador. Ordenar los gastos municipales y celebrar convenios y contratos de acuerdo con el Plan de Inversión y de Presupuesto. Coordinar y supervisar los servicios que presten en el Municipio entidades nacionales o departamentales en concordancia con el Plan de Desarrollo. Ejercer la jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de las obligaciones a favor del municipio. Enviar al Gobernador dentro de los 5 días siguientes a su sanción o expedición los acuerdos del concejo, los decretos con carácter general, los actos mediante los cuales se reconozca y decrete honorarios a los concejales y los demás de carácter particular que el Gobernador le solicite. Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando estas requieran de su apoyo e intervención. Aceptar la renuncia o conceder las licencias de los Concejales cuando el concejo este en receso. Conceder licencias y aceptar renuncias a los funcionarios y miembros de las juntas, concejos y demás organismos cuyos nombramientos corresponda al Concejo, cuando éste no se encuentre reunido, y nombrar interinamente a quien deba reemplazarlos, excepto en los casos en que esta ley disponga otra cosa. Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos, empresas industriales y comerciales, sociedades de economía mixta, fondos rotatorios y unidades administrativas especiales del municipio.

12

35. Distribuir los negocios, según su naturaleza, entre las secretarías, departamentos administrativos y establecimientos públicos. 36. Conceder permisos a los empleados públicos municipales de carrera administrativa para aceptar con carácter temporal cargos de la Nación o del Departamento. 37. Adelantar acciones encaminadas a promover el mejoramiento económico de los habitantes del municipio. 38. Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la promoción de la solidaridad y la convivencia entre los habitantes del municipio, diseñando mecanismos que permitan la participación de la comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la toma de decisiones municipales. 39. Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las entidades que determine la ley. 40. Ejecutar acciones tendientes a la protección de las personas, niños e indigentes y su integración a la familia y a la vida social, productiva y comunitaria. 41. Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía a través de bandos y, medios de comunicación local de que dispongan. 42. Convocar por lo menos dos veces al año a ediles, a las organizaciones sociales y veedurías ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los más importantes proyectos que serán desarrollados por la administración. 43. Difundir de manera amplia y suficiente el plan de desarrollo del municipio a los gremios, a las organizaciones sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general. 44. Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del plan de desarrollo municipal. 45. Las demás que la Constitución, la ley, y demás normas de carácter superior le señalen. 1. 2. 3. 4.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) Los proyectos de acuerdo presentados por el alcalde al concejo municipal, cumplen con los términos de presentación, obligatoriedad, conveniencia, necesidades y realidad del municipio. las normas dictadas para la conservación del orden público en el municipio cumplen con la ley y las instrucciones superiores, y reflejan la tranquila convivencia dentro su jurisdicción. las actuaciones desplegadas por el acalde se ejecutan en coordinación colaboración y apoyo con la nación, departamento y autoridades jurisdiccionales. la acción administrativa desplegada, esta dirigida al cumplimiento de las

13

funciones, visión, misión, objetivos y prestación de servicios del municipio. 5. la planta de personal establecida por el alcalde tiene concordancia con la organización administrativa y es suficiente, conveniente y eficiente para dar cumplimiento a las funciones del municipio como célula básica de la organización estatal. 6. la dirección de personal a su cargo, la delegada por la Constitución y la Ley y por otras autoridades, cumplen con las políticas y normas de administración de personal. 7. la ejecución del presupuesto a través de la celebración de convenios y contratos esta de acuerdo con los principios consagrados en las normas sobre presupuesto, contratación estatal y los planes y programas de la administración. 8. Se ejerce la jurisdicción coactiva y demás acciones judiciales y extrajudiciales para el eficaz recaudo de las obligaciones a favor del municipio. 9. Los programas, planes y proyectos se elaboran con la participación, intervención y concertación con la comunidad. 10. El plan de desarrollo y demás programas y proyectos que deban ser concertados, se difunden a toda la comunidad. 11. la Gestión administrativa es divulgada ante las instituciones municipales, veedurías ciudadanas, juntas, consejos territoriales y comunidad en general. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Los principios fundamentales consagrados en la Constitución Política. El régimen jurídico de la administración municipal. Los principios básicos de presupuesto y de contratación estatal Mecanismos de participación ciudadana. Políticas de desarrollo nacionales y departamentales Normas de policía nacional y departamental. Actualidad política y social del país Normas relativas a la presentación de proyectos de acuerdos, a su sanción y objeción. 9. Acciones administrativas y judiciales ciudadanas. 10. manejo de conflictos y solución de controversias entre la comunidad. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.



VI. CALIDADES Ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente en el respectivo municipio durante un año anterior a la fecha de la inscripción o durante un periodo mínimo de tres años consecutivos en cualquier época.

14

DESPACHO DEL ALCALDE I. IDENTIFICACION Nivel: ASISTENCIAL Denominación del Empleo: SECRETARIO EJECUTIVO Código: 438 Grado: 08 (Decreto 001-2007) No. de cargos: 1 Dependencia: DESPACHO DEL ALCALDE Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE MUNICIPAL II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar actividades de apoyo en los asuntos propios del Despacho del Alcalde. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Atender en primera instancia las inquietudes de los usuarios que lleguen al Palacio Municipal, informando trámites, responsables, tiempos y ubicación de los encargados de los servicios o productos requeridos. 2. Realizar la atención del usuario de manera amable, atenta, con la mayor disponibilidad y acertividad en la información suministrada. 3. Adelantar el trámite de diligencias y procesos que le solicite el Alcalde de conformidad con la naturaleza de los mismos y la normatividad vigente en la materia. 4. Llevar la agenda del Alcalde y recordar su cumplimiento. 5. Entregar los formatos elaborados por la Administración para la obtención de los servicios y/o productos, explicando su diligenciamiento, facilitando el entendimiento a los usuarios. 6. Recepcionar todas las llamadas y transferirlas a las dependencias correspondientes al igual que elaborar los registros establecidos para las llamadas nacionales e internacionales. 7. Efectuar las llamadas telefónicas que le sean encomendadas, tomar los mensajes y transmitirlos al jefe inmediato. 8. Elaborar las requisiciones de papelería, elementos y útiles de escritorio que se requieran para el Despacho. 9. Realizar las transcripciones de los actos administrativos, oficios, memorandos, informes, lo mismo que los asuntos tratados en reuniones o conferencias que le sean encomendadas. 10. Manejar y organizar los documentos que hacen parte del archivo central de la Alcaldía en los parámetros establecidos por la tabla de retención documental, garantizando el buen estado y consulta de los mismos. 11. Preparar respuesta a comunicaciones rutinarias de acuerdo con las instrucciones que reciba del Jefe Inmediato. 12. Radicar la correspondencia recibida en la Alcaldía y hacer el reparto de

15

acuerdo con el procedimiento establecido para tal fin. 13. Responder por la organización y conservación del archivo de gestión del Despacho del Acalde. 14. Enviar, recibir y controlar los documentos transmitidos vía fax. 15. Guardar la debida reserva sobre el contenido de los documentos e información que le sean confiados en función de su trabajo. 16. Presentar los informes de gestión y actividades programados y los solicitados en su oportunidad. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. La agenda del alcalde se lleva adecuadamente, para que este cumpla sus compromisos, reuniones y demás actos donde debe asistir. 2. La correspondencia y demás documentos recibidos en la alcaldía se maneja técnicamente y se hace un reparto eficaz que permita a los Jefes de Dependencia conocer la información oportunamente. 3. Los documentos presentados por el alcalde contienen las normas para la presentación de documentos y cumplen con reglas de ortografía y redacción. 4. El alcalde conoce oportunamente los mensajes telefónicos, sus citas y compromisos laborales. 5. El archivo de gestión del despacho del alcalde permanece ordenado, actualizado, de acuerdo con los parámetros institucionales establecidos. 6. Guarda el secretario ejecutivo la debida reserva respecto de la información que se tramita en el despacho del alcalde. 7. la atención a los usuarios o a las personas que vistan el despacho de la alcaldía es diligente y respetuosa. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Redacción Ortografía Informática básica Técnicas de archivo Manejo de agenda Técnicas básicas de logística VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Diploma de bachiller en cualquier modalidad.

16

SECRETARIA DE GOBIERNO I. IDENTIFICACION Nivel: DIRECTIVO Denominación del Empleo: SECRETARIO DE DESPACHO Código: 020 Grado: 04 (Decreto 001-2007) No. de cargos: 1 Dependencia: SECRETARIA DE GOBIERNO Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE II. PROPOSITO PRINCIPAL Asesorar al Alcalde en la formulación, fijación, ejecución y coordinación de políticas y programas relacionados con la conservación del orden público, el desarrollo y participación de la comunidad. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Velar por el respeto de los derechos civiles, garantías sociales y salvaguardar la vida, honra y bienes de los ciudadanos. 2. Formular, coordinar y ejecutar los planes, programas y proyectos dirigidos a garantizar óptimos niveles de seguridad ciudadana promoviendo la participación comunitaria. 3. Coordinar la aplicabilidad de las actividades, disposiciones y reglamentaciones de carácter electoral complementario. 4. Servir de enlace entre la administración y el Concejo Municipal, buscando la integración armoniosa en el estudio y debate de los proyectos que el Alcalde presente a la corporación. 5. Tramitar para sanción del Alcalde los acuerdos expedidos por el Concejo Municipal y darles curso ante la administración departamental para los fines pertinentes. 6. Representar al Alcalde en los actos y diligencias para los cuales se le delegue o en caso necesario durante la ausencia de éste. 7. Asistir al Alcalde en el reparto de asuntos y coordinación de las actividades encomendadas a las diferentes dependencias de la Administración Central y entes descentralizadas. 8. Coordinar el proceso de contratación para la adquisición de bienes y servicios, insumos para el desarrollo de las tareas administrativas de la Alcaldía. 9. Elaborar los estudios técnico-normativos pertinentes a que haya lugar para reducir el grado de error en la toma de decisiones administrativas, garantizando que se encuentren sujetas a los requerimientos legales. 10.Coordinar y supervisar los procesos de contratación que el Despacho del Alcalde suscriba, ejerciendo la revisión y asegurando el lleno de los

17

requisitos legales para el perfeccionamiento de los mismos. 11.Recomendar los ajustes y la reorientación de los planes, programas y proyectos que el Despacho del Alcalde emprenda garantizando que no estén en contravía de las disposiciones legales. 12.Revisar los actos administrativos y demás documentos que el Alcalde deba expedir, constatando su pertinencia y cumplimiento con la normatividad vigente. 13.Recomendar la adopción de políticas y normas de ámbito municipal para el control de actividades relacionadas con el espacio público y ventas ambulantes. 14.Atender con diligencia al público que requiera de los servicios de la administración municipal, por delegación del Alcalde, o en su ausencia. 15.Controlar las actividades relacionadas con el uso del espacio público expidiendo permisos e imponiendo sanciones. 16.Dirigir y coordinar el talento humano adscrito a la planta de personal del municipio de acuerdo al régimen legal de los servidores públicos. 17.Elaborar los proyectos de actos administrativos pertinentes para la administración del talento humano de la entidad. 18.Coordinar y supervisar el proceso de evaluación del desempeño de los empleados inscritos en carrera administrativa. 19.Elaborar y coordinar el plan de capacitación no formal de la Alcaldía, buscando incrementar los conocimientos aplicados a la realización del trabajo de los funcionarios. 20.Elaborar y coordinar los planes de salud ocupacional y bienestar social para los empleados. 21.Mantener las novedades de personal y supervisar el proceso de ordenación y sistematización de la información que contienen las historias laborales. 22.Elaborar el manual de reglamento interno y darlo a conocer a todos los funcionarios del Municipio. 23.Elaborar los estudios técnicos que permitan identificar problemas en el Sistema de personal, facilitando la toma de decisiones por parte de la administración, en este sentido. 24.Analizar y recomendar en coordinación con la Tesorería las medidas necesarias para reducir los niveles de pasivo prestacional y pensional de la Alcaldía. 25.Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización, recomendando los ajustes necesarios. 26.Verificar los procesos relacionados con el manejo de recursos, bienes, sistema de información de la Entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios. 27.Servir de apoyo al Alcalde en el proceso de toma de decisiones con el fin

