PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS

PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS AREA D´INFRAESTRUCTURES, URBANISME I MEDI AMBIENT PLA

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PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS

AREA D´INFRAESTRUCTURES, URBANISME I MEDI AMBIENT

PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS

FALLAS XIRIVELLA

EN LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS

2012

INDICE ANTECEDENTES

Página 4

NORMATIVA DE REFERENCIA

Página 5

LISTA DE DISTRIBUCIÓN DEL PLAN

Página 6

CAPÍTULO 1

OBJETO DEL PLAN

Página 7

CAPÍTULO 2

EMPLAZAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO 2.1 2.2 2.3

Página 8

EMPLAZAMIENTO DE MONUMENTOS, ZONAS DE LANZAMIENTO Y CARPAS DESCRIPCIÓN Y REQUISITOS TÉCNICOS DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO UBICACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO Y COORDENADAS GEOGRÁFICAS

CAPÍTULO 3

PROGRAMA DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS (FALLAS 2012)

Página 18

CAPÍTULO 4

PLAN DE SEGURIDAD 4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 4.8 4.9

Página 20

PERMISOS Y AUTORIZACIONES TRANSPORTE DEL MATERIAL PIROTÉCNICO SEGURIDAD Y DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE EL MONTAJE DEL ESPECTÁCULO DELIMITACIÓN DE ZONAS DE SEGURIDAD Y PROTECCION DEL PÚBLICO PROHIBICION, SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS DISPARO DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO ACTUACIONES POSTERIORES AL ESPECTÁCULO ORGANIZACIÓN: RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES 4.9.1 SEGURIDAD Y VIGILANCIA 4.9.2 ASISTENCIA SANITARIA 4.9.3 MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y ALARMA

CAPÍTULO 5

PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS 5.1 5.2 5.3 5.4 5.5

5.6 5.7

Página 36

IDENTIFICACION DE SITUACIONES DE EMERGENCIA CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS ESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA ACTUACION ANTE EMERGENCIAS MEDIOS DE TRANSMISIÓN DE ALARMA O AVISOS PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS 5.5.1 EN CASO DE INCENDIO 5.5.2 EN CASO DE EMERGENCIA MÉDICA 5.5.3 EN CASO DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD VIAS Y RUTAS DE EVACUACIÓN CENTRO DE ASISTENCIA SANITARIA Y PARQUE DE BOMBEROS

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CAPÍTULO 6

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES CAPÍTULO 7

Página 40

INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR

Página 43

ANEXOS ANEXO 1

DIRECTORIO DE TELÉFONOS (CATÁLOGO DE RECURSOS)

Página 44

ANEXO 2

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PIROTÉCNICA

Página 46

ANEXO 3

MODELO DE COMUNICACIÓN A AENA ANEXO 4

PLANIMETRÍA PLANO Nº 1 PLANO Nº 2 PLANO Nº 3 PLANO Nº 4 PLANO Nº 5 PLANO Nº 6 PLANO Nº 7 PLANO Nº 8 PLANO Nº 9

Página 50

Página 53

SITUACIÓN (ESCALA 1 / 6000) RUTAS DE ACCESO Y EVACUACIÓN (ESCALA 1 / 4000) FALLA DOCTOR GÓMEZ FERRER (ESCALA 1 / 1500) FALLA MONTE DE PIEDAD (ESCALA 1 / 1000) FALLA DE SAN JUAN (ESCALA 1 / 1000) FALLA DE SAN ANTONIO (ESCALA 1 / 1000) FALLA MAESTRO SERRANO (ESCALA 1 / 1000) FALLA TEODORO LLORENTE (ESCALA 1 / 1000) FALLA BARRIO DE LA LUZ (ESCALA 1 / 1000)

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ANTECEDENTES Con motivo de la proximidad de las fiestas falleras, el pasado 17 de enero de 2012, a las 20,00 horas tuvo lugar en el Ayuntamiento de Xirivella, la reunión anual para abordar los aspectos más relevantes relacionados con la Seguridad Pública que son competencia municipal, al objeto de adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad en la celebración de los Espectáculos Pirotécnicos organizados por las distintas Comisiones Falleras, durante las fiestas de FALLAS 2012, prevenir accidentes y que éstas se desarrollen con el máximo ambiente de cordialidad. En dicha reunión participaron directamente: •

Paqui Bartual (Regidora de Educación, Fiestas y Normalización Lingüística)



Pablo Boix (Concejal de Seguridad Ciudadana, Innovación y Personal)



Joaquín Delgado (Concejal de Desarrollo Sostenible)



Francisco Esteso (Intendente de la Policía Local de Xirivella)



Juan Triviño (Protección Civil de Xirivella)



Carmen Ordoño (Casa de la Cultura)



José Luis Chisbert (Ingeniero Técnico Municipal) Representantes de todas y cada una de las distintas Comisiones Falleras de Xirivella



El presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, se ha elaborado de acuerdo con la información facilitada por todas las partes implicadas, fechas de celebración de actos pirotécnicos, características de los mismos, zonas de lanzamiento previstas para su desarrollo, etc,....; siendo de obligado cumplimiento una vez ratificado y aprobado por el Ayuntamiento de Xirivella y hasta la fecha de finalización de las fiestas. Xirivella, a 5 de Marzo de 2012 OFICINA TÉCNICA DE URBANISMO: Delineación y Planimetría: Juan Vilaplana

Redactado por:

Con la participación y colaboración de:

José Luis Chisbert Poncelas INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL

CONCEJALÍAS DELEGADAS POLICIA LOCAL PROTECCIÓN CIVIL CRUZ ROJA COMISIONES FALLERAS

Aprobado por:

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA

EL ALCALDE D. Enrique Ortí Ferre

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NORMATIVA DE REFERENCIA Se indica a continuación la normativa de referencia de aplicación, la cual se ha tenido en cuenta en la elaboración del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias para la celebración de Espectáculos Pirotécnicos organizados por las distintas Comisiones Falleras durante las fiestas de FALLAS 2012, en el municipio de Xirivella.

 REAL DECRETO 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería. (BOE num. 113, de fecha 08/05/2010).  DECRETO 19/2011, de 4 de Marzo, del Consell, por el que se reconoce el carácter religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas celebradas en la Comunitat Valenciana, en la que se utilizan artificios de pirotecnia. (DOCV num. 6475, de fecha 08/03/2011).  ORDEN PRE/174/2007, de 31 de Enero, por la que se actualizan las instrucciones técnicas complementarias números 8, 15, 19 y 23 del Reglamento de Explosivos, aprobado por Real Decreto 230/1998,

de 16 de febrero

(BOE num. 30 de fecha

03/02/2007).  REAL DECRETO 230/1998, de 16 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos. (BOE num. 61, de fecha 12/03/1998).

 ORDEN de 2 de Marzo de 1989,

por la que se completa y perfecciona la normativa

reguladora de la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales. (BOE num. 53, de fecha 03/03/1989).  ORDEN de 20 de Octubre de 1988, por la que se regula la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales. (BOE num. 260, de fecha 29/10/1988).

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LISTA DE DISTRIBUCIÓN DEL PLAN Del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias para la celebración de los Espectáculos Pirotécnicos en el municipio de Xirivella, durante las FALLAS 2012; desde el Área de Infraestructuras, Urbanismo y Medioambiente, se realiza la siguiente distribución y divulgación:

ALCALDÍA

1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.

3 COPIAS DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”. POLICÍA LOCAL DE XIRIVELLA

(una para la propia POLICÍA LOCAL y las otras dos para su envío y distribución a la GUARDIA CIVIL y a la DELEGACIÓN DE GOBIERNO, respectivamente).

PROTECCIÓN CIVIL DE XIRIVELLA

1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.

CRUZ ROJA DE XIRIVELLA

1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “PAPEL”.

BOMBEROS

1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “INFORMÁTICO”.

COMISIONES FALLERAS BARRI DE LA LLUM TEODORO LLORENTE MONT DE PIETAT GÓMEZ FERRER MESTRE SERRANO SANT JOAN SANT ANTONI

1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “INFORMÁTICO”.

EMPRESAS PIROTÉCNICAS PIROTECNIA VULCANO, S.L. PIROTECNIA SANMARTIN, S.L. 1 COPIA DEL DOCUMENTO EN SOPORTE “INFORMÁTICO”. PIROTECNIA TURÍS, S.L. PIROTECNIA GIRONINA, S.L.

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CAPITULO 1

OBJETO DEL PLAN De acuerdo con lo establecido en el Artículo 4.- de la Orden de 20 de Octubre de 1988 (BOE nº 260, de 29 de octubre de 1988) y Orden de 2 de marzo de 1989 que la perfecciona, con respecto a la manipulación y uso de productos pirotécnicos en la realización de espectáculos públicos de fuegos artificiales, y con lo indicado en la Instrucción Técnica Complementaria número 8, del RD 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería. (BOE num. 113, de fecha 08/05/2010), el Ayuntamiento de Xirivella elabora el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, cuyo objeto y finalidad es establecer las medidas de seguridad y emergencia necesarias para la celebración de los espectáculos pirotécnicos organizados y programados por las distintas Comisiones Falleras en el municipio de Xirivella durante las fiestas de FALLAS 2012. El presente PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS comprende las medidas necesarias para: a) Prevenir los riesgos que puedan afectar a las personas que intervienen en su desarrollo o que presencien los mismos y a los bienes materiales. b) Seguridad y vigilancia de las zonas que presuntamente puedan ser afectadas por un accidente. c) Protección y socorro urgente de las víctimas. d) Evacuación y asistencia sanitaria de las víctimas. Para ello, el presente documento se ha estructurado básicamente en dos bloques diferenciados: •

PLAN DE SEGURIDAD,

al objeto de prevenir los accidentes que se deriven de la

instalación y montaje de los artificios. •

PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS, para prevenir los diferentes riesgos que puedan tener lugar por los disparos de fuegos de artificio, antes, durante y después del espectáculo, teniendo en cuenta tanto los materiales a disparar como la ubicación de los mismos y el público asistente.