18

de que se obtengan los resultados esperados. 28.Fomentar en toda la Organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional. 29.Verificar que se implanten las medidas preventivas y correctivas recomendadas. 30.Rendir informes periódicos sobre el desarrollo de su gestión y los que se les soliciten en relación con la Dependencia, los cuales tendrán valor probatorio para efectos administrativos, disciplinarios, judiciales o fiscales. 31.Desarrollar, ejercer e implementar de manera técnica el sistema de control interno disciplinario, como mecanismo auditor de las actuaciones y acciones de los funcionarios de la administración de acuerdo con los parámetros establecidos por el Código único Disciplinario y demás normatividad vigente. 32.Elaborar y presentar los informes solicitados por la Procuraduría General de la Nación en los temas relacionados con el estado de las investigaciones disciplinarias desarrolladas en contra de los funcionarios de la entidad. 33.Dirigir, coordinar y controlar el sistema interno de archivos según los parámetros normativos y técnicos establecidos por el Archivo General de la Nación, garantizando la conservación de la memoria institucional. 34.Coordinar la prestación de los servicios de aseo y presentación física de las oficinas. 35.Coordinar y ejecutar junto con la Secretaría de Planeación el Plan Local de Atención y Prevención de desastres. 36.Ejercer la Secretaría Técnica de los Consejos de Gobierno, elaborando las actas correspondientes y ejerciendo control sobre las tareas asignadas y los tiempos establecidos a las dependencias o funcionarios en dichas reuniones. 37.Cumplir con los reglamentos y demás normas que imparta la Administración Municipal. 38.Manejar y coordinar el sistema de tránsito y transporte municipal, de acuerdo con las directrices Nacionales y Departamentales. 39.Atender los procesos civiles de policía enmarcados en el Código de Policía Nacional y el Reglamento de Convivencia Ciudadana para Boyacá. 40.Instruir y fallar los procesos de tránsito de acuerdo a la normatividad vigente. 41.Atender demandas verbales de carácter policivo. 42.Procurar la utilización de mecanismos alternativos de solución de conflictos. 43.Velar por el cumplimiento de las normas existentes sobre reglamentación de juegos, rifas y espectáculos en el municipio. 44.Prestar colaboración a los funcionarios judiciales por medio de Despachos comisorios, para hacer efectivas las providencias.

19

45.Llevar el registro y control estadístico del servicio que presta la Inspección de Policía y presentar los informes correspondientes. 46.Ejercer el control sobre los establecimientos comerciales y vendedores ambulantes con relación al cumplimiento de las normas vigentes en la materia. 47.Ejercer el control de precios, pesos, medidas, juegos, rifas y espectáculos. 48.Velar por el cumplimiento de las normas existentes sobre reglamentación de juegos, rifas, y espectáculos del Municipio. 49.Expedir los permisos y ejercer control sobre la realización de rifas, juegos y espectáculos dentro de la jurisdicción del municipio. 50.Proteger a los ciudadanos en sus derechos en lo relacionado con el fraude en pesos, precios, medidas, especulación y acaparamiento. 51.Coordinar acciones de policía cívica local para el cumplimiento de las funciones que por ley le corresponden. 52.Adelantar las acciones correspondientes, dentro de su competencia, en la protección de animales. 53.Adelantar las acciones correspondientes, dentro de su competencia, en la protección del medio ambiente y recursos naturales. 54.Adelantar acciones para la protección y conservación de los bienes de uso público dentro de la jurisdicción del municipio. 55.Adelantar los procesos para la protección minera, de acuerdo a su competencia. 56.Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Las actuaciones de la administración garantizan el respeto y protección de los derechos civiles, garantías sociales, la vida, honra y bienes de los ciudadanos. 2. La Administración por medio de sus normas y procedimientos proporciona a los habitantes del municipio la convivencia tranquila, sin afectación del orden público. 3. La intervención de la Secretaría de Gobierno ante el Concejo Municipal, al sustentar y fundamentar los proyectos de acuerdo presentados por el Alcalde, garantiza la aprobación de los mismos por parte de la Corporación. 4. El trámite dado a los acuerdos expedidos por el Concejo Municipal permite que los acuerdos sean sancionados dentro de los términos de ley. 5. Los procesos de contratación en cada una de sus etapas, precontractual, contractual y poscontractual, se adelantan de acuerdo a las disposiciones legales contenidas en el estatuto de contratación estatal y sus reglamentaciones. 6. La revisión por parte de la Secretaria de Gobierno, de los actos

20

administrativos y demás documentos expedidos por el Alcalde, garantiza su pertinencia, conveniencia y concordancia con la normatividad vigente. 7. El público que acude a la Administración Municipal puede afirmar que se le atendió con diligencia y respeto y se le guió en la solución de su inquietud. 8. La dirección y coordinación del talento humano adscrito a la planta de personal del municipio se ejecuta de acuerdo al régimen legal de los servidores públicos. 9. El proceso de reclutamiento y de selección de personal reflejan la vinculación al municipio de empleados que contribuyen al cumplimiento de las metas, funciones, visión y misión del municipio. 10. La instrucción y fallo de los procesos disciplinarios en el municipio se adelanta de acuerdo con lo preceptuado en el Código Único Disciplinario. 11. Los planes y programas en materia de bienestar social, evaluación de desempeño presentados están de acuerdo con las políticas y normas en materia de administración de personal. 12. Los planes y programas en materia de capacitación responden a las necesidades institucionales y del personal del municipio. 13. A las querellas de policía presentadas por la ciudadanía se les está dando el trámite establecido en el Código Nacional de Policía y en el Reglamento de Convivencia Ciudadana para Boyacá. 14. El adelantamiento de los procesos de tránsito en el municipio se está haciendo de acuerdo a la normatividad vigente en la materia. 15. Las actuaciones desplegadas por la Inspección Municipal, reflejan el control de la Administración sobre los establecimientos de comercio, el comercio informal y la plaza de mercado respecto al cumplimiento de la ley. 16. Las comisiones de las autoridades jurisdiccionales y administrativas, se cumplen a cabalidad dentro de los términos legales y de acuerdo al procedimiento fijado en la ley. 17. La intervención de la Inspección, garantiza que todas las rifas, juegos y espectáculos que se realizan en el municipio cuentan con las licencias o permisos necesarios en cumplimiento de la ley. 18. La Inspección de Policía aplica las normas sobre protección al medio ambiente y a los animales. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Política de Colombia Código Disciplinario Régimen Jurídico de la Administración Municipal Régimen del empleado oficial Informática básica Clases de documentos Plan nacional de capacitación

21

Políticas públicas en administración de personal Redacción de documentos Atención al público Derechos y deberes de los ciudadanos Normas sobre seguridad y convivencia ciudadana Código nacional de policía Contratación Administrativa VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título universitario en Derecho, Un año (1) de experiencia profesional Administración Pública, Administración relacionada. de Empresas o economía.

22

COMISARIA DE FAMILIA I. IDENTIFICACION Nivel: PROFESIONAL Denominación del Empleo: COMISARIA DE FAMILIA Código: 202 Grado: 03 (Decreto 001-2007) No. de cargos: 1 Dependencia: COMISARIA DE FAMILIA Cargo del Jefe Inmediato: SECRETARIA DE GOBIERNO II. PROPÓSITO PRINCIPAL Colaborar con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás autoridades competentes en la función de proteger a los menores que se hallen en situación irregular y en los casos de conflictos familiares. 1.

2. 3. 4. 5. 6. 7.

8.

9.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES Recibir a prevención denuncias sobre hechos que puedan configurarse como delito o contravención en los que aparezca involucrado un menor como ofendido o sindicado, tomar las medidas de emergencia correspondientes y darles el tramite respectivo de acuerdo con las disposiciones del Código del Menor, de Procedimiento Penal o de Policía. Actuar como orientador y conciliador en los casos de violencia y conflictos familiares. Orientar y asesorar a los menores en situación de riesgo o drogadicción. Atender a prevención las quejas o informes sobre aquellos aspectos relacionados con conflictos familiares. Promover audiencias de conciliación en los casos de violencia intrafamiliar. Aplicar sanciones policivas de acuerdo con las facultades previstas en el Código del Menor. Llevar a cabo las comisiones, peticiones, práctica de pruebas y demás actuaciones que respondan al ámbito de su competencia, que le solicite el I.C.B.F. o las autoridades encargadas de la jurisdicción de familia o administrativa. Efectuar los allanamientos para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse el menor, cuando la urgencia del caso lo demande de oficio o a solicitud del juez o del Defensor de Familia, de acuerdo con el procedimiento señalado en el Código del Menor. Atender las demandas relativas a la protección del menor, especialmente en los casos de maltrato, explotación y violencia familiar, tomando las medidas de urgencia que sean necesarias mientras se remite a la autoridad competente.

23

10. Controlar e intervenir los establecimientos públicos nocturnos, de lenocinio o de servicios donde se exponga la seguridad sanitaria, que presten servicios a menores exponiéndolos a práctica prohibidas o donde se ponga en riesgo su seguridad e integridad física. 11. Aplicar las sanciones pertinentes de conformidad con las normas vigentes en los casos de conflicto o violencia familiar. 12. Formular y ejecutar los planes, programas y proyectos tendientes al mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad, en coordinación con las demás dependencias de la Administración Municipal. 13. Adelantar y coordinar acciones cívicas y sociales de carácter preventivo y educativo con entidades públicas y privadas de servicio comunitario. 14. Promover la creación de servicios especiales para la atención de situaciones irregulares de emergencia que se presenten con el menor de edad y con la población de la tercera edad. 15. Diseñar e implementar las estrategias de trabajo de la Comisaría de Familia. 16. Colaborar con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y con las demás autoridades competentes, en la función de protección de menores que se encuentren en situación irregular y en los casos de los conflictos familiares. 17. Promover y difundir los servicios de la Comisaría de Familia entre la población del municipio. 18. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes y demás normas relacionadas con las funciones y atribuciones de la Comisaría de Familia. 19. Formar parte de las Juntas, Consejos o Comités en los que legalmente haga parte o en los que el Alcalde delegue como su representante. 20. Dar cumplimiento al reglamento de seguridad industrial y prevención de accidentes. 21. Cumplir con el reglamento interno y demás normas que imparta la Administración Municipal. 22. Cumplir y respetar el régimen disciplinario para servidores públicos. 23. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. El trámite para la recepción de denuncias donde resulte involucrado un menor ya sea como ofendido o como sindicado, responde a las disposiciones establecidas en el código del menor y normas concordantes. 2. Las audiencias de conciliación y acuerdos conciliatorios realizados en la Comisaría de Familia se llevan a cabo de acuerdo a las disposiciones legales y cuidando siempre la protección del menor y la integridad de la familia.

24

3. La orientación a los menores en situación de riesgo o drogadicción se hace con base en parámetros especiales que disminuyan el acaecimiento de situaciones trágicas. 4. Las comisiones de las autoridades jurisdiccionales y administrativas de familia y el menor, se cumplen a cabalidad dentro de los términos legales y de acuerdo al procedimiento fijado en la ley. 5. Los allanamientos y demás actuaciones para conjurar las situaciones peligro, se hacen de manera oportuna logrando de manera efectiva la protección del menor. 6. Las acciones desplegadas como resultado de las visitas realizadas a los establecimientos de comercio nocturno y de lenocinio, logran de manera real garantizar la integridad física de los menores. 7. Los planes, programas y proyectos presentados y los ejecutados tienden al mejoramiento de la calidad de vida de la comunidad en especial de la familia y el menor. 8. Los servicios que presta la Comisaría de familia se difunden y promueven de tal forma que la comunidad los conoce y accede a ellos de manera permanente e incondicional. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Política de Colombia Derechos de los niños Código del menor Normatividad vigente sobre familia Normas sobre asistencia de emergencias y situaciones de riesgo de menores Informática básica Normas de procedimiento Técnicas de conciliación y demás mecanismos alternativos de solución de conflictos. VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título Universitario en Derecho Un año de experiencia profesional. Especialización en derecho de familia

25

SECRETARIA DE HACIENDA I. IDENTIFICACION Nivel: DIRECTIVO Denominación del Empleo: SECRETARIA DE DESPACHO Código: 020 Grado: 04 (Decreto 001-2007) No. de cargos: 1 Dependencia: SECRETARIA DE HACIENDA Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE MUNICIPAL II. PROPOSITO PRINCIPAL Asesorar al Alcalde en la formulación de políticas financieras, fiscales y económicas y encargarse del recaudo de los ingresos y pago de las obligaciones a cargo del municipio. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Formular las políticas en materia fiscal y financiera que se consideren más convenientes para el municipio, dentro del marco de las disposiciones legales. 2. Controlar la ejecución presupuestal y presentar los correspondientes informes. 3. Elaborar el presupuesto anual de rentas y gastos y el plan operario anual de inversiones, en coordinación con la Secretaría de Planeación. 4. Elaborar el Plan Anual Mensualizado de Caja y sus modificaciones de conformidad con las disposiciones establecidas. 5. Diseñar, coordinar y controlar las estrategias que permitan optimizar el recaudo de ingresos al tesoro municipal y en general el sistema de tributación y recaudos. 6. Realizar la apertura de cuentas bancarias, registros de libros, conciliaciones bancarias y demás operaciones técnicas relacionadas con el manejo de libros y documentos contables del Municipio. 7. Manejar y controlar las cuentas bancarias del Municipio. 8. Expedir las disponibilidades presupuestales y llevar el control de los registros. 9. Coordinar la elaboración de proyectos de créditos adicionales y traslados. 10. Proponer los traslados y adiciones presupuestales que considere necesarios, siempre dentro de lo permitido por la ley. 11. Enviar los giros oportunamente a las entidades beneficiarias de transferencias y aportes. 12. Custodiar mediante procedimientos establecidos, los títulos valores y demás documentos de patrimonio del Municipio.

26

13. Expedir paz y salvo a los contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones con el tesoro Municipal. 14. Controlar la expedición de Certificados de Disponibilidad presupuestal. 15. Gestionar el recaudo de ingresos tributarios y no tributarios. 16. Revisar las ejecuciones presupuestales y estados de la deuda pública. 17. Verificar que los libros de bancos estén debidamente tramitados. 18. Efectuar todo tipo de retención ordenada por la Ley y hacer sus correspondientes giros en el tiempo indicado. 19. Responder por el envió de las relaciones sobre retención en la fuente, pagos a terceros y pagos al personal señalados en las fechas por Ley. 20. Refrendar con su firma las certificaciones anuales de pagos al personal en forma individual y de retención en la fuente. 21. Custodiar, controlar y verificar el recaudo de todos los ingresos de la entidad al igual que los títulos valores del Municipio. 22. Coadyuvar en el control de la organización rentística con el fin de evitar la evasión, el fraude y las demás acciones que afecten las rentas del Municipio. 23. Refrendar los cheques para el reconocimiento y pago de las obligaciones contraídas por el municipio, previa verificación de los soportes legales. 24. Atender la ejecución de los programas y la prestación eficiente de los servicios y responder por el efectivo cumplimiento y el correcto manejo de los recursos humanos físicos, tecnológicos y/o financieros a cargo de la dependencia. 25. Consignar dentro del término lo relacionado con las cesantías de los empleados del Municipio. 26. Rendir informes de acuerdo a los sistemas de control establecidos al Concejo Municipal y a la Contraloría Departamental. 27. Coordinar y controlar la ejecución presupuestal de la entidad, teniendo en cuenta los compromisos adquiridos y las programaciones establecidas. 28. Recomendar la adopción de mecanismos que permitan el saneamiento fiscal y financiero de la entidad. 29. Presentar al Alcalde y al Concejo Municipal, los proyectos e informes de ley que le soliciten sobre las actividades propias de la Dependencia. 30. Expedir los actos administrativos que le correspondan de acuerdo con las normas legales y decidir sobre los recursos que sobre ella se interpongan. 31. Presentar oportunamente los informes y dar trámite a las glosas y observaciones que requieran los organismos fiscales y de control del gasto público. 32. Efectuar oportunamente el pago de compromisos suscritos por la administración municipal, previa expedición de la disponibilidad, cuidando el lleno de requisitos exigidos por la ley. 33. Realizar los análisis presupuestales para le cálculo y control de la deuda pública del Municipio, de acuerdo a los parámetros establecidos.

27

34. Informar al Ministerio de Hacienda oportunamente el valor total de los recaudos por concepto de impuesto predial, sobretasa e interés del año inmediatamente anterior dentro de los plazos estipulados. 35. Supervisar y controlar las actividades relacionadas con el recaudo de los ingresos y en general todo lo relacionado al manejo del tesoro municipal, informar a los contribuyentes acerca del estado de sus relaciones con el fisco. 36. Liquidar el monto a cancelar por concepto de impuestos y/o contribuciones a los contribuyentes que lo soliciten. 37. Adelantar las acciones necesarias para lograr que los contribuyentes morosos paguen las obligaciones a favor del municipio. 38. Adelantar los procesos ejecutivos que por jurisdicción coactiva le delegue el Alcalde. 39. Firmar en conjunto con el Alcalde los cheques girados con cargo a las cuentas del municipio. 40. Garantizar el manejo adecuado de los valores y demás bienes pertenecientes al Municipio de acuerdo con lo establecido en la materia. 41. Rendir y actualizar la información con destino al Instituto Geográfico Agustín Codazzi y DANE. 42. Formar parte de las juntas, consejos, o comités en los que legalmente haga parte o en los que el Alcalde delegue como su representante. 43. Dar cumplimiento al reglamento de seguridad industrial y prevención de accidentes. 44. Las demás que le sean asignadas por el Alcalde de acuerdo a la naturaleza del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Las políticas fiscal y financiera del municipio proyectadas para el municipio por la Secretaria de Hacienda son convenientes para el municipio y están de acuerdo a las disposiciones legales. 2. Los informes requeridos por los entes de control, el Concejo Municipal y demás autoridades son presentados dentro de los términos establecidos y con claridad y reflejando las actuaciones desplegadas. 3. El presupuesto anual de gastos y de rentas del municipio cumple con las normas del Estatuto Orgánico del Presupuesto, ley 617 de 2000 y demás normas. 4. Los planes que debe elaborar la Secretaria de Hacienda del Municipio cumplen con los requerimientos de las normas vigentes y los objetivos de la entidad. 5. El manejo de cuentas y conciliaciones bancarias se hace de manera correcta y cumpliendo las normas comerciales. 6. La contratación administrativa cumple con los requerimientos del Estatuto Orgánico de Presupuesto en el sentido de expedir los certificados de

28

disponibilidad presupuestal. 7. Las modificaciones al presupuesto general de gastos y rentas cumplen con lo establecido en el Estatuto Orgánico del Presupuesto. 8. La inversión del presupuesto se ejecuta en forma equilibrada entre ingresos y egresos. 9. Los pagos de las obligaciones financieras se efectúan de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y la programación establecida (PAC). 10. Las políticas en materia de recaudo, ejecuciones presupuestales y los estados de la deuda pública son determinados en los planes por la administración. 11. La Secretaria de Hacienda ejerce la jurisdicción coactiva y demás acciones judiciales y extrajudiciales para el eficaz recaudo de las obligaciones a favor del municipio. 12. La información financiera del municipio se consolida en algún sistema de archivo. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Política Estatuto Orgánico del Presupuesto Estatuto Tributario Informática básica Normas sobre Contratación Administrativa Normatividad Contraloría Departamental y Nacional Estatuto de Rentas Municipal Normatividad financiera Código de comercio Contabilidad VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título profesional en Administración de Un (1) año de experiencia profesional Empresas, Administración Pública, relacionada. Derecho, Contaduría, o Economía.