El logro de los objetivos previstos será función del grado de participación y eficacia de los distintos medios humanos y materiales descritos en el presente Plan de Seguridad para la respuesta ante las posibles situaciones de emergencia que pudieran tener lugar.

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CAPITULO 2

EMPLAZAMIENTO Y DESCRIPCIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO 2.1.- EMPLAZAMIENTO DE MONUMENTOS, ZONAS DE LANZAMIENTO Y CARPAS. Se describen a continuación a título informativo los emplazamientos de los monumentos falleros en el municipio de Xirivella, las zonas de lanzamiento previstas para el desarrollo de los numerosos espectáculos pirotécnicos que tendrán lugar durante las FALLAS 2012 y la ubicación de las carpas móviles desmontables habilitadas por las distintas Comisiones Falleras. DETALLE GENERAL DE EMPLAZAMIENTO DE LOS MONUMENTOS FALLEROS

En el documento de PLANOS que acompaña al presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias se adjuntan los Planos Nº 1 y Nº 2; donde detallan los emplazamientos de las zonas de lanzamiento para los distintos espectáculos pirotécnicos,

así como las rutas de acceso y

evacuación en caso de emergencia desde cada una de las ubicaciones previstas.

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FALLA DOCTOR GÓMEZ FERRER

Emplazamiento del monumento: Confluencia de la C/ RAMÓN Y CAJAL con la C/ MAESTRO GINER Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 3) SOLAR ANTIGUO COMPLEJO J30 -FRENTE PARQUE DOLORES IBARRURI-

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FALLA MONTE DE PIEDAD

Emplazamiento del monumento: Confluencia de la C/ MEDITERRÁNEO con la C/ MONTEALEGRE Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 4) PLAZA DE SAN RAMÓN - SAN ENRIQUE Emplazamiento de la carpa: Recinto MINI POLIDEPORTIVO C/ MEDITERRÁNEO con C/ MONTESA

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FALLA SANT JOAN

Emplazamiento del monumento: Confluencia C/ DIPUTACIÓN con C/ ARTE MAYOR DE LA SEDA (PZA SAN JUAN) Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 5) PATIO DEL EDIFICIO DE L´ESCOLETA (JUNTO A ZONA DE APARCAMIENTO) Emplazamiento de la carpa: C/ ARTE MAYOR DE LA SEDA (JUNTO A POZO)

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FALLA SANT ANTONI

Emplazamiento del monumento: Confluencia de la C/ SAN ANTONIO con la C/ HERMANAS CUBELLS Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 6) ESPACIO LIBRE PARQUE CLARA CAMPOAMOR Emplazamiento de la carpa: C/ SANT ANTONI (entre C/ PASCUAL ARBORS Y C/ JOAQUÍN COSTA)

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FALLA MESTRE SERRANO

Emplazamiento del monumento: Confluencia de la C/ MAESTRO SERRANO con la C/ ALICANTE Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 7) C/ MISLATA (ESPACIO ABIERTO ADJUNTO A PLAZA)

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FALLA VALENCIA – TEODORO LLORENTE (ELCANO)

Emplazamiento del monumento: C/ A. SÁNCHEZ MOSCARDÓ con C/ LITERATO AZORÍN – PALLETER Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 8) Zona de aparcamiento RENFE Confluencia de AVENIDA CONSTITUCIÓN con AVENIDA DEL TURIA Emplazamiento de la carpa: Avenida Constitución (Solar junto a Parking de RENFE)

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FALLA BARRI DE LA LLUM

Emplazamiento del monumento: Confluencia de la C/ CORTES DE ARENOSO con la C/ ANTONIO MACHADO Emplazamiento de la zona de fuegos y lanzamiento: (VEASE PLANO Nº 9) C/ CORTES DE ARENOSO (ESPACIO ABIERTO ADJUNTO A PLAZA) Emplazamiento de la carpa: C/ ANTONIO MACHADO

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2.2.- DESCRIPCIÓN Y REQUISITOS TÉCNICOS DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO De forma general, los espectáculos pirotécnicos se desarrollarán dentro de zonas o recintos de forma rectangular,

con unas superficies que oscilarán entre los 250 y los 750

m2

aproximadamente, y que se ubicarán en calles y en zonas abiertas, tales como parques, plazas, zonas de aparcamiento, etc,...., las cuales se habilitarán a tal efecto, sin que ello de lugar a simultaneidad de actividades en las mismas. Todas estas zonas permitirán que los artificios pirotécnicos se puedan situar en zonas despejadas, sobre superficies planas y horizontales, y con un buen firme, bien de tierra batida o bien de pavimento asfáltico.

La zona de colocación de los artificios pirotécnicos deberá reunir las siguientes características: a) El suelo deberá tener suficiente consistencia y no presentar elementos fácilmente combustibles o susceptibles de proyectarse; debiendo ser llano y horizontal o permitir una base de soporte con estas características para los dispositivos de lanzamiento. b) Su ubicación impedirá que la trayectoria de los artificios coincida con cualquier objeto elevado, obstrucción u obstáculo que pueda afectar a la seguridad del lanzamiento.

Las zonas de fuegos se dividirán generalmente en dos zonas bien diferenciadas, una de ellas donde se ubicarán las partes terrestres que se van a disparar, siendo esta zona normalmente la de mayor superficie en mascletàs; y otra zona prevista para los elementos que serán disparados para explotar en altura, que se corresponderá generalmente con las artificios pirotécnicos de mayor calibre.

La empresa pirotécnica deberá adaptar el montaje del espectáculo pirotécnico a las características y dimensiones de la zona de lanzamiento facilitada y delimitada por parte de la entidad organizadora, en este caso las distintas Comisiones Falleras, y si en algún caso la zona de lanzamiento no se ajusta o cumple con los requisitos necesarios para el montaje de los artificios pirotécnicos a disparar deberá ponerlo en conocimiento inmediato de la entidad organizadora y de la Policía Local, no pudiendo llevarse a cabo el espectáculo mientras la zona de lanzamiento no cumpla con los requisitos mínimos necesarios para el espectáculo pirotécnico programado.

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2.3.- UBICACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO Y COORDENADAS GEOGRÁFICAS Zona de Lanzamiento

Emplazamiento DR GÓMEZ FERRER Solar colindante al Parque Dolores Ibarruri

Latitud

Longitud

N 39º 28’ 07’’

W 0º 25’ 45’’

N 39º 27’ 54’’

W 0º 26’ 12’’

N 39º 27’ 51’’

W 0º 25’ 50’’

N 39º 27’ 43’’

W 0º 25’ 29’’

N 39º 28’ 01’’

W 0º 25’ 23’’

N 39º 27’ 48’’

W 0º 25’ 16’’

N 39º 28’ 04’’

W 0º 24’ 59’’

(véase PLANO Nº 3)

MONTE DE PIEDAD Pza. San Enrique (véase PLANO Nº 4)

SANT JOAN Patio de L´Escoleta (véase PLANO Nº 5)

SANT ANTONI Parque Clara Campoamor (véase PLANO Nº 6)

SANT ANTONI Pza. Mestre Serrano (véase PLANO Nº 7)

TEODORO LLORENTE Aparcamiento Estación (véase PLANO Nº 8)

BARRI DE LA LLUM C/ Cortes de Arenoso (véase PLANO Nº 9)

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CAPITULO 3

PROGRAMA DE ESPECTÁCULOS PIROTÉCNICOS ( FALLAS 2012 ) Viernes, 16 de Marzo Espectáculo Pirotécnico 14:00 MASCLETÀ

Hora

Comisión Emplazamiento Fallera Barri de La Llum Cortes de Arenoso

Pirotécnia SANMARTÍN

Materia reglamentada 14,541 kg

Peso Bruto 32 kg

Calibre máximo 70 mm

Altura máxima --

(*) Distancia Seguridad 45 m

Peso Bruto 51 kg

Calibre máximo 70 mm

Altura máxima --

(*) Distancia Seguridad 45 m

Sábado, 17 de Marzo Espectáculo pirotécnico 14:00 MASCLETÀ

Comisión Fallera Barri La Llum

Emplazamiento

Pirotécnia

Cortes de Arenoso

SANMARTÍN

Materia reglamentada 17,938 kg

14:00 MASCLETÀ

Mont de Pietat

Pza. San Enrique

SANMARTÍN

10 kg

--

70 mm

55 m

45 m

24:00 MASCLETÀ NOCTURNA

Mestre Serrano

Pza. Mestre Serrano TURÍS

11,90 kg

25,88 kg

75 mm

50 m

45 m

Materia reglamentada 22,939 kg

Peso Bruto 63 kg

Calibre máximo 70 mm

Altura máxima --

(*) Distancia Seguridad 45 m

6,2709 kg

--

75 mm

200 m

45 m

Hora

Domingo, 18 de Marzo Espectáculo pirotécnico 14:00 MASCLETÀ

Comisión Fallera Barri La Llum

Emplazamiento

Pirotécnia

Cortes de Arenoso

SANMARTÍN

14:00 MASCLETÀ

Gómez Ferrer

Solar J30

GIRONINA

14:30 MASCLETÀ

Sant Joan

Pati de L´Escoleta

SANMARTIN

10 kg

--

70 mm

20 m

45 m

Cortes de Arenoso

SANMARTÍN

48,698 kg

117 kg

75 mm

90 m

45 m

Solar J30

GIRONINA

10,9032 kg

--

50 mm

200 m

45 m

Hora

NIT DEL FOC (Noche del 18 de Marzo) 24:00 MASCLETÀ Barri La Llum NOCTURNA 01:00 CASTELL Gómez Ferrer