29

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO I. IDENTIFICACION DIRECTIVO SECRETARIA DE DESPACHO 020 04 (Decreto 001-2007) 1 SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y COMUNITARIO Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE MUNICIPAL II. PROPOSITO PRINCIPAL Definir las políticas y programas de salud, educación y bienestar social; se encarga del manejo y control de la ejecución de obras que se desarrollen en materia de infraestructura en salud y educación. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Vigilar la prestación de los servicios de educación, salud, saneamiento básico, que estén a cargo de la entidad municipal. 2. Adelantar campañas de nutrición y complementación alimentaria para los niños y ancianos en coordinación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF. 3. Promover y fomentar en la comunidad la creación de organizaciones de la mujer, la juventud y la tercera edad, buscando su participación activa en la vida social, política, cultural y económica del municipio. 4. Asistir y apoyar a las organizaciones, capacitando sus integrantes, generando actividades que les ofrezcan alternativas para su desarrollo integral y el mejoramiento de sus condiciones de vida. 5. Gestionar en organismos no gubernamentales, organizaciones comunitarias, empresa privada embajadas, gremios, etc., la consecución de recursos para emprender proyectos y programas productivos, culturales, axiológicos y de ocupación del tiempo libre. 6. Canalizar las propuestas de las organizaciones de la mujer, juveniles y de tercera edad hacia la administración municipal, hacia los gremios económicos y los sectores sociales y culturales. 7. Adoptar programas y actividades que estén orientados a sensibilizar a la administración municipal y a la opinión pública con situaciones específicas que afecten a la mujer, la juventud y la tercera edad. 8. Adoptar programas y actividades para la niñez discapacitada del municipio, facilitando su integración a la vida social y comunitaria. 9. Promover a nivel de las organizaciones sociales del Municipio, actividades que permitan su participación en procesos de paz y convivencia ciudadana. Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia:

30

10. Promover la participación comunitaria en los diferentes programas y proyectos que ofrece el municipio. 11. Elaborar y diseñar las políticas municipales necesarias para procurar la atención de la población desplazada que arriba al Municipio. 12. Promover y generar procesos productivos, con las organizaciones sociales y comunitarias del municipio, buscando la readaptación laboral de la población desempleada, bajo esquemas de autogestión y auto solución de sus necesidades. 13. Servir de órgano coordinador de la Administración Municipal, para la promoción y generación de procesos de desarrollo social de la comunidad en general. 14. Dirigir, coordinar y controlar la elaboración y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos educativos incluidos en el plan de desarrollo municipal y en las directrices impartidas por el Ministerio de Educación Nacional y el Departamento. 15. Diseñar los criterios de evaluación pertinentes para medir el grado de calidad y cobertura de los servicios educativos municipales. 16. Realizar los estudios técnicos adecuados, que permitan identificar las fallas de sistema educativo municipal y preparar los planes para adoptar decisiones tendientes a fortalecer los curriculums, los métodos pedagógicos y la investigación. 17. Participar activamente en el diseño de diagnóstico del sector educación, a nivel municipal en coordinación con el grupo de planeación económica y social. 18. Asegurar el uso y destinación de los bienes físicos de infraestructura destinados a la educación en el municipio. 19. Dirigir y coordinar los restaurantes escolares de acuerdo con las políticas determinadas por el ejecutivo. 20. Dirigir y coordinar la prestación del servicio de biblioteca bajo parámetros pertinentes, garantizando la adecuada consulta de los textos. 21. Dirigir, coordinar y controlar el sistema integral de selección de beneficiarios para programas sociales (S.I.S.B.E.N) de acuerdo con los parámetros establecidos para tal fin. 22. Dirigir, coordinar y supervisar el sistema local de salud y el sistema de seguridad social en salud, en la jurisdicción del municipio, de acuerdo con los parámetros establecidos por la normatividad vigente en esta materia. 23. Inspeccionar, vigilar y controlar las instituciones que presten servicios de salud e informar a las autoridades competentes sobre el incumplimiento de las normas. 24. Elaborar el diagnóstico del estado de salud – enfermedad del municipio y establecer los factores determinantes para la elaboración del plan local de salud.

31

25. Administrar por delegación del Alcalde el fondo local de salud, en coordinación con la Secretaría de Hacienda Municipal, de acuerdo con la normatividad vigente en la materia. 26. Administrar los recursos del subsidio para la población pobre y vulnerable en los términos y controles establecidos en la normatividad vigente. 27. Supervisar y hacer cumplir las normas de orden sanitario previstas en la ley 9 de 1979 o Código Sanitario Nacional y su reglamentación, al igual que las normas técnicas que se deben tener en cuenta en la construcción, dotación básica y/o mantenimiento de las instituciones del primer nivel de salud. 28. Elaborar campañas que promuevan la afiliación de patronos y trabajadores a las empresas promotoras de servicios de salud, de riesgos profesionales y la adopción de sistemas de seguridad industrial y salud ocupacional. 29. Implementar los planes, programas y proyectos de salud con base en el diagnóstico y pronóstico del estudio de salud de la población del municipio. 30. Ejercer la vigilancia y control a los programas de salud que se desarrollen en la jurisdicción del municipio, verificando el cumplimiento de las normas técnicas, administrativas y financieras que expide el Ministerio de Protección Social. 31. Coordinar y promover todo lo referente a los programas de carácter cultural dentro de la comunidad, de conformidad con las necesidades del municipio. 32. Coordinar y organizar programas culturales en las escuelas y colegios promoviendo la participación infantil y juvenil. 33. Dirigir y coordinar, controlar y ejecutar planes, programas y proyectos encaminados a la promoción y desarrollo del sector de recreación y deporte, dentro del ámbito de la sana competencia, utilización del tiempo libre y formación integral deportiva. 34. Participar activamente en las juntas, consejos y comités de los que hace parte recomendando políticas y medidas a adoptar, suministrando los estudios e información necesaria para dicho proceso. 35. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Los servicios de salud, educación y saneamiento básico, están siendo vigilados y controlados por la Secretaría de Desarrollo Social y están cumpliendo sus deberes de acuerdo a la normatividad en la materia y logrando la satisfacción de las necesidades de los habitantes del municipio. 2. Se esta logrando en el municipio la cobertura total de la población objeto, en las campañas de nutrición y complementación alimentaria, aplicando, apoyando y cumpliendo con los programas del ICBF, el Departamento y la Nación.

32

3. Existen en el municipio organizaciones para la mujer, tercera edad, y juventud que participen activamente en la vida social, cultural, política y económica del municipio; que sean apoyadas, fomentadas y promovidas por la Secretaría de Desarrollo de Social. 4. Capacita la Secretaria de Desarrollo Social a las organizaciones y demás habitantes del municipio con criterios que les permita encontrar alternativas para su desarrollo integral y el mejoramiento de sus condiciones de vida, 5. Los planes programas y proyectos educativos presentados para la inclusión en el plan de desarrollo municipal obedecen a las necesidades de la población municipal y las directrices e instrucciones en la materia del nivel nacional y departamental. 6. Los criterios de evaluación para medir el grado de calidad y cobertura de los servicios de salud y educación en el municipio reflejan la realidad en la prestación de los servicios. 7. Los estudios técnicos para identificar las fallas del sistema educativo municipal nos permiten adoptar decisiones tendientes a fortalecer los curriculums, los métodos pedagógicos y la investigación, de acuerdo con la normatividad vigente. 8. La prestación del servicio de Biblioteca en el municipio se efectuar bajo los parámetros debidos y se garantiza el acceso adecuado a los libros y la adquisición de nuevos textos. 9. El sistema integral de selección de beneficiarios para programas sociales (S.I.S.B.E.N) se maneja de acuerdo con los parámetros establecidos y buscando la cobertura total. 10. El fondo local de salud es administrado de acuerdo a la ley y las necesidades locales. 11. Los recursos del subsidio para la población pobre y vulnerable se administran en los términos y estableciendo los controles establecidos en la normatividad vigente. 12. Ejecuta el municipio todas los programas sociales de carácter Nacional y Departamental dentro de los términos y cumpliendo las actividades establecidas en la normatividad. 13. Los planes, programas y proyectos encaminados a la promoción y desarrollo del sector social, de recreación y deporte en el municipio tienden a la utilización del tiempo libre y formación integral deportiva, desarrollo social, cultural y política de la comunidad. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Política Normatividad en servicio de Educación Normatividad en servicio de Salud Normatividad sobre protección al adulto mayor y a la niñez

33

Programas sobre protección a población desplazada y población vulnerable Atención a población desplazada Programas sobre recreación y deporte Programas sociales VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título profesional en Trabajo Social, Un (1) año de experiencia profesional Administración Pública o de Empresas, relacionada. profesional en el área de la salud, sociología o psicología.

34

OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN E INFRAESTRUCTURA I. IDENTIFICACION Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia:

ASESOR JEFE DE OFICINA 006 04 (Decreto 001-2007) 1 OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN E INFRAESTRUCTURA Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE MUNICIPAL II. PROPOSITO PRINCIPAL Elaborar el plan simplificado de desarrollo, proyectos y estudios en diferentes áreas para el desarrollo integral (económico, social, urbanístico, administrativo y cultural) del municipio, así como ejecutar y controlar los programas de construcción y mantenimiento de vías, obras civiles edificios públicos, parques y zonas verdes. Administrar la contribución de valorización municipal y los servicios de matadero plaza de mercado aseo acueducto y alcantarillado. 1. 2. 3.

4. 5. 6. 7. 8.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES Servir de medio para la vinculación y armonización entre planeación local con la planeación nacional, regional y departamental. Proyectar, adecuar y coordinar el sistema de control interno en las diferentes instancias de la administración y verificar su cumplimiento. Formular, coordinar y controlar los planes, programas y proyectos encaminados al desarrollo integral del Municipio, estructurando el sistema urbanístico, social, económico, cultural y ambiental en la realidad municipal. Elaborar y coordinar el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan Anual de Inversiones de acuerdo con el programa de gobierno del Alcalde. Coordinar la elaboración y actualización del Esquema de Ordenamiento Territorial, así como dirigir y coordinar la ejecución de los programas y proyectos que hagan parte integral de dicho plan. Participar en la elaboración del presupuesto anual de rentas y gastos en coordinación con la Tesorería, de acuerdo con los parámetros establecidos en la normatividad vigente. Controlar de acuerdo con las directrices del Esquema de Ordenamiento Territorial los diferentes usos del suelo y el sistema urbanístico del municipio. Programar previa aprobación definitiva del Alcalde, la ejecución de las obras que se encuentren incluidas en el Banco de Proyectos y que asume

35

9. 10. 11. 12. 13.

14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25. 26.

el municipio. Dirigir, coordinar y controlar la realización de obras publicas en la jurisdicción del municipio, bajo parámetros técnicos y jurídicos pertinentes. Dirigir, coordinar y controlar la ejecución y readecuación de vías públicas que se adelanten mediante ejecución directa o contratación. Organizar, actualizar y coordinar el sistema de información geográfica del municipio. Conceptuar sobre la conveniencia técnica y económica de los proyectos que van a ser financiados con recursos de crédito del Municipio. Coordinar y ejecutar los procesos de interventoría financiera, administrativa y de obra de los diferentes planes, programas y proyectos de inversión, en concordancia con las normas establecidas en el estatuto de contratación pública. Coordinar la ejecución de estudios de previsión a los futuros usos de los suelos del municipio en sus áreas urbanas y rurales. Elaborar el inventario actualizado y grafico del espacio público del municipio. Dirigir la evolución de las gestiones y los resultados de los planes y programas de desarrollo, ejecución de obra e inversión que se adelantan en el municipio. Elaborar y mantener actualizados los reglamentos de usos de suelos, zonificación y urbanismo del municipio. Autorizar y demarcar los parámetros para las construcciones, ampliaciones o demolición de edificaciones de acuerdo con el reglamento y normatividad sobre la materia en el municipio. Tramitar solicitudes de construcción, usos del suelo y división de terrenos en el área municipal. Expedir los permisos de ocupación, ruptura de vías y funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales, administrativos y demás servicios que lo requieran. Coordinar la explotación de canteras y yacimientos minerales según las normas vigentes para tal fin. Certificar el uso que se le dará al inmueble adquirido o expropiado. Adelantar estudios para la creación de nuevos barrios y división del territorio en comunas y corregimientos. Organizar, expedir y controlar el sistema de información y estadística municipal que requieran las dependencias y entidades del Municipio. Coordinar la implementación del sistema de información y estadística municipal que requieran las dependencias y entidades del Municipio. Manejar, dirigir y actualizar el banco de programas y proyectos de inversión de acuerdo a la metodología establecida por la ley.

36

27. Elaborar el inventario de necesidades y potencialidades del municipio en los aspectos de desarrollo agropecuario, industrial, comercial, financiero, empleo, de servicios, educación, salud, vivienda, seguridad, saneamiento, recreación y cultura. 28. Dirigir y coordinar junto con la Secretaría de Gobierno, los procesos de contratación directa o licitación de obra pública y elaboración de pliegos de condiciones, que en razón de su naturaleza deban realizarse por estos mecanismos, teniendo en cuenta los términos, procedimientos, montos y documentación exigidos por el estatuto de contratación pública. 29. Coordinar y ejecutar junto con la Secretaría de Gobierno el Plan Local de Atención y Prevención de desastres. 30. Implementar esquemas de participación comunitaria en la formulación de los planes y proyectos de desarrollo municipal. 31. Gestionar recursos a todo nivel para la ejecución de los planes, programas y proyectos de interés municipal. 32. Dirigir y coordinar la elaboración de mecanismos de evaluación y control de procesos, procedimientos y actividades propias de la entidad, que garanticen uso racional y el mayor aprovechamiento de los recursos. 33. Proyectar los actos administrativos a que haya lugar de conformidad con su competencia. 34. Coordinar la elaboración de los informes anuales de ejecución de los planes y programas de desarrollo de inversión en el municipio. 35. Controlar, evaluar y realizar seguimiento al personal adscrito a su dependencia. 36. Coordinar las labores a realizar con la maquinaria del municipio. 37. Rendir los informes periódicos sobre su gestión y los que solicite el jefe inmediato. 38. Participar activamente en las juntas, consejos, y comités de los cuales hace parte, recomendando políticas, medidas a adoptar, suministrando los estudios e información necesaria para dicho proceso. 39. Determinar y concertar los indicadores de gestión en las diferentes dependencias de la Administración. 40. Dar cumplimiento al reglamento de seguridad industrial y prevención de accidentes. 41. Cumplir con el reglamento interno y demás normas que imparta la administración municipal. 42. Cumplir y respetar el régimen disciplinario para servidores públicos. 43. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Los planes, programas y proyectos adelantados por Oficina Asesora de

37

Planeación del Municipio están acorde con planeación nacional y departamental. 2. Los planes y programas presentados por la Oficina Asesora de Planeación municipal contribuyen al desarrollo urbanístico, social, económico, cultural y ambiental del municipio. 3. El sistema de control interno del municipio de está implementado de acuerdo a las disposiciones legales sobre la materia. 4. El plan de desarrollo municipal y el plan anual de inversiones esta de acuerdo con las necesidades del municipio y las funciones y misión de la entidad, en concertación con la comunidad. 5. El Esquema de Ordenamiento Territorial para el municipio se ajusta a la normatividad sobre ocupación del espacio público, vías públicas, uso del suelo, disposiciones urbanísticas, protección de medio ambiente etc. 6. La elaboración del presupuesto anual de rentas y gastos, traduce las necesidades del municipio y tienen concordancia con los planes, programas y proyectos. 7. Los proyectos de inversión que ejecuta el municipio son radicados en el banco de proyectos del municipio, y viabilizados por el funcionario competente. 8. La ejecución de las obras públicas dentro del municipio se cumplen bajo la supervisión e interventoría de la Oficina Asesora de Planeación en cuanto a sus calidades, cantidades y valores de obra. 9. El municipio cuenta con una información histórica, geográfica y estadística que refleje la memoria territorial. 10. La construcción, demolición, subdivisión y demás actuaciones urbanísticas en predios privados se desarrollan en el municipio con el permiso y control por parte del Secretario de Planeación. 11. En los procedimientos de contratación (licitación y contratación directa) en el municipio, la Oficina Asesora de Planeación participa activamente y eficientemente cuidando se cumpla con la ley y con los aspectos técnicos requeridos para la celebración de ciertos contratos. 12. La Oficina Asesora de Planeación participa de manera eficiente y eficaz en los comités, juntas y demás reuniones en las que legalmente hace parte o lo delega el Alcalde. 13. Los informes requeridos por los entes de control, el Concejo Municipal y demás autoridades son presentados dentro de los términos establecidos, con claridad y reflejando la realidad de las actuaciones desplegadas. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Política Colombiana Normas sobre presupuesto general Normatividad Departamento Nacional de Planeación

38

Normatividad Secretaría de Planeación Departamental Metodologías de investigación y diseño de proyectos Normatividad sobre Control Interno Plan básico de Ordenamiento Territorial Normas urbanísticas Informática básica Ley 80 de 1993 y decretos reglamentarios Normas técnicas sobre obras civiles Presupuestos de obra VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título Profesional en Administración de Empresas, Administración Pública, Un (1) año de experiencia profesional Ingeniería Civil, Ingeniería de Vías, relacionada. Ingeniería Industrial, Arquitectura o Economía.

39

UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS I. IDENTIFICACION Nivel: DIRECTIVO Denominación del Empleo: DIRECTOR ADMINISTRATIVO OPERATIVO Código: 009 Grado: 03 (Decreto 001-2007) No. de cargos: 1 Dependencia: UNIDAD DE SERVICIOS PÚBLICOS Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE MUNICIPAL II. PROPOSITO PRINCIPAL Formular la política municipal en materia de prestación de servicios públicos, de acuerdo a los parámetros normativos y técnicos vigentes. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Prestar asistencia técnica para los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. 2. Mantener en actividad el personal a cargo para atender la reparación y mantenimiento de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. 3. Velar porque se conserven las mejores condiciones sanitarias e higiénicas en el matadero y la plaza de mercado. 4. Velar por el estricto cumplimiento de parte de los contratistas que adelantan obras en acueducto, alcantarillado, aseo, plaza de mercado y matadero. 5. Elaborar el proyecto anual de presupuesto para el sector de servicios públicos, de acuerdo con el plan de desarrollo y el plan operativo de la vigencia. 6. Elaborar el plan de gestión y de resultados de la Unidad, así como los proyectos que se requieran para su normal funcionamiento. 7. Recomendar acciones administrativas y financieras conducentes a generar niveles de ahorro operacional. 8. Dirigir y coordinar la operación y mantenimiento de la planta de acueducto, que mediante convenios se suscriba con las empresas solidarias, comunitarias, sociales o privadas del sector o de la región. 9. Diseñar y coordinar los programas de comercialización de los servicios. 10. Garantizar óptimos niveles de calidad en la prestación de los servicios asegurando ampliación de cobertura y su continuidad. 11. Facturar el cobro de los servicios públicos que presta la Unidad. 12. Actualizar de manera periódica los soportes informáticos que posea la Unidad, para garantizar eficiencia y eficacia en los procesos de facturación.

40

13. Viabilizar junto con la Oficina de Planeación la construcción de nuevas edificaciones para asegurar que estas tengan cobertura en servicios públicos. 14. Autorizar la suspensión del servicio cuando no se hayan realizado los pagos correspondientes por parte de los usuarios de los servicios. 15. Resolver las inquietudes o reclamos de la comunidad frente a la prestación de los servicios públicos que dependen del municipio, brindando alternativas de solución. 16. Asegurar la prestación en los servicios de recolección de basuras y aseo de sitios públicos. 17. Adelantar estudios que permitan la integración regional en la prestación de servicios públicos con miras a procurar mayores niveles de calidad y economía. 18. Promover y garantizar la participación de los usuarios en el proceso de gestión, motivando el control social sobre los programas estratégicos que se adelanten. 19. Participar activamente en las Juntas, Consejos y Comités de los que hace parte, recomendando políticas y medidas a adoptar, suministrando los estudios de información necesaria para dicho proceso. 20. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo.

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) La prestación de servicios públicos por parte del Municipio, a través de la Unidad, está de acuerdo con la normatividad vigente sobre servicios públicos. El proyecto anual de presupuesto para servicios públicos, se elabora de acuerdo con el plan de desarrollo y el plan operativo de la vigencia. Se vigila y controla el estricto cumplimiento de las obligaciones de los contratistas de obras en acueducto, alcantarillado, aseo, plaza de mercado y matadero. Los proyectos relacionados con el sector de servicios públicos, presentados por el Director de la Unidad reflejan las necesidades y conveniencias para su buen funcionamiento. El Director de la Unidad de Servicios públicos recomienda al Alcalde la ejecución de obras para la adecuación de la planta de acueducto a las normas técnicas exigidas por la ley. La comercialización de los servicios se hace de acuerdo a los parámetros impuestos por la normatividad vigente, logrando el pago racional, legal y de la prestación de los servicios. El Director de la Unidad presenta al Alcalde proyectos mejorar el nivel de calidad en la prestación de los servicios asegurando ampliación de

41

cobertura y su continuidad. 8. Los proyectos tendientes al mejoramiento de la infraestructura de servicios públicos son acordes con las disposiciones legales, técnicas y reflejan las reales necesidades del sistema. 9. La facturación para el cobro de la prestación de los servicios públicos se hace según los linimientos de ley y logran evitar la evasión en el pago de servicios públicos. 10. La suspensión de los servicios por el no pago se hace siguiendo los parámetros impuesto por la ley. 11. La calidad de los servicios de recolección de basuras y de aseo en sitios públicos, garantiza la buena presentación física del municipio. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Política Normatividad en servicios públicos Normatividad legal y técnica en infraestructura de servicios públicos. Protección al Medio Ambiente Informática básica Software para facturación Derechos de los usuarios de servicios públicos VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título profesional o tecnólogo en Un (1) año de experiencia relacionada. Administración Pública o de Empresas, Ingeniería Industrial, civil, sanitaria o Economía.

42

ALMACÉN GENERAL I. IDENTIFICACION Nivel: PROFESIONAL Denominación del Empleo: ALMACENISTA GENERAL Código: 215 Grado: 02 (Decreto 001-2007) No. de cargos: 1 Dependencia: ALMACÉN GENERAL Cargo del Jefe Inmediato: ALCALDE MUNICIPAL II. PROPÓSITO PRINCIPAL Velar por el correcto manejo, control, supervisión, adquisición, almacenamiento y entrega de los elementos existentes en el almacén, para garantizar el suministro oportuno de los mismos a los funcionarios de la Administración Central. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir, administrar y custodiar los bienes muebles e inmuebles que ingresen al inventario del municipio o al almacén. 2. Verificar y expedir certificación sobre la cantidad y calidad de elementos, bienes o productos que se compren o ingresen al Almacén de la Administración Municipal. 3. Participación en la elaboración del plan de compras de la Alcaldía junto con la tesorería y secretaría de planeación. 4. Recomendar la adopción de medidas relacionadas con la adquisición de bienes que garanticen el manejo eficaz de los recursos de la administración. 5. Proveer oportunamente a las dependencias de la Alcaldía de los elementos y materiales requeridos por éstas para su debido funcionamiento. 6. Responder por los elementos de consumo y/o devolutivos que estén bajo su custodia. 7. Verificar la actualización del Kárdex del almacén a fin de conocer oportunamente las necesidades y requerimientos de elementos y equipos. 8. Registrar, revisar y firmar según corresponda los comprobantes de ingresos, egresos, boletines de almacén y demás formas utilizadas para llevar estricto control de las existencias. 9. Programar, coordinar y supervisar las actividades del almacén. 10. Salvaguardar los elementos en depósito cumpliendo con las normas de

43

11. 12. 13. 14. 15.