(*) La distancia de seguridad, será la distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artificio de mayor calibre y la línea perimetral de la zona de seguridad Fecha : 05/03/2012

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Lunes, 19 de Marzo Espectáculo Comisión pirotécnico Fallera 14:00 MASCLETÀ Teodoro Llorente

Materia reglamentada 46 kg

Peso Bruto 135 kg

Calibre máximo 70 mm

Altura máxima 100 m

(*) Distancia Seguridad 45 m

Parking Estación

VULCANO

14:00 MASCLETÀ

Mont de Pietat

Pza. San Enrique

SANMARTÍN

40,443 kg

--

70 mm

55 m

45 m

14:00 MASCLETÀ

Barri de La Llum

Cortes de Arenoso

SANMARTÍN

49,971 kg

122 kg

70 mm

90 m

45 m

14:30 MASCLETÀ

Mestre Serrano

Pza. Mestre Serrano TURIS

14,63 kg

43,31 kg

50 mm

50 m

45 m

14:30 MASCLETÀ

Gómez Ferrer

Solar J30

GIRONINA

15,701 kg

--

75 mm

200 m

45 m

14:30 MASCLETÀ

Sant Antoni

Clara Campoamor

VULCANO

42 kg

105 kg

70 mm

200 m

45 m

15:00 MASCLETÀ

Sant Joan

Pati L´Escoleta

SANMARTÍN

89,751 kg

--

100 mm

20 m

60 m

Hora

Emplazamiento

Pirotécnia

NIT DE LA CREMÀ 22:00 CREMÀ DELS MONUMENTS INFANTILS 23:30 CREMÀ

Barri de La Llum

--

--

--

--

--

--

--

24:00 CREMÀ

Sant Joan

--

--

--

--

--

--

--

24:00 CASTELL

Mont de Pietat

20 kg

--

75 mm

55 m

45 m

24:30 CREMÀ

Mont de Pietat

--

--

--

--

--

--

--

24:30 CREMÀ

Gómez Ferrer

--

--

--

--

--

--

--

1:00

CREMÀ

Sant Antoni

--

--

--

--

--

--

--

1:00

CREMÀ

Teodoro Llorente

--

--

--

--

--

--

--

1:15

CASTELL

Teodoro Llorente

41 kg

102 kg

70 mm

100 m

45 m

1:30

CREMÀ

Mestre Serrano

--

--

--

--

--

Pza. San Enrique

Parking Estación --

SANMARTIN

VULCANO

--

(*) La distancia de seguridad, será la distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artificio de mayor calibre y la línea perimetral de la zona de seguridad

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PLAN DE SEGURIDAD Y ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS

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CAPITULO 4

PLAN DE SEGURIDAD Se detalla a continuación el Plan de Seguridad, donde se exponen las medidas de seguridad y los medios humanos y materiales a tener en cuenta,

los cuales permitirán un desarrollo

controlado y seguro de los espectáculos pirotécnicos.

El presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias tiene por objeto los Espectáculos Pirotécnicos a desarrollar por las distintas Comisiones Falleras;

con

artificios pirotécnicos que en su conjunto dispongan de una carga de materia reglamentada igual o superior a 10 kg.

Asimismo,

el presente Plan de Seguridad y Actuación ante

Emergencias no amparará ni dará cobertura a aquellos Espectáculos Pirotécnicos que no hayan sido debidamente comunicados por las distintas Entidades Organizadores y puestos en conocimiento del Ayuntamiento de Xirivella,

a través de la Concejalía de Fiestas,

Servicios

Técnicos Municipales y Policía Local.

4.1.- PERMISOS Y AUTORIZACIONES

Los espectáculos previstos para una carga de masa explosiva superior a 50 kg deberán disponer de la preceptiva autorización por parte de la Delegación de Gobierno. Para ello la Comisión Fallera deberá solicitar dicho permiso,

aportando la documentación necesaria (seguro de la

empresa pirotécnica, seguro de responsabilidad civil de la falla, etc,..)

COMUNICACIONES A “AENA” Las entidades organizadoras de los espectáculos pirotécnicos,

en este caso las distintas

Comisiones Falleras, tendrán la obligación de comunicar a AENA, la celebración del los mismos, indicando el día, la hora, el lugar, etc,.....; de acuerdo con el modelo de Comunicación que se adjunta en el ANEXO 3 del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.

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4.2.- TRANSPORTE DEL MATERIAL PIROTÉCNICO

La empresa pirotécnica se responsabilizará de realizar el transporte del material pirotécnico, así como la circulación de los vehículos que intervengan en ello, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente.

Los vehículos que transporten los artificios pirotécnicos serán considerados como almacenamiento especial de acuerdo con lo establecido en el Artículo 102.- del Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería, para lo cual deberán cumplir, además de los requisitos dispuestos en la normativa ADR vigente respecto a la vigilancia de vehículos que transporten mercancías peligrosas, al menos los siguientes: •

La carga y caja del vehículo deberá permanecer cerrada.



Deberá evitarse la cercanía de fuentes de calor como generadores eléctricos, compresores, otros vehículos, etc,…



Se deberá cumplir la distancia mínima de 250 metros a instalaciones o lugares con especial peligrosidad tales como gasolineras o depósitos de productos peligrosos.

Previo al inicio del montaje del espectáculo, se permitirá el acceso de los vehículos a la zona de lanzamiento acordonada y delimitada con vallado o sistema similar, por parte de las Entidades Organizadoras, en este caso, las distintas Comisiones Falleras.

Una vez descargados los artificios pirotécnicos en la zona de lanzamiento, se deberá mantener especial y permanente vigilancia por personal de la empresa pirotécnica, con previsión de la posibilidad de protección de los artificios pirotécnicos ante cualquier eventualidad provocada por fenómenos meteorológicos u otras circunstancias.

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4.3.- SEGURIDAD Y DELIMITACIÓN DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO 4.3.1.- ZONA DE LANZAMIENTO Y PROTECCIÓN PREVISTA

La zona de lanzamiento será el espacio especialmente acotado y protegido por el personal de la empresa de expertos destinado exclusivamente al montaje del espectáculo y lanzamiento de los artificios pirotécnicos,

la cual deberá estar permanentemente protegida mediante

acordonamiento, vallado o sistema similar,

La delimitación de la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar, además de la correspondiente señalización (carteles, etc,..),

deberá ser dispuesta por parte de la Entidad

Organizadora, en este caso, las Comisiones Falleras, con la antelación suficiente y previa la llegada de los vehículos y comienzo del montaje de los artificios pirotécnicos por parte de la Empresa Pirotécnica.

SIN LA CORRESPONDIENTE DELIMITACIÓN DE LA ZONA DE LANZAMIENTO MEDIANTE VALLADO O SISTEMA SIMILAR,

POR PARTE DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA,

LA

EMPRESA PIROTÉCNICA NO PODRÁ COMENZAR LOS TRABAJOS DE MONTAJE DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO.

4.3.2.- PERSONAL AUTORIZADO EN LA ZONA DE LANZAMIENTO Una vez exista materia reglamentada en la zona sólo podrán acceder a la zona de lanzamiento el personal experto de la empresa de pirotecnia y, en su caso, aquellas personas adscritas a la Entidad Organizadora o a la Autoridad competente en la autorización del espectáculo con funciones de inspección de éste.

Mientras el espectáculo se encuentre en curso,

sólo se

permitirá permanecer en la zona de lanzamiento a los expertos de la empresa de pirotecnia. La empresa pirotécnica dispondrá de copia de la siguiente documentación en la zona de trabajo: esquemas del espectáculo, copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil, seguros sociales, TC1 y TC2, de los trabajadores que participen en el montaje y disparo del espectáculo, ante posibles requerimientos y labores de inspección que puedan derivarse. No estará permitida la presencia de persona alguna dentro de la zona de lanzamiento que se encuentre bajo los efectos del alcohol o drogas que pudieran afectar su juicio, movimientos o estabilidad de forma negativa para la seguridad exigible en esta zona.

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4.3.3.- RELACIÓN DE EMPRESAS PIROTÉCNICAS FALLAS 2012 Las empresas pirotécnicas debidamente acreditadas para la realización de los distintos espectáculos pirotécnicos durante las FALLAS

2012,

en el municipio de Xirivella son las

siguientes:

-

PIROTECNIA SANMARTÍN S.L, para los espectáculos de: FALLA MONTE DE PIEDAD (Pza. San Enrique) FALLA SANT JOAN (Pati de l´Escoleta) FALLA BARRI DE LA LLUM (C/ Cortes de Arenoso)

-

PIROTECNIA VULCANO, S.L, para los espectáculos de: FALLA TEODORO LLORENTE (Aparcamiento junto antigua Estación de RENFE) FALLA SANT ANTONI (Parque Clara Campoamor)

-

PIROTECNIA TURÍS, S.L, para los espectáculos de: FALLA MAESTRO SERRANO (Pza. Mestre Serrano)

-

PIROTECNIA GIRONINA, S.L, para los espectáculos de: FALLA GÓMEZ FERRER (Solar antiguo complejo J30 –junto Parque Dolores Ibarruri-)

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4.4.- MEDIDAS DE SEGURIDAD DURANTE EL MONTAJE DEL ESPECTÁCULO

Con independencia de las medidas de seguridad que a continuación se indican y que se deberán cumplir por parte del personal experto de la Empresa Pirotécnica durante el montaje del espectáculo, se observarán y cumplirán con todas las medidas de seguridad establecidas en la Reglamentación vigente para este tipo de Espectáculos Pirotécnicos.