1. 2. 3. 4. 5.

tenencia para los mismos. Elaborar los informes solicitados por los organismos de control que soliciten informes sobre el inventario, bajas, altas y existencias en el almacén, bajo los parámetros establecidos para tal fin. Llevar y mantener el archivo de gestión bajo su cargo. Ejecutar directamente o por delegación, todos los programas sociales del orden departamental y nacional que se adelanten en el municipio. Coordinar y ejecutar las funciones encargadas a la dependencia Secretaria de Gobierno. Las demás asignadas por autoridad competente de conformidad con la naturaleza, misión y propósito del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) Los controles periódicos de cada una de las dependencias sobre el consumo de elementos se determinan de acuerdo a las necesidades reales. La guarda y custodia de los elementos del almacén están de acuerdo con las normas legales para el efecto y garantizan su seguridad. El inventario de los bienes muebles está de acuerdo con la existencia real de tales bienes en el municipio. El suministro de elementos y materiales a las dependencias de la Alcaldía cumple con las necesidades reales y oportunidad para cada dependencia garantizando su buen funcionamiento. La seguridad de los elementos del almacén están de acuerdo con las normas legales para el efecto.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Manejo sobre procedimientos de almacén Manejo de Kárdex Normas sobre contratación pública y sus reglamentarios sobre registro de proveedores y frente a las cotizaciones. Informática básica Técnicas de archivo VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título Profesional en Administración de Empresas, Administración Pública o afines.

44

PLANTA GLOBAL I. IDENTIFICACION Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato:

PROFESIONAL PROFESIONAL UNIVERSITARIO 219 03 (Decreto 001-2007) 1 DONDE SE UBIQUE QUIEN EJERZA SUPERVISIÓN DIRECTA II. PROPOSITO PRINCIPAL Ejecutar las acciones dirigidas a la elaboración, implementación, desarrollo de los proyectos, programas y planes, así como la coordinación del banco de proyectos. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Elaborar los estudios, programas y planes de inversión que se requieran para el desarrollo del municipio. 2. Dirigir las acciones del Banco Municipal de Programas y Proyectos de acuerdo con las metodologías y normatividad en esta materia. 3. Conceptuar sobre la conveniencia económica y social de los proyectos que se van a financiar con recursos del crédito. 4. Asesorar a todas las dependencias en la formulación y diseño de los proyectos o programas que adelantan en cumplimiento de sus funciones. 5. Elaborar el proyecto de términos de referencia para adelantar las invitaciones públicas para los contratos de obra que pretenda adelantar el municipio. 6. Ejecutar por delegación del Jefe de la Oficina, los procesos de interventoría técnica y financiera de los diferentes planes, programas y proyectos de inversión en concordancia con las normas establecidas en el estatuto de contratación pública. 7. Elaborar las actas de obra parcial, de modificación y demás pertinentes que se deban producir como consecuencia del proceso de ejecución y contratación de obras. 8. Elaborar y actualizar los listados clasificados de contratistas por especialidades, de acuerdo con los requerimientos normales de la construcción o remodelación de bienes del municipio o de vías públicas. 9. Coordinar con el Jefe de la Oficina los procesos de supervisión a las obras ejecutadas y por ejecutar. 10. Elaborar y actualizar las estadísticas y registros que contengan las

45

características técnicas de las obras ejecutadas y por ejecutar. 11. Participar activamente en el proceso de evaluación técnica de las obras realizadas en bienes del municipio y en la readecuación de las vías públicas. 12. Elaborar los proyectos técnicos de acuerdo con las metodologías exigidas para la formulación, diseño y aprobación por el sistema de cofinanciación. 13. Coordinar y controlar el pedido y suministro de materiales requeridos para el desarrollo de las obras adelantadas y dotación de los funcionarios de la dependencia. 14. Controlar el uso y mantenimiento de la maquinaria asignada a esta dependencia, para la ejecución de obras públicas. 15. Asistir técnicamente a las organizaciones sociales y comunitarias en la formulación de proyectos productivos de beneficio social orientados a mejorar la calidad de vida de la población municipal. 16. Supervisar el mantenimiento del alumbrado público en los diferentes sectores del municipio. 17. Rendir los informes periódicos sobre su gestión y los que le solicite el Jefe de la Oficina. 18. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Los estudios, programas y planes de inversión se elaboran de acuerdo a la ley y traducen los requerimientos para el desarrollo del municipio. 2. El banco municipal de programas y proyectos se encuentra establecido de acuerdo a todos los parámetros establecidos en las normas legales y técnicas. 3. Todos los proyectos financiados con recursos del crédito han sido analizados, estudiados y conceptuados sobre su conveniencia. 4. Los proyectos o programas que adelantan las dependencias en cumplimiento de sus funciones, se adecuan a las normas técnicas y legales para el efecto. 5. Los proyectos de términos de referencia para las invitaciones públicas de contratos de obra, cumplen con los parámetros fijados por la ley 80 de 1993, el decreto 2170 de 2001 y demás normatividad. 6. La interventoría técnica y financiera a las obras realizadas en el municipio se ejerce de manera estricta, cuidando la calidad de la obra y el bienestar de la comunidad y el patrimonio público. 7. Las actas y demás documentos que se suscriben en ejecución de las obras, cumplen con los requisitos legales y traducen la realidad de la ejecución del contrato. 8. El listado de contratistas por especialidades presenta una organización que permite identificarlos ágilmente.

46

Los proyectos técnicos se elaboran de acuerdo con las metodologías exigidas para la formulación, diseño y aprobación por el sistema de cofinanciación. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Bancos de programas y proyectos Metodologías de investigación y diseño de proyectos Plan básico de Ordenamiento Territorial Normas urbanísticas Infraestructura vial Informática básica Ley 80 de 1993 y decretos reglamentarios Normas técnicas sobre obras civiles Presupuestos de obra VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Título Profesional en, economía, arquitectura, Ingeniería Civil, de Vías y Transportes, Industrial, Sanitario. Nota. Adicionado Resolución N. 01172007. Administrador Público.

47

PLANTA GLOBAL I. IDENTIFICACION ASISTENCIAL SECRETARIO 440 05 (Decreto 001-2007) 1 DONDE SE UBIQUE EL CARGO QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades de soporte administrativo para garantizar el cabal cumplimiento de las funciones de la Dependencia y la atención integral de los particulares y otros servidores públicos. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Asistir al Jefe en los asuntos administrativos propios de su dependencia. 2. Elaborar oficios y documentos e informes estadísticos propios de la dependencia de desempeño utilizando herramientas tecnológicas de información y computación y tramitarlos a las diferentes dependencias de la Alcaldía y a otras instituciones. 3. Tramitar los documentos producidos por la dependencia en cumplimiento de sus competencias. 4. Atender al público de acuerdo con los parámetros institucionales e informar al superior sobre los asuntos que este debe atender. 5. Hacer transcripciones o digitar en su oportunidad los oficios, memorandos, informes y estudios que se requieran en la dependencia. 6. Mantener actualizado el archivo de la dependencia 7. Coordinar de acuerdo con instrucciones las reuniones y eventos que deba atender el jefe inmediato, llevando la agenda correspondiente y recordando los compromisos adquiridos. 8. Efectuar los trámites administrativos para la consecución y entrega de los materiales de consumo, bienes o elementos, requeridos en la dependencia y mantener organizado el inventario de la misma. 9. Adelantar trámites y demás procedimientos pertinentes para el perfeccionamiento de los documentos y servicios que la dependencia produce. 10.Proyectar para la firma del superior la respuesta a la correspondencia de manera oportuna. 11.Hacer los oficios o documentos que le sean solicitados por el jefe inmediato, proyectando los actos administrativos y demás documentos. Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato:

48

12.Velar por la adecuada prestación de los servicios administrativos y el buen uso de los equipos a su cargo. 13.Atender con diligencia al personal de la entidad o particulares que soliciten el servicio de la dependencia y orientar a los usuarios y suministrar la información que le sea solicitada de conformidad con los procedimientos establecidos. 14.Mantener absoluta reserva de todos los documentos, comunicaciones y archivos de la dependencia conocidos en el desempeño de sus funciones. 15.Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Los oficios e informes elaborados en la Dependencia cumplen con los parámetros de presentación. 2. El trámite de la documentación de la dependencia se efectúa de manera oportuna dentro del los plazos establecidos y permitidos. 3. El público que acude a la Dependencia es atendido y orientado de manera integral, garantizando el suministro de información y demás de acuerdo a los procedimientos establecidos. 4. Las transcripciones de memorandos y demás oficios se hace siempre en cumplimiento de las instrucciones dadas y en atención a las funciones de la Dependencia. 5. El Archivo de gestión de la Dependencia se encuentra organizado y actualizado y de acuerdo a las normas técnicas. 6. El Jefe de la Dependencia conoce sus compromisos diarios y es recordado oportunamente sobre sus reuniones y diligencias. 7. En la Dependencia siempre se mantiene una inventario de los bienes, materiales y demás elementos de consumo que se requieran para el cumplimiento de sus funciones. 8. La correspondencia se responde y se tramita de manera oportuna dentro de los plazos legales. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Nacional Normas sobre el funcionamiento, estructura y misión del Municipio. Informática básica Técnicas de Archivo Redacción de oficios y demás documentos Técnicas de ortografía Plazos de respuesta de derechos de petición Transcripción de documentos VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

49

Título de modalidad.

Estudios Bachiller en

Experiencia cualquier Un (1) año de experiencia laboral relacionada.

50

PLANTA GLOBAL I. IDENTIFICACION ASISTENCIAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 08 (Decreto 001-2007) 1 DONDE SE UBIQUE EL CARGO QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar actividades de apoyo en los asuntos administrativos propios de la Dependencia en la que sea designado. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Asistir al jefe inmediato en los asuntos administrativos propios de su Dependencia. 2. Tramitar los documentos producidos por la dependencia en cumplimiento de sus competencias. 3. Atender al público de acuerdo con los parámetros institucionales e informar al superior sobre los asuntos que este debe atender. 4. Hacer transcripciones o digitar en su oportunidad los oficios, memorandos, informes y estudios que se requieran en la dependencia. 5. Adelantar trámites y demás procedimientos pertinentes para el perfeccionamiento de los documentos y servicios que la dependencia produce. 6. Atender y efectuar las llamadas telefónicas, tomar los mensajes y transmitirlos al Jefe inmediato. 7. Registrar la correspondencia recibida o remitida y darle curso a quien corresponda. 8. Contestar oportunamente la correspondencia para la firma de su jefe inmediato. 9. Participar activamente en el desarrollo de actividades propias de la dependencia. 10.Coordinar los aspectos logísticos para la realización de las reuniones que la dependencia organice. 11.Ordenar, actualizar y mantener el archivo de gestión de acuerdo con los parámetros institucionales establecidos para tal fin. 12.Guardar la debida reserva sobre el contenido de los documentos e información que le sean confiados en función de su trabajo. 13.Presentar los informes de gestión y actividades programadas y los Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato:

51

solicitados en su oportunidad. 14.Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. La correspondencia y demás documentos recibidos en la Dependencia se maneja técnicamente y permite que el Jefe de la Dependencia conozca la información oportunamente. 2. Los documentos presentados por el Jefe de la Dependencia contienen las normas para la presentación de documentos y cumplen con reglas de ortografía y redacción. 3. El jefe de la dependencia conoce oportunamente los mensajes telefónicos, sus citas y compromisos laborales. 4. Se da respuesta oportuna a las solicitudes y peticiones presentadas por particulares respecto de las funciones de la Dependencia. 5. Los documentos producidos por la Dependencia surten el trámite correspondiente. 6. El apoyo del auxiliar administrativo permite que las reuniones organizadas por la Dependencia se desarrollen correctamente. 7. El archivo de gestión de la Dependencia permanece ordenado, actualizado, de acuerdo con los parámetros institucionales establecidos. 8. Guarda el auxiliar administrativo la debida reserva respecto de la información que se tramita en la dependencia. 9. El Jefe de la Dependencia con el apoyo de los auxiliares administrativos cumple las funciones de la Dependencia y del cargo. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Nacional Redacción Ortografía Informática básica Técnicas de archivo Manejo de agenda Técnicas básicas de logística VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Diploma de bachiller en cualquier Dos (2) años de experiencia laboral modalidad. relacionada.

52

PLANTA GLOBAL I. IDENTIFICACION ASISTENCIAL AUXILIAR ADMINISTRATIVO 407 05 (Decreto 001-2007) 2 DONDE SE UBIQUE EL CARGO QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar actividades de apoyo en los asuntos administrativos propios de la Dependencia en la que sea designado. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Hacer las trascripción de los dictados y digitar los oficios o documentos que le sean solicitados por el Jefe inmediato. 2. Recibir, clasificar y radicar los documentos, datos y correspondencia relacionada con los asuntos de la Dependencia. 3. Velar por la adecuada prestación de los servicios administrativos y el buen uso de los equipos bajo su cargo. 4. Elaborar el pedido de los elementos de consumo y devolutivos requeridos para el normal funcionamiento de la Dependencia. 5. Atender con diligencia al personal de la entidad o particulares que soliciten el servicio de la dependencia. 6. Apoyar a los superiores y funcionarios de las dependencias de la Administración en el ejercicio de las funciones inherentes al cargo. 7. Ordenar, actualizar y mantener el archivo de gestión de acuerdo con los parámetros institucionales establecidos para tal fin. 8. Guardar la debida reserva sobre el contenido de los documentos e información que le sean confiados en función de su trabajo. 9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. 10.Adicionada Resolución N. 020-2007. Atender y tramitar con prontitud y diligencias las solicitudes, quejas y reclamos que en defensa de sus derechos presenten ante la Administración Municipal las personas que presenten cualquier tipo de discapacidad. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Los textos, oficios y demás documentos dictados por el Jefe de la Dependencia son presentados de acuerdo a las normas para la presentación de documentos y cumplen con reglas de ortografía y Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato:

53

redacción. 2. La recepción, clasificación y radicación de los documentos de la Dependencia se lleva de acuerdo a las normas técnicas y cuidando que el Jefe de la Dependencia la conozca y la tramite de manera oportuna. 3. La atención a los usuarios de la Dependencia, tanto internos como externos se realiza con diligencia, cordialidad y respeto, logrando la colaboración eficaz al mismo. 4. El archivo de gestión de la Dependencia permanece ordenado, actualizado, de acuerdo con los parámetros institucionales establecidos. 5. Guarda el auxiliar administrativo la debida reserva respecto de la información que se tramita en la dependencia. 6. El Jefe de la Dependencia con el apoyo de los auxiliares administrativos puede cumplir en debida forma las funciones de la Dependencia y del cargo. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Constitución Nacional Redacción Ortografía Informática básica Técnicas de archivo Manejo de agenda VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Diploma de bachiller en cualquier modalidad.

54

PLANTA GLOBAL I. IDENTIFICACION ASISTENCIAL AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES 470 03 (Decreto 001-2007) 2 DONDE SE UBIQUE EL CARGO QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA II. PROPÓSITO PRINCIPAL Contribuir al mantenimiento de las instalaciones, oficinas, muebles y enseres de la Administración Central, así como la ejecución de diligencias y entrega de correspondencia tanto interna como externa. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Prestar el servicio de mantenimiento de las instalaciones, oficinas, muebles y enseres de todas las dependencias de la administración central. 2. Responder ante el jefe de la Dependencia por el buen estado y conservación de las máquinas y elementos que le sean entregados para la realización de sus labores. 3. Realizar labores propias de servicios generales que demande el Municipio respecto del mantenimiento y funcionamiento de las instalaciones eléctricas, telefónicas e hidráulicas. 4. Colaborar en la atención a los requerimientos de las diferentes dependencias de la Entidad de acuerdo a mejoras locativas, adecuaciones e instalaciones y conceptuar sobre las reparaciones. Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato:

5. Entregar los oficios citatorios y correspondencia en general a las entidades o a las personas que requiera la Alcaldía Municipal en el ejercicio de sus funciones. 6. Adelantar las diligencias pertinentes para la notificación de las providencias administrativas, previa instrucción del superior inmediato. 7. Llevar el registro de los oficios que no hayan sido notificados personalmente. 8. Colaborar en las labores asistenciales de la dependencia, referidas a la organización y mantenimiento del archivo de gestión, radicación de correspondencia y atención a usuarios de acuerdo con los procedimientos y parámetros establecidos para tal fin. 9. Realizar la distribución de la correspondencia interna a las diferentes dependencias, una vez se haya realizado el reparto por parte del superior

55

inmediato. 10.Participar activamente en el desarrollo de actividades propias de la dependencia. 11.Efectuar diligencias internas y externas cuando la necesidad del servicio lo requieran. 12.Guardar la debida reserva sobre el contenido de los documentos e información que le sean confiados en función de su trabajo. 13.Presentar los informes de gestión y actividades programados y los solicitados en su oportunidad 14.Prestar asistencia en el desarrollo de labores de oficina a solicitud del jefe inmediato. 15.Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. El mantenimiento de las instalaciones, muebles y enseres de la administración Municipal se hace de acuerdo a las necesidades, requerimientos de las Dependencias y garantizan la buena presentación física de la Administración ante los usuarios. 2. Las máquinas y elementos que le son entregados para el cumplimiento de sus funciones, permanecen en buen estado y se hace uso correcto de los mismos. 3. Las adecuaciones locativas y demás reparaciones se hacen en cumplimiento de los requerimientos de las Dependencias y de manera oportuna cuando éstas lo necesitan. 4. Las citaciones y demás correspondencia tanto interna como externa es entregada de manera oportuna y a su destinatario. 5. El Auxiliar de Servicios Generales apoya a las Dependencias en las labores asistenciales. 6. Las diligencias internas y externas requeridas por el superior son realizadas de manera oportuna y se les da cabal cumplimiento. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Conocer el adecuado mantenimiento físico de instalaciones, muebles y enseres. técnicas de archivo Manejo de correspondencia Ubicación en el municipio para entrega de correspondencia externa Conocimiento de todas las Dependencias de la Administración Municipal VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Quinto año de educación básica Dos (2) años de experiencia laboral primaria

56

PLANTA GLOBAL I. IDENTIFICACION ASISTENCIAL CONDUCTOR 480 09 2 DONDE SE UBIQUE EL CARGO QUIEN EJERZA LA SUPERVISIÓN DIRECTA II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades de conducción y mantenimiento del parque automotor de la Entidad apoyando de esta forma el cumplimiento de las funciones de las Dependencias. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Conducir los vehículos de la dependencia conforme a la destinación que se les haya dado a los mismos. 2. Transportar a los sitios que se determine las personas y elementos conforme a las instrucciones que reciba. 3. Velar por el cuidado y mantenimiento adecuado del vehículo, efectuando labores de limpieza y mantenimiento general. 4. Permanecer en el sitio de trabajo asignado, dispuesto a cumplir con las funciones inherentes ene l momento en que se le requiera. 5. Aprovisionar el vehículo de combustible, aceite y agua en los surtidores indicados por la administración municipal para el efecto. 6. Realizar el mantenimiento preventivo del vehículo y revisar periódicamente su estado general para garantizar su perfecto funcionamiento. 7. Responder por la herramienta, elementos y en general por todo el equipo asignado para el cumplimiento de su labor. 8. Realizar reparaciones menores cuando se observe fallas en el funcionamiento del vehículo, de acuerdo con sus conocimientos sobre la materia. 9. Apoyar las diferentes actividades de la dependencia bajo las orientaciones del jefe inmediato. 10.Guardar y salvaguardar el vehículo en los lugares y a las horas indicadas por la administración municipal. 11.Dar cumplimiento al reglamento de seguridad industrial y prevención de accidentes. 12.Las demás funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del cargo. Nivel: Denominación del Empleo: Código: Grado: No. de cargos: Dependencia: Cargo del Jefe Inmediato:

57

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (Criterios de Desempeño) 1. Los vehículos del Municipio se utilizan exclusivamente bajo las órdenes de la Administración. 2. El transporte de personas y elementos se hace exclusivamente conforme a las instrucciones dadas por la autoridad competente. 3. La provisión de agua, aceite y combustible para los vehículos se hace exclusivamente en los lugares destinados por la Administración para tal fin. 4. Se efectúa mantenimiento preventivo de los vehículos con el fin de garantizar su óptimo funcionamiento. 5. Se ejerce la debida guarda y custodia sobre todo el equipo asignado. 6. Las reparaciones menores que requieren los vehículos son efectuadas por el operario de acuerdo a sus conocimientos. 7. Se guardan y estacionan los vehículos en los lugares destinados para el efecto por la Administración. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES Conducción de vehículos Normas de tránsito Principios de mecánica VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios Experiencia Quinto año de educación básica Dos (2) años de experiencia laboral primaria, curso mínimo de sesenta (60) relacionada. horas en mecánica.

58

ARTICULO 2º. Competencias Comunes a los Servidores Públicos. Las competencias comunes a los servidores públicos a que se refiere el presente manual específico de funciones y de competencias laborales serán las siguientes:

COMPETENCIA Orientación a resultados

DEFINICION DE LA COMPETENCIA Realizar las funciones y Cumplir los compromisos organizacionales con eficacia y calidad -

-

Orientación al usuario y al ciudadano

-

Dirigir las decisiones y acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de los usuarios internos y externos, de conformidad con las responsabilidades públicas -

CONDUCTAS ASOCIADAS Cumple con oportunidad en función de estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad, las funciones que le son asignadas. Asume la responsabilidad por sus resultados. Compromete recursos y tiempos para Mejorar la productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos. Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan. Atiende y valora las necesidades y peticiones de los usuarios y de los ciudadanos en general. Considera las necesidades de los usuarios al diseñar proyectos o servicios. Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad. Establece diferentes

59

asignadas entidad.

a

la

Transparencia

Hacer uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su utilización y garantizar el acceso a la información gubernamental.

-

-

-

-

Compromiso con la Organización

Alinear el propio comportamiento a las necesidades, prioridades y metas Organizacionales -

canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas. Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros. Proporciona información veraz, objetiva y basada en hechos. Facilita el acceso a la información relacionada con sus responsabilidades y con el servicio a cargo de la entidad en que labora. Demuestra imparcialidad en sus decisiones. Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables. Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio. Promueve las metas de la organización y respeta sus normas. Antepone las necesidades de la organización a sus propias necesidades. Apoya a la organización en situaciones difíciles. Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones.