4.4.1.- CONDICIONES DE SEGURIDAD POR PARTE DEL PERSONAL Para participar en el montaje, manipulación y disparo de artificios pirotécnicos con fines recreativos, las personas que lo realicen deberán ser profesionales expertos y aprendices bajo la exclusiva responsabilidad de los primeros, acreditados como operadores u auxiliares pirotécnicos, al servicio de una empresa o taller de pirotecnia debidamente legalizado.

Tanto dichas personas como las demás que colaboren en ello, deberán estar

afiliadas a la Seguridad Social, con la prima de seguro que la autoridad laboral disponga por razón de riesgo específico. Dicho personal actuará de acuerdo con la normativa vigente y bajo la exclusiva responsabilidad de su empresa.

4.4.2.- CONDICIONES DE SEGURIDAD PREVIAS AL MONTAJE Se vigilará por parte de la Entidad Organizadora que el personal experto de la Empresa Pirotécnica que vaya a montar el espectáculo, limite su instalación a la zona de lanzamiento delimitada. Cualquier persona, para penetrar en el recinto de lanzamiento, en tanto se desarrollen las operaciones de montaje del espectáculo, deberá contar con calzado que impida la producción de chispas. Antes de iniciar el montaje de las instalaciones pirotécnicas, los expertos de la Empresa Pirotécnica deberán efectuar una inspección previa a cada uno de los artificios pirotécnicos, desechando, en su caso, los que presenten defectos que pudieran afectar a la seguridad del espectáculo.

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La iluminación para el desembalaje y montaje de los artificios será, preferentemente, la solar. Si fuera necesario el empleo de luz artificial, se prohíben los sistemas de iluminación con llama desnuda. En las manipulaciones y montajes que se lleven a cabo durante la noche o, en su caso, con la adecuada luz solar directa, se cuidará de que la intensidad de la luz, la sombra y el calor inadecuado no dificulten las operaciones, con riesgo de producción o propagación de chispas, y de evitar la producción de focos de calor por efectos propios o inducidos a causa de tormentas, corrientes estáticas o erráticas. Todos los productos pirotécnicos que componen, en su conjunto, el espectáculo, se mantendrán envasados y embalados antes de su montaje, para resguardarlos de la humedad ambiente.

4.4.3.- CONDICIONES DE SEGURIDAD DURANTE EL MONTAJE Para realizar el montaje del espectáculo deberán seguirse todas las indicaciones de seguridad establecidas por los fabricantes de los productos utilizados en el espectáculo. En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de Explosivos, los embalajes y envases de los artificios pirotécnicos con fines recreativos serán abiertos con medios que imposibiliten la producción de chispas o roces que pudieran afectar a los artificios. Los artificios, mechas e iniciadores, antes del montaje, estarán alejados de focos susceptibles de provocar chispas, llamas o gases calientes. Asimismo, los iniciadores que no vengan previamente incorporados a los artificios pirotécnicos deberán permanecer almacenados y alejados el resto de productos durante la manipulación y montaje del espectáculo. Igualmente se protegerán de roces y choques entre ellos y contra otros elementos. Se evitará igualmente la cercanía de fuentes de calor como generadores eléctricos, compresores, vehículos, etc,… Durante las operaciones de montaje se prohíbe terminantemente fumar, y portar cerillas o mecheros. Igualmente estará prohibido el uso de cualquier dispositivo que pueda producir arcos o chispas por cualquier medio o procedimiento, durante la descarga de artificios desde el vehículo, durante el montaje de los mismos, después de dicho montaje y antes o después del disparo, hasta tanto el profesional responsable, acompañado por la persona o personas designadas en el presente plan, hayan comprobado que no ha quedado sin disparar unidad alguna de las distintas secciones. En el caso de disparos eléctricos, durante las operaciones de montaje, los montadores del espectáculo no podrán portar tampoco aparatos de comunicación mediante radiación electromagnética (móviles, etc,..).

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4.4.4.- SEGURIDAD ESPECÍFICA PARA EL MONTAJE Y FIJACIÓN DE MORTEROS La fijación de los dispositivos de lanzamiento deberá imposibilitar cualquier desviación del ángulo de lanzamiento previsto. Deberán inspeccionarse todos los morteros antes de su instalación,

en busca de defectos como abolladuras, bordes doblados e interiores dañados,

desechándose los defectuosos. Los morteros o cañones, que deberán llevar grafiados, de forma visible, el diámetro interior en milímetros, se instalarán, en todo caso, en la zona de fuego prevista y, de tal forma, que los artificios pirotécnicos que resulten propulsados lo sean en dirección vertical, para mantener la verticalidad del elemento o bien en dirección opuesta a los espectadores. Si por razones de ubicación en bahías, puertos, parajes o zonas a distinta cota, etc,…, se situaran los morteros y cañones en ángulo hacia los espectadores, la zona de seguridad establecida deberá dejar a éstos fuera de toda posibilidad de riesgo. La boca de los morteros y aquellos morteros dispuestos en batería cargados quedarán señalizados por una cubierta de película de plástico, de aluminio o por una cinta adhesiva cruzada, lo cual permitirá conocer el estado de los morteros y evidenciará un fallo en el disparo si, una vez iniciado el mismo, la señalización está intacta. Los morteros se enterrarán en al menos un 30 % de su longitud, bien en el suelo, o bien en sacos. Los morteros que puedan dañarse con la humedad del terreno se colocarán dentro de una bolsa de plástico hermética antes de enterrarlos. Los morteros colocados en batería deberán cumplir este mismo requisito en toda la extensión longitudinal de la batería. 4.4.5.- SEGURIDAD ESPECÍFICA PARA LAS UNIDADES DE DISPARO ELÉCTRICO Las unidades de disparo eléctrico deberán disponer de un sistema que obligue a dos acciones positivas para la iniciación del disparo.

Las unidades de disparo de actuación

automática después de su iniciación, deberán contar además, con un interruptor de emergencia con bloqueo, que permita interrumpir la secuencia de disparo ante la aparición de un suceso fortuito que aporte una situación de riesgo no prevista. En el caso de disparo eléctrico, la comprobación de la línea de tiro se realizará empleando un comprobador de línea con certificación de conformidad en virtud de las disposiciones vigentes al respecto.

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4.4.6.- CONSIDERACIONES FINALES DE SEGURIDAD EN EL MONTAJE La última manipulación que se realice antes del disparo habrá de ser la del montaje de los dispositivos para la ignición, con o sin iniciador o inflamador, con mecha lenta o circuito eléctrico. Si la mecha fuera unida directamente al artificio, sin iniciador interpuesto, se sujetará mediante cordón de fibra textil, papel parafinado o similar. Las conexiones han de estar aisladas con cinta o conectadores, evitando en todo momento el contacto fortuito de los conductores de disparos de los artificios con el suelo, tuberías metálicas, .. Si el disparo se produjera mediante aparato de conexión, la empresa instaladora tendrá siempre a disposición del personal actuante un aparato más otro de repuesto. Los aparatos de conexión se hallarán siempre, en posesión directa del profesional responsable, o vigilados suficientemente por el mismo. Una vez realizado el montaje de los artificios en la zona de fuego y lanzamiento, si existiera riesgo meteorológico, por lluvia o tormenta se dispondrá con la mayor rapidez de material impermeable para cubrir todos aquellos artefactos cuya envoltura exterior, en todo o en parte, no resulte impermeable, en evitación de posibles alteraciones de las condiciones propulsoras por deflagración de los artificios. La mecha lenta deberá tener siempre cubierta impermeable, siendo resistente al desgaste y con sección interior uniforme. Caso de lluvia y cesada la misma, antes de realizar el disparo se deberá llevar a efecto una nueva comprobación por parte de la Empresa Pirotécnica de todos los artificios para comprobar su adecuado estado.

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4.5.- DELIMITACIÓN DE ZONAS DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DEL PÚBLICO 4.5.1.- ZONA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN PREVISTA La zona de seguridad, será el espacio que rodea a la zona de lanzamiento, vigilada por la Entidad Organizadora, que delimita la presencia del público espectador, y cuya finalidad es la de proporcionar a éste un desarrollo razonablemente seguro del espectáculo, y que estos queden fuera del alcance de timones de cohetería, etc,.... Para cada espectáculo se habilitará y establecerá una zona de seguridad por parte de la Entidad Organizadora, que deberá estar cerrada o acotada mediante vallas, cuerdas, cintas o sistema similar;

suficientemente

vigilado por la Entidad Organizadora, en este caso las distintas Comisiones Falleras.. El perímetro de la zona de seguridad vendrá determinado por la distancia de seguridad, que será la distancia existente entre los morteros de la zona de lanzamiento o el mortero del artificio de mayor calibre y la línea perimetral de la zona de seguridad;

la cual se

calculará de acuerdo con la tablas de distancias de seguridad detalladas en la Instrucción Técnica Complementaria Número 8, “Espectáculos con artificios pirotécnicos realizados por expertos”; en su Apartado 4.10.-;

aunque no obstante,

previa justificación suficientemente razonada con

medidas de seguridad apropiadas, la Delegación de Gobierno podrá autorizar la reducción de estas distancias mínimas, previa solicitud de la Entidad Organizadora. En la zona de seguridad no podrán existir hospitales, clínicas, residencias de tercera edad, centros policiales y de emergencia, ni otras edificaciones, estructuras o vías de comunicación que por su especial sensibilidad al riesgo, sean susceptibles de accidentes que afecten a la seguridad de la población. Asimismo, el desarrollo del espectáculo pirotécnico tuviese lugar durante horas de actividad escolar, tampoco podrán existir centros educativos en la zona de seguridad. De acuerdo con la información facilitada y teniendo en cuenta las características de los distintos Espectáculos Pirotécnicos programados; los artificios pirotécnicos presentan en su mayoría un calibre máximo de 75 mm; por lo cual se establecerá como criterio general una distancia mínima de seguridad al público de 45 metros y una distancia mínima de seguridad a edificaciones de 25 metros. (VER PLANOS). No obstante se deben comprobar las distancias de seguridad en el CAPÍTULO 3 del presente documento para cada Espectáculo Pirotécnico programado. De mantener despejada la zona de seguridad por parte del público espectador se ocuparán, tanto el personal de las Entidades Organizadoras, como los agentes de seguridad (Policía Local y Protección Civil) desplazados a la zona y para esa función específica.