60

ARTICULO 3º. Competencias Comporta mentales por nivel jerárquico. Las competencias comporta mentales por nivel jerárquico que como mínimo, se requieren para desempeñar los empleos a que se refiere el presenta manual específico de funciones y de competencias laborales, serán las siguientes:

NIVEL DIRECTIVO

COMPETENCIA Liderazgo

DEFINICION DE LA COMPETENCIA Guiar y dirigir grupos y establecer y mantener la cohesión de grupo necesaria para alcanzar los objetivos Organizacionales.

CONDUCTAS ASOCIADAS -

-

-

-

Planeación

Determinar eficazmente las metas y prioridades institucionales, identificando las acciones, los responsables, los -

Mantener a sus colaboradores motivados. Fomenta la comunicación clara, directa y Concreta. Constituye y mantiene grupos de trabajo con un desempeño conforme a los estándares Promueve la eficacia del equipo Genera un clima positivo y de seguridad en sus colaboradores. Fomenta la participación de todos en los procesos de reflexión y de toma de decisiones. Unifica esfuerzos hacia objetivos y metas Institucionales. Anticipa situaciones y escenarios futuros con acierto. Establece objetivos claros y concisos, estructurados y coherentes con las metas organizacionales. Traduce los objetivos

61

plazos y los recursos requeridos para alcanzarlas Toma de decisiones

Elegir entre una o varias alternativas para solucionar un problema o atender una situación, comprometiéndose con acciones concretas y consecuentes con la decisión. -

Dirección y Desarrollo Personal

Favorecer el aprendizaje y desarrollo de sus colaboradores, articulando las potencialidades y necesidades individuales con las de la organización para optimizar la calidad de las contribuciones de los equipos de trabajo y de las personas, en el cumplimiento de los objetivos y metas organizacionales

-

-

-

-

-

estratégicos en Planes prácticos y factibles. Busca soluciones a los problemas. Distribuye el tiempo con eficiencia. Establece planes alternativos de acción. Elige con oportunidad, entre muchas alternativas, los proyectos a realizar Efectúa cambios complejos y comprometidos en sus actividades o en las funciones que tiene asignadas cuando detecta problemas o dificultades para su realización. Decide bajo presión. Decide en situaciones de alta complejidad e incertidumbre. Identifica necesidades de formación y capacitación y propone acciones para satisfacerlas. Permite niveles de autonomía con el fin de estimular el desarrollo integral del empleado. Delega de manera efectiva sabiendo cuándo intervenir y cuándo no hacerlo. Hace uso de las habilidades y recurso de su grupo de trabajo para alcanzar las metas y estándares de productividad. Establece espacios regulares de retroalimentación y reconocimiento del

62

presentes y futuras. -

-

Conocimiento del entorno

Estar al tanto de las circunstancias y las relaciones de poder que influyen en el entorno organizacional.

-

-

-

-

desempeño y sabe manejar hábilmente el bajo desempeño. Tiene en cuenta las opiniones de sus colaboradores. Mantiene con sus colaboradores relaciones de respeto. Es consciente de las condiciones específicas del entorno organizacional. Está al día en los acontecimientos claves del sector y del Estado. Conoce y hace seguimiento a las políticas gubernamentales. Identifica las fuerzas políticas que afectan la organización y las posibles alianzas para cumplir los propósitos organizacionales.

NIVEL ASESOR COMPETENCIA

DEFINICION DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

63

Experticia Profesional

Aplicar el conocimiento profesional en la resolución de problemas y transferirlo a su Entorno laboral.

-

-

-

-

Conocimiento del entorno

Conocer e interpretar la organización, su funcionamiento y sus relaciones políticas y administrativas. -

-

Construcción de relaciones

Establecer mantener

y -

Orienta el desarrollo de proyectos especiales para el logro de resultados de la alta dirección. Aconseja y orienta la toma de decisiones en los temas que le han sido asignados Asesora en materias propias de su campo de conocimiento, emitiendo conceptos, juicios o propuestas ajustados a lineamientos teóricos y técnicos. Se comunica de modo lógico, claro, efectivo y seguro.

Conocimiento del entorno. Conocer e interpretar la organización, su funcionamiento y sus relaciones políticas y administrativas. Comprende el entorno organizacional que enmarca las situaciones objeto de asesoría y lo toma como referente obligado para emitir juicios, conceptos o propuestas a desarrollar. Se informa permanentemente sobre políticas gubernamentales, problemas y demandas del entorno. Utiliza sus contactos para conseguir objetivos

64

Iniciativa

relaciones cordiales y recíprocas con redes o grupos de personas internas y externas a la organización que faciliten la consecución de los objetivos institucionales.

Comparte información para establecer lazos. Interactúa con otros de un modo efectivo y adecuado.

Anticiparse a los problemas iniciando acciones para superar los obstáculos y alcanzar metas Concretas. -

Prevé situaciones y alternativas de solución que orientan la toma de decisiones de la alta dirección. Enfrenta los problemas y propone acciones concretas para solucionarlos. Reconoce y hace viables las oportunidades.

NIVEL PROFESIONAL COMPETENCIA Aprendizaje Continuo

DEFINICION DE LA COMPETENCIA Adquirir y desarrollar permanentemente conocimientos, destrezas y habilidades, con el fin de mantener altos estándares de eficacia organizacional. -

CONDUCTAS ASOCIADAS Aprende las experiencias de otros y de la propia. Se adapta y aplica nuevas tecnologías que se implanten en la organización. Aplica los conocimientos adquiridos a los desafíos que se presentan en el desarrollo del trabajo. Investiga, indaga y profundiza en los temas de

65

-

Experticia profesional

Aplicar el conocimiento profesional en la resolución de problemas y transferirlo a su entorno laboral.

-

-

-

-

Trabajo en Equipo y Colaboración

Trabajar con otros de forma conjunta y de manera participativa, integrando esfuerzos para la consecución de metas institucionales

-

-

-

su entorno o área de desempeño. Reconoce las propias limitaciones y las necesidades de mejorar su preparación. Asimila nueva información y la aplica correctamente. Analiza de un modo sistemático y racional los aspectos del trabajo, basándose en la información relevante. Aplica reglas básicas y conceptos complejos aprendidos. Identifica y reconoce con facilidad las causas de los problemas y sus posibles soluciones. Clarifica datos o situaciones complejas Planea, organiza y ejecuta múltiples tareas tendientes a alcanzar resultados institucionales. Coopera en distintas situaciones y comparte información. Aporta sugerencias, ideas y opiniones. Expresa expectativas positivas del equipo o de los miembros del mismo. Planifica las propias acciones teniendo en cuenta la repercusión de las mismas para la consecución de los objetivos grupales.

66

-

Creatividad e Innovación

Generar y desarrollar nuevas ideas, conceptos, métodos y soluciones.

-

-

-

Establece diálogo directo con los miembros del equipo que permita compartir información e ideas en condiciones de respeto y cordialidad. Respeta criterios dispares y distintas opiniones del equipo. Ofrece respuestas alternativas. Aprovecha las oportunidades y problemas para dar soluciones novedosas. Desarrolla nuevas formas de hacer y tecnologías. Busca nuevas alternativas de solución y se arriesga a romper esquemas tradicionales. Inicia acciones para superar los obstáculos y alcanzar metas específicas.

NIVEL TECNICO DEFINICION DE COMPETENCIA LA COMPETENCIA Experticia Entender y aplicar Técnica los conocimientos técnicos del área de desempeño y mantenerlos actualizados.

CONDUCTAS ASOCIADAS -

-

Capta y asimila con facilidad conceptos e información. Aplica el conocimiento técnico a las actividades cotidianas. Analiza la información de acuerdo con las necesidades de la organización. Comprende los aspectos técnicos y los aplica al desarrollo de

67

-

Trabajo en equipo

Trabajar con otros para conseguir metas comunes

-

-

Creatividad e innovación

Presentar ideas y métodos novedosos y concretarlos en acciones.

-

-

procesos y procedimientos en los que está involucrado. Resuelve problemas utilizando sus conocimientos técnicos de su especialidad y garantizando indicadores y estándares establecidos. Identifica claramente los objetivos del grupo y orienta su trabajo a la consecución de los mismos. Colabora con otros para la realización de actividades y metas grupales. Propone y encuentra formas nuevas y eficaces de hacer las cosas. Es recursivo. Es práctico. Busca nuevas alternativas de solución. Revisa permanentemente los procesos y procedimientos para optimizar los resultados.

NIVEL ASISTENCIAL DEFINICION DE COMPETENCIA LA COMPETENCIA Manejo de la Manejar con Información respeto las informaciones personales e Institucionales de que dispone

CONDUCTAS ASOCIADAS -

-

Evade temas que indagan sobre información confidencial. Recoge sólo información imprescindible para el desarrollo de la tarea.. Organiza y guarda de forma adecuada la información a su cuidado, teniendo en Cuenta las normas

68

-

-

Adaptación cambio

al Enfrentarse con flexibilidad y versatilidad a situaciones nuevas para aceptar los cambios positiva y Constructivamente.

Relaciones Interpersonales

Colaboración

Establecer y mantener relaciones de trabajo amistosas y positivas, basadas en la comunicación abierta y fluida en el respeto por los demás. Cooperar con los demás con el fin de alcanzar los objetivos institucionales

-

-

-

-

-

legales y de la organización. No hace pública información laboral o de las personas que pueda afectar la organización o las personas. Es capaz de discernir qué se puede hacer público y qué no. Transmite información oportuna y objetiva. Acepta y se adapta fácilmente a los cambios. Realiza los cometidos y tareas del puesto de trabajo. Acepta la supervisión constante. Realiza funciones orientadas a apoyar la acción de otros miembros de la organización. Escucha con interés a las personas y capta las preocupaciones, intereses y necesidades de los demás. Transmite eficazmente las ideas, sentimientos e información impidiendo con ello malos entendidos o situaciones confusas que puedan generar conflictos. Ayuda al logro de los objetivos articulando sus actuaciones con los demás. Cumple los compromisos que adquiere que adquiere. Facilita la labor de sus superiores y compañeros de trabajo.

69

ARTICULO 4º. El Jefe de Personal o quien haga sus veces, entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión, cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para los empleos. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas. ARTICULO 5º. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan. ARTICULO 6º. El Alcalde mediante acto administrativo adoptará las modificaciones o adiciones necesarias para mantener actualizado el manual específico de funciones y de competencias laborales y podrá establecer las equivalencias entre estudios y experiencia, en los casos que considere necesarios. ARTICULO 7º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su aprobación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE Dada en Ramiriquí, a los treinta (30) días del mes de diciembre de dos mil cinco (2005).

RAFAEL AUGUSTO GALAN CUERVO ALCALDE RAMIRIQUÍ

70

REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOYACA ALCALDIA MUNICIPAL DE RAMIRIQUI

ALCALDE

Secretaria De Gobierno

Oficina Asesora de planeación

Secretaria De Hacienda

Secretaria De desarrollo social y comunitario

Unidad de Servicios Públicos Comisaría de familia

Planta Global

Almacén General

MARITZA ROBLES NAVARRO Secretaria de Gobierno

71

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.