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4.5.2.- HABILITACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD PARA PROTECCIÓN DEL PÚBLICO Para poder habilitar y mantener despejada de vehículos la zona de seguridad por parte de la Entidad Organizadora, ésta deberá comunicarlo con la suficiente antelación a la Policía Local de Xirivella. La prohibición de estacionamiento de vehículos se deberá realizar al menos con 48 horas de antelación mediante la colocación de las señales precisas, y se verificará durante la mañana anterior al espectáculo mediante la colaboración del personal de las distintas Comisiones Falleras y las rondas de Policía Local, que podrá en su caso hacer intervenir a la grúa para retirada de vehículos.

La prohibición de acceso, estancia o tránsito, dentro de la zona de seguridad cobrará efecto al menos 20 MINUTOS antes de la hora prevista para el inicio del espectáculo.

4.6.- PROHIBICIÓN, SUSPENSIÓN E INTERRUPCIÓN DE LOS ESPECTÁCULOS

En caso de inclemencia meteorológica (lluvia, viento,..),

el Encargado o persona designada

por parte de la empresa pirotécnica para asumir el montaje y disparo del espectáculo pirotécnico, podrá retrasar el mismo, debiendo disponer de las medidas necesarias que garanticen la seguridad del material pirotécnico y realizando las comprobaciones necesarias. La velocidad máxima de viento, a nivel del suelo, no deberá superar 15 m/s en el momento y lugar del disparo. En caso de disparos eléctricos y existencia de tormenta eléctrica, todo el personal deberá abandonar la zona de lanzamiento. En función de la situación se valorará la conveniencia de suspender el espectáculo, la cual deberá hacerse efectiva siempre y cuando no se garantice la total seguridad para el público asistente.

Todo ello deberá ser comunicado y consensuado con el

personal de seguridad y vigilancia, Policía Local, Protección Civil, etc,.. El Encargado o persona designada por parte de la empresa pirotécnica para asumir el montaje y disparo del espectáculo pirotécnico también podrá interrumpir temporalmente o definitivamente el inicio o el desarrollo del espectáculo por razones metereológicas o técnicas que impliquen riesgo para las personas o bienes. Los motivos de la interrupción deberán ser comunicados de forma inmediata a la Delegación de Gobierno.

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4.7.- DISPARO DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO La última manipulación que se realice antes del disparo habrá de ser la del montaje de los dispositivos para la ignición, con o sin iniciador o inflamador, con mecha lenta o circuito eléctrico.

DISPAROS MANUALES Sólo se llevará a cabo cuando no sea posible o sea excesivamente complicado su encendido mediante iniciadores.

Por medio de un bota-fuego o de una mecha de estopa firmemente unida al

extremo de una barra se procederá a dar fuego a las mechas, una vez retirada la protección correspondiente. En el caso de que los morteros vayan a ser recargados durante el desarrollo del espectáculo deben ser limpiados antes de cada recarga. Previamente a cada recarga de los morteros se debe tener en cuenta la temperatura que hayan alcanzado con el fin de evitar iniciaciones accidentales. En cada recarga se verificará el estado de las protecciones exigidas a los morteros. DISPAROS ELÉCTRICOS En el caso de utilizar una batería para el disparo, ésta se situará en el interior de una caja aislada, no abriéndose su tapa hasta que no se vaya a proceder al disparo. Si se utiliza una línea eléctrica de corriente alterna se utilizará un transformador de doble aislamiento. El experto encargado del disparo guardará bajo su responsabilidad la llave de bloqueo del dispositivo de encendido, en caso de que ésta exista. Cuando los iniciadores no vengan previamente incorporados a los artificios pirotécnicos,

el

cebado de los artificios se realizará, si es posible, preferentemente cuando estén montados en su posición de disparo. Los extremos de los pares conductores de cada cerilla permanecerán en cortocircuito hasta el momento de su unión a la consola de disparo. Antes de iniciar el disparo, el experto encargado debe comprobar que todo el personal ha salido de la zona de colocación de artificios. No se permitirá la recarga de morteros con disparo eléctrico. En ambos tipos de disparo, en el caso de fallo en el disparo de un mortero se debe esperar al menos 30 minutos antes de retirar la carga y el artificio.

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Por parte del personal de Policía Local y/o de Protección Civil, antes de iniciarse el Espectáculo Pirotécnico se comprobará que las medidas preventivas se cumplen y permanecerán en las inmediaciones durante su desarrollo. Igualmente definirán una vía de evacuación que deberá quedar libre al paso de los servicios de emergencias. Cualquier indicación o anomalía apuntada por estos funcionarios o colaboradores deberá ser tenida en cuenta y subsanarse antes de dar comienzo el espectáculo. El espectáculo no podrá dar comienzo, mientras por parte del personal de los equipos de seguridad, protección y socorro desplazados (Policía Local, Protección Civil y Cruz Roja), se hayan realizado las comprobaciones oportunas,

requerido al personal formado en la

materia la comprobación de que el espectáculo montado coincide en cantidades y artificios con el espectáculo autorizado, comprobado el despeje de público de la zona de seguridad, y que los citados equipos de seguridad, protección y socorro hayan tomado posiciones y se haya obtenido la confirmación por parte del pirotécnico de haber realizado la comprobación satisfactoria y conformidad del estado de todos los artificios pirotécnicos.

4.8.- ACTUACIONES POSTERIORES AL ESPECTÁCULO

Finalizado el espectáculo, y en ningún momento antes de 15 minutos después de haber concluido el mismo,

el personal de expertos de la empresa pirotécnica procederá a

inspeccionar el área de proyección de los artificios pirotécnicos y recoger todo el material pirotécnico propio y los restos susceptibles de arder, deflagrar, detonar y que puedan suponer un riesgo. En el caso de fallo en el disparo de un mortero se debe esperar al menos 30 minutos antes de retirar la carga y el artificio. Hasta que la zona de seguridad y lanzamiento no se encuentre completamente limpia de restos que puedan suponer un riesgo, se mantendrá la vigilancia suficiente a efectos de evitar daños o lesiones. El dispositivo se mantendrá en tanto que el Responsable de la empresa pirotécnica no comunique que estos han finalizado y no quedan dispositivos sin activarse. A tal efecto el Responsable de fuegos de la empresa pirotécnica firmará un certificado al Policía Local presente en cada acto confirmando que no quedan artificios pendientes de explosionar antes que el citado agente permita el paso del público a las citadas zonas.

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Las Entidades Organizadoras,

en este caso las distintas Comisiones Falleras,

deberán

comprobar el resto del área exterior a efectos de evitar fuegos posteriores o cualquier otra circunstancia que derive en daños o lesiones. En caso de accidente o incidente que implique la intervención de los Servicios de Urgencia, ya sea por lesiones a las personas como por daños a bienes por incendio o efectos mecánicos, se comunicará, en un plazo máximo de 24 horas, a la Delegación de Gobierno correspondiente y de manera inmediata al teléfono de emergencias 112. En el caso de anomalías graves en el funcionamiento de los artificios pirotécnicos se comunicará a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en un plazo de 5 días hábiles, el número de artificios afectados, el tipo, el nombre del fabricante y el nombre del comercializador.

4.9. ORGANIZACIÓN:

RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES

La responsabilidad derivada de la celebración del espectáculo corresponderá a la Entidad Organizadora (en este caso las Comisiones Falleras) en todo aquello que la normativa vigente no establezca como responsabilidad exclusiva de la Empresa Pirotécnica.

Asimismo la Entidad

Organizadora será responsable del cumplimiento de toda la legislación autonómica o local que sea de aplicación en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas, en caso de que la hubiera.

El personal voluntario designado por la Entidad Organizadora velará por el

cumplimiento, vigilancia y control de los contenidos del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.

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4.9.1.- PERSONAL DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA Inmediatamente antes de iniciarse el espectáculo, el personal de la Entidad Organizadora (personal voluntario de las Comisiones Falleras), con la colaboración de los miembros de la Policía Local y Protección Civil,

comprobarán visualmente la adecuación del Plan de

Seguridad y de Emergencia previsto, así como la correcta situación de los espectadores. Dicho personal deberá llevar algún distintivo de identificación visible.

Para mantener la seguridad y vigilancia en las zonas afectadas por el espectáculo pirotécnico, el equipo de seguridad estará formado con carácter obligatorio, al menos por: -

UN MIEMBRO DE LA POLICIA LOCAL EN CALIDAD DE COORDINADOR

-

UN MIEMBRO DE PROTECCIÓN CIVIL

-

DOS MIEMBROS DE LA ENTIDAD ORGANIZADORA (DE CADA COMISIÓN FALLERA)

Cada Comisión Fallera deberá disponer no obstante el número mínimo de voluntarios indicados en la Tabla Resumen de Medios Humanos reflejada en la página nº 35 del presente documento.

Todos ellos se emplazarán inicialmente según los PLANOS adjuntos al presente Plan de Seguridad; con una antelación mínima de 20 minutos al comienzo del espectáculo con el objetivo de garantizar, tanto el alejamiento del público que se debe mantener en el exterior del perímetro de la zona de seguridad, como los cortes de tráfico y despeje del perímetro de las calles adyacentes al espectáculo,

para que en el caso de producirse algún

accidente, facilitar el tránsito a los equipos de socorro o evacuación. De ello darían aviso en primer lugar a los equipos destinados a tal fin en la zona en caso de producirse el hecho en su sector de actuación y vigilancia. Si por alguna causa sus funciones de seguridad y vigilancia no puedan ser satisfechas en algún momento, como descontrol de la situación del público, lo comunicarán de inmediato a la Autoridad competente (Policía Local), a efectos de que se pueda proceder a la suspensión del mismo hasta que se restablezcan las condiciones de seguridad.

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4.9.2.- ASISTENCIA SANITARIA Existe un Convenio entre el Ayuntamiento de Xirivella y Cruz Roja para que durante el desarrollo de los espectáculos pirotécnicos,

una ambulancia de la Cruz Roja de Xirivella

permanezca en estado de alerta para intervenir en el caso que se produjera algún incidente. Dicha ambulancia se desplazará preferentemente a los espectáculos pirotécnicos de mayor nivel de riesgo. Durante las FALLAS 2012 los espectáculos pirotécnicos de mayor peso neto de materia reglamentada son los siguientes: Domingo, 18 de Marzo FALLA BARRI DE LA LLUM (C/ CORTES DE ARENOSO) “MASCLETÀ NOCTURNA” con un peso neto de materia reglamentada de 48,698 kg. Lunes, 19 de Marzo FALLA SANT JOAN (C/ ARTE MAYOR DE LA SEDA –PATI DE L´ESCOLETA) “MASCLETÀ” con un peso neto de materia reglamentada de 89,751 kg. FALLA BARRI DE LA LLUM (C/ CORTES DE ARENOSO) “MASCLETÀ” con un peso neto de materia reglamentada de 49,971 kg. FALLA TEODORO LLORENTE (APARCAMIENTO ESTACIÓN) “MASCLETÀ” con un peso neto de materia reglamentada de 46 kg.

4.9.3.- MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y ALARMA Todos los miembros del equipo de seguridad y vigilancia,

anteriormente descrio

dispondrán de enlace vía-receptor portátil y/o teléfono móvil. Podrán recabar en caso necesario apoyo al retén de la Policía Local de Xirivella y a la Comisaría de Policía Nacional de Xirivella,

cuando por sí mismos no resulten capaces de mantener la seguridad y vigilancia de

zona.

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RESUMEN DE MEDIOS HUMANOS COMISIÓN FALLERA

FALLA DR. GÓMEZ FERRER

FALLA MONT DE PIETAT

FALLA SANT JOAN

FALLA SANT ANTONI

FALLA MESTRE SERRANO

FALLA TEODORO LLORENTE

FALLA BARRI DE LA LLUM

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MEDIOS HUMANOS DE SEGURIDAD

Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla Protección Civil Policía Local Colaboradores Falla

1 1 2 1 1 6 1 1 3 1 1 2 1 1 2 1 1 2 1 1 2

Miembro Miembro Voluntarios Miembro Miembro Voluntarios Miembro Miembro Voluntarios Miembro Miembro Voluntarios Miembro Miembro Voluntarios Miembro Miembro Voluntarios Miembro Miembro Voluntarios

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UBICACIÓN VER

PLANO Nº 3 VER

PLANO Nº 4 VER

PLANO Nº 5 VER

PLANO Nº 6 VER

PLANO Nº 7 VER

PLANO Nº 8 VER

PLANO Nº 9

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CAPITULO 5

PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS 5.1.- IDENTIFICACIÓN DE SITUACIONES DE EMERGENCIA Las situaciones de emergencia más significativas que se pueden derivar de la celebración de espectáculos pirotécnicos, se resumen en los siguientes:



INCENDIOS



EXPLOSIÓN DE ARTEFACTOS PIROTÉCNICOS



EMERGENCIAS MÉDICAS: QUEMADURAS,..



AGLOMERACIONES DE PÚBLICO Y AVALANCHAS



COMPORTAMIENTOS ANTISOCIALES

5.2.- CLASIFICACIÓN DE LAS EMERGENCIAS: Se establecen tres niveles de emergencia en función del grado de dificultad existente para su control y las posibles consecuencias. NIVEL 1:

CONATO DE EMERGENCIA (PREEMERGENCIA)

Cuando las incidencias o accidentes son de carácter limitado, y se controla y domina de forma sencilla por los servicios operativos del dispositivo asistencial básico previsto en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.

NIVEL 2: EMERGENCIA PARCIAL Cuando una vez iniciada la intervención de los servicios ordinarios establecidos en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, se prevean grandes daños que superen la capacidad del dispositivo asistencial básico.

NIVEL 3: EMERGENCIA GENERAL Cuando las dimensiones del suceso no pueda ser resuelta por la intervención de los servicios ordinarios establecidos en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias, y se precise la movilización de medios y recursos extraordinarios.

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5.3.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA PARA ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS A los efectos correspondientes la Dirección del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias y la organización de los recursos necesarios será función del Alcalde-Presidente o persona en quien delegue. Se establece la siguiente estructura organizativa para actuación ante emergencias:

JEFE DE EMERGENCIA

(ALCALDE O PERSONA EN QUIÉN DELEGUE)

EMPRESAS PIROTÉCNICAS Responsable Designado EMPRESA

AYUDAS EXTERNAS CONCEJAL DELEGADO SEGURIDAD CIUDADANA

BOMBEROS POLICIA NACIONAL GUARDIA CIVIL SAMU

JEFE DE INTERVENCIÓN Responsable Designado por ALCALDÍA / CONCEJALÍA

POLICÍA LOCAL

PROTECCIÓN CIVIL

ASISTENCIA SANITARIA

PERSONAL VOLUNTARIO

Reponsable Designado POLICIA LOCAL

Responsable Designado PROTECCIÓN CIVIL

Responsable Designado CRUZ ROJA

Responsable Designado COMISIÓN FALLERA

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5.4.- MEDIOS DE TRANSMISIÓN DE ALARMA O AVISOS La transmisión de alarmas o avisos entre efectivos del mismo cuerpo se efectuarán mediante sus respectivas redes operativas de transmisiones vía radio.

Para transmisiones entre distintos

grupos operativos se utilizará la red de radio municipal de emergencias, dotada de emisoras base en Policía Local, Protección Civil y Servicios de Urgencias Médicas. 5.5.- PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIAS 5.5.1.- EN CASO DE INCENDIO Se avisará inmediatamente al Servicio de Bomberos y se procederá a despejar y mantener libre de obstáculos los viales de acceso para los mismos (VER PLANOS). Independientemente de la llamada se intentará apagar con los medios disponibles (Policía Local, Protección Civil y Personal voluntario),

en el caso de que este no haya tomado proporciones

considerables y sin exponer su integridad física.

5.5.2.- EN CASO DE EMERGENCIA MÉDICA En función de la gravedad y cuantía, será atendidos por el personal de la ambulancia, y/o trasladados por la misma al Hospital General Universitario. Se avisará telefónicamente al centro sanitario del desplazamiento. En caso de múltiples heridos se dispone del teléfono de contacto del SAMU para proceder a la evacuación de los mismos.

5.5.3.- EN CASO DE EMERGENCIA DE SEGURIDAD En el caso de emergencias relativas a la seguridad, tales como comportamientos antisociales, aglomeraciones y avalanchas de público,

etc,....;

intervendrá directamente el personal

perteneciente a la Policía Local y/o Protección Civil. Dependiendo del nivel de la emergencia y si esta puede ser controlada o no por los efectivos de la Policía Local y/o Protección Civil se solicitarán las ayudas necesarias por parte de otros cuerpos de seguridad, Policía Nacional y Guardia Civil.

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5.6.- VÍAS Y RUTAS DE EVACUACIÓN La Policía local de Xirivella tiene preparadas distintas rutas de acceso y salida de la población en función de un posible corte de la ruta prevista. Además un vehículo policial acompañará a la ambulancia o vehículo de bomberos en caso de siniestro. Las vías y rutas de evacuación previstas, tendrán como objeto facilitar la evacuación de heridos al Hospital General Universitario y permitir un fácil acceso a los emplazamientos por parte de los vehículos de bomberos y de asistencia sanitaria. (VEASE PLANO Nº 2):

5.7.- CENTRO DE ASISTENCIA SANITARIA Y PARQUE DE BOMBEROS

CENTRO DE ASISTENCIA SANITARIA HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO AVENIDA DEL CID (VALENCIA) ACCESO URGENCIAS C/ PADRE ESTEBAN PERNET

Teléfono:

96 386 29 00

Distancia media aproximada:

2,50

kilómetros

Tiempo estimado de respuesta:

4:00

minutos

PARQUE DE BOMBEROS Emplazamiento:

PARQUE DE BOMBEROS DE TORRENT Teléfono:

112

Distancia media aproximada: Tiempo estimado de respuesta:

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5 10

kilómetros minutos

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CAPITULO 6

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES

DIRECTOR DEL PLAN (ALCALDE O PERSONA EN QUIÉN DELEGUE) • •

Asumir la dirección del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias. En el caso de que la situación de emergencia lo requiera tomar las decisiones oportunas, en función de la información recibida por parte del Concejal Delegado en materia de Seguridad y/o el Jefe de Intervención.

JEFE DE INTERVENCIÓN

• •

Coordinar las distintas Jefaturas de Intervención, dando las órdenes oportunas. Comunicar a la Dirección del Plan (Alcalde o persona en quién delegue) y/o al Concejal Delegado en materia de Seguridad, la información necesaria para que en caso de que la situación de emergencia lo requiera se tomen por parte del mismo y/o del Gabinete de crisis que pueda constituirse, las decisiones oportunas.

POLICÍA LOCAL

• • • • • •

Autorizar el inicio del lanzamiento de los fuegos artificiales, así como la interrupción o suspensión de los mismos, en el caso que sea necesario. Mantener y verificar que las vías de evacuación previstas se encuentran libres de obstáculos, ordenando la retirada de vehículos, etc,...; si ello fuera necesario. Vigilar que el público asistente ocupa debidamente las zonas previstas sin invadir las zonas de seguridad establecidas. Vigilar y comunicar cualquier incidente y/o accidente que se produzca en el desarrollo del espectáculo. Regular el tráfico y facilitar la accesibilidad de los vehículos de intervención (bomberos, ambulancias, etc,...) ante cualquier situación de emergencia. Ordenar la interrupción o suspensión del espectáculo, si ello fuera necesario.

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PROTECCIÓN CIVIL Y PERSONAL VOLUNTARIO





• • •

• • •

Colaborar en las tareas de delimitación de zonas de seguridad, avisos para la retirada de vehículos, canalizar al público asistente hacia las distintas zonas e impedir el acceso del público espectador a las zonas de seguridad previstas. Antes de iniciarse el espectáculo, vigilar y comprobar los accesos al lugar, las vías de evacuación y la situación de los espectadores más cercanos, así como el estado, en su caso, de las defensas, vallas, etc,...; establecidas para seguridad. Adecuar las vías de evacuación de las zonas de seguridad y de fuego, para que estas sean practicables a los vehículos de intervención. Apoyar a la Policía Local, Bomberos, Cruz Roja en sus tareas y canalizar al público asistente impidiendo su acceso a las zonas de seguridad previstas. Colaboración con las agentes de Orden Público (Policía Local, etc,..) en la vigilancia de las vías de evacuación e impedir el acceso del público espectador a las zonas de seguridad. Primera intervención ante emergencias hasta la llegada de ayudas externas (bomberos, policía nacional, guardia civil,....) Extinción de los conatos de incendio que puedan iniciarse junto a la zona de fuegos y lanzamiento. Primera asistencia a heridos hasta la llegada de ayudas externas (ambulancias, etc,..)

PERSONAL SANITARIO





• •

Antes de iniciarse el espectáculo, vigilar y comprobar los accesos al lugar, vías de evacuación de las zonas de seguridad y de fuego, para que estas sean practicables a los vehículos de intervención. Colaboración con las agentes de Orden Público (Policía Local, Protección Civil y demás personal voluntario, etc,..) en la vigilancia de las vías de evacuación e impedir el acceso del público espectador a las zonas de seguridad. Primera asistencia a heridos hasta la llegada de ayudas externas (ambulancias, etc,) Asistencia a heridos y traslado de los mismos a centros sanitarios en caso de resultar necesario.

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ENTIDAD ORGANIZADORA (COMISIONES FALLERAS) • • • • • •

Las descritas en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias. Las legalmente establecidas por la normativa vigente en materia de celebración de espectáculos pirotécnicos. Delimitar la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar. Delimitar la zona de seguridad mediante cinta, cuerda o sistema similar. Comunicar a AENA, la celebración del espectáculo pirotécnico indicando el día, hora, lugar, de acuerdo con el modelo adjunto en el ANEXO 3.- del presente Plan. Velar por el cumplimiento, vigilancia y control de los contenidos del presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias.

PERSONAL EXPERTO (EMPRESA PIROTÉCNICA) • • •

• •



• •



Las descritas en el presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias. Las legalmente establecidas por la normativa vigente en materia de celebración de espectáculos pirotécnicos. (Ver ANEXO 2.-) Comunicar a AENA, la celebración del espectáculo pirotécnico indicando el día, hora, lugar, de acuerdo con el modelo adjunto en el ANEXO 3.- del presente Plan, si así ha sido acordado con la Entidad Organizadora. Delimitar la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar, si así ha sido establecido y acordado con la Entidad Organizadora. Revisar el montaje de todos y cada uno de los artificios, comprobando si desde su instalación se han producido alteraciones por causa de humedad o dañado alguna unidad de los artificios que componen cada sección. Vigilar todo lo referente a la adecuada posición respecto a la línea de iniciación prevista, las condiciones adecuadas de las mechas, inflamadores, conductores y aparatos de conexión, así como el resto de la instalación de los artificios, con la seguridad interior adecuada en el recinto acotado para el disparo y con las necesarias condiciones de seguridad para las personas y bienes. Proceder a la ignición de los artificios pirotécnicos, cuando reciba la autorización correspondiente por parte de la Policía Local. Interrumpir el espectáculo pirotécnico, en el caso que se considere necesario para garantizar la seguridad de los espectadores y en el caso de ser ordenado por las fuerzas de seguridad (Policía Local, etc,..). Inspeccionar la zona de fuegos después del lanzamiento verificando la inexistencia de artificios que supongan un riesgo, garantizando la seguridad de la zona y comunicando dicha situación a los agentes del orden (Policía Local, Protección Civil, etc,…)

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CAPITULO 7

INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE AMBITO SUPERIOR. El presente Plan de Seguridad y Actuación ante Emergencias no se encuentra integrado en un Plan de ámbito superior. Ante una situación de emergencia la notificación de la emergencia será realizada por la Jefatura del presente Plan (Alcalde, o persona en quién delegue). La coordinación tendrá lugar con el CENTRO PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DE EMERGENCIAS DE L,ELIANA mediante comunicación con el teléfono de Emergencias de la Comunidad Valenciana.

TELEFONO DE EMERGENCIAS COMUNIDAD VALENCIANA

112

El mensaje de notificación y comunicación de la emergencia debe ser muy conciso e incluirá la:

-

Identificación del comunicante

-

Localización

-

Tipo de accidente y descripción del mismo (incendio, explosión,...)

-

Tiempo transcurrido desde su inicio

-

Acciones que se han tomado hasta el momento.

-

Necesidad de medidas de apoyo

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ANEXO 1

DIRECTORIO DE TELÉFONOS (CATÁLOGO DE RECURSOS)

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SERVICIOS DE SEGURIDAD ANTE EMERGENCIAS

EMERGENCIAS

112

BOMBEROS

112

PARQUE DE BOMBEROS DE TORRENT

POLICIA LOCAL (XIRIVELLA)

PROTECCIÓN CIVIL (XIRIVELLA)

POLICÍA NACIONAL (XIRIVELLA)

96 383 50 50 96 383 62 96

96 313 63 80

SERVICIOS SANITARIOS URGENCIAS (CENTRO DE SALUD XIRIVELLA)

96 317 86 71

AMBULANCIAS “CRUZ ROJA” XIRIVELLA

96 359 08 58 622 347 840

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO

96 386 29 00

HOSPITAL “LA FE” DE VALENCIA

96 386 27 00

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ANEXO 2

OBLIGACIONES DE LA EMPRESA PIROTÉCNICA

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1.- REQUISITOS GENERALES Será responsabilidad exclusiva de la empresa de expertos encargada de efectuar el lanzamiento, la adecuación legal de los artificios pirotécnicos a utilizar en el espectáculo, así como sus condiciones de envasado y embalaje a los requisitos que al respecto establezca la normativa que sea de aplicación sobre estas materias. La empresa de expertos será responsable de garantizar la seguridad en el transporte, utilización y funcionamiento de los productos pirotécnicos de fabricación propia que no dispongan de marcado CE, para lo cual deberán cumplirse a criterio de su fabricante, al menos unos requisitos esenciales de seguridad equivalentes a los indicados para los productos con marcado CE en la Instrucción Técnica Complementaria número 2; del RD 566/2010. Será responsabilidad exclusiva de la empresa de expertos encargada de efectuar el lanzamiento, la adecuación legal de los accesorios y comprobadores de línea de tiro a los requisitos legales que le sean de aplicación. Tan pronto como los artificios pirotécnicos se encuentren en el lugar donde se vaya a celebrar el espectáculo y no constituyan almacenamiento especial, el personal de la empresa pirotécnica velará porque se prevengan los efectos que los agentes meteorológicos o circunstancias análogas puedan ocasionar al material. La empresa pirotécnica dispondrá de copia de la siguiente documentación en la zona de trabajo ante posibles requerimientos y labores de inspección que puedan derivarse: esquemas del espectáculo, copia de la póliza de seguro de responsabilidad civil, seguros sociales, TC1 y TC2, de los trabajadores que participen en el montaje y disparo del espectáculo.

2.- DELIMITACIÓN Y VALLADO DE LAS ZONAS DE LANZAMIENTO Cuando así lo haya establecido con la Entidad Organizadora; para cada espectáculo deberá delimitar y acotar la zona de lanzamiento mediante vallado o sistema similar, además de disponer la correspondiente señalización (carteles, etc,..). Sin la delimitación y vallado de la zona de lanzamiento no podrá dar comienzo a los trabajos de montaje del espectáculo pirotécnico.

3.- DISTANCIAS DE SEGURIDAD La empresa de expertos será responsable de disponer de artículos pirotécnicos acordes a las distancias de seguridad establecidas por la normativa vigente. La empresa de expertos propondrá el incremento correspondiente del radio de seguridad, en función de la orografía del lugar y de la densidad de edificación y de población. MUY IMPORTANTE LA EMPRESA PIROTÉCNICA PROPONDRÁ LA ADAPTACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD A LOS REQUISITOS QUE ESTIMEN NECESARIOS Y QUE NO HAYAN SIDO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE PLAN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIA, Y EN TODO CASO, CUANDO PREVEA QUE, POR LAS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LOS ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS A DISPARAR (CALIBRE,...) Y LA DISPOSICIÓN DE LOS MISMOS DENTRO DE LA ZONA DE LANZAMIENTO, LA DISTANCIA DE SEGURIDAD ESTABLECIDA SE ESTIME INSUFICIENTE PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DEL PÚBLICO ASISTENTE Y DEL ENTORNO COLINDANTE AL ESPECTACULO (EDIFICIOS,,..).

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4.- DESARROLLO DEL ESPECTÁCULO PIROTÉCNICO La empresa pirotécnica deberá disponer del número suficiente de expertos y aprendices para llevar a cabo el lanzamiento de los artificios en cada espectáculo. De conformidad con la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, dicho personal deberá conocer en cada caso los riesgos y la seguridad exigible durante cada lanzamiento en particular, así como las medidas a tomar en su caso.

5.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES En cumplimiento de los artículos 17.2 y 29.2 2º de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95) tiene la obligación de usar prendas de protección para la realización de los disparos de fuegos artificiales.

Extracto de la Orden Ministerial de 20 de Octubre de 1.988 y sus modificaciones Art. 5º.- Para participar en el montaje, manipulación y disparo de artificios pirotécnicos con fines recreativos, las personas encargadas deberán ser profesionales al servicio de un taller de pirotecnia debidamente legalizado. Art. 6º.- Tanto dichas personas como las demás que colaboren en el montaje y manipulación y disparo de los espectáculos con artificios técnicos, deberán estar afiliados a la Seguridad Social, con la prima de seguro que la autoridad laboral disponga por razón de riesgo específico. Art. 7º.- Todos los productos pirotécnicos que componen, en su conjunto, el espectáculo, tales como cohetes silbadores, carcasas, tracas, ruedas, cadenas voladoras, palmeras, fuentes luminosas, etc., se mantendrá envasados y embalados antes de su montaje, para resguardarlos de la humedad ambiente. Art. 8º.- La iluminación para el desembalaje y montaje de los artificios será preferentemente, la solar. Se prohiben los sistemas de iluminación con llama desnuda. Art. 9º.- En las manipulaciones y montajes que se lleven a cabo durante la noche, o en su caso, con la adecuada luz solar directa, cumpliendo lo establecido en el artículo 8º, se cuidará: de que la intensidad de la luz, la sombra y el calor inadecuado no dificulten las operaciones, con riesgo de producción o programación de chispas; de evitar la producción de focos de calor por efectos propios o inducidos a causa de tormenta, corrientes estáticas o erráticas. Art. 10º.- En cumplimiento de cuanto establece el Título IV del Reglamento de Explosivos (citado), los embalajes y envases en los artificios pirotécnicos con fines recreativos serán abiertos con medios que imposibiliten la producción de chispas o roces que pudieran afectar a los artificios. Art. 11º.- Los artificios, mechas e iniciadores, antes del montaje, estarán alejados de posibles focos, susceptibles de provocar chispas, llamas o gases calientes. En la manipulación y montaje se evitarán los golpes entre sí, así como con los iniciadores, que deberán protegerse de roces y choques entre ellos. Art. 12º.- La última manipulación que se realice antes del disparo habrá de ser la del montaje de los dispositivos para la ignición, con o sin iniciador o inflamador, con mecha lenta o circuito eléctrico.

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Art. 13º.- Si la mecha fuera unida directamente al artificio, sin iniciador interpuesto, se sujetará mediante cordón de fibra textil, papel parafinado o similar. Art.14º.- Las conexiones han de estar aisladas con cinta o conectadores, evitando, en todo momento, el contacto fortuito de los conductores de disparos de los artificios, con el suelo, tuberías metálicas, etc. Art.15º.- Antes de iniciarse el espectáculo, la persona o personas delegadas por la Entidad organizadora de las fiestas o espectáculos, o los miembros designados por la autoridad competente (Policía Nacional, Policía municipal, etc.), que fueran designados al efecto, vigilarán y comprobarán los accesos al lugar y la situación de los espectadores más cercanos, así como el montaje, en su caso de las defensas establecidas para seguridad de los espectadores, en todo caso, deberán quedar fuera de la línea de iniciación y a ser posible, fuera de los lugares donde presumiblemente, pudieran caer los timones de la cohetería, en función de la dirección del viento reinante. Para cada espectáculo, se establecerá una zona de seguridad entre el área de fuegos y el espacio destinado a los espectadores, vigilada y acotada por la autoridad competente, rodeada de vallas, cuerdas o sistema similar; determinada de manera que permita en todo momento el acceso de los medios de socorro y asistencia en casos de accidentes y cuya anchura se propondrá y autorizará en función de la cantidad de productos pirotécnicos a quemar, del tipo de artificios empleados y de las condiciones del lugar. Art.16º.- La persona encargada revisará el montaje de todos y cada uno de los artificios, comprobando si desde su instalación se han producido alteraciones por causa de humedad o dañado alguna unidad de los artificios que compone cada sección de efectos homogéneos. Vigilará todo lo referente a la adecuada posición respecto a la línea de iniciación prevista, las condiciones adecuadas de las mechas, inflamadores, conductores y aparatos de conexión, así como el resto de la instalación de los artificios, con las necesarias condiciones de seguridad exigidas en la presente Orden para las personas y los bienes. Art.17º.- Si el disparo se produjera mediante aparato de conexión, la empresa instaladora tendrá siempre a disposición del personal actuante un aparato más otro de repuesto. Los aparatos de conexión se hallarán siempre en posesión directa del profesional responsable o vigilados suficientemente por el mismo. Art.18º.- Realizado el montaje de los artificios en el lugar del disparo, si existiera tormenta, la persona encargada retrasará el espectáculo. Si se produjera lluvia, se dispondrá - con la mayor rapidez -, de material impermeable para cubrir todos aquellos artefactos cuya envoltura exterior, en todo o en parte, no resulte impermeable, para evitar posibles alteraciones de las condiciones propulsoras, por degradación de los artificios. La mecha lenta deberá tener siempre cubierta impermeable, siendo resistente al desgaste y con sección interior uniforme. Cesada la lluvia, antes de realizar el disparo, se llevará a efecto una nueva comprobación de todos los artificios. Art.19º.- Se prohibe terminantemente fumar o producir chispas o llamas desnudas por ningún procedimiento o medio durante la descarga de artificios desde el depósito móvil, durante el montaje de los mismos, después de dicho montaje y antes o después del disparo, hasta tanto el profesional responsable, acompañado de persona o personas designadas por los organizadores o autoridad competente, hayan comprobado que no ha quedado sin disparar unidad alguna de las distintas secciones. Cualquier persona, para penetrar en el recinto, en tanto se desarrollen las operaciones citadas en el párrafo anterior, deberán contar con calzado que impida la producción de chispas e irá desprovista de cerillas o encendedor. Nadie podrá penetrar en dicho recinto sin autorización del encargado del espectáculo, salvo las autoridades o agentes con facultades de inspección técnica del mismo.

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ANEXO 3

MODELO DE COMUNICACIÓN

AENA

NOTA MUY IMPORTANTE PARA LA ENTIDAD ORGANIZADORA (COMISIONES FALLERAS) LAS ENTIDADES ORGANIZADORAS (COMISIONES FALLERAS), O EN SU DEFECTO LAS EMPRESAS PIROTÉCNICAS, ESTABLECIDO CON LAS MISMAS,

SI ASÍ LO HAN

TENDRÁN LA OBLIGACIÓN DE

COMUNICAR CON LA SUFICIENTE ANTELACIÓN A AENA,

LA

CELEBRACIÓN DEL ACTO PIROTÉCNICO, INDICANDO EL DÍA, HORA, LUGAR, ETC,..; DE ACUERDO CON EL MODELO ADJUNTO.

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ANEXO 4

PLANIMETRÍA

NOTA MUY IMPORTANTE PARA LA EMPRESA PIROTÉCNICA PA LA EMPRESA PIROTÉCNICA PONDRÁ EN CONOCIMIENTO DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD (PROTECCIÓN CIVIL, POLICIA LOCAL,…) LA ADAPTACIÓN DE LA ZONA DE SEGURIDAD A LOS REQUISITOS QUE ESTIMEN NECESARIOS Y QUE NO HAYAN SIDO CONTEMPLADOS EN EL PRESENTE PLAN DE SEGURIDAD Y EMERGENCIA, Y EN TODO CASO, CUANDO PREVEAN QUE, POR LAS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DE LOS ARTIFICIOS PIROTÉCNICOS A DISPARAR, LA DISTANCIA DE SEGURIDAD ESTABLECIDA SE ESTIME INSUFICIENTE PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DEL PÚBLICO ASISTENTE AL ESPECTÁCULO.

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